Informe de insuficiencia de medios

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Palacio de Ferias y Congresos de Málaga INFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS EXP. 30/2026 En base a lo dispuesto en el art. 116.4.f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), cuando se haga necesario celebrar un contrato de servicios, previamente se deberá justificar adecuadamente en el expediente la insuficiencia de medios. Justificada la necesidad de contratación del servicio de cubas y gestión de residuos no peligrosos en las instalaciones del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, y vista la documentación técnica que obra en el expediente, la directora de operaciones del Palacio de Ferias y Congresos de Málaga (FYCMA) emite el siguiente INFORME: Primero.- Insuficiencia de medios personales FYCMA no dispone del personal idóneo en número y competencia profesional para atender los trabajos que requieren el servicio referenciado. Segundo.- Insuficiencia de medios materiales FYCMA no dispone del material necesario para atender los trabajos que requieren el servicio referenciado. En Málaga, a 29 de octubre de 2026 Lourdes Viedma Robles Directora de Operaciones