07 Pliego prescripciones tecnicas.pdf
Pliego Técnico
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| PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGE EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FORMACIÓN PRÁCTICA EN PREVENCIÓN Y LUCHACONTRAINCENDIOS,ENAVANZADOENLUCHACONTRAINCENDIOS,BOTESDE RESCATENORÁPIDOS,BOTESDERESCATERÁPIDOSYFORMACIÓNTEÓRICO-PRÁCTICA SOBRE PROTECCIÓN MARÍTIMA, PARA LA OBTENCIÓN DE LOS RESPECTIVOS CERTIFICADOS, PARA LOS ALUMNOS DE DISTINTOS CICLOS FORMATIVOS DEL IFP MARÍTIMO PESQUERODELASPALMASDEGRANCANARIA |
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| EXP. 36/25 352025PA1010 (3459) |
CORREO ELECTRONICO
1. Objeto del contrato.
2. Cursos a impartir
3. Obligaciones de la empresa antes de iniciar la actividad.
4. Cumplimiento de la normativa laboral y social.
5. Confidencialidad y seguridad.
6. Recursos humanos.
7. Medios materiales.
8. Duración del contrato.
9. Prevención de riesgos laborales.
10. Medio ambiente.
## ÍNDICE
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## 1.- OBJETO.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto fijar los criterios y establecer las características para la realización del servicio de formación práctica en prevención y lucha contra incendios, en avanzado en lucha contra incendios, en embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos, y formación teórico-práctica sobre protección marítima, para la obtención del certificado de formación básica en seguridad, de avanzado en lucha contra incendios, botes de rescate rápidos y de protección marítima, respectivamente, para los alumnos de distintos ciclos formativos del I.F.P. Marítimo Pesquero de Las Palmas, tales como duración de los cursos, traslados, lugar de impartición, horarios, programa y contenido de los mismos.
## 2.- CURSOS A IMPARTIR.
- Lote 1. Formación práctica en Prevención y Lucha Contra Incendios.
- Lote 2. Formación práctica en Avanzado en Lucha Contra Incendios .
- Lote 3. Formación teórico -práctica sobre Protección Marítima.
- Lote 4. Formación práctica en Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate No Rápidos.
- Lote 5. Formación práctica en Botes de Rescate Rápidos.
## 2.1.- LOTE 1. FORMACIÓN PRÁCTICA EN PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS (MÁXIMO 5 CURSOS)
## 2.1.1. Características
- DURACIÓN: 12 horas, de las cuales al menos 10 deben ser exclusivamente prácticas distribuidas en dos días en jornada continua.
- HORARIO: De 8:00 a 14:00
- ALUMNADO: el número máximo de alumnos por curso será de 20.
- LUGAR DE IMPARTICIÓN Y TRANSPORTE: Instalaciones de la empresa adjudicataria. Se facilitará el transporte de los alumnos desde el centro (IFPMP) hasta el o lugares de formación.
- EQUIPAMIENTO PERSONAL: Durante el desarrollo del curso se proporcionará a los alumnos todo el equipamiento, vestuario y prendas de protección personal para la realización de las prácticas.
- EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES: El centro debe disponer del material de prácticas contraincendios exigido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional y Diseño Curricular ISM vigente.
Entre ellos disponer de equipo de bombeo, hidrante u otro equipo similar que garantice el suministro de agua suficiente para las prácticas a una presión de 3,5 Kg/cm2 y un caudal de 500 l/min. (en punta de lanza) como mínimo y de forma continua.
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Además, se deberá contar con las instalaciones suficientes para los ejercicios de extinción de incendios de gran envergadura exteriores para la extinción con mangueras. Además, deben ser Instalaciones adecuada para los ejercicios con humo, fuegos interiores y espuma de alta expansión.
## 2.1.2. Profesorado
El curso deberá ser impartido por instructores con al menos dos años de experiencia en formación de esta índole, y con Titulaciones según lo establecido en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre y Diseño Curricular ISM vigente.
## 2.1.3. Objetivos
Proporcionar a los alumnos las destrezas y conocimientos técnicos necesarios en materia de prevención y lucha contra incendios, según el módulo de referencia del Certificado de Formación Básica en Seguridad del Convenio STCW.
