PCAP_0063.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063) « Abogacía del Estado « <!-- image --> ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES - -Procedimiento abierto, pluralidad de criterios de adjudicación. - -Contrato sujeto a regulación armonizada ## CUADRO DE CARACTERÍSTICAS ## I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO ## 1. OBJETO DEL CONTRATO: La contratación del servicio de limpieza de las zonas comunes a prestar en el edificio administrativo de servicios múltiples (EASM), situado en la Plaza del Milenio, 1 de Valladolid, por un periodo de veinticuatro meses. Siendo las prestaciones objeto de este contrato las que se indican a continuación: ## Descripcion del Edificio SerelacionanlasZONASCOMUNESdelobjetodelcontrato,quesonlasunicaszonasobjetodecontratacion: Superficietotaldeedificioyurbanizacion:Zonascomunes6.836,17m2 Superficiesdegaraje:1.164,66m2 Numerodeplantas: 9plantasy 2sotanos. Numero de accesosy salidas de emergencia: 3 Numero deplazas de aparcamiento:94 Nuimerodeaseoscomunes:5 Existencia de salones de actos, cafeterias, comedores, salas de exposicionespolivalentes, aulas, vestibulos y/o atenciondirectaalpublico:Auditorioyunasaladereuniones. Contrato de SERVICIOS , del artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Este contrato no se divide en lotes al tratarse de un único inmueble dentro de una única provincia. Por lo tanto, no se considera adecuado la división en lotes del presente expediente ya que la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico por ser servicios homogéneos y dependientes. (art. 99.3 LCPS). ## Código CPV: 90919200-4 Servicio de limpieza de oficinas ## 2. NECESIDADES A SATISFACER E IDONEIDAD DEL CONTRATO (art. 28 LCSP) La necesidad administrativa para satisfacer emana del ejercicio y cumplimiento de las competencias del órgano proponente en relación a mantener en adecuadas condiciones de higiene y salubridad las instalaciones del edificio que se detalla en el objeto del contrato. Con este contrato se atienden, tanto en CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> naturaleza como en extensión, las necesidades de este servicio en las zonas señaladas y para el período establecido. a ŝ Ŷ ŝ ď ů Ğ   ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ El Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, EASM, sito en Plaza del Milenio, nº 1 de Valladolid, requiere que se preste un servicio de limpieza que es imposible llevar a cabo por esta Administración por falta de personal con la cualificación técnica para tal fin. ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž Dicho edificio está ocupado por servicios públicos de la Administración General del Estado: Ministerio de Política Territorial (Subdelegación del Gobierno); Ministerio de Justicia (Gerencia Territorial de Justicia); Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Dirección Territorial de Comercio en Valladolid); Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental); y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Inspección Provincial de Telecomunicaciones); así como por la Dirección provincial del Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo Estatal, la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la Dirección Territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por una oficina de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y por diversos servicios y unidades territoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León como la Dirección Provincial de Educación, el Servicio Territorial de Fomento, el Servicio de Industria, Comercio y Economía y la Intervención Delegada de Valladolid, además de varios espacios patrimoniales). Según este mismo acuerdo al corresponder la administración del edifico a Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (cláusula Séptima), la Junta de Contratación de este Ministerio será el órgano de contratación (cláusula Octava). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP, y tal como se justifica en la documentación obrante en el expediente, el contrato resulta necesario para el cumplimiento del citado fin, y el objeto y contenido del mismo es idóneo para la satisfacción de las necesidades identificadas. ## 3. VALOR ESTIMADO. PRESUPUESTO. ANUALIDADES Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA ## 1. Valor estimado es: | CONTRATO INICIAL (24 meses) | PRÓRROGA (24 meses) | VALOR ESTIMADO | |-------------------------------|-----------------------|------------------| | 86.025,54 € | 86.025,54 € | 172.051,08 € | Método de cálculo del valor estimado: El valor estimado se ha determinado sumando al presupuesto base de licitación IVA excluido (cuya forma de determinación se indica en el apartado siguiente), el coste de la eventual prórroga de veinticuatro meses de duración. 2. Presupuesto correspondiente a la duración inicial del contrato o presupuesto base de licitación (IVA excluido): 86.025,54 € Importe del IVA del presupuesto base de licitación: 18.065,36 € . | Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) | IVA | Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) | |-------------------------------------------------|-------------|-------------------------------------------------| | 86.025,54 € | 18.065,36 € | 104.090,90 € | Los datos económicos de desglose del servicio se han estimado en base a las tablas salariales del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Valladolid y Provincia (B.O.P.V. 01/03/2023). Estos convenios colectivos no establecen ninguna diferencia salarial por género. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ | CATEGORIA | 2026 | 2027 | 2028  | |--------------------------------------------------------|-------------|-------------|--------------------------------------| | Incremento Salarial sobre 2025 (17.532,76 €) | 2,75% | 2,75%  | 2,75% ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž | | LIMPIADOR/A | 18.014,91 € | 18.510,32 € | 19.019,35 € | | ANTIGÜEDAD LIMPIADOR/A | 2.621,36 € | 2.693,45 € | 2.767,52 € | | Subtotal | 20.636,27 € | 21.203,77 € | 21.786,87 € | | Absentimos/Suplencias (6%) | 1.238,18 € | 1.272,23 € | 1.307,21 € | | Subtotal | 21.874,45 € | 22.476,00 € | 23.094,08 € | | Costes Seguridad Social (34%) | 7.437,31 € | 7.641,84 € | 7.851,99 € | | Total Costes Laborales | 29.311,76 € | 30.117,84 € | 30.946,07 € | | Coste hora (total costes laborales/1681 horas anuales) | 17,44 € | 17,92 € | 18,41 € | | CATEGORÍA | 2026 | 2027 | 2028 | |--------------------------------------------------------|-------------|-------------|-------------| | Incremento salarial sobre 2025 (18.649,74) | 2.75% | 2.75% | 2.75% | | PEON ESPECIALIZADO/CRISTALERO | 19.162,61 € | 19.689,58 € | 20.231,04 € | | ANTIGÜEDAD PEÓN ESPECIALIZADO/CRISTA- LERO | 655,34 € | 673,36 € | 691,88 € | | Subtotal | 19.817,95 € | 20.362,94 € | 20.922,92 € | | Absentimos/Suplencias (6%) | 1.189,08 € | 1.221,78 € | 1.255,38 € | | Subtotal | 21.007,03 € | 21.584,72 € | 22.178,30 € | | Costes Seguridad Social (34%) | 7.142,39 € | 7.338,80 € | 7.540,62 € | | Total Costes Laborales | 28.149,42 € | 28.923,52 € | 29.718,92 € | | Coste hora (total costes laborales/1681 horas anuales) | 16,75 € | 17,21 € | 17,68 € | | CATEGORIA | HORAS SEMANALES DE SERVICIO | 2026 | 2027 | 2028 | TOTAL | |-------------------------------|-------------------------------|-------------------------------------|---------------------------------------|-------------------------------------|-------------| | | | 30 horas * 11,57 s emanas * 17,44 € | 30 horas * 52,14 s ema- nas * 17,92 € | 30 horas * 40,86 s emanas * 18,41 € | | | LIMPIADOR/A | 30,00 | 6.053,42 € | 28.030,46 € | 22.566,98 € | 56.650,86 € | | | | 5 horas * 11,57 s emanas * 16,75 € | 5 horas * 52,14 s ema- nas * 17,21 € | 5 horas * 40,86 s emanas * 17,68 € | | | PEON ESPECIALIADO/ CRISTALERO | 5,00 | 968,99 € | 4.486,65 € | 3.612,02 € | 9.067,66 € | | SUBTOTAL | | 7.022,41 € | 32.517,11 € | 26.179,00 € | 65.718,52 € | Los costes relativos a la antigüedad se han calculado según la información facilitada en el Anexo de Subrogación de personal. Presupuesto base de licitación desglosado: De acuerdo con el artículo 100 de la LCSP, el desglose del presupuesto base de licitación es el siguiente: CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento <!-- image --> <!-- image -->  Ă Ě Đ ş 9Ɛ Ğ ů ƚ Ă | Total Costes Laborales | 65.718,52 €  ď Ž Ő Ă | |-----------------------------------------------|--------------| | Material y Maquinaria 10% | 6.571,85 € | | Total Costes directos | 72.290,37 € | | Gastos Generales (13%) | 9.397,75 € | | Beneficio Industrial (6%) | 4.337,42 € | | Total Presupuesto sin IVA | 86.025,54 € | | IVA 21% | 18.065,36 € | | Presupuesto base de licitación (Iva incluido) | 104.090,90 € | ## 3. Anualidades y aplicación presupuestaria La distribución se encuentra dentro de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato se atenderán con cargo a la aplicación presupuestaria 17.01.451N.227.00: | Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | |----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------| | ANUALIDAD | BASE IMPONIBLE | IVA | TOTAL | | 2026 | 5.896,91 € | 1.238,35 € | 7.135,26 € | | 2027 | 43.012,77 € | 9.032,68 € | 52.045,45 € | | 2028 | 37.115,86 € | 7.794,33 € | 44.910,19 € | | TOTAL | 86.025,54 € | 18.065,36 € | 104.090,90 € | En cuanto a los gastos de este edificio se tendrá en cuenta lo dispuesto en las cláusulas Cuarta y Sexta del Acuerdo entre la Administración General Del Estado (Ministerios de Política Territorial; Ministerio de Justicia; Ministerio de Industria, Comercio y Turismo; Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital), el Servicio Público De Empleo Estatal O.A., la Agencia Estatal Consejo Superior De Investigaciones Científicas, M.P., El Organismo Estatal Inspección De Trabajo Y Seguridad Social, La Sociedad Estatal Correos Y Telégrafos S.A., y La Comunidad Autónoma De Castilla Y León, por el que se regula la administración y distribución de gastos comunes en el Edificio Administrativo De Servicios Múltiples, situado en la Plaza del Milenio Nº 1 de Valladolid de 4 de abril de 2022. ## 4. Tramitación anticipada - [ ] ☐ Sí. La adjudicación y formalización del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO Validez del documento <!-- image --> Ě Ž <!-- image --> <!-- image --> el ejercicio correspondiente de acuerdo con lo establecido en el artículo 117.2 LCSP y la regla 42 de la Instrucción de operativa contable (Orden de 1 de febrero de 1996 del MEH), ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ ☒ No 5. Contrato sujeto a regulación armonizada (arts. 19.1 y 22 LCSP y Orden HAC/1517/2025, de 18 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la con- tratación del sector público a partir del 1 de enero de 2026). - [ ] ☐ No ☒ SÍ. En su caso: ☐ Se trata de un contrato de servicios enumerado en el anexo IV de la LCSP (art. 22.1,c) LCSP) ď ů Ğ  ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů Ɛ ƚ Ă Ě Ž  ## 4. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - -El pliego de cláusulas administrativas particulares. - -El pliego de prescripciones técnicas particulares. - -El documento de formalización. - -Las ofertas presentadas por los licitadores que resulten adjudicatarios. ## 5. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP). - Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RCAP), en lo que no se oponga a la LCSP - Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la LCSP. En todo lo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos, las partes de este contrato se someten a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, en especial al Reglamento UE/2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (Reglamento General de Protección de Datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de derecho digitales y normativa complementaria. Asimismo, será de aplicación la normativa sectorial vigente en cada momento y normativa complemen- taria. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> ## 6. MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES <!-- image --> Dado el carácter electrónico de la presente licitación, las comunicaciones de cualquier tipo entre los licitadores y el órgano de contratación se realizarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (en adelante, PLACSP ): https://contrataciondelestado.es. « Abogacía del Estado « ## 7.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación es la Junta de Contratación , en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1. de la Orden FOM/1082/2018, de 10 de octubre, por la que se regula la Junta de Contratación del Ministerio de Fomento. Los datos de contacto de la Junta de Contratación son: - -Dirección Postal: Paseo de la Castellana, 67, 5ª Planta Despacho A-582 - Madrid 28071 - -Correo electrónico: contratacion.sgagf@transportes.gob.es ## 8. PERFIL DE CONTRATANTE (artículo 63.1 LCSP) El acceso al perfil del contratante de la Junta de Contratación es el siguiente: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/DcexCoAgEADQr2m-1oIGCxqjIChvu9Lq0E4R8fvrbQ8QdkChwjdlDkL-vzbWRs\_i2mjTxX4IkhNlkmxhAwRk00fQ-mwO9cyjQ10rG6Z6qpG1XUQ31d9MJFGjA!!/ ## II.- PREPARACIÓN DEL CONTRATO. ## 1. LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Deberá cumplirse lo establecido en la Sección primera del Capítulo I del presente pliego. Visitas: Las empresas interesadas en la realización del servicio de limpieza previsto en el presente expediente de contratación, podrán inspeccionar las distintas instalaciones antes de formular sus ofertas. Esta visita no es condición indispensable para poder concursar al tener carácter voluntario. ## 2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN LOS SOBRES O ARCHIVOS ELECTRÓNICOS Los enumerados en las Sección segunda del Capítulo I. ## 3. HABILITACIONES, LICENCIAS O PERMISOS LEGALMENTE NECESARIOS Todos los empresarios deberán contar con la habilitación o habilitaciones empresariales o profesionales que, en su caso (conforme a la legislación española), sean exigibles para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. No obstante, en el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, estas habilitaciones se verificarán con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidos. Asimismo, cuando ésta exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán cumplir con estos requisitos. ## 4. SOLVENCIA (art. 74 y 90 LCSP). CLASIFICACIÓN (art. 77 LCSP). COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS (art. 76.2 LCSP) ## a) SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. (artículo 87 LCSP): Los licitadores que se presenten a la licitación deberán tener un volumen global de negocios de la empresa, referido al mejor ejercicio dentro los tres últimos disponibles en función de la fecha de CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> creación o de inicio de las actividades del empresario, con una cifra global que será como mínimo 64.519,16 € . ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ ## b) SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP): El licitador debe disponer de experiencia en la prestación de servicios de igual naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. <!-- image --> El importe anual acumulado de los servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, deberá ser igual o superior a 43.012,77 € - c) CLASIFICACIÓN: No obstante, el licitador podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el siguiente (artículo 86.2 LCSP): Grupo U , subgrupo 1 , categoría 1 - d) COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS (artículo 76.2 LCSP): No se exige. ## 5. