20-PPT TPA 26-120090.pdf
Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CASTELLÓN Y SUS CENTROS DEPENDIENTES
Expediente 2026/120090
## ÍNDICE
| 1. | OBJETO DEL CONTRATO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ........................................................................................3 |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. | CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO PARA TODO SU ÁMBITO DE APLICACIÓN..............................5 |
| 3. FRECUENCIA DEL SERVICIO Y TIPO DE OPERACIONES | A REALIZAR.............................................................5 |
| 3.1) | OPERACIONES EN TODOS LOS CENTROS A EXCEPCIÓN DE LOS ALMACENES DE VILA-REAL Y ANTIGUO CAISS ................................................................................................................................................................6 |
| OPERACIONES DIARIAS ..............................................................................................................................................6 | |
| OPERACIONES SEMANALES.......................................................................................................................................8 | |
| OPERACIONES | MENSUALES.......................................................................................................................................9 |
| OPERACIONES | SEMESTRALES.................................................................................................................................10 |
| OPERACIONES | ANUALES..........................................................................................................................................10 |
| 3.2) OPERACIONES EN LOS ALMACENES DE VILA-REAL Y ANTIGUA CAISS (Se coordinarán previamente con la entidad) ....................................................................................................................................................................11 | |
| 3.3) LIMPIEZA DE PINTADAS, GRAFITIS y OTROS ...................................................................................................12 | |
| 3.4) SERVICIO DE URGENCIA/EMERGENCIA | ............................................................................................................13 |
| 4. HORARIOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y | PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS..............................13 |
| 4.1) HORARIO DIARIO HABITUAL | ...............................................................................................................................13 |
| Respecto a las limpiezas anuales, así como las que se realizan en los almacenes de Vila-real y antiguo CAISS de Castellón de la Plana, deberán coordinarse con la Sección de Servicios Generales............................................................14 | |
| 4.2) PLAN DE | TRABAJO.................................................................................................................................................14 |
| 5. SUMINISTROS Y EQUIPOS DE | LIMPIEZA ..............................................................................................................15 |
| 6. PRODUCTOS DE LIMPIEZA, OTROS MATERIALES | Y CONSUMIBLES DE ASEOS......................................15 |
| 6.1) CONSUMIBLES DE ASEO........................................................................................................................................16 | |
| 7. RECURSOS HUMANOS...............................................................................................................................................16 | |
| 7.1) PLANTILLAS OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN ............................................................................16 | |
| 7.2) PRESENCIA DEL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES...................................................................................17 | |
| 7.3) VESTUARIO...............................................................................................................................................................17 | |
| 7.4) PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ............................................................................................................18 | |
| 8. COORDINACIÓN DEL SERVICIO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO (Equipo de Gestión del Contrato) | ........19 |
| 8.1) SITUACIONES DE FUERZA MAYOR O EMERGENCIA......................................................................................20 | |
| 8.2) CONTROL DE LA EJECUCIÓN................................................................................................................................20 | |
| 8.3) SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD .................................................................................................................21 | |
| 9. SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES HIGIÉNICO - SANITARIOS FEMENINOS............................................................................................................................22 | |
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| 9.1) NORMATIVA DE REFERENCIA..............................................................................................................................22 | 9.1) NORMATIVA DE REFERENCIA..............................................................................................................................22 |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 9.2) CARACTERÍSTICA TÉCNICAS MÍNIMAS DE LOS CONTENEDORES .............................................................22 | 9.2) CARACTERÍSTICA TÉCNICAS MÍNIMAS DE LOS CONTENEDORES .............................................................22 |
| 9.3) PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MANTENIMIENTO...........................................................................................23 | 9.3) PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MANTENIMIENTO...........................................................................................23 |
| 9.4) GESTION DE RESIDUOS..........................................................................................................................................23 | 9.4) GESTION DE RESIDUOS..........................................................................................................................................23 |
| 9.5) CALIDAD DEL SERVICIO Y SUSTITUCIÓN DE UNIDADES .............................................................................23 | 9.5) CALIDAD DEL SERVICIO Y SUSTITUCIÓN DE UNIDADES .............................................................................23 |
| 9.6) OBLIGACIONES ADICIONALES.............................................................................................................................24 | 9.6) OBLIGACIONES ADICIONALES.............................................................................................................................24 |
| 10. | LIMPIEZA EN ALTURA ..............................................................................................................................................24 |
| 11. | NORMAS DE SEGURIDAD Y CONTROL .................................................................................................................24 |
| 12. | MEDIO AMBIENTE......................................................................................................................................................24 |
| 13. | TASAS, LICENCIAS Y PERMISOS.............................................................................................................................26 |
| 14. | ANEXO I ........................................................................................................................................................................27 |
| 15. | ANEXO II.......................................................................................................................................................................30 |
| PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA LIMPIEZA EN ALTURA. .............................................................................................................................................................................................31 | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA LIMPIEZA EN ALTURA. .............................................................................................................................................................................................31 |
| | 6.1 Formación preventiva mínima común para todo el personal interviniente................................................................50 |
| | 6.2 Formación específica para trabajos en altura y protección contra caídas ..................................................................51 |
| | 6.3 Formación específica para utilización de plataforma elevadora móvil de personal (PEMP) ....................................52 |
| | 6.4 Formación específica para utilización de líneas de vida y puntos de anclaje situados en el interior del edificio ......53 |
| 6.5 Formación específica para técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, cuando proceda .....................54 | 6.5 Formación específica para técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, cuando proceda .....................54 |
| 6.6 Formación específica en rescate y actuación en emergencia.....................................................................................54 | 6.6 Formación específica en rescate y actuación en emergencia.....................................................................................54 |
| 6.7 Reciclaje, actualización y formación por cambio de condiciones .............................................................................55 | 6.7 Reciclaje, actualización y formación por cambio de condiciones .............................................................................55 |
| 6.8 Acreditación documental de la formación.................................................................................................................56 | 6.8 Acreditación documental de la formación.................................................................................................................56 |
| 6.9 Instrucciones operativas previas a cada intervención ................................................................................................56 | 6.9 Instrucciones operativas previas a cada intervención ................................................................................................56 |
| I. | Normativa applicable ...........................................................................................................................................69 |
| II. | Normativa básica de prevención de riesgos laborales ..........................................................................................69 |
| III. | Normativa específica vinculada a equipos, accesos y sistemas de protección .....................................................70 |
| IV. | Criterios técnicos, guías y normas de referencia ..................................................................................................70 |
| V. | Obligación de actualización y prevalencia normativa ..........................................................................................71 |
## 1. OBJETO DEL CONTRATO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El objeto del presente contrato es el servicio de limpieza integral de la sede de la Dirección Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en Castellón y los centros y los locales dependientes de la misma que se relacionan en este mismo punto, en el que se incluye la limpieza de banderas y ropa de trabajo, el reciclaje de cartón y papel y la limpieza de cristales.
Así mismo, forma parte del presente contrato el suministro, instalación, reposición y mantenimiento mensual de contenedores higiénico -sanitarios femeninos en todos los retretes destinados al uso de mujeres de los edificios objeto del contrato. (cláusula 9 del presente).
La limpieza se entenderá en un sentido estético, higiénico y de desinfección.
Respecto al reciclaje de cartón y papel incluye todos los centros y se realiza por el especialista con otras atribuciones que vienen especificadas en el resto del pliego y requieren traslado de localidad. Para ello se deberá dotar de vehículo de empresa, tipo furgoneta pequeña, al trabajador o modalidad jurídicamente apropiada al respecto para que pueda desempeñar estas prestaciones.
Los centros objeto del contrato son:
| Centro | Domicilio | Localidad | CP | TIPO | Superficie aproximada enm 2 | Número de empleados, funcionarios, laborales y subrogados destinados a cada centro | Salas de formación y salón de actos |
|---------------------------------------------|---------------------------------|-----------------|-------|---------------|-------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------|
| DIRECCIÓN PROVINCIAL | Av. del Mar, 6 | Castellón Plana | 12003 | Compartido | 5.057 1 | 185 | Sala de formación |
| CENTRO DE JUEZ BORRULL | Plaza Juez Borrull, 14 | Castellón Plana | 12003 | Compartido | 4.843 2 | 68 3 | Sala de formación y salón de actos |
| CENTRO DE VILA-REAL | Calle Valencia, 31-A | Vila-real | 12540 | Compartido | 1.600 | 10 | |
| ADMINISTRACIÓN Y URE 12/03 | Calle Ronda, 23-25 | Onda | 12200 | No compartido | 870 | 21 | |
| ADMINISTRACIÓN Y URE 12/02 | Adva. Yecla, 22 | Benicarló | 12580 | No compartido | 834 | 17 | |
| NAVES ALMACEN DE VILA-REAL (21,22, 41 y 42) | Calle Artana, Polígono Alaplana | Vila-real | 12540 | No compartido | 1.000 | | |
| Antiguo CAISS Nº 1 de CASTELLÓN 4 | Av. del Mar, 21 | Castellón Plana | 12003 | Patrimonial | 413,19 | | |
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Este contrato tiene una parte calculada a tanto alzado y otra a precios unitarios. Todo lo descrito en el pliego, forma parte de la parte calculada a tanto alzado, incluido maquinarias, material de limpieza, productos de limpieza y de aseo, etc., que se describen a lo largo de este pliego.
La parte calculada a precios unitarios es aquella en la que se hace referencia a ' cuadrilla ' , que quedará sujeta a todo lo establecido en este PPT que le sea de aplicación. Viene referida a servicios esporádicos y de mayor envergadura que no pueden realizarse por el personal subrogado. Para su cálculo se tendrá en cuenta el precio por hora de operario de limpieza, que deberá incluir todos los conceptos económicos imputables, tales como traslado al centro de que se trate, materiales, productos de limpieza, maquinaria, etc.
Dentro de esta parte calculada a precios unitarios se incluye, separadamente, el precio de especialista para el caso de cristales 5 o tareas que así lo requieran legalmente, quedando sujeta igualmente a todo lo establecido en el PPT que le sea de aplicación.
El uso de estas horas será a demanda de la Dirección Provincial de la TGSS de Castellón. Para este servicio la empresa deberá realizar los trabajos dentro de los siete días hábiles siguientes a la solicitud por parte de la entidad.
Respecto al trabajo por especialista, se estará a lo establecido en la cláusula 8.3.E del PCAP. Así mismo, se deberán respetar, como para el resto de las prestaciones del contrato, pero en especial en este apartado las normas de Seguridad y Trabajo, se aportarán los EPI necesarios y se establecerán las líneas de vida, arneses, etc. necesarios y adecuados, así como cualquier otro requerimiento legal o técnico. (Ver cláusula 10 del presente)
Funcionamiento del servicio de cuadrilla:
1. Estos trabajos se realizarán a solicitud de la TGSS o a propuesta de la adjudicataria.
2. Se elaborará un presupuesto estimatorio considerando el número de operarios de limpieza y horas necesarias para el trabajo. El mismo incluirá como se ha dicho todos los gastos derivados de la realización del servicio, que deberán haber sido incluidos en el ' precio hora operario ' ofertado.
3. La TGSS aprobará dicho presupuesto. La oscilación en horas estimadas no podrá suponer más de un 10% de lo presupuestado.
4. Realizados los trabajos la adjudicataria elaborará un parte que será enviado telemáticamente a la TGSS y deberá contener al menos:
- a. Centro.
- b. Trabajos realizados.
- c. Número de operarios de limpieza y horas.
- d. Coste.
5 Para cristales que no realiza el personal subrogado, se incluyen, entre otros, los cristales de la Dirección Provincial que superan la altura de 2 metros, que se limpian sin necesidad de mecanismos de elevación, desde dentro del centro o, en su caso, en pasarelas.
MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
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## 2. CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO PARA TODO SU ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los servicios a realizar por el adjudicatario son, fundamentalmente, la limpieza integral de los edificios y los locales enumerados en el punto anterior junto con todos sus enseres, por lo que serán objeto de tratamiento todas las zonas, elementos u objetos de la Tesorería General de la Seguridad Social que formen parte de los mismos, aunque no se mencionen expresamente, sitos en las dependencias que se relacionan y también la conservación de los edificios en perfectas condiciones de limpieza e higiene.
## Para ello se cumplirán estrictamente la totalidad de las obligaciones que figuran detalladas en el presente pliego.
Dentro del equipamiento de limpieza se incluyen la maquinaria, útiles y herramientas necesarios para realizar el servicio de limpieza tales como aspiradoras, hidro-limpiadoras, fregadoras, carros, escaleras, etc. Dicho material lo proveerá la empresa y se listará y describirá dentro del plan de trabajo . Ha de ser adecuado a la instalación, zona y elemento a limpiar. También se incluirán en esta sección los Equipos de Protección Individual (EPI) que usarán los empleados de acuerdo con la normativa actual de Riesgos Laborales. Se podrá incluir cualquier otra información que se considere relevante.
Se hace importante reseñar en este punto, que los útiles de limpieza (tales como bayetas, trapos, estropajos para sanitarios, etc.), el agua y productos utilizados deberán estar en condiciones higiénicas adecuadas y ser utilizados y cambiados donde y cuando corresponda. La sustitución y/o lavado de los mismos corre a cargo de la adjudicataria.
La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercer la inspección y vigilancia de todos los trabajos, para lo que el adjudicatario facilitará los medios necesarios para el examen de cualquier proceso o fase del servicio a las personas designadas a tal efecto.
## 3. FRECUENCIA DEL SERVICIO Y TIPO DE OPERACIONES A REALIZAR
Los trabajos de limpieza a realizar se detallan distinguiendo las actuaciones por locales, frecuencia de las operaciones y limpiezas específicas.
En las tablas que siguen se incluyen:
1. Las categoría profesionales que actualmente están realizando los trabajos, todas estas referencias son a personal subrogado.
2. Las referencias hechas a cuadrilla, son tareas que por su frecuencia y envergadura deben realizarse por personal de la empresa y no forman parte del contrato en su parte calculada a tanto alzado. Se ajustarán a necesidad y se abonarán en función de la oferta realizada por la empresa a precios unitarios.