## 2.1.4. Contenido práctico
Las prácticas a realizar deben incluir al menos la siguiente formación:
## Prácticas en lucha contra incendios
- Utilizar extintores portátiles de tipos diversos.
- Extinguir incendios poco importantes, por ejemplo, de origen eléctrico, de hidrocarburos o de gas propano.
- Extinguir incendios de gran magnitud con agua (lanzas de chorro y aspersión).
- Extinguir incendios con espuma, polvo o cualquier otro agente químico apropiado.
- Utilizar aparatos de respiración autónomos ERA.
- Realizar una operación de salvamento en un espacio lleno de humo llevando puesto un aparato respiratorio (ERA).
- Luchar contra el fuego en un espacio cerrado lleno de humo, utilizando un aparato respiratorio autónomo (ERA).
- Extinguir un incendio declarado en un alojamiento o en una cámara de máquinas simulada, donde además de fuego haya gran cantidad de humo utilizando agua nebulizada o cualquier otro agente extintor apropiado.
- Extinguir un incendio de hidrocarburos utilizando nebulizadores y aspersores, dispositivos móviles para lanzar espuma o productos químicos en polvo.
- Entrar en un compartimento en el que se haya inyectado espuma de alta expansión, atravesándolo con ayuda de un cabo salvavidas, pero sin utilizar un aparato respiratorio.
## 2.2.- LOTE 2. FORMACIÓN PRÁCTICA EN AVANZADO EN LUCHA CONTRA INCENDIOS (MÁXIMO 4 CURSOS)
## 2.2.1. Características.
- DURACIÓN: 18 horas exclusivamente prácticas distribuidas en tres días en jornada continua.
- HORARIO: De 8:00 a 14:00
- ALUMNADO: el número máximo de alumnos por curso será de 20.
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- LUGAR DE IMPARTICIÓN Y TRANSPORTE: Instalaciones de la empresa adjudicataria. Se facilitará el transporte de los alumnos desde el centro (IFPMP) hasta el o lugares de formación.
- EQUIPAMIENTO PERSONAL: Durante el desarrollo del curso se proporcionará a los alumnos todo el equipamiento, vestuario y prendas de protección personal para la realización de las prácticas.
- EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES: El centro debe disponer del material de prácticas contraincendios exigido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional y Diseño Curricular ISM vigente.
Entre ellos disponer de equipo de bombeo, hidrante u otro equipo similar que garantice el suministro de agua suficiente para las prácticas a una presión de 3,5 Kg/cm2 y un caudal de 500 l/min. (en punta de lanza) como mínimo y de forma continua.
Además, contar las instalaciones suficientes para los ejercicios de extinción de incendios de gran envergadura exteriores para la extinción con mangueras. Además, deben ser Instalaciones adecuada para los ejercicios con humo, fuegos interiores y espuma de alta expansión.
## 2.2.2. Profesorado.
El curso deberá ser impartido por instructores con al menos dos años de experiencia en formación de esta índole, y con Titulaciones según lo establecido en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre y Diseño Curricular ISM vigente.
## 2.2.3. Objetivos.
Proporcionar a los alumnos las destrezas y conocimientos técnicos necesarios en materia de prevención y lucha contra incendios, según el módulo de referencia del Certificado de Avanzado en Lucha Contra Incendios Convenio STCW.
## 2.2.4. Contenido práctico.
Las prácticas a realizar deben incluir al menos la siguiente formación:
PRÁCTICA 1. Utilización de distintos extintores portátiles.
- 1.1. Extinción de incendio en tanque de cubierta con hidrocarburo.
- 1.2. Extinción de incendio en cuadro eléctrico con tensión eléctrica.
- 1.3. Extinción de incendio de clase D.
- 1.4. Control de incendio de L.P.G., en conducción.
PRÁCTICA 2. Extinción de incendios con agua de la red contra incendios.
- 2.1. Extinción de tanque de hidrocarburo en cubierta.
- 2.2. Control de incendio de un colector de L.P.G.
PRÁCTICA 3. Extinción de incendios importantes con espuma de baja expansión.
- 3.1. Extinción de tanque en cubierta de hidrocarburo.
PRÁCTICA 4. Utilización del equipo de respiración autónomo (ERA).