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS - a) Provisional: (106.2 LCSP): No se exige. - b) Definitiva: (107.1 LCSP): Se exige, el 5% del precio final ofertado, IVA excluido. - c) Complementaria : (107.2 LCSP): En el caso de que la oferta realizada por el adjudicatario resultará inicialmente incursa en presunción de anormalidad, tendrá que constituir una garantía complementaria por un importe del 5% del precio final ofertado, IVA excluido, lo que se acordará por Resolución motivada del Órgano de Contratación. La garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en alguna de sus sucursales en las Delegaciones de Economía y Hacienda , a disposición de: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Junta de Contratación. Subdirección General de Administración y Gestión Financiera NIF: S-2800441-D. ## 6. GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación hasta el siguiente importe máximo (67.2 g) RGLCAP): El de inserción por una sola vez en el BOE, siendo este cómo máximo 3 .000,00 € . En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada licitador por los gastos en que hubiese incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato (152.2 LCSP). ## III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ## 1. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL ARCHIVO PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS Los enumerados en la Cláusula 7 del PCAP. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> ## 2. CRITERIOS DE VALORACIÓN. <!-- image --> Se aplicarán los criterios establecidos en la Sección segunda del Capítulo II, con la siguiente ponderación: Hasta 100 puntos . « Abogacía del Estado « Pluralidad de criterios de valoración, evaluables mediante fórmula. La distribución de la puntuación se establece del siguiente modo | Criterios evaluables mediante fórmulas | Criterios evaluables mediante fórmulas | Puntuación máxima hasta 100 puntos | |------------------------------------------|------------------------------------------------|--------------------------------------| | 1. | Precio | Hasta 70 puntos | | 2. | Bolsa de horas | Hasta 25 puntos | | 3. | Tiempo de respuesta en atención extraordinaria | Hasta 5 puntos | ## 3. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN (art. 158 LCSP) Se adjudicará el contrato dentro del plazo: - ☐ de 15 días. - ☒ de 2 meses ## IV.- EFECTOS DEL CONTRATO ## 1. PLAZO DE DURACIÓN, PRÓRROGAS (art. 29.2 y 4 LCSP) Y LUGAR DE PRESTACIÓN. - a) Plazo de duración: 24 meses, desde el 12 de octubre de 2026, salvo que la formalización se produzca con posterioridad, en cuyo caso se estará a la fecha que se indique en el documento de formalización, que no podrá exceder en más de un mes a la fecha de firma. Los plazos parciales de ejecución se ajustarán a lo expresado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en su caso. - b) Prórrogas: El contrato podrá ser prorrogado una o varias veces antes de la finalización del mismo, por un máximo de 24 meses. - c) Prórroga de continuidad de la prestación: Cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación del servicio, y no pueda interrumpirse el mismo, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato, por un periodo máximo de nueve meses, si se dieran las condiciones estipuladas en el artículo 29.4 de la LCSP. - d) Lugar de prestación: El servicio se prestará en el edificio administrativo de servicios múltiples (EASM), situado en la Plaza del Milenio, 1 de Valladolid ## 2. PRECIO, FACTURACIÓN, FORMA DE PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DE PRECIOS ## a) Precio: De acuerdo con el art. 309 de la LCSP, el sistema de determinación de precios de esta licitación ha sido el de a tanto alzado. ## b) Facturación: Conforme a la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, el adjudicatario emitirá las facturas para su abono y las presentará en soporte electrónico a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) incluyendo la siguiente información: CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> | DEPARTAMENTO | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. « | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. « | | |------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | ORGANO DE CONTRATA- CIÓN NIF | ORGANO DE CONTRATA- CIÓN NIF | S-2800441-D S.G. de Administración y Gestión Financiera - Junta de Contra- tación. Abogacía del Estado | S-2800441-D S.G. de Administración y Gestión Financiera - Junta de Contra- tación. Abogacía del Estado | | ORGANO DESTINARIO | Oficialía Mayor del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Demarcación de Carreteras de Valladolid. | Oficialía Mayor del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Demarcación de Carreteras de Valladolid. | Oficialía Mayor del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Demarcación de Carreteras de Valladolid. | | OFICINA CONTABLE | Código DIR GE0014056 | Código DIR GE0014056 | Código DIR GE0014056 | | OFICINA CONTABLE | Denominación | Intervención Delegada en Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | Intervención Delegada en Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible | | UNIDAD TRAMITADORA | Código DIR | | | | UNIDAD TRAMITADORA | Denominación | S.G. de Administración y Gestión Financiera | S.G. de Administración y Gestión Financiera | | ORGANO GESTOR | Código DIR | EA0044010 | EA0044010 | | ORGANO GESTOR | Denominación | S.G. de Administración y Gestión Financiera | S.G. de Administración y Gestión Financiera | La expedición y remisión de facturas electrónicas, será obligatoria en este expediente de contratación. ## c) Forma de pago del precio: El pago se efectuará por mensualidades vencidas, mediante libramiento en firme. La factura mensual correspondiente vendrá acompañada de un certificado de conformidad expedido por el responsable del contrato previa comprobación y certificación de la Unidad de seguimiento y ejecución del contrato (Jefe de Demarcación), quien certifica la conformidad con el servicio en todas las instalaciones. El 95% de la facturación mensual será invariable y el 5% restante de la facturación mensual será variable en función del cumplimiento de los estándares de calidad y frecuencias mínimas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas. El porcentaje variable de la facturación mensual de cada edificio, en aplicación de lo establecido en el artículo 102.6 de la LCSP, se abonará en función del rendimiento del servicio mediante la evaluación del grado de cumplimiento del siguiente control mensual: ## a) Control de calidad mensual : | NIVEL | Disconformidadeso deficienciasdetectadas | Porcentajepositivoonegativo de descuentoenlafactura mensual | |------------|------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------| | BUENO | Nosehandetectado disconformidadeso deficiencias | Seestableceunporcentaje positivoenlafacturadel2.5% | | NORMAL | Sehandetectado disconformidadeso deficienciasenun maximode3zonas | Seestableceunapenalizacion enlafacturamensualdel1% | | DEFICIENTE | Sehandetectado disconformidadeso deficienciasenmasde3 zonas | Seestableceunapenalizacion enlafacturamensualdel2,5% | DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## b) Control de frecuencias , que tendrá una incidencia del 2,5% en la facturación mensual. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Subsecretaría « | « Abogacía | |--------------| Abogacía del Estado En consecuencia, la facturación del 100 % del importe mensual, se producirá cuando se haya obtenido el nivel BUENO en el control de calidad y se hayan cumplido todas las frecuencias. En el resto de los casos, se producirá una disminución de la facturación en las condiciones anteriormente establecidas. La disminución de la facturación por deficiencias o disconformidades en los controles de calidad y de cumplimiento de frecuencias es acumulable cada mes, por lo que la facturación mensual podrá oscilar entre el 95% y el 100% del importe total mensual. - d) Revisión de precios : Este contrato no tendrá revisión de precios. ## 3. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN (artículo 202.1 y 2. LCSP) Se exigirán al contratista y a los subcontratistas (artículo 202.4 LCSP). - Como condición especial del contrato el licitador adjudicatario y sus subcontratistas, en su caso, cumplirán las medidas recogidas en la Orden PCI/86/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social. Igualmente, el adjudicatario utilizará productos biodegradables, no tóxicos, no cancerígenos ni mutagénicos y que no dañen la capa de ozono, envasados en recipientes hechos con materiales reciclables, productos con distintivos de calidad medioambiental. Asimismo, deberá justificar que la maquinaria a utilizar cumpla requisitos de minoración en consumo de energías, ruidos y aguas. Forma de acreditación: en cualquier momento durante la ejecución del contrato, la Administración podrá exigir al contratista que presente los sistemas de gestión medioambiental de la empresa, aplicables a la prestación del servicio, con objeto de reducir los impactos medioambientales derivados de su actividad. - Un seguro de responsabilidad civil por importe igual o superior al presupuesto de licitación (IVA excluido) que cubra los riesgos derivados de la prestación del servicio, por los daños y perjuicios personales ocasionados a terceros, sean o no personal del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, así como daños patrimoniales, tales como la destrucción parcial o total de bienes CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> Abogacía del Estado <!-- image --> muebles o inmuebles, la pérdida de uso de los mismos y los desembolsos incurridos por la Administración como consecuencia de los hechos originarios de la responsabilidad del contratista. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « « Subsecretaría Forma de acreditación: antes de la formalización del contrato se presentará la póliza de seguro. El adjudicatario se comprometerá a mantener una póliza de seguro, en las condiciones descritas, desde la firma del contrato hasta la finalización del plazo de duración del contrato establecido en este pliego. Estas condiciones especiales de ejecución tienen el carácter de obligación esencial de ejecución del contrato. ## 4. PENALIDADES. - a) Por incumplimiento de las condiciones de ejecución del contrato calificadas como especiales, (202 LCSP), y de los medios adscritos a la ejecución del contrato calificados de obligaciones esenciales (76.2 LCSP), conforme al artículo 192.2 LCSP y cláusula 22 de este pliego. - b) Por cumplimiento defectuoso de las condiciones de ejecución del contrato calificadas como especiales, (202 LCSP), y en su caso, de los medios adscritos a la ejecución del contrato calificados de obligaciones esenciales (76.2 del LCSP), conforme al artículo 192.2 LCSP y cláusula 22 de este pliego. - c) Según lo establecido en el artículo 192 y siguientes de la LCSP, el contrato quedará sujeto al siguiente régimen de penalidades: - d) En caso de demora en la ejecución del contrato, se podrán aplicar penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. - e) Asimismo, se penalizará con el 5% del precio del contrato, IVA excluido, el incumplimiento por la empresa adjudicataria de la condición especial de ejecución del contrato, en los términos previstos en el artículo 192 de la LCSP. - f) En caso de incumplimiento de la obligación de comunicar la información del personal sujeto a subrogación al finalizar el contrato, se podrá aplicar penalidad del 5% del precio del contrato IVA excluido. - g) Por incumplimiento total o defectuoso de las obligaciones establecidas en los pliegos o de las condiciones ofertadas por el contratista. - h) Por incumplimiento de los criterios de adjudicación. Se considerará que los compromisos incumplidos son relevantes si, al descontarse un 50 % de la puntuación obtenida por el contratista en | Nivel de calificación | Penalización | |-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------| | Insuficiencia de consumibles en aseos (papel higiénico, toallitas, jabón…) | 5% facturación/mes | | No comunicación de todas las variaciones provi- sionales de personal y su sustitución (cubrir ba- jas, excedencias, vacaciones, liberaciones sindi- cales, permisos…) | 5% facturación/mes | | Carencia de la maquinaria, equipamientos, pro- ductos, materiales, útiles de limpieza, etc, nece- sarios para la prestación correcta del servicio. | 5% facturación/mes | | Incumplimiento de los trabajos en la organización operativa, así como en la bolsa de horas gratui- tas | 5% facturación/mes | CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no habría sido la mejor valorada. Como regla general, su cuantía será un 1 % del precio del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5 % o hasta el máximo legal del 10 %, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría La cuantía de las penalidades impuestas al contratista, por cualquiera de las causas señaladas, no podrá ser superior al máximo legal del 10% del precio del contrato, ni el total de las mismas exceder el 50 % del precio del contrato, en ambos casos IVA excluido (artículo 192.1 LCSP). ## 5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS. No se establecen causas de modificación. El contrato podrá ser modificado si se cumplen los requisitos contemplados y alguno de los supuestos tasados en el artículo 205 de la LCSP. En estos casos, la modificación acordada por el órgano de contratación será obligatoria para el contratista, cuando su cuantía no exceda del 20% del precio inicial del contrato, IVA excluido. ## 6. SUBCONTRATACIÓN - [ ] ☐ No procede. - [x] ☒ El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación objeto del contrato, conforme al artículo 215 y 216 de la LCSP y cláusula 19 de este pliego. ## 7. CESIÓN DEL CONTRATO - [ ] ☐ No procede. - [x] ☒ El contratista podrá ceder sus derechos y obligaciones dimanantes de este contrato a un tercero, conforme al artículo 214 de la LCSP y cláusula 18 de este pliego. ## 8. PERSONAL A SUBROGAR - [ ] ☐ No procede. - [ ] ☒ Sí procede (Consulta datos de personal a subcontratar en Anexo 5 a este Pliego) ## 9. UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.RESPONSABLE DEL CONTRATO Unidad de seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El titular de la Demarcación de Carreteras de Valladolid. Responsable del contrato: Oficialía Mayor del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. ## V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO ## 1. PLAZO DE GARANTÍA 3 meses a partir de la recepción o conformidad de la totalidad de la prestación del servicio (artículo 210.3 y 311.4 de la LCSP). CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> | CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................... Ministerio Sostenible | 15 | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS Subsecretaría | | | PROPOSICIONES. « « | ....................................................................................................................................................15 | | Cláusula 1. Formalidades de los documentos. ........................................................................................ | 15 | | Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta. ................................................................................. Abogacía del Estado | 15 | | Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones. ..................................................................................... | 15 | | Cláusula 4.- Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores...................................... | 17 | | Cláusula 5.- Confidencialidad de la oferta. .............................................................................................. | 17 | | Sección segunda. - LOS SOBRES O ARCHIVOS ELECTRÓNICOS: DOCUMENTOS QUE DEBEN | | | INCLUIRSE. | | | ................................................................................................................................................................17 Cláusula 6.- Contenido de sobre o archivo electrónico Nº1 'Documentación administrativa de carácter general'. ................................................................................................................................................... | 17 | | Cláusula 7.- Contenido de sobre o archivo electrónico Nº 2 'Documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas'. .......................................................................................... | 20 | | Sección tercera. - CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO | ....21 | | Cláusula 8.- Condiciones de aptitud para contratar con el sector público. .............................................. | 21 | | CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO........................................................................................ | 23 | | Sección primera. - JUSTIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTO | ..............................................................................23 | | Cláusula 9.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración. ......................................... | 23 | | Cláusula 10.- Apertura de proposiciones ................................................................................................. | 23 | | Sección segunda. - CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. ........................................23 | | | Cláusula 11.- Enumeración y valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas. ....................... | 23 | | Cláusula 12.- Ofertas anormalmente bajas (art. 149 LCSP).................................................................... | 26 | | Cláusula 13.- Valoración global de las ofertas......................................................................................... | 27 | | Cláusula 14.- Adjudicación y formalización del contrato.......................................................................... | 27 | | CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO.................................................................................................. | 32 | | Cláusula 15.- Responsable del contrato. ................................................................................................. | 32 | | Cláusula 16.- Plazos................................................................................................................................. | 32 | | Cláusula 17.- Precio y régimen de pagos. ............................................................................................... Cláusula 18.- Cesión de contrato............................................................................................................. | 32 32 | | Cláusula 19.- Subcontratación. ................................................................................................................ | 33 | | Cláusula 20.- Lugar de realización........................................................................................................... | 33 | | Cláusula 21.- Condiciones especiales de ejecución del contrato ............................................................ Cláusula 22.- Penalidades. ...................................................................................................................... | 33 33 | | Cláusula 23.- Modificación del contrato. .................................................................................................. | 34 | | Cláusula 24.- Gastos exigibles al contratista. .......................................................................................... | 34 | | Cláusula 25.- Daños a terceros................................................................................................................ | 34 | | Cláusula 26.- Propiedad intelectual.......................................................................................................... Cláusula 27.- Confidencialidad del contratista durante la ejecución del contrato.................................... | 34 | | | 34 35 | | .......................................................................................................... | 36 | | Cláusula 28.- Protección de datos. | | | Cláusula 29.- Derechos y obligaciones del contratista. ........................................................................... Cláusula 30.- Personal del contratista: .................................................................................................... | 38 | | Cláusula 31 Condiciones de subrogación de personal (artículo 130 LCSP) | 36 | | ........................................... ............................................................................................. | | | CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO | 38 | | Cláusula 32.- Cumplimiento del contrato. ................................................................................................ | 38 | | Cláusula 33.- Resolución del contrato...................................................................................................... | 39 | | Cláusula 34.- Plazo de garantía............................................................................................................... CAPÍTULO V.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RÉGIMEN DE INVALIDEZ, | 39 RECURSOS Y | | JURIDICCIÓN COMPENTE............................................................................................................................ | 39 | | Cláusula 35.- Prerrogativas del órgano del órgano de contratación........................................................ | 39 | | Cláusula 36.- Régimen de Invalidez......................................................................................................... | 39 | | Cláusula 37.- Recursos y jurisdicción competente. ................................................................................. | 39 | | ANEXO 1: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE MÚLTIPLE ..................................................... ANEXO 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES | 41 | | MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS............................................................................................. | 44 | | ANEXO 2B DESGLOSE DE LA PROPOSICION ECONÓMICA ................................................................... ANEXO 3 MODELO DE RELACIÓN DE SERVICIOS REALIZADOS (SOLVENCIA TÉCNICA O | 45 | | PROFESIONAL).............................................................................................................................................. ANEXO 4 MODELOS DE NOTIFICACION DE SUBCONTRATACIÓN ........................................................ | 46 48 | CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia GEISER <!-- image --> Nº registro ANEXO 5 DE PERSONAL A SUBROGAR .................................................................................................... 51 CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb <!-- image --> 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF Validez del documento Copia <!-- image --> ## CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO a ŝ Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž ## Cláusula 1. Formalidades de los documentos. Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la consideración de auténticos según la legislación vigente. Conforme a lo establecido en el artículo 23 del RCAP, los documentos se presentarán en castellano. En el caso de empresas extranjeras, también deberán presentar la documentación exigida traducida el castellano. ## Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta. Las personas o entidades que deseen tomar parte en el presente procedimiento de licitación deberán presentar sus proposiciones a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, estructurada en los sobres que se indican en el cuadro de características (apartados II.2) y en las cláusulas de este Pliego. El sobre deberá ir firmado electrónicamente por el representante del licitador a través de la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas ', de conformidad con el procedimiento establecido en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas , disponible en la dirección: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda. ## Para licitar se presentará los siguientes SOBRES O ARCHIVOS ELECTRÓNICOS: - Un sobre Nº 1 'Documentación administrativa de carácter general' - Un sobre Nº 2 'Documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas'. Los sobres deberán ir firmado electrónicamente a través de ' Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas ', de conformidad con el procedimiento establecido en la Guía de los servicios de Licitación Electrónica para Empresas. ## Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones. La presente licitación tendrá carácter exclusivamente electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar obligatoriamente sus ofertas de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (en adelante, PLACSP) -https://contrataciondelestado.es-, de acuerdo con lo previsto en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que está disponible en la siguiente dirección: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda. En la citada guía se documenta cómo el licitador debe preparar y enviar la documentación y los sobres que componen las ofertas mediante la ' Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas '. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado de la PLACSP y rellenar tanto los datos básicos como los datos adicionales (Ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas -Guía del Operador Económico ) disponible en el anterior enlace. a ŝ Ŷ ŝ ƚ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ  ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž  ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ Especialmente, en PLACSP, la presentación electrónica de ofertas requiere que: - Los operadores económicos estén registrados en PLACSP y deban informar tanto los datos básicos como los adicionales. - Los licitadores accedan a la PLACSP con su usuario de operador económico registrado y muestren su interés en la licitación correspondiente, es decir, la agreguen a su lista de favoritos, llamada ' Mis Licitaciones '. Esta acción habilita el acceso del usuario a la Herramienta de Presentación y Preparación de Ofertas de PLACSP - Los licitadores adjunten y firmen electrónicamente toda aquella documentación y sobres que solicite el órgano de contratación, según las instrucciones contenidas en este pliego, así como en la Herramienta de Presentación y Preparación de Ofertas de PLACSP. Para ello, la empresa debe disponer de, al menos, un certificado electrónico emitido por un proveedor de servicios de certificación reconocido por la ' Aplicación de validación de firma y certificados online ', VALIDe https://valide.redsara.es-. - El cumplimiento de unos mínimos requisitos técnicos relacionados con la máquina virtual Java y que se detallan en la ' Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas ' que PLACSP pone a disposición de los licitadores. - Si el licitador es una UTE (Unión Temporal de Empresas) es preciso que la persona que está cumplimentando la oferta en la Herramienta de PLACSP indique si la documentación para satisfacer un requisito de participación, o una pluralidad de ellos, se considera aportada a todos los efectos en nombre de la UTE en su conjunto o, por el contrario, se refiere a un miembro concreto. En el primer caso, no será necesario aportar ninguna documentación adicional a nivel de miembro de la UTE. Sin embargo, en el segundo caso, la Herramienta va a solicitar la aportación de documentos a nivel de cada uno de sus miembros. Si esa documentación no se satisface no es posible realizar la firma del sobre ni, por ello, la presentación de la proposición. En el presente procedimiento de licitación no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos. Las proposiciones deberán ajustarse a lo previsto en este pliego de cláusulas administrativas particulares y en el pliego de prescripciones técnicas particulares, y supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad ni reserva alguna. En el caso de que cualquiera de los documentos de una oferta no pueda visualizarse correctamente, se permitirá que, en un plazo máximo de 24 horas desde que se le notifique dicha circunstancia, el licitador presente en formato digital, el documento incluido en el fichero erróneo. El documento presentado posteriormente no podrá sufrir ninguna modificación respecto al original incluido en la oferta. Si el órgano de contratación comprueba que el documento ha sufrido modificaciones, la oferta del licitador no será tenida en cuenta. El plazo de presentación de proposiciones figurará en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea. No se admitirán proposiciones que no estén presentadas en dicho plazo. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> . Los pliegos y demás documentación complementaria se pondrán a disposición de los licitadores en el perfil del contratante del órgano de contratación (www.contrataciondelestado.es) garantizando así, el acceso a los mismos por medios electrónicos.  ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž  <!-- image --> La aplicación ' Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas ', generará, una vez realizada la presentación de la oferta (opción 'presentar documentación' de la citada aplicación) genera un justificante en el que figuran los datos básicos del licitador y un resumen de la presentación Cada licitador no podrá suscribir más de una proposición, ya licité individualmente o agrupado en UTE (artículo 139.3 LCSP), ni la presentación de variantes (artículo 142 LCSP). ## Cláusula 4.- Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores. Dado el carácter electrónico de la presente licitación, las comunicaciones de cualquier tipo entre los licitadores y el órgano de contratación se realizarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público: https://contrataciondelestado.es. Del mismo modo, las comunicaciones que el órgano de contratación tenga que remitir a los licitadores se realizarán por el citado medio. Todas las cuestiones de los licitadores durante la licitación serán únicamente planteadas a través de la PLACSP y respondidas a través de la misma. Las respuestas del órgano de contratación tendrán carácter vinculante y se harán públicas en el perfil del contratante con objeto de garantizar la igualdad en el procedimiento de licitación (artículo 138.3 LCSP) El acceso a los pliegos y demás documentación complementaria se hará por medios electrónicos a través del perfil de contratante (apartado 1.8 del cuadro de características), por lo que el órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria (art. 138 LCSP). El acceso que será libre, directo, completo y gratuito. ## Cláusula 5.