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## 3.1) OPERACIONES EN TODOS LOS CENTROS A EXCEPCIÓN DE LOS ALMACENES DE VILA-REAL Y ANTIGUO CAISS
## OPERACIONES DIARIAS
Se realizarán diariamente las tareas que se relacionan a continuación:
| LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Pavimentos y escalera principal DP | Limpieza con un barrido previo con mopa seca y después se pasará la mopa húmeda, no empleando productos químicos que los ataquen o deterioren. Nunca se utilizará fregona convencional en los suelos técnicos. | Limpiador/a |
| Cristales, vitrinas, columnas, barandillas interiores, paredes y puertas de armarios empotrados. | Limpieza de huellas de contacto producidas en las puertas de entrada, vidrieras de los pasillos y dependencias interiores, asícomo en mamparas divisorias y ventanas con fácil acceso, barandillas interiores… | Limpiador/a |
| Cristales y fachada DP | Se ajustará la limpieza a la necesidad. | Especialista |
| Cristales y fachada del centro de Juez Borrull | Se ajustará la limpieza a la necesidad. | Limpiador/a |
| Mobiliario y enseres (aunque requiere atención diaria, se organizará para que quede hecho a la semana) | Además de mobiliario propiamente dicho (mesas, sillas, armarios…), se entenderá como mobiliario también los ordenadores personales, impresoras y todo tipo de maquinaria eléctrica, incluidas las máquinas de café y agua. Se realizará la limpieza diaria de estos elementos con bayetas de microfibra. Se utilizarán productos adecuados enfunción de cada material, debiendo limpiar las pantallas de los ordenadores únicamente con paño seco. | Limpiador/a |
| Cuartos de aseo y servicios | Estas dependencias serán limpiadas escrupulosamente con productos que aseguren las buenas condiciones higiénicas y sanitarias, tanto la zona sanitaria, como espejos, grifería, secamanos y resto de accesorios que haya en los cuartos de baño. Se limpiarán también las huellas de contacto de las paredes, sin perjuicio de la limpieza periódica que corresponde. Sin perjuicio de la limpieza diaria se revisará su estado sobre todo en los de atención al público o en momentos de mayor afluencia (por ejemplo, durante cursos de formación). | Limpiador/a |
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| LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA |
|-------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Reposición material higiénico | Se repondrá el material higiénico (jabón, papel higiénico…) que será suministrado por el adjudicatario en las condiciones que establece la cláusula 6.1. del presente pliego. Sin perjuicio de la limpieza diaria se revisará su estado sobre todo en los de atención al público o en momentos de mayor afluencia (por ejemplo, durante cursos de formación). | Limpiador/a |
| Comedores y zonas de café | Sin perjuicio de la limpieza diaria como parte del edificio y de las de periodicidad superior se revisarán mesas, otras superficies, microondas y frigoríficos procediendo a la limpieza de manchas, suciedades, residuos… | Limpiador/a |
| Papeleras | Se realizará el vaciado diario de papeleras y recipientes higiénicos, reponiendo las bolsas de ser necesario. | Limpiador/a |
| Ascensores | Se realizará una limpieza diaria de puertas (incluidas sótanos), embocaduras interiores y exteriores, fregado del pavimento, limpieza de botoneras, espejos… Desempolvado de luminarias… | Limpiador/a |
| Retirada de papelote y desperdicios | Se efectuará diariamente el vaciado de las papeleras, así como, el decontenedores y destructoras siempre que sea necesario, se repondrán las bolsas correspondientes y se transportará a los contenedores de recogida selectiva de desperdicios. Tanto las bolsas como el traslado son a cuenta de la empresa adjudicataria. Se procederá al vaciado de los ceniceros exteriores. | Limpiador/a |
| Zonas exteriores: aceras, acceso, puertas de entrada, fachada (hasta el 1,80), repisa de las ventanas | Se limpiará diariamente la zona deentrada y la acera deacceso al centro. Respecto a la fachada, repisas y resto de acera, se observará si existe suciedad, pintadas o cualquier mancha, que deberá ser limpiada inmediatamente, atendiendo a la limpieza y a la correcta imagen pública de las instalaciones. En caso de que se requiera material o personal especializados (por altura u otros), se dará cuenta inmediatamente y se actuará conforme a la Cláusula 3.3 del presente. | Limpiador/a |
| Salas de espera | Limpieza de las zonas de recepción, de espera del público, de autogestión, cumplimentación de impresos… atendiendo especialmente a su higienización y dando aviso de desperfectos, ausencia de impresos, bolis… al responsable del edificio o local (aunque no sea objeto del presente contrato) | Limpiador/a |
| Plantas artificiales y naturales | Si las hubiere, se quitará el polvo de las artificiales y se prestará atención a las naturales, atendiendo a la retirada de hojas secas y regado de las mimas según necesidad. No serán objeto del presente contrato las plantas naturales de la Dirección Provincial. | Limpiador/a |
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| LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA | LIMPIEZA DE FRECUENCIA DIARIA |
|---------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Aulas de formación | Mantenimiento diario. Cuando estén en uso se hará una limpieza más profunda de las mismas al igual que se ha indicado para el resto de las instalaciones. | Limpiador/a |
En la limpieza diaria, incluida la higienización y desinfección de las superficies, debe hacerse hincapié en la desinfección de los teléfonos y zonas de contacto de uso común, botoneras, picaportes, etc. con productos adecuados.
## OPERACIONES SEMANALES
Se realizarán semanalmente las tareas que se relacionan a continuación:
| LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMANAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMANAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMANAL |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Ventilación, luminarias y lámparas | Desempolvado de mantenimiento . | Limpiador/a |
| Sótanos | Barrido de los cuartos de los sótanos, limpieza de servicios y vaciado de papeleras, así como de los demás objetos existentes (aunque sea una tarea semanal se revisará su estado diariamente) | Limpiador/a |
| Jardín interior en la DP | Barrido de los espacios transitables y limpieza de bancos. Si se observan desperfectos, no objeto del contrato, se dará cuenta de ellos. | Limpiador/a |
| Alfombras | Aspirado dónde las haya. | Limpiador/a |
| Escalera de emergencia de la DP y escaleras sin tránsito de público o trabajadores en Juez Borrull | Se barrerá y fregará el suelo y se limpiará el polvo y suciedad tanto de las barandillas como de los demás objetos existentes. | Limpiador/a |
| Rampa del garaje de la DP | Barrido del suelo y limpieza de la puerta de acceso. | especialista |
| Rampa del garaje de Borrull | Barrido del suelo y limpieza de la puerta de acceso, si necesario. | Limpiador/a |
| Ropa de trabajo | Incluye la recogida, limpieza, planchado y retorno de la ropa de trabajo. Suelen ser entre dos a 10 prendas semanales de algodón blanco. | A cargo de la empresa, como parte del contrato calculado a tanto alzado. Partida tintorería |
## OPERACIONES MENSUALES
Se realizarán mensualmente las tareas que se relacionan a continuación:
| LIMPIEZA DE FRECUENCIA MENSUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA MENSUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA MENSUAL |
|--------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Placas de señalización, extintores, elementos ornamentales y cableado | Eliminación de polvo y suciedad. | Limpiador/a |
| Cristales y persianas (todos los centros salvo Borrull) | Limpieza a fondo de los cristales interiores y exteriores, asícomo todas las puertas de este material No son objeto del presente contrato los cristales exteriores de la fachada de la Sede de la Dirección Provincial, como tampoco los cristales de la fachada del centro de Juez Borrull, que precisen limpieza vertical, si estando incluidos los que sean accesibles con escalera, desde los balcones o que sus ventanas sean totalmente practicables pudiendo limpiarse desde dentro sin peligro | especialista |
| Cristales y persianas (centro de Juez Borrull) | Limpieza a fondo de los cristales interiores y exteriores, asícomo todas las puertas de este material No son objeto del presente contrato los cristales exteriores de la fachada de la Sede de la Dirección Provincial, como tampoco los cristales de la fachada del centro de Juez Borrull, que precisen limpieza vertical, si estando incluidos los que sean accesibles con escalera, desde los balcones o que sus ventanas sean totalmente practicables pudiendo limpiarse desde dentro sin peligro | Limpiador/a |
| Interior y exterior de armarios, archivadores compactos y estanterías. | Aspirado y limpieza con productos adecuados para eliminar la suciedad. | Limpiador/a |
| Salas de climatización y grupos de presión y otras de análoga naturaleza | Barrido y desempolvado. | Limpiador/a |
| Rejas, portalones y puertas metálicas | Limpieza a fondo húmeda. | Limpiador/a |
| Elementos a altura superior de 1,80m | Eliminación de polvo y suciedad. Se dotará de las herramientas apropiadas. | Limpiador/a |
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## OPERACIONES SEMESTRALES
Se realizarán semestralmente las tareas que se relacionan a continuación:
| LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMESTRAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMESTRAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA SEMESTRAL |
|-----------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Comedores, zonas de café, frigoríficos y microondas | Limpieza a fondo de los mismos. | Limpiador/a |
| Cuartos de aseo y servicios | Limpieza y desinfectado a fondo de todas estas dependencias, sanitarios, pareces, techos, suelos… | Limpiador/a |
| Azotea de la Dirección Provincial (DP) | Barrido. No son parte del objeto del presente contrato, ni las placas solares, ni las cestas de acceso a los cristales exteriores . | Limpiador/a |
## OPERACIONES ANUALES
Se coordinará previamente con la Entidad la realización de estas tareas, estableciendo un calendario al inicio del contrato:
| LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL |
|----------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Banderas de la DP y las del centro de Juez Borrull | Lavado y planchado. (retirada, transportes y colocación) | A cargo de la empresa, como parte del contrato calculado a tanto alzado. Partida tintorería. |
| Garaje de la DP y del sótano de Juez Borrull | Limpieza a fondo de los sótanos con uso de garaje, que incluirá aspirado con máquina industrial adecuada y limitación de las manchas de grasa que existieran en las plazas de aparcamiento. Limpieza del resto de espacios de los sótanos, lavado de suelos y desempolvado. Si durante la tarea se detectan desperfectos que no forman parte del objeto del presente contrato se dará parte de los mismos. | cuadrilla a precios unitarios |
| Limpieza a fondo | Se realizará una limpieza a fondo e integral con productos y métodos adecuados para asegurar una correcta limpieza e higienización, así como el no deterioro de los elementos, de todas las partes y objetos del contrato del edificio o local de que se trate (paredes, techos, mobiliario, enseres….). Incluyendo, cortinas, estores…., aspirado de sillas y zonas o elementos donde sea necesario. Moviendo, en su caso, el mobiliario que sea necesario, previo acuerdo con Servicios Generales. | cuadrilla a precios unitarios |
MINISTERIO
DE TRABAJO, MIGRACIONES
Y SEGURIDAD SOCIAL
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| LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL | LIMPIEZA DE FRECUENCIA ANUAL |
|--------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------|
| Elementos | Tareas | Personal que realiza |
| Fachadas | Limpieza a fondo de polvo y suciedad, con agua a presión o método y productos adecuados. No será objeto del presente contrato la limpieza de partes de la fachada que requieran trabajos verticales (grúas, andamios, tratamientos químicos específicos...) | cuadrilla a precios unitarios |
## 3.2) OPERACIONES EN LOS ALMACENES DE VILA-REAL Y ANTIGUA CAISS (Se coordinarán previamente con la entidad)
LIMPIEZA ALMACENES DE VILA-REAL: consta de cuatro naves de 500 m 2 cada una y en las que existen un aseo, un cuartito de limpieza y en la nave nº 21 un despacho. Además en las naves 21, 22 y 42 se han instalado estanterías para documentación y 'compactus'.
| Periodicidad | Tareas | Personal que realiza |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------|-----------------------------------------|
| aseguren las buenas condiciones limpieza con paño húmedo y productos | desinfectantes, de todas las paredes Especialista | Mensual higiénicas incluyendo adecuados |
| Eliminación del polvo, suciedad y desperdicios de las estanterías, el exterior del módulo 'compactus', así como de todo material o elemento y mobiliario. | Especialista | Mensual |
| Retirada de polvo con aspirador industrial y posterior limpieza con agua y producto adecuado del suelo. | Especialista | Mensual |
| Retirada de papelote, desperdicios y basuras, trasportándolos con sus propios medios, a lugar legalmente establecido. | Especialista | Mensual |
| Limpieza con barredora/fregadora industrial adecuada. | Especialista | Trimestral |
| Semestral Limpieza a fondo de servicios y | Especialista | cuartos de limpieza. |
LIMPIEZA ALMACENES DE VILA-REAL: consta de cuatro naves de 500 m 2 cada una y en las que existen un aseo, un cuartito de limpieza y en la nave nº 21 un despacho. Además en las naves 21, 22 y 42 se han instalado estanterías para documentación y 'compactus'.
| Periodicidad | Tareas | Personal que realiza |
|----------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------|
| Anual | Limpieza de fachadas, salidas de ventilación, iluminación…. Se revisará en cada visita y se realizarán los trabajos que sean necesarios, incluyendo un buen estado tanto higiénico como estético en el interior y exterior de las naves, comunicando de posibles desperfectos no objeto del presente contrato a la Sección de Servicios Generales. | Cuadrilla por precios unitarios |
| Anual | Aspirado y desempolvado de interior del archivador 'compactus' y limpieza a fondo del despacho. | Cuadrilla por precios unitarios |
| LIMPIEZA DEL LOCAL ANTIGUO CAISS CASTELLÓN: local vacío sin mobiliario ni enseres, sin uso administrativo | LIMPIEZA DEL LOCAL ANTIGUO CAISS CASTELLÓN: local vacío sin mobiliario ni enseres, sin uso administrativo | LIMPIEZA DEL LOCAL ANTIGUO CAISS CASTELLÓN: local vacío sin mobiliario ni enseres, sin uso administrativo |
|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Periodicidad | Tareas | Personal que realiza |
| Anual | Limpieza de cristales, aseos, luminarias, techos y paredes. Así como de fachada y zona exterior. Entendido todo ello como una limpieza de mantenimiento. Se informará de cualquier desperfecto o incidencia, no objeto de presente contrato a la Sección de Servicios Generales. | Cuadrilla por precios unitarios |
## 3.3) LIMPIEZA DE PINTADAS, GRAFITIS y OTROS
Realizadas en fachadas, de los centros de trabajo objeto del contrato, se hará cuantas veces sea preciso en un plazo no superior a 72 horas, a contar desde la notificación realizada por la Dirección Provincial de la TGSS de Castellón a la empresa adjudicataria.
Para estos trabajos se deberá dotar al personal de las herramientas y productos necesarios, habitualmente se pone a disposición una hidrolimpiadora de agua a presión, aunque la empresa podrá enviar a su personal sin generar coste para la TGSS y con estricto cumplimiento de lo establecido en el primer párrafo de la presente cláusula. Esta limpieza queda habitualmente asignada al personal que se encarga de los cristales, para favorecer el cumplimiento del plazo y queda englobada en la parte del contrato calculada a precios unitarios.
Excepcionalmente y en el caso de que se precise una limpieza por cuadrilla esta se realizará previa autorización expresa de la TGSS y se abonará a cargo de la parte calculada a precios unitarios.
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## 3.4) SERVICIO DE URGENCIA/EMERGENCIA
Atención 24 horas y acuda permanente, en un plazo no superior a 4 horas a contar desde la notificación realizada por la Dirección Provincial de la TGSS de Castellón para paliar eventuales situaciones que relacionadas con el contrato puedan surgir en los centros objeto de licitación en caso de acontecimientos de fuerza mayor o cualquier situación de emergencia o calamidad pública.
En el caso de entrada de agua en los sótanos o garajes quien tenga asignada la limpieza de los mismos realizará dicha limpieza, para ello la empresa deberá dotarle de la maquinaria precisa para realizar dicha tarea, se viene utilizando una fregadora/aspiradora de agua. En caso de que la empresa prefiera que personal de su empresa lo realice será a su exclusivo cargo y formará parte del contrato calculado a tanto alzado.
Excepcionalmente y en el caso de que se precise una limpieza por cuadrilla esta se realizará previa autorización expresa de la TGSS y se abonará a cargo de la parte calculada a precios unitarios.
## 4. HORARIOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS
## 4.1) HORARIO DIARIO HABITUAL
Todas las actuaciones deberán ser realizadas de forma que interfieran lo menos posible en la actividad ordinaria de la TGSS, minimizándose las molestias o incomodidades que pudieran producirse al personal que trabaja en el Centro.
La TGSS podrá exigir a la empresa adjudicataria que, aquellas operaciones que pudieran generar molestias importantes o afectar a áreas críticas del edificio, se realicen en horas o días determinados con el fin de minimizar su efecto.