- 4.1. Montar, comprobar y colocación del equipo de respiración autónomo (E.R.A.).
PRÁCTICA 5. Extinción con brigadas de intervención en incendios en cubierta, sin la intervención de efectivos externos
- 5.1. Elaboración del plan de intervención.
- 5.2. Incendio a bordo: en cubierta.
PRÁCTICA 6. Extinción con brigadas de intervención en incendios interiores, sin la intervención de efectivos externos.
- 6.1. Elaboración del plan de intervención.
- 6.2. Incendio a bordo: en interiores.
PRÁCTICA 7. Extinción con brigadas de intervención en incendios exteriores e interiores, con la intervención de efectivos externos.
- 7.1. Organización y composición optima de las brigadas de intervención para incen- dios en exteriores e interiores con la intervención de efectivos externos.
PRÁCTICA 8. Entrada en espacio inundado con espuma de alta expansión.
- 8.1. Entrada en compartimento inundado con espuma de alta expansión, sin E.R.A.
PRÁCTICA 9. Tratamiento y control de heridos.
- 9.1. Primeros auxilios.
## 2.3.- FORMACIÓN TEÓRICO PRÁCTICA SOBRE PROTECCIÓN MARÍTIMA (MÁXIMO 4 CURSOS)
## 2.3.1. Características
- DURACIÓN: 6 horas lectivas.
- HORARIO: será acordado específicamente con el IFPMPLPGC, en un único intervalo de 6 horas.
- ALUMNADO: el número máximo de alumnos por curso será de 20.
- LUGAR DE IMPARTICIÓN: Instalaciones del I.F.P. Marítimo Pesquero de Las Palmas de GC. En caso de elección de otra sede, se facilitará el transporte de los alumnos desde el centro (IFPMP) hasta el, o lugares de formación, y viceversa.
## 2.3.2. Profesorado.
El curso ofertado será impartido por Instructor Homologado por la D.G.M.M. para impartir los conocimientos sobre Protección, según la RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2013, de la D.G.M.
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## 2.3.3. Objetivos
Formación de la Parte de este curso, que según RESOLUCION de 18 de junio de 2013, de la D.G.M.M., por la que actualizan, y modifican los cursos de formación y sus programas, recogidos en la Orden FOM/2296/2002, debe ser impartido por instructor que sea o haya sido miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o de Seguridad Privada, o un miembro de las fuerzas armadas que acredite experiencia en el campo de la protección, pudiendo la DGMM aceptar medios equivalentes y alternativos que serán propuestos y documentados por el responsable del curso.
## 2.3.4. Contenido teórico y desarrollo práctico
## Temas 2,5 y 6 del Diseño Curricular ISM vigente
Teóricos:
- 2.1. Conocimiento de la documentación sobre protección, en particular la Declaración de protección.
- 2.2. Conocimiento básico y práctico de las técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección, incluidas las utilizadas por piratas y ladrones armados.
- 2.3. Conocimiento básico que permita reconocer posibles amenazas para la protección, incluidos los elementos que pueden estar relacionados con la piratería y los robos a mano armada.
- 2.4. Conocimiento básico de las técnicas de reconocimiento de armas, sustancias y dispositivos peligrosos y conciencia de los daños que pueden causar.
- 2.5. Conocimiento básico del encauzamiento de la información sobre protección y de las comunicaciones relacionadas con la protección. Modo de transmitir la información sobre posibles amenazas.
- 2.6. Conocimiento de las técnicas de gestión y control de multitudes, cuando proceda.
- 2.7. Conocimiento de métodos para efectuar registros físicos e inspecciones no invasoras.
- 5.1. Conocimiento de las técnicas para vigilar las zonas restringidas a bordo.
- 5.2. Conocimiento de los métodos para controlar el acceso al buque y a las zonas restringidas a bordo.
- 5.3. Conocimiento de los métodos para vigilar eficazmente las zonas de cubierta y los alrededores del buque.
- 5.4. Conocimiento de los métodos de inspección de la carga y las provisiones del buque.
- 5.5. Conocimiento de los métodos para controlar el embarco y desembarco de las personas y sus efectos y el acceso una vez a bordo.
- 5.6. Conocimiento de los métodos para prevenir polizones.
