Memoria justificativa

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<!-- image --> PC orts IB <!-- image --> EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN NÚM.: 6358/2025 PA SARA TIPO DE CONTRATO: SERVICIO PROCEDIMIENTO: ABIERTO TÍTULO: CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSERVACIÓN INTEGRAL DE LOS SISTEMAS DE AMARRE Y ESTRUCTURAS SUBMARINAS DE LOS PUERTOS DE GESTIÓN DIRECTA DE PORTS DE LES ILLES BALEARS EN LA ISLA DE MENORCA. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Administración ## MEMORIA JUSTIFICATIVA ## 1.-Justificación de la necesidad y objeto del contrato La actividad principal de Ports IB consiste, en resumen, en la gestión, mantenimiento y protección de los puertos, dársenas e instalaciones marítimas de competencia de la Comunidad Autónoma en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza, de los que gestiona directamente 14 instalaciones portuarias, y el resto mediante gestión indirecta, de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2005, de 21 de junio, de Puertos de las Islas Baleares, modificada por la Ley 6/2014, de 18 de julio. El presente contrato tiene como objeto el servicio de mantenimiento de los sistemas de amarre y estructuras submarinas de los puertos de gestión directa de Ports de les Illes Balears en la isla de Menorca: Puerto de Ciutadella, Puerto Comercial de Ciutadella (o Dic de Son Blanc) y Puerto de Fornells. El objeto es, además de llevar a cabo un mantenimiento correctivo mediante la sustitución de los elementos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de las instalaciones, realizar un mantenimiento preventivo y programado basado en una serie de inspecciones previas en cada puerto. También queda incluido el montaje y desmontaje en cada temporada de los pantalanes pilotados de Fornells (cuando se demande) y de 4 boyas de señalización de los límites de la zona de reviro en el puerto comercial de Ciutadella, así como el mantenimiento del balizamiento del canal de navegación y zonas de baño en el puerto de Fornells. Además de las actuaciones indicadas, quedan incluidas otras tareas tales como <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> reflotamiento o salvamento de embarcaciones, limpieza o recogida de objetos del fondo marino, colocación de balizamientos, extracción de elementos que puedan afectar el calado, pequeños trabajos de reparación de muelles, sustitución o nueva colocación de equipos de amarre, tales como anillas, cornamusas, escaleras y/o defensas que puedan requerir la utilización de medios subacuáticos o marinos, etc. También se incluye la realización de pequeñas obras al objeto de adecuar las instalaciones a la normativa, modificar las instalaciones mejorando su funcionamiento o seguridad, o cambiar equipos o componentes para dotar de nuevas funcionalidades a las instalaciones de PORTS IB. De acuerdo con dicha definición, el objeto del presente contrato se corresponde con el código de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea CPV 98363000-5 Servicios de buceo. ## 1.1.-Justificación de la insuficiencia de medios El servicio descrito anteriormente tiene una serie de características que se detallan en el pliego de prescripciones técnicas. Al carecer Ports IB de medios propios para realizar las distintas actividades que componen el objeto del contrato, es necesario acudir a la contratación externa del servicio con una entidad especializada en este ramo de actividad, siendo esta fórmula de realización de la prestación objeto del contrato la más adecuada, al proporcionar una solución integrada a las necesidades expuestas. ## 2.-División en lotes: - --NO. De conformidad con lo previsto en el artículo 99.3b) de la LCSP, el objeto del presente contrato no es susceptible de división en lotes, ya que la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría su correcta ejecución. La naturaleza del contrato implica la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas. <!-- image --> <!-- image --> PC <!-- image --> ## 3.