- Confidencialidad de la oferta. Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 133 LCSP, los contratistas podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal. La confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles, ni a las partes esenciales de la oferta, respetándose en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales . ## Sección segunda. - LOS SOBRES O ARCHIVOS ELECTRÓNICOS: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE. ## Cláusula 6.Contenido de sobre o archivo electrónico Nº1 'Documentación administrativa de carácter general'. En el sobre nº 1 se presentarán los siguientes documentos, y ajustándose al orden en que a continuación se citan: CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## 1) ARCHIVO Nº1: DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (en adelante DEUC ): a ŝ Ŷ ŝ ƚ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ - a) Las proposiciones deberán ir acompañadas de una declaración responsable que se ajustará al formulario del DEUC, que deberá estar firmado electrónicamente y con la correspondiente identificación.  ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă Ě Ž  - a) Todo el texto que ha de cumplimentar el licitador deberá estar redactado en castellano y en el mismo deberán cumplimentarse los siguientes apartados: - a. Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora . - b. Parte II: Información sobre el operador económico . La dirección de correo electrónico designada para efectuar las notificaciones deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP. - c. Parte III: Motivos de exclusión. Se ha de indicar, en su caso, que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP. - d. Parte IV: Criterios de selección . De este apartado se cumplimentará la ' Sección α: Indicación global relativa a todos los criterios de selección '. - e. Parte VI: Declaraciones finales . - b) En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable, conforme al modelo del DEUC , reseñándose dicha circunstancia en el apartado C de la parte II. - c) En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal , cada miembro de esta deberá presentar un DEUC y se reseñará dicha circunstancia en los apartados A (subapartado ' Forma de participación ') de la Parte II de cada una de las declaraciones de las empresas participantes en la unión temporal. Ha de contener la siguiente información: nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno y deberá estar firmada electrónicamente por todos los integrantes de la unión temporal. Adicionalmente se aportará la declaración responsable correspondiente al compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que la integren, en el caso de resultar adjudicatarios, todo ello de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP. Para esta declaración se aporta modelo en el Anexo 1 a este Pliego. - d) En el supuesto de que la empresa forma parte de un grupo empresarial , entendiendo por tales los que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio, cumplimentarán también el citado apartado A (subapartado ' Forma de participación ') de la Parte II del DEUC. En este caso, remitirán, adjunta al modelo del DEUC, una relación de las empresas que constituyen el grupo empresarial al que pertenece la empresa licitadora, para esta declaración se adjunta modelo en el Anexo 1 de este Pliego. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - e) El artículo 328.4 LCSP determina que la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado deberá remitir trianualmente información sobre el nivel de participación de las PYME en la contratación pública. Por dicho motivo es preciso que el licitador, acredite su condición o no de PYME, para lo cual deberá cumplimentar el apartado A (subapartado ' Información general ') de la Parte II del DEUC. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría - f) Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC, por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia El formulario DEUC puede obtenerse en la siguiente dirección: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es El DEUC deberá estar firmado electrónicamente por el licitador o su representante con poder suficiente . - 2) ARCHIVO Nº2: DECLARACIÓN RESPONSABLE MÚLTIPLE DEL LICITADOR , debidamente firmada, (en el caso de UTE, se presentará una declaración por miembro) conforme al modelo que figura como ANEXO 1 a este Pliego, que incluirá: - a. Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la LCSP. - b. Compromiso de adscripción de medios, en su caso, en los términos establecidos en la Cláusula II.4.d) del Cuadro de Características. - c. En su caso, indicación de los requisitos cuyo cumplimiento desee acreditar el licitador mediante su inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, y declaración del mantenimiento de su vigencia. - d. En el caso de que el licitador sea extranjero , declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, y renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que, en su caso, pudiera corresponder al licitante. - e. Declaración sobre la pertenencia o no a un grupo empresarial. - f. En su caso, declaración responsable relativa a la posible subcontratación de parte del servicio (indicando, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar y, en su caso, el nombre de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización) - g. Declaración responsable relativa a la condición de PYME o no de la empresa licitante (artículo 328.4 LCSP), por lo que es necesario que el licitador cumplimente número de empleados, volumen de negocios anual y balance general. - h. En el caso de que se licite en UTE, se presentará una declaración responsable por cada miembro de la misma, debidamente firmada, y con el contenido indicado en el apartado anterior. Se indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios, su participación en la unión, el compromiso de constituirla formalmente en caso de CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> resultar adjudicataria, y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de la UTE frente a la Administración. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Subsecretaría - i. En caso de integración de solvencia, deberá identificarse la entidad que va a completar la solvencia. <!-- image --> ## Esta declaración deberá estar firmado electrónicamente por el licitador o su representante con poder suficiente. - 3) En todos los supuestos en que en el procedimiento se exija la constitución de garantía provisional (ver apartado II.5 del cuadro de características), se aportará el documento acreditativo de haberla constituido. Las circunstancias relativas a la capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato (art. 140.4 LCSP). El órgano de contratación podrá solicitar a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. No obstante lo anterior, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. ## Cláusula 7.- Contenido de sobre o archivo electrónico Nº 2 'Documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas'. En el sobre nº 2 se presentará: - a) ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 1: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DEMÁS CRITERIOS DE ADJUDICACION EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS , debidamente firmada será formulada con arreglo al ANEXO 2 de este pliego. El precio total de la oferta, expresado en euros con un máximo de dos decimales, comprenderá toda clase de gastos derivados del contrato y se indicará, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba soportar la Administración. La oferta se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. A todos los efectos, se entenderá que en las ofertas presentadas están incluidos todos los gastos que el licitador deba realizar, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se detallará de forma independiente, en su caso. La infracción de estas normas dará lugar a no admitir a la licitación a ninguna de las propuestas por él suscritas. - b) ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 2: ANEXO 2B DESGLOSE DE LA PROPOSICION ECONÓMICA. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> « « <!-- image --> ## Sección tercera. - CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Subsecretaría Abogacía del Estado ## Cláusula 8.- Condiciones de aptitud para contratar con el sector público. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la LCSP, podrán optar a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios (art. 69 LCSP), que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las empresas extranjeras no pertenecientes a Estados de la Unión Europea ni a Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo podrán optar a la adjudicación del contrato cuando sus Estados admitan a su vez, en forma sustancialmente análoga, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y los entes, organismos o entidades del sector público de dichos Estados asimilables a los enumerados en el artículo 3 del LCSP (art. 68 del LCSP). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.4 del LCSP, las circunstancias relativas al cumplimiento de los requisitos de capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones para contratar con la Administración deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato ## 2. Capacidad de obrar (arts. 65, 66, 67, 68 y 69 LCSP). Tendrán capacidad de obrar para contratar con la Administración las: - Personas naturales : Si el empresario fuera persona natural tendrá capacidad de obrar cuando la ostente de acuerdo con su Ley nacional. No obstante, las personas naturales extranjeras incapaces según su ley nacional tendrán capacidad de obrar para contratar si la causa de incapacidad no está reconocida en la Ley española. - Personas jurídicas: Si el empresario fuera persona jurídica tendrá capacidad de obrar cuando se encuentre debidamente constituida de acuerdo con su Ley nacional y las prestaciones del contrato estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. - Uniones temporales de empresarios (UTE): Podrán optar a la adjudicación del contrato las uniones de empresarios que proyecten constituirse temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción (art. 69.4 LCSP). Los empresarios interesados en licitar en unión temporal de empresarios podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, especificando dicha circunstancia (art. 69.7 LCSP). Conforme al artículo 69.8 de la LCSP, si durante la tramitación del procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese la modificación de la composición de la unión temporal de empresas, ésta quedará excluida del procedimiento. No tendrá la consideración de modificación de la composición la alteración de la participación de las empresas siempre que CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> se mantenga la misma clasificación. Quedará excluida también del procedimiento de adjudicación la unión temporal de empresas cuando alguna o algunas de las que la integren quedase incursa en prohibición de contratar. Dŝ Ŷ ŝ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ  ď Ž Ő Ɛ ƚ Ă Ě Ž  ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ Todos los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso (conforme a la legislación española ), sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato (apartado II.2.e) del cuadro de características de este Pliego). <!-- image --> No obstante, en el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, esta habilitación se verificará con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidos . Asimismo, cuando ésta exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán cumplir con estos requisitos. ## 3. Prohibiciones para contratar (art. 71 LCSP). No podrán contratar con el sector público las personas físicas o jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71 del LCSP. ## 4. Criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Los licitadores podrán acreditar su solvencia de la forma señalada a continuación: - Solvencia económica y financiera : conforme a las condiciones establecidas en el apartado II.4.a) del cuadro de características de este Pliego. - Solvencia técnica o profesional : conforme a las condiciones establecidas en el apartado II.4.b) del cuadro de características de este Pliego. - Clasificación : conforme a las condiciones establecidas en el apartado II.4.c) del cuadro de características de este Pliego. ## 5. Concreción de las condiciones de solvencia: Adscripción de medios. Dadas las características del objeto del contrato, y de acuerdo con el artículo 76.2 y 3 de la LCSP, los licitadores deberán comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios que se indican en el apartado II.4.d) del cuadro de características de este Pliego, en su caso. ## 6. Reglas especiales para acreditar el cumplimiento de determinados requisitos previos. ## 6.1. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE). De acuerdo con la Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), los licitadores inscritos en el mismo podrán acreditar la personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitaciones exigidas, solvencia económica y financiera y la ausencia de aquellas prohibiciones para contratar que deban constar en el ROLECE, mediante la presentación de la correspondiente certificación. No obstante, la presentación de ésta no exime de la aportación de la 'declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar establecida en el artículo 71 de la LCSP'. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> Igualmente, deberá presentarse una declaración responsable del licitador referida a que las circunstancias reflejadas en la certificación no han experimentado variación alguna hasta la fecha de emisión de la declaración. Dŝ Ŷ ŝ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ  ď Ž Ő Ɛ ƚ Ă Ě Ž  ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ ## 6.2. Uniones Temporales de Empresarios (UTE). <!-- image --> Cuando el licitador sea una UTE, cada uno de los empresarios que la compongan deberá acreditar su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitaciones exigidas, solvencia económica y financiera, y técnica o profesional. A efectos de determinar la solvencia de la UTE, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, de acuerdo con los artículos 24 y 52 del RGLCAP. ## CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ## Sección primera. - JUSTIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTO ## Cláusula 9.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración. A los efectos de la justificación exigida en el artículo 116.4 LCSP sobre elección del procedimiento y criterios de adjudicación, se hace constar que: - Se licita por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y concurrencia. - La adjudicación del contrato se realizará atendiendo a la mejor relación calidad -precio, aplicando criterios cualitativos y criterios relacionados con los costes, como el precio (145 LCSP) ## Cláusula 10.