M260025 PPT.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> E SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES Y EQUIPOS ELEVADORES UBICADOS EN LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA PRESUPUESTO BASE: 34.309,19.€ (IVA EXCLUIDO) 41.514,12.€ (IVA INCLUIDO) <!-- image --> <!-- image --> PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS ASCENSORES Y EQUIPOS ELEVADORES UBICADOS EN LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO ## INDICE | INDICE....................................................................................................................1 | INDICE....................................................................................................................1 | | |-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------| | 1. | OBJETO DEL CONTRATO...........................................................................2 | | | 2. | DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES...................................................2 | | | 3. | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO | ...............................3 | | 3.1. Mantenimiento preventivo.............................................................................4 | 3.1. Mantenimiento preventivo.............................................................................4 | | | 3.2. | Mantenimiento correctivo. Averías................................................................5 | | | 3.3. Mantenimiento legal......................................................................................7 | 3.3. Mantenimiento legal......................................................................................7 | | | 4. | LÍNEA TELEFÓNICA 24 HORAS Y CALL CENTER......................................8 | | | 5. | FUNGIBLES, CONSUMIBLES Y RECAMBIOS.............................................8 | | | 6. | PLAZOS PARA RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS......................................10 | | | 7. | DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDITARIO....................11 | | | 8. | SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.........12 | | | 10. | OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO....................................................13 | | | 11. | ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS.......................................................................15 | | | 11.1. Personal ...................................................................................................15 | 11.1. Personal ...................................................................................................15 | | | 11.2. Herramientas y maquinaria.......................................................................16 | 11.2. Herramientas y maquinaria.......................................................................16 | | | 12. | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.........................................16 | | | 13. | MODIFICACIONES DEL CONTRATO.........................................................17 | | BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST ## 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto de este contrato es prestar el servicio de mantenimiento integral (preventivo, correctivo y legal) de los ascensores y equipos elevadores del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM). Esta contratación tiene la finalidad de mantener en todo momento las instalaciones de los distintos ascensores y equipos elevadores en perfecto estado de funcionamiento, mediante la ejecución de operaciones y tareas necesarias y adecuadas, entendiéndose, en todo caso, que los requisitos exigidos contemplados en el pliego técnico tienen la consideración de mínimos o básicos. Este mantenimiento se regirá por el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos, y por el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente y toda aquella normativa correspondiente, y toda aquella normativa que afecte al objeto del contrato no mencionada anteriormente. Serán de obligado cumplimiento por la empresa adjudicataria todas las obligaciones definidas en la normativa en vigor en todo momento, tanto en lo referido al desarrollo de su actividad y revisiones, como las prescripciones en materia de protección de datos, seguridad y salud, etc. Cualquier normativa de publicación posterior a la aprobación del presente proyecto se entenderá como parte integrante de esta relación y será de obligado cumplimiento; así como las instrucciones de mantenimiento prescritas por los fabricantes de los equipos y/o elementos. ## 2. DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES Estos trabajos se llevarán a cabo en once inmuebles del INAEM y en aquellos edificios que, como consecuencia de cambio o traslado de sede, se incorporen a él durante el transcurso de la ejecución del contrato. En el Anexo I se relacionan las fichas técnicas de los ascensores y equipos elevadores (marcas y características) de cada centro que son objeto de mantenimiento de este contrato. Quedarán excluidas del contrato las instalaciones de aquellos edificios que durante la vigencia del mismo dejen de estar afectados a su función pública, descontándose la parte proporcional asignada para esas instalaciones del precio de adjudicación. Los centros están ubicados en las siguientes direcciones: - 1) C/ Príncipe de Vergara, 146, Madrid - 2) C/ Valencia 1, Plazuela Ana Diosdado, Madrid - 3) Paseo de la Chopera, 4, Madrid - 4) C/ Jovellanos, 4, Madrid - 5) C/ Príncipe, 14, Madrid - 6) C/ Tamayo y Baus, 4, Madrid <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST - 7) C/ Torregalindo, 10, Madrid - 8) C/ Innovación, 5 - P. I. Los Olivos, Getafe (Madrid) - 9) Pza. Nueva, 1, Las Navas del Marqués (Ávila) El contratista aceptará las instalaciones en las condiciones actuales, independientemente del estado en que se encuentren. Por ello, los licitadores estarán obligados a conocer el estado de las mismas antes de redactar su oferta, para lo cual el INAEM organizará una serie de visitas