-Presupuesto base de licitación y valor estimado orts IB El presupuesto de licitación es de 305.356,94 € IVA excluido, precio del IVA 64.124,96€, y 369.481,90 € IVA INCLUIDO, con cargo a los presupuestos de Ports de les Illes Balears. Las anualidades en que se desglosa el presupuesto de licitación incluyendo las posibles prórrogas, son las siguientes: | AÑO/PERIODO | IMPORTE SIN IVA | IMPORTE DEL IVA | IMPORTE(IVA IN- CLUIDO) | |------------------------------|-------------------|-------------------|---------------------------| | 2025 (Septiembre-Diciembre) | 50.892,82 € | 10.687,49 € | 61.580,32 € | | 2026 | 152.678,47 € | 32.062,48 € | 184.740,95 € | | 2027 (Enero-Agosto) | 101.785,65 € | 21.374,99 € | 123.160,63 € | | Total contrato | 305.356,94 € | 64.124,96 € | 369.481,90 € | | 2027 (Septiembre-Diciembre) | 50.892,82 € | 10.687,49 € | 61.580,32 € | | 2028 | 152.678,47 € | 32.062,48 € | 184.740,95 € | | 2029 (Enero-Agosto) | 101.785,65 € | 21.374,99 € | 123.160,63 € | | Total 1ª prórroga | 305.356,94 € | 64.124,96 € | 369.481,90 € | | 2029 (Septiembre-Diciembre) | 50.892,82 € | 10.687,49 € | 61.580,32 € | | 2030 (Enero-Agosto) | 101.785,65 € | 21.374,99 € | 123.160,63 € | | Total 2ª prórroga | 152.678,47 € | 32.062,48 € | 184.740,95 € | | TOTAL CONTRATO + PRÓ- RROGAS | 763.392,35 € | 160.312,40 € | 923.704,75 € | El valor estimado asciende a 824.463,74 € que se ha calculado teniendo en cuenta el presupuesto de licitación IVA excluido más las posibles prórrogas, más las eventuales modificaciones. Asimismo, realizadas las oportunas averiguaciones sobre precio de mercado, se ha comprobado que el presupuesto de licitación es el adecuado al precio de mercado. El contrato está cofinanciado con fondos europeos: ## 4.-Plazo de ejecución El plazo de ejecución del contrato es de 24 (VEINTICUATRO) meses. NO <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> El inicio del plazo de ejecución del contrato será a partir del día siguiente al de la firma del contrato. Cuando al vencimiento del presente contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación del servicio, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato. ## 4.1.- Posibilidad de prórroga El contrato podrá prorrogarse una primera vez por un plazo de 24 meses, y una segunda vez por un plazo de 12 meses, hasta un máximo de duración total del contrato de CINCO AÑOS. Para prorrogar será requisito indispensable la emisión de informe favorable del responsable del contrato. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. ## 5.-Criterios de adjudicación y valoración | CRITERIO | PUNTUACIÓN MÁXIMA | |----------------------------------------|---------------------| | CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA: | 100 puntos | | Precio | 70 puntos | | Limpieza de fondos | 25 puntos | | Criterios sociales | 5 puntos | <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> El contenido de las ofertas técnicas se incorporará al contrato y tendrá la consideración de condiciones especiales de ejecución que, de no cumplirse, darán lugar a las penalizaciones que establece la Ley. ## 5.1.- Precio Las partidas y mediciones con la cuantía total sobre las que el licitador tiene que presentar su oferta y sobre las que se aplicará la baja viene definida en el ANEXO IV. VALORACIÓN. Este importe corresponde a la valoración del contrato para un periodo de dos años, excluyendo las partidas alzadas a justificar relacionadas con materiales, tratamiento de residuos y medios complementarios. Se valorará este criterio hasta un máximo de 70 puntos. (Ejemplo) A cada una de las ofertas admitidas (Pi) se le asignará una valoración (Vi), en función de la baja porcentual propuesta (bi), de la baja máxima de entre todas las propuestas (bmax) y de la baja media (bmed), que será: Si bmax ≤ (4/3) * bmed: Vi= (bi/bmax)*Vmax Si bmax&gt; (4/3) * bmed : para bi≤ bmed : Vi=0,75*(bi/bmed)*Vmax para bi&gt; bmed: Vi=(0,75+0,25*(bi-bmed)/(bmax-bmed))*Vmax Siendo Vmax la valoración máxima posible Las ofertas que presenten baja negativa serán excluidas del proceso de adjudicación. Las proposiciones que no hayan obtenido un mínimo de puntuación del 50% respecto de alguno de los criterios no evaluables mediante fórmulas, quedarán excluidas. La valoración se realizará contando con todas las propuestas excepto las excluidas del proceso de adjudicación. -Bajas desproporcionadas o temerarias: Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. ## 5.2.