Documento de aprobación del expediente
Otros Documentos
Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them
(so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image -->
<!-- image -->
## EXPEDIENTE 2026/120090
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE CASTELLÓN POR LA QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE Y EL GASTO RELATIVO AL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CASTELLÓN Y SUS CENTROS DEPENDIENTES
Visto el expediente de contratación número 2026/120090 relativo al contrato de servicio de limpieza de la Sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Castellón y sus centros dependientes en el que constan los los siguientes:
## ANTECEDENTES
- I. De conformidad con lo establecido en el acuerdo de inicio, éste expediente está siendo objeto de tramitación ordinaria y procedimiento abierto, con varios criterios de valoración automática, con posibilidad de prórroga y de modificaciones.
- II. El pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico delegado en esta Dirección Provincal.
- III. El valor estimado del contrato asciende a SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ONCE EUROS CON NOVENTA Y CINCO EUROS (756.511,95 €), IVA excluido.
- IV. El presupuesto base de licitación sea de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (446.526,57 €), IVA incluido.
<!-- image -->
<!-- image -->
- V. De conformidad con lo establecido en el art. 12.4. del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el Patrimonio de la Seguridad Social, se ha suscrito convenio de gastos compartidos a través de Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido, BOE de lunes 22 de enero de 2024.
De acuerdo con el citado convenio y para los centros compartidos con el INSS objeto del presente contrato, la administración se llevará a cabo por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente, que actuará como órgano de contratación y será el responsable de la tramitación de los expedientes.
La totalidad de los gastos, serán asumidos por la Tesorería General de la Seguridad Social previa puesta a disposición por las restantes entidades firmantes del presente convenio de los créditos necesarios en proporción a la superficie ocupada.
Los gastos referidos a los centros de uso compartido serán imputados al grupo de programas 4593.
Los centros de uso comparitdo y el porcentaje del reparto es el siguiente:
| Centro | Dirección | Localidad | % de reparto |
|---------------------------------|----------------|-------------------|----------------|
| Dirección Provincial de la TGSS | Av. del Mar, 6 | Castelló de Plana | 50% |
<!-- image -->
<!-- image -->
| Agencia de Vila- Real | Cl. Valencia, 31-A | Vila-Real | 50% |
|-------------------------|----------------------|----------------------|-------|
| Centro de Juez Borrull | Pl. Juez Borrull, 14 | Castelló de la Plana | 50% |
- VI. La repercusión económica del gasto que debe soportar la TGSS por anualidad es la siguiente:
- VII. El importe del gasto derivado de la presente contratación se imputa a la aplicación presupuestaria 2273 , del presupuesto de gastos y doptaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social para los ejercicios 2027 y 2028; con constancia expresa de la correspondiente reserva de crédito para el
| contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado |
|---------------------------|---------------------------|---------------------------|---------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 343.955,80 € | 31.268,71 € | 375.224,51 € |
| 4591 2273 | 57.018,56 € | 5.183,50 € | 62.202,06 € |
| totales | 400.974,36 € | 36.452,21 € | 437.426,57 € |
| contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario |
|------------------------------|------------------------------|------------------------------|------------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 4.000,00 € | 1.000,00 € | 5.000,00 € |
| 4591 2273 | 2.500,00 € | 600,00 € | 3.100,00 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| totales | 7.300,00 € | 1.800,00 € | 9.100,00 € |
| total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación |
|------------------------|------------------------|------------------------|------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 347.955,80 € | 32.268,71 € | 380.224,51 € |
| 4591 2273 | 59.518,56 € | 5.783,50 € | 65.302,06 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| totales | 408.274,36 € | 38.252,21 € | 446.526,57 € |
<!-- image -->
<!-- image -->
citado ejercicio, para lo que se acompaña el correspondiente documento de Retención de Crédito, atendiendo el cumplimiento de los límites del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de diciembre, General Presupuestaria.
No obstante, en aplicación del Art. 117.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), relativo a la tramitación anticipada de expedientes, este gasto queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que se deriven del contrato en los ejercicios correspondientes en el Presupuesto de Gastos de la Tesorería General de la Seguridad Social para los años citados .
- VIII. De acuerdo a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, el precio del mismo no podrá ser objeto de revisión durante el plazo de ejecución.
- IX. Este contrato se expcetúa del plazo de garantía en atención a su naturaleza.
## FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero .-La aprobación del expediente de contratación y la consiguiente disposición de la apertura del procedimiento de adjudicación corresponde al órgano de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP); siendo competente el Director General, en su condición de órgano de contratación de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a la atribución contenida en el artículo 323.2 de la LCSP, actuando, en este expediente, el Director provincial, en el ejercicio de las competencias delegadas conforme a lo estipulado en la resolución de 23 de julio de 2020, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias en sus órganos centrales y provinciales y en el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social (BOE de 4/8/2020), modificada por la Resolución de 27 de noviembre de 2020 (BOE 4/12/2020).
<!-- image -->
<!-- image -->
Segundo. - Los pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como los pliegos y documentos que contengan las prescripciones técnicas particulares que hayan de regir la realización de la prestación y que definan sus calidades, necesariamente habrán de ser aprobados por el órgano de contratación, pudiendo hacerlo juntamente con la aprobación del gasto, tal y como expresan los artículos 122.1 y 124 de la LCSP.
