Documento de aprobación del expediente
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Dirección General Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras Subdirección General de Contratación Servicio de Contratación
C/ Micer Mascó, 31-33 · 46010 València scontratacion\_san@gva.es · www.gva.es
## APROBACION DEL EXPEDIENTE
Visto el expediente arriba referenciado relativo a la contratación del 'SERVICIO DE INGENIERÍA POR EQUIPO FACULTATIVO PARA LA DIRECCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LA PRODUCCIÓN DEL SISTEMA DE REFRIGERACIÓN DEL HOSPITAL LA PEDRERA (DENIA)'.
## ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: En el expediente se contienen las actuaciones administrativas preparatorias consistentes en la Orden de inicio, Pliego de Condiciones Técnicas y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, informados en su día por la Abogacía General de la Generalitat en la Conselleria de Sanidad y el Informe de la Intervención sobre la contabilización y fiscalización previa del expediente.
SEGUNDO: En la Memoria justificativa del Órgano proponente de la Contratación, se propone la utilización del procedimiento abierto como forma de adjudicación, previsto en el artículo 156, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español la Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
## FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: El objeto del contrato es un servicio de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la LCSP.
SEGUNDO: El procedimiento de adjudicación a seguir es el procedimiento abierto. La tramitación del expediente es ordinaria y sujeta a regulación no armonizada , según se define en los artículos 17,19,22,117.2, 131,156 157 y 158 de la LCSP.
Todo ello, de acuerdo con los artículos 28 y 116 de la LCSP, que establece la obligación de justificar adecuadamente en el expediente, la elección del procedimiento de licitación, la clasificación exigida a los participantes, los criterios de solvencia técnica o profesional y económica y financiera, los criterios que se tendrán en consideración para adjudicar el contrato, así como las condiciones especiales de ejecución del mismo.
DGGECI/SGC/SC Expte 81/2026
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CONSIDERANDO el régimen de competencias establecido en el Decreto 22/2025, de 11 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad (DOGV núm. 10046 de 13.02.2025) y el Decreto 117/2023, de 28 de julio, del Consell, por el que se dispone el cese y se nombre a las personas titulares de determinadas direcciones generales de la administración de la Generalitat (DOGV 9650 de 28/07/2023), así como los artículos 28 l) y 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Apartado Quinto B de la Resolución de 18 de julio de 2025, por la que se delegan competencias en materia de contratación, gestión económica y gestión de tasas sanitarias, en determinados órganos de la Conselleria (DOGV núm. 10156 de 22/07/2025).
## RESUELVO
PRIMERO.Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, que han de regir la contratación a que se refiere el presente expediente.
SEGUNDO.Aprobar el gasto a que corresponde el presupuesto del contrato, por un importe de 147.333,18€ (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS) IVA incluido con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y distribución de anualidades:
| Lote | Aplicación presupuestaria | Anualidad | Honorarios | IVA (21%) | Importe con IVA |
|--------|-----------------------------------------------------|-------------|--------------|-------------|-------------------|
| Único | G01100201 GESC000 412B28.632.99 Proyecto ER14000043 | 2026 | 75.134,65 € | 15.778,28 € | 90.912,93 € |
| Único | | 2027 | 34.452,01 € | 7.234,92 € | 41.686,93 € |
| Único | | 2028 | 12.176,30 € | 2.557,02 € | 14.733,32 € |
| TOTAL | TOTAL | | 121.762,96 € | 25.570,22 € | 147.333,18 € |
En el caso de gastos plurianuales, conforme establece este apartado, son varias las anualidades previstas, por lo que la ejecución del contrato en los años posteriores se subordinará a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los respectivos Presupuestos de la Generalitat.
TERCERO. - Fijar como sistema de adjudicación el procedimiento abierto , previsto en el artículo 156 de la LCSP, siendo de tramitación ordinaria y sujeto a regulación no armonizada .
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La adjudicación queda condicionada a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez aprobado el presupuesto de la Generalitat del ejercicio, así como al cumplimiento de los requisitos concretos de tramitación dictados por la Conselleria competente en materia de hacienda.
Valencia, a fecha de la firma electrónica
## EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN ECONÓMICA, CONTRATACIÓN E INFRAESTRUCTURAS
(Resolución de 18 de julio de 2025, (DOGV núm. 10156 de 22/07/2025).