- Limpieza de fondos Si se ofrece, se deberá presentar un compromiso firmado de ejecutar y coordinar una limpieza de fondos (retirada de residuos, neumáticos, botellas, plásticos, baterías, cadenas, en general todos los materiales innecesarios o en desuso), así como su depósito en los puntos de reciclaje autorizados, de un puerto a elección de Ports de les Illes Balears. La petición de limpieza de fondo se realizará por escrito, indicando el puerto concreto donde se tenga que llevar a cabo la limpieza de fondos, con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha en que deba realizarse. Esta limpieza se llevará a cabo sin coste alguno para Ports de les Illes Balears y se emplearán las jornadas que sea necesario para realizar dicha limpieza de fondos de forma correcta. Abarcará toda la superficie de la zona portuaria e incluirá también las cadenas tanto de cadena madre como ramales y amarras antiguas que no se usen. Los muertos de más de 75 kg quedan fuera del ámbito de aplicación de este criterio, por lo que quedarán incluidos muertos pequeños hechos de forma improvisada con bloques de hormigón, ruedas de camión, macetas rellenas de hormigón… <!-- image --> <!-- image --> PC orts <!-- image --> ## Se valorará de la siguiente manera hasta un máximo de 25 puntos : - -Si se ofrece 1 limpieza de fondos= 8 puntos. - -Si se ofrecen 3 limpiezas de fondos= 25 puntos. - -Si se ofrecen 2 limpiezas de fondos= 16 puntos. Se considera que cada actuación de limpieza contempla todas las aguas portuarias de un puerto (grafiadas en los planos contenidos en el Anexo I: Planos base del PPTP). ## 5.3.- Criterio social Se otorgará un máximo de 5 puntos por la presentación de un Plan de Formación a desarrollar en un plazo máximo de un año y medio desde la firma del contrato. Este plan deberá abarcar, como mínimo, al 100% del personal acreditado para cumplir con la solvencia de medios personales. Además, el plan deberá garantizar que cada trabajador reciba un mínimo de 8 horas en cursos que representen formación adicional a la requerida como esencial para la realización de los trabajos de buceo profesional objeto del contrato. El Plan de Formación deberá incluir, como mínimo, los siguientes elementos: - -Descripción de los cursos previstos: Detalle de los contenidos, objetivos y competencias específicas a desarrollar. El enfoque de los cursos deberá estar orientado a la mejora de las capacidades técnicas y operativas en el ámbito de los trabajos subacuáticos o en otras áreas aplicables al objeto del contrato, tales como: Seguridad y prevención de riesgos específicos en trabajos subacuáticos, uso y mantenimiento de herramientas y equipos especializados, técnicas avanzadas de inspección… - -Calendario: Planificación detallada de las sesiones formativas a lo largo del periodo de duración del plan. - -Certificaciones: Relación de las acreditaciones o certificados reconocidos que los trabajadores obtendrán tras completar los cursos incluidos en el plan. La puntuación máxima de 5 puntos se concederá a aquellos planes que presenten un contenido exhaustivo, bien estructurado y alineado con las necesidades específicas del servicio. Los planes deficientes, incompletos o que IB <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> no cumplan con alguna de las condiciones anteriormente descritas no serán valorados. En el caso de Unión Temporal de Empresas (UTE), para obtener la puntuación máxima, todas las empresas integrantes deberán presentar un plan de formación específico para sus respectivos trabajadores. Además, deberá incluirse una declaración formal indicando que, en caso de resultar adjudicatario, el plan de formación presentado será implementado en su totalidad. La ausencia de esta declaración implicará la no asignación de la puntuación correspondiente. Para garantizar la ejecución y eficacia del plan, el adjudicatario deberá presentar un informe final al término del periodo formativo. Este informe deberá acreditar el cumplimiento del plan e incluir los justificantes de los cursos realizados (fechas, participantes y contenidos impartidos). En caso de no presentar los informes de seguimiento dentro del plazo estipulado o de incumplir los compromisos del plan formativo, se aplicarán las penalidades especificadas en el presente pliego. ## 7.