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## MEMORIA ECONÓMICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL JARDÍN DEL MUSEO DE AMÉRICA
De conformidad con lo previsto en el artículo 116.4 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), en el expediente se justificará adecuadamente el cálculo del valor estimado del contrato con indicación de todos los conceptos que lo integren, incluyendo los costes laborales si existiesen.
Asimismo, el artículo 100.2 de la LCSP establece que 'el presupuesto base de licitación se desglosará indicando los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia'.
Para el cálculo del presupuesto base de licitación del expediente para la contratación del servicio de conservación y mantenimiento del jardín del Museo de América se han tenido en cuenta los siguientes aspectos:
## 1. COSTES DIRECTOS
## 1.1.- Costes laborales
El principal coste económico de este servicio es el laboral. Por ello, se ha tenido en cuenta lo establecido en el ' Convenio colectivo estatal de jardinería para el periodo 2021-2024 ' , aprobado por Resolución de 27 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, publicado en el BOE de 13 de julio de 2022, y todavía en vigor hasta que se apruebe uno nuevo que lo sustituya.
De acuerdo con lo recogido en el apartado 3.1 del pliego de prescripciones técnicas (en adelante, PPT), la empresa adjudicataria deberá destinar al cumplimiento de este servicio los medios humanos necesarios para la realización completa de las actividades recogidas en el pliego, desplazando el número de efectivos que considere oportuno para el completo cumplimiento del contrato y, como mínimo, los siguientes:
- a. El responsable del servicio (mínimo 104 horas anuales).
- b. Dos auxiliares de jardinería a jornada completa. Efectivos a subrogar.
- c. Una bolsa de horas de auxiliares de jardinería para atender situaciones extraordinarias (25 horas anuales).
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del convenio, operará la subrogación del personal con respecto a las 'p ersonas trabajadoras en activo que realicen su trabajo en la contrata con una
MARIA MERCEDES ROLDAN SANCHEZ - 2025-10-24 20:59:57 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
MARIA MERCEDES ROLDAN SANCHEZ - 2025-10-24 20:59:57 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
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antigüedad mínima de los cuatro últimos meses anteriores a la finalización efectiva del servicio, sea cual fuere la modalidad de su contrato de trabajo, con independencia de que, con anterioridad al citado período de cuatro meses, hubieran trabajado en otra contrata '.
En esta licitación, los efectivos subrogables son los auxiliares de jardinería indicados en el Anexo II del PPT. El precio hora del resto de efectivos se ha calculado a partir de las tablas salariales previstas en el Anexo I del convenio colectivo, y sobre una jornada máxima anual de 1.700 horas, de acuerdo con lo establecido por el artículo 16 del mismo convenio. Asimismo, en todos los casos se han incremento los costes mínimos salariales con los siguientes porcentajes:
- Actualización salarial .- Se ha aplicado una actualización salarial del 3,5% anual hasta el año 2027. Esta actualización se basa en una estimación de este centro gestor a partir de las previsiones de incremento del IPC, dado que aún no se ha publicado una actualización salarial posterior a 2024 y el convenio no establece ningún mecanismo automático de revisión salarial para el periodo 2024-2027.
- Sustituciones .- Se añade un importe relativo a los costes de sustituciones del personal fijo durante la ejecución del contrato. Este coste adicional por sustituciones se ha calculado de forma estimativa aplicando un 10% al mínimo de los costes salariales de cada efectivo de jardinería con presencia regular (semanal). En el caso del responsable del servicio, ese porcentaje se ha rebajado al 3% debido a las particularidades de sus tareas y a la menor presencialidad requerida.
- Seguridad Social.Por coherencia con el porcentaje aplicado actualmente a los trabajadores subrogables, las cotizaciones a la Seguridad Social que tiene que asumir la empresa se han calculado en un 35% sobre los costes salariales.