El personal que realice los servicio objeto del presente contrato deberá cerrar correctamente los centros en los que la finalización de su jornada laboral se produzca con posterioridad a la finalización de la jornada laboral del personal de la entidad asignado a los mismos. Los centros y horarios afectados serán acordados en el plan de trabajo.
El horario diario se realizará de lunes a viernes y dependerá de las peculiaridades de cada centro, distinguiendo dos periodos: el habitual para prácticamente todo el año y los meses de reducción de jornada de trabajo que se autorizan anualmente para los empleados públicos y que suele comenzar a mediados de junio hasta mediados de septiembre.
Por necesidades del servicio podrán realizarse ajustes en los horarios que deberán ser aprobados por el Responsable del contrato y quedar reflejados en un nuevo plan de Trabajo (cláusula 4.2 de presente)
Se asegurará en el reparto de horas y turnos la presencia en la Sede de la Dirección Provincial y en centro de Juez Borrull de personal de limpieza al menos de 9 a 14:30 . La contratista acordará con la Sección de Servicios Generales, la forma de localizar al personal de limpieza e informará de quien o quienes cubren este horario.
MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
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Respecto a las limpiezas anuales, así como las que se realizan en los almacenes de Vila-real y antiguo CAISS de Castellón de la Plana, deberán coordinarse con la Sección de Servicios Generales.
De todas las tareas, salvo las diarias, se dará parte de trabajo :
Parte de trabajo mensual: deberá reflejar, centro por centro, todas las tareas previstas en el presente pliego, con carácter semanal y mensual, con indicación de la fecha y hora de realización y empleado/a que las realizó, así como reseñando las incidencias comunicadas/ocurridas durante el mes correspondiente y las medidas tomadas para su resolución, firmado por la Supervisor/a o encargado/a del servicio y por el Delegado/a.
Parte de trabajo semestral: deberá reflejar, centro por centro, todas las tareas previstas en el presente pliego, con carácter semestral, con indicación de la fecha y hora de realización y empleado/a que las realizó, firmado por la Supervisor/a o encargado/a del servicio y por el Delegado/a.
El parte de trabajo correspondiente al semestre en que se lleven a cabo las tareas de carácter anual deberá reflejar estas separadamente, con indicación de la fecha y hora de realización y empleado/a que las realizó.
Respecto a las tareas mensuales éstas se realizarán en los primeros 10 días del mes, las semestrales durante el primer mes del semestre de que se trate, las anuales, dentro del mes que se ha establecido para ello.
## 4.2) PLAN DE TRABAJO
La empresa adjudicataria debe hacer una distinción entre los trabajos realizados por el personal que trabaja diariamente en el centro asignado y los trabajos de frecuencia superior a la diaria que deba realizar por otro personal sin centro fijo, en su caso. Por ello, la empresa debe elaborar su plan de trabajo reflejando centro por centro, según periodicidad, todas las tareas a realizar, señalando fecha y hora, centro y duración aproximada, personal afecto (asignado a centro o volante), medidas complementarias, etc., para facilitar el control de su ejecución y la coordinación del servicio con el trabajo ordinario de la entidad. Deberá reflejarse también centro por centro las semanas en que se tengan previstas las inspecciones trimestrales obligatorias reflejadas en la cláusula octava del presente pliego.
El plan de trabajo deberá presentarse en los 15 días siguientes a la formalización del contrato junto con la relación de productos y materiales que se utilizarán en las tareas de limpieza, que se ajustarán a lo dispuesto en el punto 6.
Cualquier modificación del plan de trabajo inicial deberá ser informada y aprobada por la unidad responsable del seguimiento de la ejecución del contrato:
- Sección de Servicios Generales.
- Email: serv-generales.inss-castellon.sp@seg-social.es
- Teléfono: 964354018 y 964354087
## 5. SUMINISTROS Y EQUIPOS DE LIMPIEZA
La TGSS facilitará al contratista agua, alumbrado y energía eléctrica para el cumplimiento de su cometido, exigiendo el compromiso de un uso adecuado y razonable de suministros.
Será por cuenta del adjudicatario la aportación de materiales de limpieza, maquinaria, repuestos, accesorios (cubos, mangueras, carros, etc.), herramientas, telescópicos, elementos especiales de seguridad y en general cualquier elemento que se precise para la correcta prestación del servicio aunque no se mencione expresamente en el pliego.
La empresa adjudicataria deberá acreditar ante el Órgano de contratación la relación de equipos eléctricos destinados al servicio de limpieza, que como mínimo debe incluir: aspirador de polvo y agua, micro-difusores de vapor húmedo, máquina de inyección y extracción para tapicerías, máquinas rotativas y máquina de agua a presión para fachadas.
Respecto a la limpieza de garajes y almacenes, habitualmente se pone a disposición del contrato una barredora/aspiradora de líquidos que será utilizada por el personal subrogado que tenga asignadas estas tareas.
Como regla general la maquinaria debe estar a disposición del personal, en el caso de que la empresa opte por aportarla a demanda, deberá hacerlo en el plazo de 24 para casos no urgentes, en dos horas para casos urgentes y de fuerza mayor. En caso de ser de batería deberá estar cargada.
Como excepción, en el caso de que la empresa quiera que cierta maquinaria la utilice solo su personal, será a su cargo exclusivo, con la ejecución en plazo establecida en el párrafo anterior y formará parte del contrato calculado a tanto alzad.
Respecto a los guantes se deberá dotar al personal de guantes de vinilo/nitrilo desechables, así como todo EPI necesario y adecuado para el personal, desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales y desde la protección de la salud, incluidas alergias, dermatitis por contacto, etc.
## 6. PRODUCTOS DE LIMPIEZA, OTROS MATERIALES Y CONSUMIBLES DE ASEOS
Todos los materiales de limpieza serán de primera calidad y se adaptarán a lo que se establece en la Orden PRE/116/2008, de 21 de enero (BOE de 31 de enero) por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, y podrán ser rechazados si no ofrecen las debidas garantías. A estos efectos, la empresa adjudicataria, en el plazo de 15 días una vez firmado el contrato, aportará una relación de los productos utilizados para su aprobación por el Servicio de Prevención y Salud Laboral de la TGSS.
La empresa adjudicataria será responsable de la reposición de productos, garantizando en todo momento un stock suficiente para atender las necesidades diarias y sobrevenidas en el momento de producirse.
Todos los productos y materiales a utilizar han de presentar las siguientes características y reunir las condiciones que marca la legislación específica, en concreto:
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- Estar adecuadamente envasados y llevar impresa la marca correspondiente, deben ser de reconocida calidad para la limpieza de las instalaciones objeto de este contrato, en cuanto a tipos de suelo, mobiliario y accesorios varios que se encuentran en las mismas.
- Llevar impreso, en lugar visible, el procedimiento de uso correcto, modo de aplicación y condiciones de manejo, así como las condiciones de seguridad que le son propias a los envases y el grado de peligrosidad de cada uno de los productos, debidamente indicado según los iconos estándar.
- Dentro de las posibilidades del mercado, los productos materiales y procedimientos deben garantizar el respeto al medio ambiente (uso de productos reciclables y no contaminantes, uso de procedimientos que minimicen la generación de residuos, etc.), serán de primera calidad y se adaptarán a lo que se establece en la Orden PRE/116/2008, de 21 de enero. Podrán ser rechazados si no ofrecen las debidas garantías.
## 6.1) CONSUMIBLES DE ASEO
Para cada instalación la empresa adjudicataria se hará cargo del suministro de los materiales consumibles de higiene y aseo, que deben ser de una calidad adecuada a su uso y ajustarse al citado Plan de Contratación Pública Verde.
La empresa adjudicataria será responsable de la colocación y reposición diaria de celulosas y jabones en los dispositivos habilitados al efecto, garantizando en todo momento su existencia. El coste del material de aseo estará incluido en el precio del contrato.
Los productos químicos de aseo deben presentar las mismas características y ajustarse a la normativa descrita para los productos de limpieza en general.
Los consumibles se adaptarán a los dispensadores existentes en el centro. En caso de necesitar nuevos dispensadores por esta circunstancia, estos serán a cargo del adjudicatario.
## 7. RECURSOS HUMANOS
## 7.1) PLANTILLAS OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN
Se designará a una persona encargada de la plantilla de trabajadores cuyo cometido será la organización y coordinación del trabajo en jornada completa, así como un interlocutor único para la coordinación el presente con SSGG.
No serán admisibles modificaciones en el cómputo de horas semanales de trabajo salvo por necesidades de servicio de la Administración y autorizadas por el Responsable del contrato. Toda incidencia o variación en el deberá reflejarse en plan de trabajo de forma inmediata y comunicarse a Servicios Generales. Se adjunta anexo con las horas semanales asignadas a cada centro.
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En el plazo de 15 días, una vez formalizado el contrato, la adjudicataria presentará la plantilla asignada al servicio con especificación de su DNI, categorías profesionales y jornadas de cada trabajador. A los efectos previstos en el Convenio de Limpieza de Edificios y Locales aplicable según normativa vigente, se acompaña al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares relación innominada del personal que, actualmente, realiza el servicio de limpieza.
## 7.2) PRESENCIA DEL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES
La empresa adjudicataria distribuirá el equipo humano necesario en cada una de las instalaciones objeto del contrato, según las categorías que consideren necesarias para la realización de los diferentes trabajos, de acuerdo a su oferta.
La empresa mantendrá el horario del personal que sea necesario para la realización de los trabajos que se precisen.
Cabe reseña que forma parte del objeto del contrato el número de horas en cómputo semanal de limpieza contratadas para cada centro y categoría profesional, tal y como se ha reflejado en la cláusula anterior. No serán admisibles modificaciones en el cómputo de horas semanales , por las características del servicio contratado serán considerarán variantes o mejoras, en su caso, en el momento de presentar la oferta y modificaciones del contrato en el transcurso de su ejecución, procediendo en este caso conforme a la cláusula vigésimo quinta del PCAP.
El personal destinado a la prestación del servicio, deberá cumplir las funciones y horarios indicados en el presente pliego, siendo la misma la responsable del cumplimiento y control de presencia física de los trabajadores, con el apoyo del responsable del servicio en las instalaciones de la TGSS. En el anexo I se reflejan las horas en cómputo semanal y los horarios actuales del personal subrogado e incluido en la parte del contrato calculado a tanto alzado.
En el periodo de vacaciones la empresa adjudicataria organizará las mismas teniendo en cuenta las necesidades de cada instalación, de acuerdo con el plan de trabajo definido en su oferta.
Durante las vacaciones, ausencias, y licencias de los trabajadores subrogados, los trabajos deberán seguir realizándose en los mismos términos que figuran en el plan de trabajo, de lo contrario, se estaría produciendo un incumplimiento del contrato. En ningún caso los trabajadores no ausentes deben asumir en su horario el trabajo habitual el trabajo de los ausentes.
Será necesaria la previa comunicación y coordinación con la Sección de Servicios Generales de los trabajos a realizar por el equipo destacado o volante.
## 7.3) VESTUARIO
Será obligación del adjudicatario uniformar adecuadamente y dotar de los elementos de seguridad necesarios a todo el personal de trabajo de acuerdo con la normativa vigente de Prevención de Riesgos Laborales. En el uniforme debe figurar una marca, logo o etiqueta que permita identificar a la empresa adjudicataria.
## 7.4) PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicataria que desarrolle el servicio de limpieza de la instalación, deberá ajustarse a lo concretado en materia de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como dispone la norma general, Ley 31/1995, de 8 de noviembre y el Capítulo III del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 en materia de coordinación de actividades empresariales, en concreto, deberá realizar:
- Planificación de la prevención en riesgos y salud laboral y evaluación periódica de la misma.
- Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y control de la efectividad de las mismas.
- Cumplimiento de las obligaciones dispuestas hacia el trabajador, en relación con su derecho a participación, comunicación, formación e información sobre materia de riesgos laborales.
- Tener en cuenta las directivas europeas que tienen un claro carácter armonizador de la variada legislación existente en los países comunitarios.
- Controlar los accidentes laborales.
- Efectuar reconocimientos médicos a los trabajadores de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
- Adoptar las medidas necesarias para utilizar cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación durante el desempeño del trabajo y facilitar los EPI e instruir en el uso de los mismos.
- Designar un trabajador por instalación que se encargue de la Prevención durante el tiempo de vigencia de los contratos derivados.
La empresa adjudicataria también deberá aportar el Plan de Prevención de Riesgos laborales específico para este pliego adecuado a cada una de las instalaciones, en el plazo de un mes desde el comienzo de la prestación del servicio y establecer la formación adecuada al personal asignado. En él especificará los riesgos y medidas planificadas para evitarlos. Dicho plan se entregará al técnico de Prevención de Riesgos laborales de la TGSS y contendrá al menos los siguientes datos y documentación:
- Modelo de organización preventiva adoptado y personas de contacto, a efectos de coordinación de actividades empresariales. Se aportarán los datos de contacto de dicha persona.
- Relación nominal de los trabajadores, así como el horario de permanencia de dichos trabajadores en el centro.
- Información sobre los riesgos que la realización de las actividades contratadas puede generar a los
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trabajadores propios de los centros de trabajo y/o a los de otras empresas que concurran en el mismo.
- Justificación documental de haber realizado la evaluación de riesgos laborales de la actividad a desarrollar y, si procede, planificación de actividades preventivas según los riesgos detectados en la evaluación.
- Acreditación de que los trabajadores han recibido la información y formación necesaria tanto sobre los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas preventivas a adoptar, así como la formación o capacitación específica para la actividad a desarrollar, si así está estipulado reglamentariamente.
- Si procede, relación de EPI puestos a disposición de los trabajadores, así como acreditación de que éstos los han recibido junto con la información y formación necesaria para su correcta utilización.
- Relación nominal de los trabajadores que han efectuado reconocimiento médico y su aptitud para el trabajo a realizar.
- Existencia, en su caso, de personal especialmente sensible para las actividades contratadas.
Por otra parte los responsables del servicio de las instalaciones de la TGSS deberán comunicar a los supervisores o personas encargadas del servicio de la empresa adjudicataria para que éste lo traslade a sus trabajadores:
- Los riesgos derivados de las instalaciones y actividades que se realizan en los centros de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de la empresa contratada y, en su caso, las medidas de prevención que se pueden adoptar.
- Las instrucciones de actuación en un caso de emergencia.
Por otro lado, deberá llevar a cabo las acciones pertinentes en materia de coordinación de empresas, comunicando y coordinado su actividad con la persona encargada del seguimiento de PRL para estas labores en la DPTGSS de Castellón, cuyos datos de contactos son:
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- Nombre y apellidos: MARÍA CRUZ DEL BARRIO RAMOS
- •
Teléfono: 964 35 41 66
## 8. COORDINACIÓN DEL SERVICIO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO (Equipo de Gestión del Contrato)
La empresa adjudicataria dispondrá durante la ejecución del presente contrato del personal que a continuación se indica y con las siguientes funciones:
## Delegado/a
- Deberá conocer los términos del contrato para aclarar cualquier duda que se plantee en la ejecución del contrato y vigilar el cumplimiento de las condiciones establecidas de acuerdo con su oferta.
- Ejercerá de interlocutor directo ante el Responsable del contrato de la TGSS en materia de organización,
DE TRABAJO, MIGRACIONES
Y SEGURIDAD SOCIAL
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planificación, administración y aspectos laborables, que puedan surgir en la prestación del contrato.