autorizando el acceso a cada inmueble/centro del INAEM. Se entiende que todos los ofertantes conocen y dan su conformidad a las instalaciones, no pudiendo alegar posteriormente limitaciones o defectos de las mismas, como causa de mal funcionamiento. ## 3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO El servicio de mantenimiento tendrá la consideración de servicio integral para todos los ascensores y equipos elevadores objeto de este contrato. Se define servicio integral (preventivo, correctivo y técnico-legal), como el servicio prestado para la conservación, explotación y mantenimiento con los fines establecidos en este Pliego de Prescripciones Técnicas incluyendo todas las revisiones periódicas, materiales de mantenimiento, materiales de reposición, y metodología. ## En el servicio de mantenimiento se incluye la mano de obra y los materiales fungibles, consumibles y recambios según lo dispuesto en la cláusula 4 de este Pliego. De acuerdo con las reglamentaciones vigentes del Ministerio de Industria y Turismo, la empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el Mantenimiento y/o Inspecciones, Técnico-Legal (Normativo) de los ascensores y equipos elevadores objeto del contrato, previstas en los Reglamentos Industriales actuales, Instrucciones Técnicas de desarrollo, o cualquier Disposición Oficial, que pudieran promulgarse durante el plazo de ejecución del contrato, tanto de carácter comunitario, nacional, autonómico o local, y con entidad acreditada por la Administración Competente si eso fuese preceptivo. Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y correctivo necesarias, las revisiones periódicas establecidas en los distintos reglamentos aplicables y serán realizadas por la empresa adjudicataria o por empresa autorizada, siendo los costes asumidos por la misma, debiendo presentar al INAEM la documentación acreditativa con los correspondientes visados y las conformidades Oficiales a las citadas revisiones. Los efectos y anomalías que presenten los ascensores y equipos elevadores, como resultado de estas inspecciones oficiales obligatorias, serán subsanados por la adjudicataria en los términos previstos del presente pliego y en el plazo concedido al efecto, procediendo a comunicar al organismo de control la subsanación de las incidencias advertidas. Así mismo deberán entregar al coordinador del INAEM las actas previas y posteriores a las inspecciones reglamentarias, con las conformidades preceptivas. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST Más específicamente, dentro del servicio de mantenimiento integral, estarán incluidas las siguientes prestaciones: ## 3.1. Mantenimiento preventivo Comprende todas las operaciones especializadas de carácter periódico destinadas a establecer los parámetros correctos de funcionamiento para los diferentes ascensores y equipos elevadores, así como para evitar la aparición de averías. Se realizarán estas operaciones, sobre la base de los Programas de Mantenimiento que se especifican en los distintos reglamentos industriales de obligado cumplimiento en vigor, los cuales marcarán la periodicidad en la frecuencia de las revisiones a efectuar. Los trabajos consistirán en la revisión, engrase, ajuste, reparación y/o sustitución de las piezas visibles o previsiblemente deterioradas, incluso antes de que su estado pueda ocasionar averías o anomalías en el funcionamiento del aparato, y en especial cualquier circunstancia que pueda afectar a la seguridad de las personas y de la instalación. En la medida requerida, se prestará especial atención a: - -Comprobación del funcionamiento y ajuste de la unidad de tracción, medios de suspensión, caja del reductor, frenos, polea y tambor de tracción, cables, polea de desvío, puertas exteriores e interiores, guías de cabina y contrapeso, paracaídas, limitador de velocidad, etc. - -Comprobación y ajuste de las condiciones de viaje de los ascensores, en especial de su precisión de parada. - -Verificación funcional de la conexión, maniobra, monitorización y demás equipos de seguridad, displays y equipo de iluminación. - -Comprobación de funcionamiento y estado general de los ascensores. - -Revisión del nivel de aceite de la unidad de tracción. - -Revisión del dispositivo de comunicación bidireccional, instalación y funcionamiento. - -Trabajos de suministros e instalaciones provisionales de elementos y material eléctrico para resolver un problema temporal y no existente en stock, en tanto se suministra el elemento original. - -El mantenimiento de las rotulaciones de los cuadros eléctricos en perfectas condiciones. - -Todas las actuaciones puntuales tendentes a la continuidad del servicio, aún en precario. - -Las ayudas necesarias de otros oficios en los trabajos de conservación. - -Los trabajos de información y explicación que sean necesarios para las instrucciones que de las máquinas y cuadros eléctricos deban tener los responsables de las dependencias del INAEM y personal colaborador. - -Las instrucciones de paro de dichas instalaciones, en caso de emergencia, serán claras y con aviso inmediato de la anormalidad por parte del adjudicatario al representante del edificio. - -La retirada de productos tóxicos y peligrosos a vertederos autorizados. - -En general, cualquier desmontaje, retirada o eliminación de elementos de instalaciones, cuyo desmontaje implique su sustitución por otro elemento de igual o similares características, será considerado dentro del importe del contrato o del presupuesto aceptado. <!