Memoria justificativa e informe de necesidad del contrato.pdf
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## Ayuntamiento de Villa de Arico
Expediente nº:
2106/2026
Procedimiento:
Contrataciones
Asunto:
Contrato abierto simplificado. Servicio de Campamentos de verano 2026.
## MEMORIA JUSTIFICATIVA E INFORME DE NECESIDAD DEL CONTRATO
## 1.- Introducción
En cumplimiento con la memoria de ejecución del Plan Concertado de prestaciones Básicas de Servicios Sociales y conforme al compromiso de los Servicios Sociales por fomentar el desarrollo integral de la infancia y garantizar el acceso a actividades lúdicas, educativas y recreativas durante el periodo estival, se hace necesaria la contratación del servicio de campamentos infantiles de verano. Estos campamentos constituyen una herramienta fundamental para promover la socialización, el bienestar emocional y físico de los niños y niñas, así como para apoyar a las familias en la conciliación de la vida laboral y familiar.
La presente memoria justificativa tiene como objetivo exponer la necesidad de prestar este servicio, describir las características y beneficios que aporta a la comunidad, y fundamentar la contratación del mismo desde una perspectiva social, educativa y organizativa. De esta manera, se busca asegurar la máxima calidad, seguridad y adecuación a las necesidades específicas de la población infantil a la que va dirigido.
## 2.- Definición del objeto del contrato y calificación
- Descripción:El objeto del presente contrato es la adjudicación del servicio de organización y desarrollo de los campamentos infantiles de verano 2026.
## - CPV:
- 92000000-1 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.
- 55243000-5 Servicios de colonias de vacaciones para niños.
- 92331210-5 Servicios de animación para niños.
- 80410000-1 Servicios escolares diversos.
## 3.- Marco normativo
- Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Orden de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se acuerda la concesión de las aportaciones dinerarias, en el año 2026, a favor de determinados ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinada a financiar parte de la actividad relativa a los Servicios Sociales de atención primaria y comunitaria, de conformidad con la Orden departamental nº: 1406 / 2025 - de 30 de diciembre de 2025, por la que se autoriza y aprueba el gasto, en virtud de las cantidades consignadas en el protocolo general de actuación suscrito el 29 de diciembre de 2025, entre este departamento y la
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## Ayuntamiento de Villa de Arico
Federación Canaria de Municipios.
## 4.-Necesidad e idoneidad del contrato
- Determinación y justificación de la necesidad:De conformidad con la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, Artículo 25, el Ayuntamiento de Villa de Arico tiene competencia en materia de servicios sociales de atención primaria y comunitaria, siendo este el primer nivel de atención del sistema público de servicios sociales. Los servicios sociales de atención primaria y comunitaria tienen un carácter integrador de políticas sociales, coordinándose y cooperando con las instituciones y organizaciones públicas y privadas que actúan en el municipio, desempeñando una labor orientada al desarrollo social, la prevención, la promoción y la participación ciudadana.
Desde esta competencia el Ayuntamiento de Villa de Arico contempla en la memoria de Plan Concertado de prestaciones básicas de Servicios Sociales, (aportación dineraria que financia la ejecución de las actuaciones de prevención que se desarrollan en los Servicios Sociales Comunitarios) el desarrollo de un programa socio educativo destinado a niños/as de entre 3 y 12 años (escolarizados), a desarrollar durante las vacaciones escolares de verano, cuyo objeto es la búsqueda del bienestar de nuestra comunidad en general, mediante la propuesta de iniciativas basadas en la ocupación y formación del tiempo libre de dichos/as niños/as de forma saludable, al tiempo que se propicia la conciliación de la vida laboral y personal de las familias de estos/as.
- Insuficiencia de medios:El Ayuntamiento de Villa de Arico no dispone de los medios humanos y técnicos propios para realizar las distintas actividades que componen el objeto del contrato, por lo que se hace necesario acudir a la contratación externa del servicio con empresas especializadas en el sector, siendo esta fórmula de realización de la prestación objeto del contrato la más adecuada, al proporcionar una solución integral a las necesidades expuestas.
## 5.- Lotes
- -Posibilidad de licitar por lotes: No. La naturaleza objeto del contrato no permite su división en lotes
- Concepto:
- *Lote1:
- *Lote 2:
## 6.- Objetivos de desarrollo sostenible
- Objetivo:
- ODS 1: Poner fin a la pobreza y garantizar la protección social.
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## Ayuntamiento de Villa de Arico
- ODS 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades.
## 7.- Presupuesto base de licitación
- Presupuesto base de licitación: 62.905,92€
- Valor del IGIC: 4.115 ,34€
- 8.- Valor estimado del contrato
- -58.79 0,58€.