- Apertura de proposiciones ## 1. Apertura del Sobre o archivo electrónico número 1 Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura del sobre o archivo electrónico nº 1, relativo a la documentación administrativa, a efectos de comunicar los defectos u omisiones subsanables que se aprecien y, en su caso, determinar los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento. Si se hubiesen apreciado defectos subsanables, se concederá un plazo de tres días hábiles para su subsanación. Si no se subsanaran los defectos o se presentase la subsanación fuera de plazo, se entenderá retirada la correspondiente oferta. ## 2. Apertura del sobre o archivo electrónico número 2 El artículo 157.4 LCSP, establece que la apertura de la oferta económica, en el caso de las licitaciones en las que se prevea la utilización de medios electrónicos, no tiene por qué realizarse en acto público. En consecuencia, la apertura de este sobre no se realizará en acto público. Sólo se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que cumplan con los requisitos de admisión a que se refiere el Capítulo I del presente pliego (sobre o archivo electrónico o sobre nº 1). ## Sección segunda. - CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. ## Cláusula 11.- Enumeración y valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas. 1. Los criterios evaluables mediante fórmulas son los consignados en el cuadro de características apartado III.2. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO Validez del documento <!-- image --> Siendo los criterios de adjudicación los siguientes: | Criterios evaluables mediante fórmulas | Criterios evaluables mediante fórmulas | Puntuación máxima hasta 100 puntos | |------------------------------------------|------------------------------------------------|--------------------------------------| | 1. | Precio | Hasta 70 puntos | | 2. | Bolsa de horas | Hasta 25 puntos | | 3. | Tiempo de respuesta en atención extraordinaria | Hasta 5 puntos | <!-- image --> ## a) Valoración del precio (oferta económica). Máximo 70 puntos Para realizar la valoración del precio se determinará, en primer lugar, el grado de dispersión (representada por la letra griega sigma escrita en minúsculas, σ ) de las bajas de las ofertas respecto al presupuesto base de licitación, es decir, se calculará la desviación típica o estándar de las bajas de las ofertas. Las ofertas que se utilizarán para realizar la valoración del precio serán las formuladas por los licitadores admitidos y no incluirán el IVA/IGIC/IPSI. Así mismo, a efectos de la valoración del precio, el valor del presupuesto base de licitación no incluirá el IVA/IGIC/IPSI. Por tanto, en primer lugar, se calcularán las bajas de las ofertas con respecto al presupuesto base de licitación, expresadas en %: <!-- formula-not-decoded --> Seguidamente se determinará el valor de la baja media: <!-- formula-not-decoded --> Finalmente, se calculará el valor de la desviación típica de las bajas de las ofertas: <!-- formula-not-decoded --> Donde, BOj = Baja de la oferta económica (%) del licitador j con respecto al presupuesto base de licitación. PB = Presupuesto base de licitación sin IVA/IGIC/IPSI Ofj = Importe de la oferta del licitador j sin IVA/IGIC/IPSI BM = Baja media n = número de ofertas CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> Una vez determinado dicho grado de dispersión, para realizar la valoración del precio de las ofertas se tendrá en cuenta lo siguiente: ď ů Ğ ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ ## a) Si σ ≥ 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula: <!-- image --> <!-- formula-not-decoded --> ## b) Si σ &lt; 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Donde, PB = Presupuesto base de licitación sin IVA/IGIC/IPSI Ofj = Importe de la oferta del licitador j sin IVA/IGIC/IPSI ## b) Incremento de horas anuales limpiador/a. Máximo 25 puntos . Incremento de hasta un 5% del número total de horas anuales de limpiadora exigidas en la cláusula 4 del PPT, sin coste adicional, siendo requeridas por la Administración cuando lo estime necesario y en cualquiera de los centros de trabajo. <!-- formula-not-decoded --> El número máximo de horas que se valorará, en cualquier caso, será el que resulte de aplicar el 5% a las 3.137,10 horas de limpiadora (157), exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Si no se realiza oferta, la puntuación será de 0 puntos. ## c) Tiempo de respuesta en atención extraordinaria. Máximo 5 puntos. En caso de ser necesario y a requerimiento urgente de la Administración, durante las 24 horas del día y los 365 días del año, la empresa adjudicataria enviará, excepcionalmente, al menos a dos personas al centro de trabajo que lo necesite. El tiempo de respuesta no podrá ser superior a 60 minutos, y no puede ser inferior a 15 minutos. Tras la primera intervención, en caso necesario, se enviará el número de efectivos preciso para solventar la incidencia. Se valorará según la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Si no se realiza oferta, o ésta es igual o superior a 60 minutos, la puntuación en este apartado será de 0 puntos. Si se oferta un tiempo inferior a 15 minutos se valorará con la puntuación máxima, es decir, 5 puntos DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> ## Cláusula 12.- Ofertas anormalmente bajas (art. 149 LCSP). Para identificar los casos en que una oferta se considera anormal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.2b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, cuando se utilicen una pluralidad de criterios de adjudicación, los pliegos que rigen el contrato deben establecer parámetros objetivos que deberán permitir identificar los casos en que una oferta se considere anormal, referidos a la oferta considerada en su conjunto. ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů Ɛ ƚ Ă Ě Ž <!-- image --> Para ello se aplicarán los siguientes criterios referido al precio/hora efectiva de cada oferta: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior en más de 25 unidades porcentuales al valor resultante del presupuesto base de licitación excluido impuestos indirectos y dividido por la suma del máximo de horas a comprometer (3.137,10 + 157). 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales al precio/hora efectiva de la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética del precio/hora efectiva de las ofertas presentadas. Para la determinación del precio/hora efectiva se realiza aplicando la siguiente fórmula a la oferta presentada: <!-- formula-not-decoded --> ## Siendo: - El precio ofertado expresado euros, excluidos impuestos indirectos - Las horas totales comprometidas la suma resultante de las horas exigidas según PPT (3.137,10 horas) + las horas ofertadas en la bolsa de horas (hasta un máximo de 157 horas). Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal. Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior. Si, conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 LCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato. Para el seguimiento pormenorizado de la ejecución del contrato adjudicado a una oferta incursa en presunción de anormalidad se establece como límite un incumplimiento del 25% de la obligación de facturar en el plazo legalmente establecido. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento <!-- image --> ## Cláusula 13.- Valoración global de las ofertas. La valoración global de las ofertas será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios evaluables mediante fórmulas. « Abogacía del Estado « <!-- image --> Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 150.1 LCSP y 22 del Real Decreto 817/2009, la Junta de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ellos cuantos informes técnicos estime pertinentes. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios de forma sucesiva y en el orden que se indica, de modo que tendrán preferencia en la adjudicación las empresas o entidades: 1. Que hayan acreditado tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al que imponga la normativa. Si varias empresas cumplieran este requisito, tendrá preferencia en la adjudicación la que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. 2. Que hayan acreditado su condición de empresas de inserción según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. 3. Que hayan acreditado que promueven medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres . 4. Que hayan obtenido la mejor puntuación en el criterio al que se otorga la mayor ponderación: en este caso, el precio. Por último, si a pesar de aplicar los criterios anteriores no fuera posible dirimir el empate, se acudirá al sorteo, que se realizará en acto público para el que se convocará previamente a las partes. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere la presente cláusula será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo, de acuerdo con lo establecido en el art 147 de la LCSP. ## Cláusula 14.- Adjudicación y formalización del contrato. 1. Realizada la clasificación de las proposiciones y dirimidos, en su caso, los desempates, se requerirá al licitador clasificado en primer lugar para que, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación relacionada a continuación (artículos 140.3 y 150.2 de la LCSP), salvo en el caso de que el órgano de contratación los pueda obtener directamente conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la LPACAP y 140.3 de la LCSP: ## 1.1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar. - a) Los empresarios individuales, copia del DNI (artículo 21 del RCAP). - b) Los restantes empresarios: 3. b.1) Los empresarios que fueren personas jurídicas presentarán la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. 4. b.2) Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo presentarán el documento acreditativo de su inscripción en el registro pro- CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> cedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o presentarán una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría - b.3) Los demás empresarios extranjeros deberán presentar un informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. ## 1.2. Documentos acreditativos de la representación. Poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, así como copia del DNI, pasaporte o documentación equivalente correspondiente a éstos. Los apoderamientos y sus revocaciones, otorgados por administradores o apoderados de sociedades mercantiles o por emprendedores de responsabilidad limitada podrán también ser conferidos en documento electrónico, siempre que el documento de apoderamiento sea suscrito con la firma electrónica reconocida del poderdante. Dicho documento podrá ser remitido directamente por medios electrónicos al Registro que corresponda. ## 1.3. Documentación acreditativa de la habilitación. Documentación acreditativa de estar en posesión de las habilitaciones requeridas en el apartado II.3 del Cuadro de Características de este pliego expedidas por la autoridad competente. ## 1.4. Documentación acreditativa de la clasificación o solvencia y compromiso de adscripción de medios - 1.4.1. En el caso de que el adjudicatario hubiera optado por acreditar la solvencia mediante la clasificación, la acreditación documental de este requisito se realizará mediante la presentación de un certificado electrónico expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda o testimonio notarial del mismo, y deberá comprender los grupos, subgrupos y categorías que se especifican en apartado II.4.c) del cuadro de características. Dicho certificado se acompañará de una declaración responsable firmada electrónicamente en que la que se indique que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación. - 1.4.2. En el supuesto de que el adjudicatario hubiera optado por acreditar la solvencia presentando la documentación correspondiente a los requisitos establecidos en los apartados II.4 a) y b) del cuadro de características, la acreditación documental se realizará del siguiente modo: - a) Solvencia económica y financiera: se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro en que deba estar inscrito. La acreditación del depósito en el Registro Mercantil se realizará mediante los medios de publicidad que establece el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, que son: - Nota simple informativa del Registro Mercantil. - Certificación en papel del Registro Mercantil. - Certificación telemática del Registro Mercantil. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil efectuarán la acreditación mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Las empresas de nueva o reciente creación que, por razones válidas, no dispongan de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil podrán acreditar su solvencia económica y financiera por medio de la declaración anual del IVA (modelo 390) presentado ante la Agencia Tributaria. Dicha declaración deberá reflejar que el licitador, empresa de nueva o reciente creación, ha alcanzado, como mínimo, el volumen anual de negocio exigido en el apartado II.4.a) del cuadro de características. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría - b) Solvencia profesional o técnica: se ACREDITARÁ este requisito mediante la relación de los servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato (tomando, como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los correspondientes códigos CPV ) realizados en el curso de los últimos tres años (contados hacia atrás desde la fecha de fin de presentación de ofertas), avalados por certificados de buena ejecución en que figuren importe, fecha y destinatario. Cuando el destinatario de los servicios haya sido una entidad del sector público, el certificado será expedido o visado por el órgano competente y podrá ser comunicado directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios, a instancias del licitador. En el caso de que el destinatario hubiese sido un sujeto privado, se requerirá un certificado de expedido por la entidad privada correspondiente o, mediante una declaración responsable relacionando los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario privado de los mismos acompañada de los documentos de que disponga el licitador que acrediten la realización de la prestación. La relación de los servicios se ajustará al modelo que figura en el Anexo 3 del pliego, indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los servicios o trabajos y deberá aportarse firmada. Para el cumplimiento de este apartado se tendrá en cuenta lo siguiente: - El importe de los contratos se calculará con exclusión del IVA. - Cuando la empresa licitadora hubiera ejecutado el contrato a través de una unión temporal de empresas (UTE), se computará el importe de aquél en proporción a la participación de dicha empresa en la citada UTE. - Cuando las empresas liciten agrupadas en UTE se considerarán indistintamente los contratos de cualquiera de las empresas constituyentes de la UTE para alcanzar los porcentajes del valor estimado fijados. - 1.4.3. Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades (artículo 75 de la LCSP), deberá aportar los documentos siguientes: - Los que acrediten la solvencia que por sí posea el licitador y la parte de solvencia que integra con medios externos, referida a cada uno de los criterios de solvencia exigidos en el pliego. - Una declaración responsable de las empresas con las que integra su capacidad, en la que manifiesten no estar incursas en prohibición de contratar, junto con el certificado de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y, en su caso, documentación referida al impuesto de actividades económicas en los términos indicados anteriormente. - El compromiso de poner a disposición de la adjudicataria la solvencia y los medios necesarios durante la ejecución del contrato. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, se exigirá la responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato con carácter solidario. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría - 1.5. Documentación acreditativa de que el licitador que resulte adjudicatario dispone de los medios a cuya adscripción se haya comprometido, conforme a lo exigido en el apartado II.4.d) del cuadro de características de este pliego (artículo 76.2 LCSP). - 1.6. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - 1.6.1. Certificado positivo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias a efectos de contratar con el Sector Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 150 de la LCSP y en el artículo 13 del RCAP. El presente certificado podrá ser presentado por el licitador, o bien autorizar al órgano de contratación para obtenerlo de forma directa. Con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las obligaciones referentes al pago de impuestos por parte de los licitadores extranjeros comunitarios o no comunitarios, sin obligación de tributar en España, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, se deberá aportar un certificado, traducido al castellano, de la autoridad del Estado miembro en el que tenga su sede fiscal, sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. En el caso de que esto no fuera posible, este certificado se sustituirá por una declaración responsable del licitador de la citada situación tributaria, igualmente traducida al castellano. - 1.6.2. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias relativas al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), se realizará presentando: - El alta referida al ejercicio corriente o último recibo de pago y, - Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. No obstante: - -Si el licitador estuviese exento del pago del impuesto, deberá presentar: - El alta en el impuesto, - Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto y, - Declaración responsable de exención del pago. - -Si el licitador no estuviese sujeto a este impuesto, deberá presentar únicamente una declaración responsable de no sujeción al mismo. - 1.6.3. Certificado positivo de que no tiene pendiente de ingreso ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social, a los efectos de lo establecido en la letra d) del apartado 1 del artículo 71 de la LCSP. El presente certificado podrá ser presentado por el licitador, o bien autorizar al órgano de contratación para obtenerlo de forma directa. Con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las obligaciones referente al pago de las cotizaciones a la seguridad social por parte de los licitadores extranjeros comunitarios o no comunitarios, sin obligación de tributar en España, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, se deberá aportar un certificado, traducido al castellano, de la autoridad del Estado miembro en el que tenga su sede fiscal, sobre el CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento cumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social. En el caso de que esto no fuera posible, este certificado se sustituirá por una declaración responsable del licitador de la citada situación con la seguridad social, igualmente traducida al castellano. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - 1.7. Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigida en el cuadro de características (apartado II.5). La constitución de estas garantías se acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. - 1.8. Reintegro del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. Este reintegro puede hacerse de dos maneras (según Resolución de 27 de febrero de 1998, BOE 11-03-1998), de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece el procedimiento a seguir en relación con el abono de los anuncios en el Boletín Oficial del Estado: - a) Ingreso en el Tesoro Público, por parte del adjudicatario, con aplicación al concepto 100391 'Reintegro gastos anuncios BOE', 'Otros ingresos diversos'. En este caso, el documento para el ingreso, según el Modelo 069, lo proporcionará el órgano de contratación. El pago puede hacerse en cualquier entidad colaboradora. - b) Descuento de las cantidades que correspondan en el pago del contrato o, en su caso, en el primer abono a cuenta que se realice a favor del adjudicatario, utilizándose como código de descuento el mencionado en el párrafo anterior. En el supuesto que opte por el procedimiento a), deberá remitir a esta Junta de Contratación el resguardo del Ingreso en el Tesoro, si opta por el descuento en el pago del contrato, procedimiento b), deberá comunicarlo a esta Junta de Contratación mediante escrito. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, de conformidad con el artículo 150.2 LCSP. En este supuesto, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 2. El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta según la clasificación adoptada, siempre que se haya presentado la documentación exigida. La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante de la Junta de Contratación. En la notificación se indicará el plazo de formalización del contrato, según lo dispuesto en el artículo 151.2 de la LCSP. 3. Tanto en la notificación de la adjudicación a los licitadores como en su publicación en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme el artículo 153 de la LCSP. 4. La formalización se efectuará una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores, sin que se hubiera interpuesto recurso que suponga la suspensión de la adjudicación del contrato o cuando, habiéndose interpuesto, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales haya acordado el levantamiento de la suspensión. 5. El contrato se perfeccionará con su formalización en documento administrativo con el adjudicatario. Antes de su formalización, en su caso, deberá presentarse la documentación acreditativa de la constitución en UTE del adjudicatario (art. 69.1 LCSP) mediante la presentación de la escritura de constitución, NIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente. La formalización del contrato se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea, en su caso (art. 154 LCSP). CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO Validez del documento El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Subsecretaría Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP. Si las causas de la no formalización son imputables a la Administración, ésta indemnizará al adjudicatario por los daños y perjuicios ocasionados por la demora. « Abogacía del Estado « <!-- image --> <!-- image --> No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su formalización previa. ## CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO ## Cláusula 15.- Responsable del contrato. Con independencia de la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato que figure en los pliegos (apartado IV.9 del cuadro de características), los órganos de contratación deberán designar un responsable del contrato (apartado IV.9 del cuadro de características) al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquellos le atribuyan, según lo establecido en el artículo 62 LCSP. ## Cláusula 16.- Plazos. El plazo de duración del contrato será el fijado en el cuadro de características (apartado IV.1.) no podrá ser superior a cinco años, incluidas prórrogas. En todo caso, el plazo comenzará a partir del día siguiente al de la fecha de la firma del contrato, en caso de que ésta sea posterior a la prevista para su iniciación. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación, a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 LCSP (art. 29.2 LCSP) Cuando se produzca demora en la ejecución de la prestación del servicio por parte del contratista, el órgano de contratación podrá conceder una ampliación del plazo de ejecución, sin perjuicio de las penalidades que en su caso procedan, conforme al artículo 192 de la LCSP. ## Cláusula 17.- Precio y régimen de pagos. El precio del contrato, de acuerdo con el artículo 102 de la LCSP se ha determinado en el momento de fijar el presupuesto de licitación, en los términos recogidos en el cuadro de características (apartado IV.2.) En el pago del precio, se aplicará el artículo 198 de la LCSP. Las cuantías de las facturas, el lugar de presentación y los datos que se han de incluir en las mismas son los que se recogen en el cuadro de características (apartado IV.2.) ## Cláusula 18.- Cesión de contrato Si así se hubiera previsto en el cuadro de características apartado IV.7, el contratista podrá ceder sus derechos y obligaciones dimanantes del contrato a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato. Esta modificación subjetiva del contrato será al margen de los supuestos contemplados en el artículo 214.1 de la LCSP. Para que el contratista pueda ceder sus derechos y obligaciones a un tercero, deberá cumplir, como mínimo, los requisitos exigidos en el artículo 214.2 de la LCSP. El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento Copia <!-- image --> ## Cláusula 19.- Subcontratación. Si así se hubiera previsto en el cuadro de características apartado IV. 6, el contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación. « Abogacía del Estado « <!-- image --> El licitador, en su caso, está obligado, a indicar en su oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, aplicándose lo establecido en el artículo 215.2.a), b) y c) de la LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución del mismo (art. 202.4 LCSP). Cuando el contratista incumpla las condiciones para subcontratación establecidas en el artículo 215.2 de la LCSP se impondrá una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato, regulada en el artículo 215.3 a), con sujeción a lo siguiente: Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía conforme al artículo 194.2 de la LCSP. La Administración podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios han de hacer a los subcontratistas, en los términos y condiciones estipuladas en el apartado 1 del artículo 217 de la LCSP, en los supuestos contemplados en el apartado 2 del mismo artículo, las actuaciones de comprobación y de imposición de penalidades por el incumplimiento previsto en el apartado 1 del artículo 217, serán obligatorias para la Administración. ## Cláusula 20.- Lugar de realización. El servicio se efectuará en las dependencias señaladas en el cuadro de características apartado (IV.1.d) y más específicamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas. ## Cláusula 21.- Condiciones especiales de ejecución del contrato A los efectos del artículo 202 de la LCSP, tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución las contenidas expresamente en el cuadro de características (apartado IV.3). ## Cláusula 22.- Penalidades. ## 1. Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. En el supuesto de incumplir alguna de las condiciones especiales de ejecución establecidas en el cuadro de características (apartado IV.3), podrá dar lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades que serán proporcionadas a la gravedad del incumplimiento: - -Como regla general, la cuantía de cada una de ellas no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato, artículo 192.1 LCSP. - -Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 194.2 de la LCSP. El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato. ## 2. Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. Si así se hubiera previsto en el cuadro de características (apartado IV.4), podrán imponerse al contratista penalidades por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato (artículo 192.1 del LCSP). Estas penalidades que serán proporcionadas a la gravedad del incumplimiento se sujetarán al siguiente régimen: - -Como regla general, la cuantía de cada una de ellas no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato, artículo 192.1 LCSP. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - -Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 194.2 de la LCSP. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría <!-- image --> ## 3. Por incumplimiento de las condiciones para la subcontratación establecidas en la LCSP. Cuando el contratista incumpla las condiciones para subcontratación establecidas en el artículo 215.2 de la LCSP se impondrá una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato, regulada en el artículo 215.3 a), con sujeción a lo siguiente: Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía conforme al artículo 194.2 de la LCSP. ## 4. Por incumplimiento de las obligaciones de subrogación de personal establecidas en la LCSP Cuando el contratista incumpla las condiciones de subrogación de personal, que en su caso proceda, se impondrá la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 de la LCSP. ## Cláusula 23.- Modificación del contrato. El contrato podrá modificarse durante la vigencia del mismo, hasta un máximo de un 20% del precio inicial, si así estuviera previsto en el apartado IV.5 del cuadro de características, conforme a lo establecido en el artículo 204 LCSP. ## Cláusula 24.- Gastos exigibles al contratista. ## 1. Gastos de formalización del contrato. Si el contrato se formaliza mediante escritura pública, el adjudicatario entregará a la Administración una copia de la misma. Los gastos de formalización serán de cuenta del adjudicatario. ## 2. Tasas e impuestos. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos comprendidos en la ejecución del contrato. En cuanto al IVA, se estará al artículo 139.4 de la LCSP. ## 3. Gastos de publicidad. El contratista adjudicatario estará obligado al abono de la inserción del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado, por una única vez, con el límite establecido en el apartado II.6 del cuadro de características. ## Cláusula 25.- Daños a terceros. El contratista responderá conforme al artículo 196 de la LCSP de los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato. ## Cláusula 26.- Propiedad intelectual. Se entenderán cedidos a la Administración General del Estado los derechos de propiedad intelectual o industrial que surjan como consecuencia de los servicios objeto del presente contrato (artículo 308 de la LCSP). ## Cláusula 27.- Confidencialidad del contratista durante la ejecución del contrato El contratista se compromete a garantizar la más estricta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato o información a los que pueda tener acceso o pudiera conocer con ocasión de la ejecución del contrato, así como sobre los resultados obtenidos de su tratamiento, y a que únicamente se utilizarán para la consecución del objeto del contrato, no pudiendo comunicarlos, utilizarlos, ni cederlos a CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> terceros bajo ningún concepto, ni siquiera para su conservación. Estas obligaciones subsistirán durante 5 años desde el conocimiento de la información y se extiende a todas las personas que, bajo la dependencia del contratista o por su cuenta, hayan podido intervenir en cualquiera de las fases de ejecución del contrato. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría La obligación de confidencialidad y reserva conlleva la de custodia e impedir el acceso a la información y documentación facilitadas y a las que resulten de su tratamiento de cualquier tercero ajeno al servicio contratado, entendiéndose como tal tanto cualquier persona ajena a la empresa contratista como cualquiera que, aun no siéndolo, no esté autorizada para acceder a tal información. Asimismo, el contratista se compromete a velar por la integridad de los datos, es decir, a la protección de la información facilitada y a la que resulte de su tratamiento contra la modificación o destrucción no autorizada de los datos. ## Cláusula 28.- Protección de datos. La ejecución del presente contrato no requiere tratamiento de datos de carácter personal por parte del contratista. Se prohíbe expresamente el acceso o cualquier otro tratamiento de datos personales por parte del personal del contratista. Éste deberá aplicar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar tal fin. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevara un acceso o cualquier otro tratamiento accidental o incidental de datos personales, el contratista deberá ponerlo en conocimiento del responsable del contrato con la mayor diligencia y celeridad, con el fin de que el correspondiente responsable del tratamiento pueda tener conocimiento del incidente dentro de las 72 horas de haberse producido y pueda evaluar su alcance y consecuencias en relación a los datos personales expuestos y adoptar las medidas necesarias de responsabilidad activa. El contratista pondrá a disposición del responsable del contrato toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones aquí indicadas, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del correspondiente responsable del tratamiento, o auditor autorizado por el mismo. En el caso de que por necesidades del contrato y durante la ejecución del mismo fuese preciso que el contratista acceda a datos de carácter personal, se formalizará en ese momento el tratamiento mediante un contrato o acto jurídico con arreglo a Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que vincule al contratista con el responsable del tratamiento correspondiente y establezca el objeto, la duración, la naturaleza del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable y el encargado, de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos, y en particular: - a) La finalidad para la que se ceden los datos. - b) La obligación del futuro contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 20 de la LCSP. - c) La obligación de la empresa adjudicataria de presentar, una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. - d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior. A los efectos del artículo 211.f) de la LCSP, se califican como esenciales las obligaciones establecidas en las letras a) a d) anteriores. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> ## Cláusula 29.- Derechos y obligaciones del contratista. Los servicios se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones de este Pliego y al pliego de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste diere al contratista el responsable del contrato. « Abogacía del Estado « <!-- image --> La ejecución del contrato se llevará a cabo sin utilizar métodos o productos que puedan perjudicar al medio ambiente, o bien minimizando sus efectos, sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, la flora o la fauna. El contratista deberá cumplir con cuantas obligaciones fiscales, en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el ANEXO V de la LCSP, de acuerdo con lo previsto en el artículo 201 de la LCSP. Si la Administración fuese condenada o sancionada por acciones del contratista o de los trabajadores debido a incumplimientos de las obligaciones asumidas por la empresa en este ámbito, ésta deberá indemnizar a la Administración El órgano de contratación podrá solicitar relación detallada de los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden relación con el pago, para comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el adjudicatario ha de hacerles, así como justificante de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos. La Administración podrá inspeccionar en cualquier tiempo y cuantas veces lo estime oportuno, la actividad del contratista. La inspección será realizada por el personal técnico preciso designado por el órgano de contratación, a quien se elevarán los informes correspondientes, a fin de que fuere aquél el que dictare, en su caso, las instrucciones oportunas al adjudicatario, el cual estará obligado a cumplirlas. ## Cláusula 30.- Personal del contratista: 1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia, en su caso, sean exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del responsable del contrato de su cumplimiento. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia y se indiquen en el cuadro de características), informando en todo momento al responsable del contrato. En el caso de que fuese necesaria la modificación del personal adscrito al contrato, el contratista deberá: - Comunicar al responsable del contrato con la antelación suficiente la sustitución propuesta para que pueda comprobarse que el nuevo componente que se pretende adscribir al contrato cumple las condiciones mínimas exigibles al perfil correspondiente. - Una vez verificado por parte del órgano responsable que el perfil presentado cumple los requisitos exigidos, se comunicará la autorización de la modificación en el personal adscrito a la ejecución del contrato. 2.- La empresa que resulte adjudicataria asumirá la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad social, incluido el CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleados y empleador . Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría - 3.- La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores que participen a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. - 4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias que, se especifiquen en el cuadro de características (apartado IV.1). En este caso, el personal de la empresa adjudicataria ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. Salvo los supuestos en los que sea necesario por las características del servicio a desarrollar, los empleados del contratista no podrán acceder a servicios reservados a los empleados públicos como correo electrónico corporativo, intranet corporativa u otros de análogo carácter. La empresa contratista se someterá a las normas de acceso y control existentes en dichas dependencias. El contratista responderá del deterioro del mobiliario o material ocasionado por su personal en la prestación del servicio que se contrata, reparándolo a su cargo. - 5.- La empresa adjudicataria deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: - a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la Administración, canalizando la comunicación entre la empresa adjudicataria y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la Administración, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. - b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. - c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - d) Organizar el régimen de vacaciones del personal integrante del equipo encargado de la ejecución del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la Administración, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. - e) Informar a la Administración acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, del equipo encargado de la ejecución del contrato. - f) Velar por el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales. - 5.- Para la ejecución del contrato el contratista contará con el personal necesario, el cual dependerá exclusivamente del propio adjudicatario, quien queda obligado respecto del mismo al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en materia de legislación fiscal, laboral, de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio sectorial de aplicación, de Seguridad Social, de seguridad, higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales, incluyendo la coordinación de actividades empresariales, así como al cumplimiento de las que pudieran promulgarse durante la ejecución del contrato. La Administración es del todo ajena a las relaciones de cualquier índole que pudieran existir entre el contratista y el referido personal. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia El contratista procederá inmediatamente, si fuere preciso, a la sustitución del personal necesario, de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. En todo caso, el contratista proporcionará a la Administración una relación del personal, el cual se someterá a las normas de control y seguridad que la Administración establezca. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría Se hace constar la obligación del adjudicatario de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación (122.2 LCSP) <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## A la extinción del contrato, no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del mismo (artículo 308.2 de la LCSP). ## Cláusula 31 Condiciones de subrogación de personal (artículo 130 LCSP) En el apartado IV.8 del cuadro de características se recoge la existencia o no de personal a subrogar en este contrato. En el supuesto de que una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador, se facilitará información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación, que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales: convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a subrogar, en cumplimiento del artículo 130 de la LCSP. Una vez producida la subrogación, si los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista entrante tendrá acción directa contra el antiguo contratista. El contratista tiene la obligación de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda al nuevo contratista. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de salarios. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 130 de la LCSP supondrá la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 de la LCSP. ## CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO ## Cláusula 32.- Cumplimiento del contrato. De acuerdo con el artículo 210 de la LCSP, el contrato se considerará cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de la prestación, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración. Asimismo, conforme al artículo 311.3 de la LCSP, la Administración determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada (art. 311.7 LCSP). CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia La constatación del cumplimiento del contrato exigirá un acto formal y positivo de recepción o conformidad por parte de la Administración dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato, observándose lo dispuesto en el artículo 204 del RGLCAP. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría <!-- image --> ## Cláusula 33.- Resolución del contrato. <!-- image --> La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 211 a 213 de la LCSP y específicamente para el contrato de servicios el artículo 313 de dicha Ley. A los efectos de apreciar la causa de resolución establecida en el artículo 211.1.f), se considerarán incumplimientos de obligaciones contractuales esenciales: - -Los incumplimientos de las obligaciones que, en el cuadro de características (apartado IV.3), se hubieran calificado como condiciones especiales de ejecución del contrato. - -La declaración incompleta o falsa de la relación de empresas que integran el grupo empresarial al que pertenece el contratista. - -El incumplimiento de lo establecido en el artículo 215 de la LCSP en cuanto a la subcontratación. - -Cualquier incumplimiento grave de estipulaciones contenidas en los documentos de valor contractual citados en el Cuadro de características que tendrá, a estos efectos, el carácter de condición especial de ejecución del contrato. - -El impago, durante la ejecución del contrato de los salarios por parte del contratista a los trabajadores o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor para los trabajadores también durante la vigencia del contrato, artículo 211.1.i) de la LCSP. ## Cláusula 34.- Plazo de garantía. El plazo de garantía será el señalado en el cuadro de características (apartado V.1) de este pliego, y comenzará a partir de la fecha de la recepción, ya sea parcial o total. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado reparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. ## CAPÍTULO V.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RÉGIMEN DE INVALIDEZ, RECURSOS Y JURIDICCIÓN COMPENTE ## Cláusula 35.- Prerrogativas del órgano del órgano de contratación. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 190 de la LCSP de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. ## Cláusula 36.- Régimen de Invalidez. En los términos establecidos en el artículo 38 y siguientes de la LCSP, el contrato será inválido: - a) Cuando concurra en él alguna de las causas que los invalidan de conformidad con las disposiciones del derecho civil. - b) Cuando lo sea alguno de sus actos preparatorios o del procedimiento de adjudicación, por concurrir en los mismos alguna de las causas de derecho administrativo a que se refieren los artículos 39, 40 y 41 de la LCSP. - c) En aquellos casos en que la invalidez derive de la ilegalidad de su clausulado. ## Cláusula 37.- Recursos y jurisdicción competente. Podrán ser objeto de recurso especial en materia de contratación los actos relacionados en el artículo 44.2 de la LCSP. Contra éstos no procederá la interposición de recursos administrativos CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ordinarios. El recurso especial tendrá carácter potestativo, pudiendo interponerse directamente recurso contencioso-administrativo. El conocimiento y resolución del recurso corresponderá al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible « Abogacía del Estado « Subsecretaría Contra el resto de actos derivados del contrato podrá interponerse recurso de alzada o potestativo de reposición, según se indique en las correspondientes notificaciones. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo es el competente para conocer de las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción del contrato. Los licitadores extranjeros se comprometerán a someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corresponderles. CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO 1: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE MÚLTIPLE ď ů Ğ ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ   D./Dª: , con D.N.I., documento equivalente o Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ď Ž ƚ Ă Ě Ž pasaporte nº: actuando en nombre propio / en representación de (el licitador) con N.I.F. con domicilio (del licitador) en (ca- lle/plaza/etc.):……………………………………………………… , nº:.., Pobla- ción:……………, Provincia:……………………., y código postal:..........., en relación con el ex- pediente de SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063), y de conformidad con lo dispuesto en el en el pliego de cláusulas administrativas particulares: ## DECLARA RESPONSABLEMENTE: 1. Declaración de que la empresa se compromete a adscribir a la ejecución del con- trato los medios descritos en el apartado II.4.d del Cuadro de Características 2. Que se compromete a cumplir todas las condiciones especiales de ejecución esta- blecidas en el apartado IV.3 del Cuadro de Características . - 2 BIS. Que cuenta con la habilitación o habilitaciones empresariales o profesionales que, en su caso (conforme a la legislación española), sean exigibles para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato establecidas en el apartado II.3 del Cuadro de Características . 3. Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno de prohibición de contratar a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP. 4. (En el caso de que el licitador sea extranjero) Que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera correspon- derle. 5. Que (señalar una de las opciones): - [ ] ☐ Que no pertenece a ningún grupo empresarial*. - [ ] ☐ Que no presenta oferta ninguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial - [ ] ☐   Que también presentan oferta la/s empresa/s . (indicar nombres) pertenecientes al mismo grupo empresarial, (*Se entiende por grupo empresarial el definido en el artículo 42.1 del Código de Comercio). 6. Que acepta recibir comunicaciones y notificaciones a través del sistema de comu- nicaciones por comparecencia electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Pú- blico, designan-do la siguiente dirección de correo electrónico para la recepción de los co- rrespondientes avisos de comunicación y notificación que se efectúen. 7. Que, asimismo, ha registrado un usuario en la Plataforma de Contratación del Sec- tor Público con la dirección de correo electrónico señalada y dispone de un certificado elec- trónico acepta-o por la plataforma @firma para acceder al contenido de las comunicaciones y notificaciones electrónicas. 8. ☐ Que las circunstancias reflejadas en el Registro Oficial de Licitadores y Em- presas Clasificadas del Sector Público no han experimentado variación alguna. ÁMBITO- PREFIJO GEISER Nº registro CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> - [ ]  Personalidad y capacidad de obrar - [ ]  Representación - [ ]  Solvencia económica y financiera - [ ]  Solvencia técnica o profesional - [ ]  Clasificación - [ ]  Autorizaciones o habilitaciones profesionales - [ ]  Otros: … 9. Que (señalar lo que proceda): - [ ] ☐ tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al que imponga la normativa. - [ ] ☐ la empresa a la que representa tiene la condición de empresas de inserción según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. - [ ] ☐ la empresa a la que representa promueven medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. - [x] 10. Que (señalar lo que proceda): - [ ] ☐ NO constituirá, ni participará en ninguna UTE para la licitación de referencia. - [ ] ☐ Que manifiesta su voluntad de constituir una unión temporal de empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario del contrato objeto de licitación, a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública. La participación que cada empresa ostentará en la Unión Temporal de Empresas será la siguiente (expresada en porcentaje): | EMPRESA | %DEPARTICIPACIÓN | |-----------|--------------------| - [ ] ☐ Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de la UTE a: ………………………………………………………. - [ ] ☐ Que, designan como domicilio único y válido para las notificaciones a la UTE que les curse la Administración: …………………………………………. 11. Que la empresa a la que representa tiene las siguientes características (cumplimentar a efectos informativos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, art. 328.4 LCSP): Número de empleados. Volumen de negocios anual (en euros) Balance general (en euros) En el caso de licitación en unión temporal de empresarios, deberá presentarse una declaración responsable por cada una de las empresas componentes de la UTE. CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> 12. Que la empresa se basará en la solvencia y medios de otras entidades de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 LCSP (integración de solvencia con medios externos): Dŝ Ŷ ŝ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ  ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů Ɛ ƚ Ă Ě Ž  ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ - [ ] ☐ Sí. Indicar las entidades con las que integrará su solvencia: NIF ENTIDAD - [ ] ☐ No 13. Que tiene previsto subcontratar (marque lo que proceda): - [ ] SI ☐ - [ ] NO ☐ En caso afirmativo, la parte del contrato previsto subcontratar es la siguiente: por el siguiente importe y nombre o perfil empresarial. 14. Que se designa como persona de contacto: NOMBRE Y APELLIDOS TELEFONO CORREO ELECTRÓNICO Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración en …………………, a.... de………………………………………de 202 6 Fdo.……………………………………………………… Ɛ ƚ Ğ ƌ ŝ Ž Ě Ğ d ƌ Ă Ŷ Ɛ Ɖ Ž ƌ ƚ Ğ Ɛ LJ DŽ ǀ ŝ ů ŝ Ě Ă Ě ^ Ž Ɛ ƚ DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image -->  ## ANEXO 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS a ŝ Ŷ ŝ ƚ Ğ Ŷ ŝ ď ů Ğ ^ƵďƐĞĐƌĞƚĂƌşĂ D. con D.N.I., documento equivalente o pasaporte nº: actuando en nombre propio / en representación de (el licitador) ……………………………………………………………………………………………………………………………… …………………….. con domicilio en…………………………………………………….. Provincia de………………………. Calle …………………………………………… número …………………., según docu- mento de identidad núm. ……………………….., enterado del anuncio publicado en la 'Plataform a de contra- tación del Sector Público' el día … de ………………… de 202 3 y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación de SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063), se compromete, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRE- SENTA), a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato de servicios, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que figuran en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, mediante la siguiente oferta: ď Ž Ő Ă Đ ş Ă Ě Ğ ů 9Ɛ ƚ Ă IMPORTE SIN IVA ............................................................................................................. € IMPORTE DEL 21% IVA ................................................................................................... € TOTAL ............................................................................................................................... € Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) IVA Presupuesto Base de Licitación 86.025,54 € 18.065,36 € 104.090,90 € Incremento de horas para la duración total del contrato de limpiador/a. Número de horas de limpiador/a exigido en PPT Número máximo de horas ofertadas (5%) 3.137,10 157 Número de horas ofertado Tiempo de respuesta en atención extraordinaria. Minutos de tiempo de respuesta ofertados ………………………de…………………………de 202 6. Firmado electrónicamente por:  Ě Ž ÁMBITO- PREFIJO CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO 2B DESGLOSE DE LA PROPOSICION ECONÓMICA  ď Ž D./Dª..…………………………………………………………………………………………. , en representación de ……………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………. con domicilio en…………………………………………………….. Provincia de………………………. Calle …………………………………………… número …………………., según documento de identidad núm. ……………………….., enterado del anuncio publicado en la 'Plataforma de contratación del Sector Público' el día … de ………………… de 2026 y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063) declara, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), que para realizar su oferta ha tenido en consideración el siguiente desglose de gastos: | | IMPORTE 1 | |-------------------------------|-------------| | GASTOS DE PERSONAL 2 | | | RESTO COSTES DIRECTOS SIN IVA | | | COSTES INDIRECTOS SIN IVA | | | IMPORTE TOTAL SIN IVA 3 | | | IVA 4 | | | IMPORTE TOTAL CON IVA 5 | | ………………………de…………………………de 202 Firmado electrónicamente por: 1 Expresados en € con 2 decimales. 2 Se incluirá el importe de todos los gastos en materia de personal, incluida la cuota patronal de Seguridad Social 3 Debe coincidir con el IMPORTE SIN IVA del Anexo 2A 4 Debe coincidir con el IMPORTE DEL IVA del Anexo 2A 5 Debe coincidir con el IMPORTE TOTAL CON IVA del Anexo 2A DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO Validez del documento <!-- image --> 6. <!-- image --> SUBSECRETARIA JUNTA DE CONTRATACION <!-- image --> ## ANEXO 3 MODELO DE RELACIÓN DE SERVICIOS REALIZADOS (SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL) | orden | Objeto | Grupo y Sub- grupo de cla- sificación / CPV | Destinatarios Públicos | Importe* anualidad 1 desde… hasta … | Importe* anualidad 2 desde… hasta … | Importe* anualidad 3 desde… hasta … (fecha fin presentación ofertas) | Nº certifi- cado, en su caso | |---------|----------|-----------------------------------------------|--------------------------|---------------------------------------|---------------------------------------|------------------------------------------------------------------------|--------------------------------| | Total | Total | Total | Total | | | | | 46 ÁMBITO- PREFIJO GEISER Nº registro REGAGE26e00045221401 CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia <!-- image --> <!-- image --> | Nº or- den | Objeto | Grupo y Sub- grupo de cla- sificación / CPV | Destinatarios Privados | Importe* anualidad 1 desde… hasta … | Importe* anualidad 2 desde… hasta … | Importe* anualidad 3 desde… hasta … (fecha fin presentación ofertas) | Nº certifi- cado, en su caso | |--------------|----------|-----------------------------------------------|--------------------------|---------------------------------------|---------------------------------------|------------------------------------------------------------------------|--------------------------------| | Total | Total | Total | Total | | | | | ÁMBITO- PREFIJO GEISER Nº registro CSV GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF <!-- image --> 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO 4 MODELOS DE NOTIFICACION DE SUBCONTRATACIÓN « Abogacía del Estado « ## 1. NOTIFICACIÓN PREVIA A LA SUBCONTRATACIÓN D./Dª……………………………………………………………………………………………, con D.N.I., documento equivalente o pasaporte nº………………………………………..., actuando en nombre propio / en representación de (el adjudicatario) ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………….., con N.I.F: ………………………………………, como adjudicatario del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063), pongo en conocimiento de esa Junta de Contra- tación, a los efectos del artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que, para la realización de la prestación objeto del contrato, se va a proceder a subcontratar / se ha subcontratado 6 a las siguientes entidades: (Indicar: - -Identidad, datos de contacto y representante o representantes legales de los subcontratistas. - -Indicación de la parte de la prestación que se pretende subcontratar. - -Importe del subcontrato y porcentaje que representa la prestación parcial sobre el precio del contrato principal. - -Importe acumulado de subcontratación, en porcentaje, que se alcanzará con el presente subcontrato sobre el precio del contrato principal. - -Plazos en los que el subcontratista se obliga a pagar a los subcontratistas el precio pactado. - -Justificación de la aptitud de cada subcontratista para ejecutarlo por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Estos extremos podrán justificarse con la comunicación de la clasificación adecuada para realizar la parte de la prestación que, en su caso, tuviese el subcontratista) Asimismo, declaro responsablemente que cumpliré con lo establecido en el artículo 216 de la LCSP. A la presente comunicación se acompaña la siguiente documentación relativa a los subcontratistas: 6 Según proceda. En el caso de que se hubiese subcontratado antes de realizar la presente comunicación, deberá justificarse la situación de emergencia o urgencia por la que se haya procedido en tal sentido, en virtud de lo dispuesto en el artículo 215.2 b) último párrafo. DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - -Declaración responsable de los subcontratistas de no hallarse incurso en prohibición para contratar, conforme el art. 71 de la LCSP. 7 ď ů Ğ - -Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse los subcontratistas al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, alternativamente, autorización a la Junta de Contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo. - -Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse los subcontratistas al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, alternativamente, autorización a la Junta de Contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo. - -Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto . Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las excepciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración. …………………………, a…. de……………………………. de 202… Fdo. 7 La declaración responsable deberá formularse en los siguientes términos 'Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP.' ## 2. NOTIFICACIÓN FINAL DE LA SUBCONTRATACIÓN D./Dª……………………………………………………………………………………………, con D.N.I., documento equivalente o pasaporte nº………………………………………..., actuando en nombre propio / en representación de (el adjudicatario) …………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………….., c on N.I.F: ………………………………………, como adjudicatario del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS COMUNES A PRESTAR EN EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS MÚLTI- PLES (EASM) SITUADO EN LA PLAZA DEL MILENIO, 1 DE VALLADOLID. (26RIS2OM0063), certifica mediante esta declaración responsable los siguientes extremos: - Se ha alcanzado para el mismo, un importe de subcontratación igual o superior al 30 % del precio del contrato y se está cumplimiento estrictamente con las obligaciones de pago a los mismos. - Los subcontratistas han cumplido adecuadamente todas las condiciones especiales de ejecu- ción del contrato. - Se adjuntan los siguientes documentos probatorios: - [ ] □ Contratos con las empresas subcontratistas. - □ Certificaciones a favor de las empresas subcontratistas. - □ Declaraciones de las empresas subcontratistas de estar al corriente de cobros en lo que respecta a este contrato. En………………..….., a ….. de ................................. de .......... (Lugar, fecha y firma del representante) CSV DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN <!-- image --> FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | ZONAS COMUNES EDIFICIO ADMINISTRATIVO SERVCIOS MULTIPLES VALLADOLID | |-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------| | CATEGORÍA | SALARIO BRUTO | COSTE SE- GURIDAD SOCIAL | PLUSES QUE AFEC- TEN AL CONTRATO | JORNADA H/S | ANTIGÜEDAD | CONVENIO | CONTRATO | VENCIMIENTO | | LIMPIADORA | 11.716,44 € | 3.983,58 € | NO | 20 H/S | 1/12/2009 | L47 LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE VALLADOLID | 200 | NO | | LIMPIADORA | 4.681,20 € | 1.591,60 € | NO | 10 H/S | 13/10/2022 | L47 LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE VALLADOLID | 200 | NO | | PEÓN ESPECIALISTA | 2.520,24 € | 856,88 € | NO | 5 H/S | 5/5/2025 | L47 LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE VALLADOLID | 200 | NO | ÁMBITO- PREFIJO GEISER Nº registro FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO 11/05/2026 11:13:43 Horario peninsular Validez del documento Copia GEISER-b9f9-5ea3-b4f8-c481-5bee-efcd-e2cc-cbbb DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN https://run.gob.es/hsbzvympyF <!-- image --> SUBSECRETARIA JUNTA DE CONTRATACION ## ANEXO 5 DE PERSONAL A SUBROGAR <!-- image -->