-- image --> <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST En cada revisión, se procederá a la lubricación y limpieza de todos los elementos que por su naturaleza o características lo requieran, utilizando lubricantes específicos de calidad adecuada, para cada elevador. Dos veces al año, se procederá a la limpieza de la suciedad acumulada en el cuarto de máquinas, el techo de la cabina y el foso del hueco. Todo el material empleado para estos servicios será a cargo del Mantenedor. El Mantenedor conservará en su poder la documentación correspondiente justificativa de las fechas de visita, resultado de las revisiones de conservación, elementos sustituidos e incidencias que se consideren dignas de mención. Al inicio del contrato se presentará en cada uno de los centros del INAEM un Libro de Control de Aparatos Elevadores, donde se irán incorporando las hojas de Control de Revisiones Mensuales (detallando la fecha, el nombre del técnico responsable de la revisión y su firma). ## 3.2. Mantenimiento correctivo. Aver as. Comprende este concepto la realización de la corrección o reparación de cualquier incidencia sobrevenida los ascensores y equipos elevadores, manteniendo así el correcto funcionamiento de los mismos. El mantenimiento correctivo puede ser planificado o no. - -Planificado: se sabe con antelación qué es lo que debe hacerse, de modo que cuando se pare el equipo para efectuar la reparación, se disponga del personal, repuesto y documentos técnicos necesarios para realizarla correctamente, pudiendo realizarse dichas operaciones con las inspecciones del mantenimiento preventivo. - -No planificado: es el mantenimiento de emergencia (reparación de elementos). Debe efectuarse con urgencia ya sea por una avería imprevista a reparar lo más pronto posible o por una condición imperativa que hay que satisfacer (problemas de seguridad, de contaminación, de aplicación de normas legales, etc.). La empresa adjudicataria garantizará en todo momento la aportación de los medios técnicos y personales suficientes para atender de forma inmediata los avisos de avería o las incidencias, prestando servicio de 24 horas diarias durante todos los días del año. A requerimiento del INAEM, el Mantenedor desplazará personal competente para atender averías que se produzcan en la instalación, con la urgencia que se precise. En el importe contractual estarán incluidos los costes que se pudieran derivar de los desplazamientos, mano de obra y repuestos en la subsanación de las averías que pudieran producirse, de modo que el INAEM no estará obligado a abonar al adjudicatario cantidad alguna por estos conceptos. En caso de imposibilidad en la reparación por causas ajenas al adjudicatario, deberán recabarse instrucciones del coordinador técnico del contrato, nombrado por el INAEM, a quien corresponderá determinar el procedimiento a seguir. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST Se incluyen en el objeto del contrato todas las operaciones de mantenimiento correctivo que deban realizarse como consecuencia de avisos por avería en las instalaciones, comprendiendo todas las intervenciones necesarias para un retorno a la situación de idóneo funcionamiento, incluyendo la reparación por avería, anomalía o rotura imprevista de cualquier ascensor o aparato elevador. Estas operaciones correctivas ejecutadas, se recogerán en un Documento Técnico, (parte de trabajo, ficha, etc.,), que contemplará como mínimo los siguientes apartados: - a) Partes de avería. - b) Estadillo-registro de averías. - c) Archivo de partes de avería. - d) Comunicación/conformidad de resolución. El tiempo de respuesta para el inicio de la operación será inmediato según se detalla en el punto 5 del presente pliego de prescripciones. Cuando por la índole especial de la avería, su reparación exija un plazo superior, se informará a los responsables del INAEM, para adoptar las medidas oportunas, autorizando o no la reparación por la empresa adjudicataria. Se consideran incluidos en este concepto en el precio, por ejemplo: elementos del limitador de velocidad, del freno, el nuevo bobinado de motores cualquiera que sea su potencia incluyendo todos los costes asociados por desmontajes, traslados, nueva instalación y pruebas hasta su correcta operatividad. Los selectores mecánicos de pisos, elementos de accionamiento de puertas, del operador de la puerta y polea de desvío, los cables de tracción, los cables del selector mecánico de pisos, las poleas de tracción, los volantes de tracción. Y las mangas de maniobras, con el fin de garantizar la seguridad de las instalaciones. Así como cambios del aceite de las unidades de tracción y gestión del aceite retirado según normativa de residuos, suministro y sustitución de las lámparas dañadas o defectuosas de la cabina, etc. Se considera también incluida dentro del mantenimiento correctivo, toda la resolución de averías que conlleva a las siguientes operaciones: - -Cuadros de maniobra: Soldadura de hilos de conexiones. Reposición de fusibles de maniobra. Reapretado de tornillería de bornas y conexiones. Ajustes de contactos fijos y móviles de relés. Aislamientos normales de conductores. Reposición de montaje de separadores de relés. Tarado de relés térmicos. Montaje de transformadores. Montaje de rectificadores. Montaje de relés. Montaje de retardadores. Montaje de porta fusibles. Montaje de resistencias. Montaje de diodos. - -Grupo de reductores: Reglaje de electrofrenos. Sustitución de bobinas de freno. - -Limitadores de velocidad: Montaje de muelles reguladores y tensados de cables. - -Reparación de motores: Durante el periodo de vigencia del contrato, quedará obligado el contratista a reparar o reponer su cargo todos los motores que sean precisos, cualquiera que sea la causa que lo motive. La empresa adjudicataria garantizará en todo momento la aportación de medios técnicos y personales suficientes, para atender cualquier aviso de avería o incidencias - -En cuadro eléctrico de maniobra: Elementos del cuadro de maniobra, formado por arrancadores, bobinas, variador de frecuencia, circuitos electrónicos, condensadores de control, contadores, contactos auxiliares y de potencia, <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST - diodos, fuentes alimentación, fusibles, magnetotérmicos, portafusibles, rectificadores, relés, resistencias de maniobra y caldeo, temporizadores, tiristores, transformadores, selectores de pisos y placas de maniobra, etc. Conducciones eléctricas de la maniobra. - -En grupo de tracción: Aceite del circuito oleodinámico, bobinado motor, bobinas freno, cables tracción y del limitador velocidad, contactos, coronas-ejes