- Será también la persona encargada del control y del seguimiento del sistema de calidad establecido, para lo cual deberá personarse cuando sea requerido por el Responsable del contrato, en un plazo máximo de dos días hábiles, y de forma obligatoria como mínimo una vez al trimestre en cada uno de los centros y presentar una hoja de control del servicio en la que se indicará las posibles anomalías detectadas y las medidas correctoras aplicadas .
- Será el contacto directo para la implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa en cada instalación.
- En términos generales, será la persona responsable de todos los temas relacionados con la prestación del servicio y de coordinarse con el supervisor para cuantas cuestiones de trabajo le plantee.
## Supervisor/a o encargado/a del servicio
- Únicamente se designará supervisor/a para la sede de la Dirección Provincial.
- Deberá conocer las instalaciones y las condiciones y características en las que se desenvuelve el servicio de limpieza, además de aclarar las dudas que surjan en la ejecución del servicio de limpieza por la empresa.
- Cumplir y supervisar las prioridades asignadas al personal de limpieza, especialmente la limpieza diaria y las limpiezas de fondo (limpieza especial) de acuerdo al plan de trabajo.
- Aplicar las acciones correctivas necesarias para solventar los problemas detectados de falta de limpieza o limpieza no adecuada.
- Velar para la correcta aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
## 8.1) SITUACIONES DE FUERZA MAYOR O EMERGENCIA
En caso de producirse acontecimientos de fuerza mayor o cualquier situación de emergencia pública, la empresa adjudicataria estará obligada a prestar el servicio a su cargo y a aceptar la dirección de la TGSS para la realización de los servicios contractuales y otros trabajos que fueran necesarios para restablecer la normalidad, todo ello mientras durase el estado de fuerza mayor, emergencia o calamidad pública.
Excepcionalmente y en el caso de que se precise una limpieza por cuadrilla esta se realizará previa autorización expresa de la TGSS y se abonará a cargo de la parte calculada a precios unitarios.
## 8.2) CONTROL DE LA EJECUCIÓN
El personal del servicio de limpieza deberá encontrarse en el lugar de trabajo asignado durante el horario establecido. La empresa adjudicataria controlará diariamente la presencia física de los trabajadores en los lugares de trabajo, mediante el correspondiente registro de jornada . Finalizado el mes, se dará cuenta del control horario a la Sección de Servicios Generales.
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Las suplencias que se hubieran debido proveer por la empresa tendrán el carácter de incidencias, y deberán reflejarse en los partes de trabajo mensuales.
Los trabajadores de la empresa adjudicataria deberán ir perfectamente uniformados, guardando en todo momento un correcto comportamiento y actitud de respeto y corrección hacia el público y a todo personal sin excepción que preste servicios en los edificios.
El adjudicatario responderá ante el Responsable del contrato derivado (TGSS) de las incidencias que surjan durante la prestación del servicio de limpieza en cada una de las instalaciones afectadas por el contrato, así como la falta de suplencias o cualquier otra deficiencia que impida el correcto desarrollo de lo establecido en este contrato.
El contratista debe comunicar con suficiente antelación a la Sección de Servicios Generales, la unidad responsable del seguimiento de la ejecución del presente, el personal que se va a contratar para realizar sustituciones, de bajas, permisos, vacaciones…
En relación con las vacaciones, una vez acordada la fecha de estas con su personal, comunicará a la sección de Servicios Generales la fecha de estas y el modo de proveer la sustitución con al menos 24 horas de antelación a su inicio.
El personal que se contrate para estas sustituciones deberá estar formado y capacitado para la realización del trabajo que se le asigne.
## 8.3) SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD
Sin perjuicio de los mecanismos que pueda establecer cada instalación para garantizar la correcta prestación del servicio, se establecerá un sistema de control para identificar la calidad del servicio de limpieza e inspeccionar los materiales o equipos utilizados. El órgano de contratación se reserva el derecho de participar en las pruebas, ensayos y demás comprobaciones que realice el contratista, limitándose a supervisarlas, sin que en ningún caso estas actuaciones exoneren de su responsabilidad al contratista, sea cual fuere el resultado de las mismas.
La TGSS, si lo estima conveniente, podrá inspeccionar los trabajos de limpieza, tanto durante su ejecución como a su terminación, a fin de:
- Comprobar que se encuentra trabajando el mismo número de operarios previstos en el plan de trabajo presentado por la adjudicataria.
- Comprobar que los productos utilizados son los aceptados por la TGSS y que se emplean en la forma adecuada.
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- Comprobar el correcto funcionamiento de las máquinas precisas para la ejecución del trabajo.
- Comprobar que la calidad final obtenida corresponde, como mínimo, a lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y el plan de trabajo presentado por el contratista.
- Del resultado de la inspección podrá levantarse un acta que firmarán los respectivos representantes de la adjudicataria y de la TGSS. Siempre se levantará un acta cuando el resultado de la inspección sea negativo.
## 9. SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES HIGIÉNICO -SANITARIOS FEMENINOS
El adjudicatario deberá proporcionar el suministro, instalación, reposición y mantenimiento mensual de contenedores higiénico-sanitarios femeninos en todos los retretes destinados al uso de mujeres de los edificios objeto del contrato.
Los retretes/cubículos son los siguientes, el dato debe considerarse orientativo, la contratista se obliga a suministrar, instalar, reponer y mantener todos los contenedores higiénico-sanitarios femeninos en todos los retretes, incluyendo los de discapacitados, modificaciones en el número inferiores al 10% tanto al alza como a la baja no serán objeto de modificación quedando dentro del objeto de este contrato.
| Centro | Localidad | Nº RETRETES |
|----------------------------|-----------------|---------------|
| DIRECCIÓN PROVINCIAL | Castellón Plana | 25 |
| CENTRO DE JUEZ BORRULL | Castellón Plana | 11 |
| CENTRO DE VILA-REAL | Vila-real | 5 |
| ADMINISTRACIÓN Y URE 12/03 | Onda | 3 |
| ADMINISTRACIÓN Y URE 12/02 | Benicarló | 3 |
## 9.1) NORMATIVA DE REFERENCIA
El servicio descrito se ajustará al Real Decreto 486/1997, de 14 de abril , sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, cuyo Anexo V en su punto 7º establece: 'En los retretes que hayan de ser utilizados por mujeres se instalarán recipientes especiales y cerrados.'
## 9.2) CARACTERÍSTICA TÉCNICAS MÍNIMAS DE LOS CONTENEDORES
Los contenedores deberán cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos:
1. Especificidad para residuos menstruales , siendo adecuados para compresas, tampones, toallitas higiénicas y residuos similares.
2. Recipientes cerrados y herméticos , que eviten olores, exposición del contenido y riesgos sanitarios.
MINISTERIO
DE TRABAJO, MIGRACIONES
Y SEGURIDAD SOCIAL
3. Sistema de apertura higiénica , que podrá ser mediante:
2. o Pedal.
3. o Tapa basculante.
4. o Apertura automática por sensor, evitando así el contacto manual con la unidad.
4. Tapa que impida el contacto visual y físico con el contenido , preservando la privacidad y la seguridad sanitaria.
5. Incorporación de producto higienizante o sistema antibacteriano interno, destinado a reducir gérmenes y olores.
6. Capacidad mínima adecuada .
7. Fabricación en material resistente, lavable y apto para uso intensivo en instalaciones públicas.
8. Ubicación dentro de cada cubículo de WC , para garantizar la privacidad y el uso adecuado, siguiendo los criterios derivados del Anexo V del RD 486/1997.
## 9.3) PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MANTENIMIENTO
## 1. Instalación inicial
- Colocación de un contenedor por cada inodoro/cubículo ubicado en aseos femeninos.
- Reposición inmediata en caso de deterioro que impida su uso, pérdida o rotura. La reposición deberá hacerse en el día siguiente hábil a la solicitud por parte de SSGG.
2. Mantenimiento periódico
El contratista deberá realizar un servicio mensual , que incluirá:
- Vaciado del contenedor y retirada del residuo higiénico, que deberá gestionarse conforme a la legislación aplicable a residuos asimilables a urbanos o, cuando proceda, residuos higiénicos controlados.
- Sustitución de la bolsa interna o del módulo desechable utilizado para la contención del residuo.
- Limpieza y desinfección completa del contenedor , aplicando productos higienizantes adecuados y dejando la unidad en perfectas condiciones de uso.
- Reposición del producto higienizante o antimicrobiano .
- Comprobación del buen funcionamiento del sistema de apertura (pedal, tapa basculante o sensor).
3. Registro de mantenimiento , dejando constancia de la realización del servicio en el parte de trabajo firmado por el responsable del edificio.
## 9.4) GESTION DE RESIDUOS
El adjudicatario será responsable de la retirada, transporte y entrega a gestor autorizado de los residuos higiénico-sanitarios femeninos.
El procedimiento deberá cumplir la normativa aplicable en materia de residuos, incluida la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, en lo que corresponda a este tipo de residuos o legislación vigente y aplicable.
## 9.5) CALIDAD DEL SERVICIO Y SUSTITUCIÓN DE UNIDADES
- Reposición inmediata en caso de deterioro que impida su uso, pérdida o rotura. La reposición deberá hacerse en el día siguiente hábil a la solicitud por parte de SSGG.
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- En caso de detectarse malos olores, mal funcionamiento, deterioro o cualquier anomalía, el adjudicatario deberá sustituir la unidad afectada en un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a la solicitud por parte de SSGG:
- Todas las unidades deberán presentar un estado higiénico y estético adecuado, acorde con el carácter público de las instalaciones.
## 9.6) OBLIGACIONES ADICIONALES
- Formación del personal encargado del mantenimiento en prácticas higiénicas adecuadas.
- Discreción en la prestación del servicio, garantizando la privacidad del personal usuario de los aseos.
- Cumplimiento estricto de la normativa de prevención de riesgos laborales durante la manipulación de los residuos.
## 10. LIMPIEZA EN ALTURA
Esta parte del contrato, a parte de estar sometida al PCA, PPT, concretamente ver cláusula primera del presente y oferta de la empresa, se regirá por las siguientes especificaciones técnicas que se incluyen en el anexo II y por las normas legales vigentes que le sean de aplicación.
## 11. NORMAS DE SEGURIDAD Y CONTROL
Todo el personal que, por parte del adjudicatario, intervenga en los trabajos de limpieza, deberá someterse a las normas de seguridad, control y régimen interior de las instalaciones de tal forma que:
- De acuerdo a la cláusula 7.1 del presente pliego, la empresa en los 15 días siguientes a la formalización del contrato presentará la relación de la plantilla asignada al servicio con la descripción de su nombre y DNI y centro de trabajo asignado efectos de la seguridad.
- Cualquier propuesta de modificación que suponga un cambio definitivo o provisional de la persona asignada inicialmente, deberá hacerse por escrito, y con anterioridad a dicha modificación con el fin de recibir la correspondiente autorización por parte del Responsable del contrato. Estos cambios se justificarán debidamente.
- La empresa adjudicataria deberá presentar por escrito cualquier propuesta de cambio de los planes de trabajo previstos para la instalación, que deberá ser remitido por el supervisor de la adjudicataria al Responsable del contrato derivado para su autorización.
## 12. MEDIO AMBIENTE
El servicio de limpieza que se menciona en este pliego ha de ser respetuoso con el entorno.
El adjudicatario se compromete a cumplir estrictamente la normativa del sistema de gestión medioambiental vigente y aquella que en un futuro pueda dictarse dentro del mismo ámbito, como ampliación, desarrollo o actualización del citado sistema; consecuentemente se atenderá a todas las directrices que en tal sentido formule la TGSS.
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El adjudicatario se compromete a:
- Promover el ahorro de recursos naturales (agua, luz, etc.)
- Limitar la aplicación de productos especialmente tóxicos o ambientalmente problemáticas.
- Identificar y corregir consumos excesivos.
- Realizar formación continua del personal para garantizar una correcta manipulación, dosificación y uso de los productos de limpieza y maquinaria, así como de los procedimientos de limpieza y gestión de residuos.
- Utilizar maquinaria respetuosa con el medio ambiente y la salud laboral.
- Reducir la generación de residuos durante el servicio y hacer una correcta gestión de los mismos, respetando la recogida selectiva existente en la instalación.
- Utilizar productos que no dañen el ambiente y de productos reciclados
El adjudicatario se compromete sin coste económico adicional para la TGSS a poner los medios necesarios para la retirada, y traslado al punto limpio y almacenamiento selectivo de residuos urbanos en origen. Todos los residuos retirados deberán ser manipulados y gestionados de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, o legislación vigente que sea de aplicación.
La empresa adjudicataria contemplará en estricto cumplimiento de los requisitos medioambientales legales que le aplican. En todo caso, la mencionada empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión de los residuos peligrosos.
En caso de incumplimientos de la normativa legal o requisitos medioambientales por parte de la empresa adjudicataria, la TGSS ostenta el derecho de adoptar las medidas adecuadas para resolver dicha situación. La empresa adjudicataria estará obligada a asumir los costes derivados de las acciones de control, mediación, gestión, prevención y corrección, originados por los incumplimientos en esta materia.
La TGSS podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales de las actividades a realizar al inicio de los trabajos, al finalizar y de carácter súbito durante el desarrollo de los mismos, debiendo la empresa adjudicataria facilitar las labores al personal encargado de realizar la inspección.
Queda prohibido realizar cualquier vertido o abandono de residuos en lugares no habilitados para ello.
La empresa adjudicataria está obligada a la recogida y gestión de sus RTP (Residuos Tóxicos Peligrosos). Queda terminantemente prohibida la mezcla entre RTP de distinta naturaleza y la dilución de residuos líquidos calificados RTP con agua o con cualquier otro efluente para su vertido.
Cuando se vaya a realizar algún trabajo que lleve aparejado el riesgo de vertido, derrame o salpicaduras o cuando trabaje con RTP, se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio o a la red de drenajes.
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La empresa adjudicataria tendrá la obligación de gestionar a su costa todos sus residuos especiales y/o peligrosos de forma independiente y siempre de acuerdo con la legislación vigente. La TGSS podrá solicitar a la empresa adjudicataria una copia de los documentos de control y seguimientos de sus residuos peligrosos o cualquier otra información que se considere oportuna referida a los mismos.
La empresa adjudicataria arbitrará las advertencias o instrucciones especiales respecto de la señalización e identificación de los contenedores de almacenamiento. El adjudicatario presentará las certificaciones de las que disponga la empresa que acrediten el cumplimiento de la legislación y la ejecución del servicio con buenas prácticas ambientales.
## 13. TASAS, LICENCIAS Y PERMISOS
Serán a cargo de la contratista todos los gastos derivados de la realización de las prestaciones que se contratan.
Por esta razón correrá a cargo de la contratista, tanto desde el punto de vista económico como desde el punto de vista de su gestión, toda tasa, licencia, permiso o de similar naturaleza que pudiere ser necesaria para el desempeño de las prestaciones contratadas, no pudiéndose presupuestar partidas independientes.