Por todo ello, esta Secretaría Provincial eleva la siguiente:
## PROPUESTA
- I. Que se apruebe el expediente para la contratación del servicio conforme a los antecedente, para un perido de 12 meses a contar desde el 01/01/2027, o desde el día siguiente a la formalizacción de ser esta posterior, con posibilidad de prórroga y modificaciones.
- II. Que se apruebe un gasto para esta Tesorería General de la Seguridad Social de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (446.526,57 €), IVA incluido, conforme a los antecedentes y con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
| contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado |
|---------------------------|---------------------------|---------------------------|---------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 343.955,80 € | 31.268,71 € | 375.224,51 € |
| 4591 2273 | 57.018,56 € | 5.183,50 € | 62.202,06 € |
| Totales | 400.974,36 € | 36.452,21 € | 437.426,57 € |
| contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario |
|------------------------------|------------------------------|------------------------------|------------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 4.000,00 € | 1.000,00 € | 5.000,00 € |
| 4591 2273 | 2.500,00 € | 600,00 € | 3.100,00 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| Totales | 7.300,00 € | 1.800,00 € | 9.100,00 € |
<!-- image -->
<!-- image -->
| total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación |
|------------------------|------------------------|------------------------|------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 347.955,80 € | 32.268,71 € | 380.224,51 € |
| 4591 2273 | 59.518,56 € | 5.783,50 € | 65.302,06 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| Totales | 408.274,36 € | 38.252,21 € | 446.526,57 € |
- III. Que se apruebe el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas por los que se rige esta contratación.
- IV. Que se acuerde la apertura de un procedimiento de adjudicación de este expediente por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, con varios criterios de valoración automática, a tenor de lo establecido en el/los artículo/s 156 a 158 y 116 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Fdo. Electrónicamente a fecha de la firma por el Secretario Provincial
RESOLUCIÓN: Vista la propuesta elevada por la Secretaría Provincial para la aprobación del expediente y del gasto necesario para la contratación relativa al contrato de servicio de limpieza de la Sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Castellón y sus centros dependientes , y una vez efectúada de conformidad la fiscalización previa del expediente, esta Dirección Provincial, en uso de las atribuciones conferidas en su calidad de Órgano de Contratación de la Tesorería General de la Seguridad Social y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Contratos del Sector Público,
<!-- image -->
## RESUELVE
Primero .- Aprobar el expediente número 2026/120090, relativo al contrato de servicio de limpieza de la Sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Castellón y sus centros dependientes , con una duración de un 12 meses a contar desde el 01/01/2027 o desde el día siguiente de la fecha de la formalización del contrato de ser ésta posterior con las condiciones y límites establecidos en las respectivas normas presupuestarias de las Administraciones Públicas.
Segundo . - Aprobar, de conformidad con lo establecido en los artículos 122.1 y 124 de La LCSP, el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas por los que se rige esta contratación y que obran incorporados, como parte inseparable, al referido expediente.
Tercero . - Aprobar un gasto máximo que se derive de la presente contratación de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (446.526,57 €), IVA incluido, y que se impute a la rúbrica presupuestaria 2273 del Presupuesto de Gastos y Dotaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, para los ejercicios 2027 y 2028, de acuerdo con el siguiente desglose, I.V.A. incluido:
| contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado | contrato a tanto alzado |
|---------------------------|---------------------------|---------------------------|---------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 343.955,80 € | 31.268,71 € | 375.224,51 € |
| 4591 2273 | 57.018,56 € | 5.183,50 € | 62.202,06 € |
| totales | 400.974,36 € | 36.452,21 € | 437.426,57 € |
| contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario | contrato a precio unitario |
|------------------------------|------------------------------|------------------------------|------------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 4.000,00 € | 1.000,00 € | 5.000,00 € |
| 4591 2273 | 2.500,00 € | 600,00 € | 3.100,00 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| totales | 7.300,00 € | 1.800,00 € | 9.100,00 € |
<!-- image -->
<!-- image -->
<!-- image -->
| total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación | total por aplicación |
|------------------------|------------------------|------------------------|------------------------|
| aplicación | 2027 | 2028 | totales |
| 4593 2273 | 347.955,80 € | 32.268,71 € | 380.224,51 € |
| 4591 2273 | 59.518,56 € | 5.783,50 € | 65.302,06 € |
| 4164 2273 | 800,00 € | 200,00 € | 1.000,00 € |
| totales | 408.274,36 € | 38.252,21 € | 446.526,57 € |
' No obstante, de conformidad con lo previsto en la Regla 42 de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, en su redacción dada por la Orden HAP/1357/2013, de 11 de julio, cuando el expediente de contratación se instruya al amparo de la tramitación anticipada prevista en el artículo 117.2 de la LCSP, la adjudicación y formalización del contrato queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones d erivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.'
Cuarto. - Acordar la apertura de la fase de adjudicación de este expediente por procedimiento abierto en la consideración de que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, y con la concurrencia de una pluralidad de criterios para la valoración de las ofertas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 131.2 y 145.3 de la LCSP.
Fdo. Electrónicamente a fecha de la firma por delegación por el Director Provincial (Resolución de 23/07/2020 -BOE de 04/08/2020 (modificada Res. 27/11/2020 - BOE 04/12/2020))