sinfín, electro/reno, electroválvulas, engrasadores, limitadores de velocidad, bulones y poleas, retenes, cojinetes y rodamientos, válvulas, zapatas de freno. Elementos del motor: devanados, casquillos, anillos rozantes, escobillas y cojinetes. Elementos del freno: tambor, ferodo, bobina y palanca de accionamiento. - -En sala de poleas-hueco: Elementos del limitador de velocidad: casquillos, cojinetes, contactos, ejes, trinquete, polea, tensores y bridas. Dispositivos mecánicos y eléctricos del paracaídas. Amortiguadores, contactos, engrasadores, finales de carrera, fotorruptores de hueco, inductores, niveladores, pantallas de corte, paros, poleas, soportes. Elementos del limitador de velocidad: casquillos, cojinetes, contactos, ejes, trinquete, polea, tensores y bridas. Engrasadores automáticos, rozaderas, de cabina y contrapeso. Cables de tracción, de compensación y del limitador de velocidad. En instalaciones hidráulicas, aceites, cilindros, pistones y válvulas. El responsable del contrato examinará el informe presentado para comprobar si los trabajos a realizar se encuentran dentro del mantenimiento de la instalación conforme a las especificaciones de este Pliego. En el caso de que el responsable del contrato considere que los trabajos se encuentran dentro de las obligaciones del contratista se lo comunicará al contratista para que se proceda a la inmediata realización de aquellos, dentro del precio del contrato. Cuando los trabajos a ejecutar rebasen total o parcialmente el alcance de las operaciones a realizar dentro de este concepto de mantenimiento correctivo, el adjudicatario presentará al responsable del contrato el Informe Técnico correspondiente, con detalles y fotografías en su caso, así como la valoración económica para subsanar la avería fundamentada y justificada en las tarifas oficiales PVP de los distintos fabricantes o proveedores. El responsable de cada Unidad/Centro del INAEM decidirá si esos trabajos son realizados por el Mantenedor o por otra empresa especializada, según los preceptos de la Ley de Contratos del Sector Público. En ningún caso estarán incluidas en el objeto de este contrato todas aquellas reparaciones que sean consideradas inversiones, según lo dispuesto en los artículos 60 a 63 del Anexo IV de la Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica. El INAEM contratará estos servicios de manera independiente, no teniendo por qué ser realizadas por el adjudicatario de este contrato. ## 3.3. Mantenimiento legal En cumplimiento de la normativa vigente, el Mantenedor comunicará al INAEM las fechas en la que le corresponde llevar a cabo las inspecciones periódicas fijadas por la legislación vigente por un Organismo de Control Autorizado (OCA), con una antelación mínima de 60 días naturales al plazo de caducidad. En este sentido, el Mantenedor debe facilitar la cooperación requerida por la empresa encargada de realizar la inspección BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> como Organismo de Control Autorizado (OCA) y acompañarlos en las visitas que efectúen a las instalaciones, sin que ello suponga un coste adicional al presente contrato y siendo por cuenta del INAEM el pago de los servicios realizados por dicho Organismo o Entidad (de acuerdo con el artículo 4.5 del Real Decreto 355/2024, de 2 de abril). El adjudicatario notificará al coordinador técnico del contrato de mantenimiento nombrado por el INAEM, cualquier cambio de legislación durante la vigencia del contrato que pueda implicar la modificación total o parcial de las instalaciones y propondrá por escrito las modificaciones necesarias para adecuar las instalaciones a lo ordenado en la disposición legal dentro de los plazos previstos en la misma. ## 4. LÍNEA TELEFÓNICA 24 HORAS Y CALL CENTER La empresa adjudicataria dispondrá de un call center de atención y gestión de incidencias. El adjudicatario procederá a la instalación, a su cargo, de una línea de telefonía para la comunicación bidireccional en todos los ascensores. El titular de la línea móvil será el adjudicatario, que deberá mantenerla a lo largo de todo el contrato y sus posibles prórrogas. Este teléfono será gratuito y deberá figurar y ser visible en todos los ascensores. El adjudicatario se encargará de la instalación de la línea y de su conexión y mantenimiento. Tanto el mantenimiento del sistema como todas las llamadas que se realicen están incluidas en el coste del contrato. El adjudicatario deberá mantener el servicio de averías 24 horas. La empresa adjudicataria incluirá la atención de avisos de emergencia las 24 horas del día y los 365 días del año por averías de las instalaciones contratadas que se pudieran producir durante la vigencia del contrato, según los plazos de respuesta dispuestos en el punto 6. ## 5. FUNGIBLES, CONSUMIBLES Y RECAMBIOS Para la realización de los servicios incluidos en el contrato, la empresa adjudicataria queda obligada a aportar los medios auxiliares, herramientas y útiles, equipos de medida y pequeño material, que sean precisos para el desarrollo de los trabajos. Para ello deberá contar con un centro logístico de operaciones con almacén y stock suficiente para hacer frente a las necesidades fungibles, consumibles y recambios que se describen a continuación. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST ## 5.1. Fungibles y consumibles Por materiales fungibles se entenderá todos aquellos elementos que forman parte de un equipo o instalación y que se caracterizan por poseer una vida corta, bien de forma normal o aleatoria. Por materiales consumibles se entenderá todos aquellos productos que, no formando parte de la instalación, se utilizan en los procesos de funcionamiento o mantenimiento de las instalaciones y que se consumen de forma continua. Los materiales fungibles y consumibles serán a modo de ejemplo y enumerados de forma no exhaustiva, entre otros, los siguientes: - -Productos para limpieza de piezas y elementos - -Juntas de estanqueidad - -Pequeñas cantidades de aislamiento térmico - -Pequeño material: tornillería variada tanto para madera como para metal, grapas y soportes, material de aporte de soldadura, tacos, escarpias y hembrillas, pegamento de contacto y cola para madera, cinta aislante, clemas de conexión, clavos, varillas roscadas, etc. - -Fusibles, pilotos, interruptores, enchufes schuko - -Fichas de conexión eléctricas - -Pequeñas cantidades de cable para conexiones eléctricas - -Repuestos iluminación (bombillas, leds, etc.) - -Aceites y grasas para lubricación - -Detergentes para limpieza de piezas - -Clemas de unión, terminales. - -Guarnición, prensaestopas en calidad ordinaria para reparaciones de equipos aislados. - -Cinta aislante, cinta de plata, cinta teflón, estopa - -Correas de los climatizadores - -Filtrina para fancoils y climatizadores - -Discos abrasivos y papel de lija - -Pintura y spray para retoques - -Pintura, yeso, cemento, etc. - -Recarga y re-timbrado de los extintores, tanto por la revisión reglamentaria anual, así como por el uso justificado de los mismos - -Pruebas y re-timbrado de las mangueras de las BIES El suministro de materiales fungibles y consumibles correrá a cargo del adjudicatario. ## 5.2. Recambios Se entenderá como recambio todo material y/o equipo no contemplado en el apartado anterior. Las piezas serán de alta calidad y los repuestos deberán ser originales u homologados por los fabricantes de los equipos garantizando su disponibilidad inmediata. En caso de que un repuesto concreto no se encontrase en el mercado por BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> estar descatalogado, el utilizado deberá tener unas características equivalentes al original. Estos elementos deberán formar parte del stock de material dado que es usual su utilización y deberá estar disponible a fin de permitir atender rápidamente una situación límite mediante la sustitución de piezas o elementos. Se incluyen en el precio del contrato todos los materiales de repuesto, cuyo importe unitario (sin incluir IVA, portes o gastos logísticos) sea inferior al precio de franquicia. Se establece como importe de franquicia mínimo 200 euros (sin IVA) . Este importe puede ser mejorado en las ofertas de los licitadores conforme a los criterios de evaluación indicados en el pliego administrativo. Se entiende por precio unitario la unidad de medida que se aplique a cada uno de los casos (metro, kilogramo, litro, unidad, etc.). Los materiales incluidos en este apartado cuyo importe unitario sin IVA exceda el importe de la franquicia adjudicado, deberán ser presupuestados por la empresa adjudicataria. El INAEM deberá valorar previamente la aprobación de dicho coste y en caso favorable abonará al contratista con el presupuesto del contrato, la diferencia entre los 20 0 € y el coste unitario. El INAEM se reserva el derecho de adquisición de dichos materiales a través del mismo u otro proveedor. Sin embargo, si el INAEM obtuviera un presupuesto inferior a la franquicia, la adjudicataria estará obligada a aceptarlo y asumir el gasto. ## 6. PLAZOS PARA RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS Los avisos realizados se atenderán en los tiempos de respuesta, de información y de reparación, establecidos a continuación y definidos como: - -Tiempo de respuesta: el necesario para personarse en la instalación un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria, que evaluará el daño y comenzará la actuación. El tiempo máximo de respuesta se establece en 3 horas (180 minutos) si no existe atrapamiento de personas y menor de 1 hora (60 minutos) si hubiera personas atrapadas, accidentes o urgencias similares. En este sentido, si se produjeran situaciones que pusieran en peligro la seguridad del personal del INAEM o del público, la empresa mantenedora deberá adoptar las medidas de urgencia necesarias. El tiempo de respuesta estimado para este tipo de situaciones será aplicable a cualquier hora del día o de la noche todos los días del año. La empresa adjudicataria tendrá un servicio telefónico para emergencias durante las 24 horas del día los 365 días al año. Estos tiempos podrán ser mejorados en los criterios de adjudicación, y en caso de no cumplirse, darán lugar a la imposición de penalidades prevista en el cuadro-resumen del PCAP. - -Tiempo de información: en caso de producirse alguna avería o incidencia en el funcionamiento normal de los ascensores y equipos elevadores, se deberá dar informe del mismo en un plazo máximo de 24 horas . De no ser esto <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST posible, deberá presentarse, en dicho plazo, un informe justificativo de los motivos que lo impiden. - -Tiempo de reparación: el necesario para restituir el elevador o instalación afectada a su estado inicial. El tiempo máximo de reparación se llevará a cabo en un plazo máximo de 96 horas (4 días naturales) desde el momento de la comunicación de la incidencia por parte de la unidad afectada. El plazo podrá ser mayor siempre que no sea por motivos imputables al contratista, y que esté debidamente justificado por el adjudicatario. El establecimiento de plazos superiores, debidamente justificados, deberán ser acordados y aceptados con los gerentes de cada inmueble. Estos tiempos podrán ser mejorados en los criterios de adjudicación, y en caso de no cumplirse, darán lugar a la imposición de penalidades prevista en el cuadro-resumen del PCAP. La superación de estos plazos, con sus posibles mejoras, provocará la aplicación de las penalizaciones previstas en el punto 23 del Cuadro-resumen de cláusulas administrativas particulares, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas por escrito y aceptadas por los responsables del contrato. Debido a la actividad del INAEM y de sus unidades, con asistencia de público externo durante las tardes, noches, fines de semana y festivos, se hace hincapié en la importancia del servicio 24 horas y 365 días al año. ## 7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDITARIO ## 7.1. Informes iniciales En el primer mes del contrato, el adjudicatario deberá presentar: - Informe inicial, con detalle del estado de los ascensores y equipos elevadores que servirá de inventario (marca, modelo, Nº RAE, ubicación), clasificados