-Aptitud y capacidad Podrán presentarse a la licitación las personas jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 71 de la LCSP. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, y deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. ## 8.-Habilitación profesional <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> El propuesto adjudicatario deberá presentar la autorización correspondiente de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación para ejercer el buceo profesional en las Illes Balears. Todos los trabajos subacuáticos se regularán mediante la Orden de 14 de octubre de 1997 por la cual se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, así como lo dispuesto en la Orden de 20 de enero de 1999 de la Dirección General de la Marina Mercante, por la se actualizan determinadas tablas de la Orden de 14 octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, por la Orden del consejero de Agricultura y Pesca, de 21 de junio de 2000, por la que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en las Illes Balears; y, si procede, por el Convenio Colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos. Todos los trabajos en los que se empleen equipos de trabajo se regularán mediante la normativa vigente en esta materia, el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Todos los trabajos en altura se regularán según el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, así como los artículos 196 al 245, ambos inclusive, de la Ordenanza Laboral de la Construcción (cuando sea de aplicación). Todos los trabajos subacuáticos se regularán mediante la normativa existente y legal en el período de ejecución de los trabajos, para buceo profesional, debiendo utilizar para ello el número de buzos exigidos legalmente en cada tarea concreta (en función de la profundidad, de la técnica de buceo y del tipo de trabajo subacuático, sea reparación, revisión, etc.), embarcación profesional lista 5ª o 6ª, así como los sistemas de alimentación exigidos legalmente en función de la profundidad. Así mismo, deberán siempre señalizar la zona mediante boyas o similar, balizando la zona de trabajos de forma que se indique para el resto de usuarios en qué zona no se puede acceder mediante embarcaciones. La titulación y equipo seguirá lo establecido, concretamente, en el Decreto 550/220, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo. Al menos 2 de los miembros del equipo adscrito a la ejecución PC <!-- image --> <!-- image --> orts IB <!-- image --> del contrato deberá contar con la titulación náutica necesaria para el gobierno de la embarcación de la lista 5ª requerida. ## 9.-Criterios de solvencia ## A.- Solvencia económica Acreditar tener un volumen anual de negocio en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior auna vez y media el valor anual medio del contrato, IVA excluido. Criterios de selección y requisitos mínimos: - -Como mínimo deberá acreditar tener un volumen anual de negocio que sea mayor o igual a una vez y media el valor anual medio IVA excluido - -En todo caso la inscripción en el ROLECE acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. - -El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales y una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. ## B.-Solvencia técnica Relación de 3 servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (para ello se podrá acudir al UNSPSC, al CPC, y al CNAE, o bien que los 3 primeros dígitos del CPV coincidan con los del presente contrato) en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, avalados por certificados que acrediten la buena realización de la prestación. Criterios de selección y requisitos mínimos: El licitador deberá haber ejecutado contratos por importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al importe del presupuesto de licitación IVA excluido del contrato. <!-- image --> <!-- image --> PC <!-- image --> ## 9.1.