- 6.1. Conocimiento general de los distintos tipos de equipo y sistemas de protección, incluidos los que podrían utilizarse en caso de ataque por piratas y ladrones armados y de sus limitaciones.
- 6.2. Conocimiento de la necesidad de realizar la prueba, el calibrado y el mantenimiento del equipo y los sistemas de protección.
## Prácticos:
- 2. Reconocer posibles amenazas para protección del buque y transmitir dicha información.
- 5. Reconocer posibles amenazas e inspecciones periódicas de la protección del buque.
- 6. Equipos y sistemas de protección utilizados contra la piratería a bordo.
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## 2.4.- FORMACIÓN PRÁCTICA EN EMBARCACIONES DE SUPERVIVENCIA Y BOTES DE RESCATE NO RÁPIDOS (MÁXIMO 4 CURSOS).
## 2.4.1. Características
- DURACIÓN: 12 horas que serán exclusivamente prácticas distribuidas en dos días.
- HORARIO: Entre las 8:00 y las 16:00
- ALUMNADO: el número máximo de alumnos por curso será de 20.
- LUGAR DE IMPARTICIÓN: Instalaciones de la empresa adjudicataria. Se facilitará el transporte de los alumnos desde el centro (IFPMP) hasta el o lugares de formación.
- EQUIPAMIENTO PERSONAL: Durante el desarrollo del Curso se proporcionará a los alumnos todo el equipamiento, vestuario y prendas de protección personal para la realización de las prácticas.
- EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES: El centro debe disponer del material de prácticas exigido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como en los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Diseño Curricular ISM vigente, Columna 4 del Cuadro A-VI/2 del Código de Formación del Convenio STCW-78/10 y el Curso modelo 1.23 de la OMI - Suficiencia en el manejo de embarcaciones de supervivencia y botes de rescate que no sean botes de rescate rápidos.
Las embarcaciones deberán tener la documentación exigida por la Dirección General de la Marina Mercante en vigor.
## 2.4.2. Profesorado
El curso deberá ser impartido por instructores con al menos dos años de experiencia en formación de esta índole, y con Titulaciones según lo establecido en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre y Diseño Curricular ISM vigente.
## 2.4.3. Objetivos
Proporcionar a los alumnos las destrezas y conocimientos técnicos necesarios en materia de supervivencia en la mar, según Diseño Curricular del Curso 'B96 Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (No Rápidos).
## 2.4.4. Contenido práctico
Las prácticas a realizar deben incluir al menos la siguiente formación:
## Prácticas en la Estación de Botes:
- Realizar prácticas de puesta a flote, embarque, arriado y distintas formas de puesta a flote de una balsa arriable por pescante.
- Realizar prácticas de puesta a flote del bote salvavidas y de recuperación y estiba a bordo.
- Organizar a la tripulación para la operación de puesta a flote.
- Dar las órdenes correctas para la puesta a flote de la embarcación de supervivencia y para subirse en ella, alejarse del buque y controlar y desembarcar a las personas.
- Accionar los dispositivos de suelta con carga y sin carga.
- Preparación de la tripulación para el embarque.
- Prácticas de puesta a flote y recuperación de los botes de rescate.
- Procedimiento de puesta a flote.
- Preparación de la tripulación para el embarque.
- Recuperar de forma segura embarcaciones de supervivencia y botes de rescate, incluido el debido reajuste de los dispositivos de suelta con carga y sin carga.
## Prácticas en el mar:
- Gobierno del bote con ayuda de brújula.
- Rescate de supervivientes en el agua.
- Preparación de equipos para facilitar la localización.
- Remolque de una balsa salvavidas con el bote de supervivencia en las condiciones de tiempo imperantes.
- Arrancar el motor del bote salvavidas.
- Manejar el motor del bote salvavidas.
## 2.5.- FORMACIÓN PRÁCTICA EN BOTES DE RESCATE RÁPIDOS (MÁXIMO 4 CURSOS)
## 2.5.1. Características
- DURACIÓN: 18 horas exclusivamente prácticas distribuidas en tres días en jornada continua.
- HORARIO: De 8:00 a 14:00
- ALUMNADO: el número máximo de alumnos por curso será de 20.
