13 RESOLUCION_CORRECCION_ERRORES_CTO_MANTENIMIENTO_.pdf

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<!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN DE CORRECCIÓN DE ERRORES EXPEDIENTE: 2026/00000270QServicio de mantenimiento de las instalaciones de los edificios dependientes del Institut Valencià de Cultura en Castellón y Valencia ## I. ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha febrero de 2026 se emitió el Informe de necesidad, idoneidad y memoria económica , en el que se establece un presupuesto base de licitación de 2.893.271,34 € (IVA excluido) , equivalente a 3.500.858,32 € IVA incluido , calculado sobre una duración de 60 meses . Segundo. Mediante Acuerdo de inicio del expediente , se dispuso la incoación del procedimiento de contratación, fijándose igualmente un presupuesto base de licitación de 2.893.271,34 € más IVA , para un periodo coincidente. Tercero. En el Anexo I (Cuadro de características del PCAP) se establece un presupuesto base de licitación de 2.772.685,29 € IVA incluido , referido a un plazo contractual de 48 meses . Cuarto. Con posterioridad, la Abogacía de la Generalitat emitió informe en el que se pone de manifiesto la necesidad de adaptar la duración del contrato a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 1/2015, de Hacienda Pública del Sector Público Instrumental de la Generalitat , que establece la imposibilidad de adquirir compromisos de gasto con carácter general por plazo superior a cuatro años . Quinto. Como consecuencia de dicha adaptación: - Se reduce la duración inicial del contrato a 48 meses - Y se ajusta el Presupuesto Base de Licitación a dicha duración habiéndose mantenido en los documentos iniciales el importe correspondiente a un periodo superior, lo que genera una incoherencia documental . ## II. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 , del Procedimiento Administrativo Común, la Administración puede rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. Segundo.El artículo 40 de la Ley 1/2015, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones de la Generalitat , limita con carácter general a cuatro años la posibilidad de comprometer gasto plurianual, lo que obliga a adecuar la duración contractual y su presupuesto asociado. <!-- image --> <!-- image --> Tercero.Los artículos 100 y 101 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público , distinguen entre el presupuesto base de licitación y el valor estimado del contrato, debiendo el primero corresponder a la duración inicial del contrato. Cuarto.Resulta necesario garantizar la coherencia interna del expediente conforme a lo indicado en el informe de la Abogacía. ## III. PARTE DISPOSITIVA Primero.Rectificar, como consecuencia de la adaptación del expediente al informe de la Abogacía de la Generalitat y a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 1/2015 , los errores materiales detectados en el Informe de necesidad y memoria económica y en el Acuerdo de inicio del expediente , en lo relativo al Presupuesto Base de Licitación y duración del contrato . Segundo.Establecer que la duración inicial del contrato es de 48 meses , en cumplimiento de la normativa aplicable en materia de compromisos plurianuales. Tercero.Fijar el Presupuesto Base de Licitación correcto , conforme a dicha duración, en: - • - Base imponible: 2.291.475,45 € - IVA (21%): 481.209,84 € - Total (IVA incluido): 2.772.685,29 € Cuarto.Mantener como valor estimado del contrato , a efectos de la LCSP, el importe de: - 2.893.271,34 € (IVA excluido) incluyendo las posibles prórrogas. Quinto.Declarar que la presente corrección: - Deriva de la adaptación al informe de la Abogacía , - Tiene carácter de corrección de error material , - No altera el objeto ni las condiciones esenciales del contrato, - Garantiza la adecuación del expediente a la normativa presupuestaria y contractual. Sexto.Ordenar la incorporación de la presente resolución al expediente y su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público. EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Álvaro López-Jamar Caballero Director General del Institut Valencià de Cultura <!-- image -->