- Concreción de las condiciones de solvencia: El licitador se obliga a poner a disposición de la ejecución del contrato los siguientes medios personales y materiales: ## · MEDIOS PERSONALES: El propuesto adjudicatario deberá contar con: - -Un mínimo de 5 buzos profesionales , uno de ellos con la categoría de jefe de equipo. Concretamente, la titulación y equipo seguirá lo establecido, en el Decreto 550/220, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo. - -Dos patrones con la titulación náutica necesaria para el gobierno de la embarcación de la lista 5ª requerida. Estos patrones podrán ser dos miembros del propio equipo de buzos, o personal adicional a éste. Para acreditar el cumplimiento de los citados medios personales, el licitador, cuando sea requerido para ello, deberá presentar un documento que recoja el listado del personal, junto con la documentación acreditativa de su título académico, experiencia, certificados de colegiación y autorizaciones correspondientes . ## · MEDIOS MATERIALES: El propuesto adjudicatario deberá contar los siguientes medios materiales: - -Una embarcación profesional lista 5ª según normativa de al menos 5m de eslora , de potencia mínima para las tareas encomendadas y capacidad para 5 personas. - -Una furgoneta para traslado de medios personales y materiales. - -Los equipos individuales y colectivos necesarios para la adecuada prestación de los servicios objeto del contrato. - -Los elementos auxiliares, tales como herramientas para trabajos de mantenimiento subacuático, taladradora y elementos de corte subacuáticos, globos flotadores, equipo de fotografía y grabación submarina, sonda, plotter, etc. IB orts <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> - -Seguro de responsabilidad civil por daños frente a terceros que cubra el riesgo de eventuales daños, por un importe mínimo asegurado de importe de 300.000e . Para acreditar el cumplimiento de esta condición, el adjudicatario deberá presentar copia compulsada de la póliza, así como el último recibo de pago de la misma. Para acreditar dichos medios, el propuesto adjudicatario deberá presentar documentos acreditativos de la titularidad o disposición de dichos medios, así como fichas técnicas, fotografías, etc, así como un documento declarativo que indique la disposición de los mismos al contrato de referencia. En todo caso, los medios materiales citados serán de cargo del propuesto adjudicatario, encontrándose su coste incluido en los cuadros de precios anexos al pliego de prescripciones técnicas. En el caso de que de la documentación presentada no se acredite que se cuenta con los medios personales o materiales indicados, se le excluirá del procedimiento y se propondrá la adjudicación del contrato al siguiente licitador por el orden en que hubiesen sido clasificadas sus ofertas. ## 10.- Penalidades: ## 10.1.- Régimen obligatorio de penalidades. - -Incumplimiento de las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral del artículo 201 LCSP. Se impondrán las siguientes penalidades: hasta un 10% del precio de adjudicación del contrato IVA incluido. - -Incumplimientos o retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa. Se impondrán las siguientes penalidades: hasta un 10% del precio de adjudicación del contrato IVA incluido. - -Impago por el contratista a un subcontratista o suministrador vinculado a la ejecución del contrato de acuerdo con lo que establece el art.217.3. Se <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> impondrán las siguientes penalidades: hasta un 10% del precio de adjudicación del contrato IVA incluido. ## 10.2.- Régimen potestativo. - -Penalización por no presentar los informes de seguimiento dentro del plazo estipulado o de incumplir los compromisos del plan formativo: 2.500€ - -El incumplimiento del plazo de respuesta en las reparaciones urgentes (el máximo de 48 horas): 150€. Por cada día adicional (24h) que transcurra sin dar respuesta a las reparaciones urgentes: 250€/día. - -Penalización por no entregar el inventario dentro del plazo señalado en el PPTP: 750€ por puerto. - -Penalización por no realizar alguna de las revisiones dentro del tiempo estipulado en pliego (salvo los márgenes de tiempo indicados en el PPT): 1.500€ por