Castelló de la Plana, a la fecha de la firma EL DIRECTOR GENERAL P.D. EL DIRECTOR PROVINCIAL
Resolución de 23/07/2020 (BOE 04/08/2020),
modificada por Resolución de 27/11/2020 (BOE 04/12/2020)
MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
## 14. ANEXO I
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MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
| CENTRO | CATEGARÍA | CÓMPUTO SEMANAL |
|---------------------|-------------------|-------------------|
| BORRULL | Limpiador/a | 110 |
| CASTELLON AV. MAR 6 | Limpiador/a | 150 |
| CASTELLON AV. MAR 6 | Jefe/a de equipo | 30 |
| BENICARLO | Limpiador/a | 25 |
| ONDA | Limpiador/a | 25 |
| VILA REAL | Limpiador/a | 30 |
| TODOS LOS CENTROS | Peón especialista | 25 |
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| Empleado | Categoría | Centro de trabajo | jornada | computo semanal | horario | Observaciones |
|------------|-------------------|-------------------------------|-----------|-------------------|---------------------|----------------------|
| BL | Limpiador/a | BORRULL | 76,92 | 30 | L a V 10:00 a 16:00 | |
| LMMC | Limpiador/a | BORRULL | 51,28 | 20 | L a V 12:30 a 16:30 | |
| CMEM | Limpiador/a | BORRULL | 83,33 | 32,5 | L a V 7:15 a 13:45 | Baja IT |
| IBL | Limpiador/a | BORRULL | 19,23 | 7,5 | L a V 9:00 A 10:30 | Excedencia |
| MDN | Limpiador/a | BORRULL | 51,28 | 20 | L a V 7:15 a 11:50 | |
| MSA | Limpiador/a | BORRULL | 83,34 | 32,5 | L a V 7:15 a 13:45 | Sustituye IT |
| ENY | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 Y BORRULL | 83,33 | 32,5 | L a V 7:00 a 13:30 | Sustituye excedencia |
| BA | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 | 64,1 | 25 | L a V 7:00 a 12:00 | |
| GRT | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 | 64,1 | 25 | L a V 7:00 a 12:00 | |
| HSML | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 | 64,1 | 25 | L a V 7:00 a 12:00 | |
| UFL | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 | 64,1 | 25 | L a V 7:00 a 12:00 | |
| SRG | Limpiador/a | CASTELLON AV. MAR 6 | 64,1 | 25 | L a V 9:30 a 14:30 | |
| BBMI | Jefe/a de equipo | CASTELLON AV. MAR 6 | 76,92 | 30 | L a V 7:00 a 13:00 | |
| EGMR | Limpiador/a | BENICARLO | 64,1 | 25 | L a V 11:30 a 16:30 | |
| GSMC | Limpiador/a | ONDA | 64,1 | 25 | L a V 12:00 a 17:00 | |
| BCC | Limpiador/a | VILA REAL | 76,92 | 30 | L a V 10:30 a 16:30 | |
| CED | Peón especialista | TODOS LOS CENTROS | 64,1 | 25 | L a V 8:00 a 13:00 | |
## 15. ANEXO II
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MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA LIMPIEZA EN ALTURA.
## A. Condiciones de ejecución
## 1 Principios generales de prestación
La ejecución del servicio se realizará conforme a los principios de idoneidad técnica del medio de acceso, planificación previa de la tarea, minimización del riesgo, protección colectiva prioritaria cuando sea viable y utilización de procedimientos específicos para trabajos temporales en altura.
La empresa adjudicataria deberá organizar la prestación de forma que cada intervención quede previamente estudiada, definida y documentada, evitando improvisaciones operativas y garantizando la compatibilidad entre la técnica empleada, la configuración de la fachada, la presencia de usuarios y las condiciones ambientales.
## 2 Estudio previo y planificación de cada intervención
Con carácter previo al inicio de cada actuación, la adjudicataria deberá realizar una inspección técnica previa de la zona de trabajo, en la que se analizarán, al menos, los siguientes extremos:
1. Configuración geométrica de la fachada y de los paños acristalados.
2. Altura de trabajo, líneas de descenso y recorridos previstos.
3. Existencia, ubicación y resistencia documental o funcional de puntos de anclaje disponibles.
4. Presencia de aristas, salientes, voladizos, elementos cortantes o superficies susceptibles de generar rozamiento sobre cuerdas o equipos.
5. Interferencias con viario, accesos peatonales, zonas de aparcamiento, marquesinas, instalaciones, cableado, luminarias o mobiliario urbano.
6. Posibilidad de caída de objetos o escurridos sobre zonas transitadas.
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7. Necesidad de balizamiento, corte de paso o refuerzo de medidas de protección.
8. Condiciones meteorológicas previsibles y limitaciones operativas derivadas de viento, lluvia, humedad, radiación o temperatura.
Como resultado de dicho estudio, la empresa elaborará una secuencia de trabajo que defina, como mínimo, accesos, instalación de cabeceras, líneas de trabajo y de seguridad, sistema de comunicación, delimitación inferior, orden de limpieza, maniobras de progresión, puntos de reposicionamiento y protocolo de finalización y retirada.
## 3 Procedimiento de trabajo
Cada intervención deberá ejecutarse con arreglo a un procedimiento específico por escrito, firmado por técnico competente o responsable preventivo de la empresa, en el que figuren como mínimo:
- Identificación del edificio y de las zonas de actuación.
- Fecha prevista, horario y duración estimada.
- Personal interviniente y reparto de funciones.
- Técnica de acceso prevista y justificación de su idoneidad.
- Equipos a utilizar.
- Identificación de anclajes y protecciones de cuerda.
- Riesgos previsibles y medidas preventivas aplicables.
- Sistema de rescate y evacuación.
- Condiciones de suspensión inmediata de los trabajos.
Cuando la dirección del contrato lo requiera, dicho procedimiento deberá entregarse con antelación mínima suficiente para su comprobación.
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## 4 Idoneidad del sistema de acceso: plataforma elevadora 6 y/o líneas de vida con puntos de anclaje en el interior del edificio
La elección del sistema de acceso para la limpieza exterior de cristales deberá responder en todo caso a criterios de seguridad, viabilidad técnica, compatibilidad con la configuración del edificio y mínima afección al funcionamiento ordinario del centro.
A estos efectos, se considerarán sistemas de acceso admisibles, siempre que resulten técnicamente idóneos para la zona concreta de actuación y queden recogidos en el procedimiento específico de trabajo, los siguientes:
- a) Plataforma elevadora móvil de personal (PEMP).
- b) Sistemas de acceso, retención o posicionamiento vinculados a líneas de vida y/o puntos de anclaje situados en el interior del edificio.
La empresa adjudicataria deberá justificar documentalmente, antes de cada intervención, la adecuación del sistema elegido en función de:
altura de trabajo y alcance requerido;
geometría de la fachada y disposición de los paños acristalados;
condiciones del entorno exterior e interior de trabajo;
existencia de tránsito peatonal, tráfico rodado o zonas de acceso al edificio;
disponibilidad y estado de puntos de anclaje o zonas aptas para implantación de medios auxiliares;
posibilidad real de rescate y evacuación en caso de emergencia.
6 Ver cláusula primera del presente. Con carácter general no se incluyen limpiezas que precisen plataforma elevadora, no forma parte por tanto del presente contrato dicha maquinaria.
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No se admitirá la elección de un sistema de acceso basada exclusivamente en criterios económicos, de disponibilidad inmediata de equipos o comodidad operativa del contratista, si existe otra solución objetivamente más segura o más compatible con las condiciones del edificio.
## 4.1 Acceso mediante plataforma elevadora móvil de personal
Cuando la limpieza exterior se ejecute mediante plataforma elevadora, la adjudicataria deberá garantizar la idoneidad del equipo y de su implantación, quedando obligada a incluir dentro de su prestación todas las operaciones necesarias para un uso seguro, tales como:
comprobación previa de accesos, radios de giro, gálibos, desniveles, pendientes y resistencia del firme;
definición del punto o puntos de emplazamiento, maniobra, estabilización y reposicionamiento de la máquina;
balizamiento completo de la zona de implantación, barrido de trabajo y área de riesgo por movimiento o caída de objetos;
verificación de ausencia de interferencias con cableado, luminarias, marquesinas, arbolado, mobiliario urbano, vehículos o accesos de usuarios;
utilización de personal formado y autorizado para el manejo del tipo de PEMP empleado;
aplicación del procedimiento de emergencia del equipo, incluido descenso de emergencia y actuación ante avería;
utilización de los EPI exigibles para permanencia y trabajo en cesta, así como aseguramiento de herramientas y útiles.
La plataforma deberá ser adecuada, como mínimo, a la altura máxima de trabajo, alcance horizontal, carga útil, número de operarios, características del entorno y tipología de fachada a intervenir.
No podrá utilizarse plataforma elevadora cuando:
el firme no presente garantías suficientes de estabilidad o capacidad portante;
no exista espacio suficiente de implantación o reposicionamiento seguro;
la zona no pueda balizarse eficazmente;
existan interferencias no controlables con peatones, tráfico o accesos esenciales del edificio;
las condiciones meteorológicas hagan inseguro el trabajo o la estabilidad del equipo; cualquier otra circunstancia técnica o preventiva desaconseje su utilización.
En estos casos, la adjudicataria deberá proponer sistema alternativo admisible y técnicamente justificado, sin que ello suponga disminución del nivel de seguridad exigido.
4.2 Acceso mediante líneas de vida y puntos de anclaje situados en el interior del edificio
Cuando la limpieza exterior de cristales se realice mediante sistemas vinculados a líneas de vida, dispositivos de anclaje o puntos de fijación ubicados en el interior del edificio, la adjudicataria deberá verificar previamente la idoneidad real de dichos elementos para el uso previsto, así como su compatibilidad con el procedimiento de trabajo y con los equipos aportados.
A tal efecto, con carácter previo al inicio de la actuación, deberá comprobarse y documentarse, como mínimo:
ubicación exacta de los puntos de anclaje o líneas de vida utilizables;
accesibilidad y condiciones físicas de la dependencia interior desde la que se realizará la maniobra;
disponibilidad de documentación técnica, certificación, registro de mantenimiento o revisión periódica del sistema, cuando proceda;
compatibilidad entre el sistema existente y los equipos de conexión, retención, posicionamiento o anticaídas a emplear;
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necesidad de protecciones de borde, antirrozamiento, control de péndulo o limitación de recorrido;
viabilidad del procedimiento de rescate en las condiciones reales de uso.
La mera existencia de un punto de anclaje o línea de vida en el interior del edificio no implicará autorización automática para su utilización. La empresa adjudicataria será responsable de comprobar que su uso resulta adecuado al trabajo concreto, a la dirección de esfuerzos prevista, al número de usuarios simultáneos y al sistema de trabajo realmente implantado.
4.3 Condiciones de trabajo desde el interior del edificio
Cuando la maniobra de aseguramiento o acceso se apoye en espacios interiores, la adjudicataria deberá adoptar medidas específicas para evitar afecciones al inmueble y a sus usuarios, incluyendo al menos:
protección de pavimentos, carpinterías, marcos, vierteaguas y elementos sensibles en las zonas interiores empleadas;
control de acceso a despachos, salas, corredores o dependencias afectadas por la intervención;
señalización y, en su caso, cierre temporal de ventanas, huecos practicables o áreas con riesgo de caída al exterior;
prohibición de obstaculizar itinerarios de evacuación, salidas de emergencia o recorridos funcionales esenciales del centro;
mantenimiento del orden, limpieza y mínima ocupación imprescindible en las áreas interiores de maniobra;
coordinación horaria con la dirección del contrato para minimizar interferencias con la actividad administrativa y la atención al público.
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Asimismo, la adjudicataria deberá proteger las cuerdas, eslingas, conectores o elementos de unión frente a rozamientos, aristas, aplastamientos o trayectorias incompatibles con la seguridad del sistema.
## 4.4 Requisitos del procedimiento específico de trabajo
Cuando se utilice cualquiera de los sistemas de acceso contemplados en este apartado, el procedimiento específico de trabajo deberá definir expresamente:
sistema de acceso elegido y justificación de su idoneidad por zonas;
personal interviniente y funciones asignadas;
puntos de implantación, anclaje o apoyo previstos;
secuencia de montaje, uso, reposicionamiento y desmontaje;
medidas de balizamiento exterior e interior;
EPI y equipos de trabajo asociados;
medidas de protección de elementos constructivos y mobiliario;
sistema de comunicación entre los miembros del equipo;
criterios de suspensión inmediata por condiciones meteorológicas, fallos de equipo, interferencias o incidencias no previstas;
procedimiento de rescate y evacuación adaptado al sistema empleado.
No podrán iniciarse los trabajos sin que dicho procedimiento haya sido comunicado al personal interviniente y se encuentre disponible en la intervención.
## 4.5 Compatibilidad y uso combinado de sistemas
Cuando las características del edificio lo requieran, la adjudicataria podrá emplear de forma combinada plataforma elevadora y sistemas vinculados a anclajes interiores, siempre que:
se justifique técnicamente la necesidad o conveniencia de dicha combinación;
se delimiten con claridad las zonas de actuación de cada sistema;
se eviten interferencias entre equipos y maniobras;
el plan de emergencia y rescate contemple todos los escenarios operativos previstos.
La utilización combinada de sistemas no implicará reducción de las exigencias preventivas, documentales o de control establecidas en el presente pliego.
## 5 Delimitación y protección de zonas afectadas
Antes del inicio de los trabajos se procederá al balizamiento y señalización efectiva de la vertical de trabajo y de las zonas de riesgo, incluyendo, según proceda:
- Cierre perimetral con conos, vallas, cintas o elementos rígidos.
- Carteles informativos de 'trabajos en altura' o 'riesgo de caída de objetos'.
- Control de accesos de personas ajenas a la actividad.
- Protección de puertas de entrada, pasos frecuentes y zonas de estacionamiento.
- Coordinación específica con el responsable del centro cuando el trabajo afecte a acceso de público o itinerarios de evacuación.
La empresa adjudicataria deberá adaptar el balizamiento a la evolución de la maniobra, manteniendo en todo momento una zona de exclusión suficiente.
## 6 Condiciones meteorológicas y ambientales
Se prohíbe el inicio o continuidad de los trabajos cuando existan condiciones ambientales incompatibles con la seguridad o con la calidad del servicio. En particular, deberán suspenderse los trabajos cuando concurra cualquiera de las circunstancias siguientes:
- Rachas de viento que comprometan la estabilidad de los operarios, cuerdas, útiles o elementos suspendidos.
- Lluvia, tormenta eléctrica o previsión inmediata de las mismas.
- Escasa visibilidad.
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- Superficies mojadas o resbaladizas que impidan una maniobra segura.
- Temperatura extrema o radiación que pueda comprometer la capacidad operativa del personal.
- Cualquier otra circunstancia apreciada por el responsable de la intervención como incompatible con una ejecución segura.
La decisión de suspensión no generará derecho a sobrecoste alguno, debiendo reprogramarse la intervención conforme a las instrucciones de la dirección del contrato.
## 7 Productos, métodos y calidad de limpieza
Los productos empleados deberán ser compatibles con superficies acristaladas, carpinterías, sellados y remates, evitando formulaciones abrasivas, corrosivas o susceptibles de producir opacidad, decoloración, deterioro superficial o pérdida de estanqueidad.
- Se emplearán productos neutros o específicamente formulados para vidrio y aluminio lacado o anodizado.
- No podrán utilizarse útiles metálicos o abrasivos salvo autorización expresa y justificación técnica.
- El agua de limpieza no podrá producir vertidos incontrolados a zonas de paso o instalaciones.
- La retirada de suciedad persistente deberá realizarse con medios no agresivos y compatibles con el soporte.
El acabado final exigible será de superficie limpia, uniforme, sin velos, cercos, escurridos, sombras de secado, residuos adheridos ni marcas de útil perceptibles en condiciones normales de observación.