por el lugar de instalación. - Listado con las deficiencias de las instalaciones. La subsanación de estas deficiencias estarán incluidas en el precio presentado por los licitadores. - Informe que indique la obsolescencia de las partes más sensibles (reductores, programadores, placas de control, etc.) con el objetivo de tener una previsión para acometer las mejoras necesarias antes de que ocurra un fallo grave. - Obras de mejora, en caso necesario y valoración de dichas obras de adecuación necesarias para la subsanación de las deficiencias anteriormente mencionadas. - Certificados oficiales de las inspecciones obligatorias por OCA realizadas en el mes en curso. - Plan de actuación con planificación de las operaciones de mantenimiento, indicación de tareas, periodicidad y breve descripción de las mismas. ## 7.2. Informes trimestrales Trimestralmente (en los cinco primeros días), se presentará un informe incluyendo: <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST - Relación exacta de las inspecciones de conservación preventiva y correctiva especificadas en el manual de mantenimiento aprobada, realizadas a cada una de las instalaciones. En dicha relación deberá constar: identificación del ascensor por nº RAE y ubicación, la fecha en que se realizaron los trabajos recogidos en el Pliego, personal que ha realizado la función, tiempo invertido, las anomalías detectadas y cualquier información que permita el seguimiento y valoración del funcionamiento de las instalaciones. - Relación exacta de las órdenes de ejecución de Obras e Instalaciones, así como mejora de las mismas recibidas durante el mes anterior, con sus fechas de inicio y terminación. - Relación exacta de intervenciones urgentes y que no precisan de órdenes de ejecución. Esta relación irá acompañada del parte de trabajo correspondiente. ## 7.3. Informes anuales Antes de la finalización del año (noviembre), se presentará un informe incluyendo: - La obsolescencia de las partes más sensibles (reductores, programadores, placas de control, etc.) con el objetivo de tener una pequeña previsión de acometer mejoras antes de que ocurra un fallo grave. - Resumen de los trabajos de mantenimiento llevados a cabo en cada elemento, incluyendo sustitución de piezas y fechas de las revisiones obligatorias en su caso y las recogidas en el pliego. - Histórico de las incidencias, averías, urgencias y fallos de cada elemento. - Información que el adjudicatario considere necesaria. ## 7.4. Informe final En el mes anterior a la finalización del contrato deberá presentar un informe final que contenga: - Inventario actualizado de las instalaciones y equipos. - Fichas Técnicas e históricas de los equipos. - Relación de informes y certificados oficiales con indicación de la fecha de entrega al INAEM. - Comentarios, documentos e informes que el adjudicatario considere oportuno y digno de mencionar en relación con los trabajos objeto del contrato. ## 8. SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Corresponde al coordinador técnico del contrato de mantenimiento, nombrado por el INAEM, la aprobación de los programas de trabajo presentados por la empresa adjudicataria, pudiendo proponer las modificaciones que convenga introducir. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST Corresponde al responsable de cada Unidad/Centro del INAEM, la supervisión, análisis y aprobación de las actuaciones de las modificaciones parciales o totales de los ascensores y elevadores, teniendo como base el informe de la empresa adjudicataria que incluye las necesidades, dictámenes de las inspecciones, en su caso, y la valoración económica de la actuación basada en las tarifas oficiales PVP de los distintos fabricantes o proveedores. La empresa adjudicataria será responsable del cumplimiento de la normativa estatal, autonómica y local, así como de la reglamentación vigente y la que entre en vigor durante el periodo de vigencia del contrato. Asimismo, la empresa se encargará de la previsión, gestión y seguimiento de las inspecciones periódicas reglamentarias, dando cuenta a las distintas Unidades del INAEM. ## 9. OBLIGACIONES DEL INAEM El INAEM facilitará a la empresa adjudicataria el libre acceso a las instalaciones o equipos al personal de la misma, debidamente acreditado para el desempeño de sus funciones. Así mismo, se obliga a comunicar al adjudicatario cualquier cambio que pretenda introducir en los equipos objeto del presente contrato y que pudiera significar alteraciones sustanciales en cuanto al contenido de la prestación pactada. En el supuesto de que el INAEM esté disconforme con el servicio prestado por el mantenedor, se compromete a comunicarlo a éste, antes de acometer cualquier otra actuación, a fin de que el mantenedor pueda tomar las medidas correctoras oportunas o el estudio de la reclamación o sugerencia. El INAEM impedirá el uso del aparato elevador en cuanto observe anomalías en el funcionamiento del mismo. Asimismo, impedirá el acceso o manipulación en el aparato elevador a personal ajeno al mantenedor. ## 10. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO La empresa contratada para desarrollar el mantenimiento contará con la correspondiente acreditación y deberán entregarse, para su aprobación, los documentos que acrediten la capacidad laboral de dicha empresa, así como la copia de la póliza en vigor, del seguro de responsabilidad civil. El importe mínimo de los riesgos asegurados no será inferior a 600.000 euros por accidente, sin admitirse ningún importe como franquicia. En cuanto al acceso a los edificios y controles de seguridad, el contratista se someterá a las normas impuestas para el personal ajeno al INAEM. El personal de la empresa deberá ir uniformado e identificado como trabajador de la empresa adjudicataria del servicio que contrata la Administración. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST El personal encargado de la revisión deberá estar instruido en el manejo del aparato del cual está encargado. Si observa alguna anomalía avisará al representante del edificio. El contratista responderá de los daños que, voluntaria o involuntariamente, sean ocasionados por su personal en los ascensores y equipos elevadores. Asimismo, deberá indemnizar a la propiedad por el valor de las pérdidas o sustracciones de los objetos cuya responsabilidad corresponda al personal del servicio, independientemente de las acciones legales que pueda ejercer el INAEM. El adjudicatario, ante trabajos de mantenimiento o de otra consideración, deberá delimitar la zona donde se desarrollen los mismos, cuando éstos puedan comportar riesgo para las personas. Los elementos de protección empleados se mantendrán en todo momento en perfecto estado de conservación y señalización. Con independencia de la sanción que se establezca por ley, debida a negligencia o incumplimiento del párrafo anterior, el adjudicatario cubrirá sus responsabilidades a que hubiera lugar si se produjeran daños a terceros con una póliza de responsabilidad civil, en los términos que se recojan en el Pliego de Cláusulas Administrativas. Ya que la conservación, mantenimiento y modernización que se realiza al amparo de este contrato no precisa de proyecto técnico de ejecución y como consecuencia de ello, de dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, la organización preventiva de la empresa adjudicataria deberá ajustarse a lo reglamentado en la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/97, de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y su modificación por el Real Decreto 337/2010 de 19 de marzo. Al inicio del contrato, la contrata adjudicataria establecerá con el INAEM y con sus empresas subcontratistas la coordinación de actividades (CAE) que se establece en el art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, según establece el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrá de contar, como mínimo, con los medios personales en plantilla y otros medios propios que se señalan a continuación. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a la que este Pliego obliga. Tanto en las modificaciones y reparaciones efectuadas como en la sustitución de piezas, el contratista garantizará el correcto funcionamiento por periodo mínimo de un año. Durante este periodo de garantía , la empresa adjudicataria tiene la obligación de atender cualquier defecto o deterioro que se presente en los trabajos realizados, sin cargo adicional alguno, ni por mano de obra ni por materiales. En el caso que en el desarrollo del cumplimiento del contrato se repitan situaciones calificadas como graves en uno o más ascensores y equipos elevadores del INAEM, entendiendo estas, como BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> deficiencias de mayor importancia y urgentes, referidas a todas aquellas anomalías y averías que en caso de no ser reparadas de forma inmediata podrían crear un riesgo potencial a las personas (insuficiente seguridad) o un perjuicio económico real a los ascensores y equipos elevadores superior al coste de materiales, piezas de recambio y otros posibles costes de actuaciones específicas para su resolución, podrá aplicar los apercibimientos que se indican en la cláusula 18 e incluso resolver el contrato, conforme a lo dispuesto en la cláusula 24 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. ## 11. ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS ## 11.1. Personal Dentro del personal adscrito al contrato, el equipo mínimo estará compuesto, al menos, por: - Un responsable técnico designado por la empresa adjudicataria como responsable máximo e interlocutor ante la Administración, a quien corresponderá la dirección, planificación y coordinación de los trabajos, así como la redacción de informes de seguimiento y certificados de cumplimiento del servicio. El responsable técnico deberá contar con titulación universitaria superior de Ingeniería Industrial y deberá contar con una experiencia mínima de 5 años en la gestión de contratos de mantenimiento de aparatos elevadores. - Un efectivo con la categoría de ' operario ' que realizará las visitas periódicas, según las frecuencias marcadas, así como las que sean necesarias para el correcto funcionamiento y desarrollo de los trabajos y actuaciones descritas en el presente pliego. Deberá contar con la formación y habilitaciones profesionales necesarias para desempeñar los trabajos objeto del contrato y, como mínimo, 3 años de experiencia. - Un efectivo con la categoría de ' operario auxiliar ', que asistirá al operario en las visitas periódicas, según las frecuencias marcadas, así como las que sean necesarias para el correcto funcionamiento y desarrollo de los trabajos y actuaciones descritas en el presente pliego. Deberá contar con la formación y habilitaciones profesionales necesarias para desempeñar los trabajos objeto del contrato. - Un equipo de actuación rápida con el número de operarios necesarios para intervenir cuando surjan tareas puntuales, incidencias o emergencias no incluidas en el ámbito de actuación ordinario. Deberá contar con la formación y habilitaciones profesionales necesarias para desempeñar los trabajos objeto del contrato y, como mínimo, 3 años de experiencia. La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de la Agencia Tributaria y de Prevención de Riesgos Laborales. El INAEM quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del Adjudicatario, así como con las Empresas que pudieran establecer subcontratas con aquel. Así mismo todos los trabajadores que realicen funciones en las dependencias del INAEM, deberán contar con los certificados de formación en Prevención de Riesgos BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> Laborales y evaluaciones de riesgo de los distintos puestos que ocupen, según requiera la legislación vigente. La empresa adjudicataria entregará a la Secretaría General del INAEM, en el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente al inicio del contrato, la relación nominal del personal que prestará el servicio con carácter habitual. Cuando el personal de la empresa adjudicataria no procediera con la debida corrección, no cumpla con la puntualidad demandada, o