cada revisión. - -Penalización por falsear documentación (calados, coordenadas…) para su beneficio: 2.500€ en cada puerto. - -Penalización por no realizar las reparaciones detectadas durante las revisiones dentro del tiempo estipulado en pliego (salvo los márgenes de tiempo indicados en el PPTP): 750€ por cada puerto. - -Penalización por no cumplir con alguna de las condiciones de Seguridad y Salud del PPTP: 750€. - -Penalización por no cumplir con los trabajos de montaje/desmontaje de los pantalanes o no montarlos/desmontarlos en las fechas indicadas, salvo causa de fuerza mayor o que PortsIB ordene no realizar dichos trabajos: 2.500€ en cada caso donde se produzca dicho incumplimiento. - -Penalización por utilización de materiales distintos a los estipulados o por acreditar sustitución de materiales por otros nuevos sin haberlo realizado:500€ por cada uno de los elementos en que se detecte. - -Penalización por retrasos en la instalación de balizamiento (boyas o balizas), o balizamiento instalado con deficiencias derivado de un mantenimiento correctivo ineficiente durante temporada baja: 2.500€ en cada caso donde se produzca dicho incumplimiento. <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> - -Por utilización de materiales distintos a los estipulados o por acreditar sustitución de materiales por otros nuevos sin haberlo realizado:500€ por cada uno de los elementos en que se detecte. - -Por omitir los servicios en situación de emergencia: 5.000€ sin perjuicio de recibir otras penalidades.Hasta un 10% del valor total contratado en la adjudicación en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación, de incumplimiento parcial de la ejecución del objeto del contrato, de incumplimiento que afecte a las características consideradas para definir los criterios de adjudicación y en caso de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, incluidas las propuestas del contratista en su oferta, así como del uso de materiales de menor calidad que los indicados en la licitación. ## 11.- Causas específicas de modificación del contrato ## MODIFICACIONES PREVISTAS: SÍ Causas específicas de modificación del contrato: - En el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, resulte necesario incrementar, reducir, sustituir o suprimir alguna actuación que resulte necesaria para la correcta consecución del objeto del contrato - En el caso que se instalen campos de boyas de gestión directa en la isla de Menorca. - Por variación en las instalaciones existentes por obras o cambios en usos portuarios que requieran la adaptación del contrato. - En el caso que se añadan pantalanes pilotados de nueva construcción a la gestión directa del puerto de Fornells, siendo necesario su mantenimiento y gestión por parte de PortsIB. Es requisito indispensable para la modificación del contrato la emisión de informe favorable previo del responsable del contrato. Porcentaje máximo del precio de adjudicación al que puede afectar: 20% ## 12.- Causas específicas de resolución del contrato - -Si se incumple el plazo máximo de 48 horas para llevar a cabo las <!-- image --> <!-- image --> PC orts IB <!-- image --> reparaciones consideradas urgentes, encargadas por el personal de Ports de les Illes Balears más de 3 veces. - -Omitir los servicios en situación de emergencia. - -Si se incumple alguna de las condiciones del apartado 3º) Seguridad y Salud del PPT más de una vez. - -Si se producen reiterados incumplimientos del contrato, tal como incumplimiento de las revisiones, reparaciones, montajes, en los plazos estipulados, así como si se produce más de una penalización, será causa de posible resolución del contrato, sin indemnización alguna para el contratista. - -Si se falsea documentación o datos del inventario para su beneficio económico. ## 13.- Responsable del contrato Se designa como responsable del contrato a los efectos del artículo 62 LCPS a Juan Leo Rubio, ICCP, Jefe de la secci ó n V. A la fecha de la firma digital del documento Propone: Juan Leo Rubio (ICCP, Jefe de la sección V) Visto Bueno: Juan Carlos Plaza Plaza (ICCP, Jefe del Servicio de Proyectos y Obras) Aprueba: Antonio Mercant Morató (Vicepresidente) <!-- image -->