Teniendo en cuenta las tablas salariales del convenio de aplicación y los porcentajes antes indicados, resultan los siguientes costes laborales para el personal adscrito al servicio:
- a. El responsable del servicio . Deberá dedicar a las tareas que se indican en el PPT un mínimo de dos horas a la semana. Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del contrato es de 52 semanas, supone un mínimo de 104 horas anuales de prestación de servicio. Para el cálculo del coste salarial de este efectivo se ha partido de la tabla salarial del Anexo I del Convenio colectivo de aplicación, concretamente del grupo de técnicos y subgrupo de ' técnico titulado ' , que para un mes de salario en 2024 prevé 1.627,51 euros (19.530,12 euros anuales). A esta cantidad se añaden los pluses obligatorios según los artículos 28 y 29 del convenio, con unos costes anuales de 1.689,11 euros, así como las pagas extraordinarias previstas en el artículo 33 del c onvenio (junio, diciembre y 'paga verde'), así como la llamada 'paga de vinculación', por importe de 450,00 euros al año , lo que supone un incremento de 5.332,53 euros en concepto de pagas. En total, los costes salariales con pluses y pagas ascienden a 26.551,76 euros en 2024. Teniendo en cuenta el periodo de duración del contrato -doce meses desde el 1 de septiembre de 2026 -, el contrato se desarrollará en dos
MARIA MERCEDES ROLDAN SANCHEZ - 2025-10-24 20:59:57 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
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anualidades, distribuyéndose en 2026 y 2027. Dado que las tablas salariales del convenio colectivo solo se indican hasta el año 2024, se ha estimado un incremento del coste de este efectivo de un 3,5% para el año 2025 (27.481,07 euros), así como un incremento de un 3,5% para el año 2026 (28.442,91 euros) y un incremento de un 3,5% para el año 2027 (29.438,41 euros). Dado que la jornada máxima prevista en el convenio de aplicación es de 1.700 horas anuales, el coste por hora de este efectivo para 2026 es de 16,73 euros, lo que supone que, por 34,67 horas de servicio, el coste salarial para 2026 sería de 580,03 euros. Con la actualización salarial del 3,5% en 2027, la base salarial anual sería de 29.438,41 euros en ese ejercicio y, consiguientemente, el precio hora en esa anualidad ascendería a 17,32 euros. Puesto que el número de horas de servicio en 2027 sería de 69,33, el coste salarial del responsable del servicio en 2027 sería de 1.200,80 euros. En la siguiente tabla se resumen los cálculos citados:
| Año | Total salarial con pluses, pagas y actualización (3,5% anual) | Precio/hora | Periodo (meses) | Horas al año | Coste salarial responsable (104 horas) |
|-------|-----------------------------------------------------------------|---------------|-------------------|----------------|------------------------------------------|
| 2026 | 28.442,91 € | 16,73 € | 4 | 34,67 | 580,03 € |
| 2027 | 29.438,41 € | 17,32 € | 8 | 69,33 | 1.200,80 € |
Asimismo, estos importes se deben incrementar en un 3% para cubrir los costes de sustituciones, así como un 35% en concepto de cuotas de la empresa a la Seguridad Social, lo que supone un coste laboral para el periodo de ejecución del contrato de 2.476,24 euros :
| Año | Coste salarial responsable (104 horas) | Sustituciones (3%) | Coste salarial con sustituciones | Coste Seguridad Social (35%) | Coste laboral responsable |
|------------|------------------------------------------|----------------------|------------------------------------|----------------------------------|-----------------------------|
| 580,03 € | 17,40 € | 597,43 € | 209,10 € | 806,53 € | 2026 |
| 1.200,80 € | 36,02 € | 1.236,82 € | 432,89 € | 1.669,71 € | 2027 |
| | | Coste | laboral responsable del servicio | laboral responsable del servicio | 2.476,24 € |
- a. Dos auxiliares de jardinería . Para el cálculo del coste laboral de estos efectivos se han tomado como referencia los datos que figuran en el Anexo II del PPT (personal a subrogar). Se trata de datos certificados por la actual empresa adjudicataria con fecha 28 de julio de 2025. El coste laboral reflejado para el año 2026 es de 68.335,20 euros (Seguridad Social incluida), sobre la base de un incremento del 3,5%, coherente con las subidas anuales que se aplican actualmente a falta de un convenio actualizado. Teniendo en cuenta el periodo de duración del contrato -doce meses desde el 1 de septiembre de 2026 -, el contrato se desarrollará en dos anualidades, distribuyéndose en 2026 y 2027. Dado que el número de meses de servicio en 2026 sería de 4, el coste laboral de estos efectivos sería de 22.778,40 euros en 2026 (cuatro mensualidades de 5.694,60 euros). Asimismo, con el incremento del 3,5% para el año 2027, el coste laboral en esa anualidad ascendería a 70.726,93 euros y, dado que el número de meses de servicio en 2027 sería de 8, el coste laboral de estos efectivos sería de 47.151,28 euros en 2027 (ocho mensualidades de 5.893,91 euros). En la siguiente tabla se resumen los cálculos citados:
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| Año | Coste laboral anual con S.S. | Importe proporcional mensual con S.S. | Periodo (meses) | Importe efectivos subrogables con S.S. |
|-------------|--------------------------------|-----------------------------------------|-------------------|------------------------------------------|
| 2026 (3,5%) | 68.335,20 € | 5.694,60 € | 4 | 22.778,40 € |
| 2027 (3,5%) | 70.726,93 € | 5.893,91 € | 8 | 47.151,28 € |
Asimismo, estos importes se deben incrementar en un 10% para cubrir los costes de sustituciones, lo que supone un coste laboral para el periodo de ejecución del contrato de 76.922,65 euros :
| Año | Coste laboral auxiliares jardinería | Sustituciones (10%) | Coste laboral con sustituciones |
|-------------|---------------------------------------|-------------------------------------|-----------------------------------|
| 22.778,40 € | 2.277,84 € | 25.056,24 € | 2026 |
| 47.151,28 € | 4.715,13 € | 51.866,41 € | 2027 |
| | Coste laboral auxiliares jardinería | Coste laboral auxiliares jardinería | 76.922,65 € |
- b. Bolsa de horas extraordinarias . Se deberá asignar a las tareas que se indican en el PPT un mínimo de 25 horas anuales para atender situaciones extraordinarias. Para el cálculo del coste laboral de esta bolsa de horas se ha partido de la tabla recogida en el artículo 17 del Convenio colectivo de aplicación, que para en 2024 prevé un precio/hora extraordinaria de 17,92 euros. Teniendo en cuenta el periodo de duración del contrato -doce meses desde el 1 de septiembre de 2026 -, el contrato se desarrollará en dos anualidades, distribuyéndose en 2026 y 2027. Dado que en la tabla del artículo 17 del convenio solo se indica el precio/hora extraordinaria hasta el año 2024, se ha estimado un incremento de un 3,5% para el año 2025, por lo que el coste de la hora extraordinaria en 2025 asciende a 18,55 euros. Asimismo, se prevé un incremento de un 3,5% para el año 2026, siendo el precio/hora de 19,20 euros en esa anualidad, así como un incremento de un 3,5% para el año 2027, siendo el precio/hora de 19,87 euros en ese ejercicio. Dado que el número de horas de servicio en 2026 sería de 8,33, el coste salarial de la bolsa de horas extraordinarias en 2026 sería de 159,94 euros. Asimismo, puesto que el número de horas de servicio en 2027 sería de 16,67, el coste salarial de la bolsa sería de 331,23 euros en 2027. En la siguiente tabla se resumen los cálculos citados:
| Año | Precio/hora según el art. 17 y actualización (3,5% anual) | Periodo (meses) | Horas al año | Coste salarial bolsa horas extraordinarias (25 horas) |
|-------|-------------------------------------------------------------|-------------------|----------------|---------------------------------------------------------|
| 2026 | 19,20 € 8 | 8,33 | | 159,94 € |
| 2027 | 19,87 € | 4 | 16,67 | 331,23 € |
Asimismo, estos importes se deben incrementar en un 35% en concepto de cuotas de la empresa a la Seguridad Social, lo que supone un coste laboral para el periodo de ejecución del contrato de 663,08 euros :
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MARIA MERCEDES ROLDAN SANCHEZ - 2025-10-24 20:59:57 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
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| Año | Coste salarial bolsa horas extraordinarias (25 horas) | Coste Seguridad Social (35%) | Coste laboral bolsa 25 horas extraordinarias |
|----------|---------------------------------------------------------|------------------------------------|------------------------------------------------|
| 159,94 € | 55,98 € | 215,92 € | 2026 |
| 331,23 € | 115,93 € | 447,16 € | 2027 |
| | | Coste laboral bolsa 25 horas extra | 663,08 € |
Por lo tanto, el importe total de los costes laborales anuales del servicio asciende a 80.061,97 euros :
| Efectivo | Grupo profesional según convenio | Horas anuales | Importe |
|--------------------------|----------------------------------------|----------------------------|-------------|
| Responsable del contrato | Técnico diplomado | 104 | 2.476,24 € |
| Auxiliares jardineros | Auxiliares de jardinería (subrogables) | Jornada completa | 76.922,65 € |
| Bolsa de horas extra | Art. 17 convenio colectivo | 25 | 663,08 € |
| | Coste laboral anual total… | Coste laboral anual total… | 80.061,97 € |
## 1.2.- Costes en medios materiales destinados a la ejecución del contrato
El apartado 3.2 del PPT establece que la empresa adjudicataria destinará los medios materiales necesarios para la realización de las tareas objeto de este pliego, como medios auxiliares, grúas, maquinaria, herramientas, productos y abonos indispensables, medios de protección colectiva e individual necesarios de acuerdo con las diversas especialidades profesionales y medios de intercomunicación y telefonía, además de los elementos de protección y señalización con el fin de evitar accidentes durante la ejecución de los trabajos. Asimismo, será por cuenta del adjudicatario el coste de la reposición de plantas, incluyendo plantas ornamentales producidas ecológicamente y autóctonas del continente americano.
Para el cálculo de estos costes se han considerado los precios de mercado de esos materiales. Asimismo, se ha realizado una estimación ligeramente a la baja de algunos conceptos, como los útiles de jardinería o la maquinaria, ya que, de acuerdo con la experiencia de este centro gestor en expedientes anteriores, se considera que una gran parte de esos costes corresponde a bienes en propiedad de las empresas.
En total, se han estimado unos costes anuales en medios materiales de 3.259,00 euros , de acuerdo con el siguiente desglose:
| Concepto | Importe |
|-----------------------------------------------------------------|-------------|
| Útiles de jardinería | 1 50,00 € |
| Maquinaria de jardinería | 2 50,00 € |
| Accesorios PRL | 359,00 € |
| Productos sanitarios y de abonado | 1.000,00 € |
| Reposición de plantas (incluye plantas ornamentales americanas) | 1.5 00,00 € |
| Importe total de medios materiales | 3.259,00 € |
## 1.3.- Costes en subcontrataciones
En el apartado cuarto del PPT se indican las tareas de este servicio que podrán ser objeto de subcontratación. Para el cálculo de estos costes se han tenido en cuenta precios de mercado de servicios de poda con utilización de medios auxiliares, que se calculan en 1.200 euros, así como de retirada de residuos vegetales y otros residuos, que se han estimado en un coste unitario de 60 euros y un máximo de cuatro actuaciones anuales 1 . Teniendo en cuenta estos cálculos, se ha estimado un coste anual en subcontrataciones de 1.440,00 euros .
| Concepto | Importe |
|-----------------------------------------------------------------------|------------|
| Trabajos de poda en altura (incluye alquiler de grúas u otros medios) | 1.200,00 € |
| Gestión de residuos (60 € * 4 actuaciones) | 240,00 € |
| Importe total prestaciones subcontratables | 1.440,00 € |
Teniendo en cuenta lo anterior, los costes directos mínimos del servicio se elevan a 84.760,97 euros :
| Concepto | Importe |
|-----------------------------------------------|-------------|
| Costes laborales con Seguridad Social | 80.061,97 € |
| Costes en medios materiales | 3.259,00 € |
| Costes en subcontrataciones | 1.440,00 € |
| Total costes directos prestación del servicio | 84.760,97 € |
## 2. COSTES INDIRECTOS: GASTOS GENERALES DE ESTRUCTURA Y BENEFICIO EMPRESARIAL
Al importe de los costes directos del servicio habría que añadir los gastos generales de estructura que la empresa adjudicataria tendría que asumir (gestoría, atención telefónica, amortización de maquinaria en propiedad, etc.), que se estiman en un 4% de los costes directos, y un beneficio empresarial que se calcula en un 6% de los costes directos, lo que supone unos importes adicionales de 3.390,44 euros y 5.085,66 euros, respectivamente, hasta un total de 8.476,10 euros .
| Concepto | Importe |
|----------------------------------|------------|
| Gastos generales estructura (4%) | 3.390,44 € |
| Beneficio empresarial (6%) | 5.085,66 € |
| Total costes indirectos (10%) | 8.476,10 € |
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MARIA MERCEDES ROLDAN SANCHEZ - 2025-10-24 20:59:57 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
## PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
De acuerdo con lo expuesto en los apartados anteriores, el coste total del servicio para un periodo de ejecución de 12 meses es de 93.237,07 euros .
| Concepto | Importe |
|----------------------------------------|-------------|
| Costes directos | 84.760,97 € |
| Costes indirectos | 8.476,10 € |
| Coste total de prestación del servicio | 93.237,07 € |
En consecuencia, el presupuesto base de licitación, IVA excluido, es de 93.237,07 euros. Al aplicar el IVA del 21%, el presupuesto base de licitación asciende a 112.816,85 euros .
| Concepto | Importe |
|-----------------------------------------------|--------------|
| Presupuesto base de licitación sin impuestos | 93.237,07 € |
| IVA 21% | 19.579,78 € |
| Presupuesto base de licitación (IVA incluido) | 112.816,85 € |
Este expediente se tramitará por el procedimiento abierto simplificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 17 y 156 de la LCSP, y con cargo a la aplicación presupuestaria 24.05.333A.210, con la siguiente financiación por anualidades:
-2026 . Desde el 1/09/2026 hasta el 31/10/2026 (2 meses): 18.802,81 €, IVA incluido.
-2027 . Desde el 1/11/2026 hasta el 31/08/2027 (10 meses): 94.014,04 €, IVA incluido.
Madrid, con fecha de firma electrónica LA SUBDIRECTORA GENERAL DE MUSEOS ESTATALES
Mercedes Roldán Sánchez
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