fuera evidentemente poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, la Secretaría General del INAEM podrá exigir de la empresa adjudicataria que sustituya al trabajador que lo haya motivado. ## 11.2. Herramientas y maquinaria El adjudicatario deberá presentar un listado de stock de equipos y materiales necesarios para reparar las averías en el menor tiempo posible; este stock estará en su almacén. Los Contratistas están obligados a contar con todos los elementos y utensilios necesarios para satisfacer las exigencias del presente Pliego, tanto en lo que respecta a las herramientas, equipos y aparatos de medida que deben manejar su personal y a los vehículos de los que se les dote, así como aquel que haya que aumentar como consecuencia de la dinámica funcional y operativa en la prestación del servicio. Dentro de la maquinaria y equipos necesarios se incluyen aquellos medios de elevación para trabajos en altura, debiendo estar los mismos homologados. El personal que lo utilice contará con los preceptivos cursos de formación para su uso. En ningún caso se podrá facturar cantidad alguna en concepto de alquiler de dichos elementos, ni en los trabajos de mantenimiento correctivo ni en los preventivos o resolución de averías. Todos los aparatos de medida estarán en perfectas condiciones de uso y deberán ser comprobados periódicamente por el contratista, realizando las calibraciones que sean necesarias en su caso y contando, en el caso de aquellos que así lo precisen, con los correspondientes certificados de calibración periódica en vigor, emitidos por el centro español de metrología o por un organismo autorizado en esta materia. ## 12. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Consideraciones de tipo medioambiental: Para los desplazamientos del personal técnico y transporte de materiales que se deriven de la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá asignar vehículos con pegatina ambiental CERO ó ECO. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución del mismo. El incumplimiento total o parcial de estas condiciones se considerará infracción grave y dará lugar a la imposición de las penalidades previstas en la cláusula 19 del PCAP. <!-- image --> BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST ## 13. MODIFICACIONES DEL CONTRATO En cuanto a las modificaciones previstas, y de acuerdo con los artículos 204 y 205 de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato podrá modificarse, durante su vigencia, cuando se den las siguientes causas. De acuerdo al apartado 2 del presente pliego, en el Anexo I se relacionan las fichas técnicas de los ascensores y equipos elevadores (marcas y características) más destacables de cada Centro que son objeto de mantenimiento, entendiéndose que el conjunto de los elementos objeto de contrato abarca la totalidad de los instalados en los edificios. Quedarán excluidas del contrato las instalaciones de aquellos edificios que durante la vigencia del mismo dejen de estar afectados a su función pública, descontándose la parte proporcional asignada para esas instalaciones del precio de adjudicación. De la misma manera, quedarán incluidos en el contrato los ascensores y elevadores que comiencen a estar afectados al Organismo como consecuencia de su nueva instalación dentro de un inmueble ya adscrito al INAEM o por nueva adscripción/concesión o situación diferente justificable. Como consecuencia, se podrá tramitar un modificado en concepto de afectación o desafectación justificada, y por tanto, incremento o decremento económico. El porcentaje del precio del contrato al que afectará la modificación se establece en un 20%. En Madrid, a fecha de firma electrónica Secretario General del INAEM Benjamín Marco Valero BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO. INVENTARIO DE LOS ELEVADORES SUSCEPTIBLES DE MANTENIMIENTO | N' | INMUEBLE y ELEMENTO | Paradas | Carga (kg) | |-------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------|-----------|--------------| | TEATRO MARIA GUERRERO - C/ Tamayo y Baus, 4 Madrid | | | | | 1 | ASCENSOR HD - C2802374 RAE 113422 | 3 | 375 | | 2 | ASCENSOR ELEC - C2804595 RAE4157 | 6 | 450 | | 3 | PLATAFORMA 1500KG - 41156530 RAE 113422 | 3 | 375 | | | TEATRO VALLE INCL`N - Pza. LavapiØs, s/n Madrid | | | | 4 | ASCENSOR HD1 - C4302918 RAE 127140 Oficinas | | | | 5 | ASCENSOR HD2 - C4302919 RAE 127138 Dob Emb | | | | 6 | ASCENSOR HD3 - C4302920 RAE 127139 Vest bulo | | | | 7 | ASCENSOR HD4 - C4302921RAE 117409 Escenario | | | | | BALLET NACIONAL Y CND - Paseo de la Chopera, 4 Madrid | | | | 8 | ASCENSOR BNE RAE-85762 | 2 | 450 | | 9 | ASCENSOR CND RAE 85763 | 2 | 450 | | AUDITORIO NACIONALDEM SICA - C/ Pr ncipe de Vergara, 146 Madrid | | | | | 10 | ASCENSOR - 28060326 RAE 68893 | 4 | 1200 | | 11 | ASCENSOR - 28060337 RAE 68894 | 4 | 1200 | | 12 | ASCENSOR - 28060348 RAE 68895 | 4 | 1200 | | 13 | ASCENSOR - 28060359 RAE 68896 | 4 | 1200 | | 14 | ASCENSOR - 28060381 RAE 68897 | 5 | 1050 | | 15 | ASCENSOR - 28060370 RAE 68898 | 5 | 1050 | | 16 | ASCENSOR - 28060392 RAE 68899 | 4 | 1050 | | 17 | ASCENSOR - 28060406 RAE 68900 | 4 | 1050 | | 18 | SALVAESCALERAS - 28/600047 | | | | TEATRO DE LA ZARZUELA - C/ Jovellanos, 4 y Oficinas: C/ Los Madrazo, 14 | Madrid | | | | 19 | ASCENSOR RAE 153616 | 8 | 630 | | 20 | ASCENSOR RAE 167560 | 6 | 825 | | 21 | PLATAFORMA | | | | 22 | ASCENSOR | | | | | TEATRO DE LA COMEDIA - C/ Pr ncipe, 14 Madrid | | | | 23 | ASCENSOR - RAE 165270 MinusvÆlidos | 5 | 450 | | 24 | ASCENSOR - RAE 165271 ChÆcena | 8 | 800 | | 25 | ASCENSOR - RAE 165272 | 7 | 320 | | 26 | ASCENSOR - RAE 165273 Camerinos | 10 | 800 | | CENTRO DE TECNOLOG˝A DEL ESPECT`CULO - C/ Torregalindo, 10 Madrid | | | | | 27 | ASCENSOR RAE 38508 Zona Interior | | | | 28 | ASCENSOR RAE 38509 Zona Exterior | | | | 29 | SALVAESCALERAS | | | | 30 | PLANTA ELEVADORA | | | | | CALLE INNOVACI N, 5 - P. I. Los Olivos, Getafe (Madrid) | | | | 31 | ASCENSOR RAE 102987A | 3 | 450 | BENJAMIN MARCO VALERO - 2026-05-06 16:44:09 CEST <!-- image --> | 32 PLATAFORMA | |-------------------| | 33 SALVAESCALERAS |