## 8 Régimen documental y cierre de intervención
Al finalizar cada actuación, la adjudicataria deberá dejar constancia documental de:
- Fecha y horario de ejecución.
- Personal interviniente.
- Zonas efectivamente limpiadas.
- Incidencias técnicas o preventivas detectadas.
- Consumibles o productos singulares empleados.
- Conformidad interna del jefe de equipo.
Igualmente deberá retirarse la totalidad de equipos, cuerdas, señalización, residuos y protecciones temporales, dejando expedita la zona de trabajo y restablecido el uso ordinario del edificio.
## B. Medios humanos mínimos
## 1 Dotación mínima por intervención
Para cada actuación se adscribirá, como mínimo, el siguiente equipo humano:
- 1 jefe de equipo o responsable de intervención, con experiencia acreditable en trabajos verticales y capacidad de dirección operativa in situ.
- 2 operarios especialistas en trabajos verticales, habilitados para la ejecución material de la limpieza en altura.
- 1 recurso preventivo, cuando sea exigible conforme a la normativa, a la evaluación de riesgos o a las condiciones concretas de la intervención.
Cuando la configuración del edificio, la simultaneidad de maniobras, la extensión de fachada o el plan de rescate lo requieran, la empresa deberá incrementar la dotación mínima anterior sin coste adicional para la Administración.
## 2 Funciones del jefe de equipo o responsable de intervención
1. Verificación previa de la documentación preventiva aplicable.
2. Comprobación de la idoneidad del sistema de acceso y de los anclajes previstos.
3. Distribución de tareas entre operarios.
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4. Comprobación del balizamiento y de la zona de exclusión.
5. Supervisión de maniobras de instalación, progresión, reposicionamiento y retirada.
6. Decisión de paralización ante condiciones inseguras.
7. Comunicación con la dirección del contrato o con la persona designada por el centro.
## 3 Cualificación y formación exigible
Todo el personal adscrito deberá acreditar documentalmente:
- Formación preventiva general correspondiente a su actividad.
- Formación teórica y práctica específica en trabajos temporales en altura y utilización de sistemas de acceso mediante cuerdas.
- Formación en uso, verificación previa y conservación de EPI contra caídas de altura.
- Formación e instrucción en procedimientos de rescate básico en suspensión.
- Información específica sobre los riesgos concretos del edificio y de la tarea.
La formación deberá ser suficiente, actualizada y adecuada a las funciones efectivamente desempeñadas. La dirección del contrato podrá requerir la exhibición o remisión de los certificados correspondientes antes del inicio del servicio.
## 4 Experiencia mínima recomendada
Se exige que el personal que ejecute materialmente la prestación cuente con experiencia real en limpieza vertical de cristales o en trabajos verticales de naturaleza equivalente. A efectos de solvencia operativa, se recomienda exigir:
- Mínimo 12 meses de experiencia efectiva para operarios especialistas.
- Experiencia previa como responsable de intervención o jefe de equipo en servicios análogos para quien asuma dicha función.
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La empresa será responsable de que la curva de aprendizaje del personal nunca recaiga sobre el centro objeto del contrato.
## 5 Aptitud física y vigilancia de la salud
El personal destinado a la ejecución deberá ser apto para trabajos en altura, de conformidad con la vigilancia de la salud aplicable y con las limitaciones propias del puesto. No podrá intervenir personal con restricciones médicas incompatibles con suspensión, maniobras de ascenso o descenso, manipulación de cargas ligeras en altura o permanencia prolongada en arnés.
## 6 Identificación, uniformidad y comportamiento operativo
El personal deberá acudir al centro correctamente uniformado, con identificación visible de la empresa, con equipos de protección individual completos y en adecuado estado, y con conducta profesional compatible con un edificio administrativo en funcionamiento.
Queda prohibido el acceso de personal no comunicado previamente, salvo sustituciones urgentes debidamente justificadas y autorizadas.
## 7 Sustituciones y continuidad del servicio
Las sustituciones de personal deberán garantizar nivel equivalente o superior de capacitación, experiencia y aptitud. La adjudicataria mantendrá una bolsa operativa de sustitución suficiente para cubrir ausencias sobrevenidas, incidencias o ampliaciones de dotación exigidas por la evaluación de riesgos.
## 8 Documentación nominal del personal adscrito
Antes del inicio de cada intervención, la empresa deberá poder aportar relación nominal del personal actuante, indicando para cada persona:
- Nombre y apellidos.
- Función asignada.
- Formación específica acreditada.
- Aptitud médica, cuando proceda.
- Fecha de última revisión o control interno de equipos individuales asignados.
## C. Medios materiales y técnicos mínimos
## 1 Principio general de suficiencia y adecuación
La empresa adjudicataria deberá disponer, en propiedad o con plena disponibilidad jurídica y operativa, de todos los equipos de trabajo, equipos de protección individual, útiles de limpieza, sistemas auxiliares y elementos de señalización necesarios para ejecutar el contrato en condiciones de seguridad, continuidad y calidad.
Todos los medios deberán ser adecuados a la configuración del edificio, a la altura de trabajo, a la exposición ambiental y a las características de los materiales a limpiar.
## 2 Equipos de acceso y posicionamiento mediante cuerdas
La dotación mínima incluirá, como mínimo y en número suficiente para el equipo operativo:
- Cuerdas semiestáticas o equivalentes adecuadas a trabajos verticales.
- Línea de trabajo y línea de seguridad independientes.
- Arneses anticaídas y de suspensión adecuados al tipo de maniobra.
- Descensores autoblocantes o sistemas equivalentes.
- Bloqueadores, anticaídas deslizantes, elementos de progresión y retención.
- Cabos de anclaje, conectores, mosquetones con cierre de seguridad y dispositivos de amarre.
- Cintas, anillos, repartidores de carga, desviadores, fraccionamientos y protecciones de cuerda.
- Dispositivos auxiliares para rescate o evacuación de operario suspendido.
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- Herramientas portaequipos y sistemas de aseguramiento de útiles para evitar su caída.
Todos los componentes del sistema deberán ser compatibles entre sí, utilizarse conforme a las instrucciones del fabricante y encontrarse dentro de su vida útil, trazabilidad y régimen de inspección.
## 3 Anclajes y cabeceras
La empresa adjudicataria deberá verificar previamente la disponibilidad e idoneidad de los puntos de anclaje existentes. Cuando deban emplearse anclajes temporales, líneas de vida portátiles u otras configuraciones auxiliares, estas deberán quedar técnicamente justificadas y montadas por personal competente.
No se permitirá el uso de elementos improvisados, no diseñados para la función resistente requerida, o cuya estabilidad y capacidad no hayan sido comprobadas previamente.
Las cabeceras de instalación deberán disponer de:
- Protección frente a aristas y rozamientos.
- Redundancia suficiente en función del sistema empleado.
- Configuración que evite péndulos o trayectorias peligrosas.
- Disposición que permita, en su caso, maniobra de rescate.
## 4 Equipos de protección individual
La empresa adjudicataria suministrará a su personal los EPI legal y técnicamente exigibles, adecuados al riesgo y a las condiciones ambientales de la intervención, incluyendo al menos:
- Casco con sistema de retención adecuado a trabajos en altura.
- Arnés anticaídas y, en su caso, de asiento o suspensión.
- Dispositivos anticaídas y elementos de amarre compatibles.
- Guantes adecuados a maniobra y manipulación de cuerdas.
- Calzado de seguridad antideslizante.
- Protección ocular cuando proceda por salpicaduras o partículas.
- Prendas de alta visibilidad cuando exista interferencia con tráfico o zonas de circulación.
- Ropa de trabajo adecuada a temperatura, roce y exposición solar.
La selección, ajuste, mantenimiento, reposición y uso de los EPI será responsabilidad íntegra de la adjudicataria.
## 5 Equipos auxiliares de limpieza
Para la ejecución material del servicio, la empresa deberá disponer, como mínimo, de:
- Mojadores, escurridores, racletas y gomas profesionales de distintas medidas.
- Pértigas o útiles auxiliares de aproximación donde proceda.
- Rascadores compatibles con vidrio, con uso restringido y controlado.
- Bayetas técnicas no abrasivas, paños de microfibra y útiles de secado.
- Recipientes estancos y portautensilios asegurados frente a caída.
- Sistemas dosificadores de producto.
- Equipos de aspiración o recogida auxiliar, cuando la configuración del trabajo lo requiera.
Los útiles deberán mantenerse limpios, en buen estado y reemplazarse cuando su desgaste pueda afectar al acabado o generar rayado del soporte.
## 6 Productos químicos y consumibles
Los productos de limpieza deberán:
- Contar con identificación comercial y ficha de datos de seguridad cuando resulte exigible.
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- Ser compatibles con vidrio, aluminio, acero inoxidable, juntas, siliconas y sellados presentes en fachada.
- Evitar compuestos que dejen residuos persistentes o generen deterioro del material.
- Almacenarse y transportarse de forma segura, evitando derrames.
No se permitirá la utilización de productos no identificados, mezclas improvisadas o sustancias incompatibles con un edificio de pública concurrencia.
## 7 Señalización, balizamiento y protección del entorno
La empresa dispondrá de medios suficientes para la delimitación efectiva de la zona de trabajo, incluyendo como mínimo:
- Conos, cintas y cartelería.
- Vallas portátiles o elementos equivalentes de separación física cuando la zona lo exija.
- Protectores de pavimento o elementos sensibles, si fueran necesarios.
- Sistemas de recogida o aseguramiento de útiles y recipientes.
## 8 Mantenimiento, revisiones e inspecciones
Todos los equipos deberán estar sometidos a un sistema de control interno que garantice:
- Inspección antes de cada uso por el operario.
- Revisión periódica documentada por persona competente.
- Retirada inmediata de equipos dañados, caducados o con comportamiento anómalo.
- Trazabilidad suficiente de los equipos críticos del sistema anticaídas y de suspensión.
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La dirección del contrato podrá requerir, antes o durante la prestación, evidencia documental de dichas revisiones.
## 9 Medios de comunicación y emergencia
Durante la ejecución, el equipo deberá disponer de medios de comunicación operativos entre sus miembros y con el exterior, así como de material básico de primera intervención y acceso rápido al procedimiento de emergencia y rescate.
## D. Seguridad y salud
## 1 Carácter esencial de la seguridad y salud
La seguridad y salud en la ejecución del contrato tendrá carácter de obligación esencial, de forma que cualquier incumplimiento grave o reiterado en esta materia podrá ser causa de paralización de los trabajos, imposición de penalidades o, en su caso, resolución contractual, sin perjuicio de otras responsabilidades que procedan.
La empresa adjudicataria deberá integrar la actividad preventiva en la organización del servicio, planificando la prestación con arreglo a los principios de la acción preventiva y a la normativa vigente aplicable a trabajos temporales en altura, utilización de equipos de trabajo y uso de equipos de protección individual.
## 2 Evaluación específica de riesgos
Antes del inicio de los trabajos, y siempre que cambien las condiciones de la actuación, la adjudicataria deberá disponer de una evaluación específica de riesgos de la tarea, que contemple al menos:
- Riesgo de caída de altura.
- Riesgo de caída de objetos, herramientas o residuos.
- Riesgo derivado de fallo de anclajes o de contacto de cuerdas con aristas.
- Riesgo por interferencia con usuarios del edificio, peatones o vehículos.
- Riesgo por condiciones meteorológicas adversas.
- Riesgo ergonómico derivado de suspensión y posturas forzadas.
- Riesgos asociados a productos de limpieza.
- Riesgos de rescate tardío o síndrome de suspensión, cuando proceda.
La evaluación deberá traducirse en medidas preventivas concretas, operativas y proporcionadas al trabajo real a ejecutar.
## 3 Planificación preventiva y procedimiento seguro
La evaluación específica deberá complementarse con una planificación preventiva de la intervención, incorporando:
1. Medios de acceso autorizados.
2. Secuencia de instalación y desmontaje.
3. Sistema de delimitación inferior.
4. Comprobaciones previas del estado de equipos y anclajes.
5. Distribución de funciones y designación de responsable.
6. Protocolo de comunicación.
7. Criterios de suspensión de la actividad.
8. Procedimiento de rescate y evacuación.
No podrá iniciarse ninguna actuación sin que el personal interviniente conozca y comprenda dicho procedimiento.
## 4 Principios operativos mínimos de seguridad
- Prohibición de trabajo en solitario en maniobras de suspensión mediante cuerdas.
- Utilización permanente y correcta de los EPI asignados.
- Empleo de doble sistema de seguridad en trabajos verticales, salvo solución equivalente técnicamente justificada.
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- Comprobación previa y continua del estado de cuerdas, anclajes, conectores y dispositivos.
- Aseguramiento de herramientas y útiles susceptibles de caída.
- Mantenimiento en todo momento de una zona de exclusión inferior.
- Suspensión inmediata ante condiciones inseguras o no previstas.
## 5 Rescate y emergencia
La empresa adjudicataria deberá disponer de un procedimiento de rescate específico y viable, adaptado al edificio y a la técnica de acceso utilizada, que permita una intervención rápida en caso de incidente, bloqueo, indisposición o suspensión inerte del operario.
Dicho procedimiento deberá definir:
- Responsables de activación.
- Medios materiales disponibles para rescate.
- Secuencia básica de actuación.
- Coordinación con servicios externos de emergencia, cuando proceda.
- Puntos de acceso y evacuación.
- Teléfonos de contacto y cadena de aviso.
La simple llamada a servicios externos no se considerará, por sí sola, plan de rescate suficiente.
## 6 Información, formación e instrucciones a los trabajadores
La empresa adjudicataria deberá garantizar que todo trabajador adscrito a la ejecución del contrato haya recibido, con carácter previo al inicio de la actividad y con actualización periódica, una formación teórica y práctica, suficiente, adecuada y específicamente centrada en las funciones que vaya a desempeñar, en los términos exigibles por la normativa preventiva.
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Dicha formación no podrá considerarse cumplida mediante acciones genéricas o meramente informativas, sino que deberá estar vinculada al puesto real, al sistema de acceso efectivamente utilizado, a los equipos concretos empleados, al procedimiento de trabajo aprobado y a los riesgos específicos del edificio y de la intervención. La Ley 31/1995 exige que la formación preventiva sea teórica y práctica, suficiente y adecuada, centrada específicamente en el puesto o función, adaptada a la evolución de los riesgos y repetida periódicamente cuando sea necesario; además, el RD 1215/1997 obliga a que los trabajadores reciban formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de los equipos de trabajo y prevé formación específica para quienes los utilicen en condiciones que requieran particular conocimiento. (boe.es)
## 6.1 Formación preventiva mínima común para todo el personal interviniente
Con independencia del sistema de acceso que se emplee en cada intervención, todo trabajador adscrito al servicio deberá acreditar formación específica, actualizada y suficiente, al menos, en las siguientes materias:
1. riesgos generales y específicos asociados a la limpieza exterior de cristales en altura;
2. riesgos derivados de caída a distinto nivel, caída de objetos, golpes, atrapamientos, cortes, sobreesfuerzos, exposición a condiciones meteorológicas y uso de productos de limpieza;
3. medidas preventivas generales aplicables al servicio;
4. lectura, comprensión y aplicación del procedimiento de trabajo específico;
5. normas de acceso, circulación, permanencia y actuación dentro del centro de trabajo;
6. balizamiento, señalización y control de la zona de exclusión;
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7. uso correcto, limitaciones, ajustes, conservación y comprobación previa de los equipos de protección individual;
8. detección y comunicación de condiciones inseguras, incidencias, anomalías y casi accidentes;
9. pautas básicas de emergencia, evacuación, primeros auxilios y activación del rescate.
