Servicio de mantenimiento y asistencia técnica del software de gestión de instalaciones deportiva municipales SPORTTIA, Expediente S-26/2026.
Objeto y condiciones del contrato
Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya convoca la licitación «Servicio de mantenimiento y asistencia técnica del software de gestión de instalaciones deportiva municipales SPORTTIA, Expediente S-26/2026», un contrato de servicios con un valor estimado de 16.214,61 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Huelva. Clasificación CPV: Servicios de mantenimiento y reparación de software.; Mantenimiento de «software» de tecnología de la información.; Servicios informáticos.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 8 de octubre de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Requisitos de los licitadores
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
Solvencia económica y financiera
Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 6.080,48 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional cuando dispongan de los siguientes medios de forma acumulativa: Mediante la exclusividad del servicio , conforme a los establecido en el artículo 86.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
- Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional cuando dispongan de los siguientes medios de forma acumulativa: Los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 2.837,56 €, en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato). Conforme a lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Condiciones de ejecución
- Consideraciones de tipo medioambiental: Ver Cláusula Decimonovena del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP)
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos: Ver Cláusula Decimonovena del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP)
- Consideraciones de tipo social: Ver Cláusula Decimonovena del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP)
Motivación de la adjudicación
Mejor y única oferta.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
| Mejor oferta económica | Objetivo / Automático | 100% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
5 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato