Informe de insuficiencia de medios

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<!-- image --> <!-- image --> Nº EXPEDIENTE: 6381/2024 CENTROS VARIOS - SERVICIO - MANTENIMINETO INTEGRAL DE LOS CENTROS DEL IAS \_ CS AMPLIACIÓN TALIARTE\_ CS TAMARACEITE \_ CS SAN FCO DE PAULA \_CADI TAMARACEITE UNIDAD GESTORA: 830 MANTENIMIENTO Y OBRAS ## INFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS En base a lo dispuesto en el artículo 116.4.f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, cuando se haga necesario celebrar un contrato de servicios, previamente se deberá justificar adecuadamente en el expediente la insuficiencia de medios. ## INFORME Se ha procedido analizar las capacidades con que cuenta el IAS, para realizar el objeto del contrato, teniendo en cuenta los aspectos técnicos y organizativos, y se ha llegado a la siguiente conclusión: -  No cuenta con los recursos humanos necesarios para realizar el objeto del contrato, debido a falta de capacitación, formación o número suficiente para desarrollar las actividades que se pretende contratar con la diligencia adecuada. -  No dispone de los materiales necesarios para la ejecución del contrato o en caso de disponer de ellos no cuenta con el suficiente número o con la posibilidad de poder adscribirlos a la prestación del servicio objeto de análisis. -  No dispone de medios tecnológicos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad ni de la legislación vigente que regula las instalaciones objeto del contrato, siendo estas; Protección Contra Incendio, Baja tensión, Equipos térmicos, Climatización, Equipos a presión. Y cuanta legislación vigente le sea de aplicación. En virtud de la calidad, confort y seguridad en los centros en materia de instalaciones descritas en este informe y ante la insuficiencia de medios humanos por carecer personal cualificado en plantilla y de materiales para llevar a cabo el servicio, así como no ser empresa mantenedora autorizada, es por ello que es necesario celebrar un contrato de servicio. ## Documento firmado electrónicamente <!-- image -->