## 9.- Viabilidad económica:
- -Aplicación presupuestaria: 2026.2310.227 99
- Crédito: 65.0 00€
- Crédito: 65.0 00€
- Contrato plurianual: No
## 10.- Repercusión económica del contrato
- Contrato subvencionado: Si
- Entidad que lo subvenciona: Gobierno de Canarias (Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.)
## 11.- Plazo de desarrollo del contrato
- Plazo de ejecución: 22 de junio de 2026 al 7 de septiembre de 2026 (ambos i nclusive)
- Prórroga: No
## 12.- Modificaciones previstas
No
## 13.- Unidad proponente
- Área/ Departamento:Área de Bienestar Social
- Concejal: Agustín Zacarías Tejera Dorta
- Técnico: Mª Rosa Sosa Rodríguez. Coordinadora del Área
## 14.- Consideraciones técnicas y requisitos del contrato
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## Ayuntamiento de Villa de Arico
Las condiciones técnicas y requisitos para la ejecución del contrato, se ajustarán al pliego de prescripciones técnicas particulares, emitido por la Coordinadora del Área de Bienestar Social, de conformidad con lo establecido en el articulo 124 LCSP.
## 15.-Condiciones especiales de ejecución
De conformidad con el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público, serán condiciones de especial ejecución la siguiente:
- De carácter medioambiental :
Separación de residuos durante el desarrollo de las actividades en los campamento.
- De carácter técnico/específico : La empresa adjudicataria recogerá, mediante la implementación de encuestas de
satisfacción o mecanismo similar, la opinión de las familias sobre la calidad del servicio prestado en el desarrollo de cada uno de los campamentos, así como la propuesta de mejora para futuras ediciones.
## 16.- Criterios de adjudicación
El contrato se adjudicará a la proposición que oferte la mejor relación calidad-precio, evaluada mediante la aplicación de los siguientes criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio.
## A.- Valoración mediante cifras o porcentajes :
A.1) Criterios cuantificables a través de fórmulas matemáticas. (fórmula orientativa)
Criterios de cuantificación automática Máximo 80 puntos.
Propuesta económica ………....……………………….………...… Máximo 80 puntos.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta X =Importe oferta más baja * Puntuación máxima
## Importe oferta X
Al ser el precio uno de los criterios de adjudicación, para la apreciación de aquellas bajas que resulten desproporcionadas o temerarias se aplicará lo establecido en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando se identifique una oferta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se actuará de conformidad con lo establecido en el artículo 152 del TRLCSP
A.2) Criterios cualitativos: máxima 20 puntos.
Oferta de mejoras……………………………………….………….……. Máximo
20 puntos
Las mejoras ofertadas, sin coste adicional para el Ayuntamiento de Villa de Arico deberán referirse al ofrecimiento:
- -Por material identificativo del campamento para cada menor participante…………………………………………………..….. Máximo 20 puntos
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## Ayuntamiento de Villa de Arico
- Por camiseta + gorra + mochila identificativas …….….…. 20 puntos
- Por camiseta + gorra o mochila identificativa …….……… 10 puntos
- Por camiseta identificativa …………………………………. 5 puntos
- Por gorra identificativa …………………………….…..……. 4 puntos
- Por mochila identificativa ………………………….….……. 2 puntos
El diseño será facilitado por el Ayuntamiento. Deben aparecer los logos correspondientes de las entidades que financian el contrato.
## B.- Criterios cuantificables mediante juicio de valor.
## Criterios de desempate.
En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios en orden de prelación:
1. En caso de empate se adjudicará a la empresa que mayor puntuación obtenga en el apartado de actividades complementarias.(A.2.)
2. Si continuase el empate se adjudicará a la empresa que mayor puntuación obtenga en el apartado de oferta económica. (A.1)
3. Si aún persiste el empate se resolverá mediante el artículo 147.2 de La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
## 17.- Responsable del contrato
De conformidad con el artículo 62 de la LCSP, el responsable del contrato es una Técnico del Área de Bienestar Social.
En virtud de lo expuesto, procede la tramitación del presente expediente, de acuerdo con el procedimiento que determine el Órgano de Contratación, en cumplimiento con la legislación vigente aplicable.
En Villa de Arico,
El/La Concejal del Área de Cuarto Teniente Alcalde Agustín Z. Tejera Dorta
PD 2025-1525, 23 de diciembre
## La Coordinadora del Área de Bienestar Social M.ª Rosa Sosa Rodríguez
Firmado electrónicamente Firmado electrónicamente
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