La empresa deberá poder acreditar documentalmente el contenido, duración, fecha y modalidad de la formación impartida, así como la identidad de los trabajadores formados.
## 6.2 Formación específica para trabajos en altura y protección contra caídas
Todo trabajador que intervenga materialmente en la limpieza exterior con riesgo de caída de altura deberá haber recibido formación específica para trabajos temporales en altura, con contenido teórico-práctico suficiente sobre:
- evaluación básica del entorno de trabajo en altura;
- selección del medio de acceso más seguro en función de la tarea;
- principios de protección colectiva frente a protección individual;
- uso de sistemas anticaídas, de retención y de posicionamiento;
- comprobación previa del estado de arneses, conectores, cuerdas, dispositivos móviles, cabos y puntos de conexión;
- control del riesgo de péndulo, rozamiento, corte, efecto borde y caída de herramientas;
- limitaciones de trabajo por viento, lluvia, tormenta u otras condiciones ambientales adversas;
- actuación ante suspensión inerte y otras emergencias específicas de altura.
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Esta exigencia resulta coherente con el régimen de trabajos temporales en altura del RD 2177/2004, que impone la elección del medio de acceso más adecuado según frecuencia de circulación, altura y duración, la prioridad de las medidas de protección colectiva y la necesidad de que la solución elegida permita la evacuación en caso de peligro inminente. (boe.es)
## 6.3 Formación específica para utilización de plataforma elevadora móvil de personal (PEMP)
Cuando en una intervención se utilice una plataforma elevadora móvil de personal (PEMP), el personal que la maneje o permanezca operativamente en ella deberá disponer de formación específica, teórica y práctica, adecuada al tipo de máquina y al uso previsto.
Como contenido mínimo exigible, dicha formación deberá abarcar:
1. tipologías de PEMP, prestaciones, limitaciones y usos autorizados;
2. lectura y aplicación del manual del fabricante;
3. inspecciones previas al uso y comprobaciones funcionales básicas;
4. implantación, estabilización, nivelación y verificación del entorno de trabajo;
5. riesgos de vuelco, colisión, atrapamiento, caída de personas y caída de objetos;
6. normas de acceso y permanencia en cesta;
7. utilización correcta de sistemas de retención o anticaídas cuando procedan;
8. conducción, traslación, elevación, posicionamiento y reposicionamiento seguros;
9. actuación ante alarmas, fallo de energía, avería, rescate o descenso de emergencia;
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10. prohibiciones específicas del equipo, incluidas las relativas a salir de la plataforma en posición elevada cuando no esté previsto por el fabricante y por el procedimiento seguro.
La reserva de manejo de la PEMP a trabajadores designados con formación específica adecuada está expresamente recogida por el INSST, que recuerda además la necesidad de atender a las instrucciones del fabricante. (insst.es)
A efectos del presente pliego, se exigirá además que la formación en PEMP esté referida, de forma proporcionada, a la categoría, configuración y modo de utilización reales del equipo que vaya a emplearse en la intervención, sin perjuicio de acreditaciones o experiencias equivalentes debidamente justificadas por la empresa.
## 6.4 Formación específica para utilización de líneas de vida y puntos de anclaje situados en el interior del edificio
Cuando la limpieza se realice mediante sistemas vinculados a líneas de vida, anclajes interiores, sistemas anticaídas, de retención o de posicionamiento, el personal deberá acreditar formación específica y práctica suficiente sobre:
1. tipologías y principios de funcionamiento de líneas de vida y puntos de anclaje;
2. criterios de compatibilidad entre anclajes, conectores, absorbedores, dispositivos anticaídas y arneses;
3. verificación previa, inspección visual y detección de anomalías del sistema;
4. limitaciones de uso derivadas de dirección de carga, número de usuarios, ángulo de trabajo, factor de caída y efecto péndulo;
5. necesidad y colocación de protecciones de borde o antirrozamiento;
6. técnicas seguras de aproximación, posicionamiento y trabajo desde huecos o zonas interiores;
7. protección de huecos, ventanas practicables y áreas interiores afectadas;
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8. medidas para evitar caída de herramientas, objetos o vertidos al exterior;
9. procedimiento de emergencia y rescate asociado al sistema implantado.
No será admisible adscribir a estos trabajos personal que solo acredite formación preventiva general o experiencia inespecífica sin capacitación concreta en sistemas de protección contra caídas y en el uso operativo de los equipos efectivamente implantados.
## 6.5 Formación específica para técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, cuando proceda
Cuando, de forma excepcional y conforme al procedimiento aprobado, se utilicen técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas o trabajos verticales, la empresa adjudicataria deberá acreditar que los trabajadores afectados han recibido formación adecuada y específica para las operaciones previstas.
Como mínimo, dicha formación deberá cubrir los contenidos que el RD 2177/2004 enumera expresamente para estas técnicas:
- progresión mediante cuerdas y sobre estructuras;
- sistemas de sujeción;
- sistemas anticaídas;
- cuidado, mantenimiento y verificación del equipo de trabajo y de seguridad;
- técnicas de salvamento de personas accidentadas en suspensión;
- medidas de seguridad frente a condiciones meteorológicas que puedan afectar a la seguridad;
- técnicas seguras de manipulación de cargas en altura. (boe.es)
## 6.6 Formación específica en rescate y actuación en emergencia
Al menos el personal designado como jefe de equipo, responsable de intervención y cuantos trabajadores deban intervenir en primera respuesta deberán disponer de formación práctica suficiente en:
- identificación de situaciones que obliguen a activar rescate;
- maniobras básicas de auxilio a trabajador suspendido o bloqueado;
- uso de kits o medios de rescate previstos en la intervención;
- coordinación con servicios externos de emergencia;
- comunicación interna y cadena de aviso;
- limitaciones de la actuación propia y criterios de no agravamiento del accidente.
La formación en rescate deberá ser coherente con el procedimiento de emergencia realmente previsto en el contrato y no podrá quedar reducida a una mera mención documental sin entrenamiento práctico asociado.
## 6.7 Reciclaje, actualización y formación por cambio de condiciones
La empresa adjudicataria deberá impartir formación de reciclaje o actualización siempre que concurra cualquiera de las circunstancias siguientes:
- incorporación de nuevo personal al servicio;
- cambio de funciones o de sistema de acceso;
- introducción de nuevos equipos de trabajo o de protección;
- modificación del procedimiento operativo;
- detección de deficiencias preventivas, incidentes o casi accidentes que evidencien necesidad de refuerzo formativo;
- transcurso de un periodo que aconseje actualización práctica de conocimientos críticos.
La formación deberá repetirse con la periodicidad necesaria para mantener la competencia operativa real del personal, conforme al artículo 19 de la Ley 31/1995. (boe.es)
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## 6.8 Acreditación documental de la formación
Antes del inicio de los trabajos, y siempre que sea requerido por la dirección del contrato o por el sistema de CAE del centro, la adjudicataria deberá aportar o mantener disponible, respecto de cada trabajador interviniente:
- certificado, diploma o registro de formación recibida;
- identificación del curso o acción formativa;
- contenidos impartidos;
- duración;
- fecha de realización;
- entidad impartidora o responsable interno competente;
- evidencia de parte práctica cuando resulte exigible por la naturaleza del equipo o maniobra.
La Administración podrá rechazar la adscripción de personal cuya formación resulte insuficiente, desactualizada, no trazable o incongruente con las funciones realmente asignadas en la intervención.
## 6.9 Instrucciones operativas previas a cada intervención
Además de la formación general y específica anteriormente indicada, la empresa adjudicataria deberá impartir, antes de cada actuación, una instrucción operativa específica o charla previa de tarea, en la que se recordarán al menos:
- zonas exactas de trabajo;
- sistema de acceso seleccionado;
- riesgos singulares de la jornada;
- medidas de balizamiento interior y exterior;
- asignación de funciones del equipo;
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- procedimiento de comunicación y rescate;
- criterios de paralización por condiciones inseguras.
Dicha instrucción deberá quedar trazable, al menos mediante parte interno, listado de asistentes, hoja de firma o registro equivalente.
## 7 Equipos de trabajo y EPI
Todos los equipos de trabajo y protección utilizados deberán ser adecuados al riesgo, mantenerse en correcto estado y emplearse conforme a su manual, marcado reglamentario, limitaciones de uso y periodicidades de revisión.
No podrán utilizarse equipos deteriorados, modificados sin autorización, fuera de vida útil o sin trazabilidad suficiente en los casos en que esta resulte exigible por su criticidad preventiva.
## 8 Vigilancia, supervisión e interrupción de trabajos
La empresa adjudicataria deberá establecer un sistema de supervisión efectiva durante la intervención. El responsable del contrato podrá ordenar la suspensión inmediata de los trabajos cuando aprecie:
- Ausencia o insuficiencia de balizamiento.
- Falta de documentación preventiva exigible.
- Utilización incorrecta de EPI o equipos.
- Condiciones meteorológicas incompatibles con la seguridad.
- Afección indebida al funcionamiento del centro o a terceros.
- Cualquier otra circunstancia que implique riesgo grave o inminente.
La suspensión por motivos preventivos no generará compensación económica alguna a favor de la adjudicataria cuando la causa sea imputable a esta.
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## 9 Accidentes, incidentes y no conformidades preventivas
La empresa adjudicataria deberá comunicar de forma inmediata a la dirección del contrato cualquier accidente, incidente, casi accidente, daño material o anomalía preventiva producida durante la ejecución.
Además, deberá emitir informe escrito cuando se produzca cualquier evento relevante, indicando:
- Fecha y hora.
- Personal implicado.
- Descripción de los hechos.
- Causas apreciadas.
- Medidas correctoras adoptadas.
- Acciones preventivas para evitar su repetición.
## 10 Coordinación con la Administración y cumplimiento normativo
La empresa adjudicataria vendrá obligada a cumplir íntegramente la normativa de prevención de riesgos laborales que resulte de aplicación, así como las instrucciones de coordinación y acceso dictadas por la Administración contratante.
El cumplimiento formal de la documentación preventiva no eximirá a la empresa de su responsabilidad plena sobre la seguridad real y efectiva de la actividad ejecutada.
## 11 Incumplimientos preventivos de carácter esencial
Tendrán la consideración de incumplimientos esenciales en materia de seguridad y salud, a efectos contractuales, los siguientes:
1. El inicio de trabajos sin evaluación específica, procedimiento de trabajo o documentación preventiva exigible.
2. La ausencia de sistema de rescate específico o su manifiesta inviabilidad operativa.
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3. La utilización de personal sin formación adecuada, sin aptitud para trabajos en altura o no comunicado previamente cuando ello sea exigible.
4. La ejecución de maniobras sin línea de seguridad, sin balizamiento suficiente o sin aseguramiento de herramientas y útiles con riesgo de caída.
5. La utilización de anclajes, EPI o equipos de trabajo cuya idoneidad no haya sido comprobada o que presenten deficiencias visibles.
6. La negativa a paralizar los trabajos ante una situación de riesgo grave, inminente o no controlado.
7. La ocultación de accidentes, incidentes o anomalías preventivas relevantes.
8. La reiteración de incumplimientos preventivos leves o graves advertidos previamente por la dirección del contrato.
La apreciación de cualquiera de estos supuestos facultará a la Administración para ordenar la suspensión inmediata de los trabajos, exigir la subsanación, imponer las penalidades que correspondan y, en su caso, promover la resolución contractual si el incumplimiento reviste gravedad suficiente o resulta reiterado.
## 12 Subsanación y medidas correctoras
Cuando se detecten deficiencias preventivas no constitutivas, por sí solas, de causa directa de suspensión definitiva, la dirección del contrato podrá requerir a la adjudicataria la adopción inmediata de medidas correctoras, fijando un plazo de subsanación ajustado a la naturaleza del riesgo detectado.
La reanudación de los trabajos quedará condicionada a la verificación de que las deficiencias han sido corregidas de forma efectiva y documentada.
## E. Coordinación de actividades empresariales
## 1 Objeto y alcance de la coordinación
La ejecución del presente contrato quedará sometida, con carácter obligatorio, al régimen de coordinación de actividades empresariales (CAE) que resulte aplicable en función de la concurrencia de personal propio de la Administración, personal de la empresa adjudicataria, eventuales empresas subcontratistas autorizadas, trabajadores autónomos y cualesquiera otros terceros que desarrollen actividades en el mismo centro de trabajo.
## La CAE tendrá por finalidad:
1. Prevenir los riesgos derivados de la concurrencia de actividades en el centro.
2. Garantizar el intercambio eficaz de información preventiva relevante.
3. Asegurar que las instrucciones del titular del centro sean conocidas y aplicadas.
4. Verificar que las empresas concurrentes actúan con procedimientos, medios y personal compatibles con la seguridad del inmueble y de sus usuarios.
5. Establecer mecanismos de control, seguimiento, comunicación de incidencias y respuesta ante emergencias.
La coordinación no se entenderá cumplida mediante la mera remisión formal de documentos, sino mediante una gestión efectiva, suficiente y actualizada de la información preventiva y de las condiciones reales de la actividad.
## 2 Principios de actuación en CAE
- Suficiencia y veracidad de la información preventiva aportada.
- Actualización inmediata cuando cambien las condiciones de trabajo, los medios, el personal o los riesgos.
- Trazabilidad documental.
- Designación clara de interlocutores.
- Prioridad de la seguridad real sobre la simplificación administrativa.
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- Suspensión de la actividad cuando la coordinación resulte insuficiente para controlar el riesgo.
## 3 Intercambio previo de información preventiva
Con antelación suficiente al inicio de los trabajos, la empresa adjudicataria deberá aportar la documentación exigida por la Administración contratante en materia de CAE, y en todo caso aquella que resulte necesaria para acreditar que la actividad puede desarrollarse con garantías de seguridad.
Con carácter mínimo, y sin perjuicio de ampliaciones justificadas, la adjudicataria deberá poner a disposición de la Administración:
1. Identificación de la empresa, CIF, domicilio y persona responsable de la intervención.
2. Relación nominal del personal actuante, con indicación de funciones.
3. Evaluación específica de riesgos y planificación preventiva de la actividad contratada.
4. Procedimiento de trabajo y, en su caso, procedimiento de rescate.
5. Acreditación de formación e información preventiva del personal.
6. Aptitud para el puesto de trabajo, cuando proceda.
7. Relación de equipos de trabajo y EPI críticos, con constancia de revisiones vigentes.
8. Fichas de datos de seguridad de los productos a emplear, cuando resulte exigible.
9. Póliza de seguro de responsabilidad civil y acreditación de vigencia.
10. Declaración de subcontratistas o autónomos participantes, si existieran.
11. Cualquier otra documentación razonablemente requerida por la unidad promotora o por el sistema de CAE del centro.
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La información deberá ser suficientemente precisa para permitir la identificación de los riesgos que la actividad contratada pueda generar a terceros y de los riesgos propios del centro que puedan afectar al personal de la adjudicataria.
## 4 Información e instrucciones a facilitar por la Administración titular del centro
La Administración contratante facilitará, por sí o mediante el canal de CAE que tenga implantado, la información e instrucciones preventivas del centro que resulten necesarias para el desarrollo seguro de la actividad contratada, incluyendo, cuando proceda:
- Normas de acceso, permanencia y circulación interior o exterior.