- LUGAR DE IMPARTICIÓN Y TRANSPORTE: Instalaciones de la empresa adjudicataria. Se facilitará el transporte de los alumnos desde el centro (IFPMP) hasta el o lugares de formación.
- EQUIPAMIENTO PERSONAL: Durante el desarrollo del curso se proporcionará a los alumnos todo el equipamiento, vestuario y prendas de protección personal para la realización de las prácticas.
- EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES: El centro debe disponer del material de prácticas para botes de rescate rápidos exigido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como en los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Diseño Curricular ISM vigente, Columna 4 del Cuadro A-VI/2 del Código de Formación del Convenio STCW-78/10 y el Curso modelo 1.24 de la OMI - Suficiencia en el manejo de Botes de Rescate Rápidos.
Las embarcaciones deberán tener la documentación exigida por la Dirección General de la Marina Mercante en vigor.
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Entre ellos, el equipo de seguridad utilizado en las prácticas será de uso común en los barcos y estar homologado según el Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos que deben reunir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques.
## 2.5.2. Profesorado
El curso deberá ser impartido por instructores con al menos dos años de experiencia en formación de esta índole, y con Titulaciones según lo establecido en la ORDEN FOM/2296/2002, de 4 de septiembre y Diseño Curricular ISM vigente.
## 2.5.3. Objetivos
Proporcionar a los alumnos las destrezas y conocimientos técnicos necesarios en materia de prevención y lucha contra incendios, según el módulo de referencia del Certificado de Botes de Rescate Rápidos Convenio STCW.
## 2.5.4. Contenido práctico
Prácticas en el aula: (3 horas)
- Utilización del equipo SOLAS del bote de rescate rápido.
- Utilización de los dispositivos de protección personal para la tripulación.
- Demostración y utilización del equipo de señalización.
- Método de utilización del equipo de mantenimiento rutinario.
Prácticas en el mar: (15 horas)
- Ejercicios de puesta flote y recuperación segura de un bote de rescate rápido.
- Ejercicio de atraque y desatraque.
- Ejercicios de maniobras y manejo en las condiciones meteorológicas y estado de la mar reinantes.
- Ejercicios de remolque.
- Ejercicios de aproximación y remolque.
- Adrizar un bote de rescate rápido invertido.
- Nadar llevando equipo especial.
- Ejercicios de búsqueda y rescate teniendo en cuenta los factores ambientales.
- Utilizar el equipo de emergencia.
- Utilizar el equipo de comunicaciones y señalizaciones entre el bote de rescate rápido, un helicóptero y un buque.
- Rescatar del agua a una víctima y trasladarla a un helicóptero de salvamento, a un buque o a un lugar seguro.
- Arrancar el motor del bote de rescate rápido. Arranque de emergencia.
- Manejar el motor del bote de rescate rápido.
## 3.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ANTES DE INICIAR LA ACTIVIDAD.
El centro debe disponer del material de prácticas exigido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional de los instructores que impartirán cada curso y Diseño Curricular ISM vigente.
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El adjudicatario deberá acreditar la Homologación por la Dirección General de la Marina Mercante del centro de formación para impartir el curso conducente a la expedición del Certificado de Especialidad correspondiente
Además, cuando sea necesario, pondrá a disposición de los alumnos todo el equipamiento, vestuario y prendas de protección personal para la realización de las prácticas.
El adjudicatario deberá presentar antes del inicio del objeto de contrato y antes de la impartición del primer curso, lo recogido en el apartado 7 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, consideradas condiciones esenciales del contrato.
Lo aquí expresado se considerará condición esencial del contrato cuyo incumplimiento tendrá los efectos previstos en el artículo 213 de la Ley de Contrato del Sector Público.
Al fin de cada curso, se dará la correspondiente conformidad a la prestación del servicio, indicándose tal conformidad en la factura que el adjudicatario presente por cada curso impartido.
Las fechas de realización de los cursos, así como el horario, se acordarán, previamente, con la Dirección del Instituto de Formación Profesional Marítimo Pesquero o persona designada al efecto.
## 4.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL Y SOCIAL.
La empresa adjudicataria está obligada a cumplir, por una parte, con la normativa laboral y de seguridad social a cuyos efectos, se podrán requerir las comprobaciones pertinentes en cualquier momento de la relación contractual; y, por otra, con las obligaciones tributarias recogidas en el pliego de cláusulas administrativas.
El personal de la empresa adjudicataria que realice el servicio, deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales (generales y autonómicas), así como aquéllas que en un futuro pudieran promulgarse
## 5.- CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD.
La empresa adjudicataria queda expresamente obligada a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en los pliegos.
El contratista queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el órgano de contratación.
De igual modo, la empresa adjudicataria deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal. Igualmente, estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
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La empresa adjudicataria no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros ningún dato de los trabajos contratados. Tampoco podrá publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. La adjudicataria adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidados de la documentación que se le entregue para la realización de la prestación contractual y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que en ella se contiene, o a la que acceda como consecuencia de su realización llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
La empresa adjudicataria y todo el personal que intervenga en la prestación contractual deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la normativa española de protección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 3/2018. De 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como de cuantas disposiciones en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La infracción de estos deberes por parte de la empresa adjudicataria generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, la empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
## 6.- RECURSOS HUMANOS.
Todo el personal empleado en los trabajos será considerado como perteneciente exclusivamente a la plantilla de la empresa adjudicataria, quedando eximida la Administración de toda responsabilidad laboral al respecto.
Los daños que el personal de la empresa adjudicataria ocasione en el mobiliario, instalaciones, etc., por negligencia o dolo, serán indemnizados por el adjudicatario en el valor que se indique la Dirección Provincial. Dicha indemnización será detraída del importe de las facturas que presente el contratista. También será la adjudicataria responsable de cualquier sustracción de material, valores, etc., siempre que la misma quede fehacientemente probada que fue realizada por alguna persona adscrita al presente servicio.
Cuando el personal adscrito al servicio no procediera con la debida corrección o fuera notoriamente poco cuidadoso en el desempeño de las tareas encomendadas, la Dirección Provincial podrá exigir la sustitución de dicho trabajador.
## 7.- MEDIOS MATERIALES.
- La empresa adjudicataria dispondrá su propio material, locales, herramientas y maquinaria, para la ejecución del contrato.
- La empresa adjudicataria dispondrá además de los elementos de protección precisos para evitar cualquier daño a las personas, mobiliario o aparatos de las instalaciones durante la ejecución de los servicios.
## 8.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del presente contrato será la establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el precio del contrato será el que el licitador adjudicatario hubiera ofertado.
## 9.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
El personal asignado al contrato deberá disponer de la formación que establezca, en su caso, la legislación
La empresa adjudicataria está obligada a cumplir la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
La empresa adjudicataria, y sus trabajadores, deberán cumplir las medidas de prevención e instrucciones internas que haya establecido en esta materia la Dirección Provincial del ISM.
En cumplimiento con lo dispuesto en el RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de PRL, en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa adjudicataria deberá acreditar documentalmente, en tiempo y forma, ante la Dirección Provincial del ISM, el cumplimiento de sus obligaciones legales respecto a los riesgos que puede generar su actividad, medidas preventivas y medidas de emergencia a considerar.
## Normativa:
- -Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales.
- -Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
## 10.- MEDIO AMBIENTE.
El adjudicatario se compromete a cumplir estrictamente con la normativa del sistema de gestión medioambiental vigente y aquella que un futuro pueda dictarse dentro del mismo ámbito, como ampliación, desarrollo o actualización del citado sistema.
El adjudicatario se compromete a:
- -Promover el ahorro de recursos naturales (agua, luz, etc.).
- -Utilizar maquinaria respetuosa con el medioambiente y la salud laboral.
- -Utilizar productos que no dañen el ambiente y de productos reciclados.
Se aplicará a la presente licitación la Orden PCI/86/2019 por el que se aprueba el plan de contratación pública ecológica de la AGE, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la S. Social, RD 6/2018, Ley 7/2021, Ley 7/2007 normativa dirigida a establecer criterios ecológicos en las contrataciones y, también, a proteger el medio ambiente.
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Las Palmas de G.C., a 7 de noviembre de 2025
## EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN LA DIRECTORA DEL ISM
## P.D. El DIRECTOR PROVINCIAL
(Resolución 16/12/24 BOE 24/12/24)
José Julián Suárez Suárez
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