- Restricciones horarias y operativas.
- Zonas sensibles o de acceso limitado.
- Condicionantes de evacuación y emergencia.
- Riesgos propios del centro que puedan afectar a la ejecución de la prestación.
- Requisitos de balizamiento, protección del entorno y comunicación con responsables del edificio.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a trasladar dichas instrucciones a todo su personal y a garantizar su cumplimiento efectivo.
## 5 Determinación de medios de coordinación
Atendiendo a la especialidad de los trabajos en altura y a la posible concurrencia con usuarios del edificio, la coordinación de actividades empresariales se articulará, como mínimo, mediante los siguientes medios:
1. Intercambio documental previo a través del canal o plataforma de CAE que determine la Administración.
2. Validación o control de acceso condicionado a la suficiencia documental y preventiva.
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3. Designación de interlocutor técnico por parte de la adjudicataria para todas las cuestiones de CAE.
4. Reunión o comunicación operativa previa cuando la complejidad, el riesgo o la afección al centro lo aconsejen.
5. Instrucciones específicas de trabajo emitidas por la Administración cuando existan condicionantes singulares del inmueble o de la jornada de actuación.
6. Seguimiento durante la ejecución por parte de la persona responsable del contrato o persona designada.
7. Comunicación inmediata de incidencias, accidentes o cambios relevantes.
## 6 Interlocutores y responsables de coordinación
La empresa adjudicataria designará, antes del inicio de la prestación, un interlocutor único en materia de CAE, con capacidad real de gestión y respuesta, que actuará como cauce ordinario de relación con la Administración contratante.
Dicho interlocutor deberá:
- Recibir y canalizar los requerimientos documentales.
- Verificar la vigencia y suficiencia de la documentación del personal y de los equipos.
- Coordinar la presencia de subcontratas o autónomos autorizados.
- Comunicar cambios de personal, medios, procedimientos o calendario.
- Asegurar que la información preventiva del centro ha sido trasladada a todos los intervinientes.
- Atender incidencias y requerimientos de subsanación.
Cuando la Administración lo considere necesario por la naturaleza de la actuación, podrá exigir además la presencia o designación expresa de una persona encargada de la coordinación de actividades preventivas.
## 7 Régimen de acceso al centro de trabajo
El acceso del personal de la adjudicataria al centro quedará condicionado a la previa validación de la documentación CAE exigible. La Administración podrá denegar el acceso, total o parcial, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Documentación incompleta, caducada, inconsistente o manifiestamente insuficiente.
- Discrepancias entre el personal comunicado y el efectivamente desplazado al centro.
- Falta de acreditación de formación, aptitud o revisión de equipos críticos.
- Ausencia de procedimiento de trabajo o de rescate cuando resulten necesarios.
- Incorporación de subcontratas o autónomos no autorizados o no documentados.
- Existencia de condiciones no comunicadas que alteren de forma relevante el escenario preventivo.
La denegación de acceso por causas imputables a la adjudicataria no generará derecho a indemnización ni ampliación automática de plazos.
## 8 Subcontratación y trabajadores autónomos
La empresa adjudicataria no podrá incorporar subcontratistas o trabajadores autónomos a la ejecución del contrato sin cumplir, además de las condiciones contractuales generales, los requisitos documentales y preventivos de CAE exigibles en el centro.
En caso de subcontratación autorizada, la adjudicataria asumirá frente a la Administración la responsabilidad de:
1. Exigir y revisar la documentación preventiva de la empresa subcontratada o del autónomo.
2. Trasladarles las instrucciones del centro y del contrato.
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3. Verificar la compatibilidad de sus procedimientos con los medios de coordinación establecidos.
4. Garantizar que no acceden al centro sin validación previa.
5. Controlar que cualquier modificación de personal, medios o planificación sea comunicada con antelación suficiente.
La participación de terceros no reducirá ni desplazará la responsabilidad principal de la adjudicataria en materia de ejecución contractual y coordinación preventiva.
## 9 Actualización de la información y gestión de cambios
Toda variación relevante respecto de la documentación presentada inicialmente deberá ser comunicada de inmediato a la Administración contratante. Se considerarán, entre otros, cambios relevantes:
- Sustitución o incorporación de trabajadores.
- Modificación del procedimiento de trabajo.
- Cambio de equipos críticos o de sistemas de anclaje.
- Utilización de productos distintos de los inicialmente declarados.
- Alteraciones de fecha, horario o zona de trabajo con incidencia preventiva.
- Aparición de nuevas circunstancias de riesgo detectadas en la inspección previa.
No podrán ejecutarse cambios sustanciales sin su previa evaluación preventiva y, cuando proceda, sin la validación del responsable del contrato o del canal de CAE habilitado.
## 10 Reuniones, comunicaciones y registros
La Administración podrá convocar reuniones de coordinación previas a la intervención, especialmente cuando concurran riesgo especial, afección a la atención al público, coincidencia con otras contratas o necesidad de medidas singulares de balizamiento y protección.
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De tales reuniones, así como de los requerimientos, incidencias o comunicaciones preventivas relevantes, podrá dejarse constancia en acta, correo, plataforma CAE o cualquier medio que permita acreditar su contenido y fecha.
La empresa adjudicataria deberá conservar y mantener accesible, durante toda la vigencia del contrato y el plazo legalmente exigible, la documentación preventiva y de coordinación vinculada a cada intervención.
## 11 Incidencias, no conformidades y accidentes
La empresa adjudicataria deberá comunicar de forma inmediata a la Administración cualquier incidencia preventiva, accidente, casi accidente, daño material, incumplimiento detectado o situación de riesgo observada durante la ejecución.
Cuando la incidencia sea relevante, deberá remitir además un informe escrito que incluya:
- Descripción del hecho.
- Fecha, hora y localización.
- Personal implicado.
- Causas aparentes o concurrentes.
- Medidas inmediatas adoptadas.
- Acciones correctoras y preventivas propuestas.
La Administración podrá requerir la revisión del procedimiento de trabajo o de los medios de coordinación antes de autorizar nuevas intervenciones.
## 12 Facultades de control de la Administración
La Administración contratante, a través de la persona responsable del contrato o de quien se designe, podrá:
- Comprobar la suficiencia de la documentación CAE aportada.
- Requerir aclaraciones, correcciones o ampliaciones documentales.
- Verificar la coincidencia entre documentación y medios reales desplegados.
- Impartir instrucciones preventivas relacionadas con el centro de trabajo.
- Suspender o impedir el inicio de los trabajos cuando la coordinación resulte insuficiente o defectuosa.
- Dejar constancia de incumplimientos y proponer la imposición de penalidades contractuales.
Estas facultades de control no suponen asunción por la Administración de la dirección técnica de la actividad del contratista ni traslado de la responsabilidad preventiva que corresponde a éste respecto de su personal y de la ejecución material de los trabajos.
## 13 Incumplimientos específicos en materia de CAE
- La aportación de documentación inexacta, incompleta o caducada.
- El acceso al centro de personal no validado o no comunicado.
- La falta de traslado al personal de las instrucciones preventivas del centro.
- La incorporación de subcontratas o autónomos sin validación previa.
- La omisión de comunicar cambios relevantes con incidencia preventiva.
- La no comunicación inmediata de incidencias o accidentes.
- La reiteración de requerimientos de subsanación por la misma causa.
Cuando tales incumplimientos afecten de forma relevante al control del riesgo, podrán calificarse como graves o muy graves a efectos del régimen de penalidades y de lo previsto en los apartados 10 y 15 del presente pliego.
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## 14 Condición de eficacia previa al inicio de la prestación
La acreditación satisfactoria del cumplimiento de las obligaciones de CAE tendrá la consideración de condición previa necesaria para el inicio de cada intervención. En consecuencia, ningún trabajo podrá comenzar sin que la documentación exigible esté aportada, actualizada y, en su caso, validada por el sistema de coordinación establecido para el centro.
## F. Solvencia técnica mínima recomendada
1. Relación de los principales servicios de limpieza vertical de cristales o trabajos verticales similares ejecutados en los últimos tres años, con indicación de importe, fechas y destinatario público o privado.
2. Acreditación de disponer de personal especializado en trabajos verticales y prevención de riesgos laborales.
3. Declaración de disponibilidad de equipos y medios materiales adecuados para la ejecución del contrato.
4. Póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor.
## G. Control de calidad y conformidad del servicio
Cada intervención será objeto de comprobación por la persona responsable del contrato o por quien se designe.
Se considerará prestación conforme cuando las superficies queden limpias y transparentes, sin velos, marcas, cercos ni escurridos visibles a distancia normal de inspección; no existan restos de suciedad en marcos, remates y zonas inmediatas incluidas en el alcance; se haya ejecutado el servicio sin incidencias de seguridad ni daños al edificio; y se haya retirado totalmente la señalización, residuos y medios auxiliares al finalizar.
Cuando se detecten defectos de ejecución, la empresa adjudicataria deberá subsanarlos sin coste adicional en el plazo máximo de 48 horas o en el plazo que determine la dirección del contrato según la urgencia.
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## H. Responsable del contrato
La Tesorería General de la Seguridad Social designará una persona responsable del contrato, que ejercerá las funciones de supervisión, comprobación, coordinación e interlocución con la adjudicataria.
## I. Normativa applicable
## II. Normativa básica de prevención de riesgos laborales
En materia de seguridad y salud, será de aplicación, con carácter general, la normativa preventiva vigente y, en particular:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en cuanto resulte aplicable.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, así como sus modificaciones vigentes.
- Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
- Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales.
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## · Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997 en materia de trabajos temporales en altura.
## III. Normativa específica vinculada a equipos, accesos y sistemas de protección
Sin perjuicio de la normativa anterior, la empresa adjudicataria deberá cumplir igualmente:
1. las instrucciones del fabricante, manuales de uso, mantenimiento, revisiones reglamentarias y limitaciones operativas de las plataformas elevadoras, equipos anticaídas, líneas de vida, anclajes, arneses, conectores, dispositivos de sujeción y demás equipos empleados;
2. las exigencias documentales y técnicas aplicables a los puntos de anclaje, líneas de vida y sistemas de protección contra caídas instalados o disponibles en el edificio;
3. la normativa o reglamentación técnica vigente que resulte de aplicación a los equipos de elevación, a los equipos de protección individual y a cualesquiera otros medios auxiliares utilizados durante la prestación;
4. las instrucciones internas del centro en materia de acceso, seguridad, circulación, coordinación y protección del inmueble.
## IV. Criterios técnicos, guías y normas de referencia
Tendrán la consideración de criterios técnicos de referencia, en la medida en que resulten aplicables y sin perjuicio del rango normativo prevalente de las disposiciones legales y reglamentarias, las guías técnicas, notas técnicas de prevención, instrucciones, criterios interpretativos y documentos técnicos publicados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y por otros órganos competentes en materia preventiva o de contratación pública.
Asimismo, podrán tomarse como referencia complementaria las normas UNE, UNE-EN o equivalentes que resulten de aplicación a plataformas elevadoras, sistemas anticaídas, anclajes, líneas de vida, revisión de equipos y procedimientos de trabajo en altura, siempre que ello no contradiga la normativa legal o reglamentaria vigente ni sustituya las obligaciones mínimas exigibles por ésta.
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## V. Obligación de actualización y prevalencia normativa
La adjudicataria quedará obligada a adaptar la ejecución del contrato a cualquier modificación normativa que entre en vigor durante la vigencia del mismo y que resulte aplicable al objeto de la prestación, sin necesidad de requerimiento expreso por parte de la Administración, salvo que de dicha adaptación se deriven prestaciones no previstas cuya tramitación deba ajustarse al régimen legal correspondiente.
En caso de contradicción entre el contenido del presente pliego y una disposición legal o reglamentaria de obligado cumplimiento, prevalecerá en todo caso esta última, entendiéndose el pliego automáticamente integrado y completado por la normativa vigente aplicable.
## Anexo I. Documentación mínima a aportar por la adjudicataria antes del inicio
1. Identificación de la empresa y persona de contacto.
2. Relación del personal adscrito.
3. Justificantes de formación en trabajos verticales y PRL.
4. Aptitud médica del personal, cuando proceda.
5. Evaluación específica de riesgos.
6. Procedimiento de trabajo.
7. Plan o protocolo de rescate y emergencia.
8. Certificados de revisión de equipos y EPI.
9. Póliza de responsabilidad civil y recibo en vigor.
10. Declaración responsable de cumplimiento normativo.
11. Fichas de datos de seguridad de los productos a utilizar.
12. Plan de balizamiento y señalización de zonas.
## Anexo II. Acta orientativa de conformidad de cada intervención
- Fecha de intervención:
- Empresa adjudicataria:
- Personal actuante:
- Zonas limpiadas:
- Incidencias:
- Observaciones:
- Resultado: Conforme / No conforme
- Firma responsable del contrato:
## Anexo III. Tabla de documentación obligatoria previa al inicio de cada intervención
| Documento requisito | Contenido mínimo exigible | Responsable de aportación | Momento de entrega / disponibilidad |
|------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|---------------------------------------|
| Comunicación de intervención | Fecha, horario, zonas de trabajo, equipo actuante responsable de intervención | Empresa adjudicataria | Antes del inicio de cada actuación |
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| Documento / requisito | Contenido mínimo exigible | Responsable de aportación | Momento de entrega / disponibilidad |
|----------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------|
| Procedimiento específico de trabajo | Secuencia operativa, técnica de acceso, medios, balizamiento, riesgos y medidas preventivas | Empresa adjudicataria | Antes del inicio; con antelación previa cuando lo requiera la dirección del contrato |
| Evaluación específica de riesgos | Riesgos reales de la tarea y medidas preventivas aplicables | Empresa adjudicataria | Vigente y disponible antes del inicio |
| Plan o protocolo de rescate | Medios, responsables, secuencia de rescate, cadena de aviso y coordinación exterior | Empresa adjudicataria | Antes del inicio y disponible in situ |
| Relación nominal del personal adscrito | Nombre, función y personal efectivamente interviniente | Empresa adjudicataria | Antes del acceso al centro |
| Acreditación de formación específica | Formación en trabajos en altura, uso de EPI y procedimientos de seguridad | Empresa adjudicataria | Disponible para comprobación antes del inicio |
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| Documento / requisito | Contenido mínimo exigible | Responsable de aportación | Momento de entrega / disponibilidad |
|------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|----------------------------------------------------------|
| Aptitud para el puesto | Acreditación de aptitud para trabajos en altura, cuando proceda | Empresa adjudicataria | Disponible antes del inicio |
| Certificados o registros de revisión de equipos | Estado de revisión de EPI, cuerdas, conectores, dispositivos y equipos críticos | Empresa adjudicataria | Vigentes y disponibles antes del inicio |
| Póliza de responsabilidad civil y justificante de vigencia | Cobertura suficiente y recibo o acreditación de vigencia | Empresa adjudicataria | Antes del inicio y durante toda la vigencia del contrato |
| Fichas de datos de seguridad de productos | Identificación, riesgos y medidas de uso seguro | Empresa adjudicataria | Antes del uso de productos en el centro |
| Plan de balizamiento o delimitación | Definición de zona de exclusión, accesos afectados y medidas de protección | Empresa adjudicataria | Antes del inicio |
| Teléfonos y contactos de emergencia | Responsable de intervención, recurso preventivo, cadena de aviso y emergencias | Empresa adjudicataria | Disponible in situ durante la actuación |
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MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL