Formulario_DEUC_L83_2026.docx

Documento Adicional Ver licitación
# FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) – EXPEDIENTE L83/2026 ## INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN 1. El Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) es una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad del operador económico, que sustituye a la aportación de la documentación acreditativa y que constituye prueba preliminar del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a la licitación, conforme al artículo 140 de la LCSP y al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7. 2.  Por tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, la declaración responsable exigida en la cláusula 6.2 del PCA se formulará, además de mediante el Anexo I, conforme al presente formulario normalizado, que deberá cumplimentarse y firmarse electrónicamente en los términos del artículo 140.1 de la LCSP. En caso de discordancia entre el DEUC y el Anexo I, prevalecerá el DEUC en lo relativo a los extremos por él cubiertos. Su presentación no exime de la aportación de los restantes documentos del sobre 1 —Anexos I, II, III, IV y V; certificado de inscripción en el ROLECE o, en su defecto, documentación acreditativa de la personalidad, capacidad y representación; cuentas anuales; currículum vítae e informe de vida laboral de la persona coordinadora del servicio, y copia de las titulaciones, currículum vítae e informe de vida laboral de las personas adscritas a los perfiles A y B—, cuyo contenido no queda cubierto por el DEUC. 3.  Deberá presentarse un DEUC independiente por cada una de las empresas integrantes de una unión temporal, por cada entidad a cuya capacidad se recurra al amparo del artículo 75 de la LCSP y, cuando así lo exija PROMÁLAGA, por los subcontratistas en cuya capacidad no se base el licitador. 4.  El formulario se cumplimentará preferentemente en el servicio electrónico habilitado al efecto y se presentará firmado electrónicamente por quien ostente poder bastante, junto con el resto de la documentación del sobre 1, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. El presente modelo reproduce, en formato editable, la estructura y el contenido del formulario normalizado, a los efectos de facilitar su cumplimentación. 5.  El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar documentalmente, en el plazo del requerimiento previsto en el artículo 150.2 de la LCSP, la totalidad de las circunstancias declaradas en este documento. PROMÁLAGA podrá recabar en cualquier momento del procedimiento dicha acreditación cuando resulte necesario para el buen desarrollo de este. ## PARTE I. INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR | **Concepto** | **Datos** | | --- | --- | | Poder adjudicador | Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga, S.A. (PROMÁLAGA). Entidad del sector público con la condición de poder adjudicador que no tiene la consideración de Administración Pública. | | Domicilio | Plaza Jesús el Rico, n.º 1, Edif. Aparcamientos, 29012, Málaga (España). | | Título del contrato | Servicio de asistencia y apoyo en tareas auxiliares de infraestructuras de PROMÁLAGA. | | Número de expediente | L83/2026 | | Tipo de contrato | Contrato de servicios sujeto a regulación armonizada. | | CPV | 71356200-0 (Servicios de asistencia técnica). | | Procedimiento | Abierto, tramitación ordinaria (artículos 156 y 317 de la LCSP). Sin división en lotes (artículo 99.3.b) de la LCSP). | | Duración y valor estimado | 36 meses: 12 meses de duración inicial más dos prórrogas de 12 meses cada una. Valor estimado: 359.094,90 €, IVA excluido (artículo 101 de la LCSP). | | Publicación | Diario Oficial de la Unión Europea y Perfil del Contratante de PROMÁLAGA en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Referencia del anuncio: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. | ## PARTE II. INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO **A. Información sobre el operador económico** | **Campo** | **Respuesta** | | --- | --- | | Nombre o razón social | | | N.I.F. / número de identificación fiscal | | | Domicilio social | | | Persona de contacto | | | Teléfono / correo electrónico habilitado | | | Dirección de internet | | | ¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa? | ☐ Sí ☐ No Categoría: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ | | ¿Participa en el procedimiento junto con otros operadores (unión temporal de empresas)? | ☐ Sí ☐ No | | En caso afirmativo: papel del operador en la unión temporal, identificación de los demás integrantes y porcentaje de participación | | | Lotes a los que concurre | No procede: el contrato no se divide en lotes (artículo 99.3.b) de la LCSP). | | ¿Está inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o en un registro oficial equivalente del Estado de establecimiento? | ☐ Sí ☐ No N.º de inscripción: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ | | ¿Abarca la inscripción todos los criterios de selección exigidos en el PCA? En caso negativo, indíquese la documentación complementaria que se aporta | | | Clasificación empresarial | No exigida en los contratos de servicios (artículo 77.1.b) de la LCSP). El PCA no establece grupo, subgrupo y categoría como medio alternativo de acreditación de la solvencia, que se acreditará en los términos de la parte IV. | | ¿Podrá el operador aportar un certificado relativo al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y de los impuestos, o facilitar información que permita al poder adjudicador obtenerlo directamente? | ☐ Sí ☐ No | **B. Información sobre los representantes del operador económico** | **Campo** | **Respuesta** | | --- | --- | | Nombre y apellidos | | | D.N.I. / N.I.E. | | | Cargo o calidad en que actúa | | | Domicilio, teléfono y correo electrónico | | | Datos del apoderamiento (notario, fecha y número de protocolo) e inscripción registral, en su caso | | **C. Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades (artículo 75 de la LCSP)** | **Campo** | **Respuesta** | | --- | --- | | ¿Recurre el operador económico a la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección? | ☐ Sí ☐ No | | En caso afirmativo, identificación de las entidades y elementos de solvencia aportados por cada una | | *Se presentará un DEUC independiente por cada una de las entidades citadas, debidamente cumplimentado y firmado, junto con el compromiso por escrito de dichas entidades que acredite que el licitador dispondrá de los recursos necesarios durante toda la ejecución del contrato (artículo 75.2 de la LCSP). Cuando se recurra a la capacidad de otras entidades en lo relativo a la experiencia profesional, estas deberán ejecutar los servicios para los cuales sea necesaria dicha capacidad (artículo 75.1 de la LCSP). Se advierte que, conforme a la cláusula 10.4 del PCA, las tareas de asistencia técnica descritas en el apartado 2.2 del PPT que corresponde desempeñar a los perfiles A y B, así como las funciones de coordinación del servicio, tienen la consideración de tareas críticas que deberán ser ejecutadas directamente por el contratista con los medios humanos adscritos al contrato, por lo que no podrán ser ejecutadas por la entidad a cuya capacidad se recurra en calidad de subcontratista. Asimismo, las personas adscritas a los perfiles A y B deberán ser trabajadoras por cuenta ajena de la empresa licitadora (cláusula 6.2 del PCA).* **D. Información relativa a los subcontratistas en cuya capacidad no se basa el operador económico** | **Campo** | **Respuesta** | | --- | --- | | ¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros? | ☐ Sí ☐ No | | En caso afirmativo, partes del contrato e identificación de los subcontratistas propuestos | Solo podrán subcontratarse las prestaciones de carácter accesorio, con sujeción a los artículos 215 a 217 de la LCSP y a la cláusula 10.4 del PCA. Prestaciones que se prevé subcontratar: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Subcontratista/s, si se conocen: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Las tareas de asistencia técnica de los perfiles A y B y las funciones de coordinación del servicio son tareas críticas no subcontratables (artículo 215.2.e) de la LCSP). | ## PARTE III. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN El operador económico declara, respecto de cada uno de los apartados siguientes, si concurre o no la circunstancia descrita. La respuesta afirmativa a cualquiera de ellos deberá acompañarse de la indicación de las medidas de autocorrección adoptadas conforme al artículo 72.5 de la LCSP y al artículo 57.6 de la Directiva 2014/24/UE. **A. Motivos referidos a condenas penales (artículos 71.1.a) de la LCSP y 57.1 de la Directiva 2014/24/UE)** ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de vigilancia, o que ostente poderes de representación, decisión o control en él, objeto de condena mediante sentencia firme por alguno de los siguientes motivos? ☐ Sí ☐ No Participación en una organización delictiva. ☐ Sí ☐ No Corrupción. ☐ Sí ☐ No Fraude, incluido el que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea. ☐ Sí ☐ No Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas. ☐ Sí ☐ No Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. ☐ Sí ☐ No Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos. En caso afirmativo, indíquense la fecha de la condena, los motivos, la persona condenada, la duración de la exclusión y las medidas de autocorrección adoptadas: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. **B. Motivos referidos al pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social** ☐ Sí ☐ No ¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas al pago de impuestos, tanto en el Estado de establecimiento como en España? ☐ Sí ☐ No ¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas al pago de cotizaciones a la Seguridad Social, tanto en el Estado de establecimiento como en España? ☐ Sí ☐ No ¿Ha causado baja en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas? ☐ Sí ☐ No ¿Mantiene el operador económico obligaciones económicas vencidas y exigibles con PROMÁLAGA? En caso afirmativo, indíquese si el incumplimiento ha sido establecido por resolución judicial o administrativa firme, el importe afectado y si el operador ha cumplido ya sus obligaciones o ha celebrado un acuerdo vinculante de pago: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. **C. Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional** ☐ Sí ☐ No ¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos del Derecho medioambiental, social o laboral? ☐ Sí ☐ No ¿Se encuentra el operador económico en situación de concurso de acreedores, insolvencia, liquidación, intervención judicial, convenio con acreedores, cese de actividad o cualquier situación análoga? ☐ Sí ☐ No ¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave que ponga en entredicho su integridad? ☐ Sí ☐ No ¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores destinados a falsear la competencia? ☐ Sí ☐ No ¿Tiene conocimiento el operador económico de algún conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento (artículo 64 de la LCSP)? ☐ Sí ☐ No ¿Ha asesorado el operador económico al poder adjudicador o ha participado de otra manera en la preparación del procedimiento (artículo 70 de la LCSP)? ☐ Sí ☐ No ¿Ha experimentado el operador económico la resolución anticipada de un contrato público anterior, la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables derivadas de dicho contrato? ☐ Sí ☐ No ¿Se encuentra el operador económico en alguno de los siguientes supuestos: haber sido declarado culpable de falsedad grave al facilitar la información exigida, haber retenido dicha información, no poder presentar los documentos justificativos requeridos o haber intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador u obtener información confidencial que pudiera conferirle ventajas indebidas? En caso afirmativo a cualquiera de los supuestos anteriores, descríbanse las circunstancias concurrentes y las medidas de autocorrección adoptadas: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. **D. Otros motivos de exclusión previstos en la legislación nacional (artículo 71 de la LCSP)** ☐ Sí ☐ No ¿Ha sido el operador económico sancionado con carácter firme por infracción grave en materia profesional, de falseamiento de la competencia, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o por infracción muy grave en materia medioambiental, social, laboral o de extranjería? ☐ Sí ☐ No ¿Ha incumplido el operador económico la obligación de contar con un plan de igualdad, cuando resulte legalmente exigible, o con el porcentaje legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad? ☐ Sí ☐ No ¿Se encuentra el operador económico incurso en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, o de la normativa autonómica o local en materia de incompatibilidades, o se trata de alguno de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio? ☐ Sí ☐ No ¿Ha retirado indebidamente el operador económico su proposición o candidatura, o ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar el requerimiento del artículo 150.2 de la LCSP? ☐ Sí ☐ No ¿Ha incumplido el operador económico las condiciones especiales de ejecución de un contrato anterior cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido como infracción grave y concurra dolo, culpa o reiteración? En caso afirmativo, descríbanse las circunstancias concurrentes y, en su caso, las medidas de autocorrección adoptadas: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. ## PARTE IV. CRITERIOS DE SELECCIÓN **α. Indicación global relativa a todos los criterios de selección** ☐ El operador económico declara que cumple todos los criterios de selección exigidos en el Pliego de Condiciones Administrativas, sin perjuicio de su acreditación documental en los términos del artículo 150.2 de la LCSP. De marcarse esta casilla, no será preciso cumplimentar las secciones A a D de la presente parte. **A. Idoneidad** | **Criterio** | **Respuesta** | | --- | --- | | Inscripción en el registro mercantil o profesional del Estado de establecimiento | | | Objeto social comprensivo de las prestaciones objeto del contrato (artículo 66 de la LCSP) | | | Habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso | | **B. Solvencia económica y financiera** | **Criterio exigido en la cláusula 6.2 del PCA** | **Respuesta del operador económico** | | --- | --- | | Volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, por importe igual o superior a 179.547,45 € (IVA excluido), equivalente a una vez y media el valor anual medio del contrato — artículo 87.1.a) de la LCSP | Ejercicio: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ € | | Medio de acreditación previsto | Declaración conforme al Anexo III y cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o, en su defecto, en el registro oficial en que deba estar inscrito el licitador. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, mediante su declaración del IRPF. | **C. Capacidad técnica y profesional** | **Criterio exigido en la cláusula 6.2 del PCA** | **Respuesta del operador económico** | | --- | --- | | Experiencia previa: facturación igual o superior a 83.788,81 € (IVA excluido) en servicios de asistencia técnica en la gestión, seguimiento o supervisión del mantenimiento de edificios e instalaciones en el año de mayor ejecución de los tres últimos concluidos (2023, 2024 o 2025), equivalente al 70 % de la anualidad media del contrato — artículo 90.1.a) de la LCSP | Año de referencia: \_\_\_\_\_\_\_\_ Importe facturado: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ € Principales servicios (destinatario, objeto, importe): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ | | Medio de acreditación previsto | Relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza realizados en los tres últimos años, con indicación de importe, fechas y destinatario público o privado, conforme al Anexo IV, acreditados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o, a falta de dicho certificado, mediante declaración del empresario. | | Persona coordinadora del servicio: distinta de las que cubran los perfiles A y B y sin dedicación exclusiva al contrato, con experiencia mínima de cinco (5) años en actividades de coordinación de servicios de mantenimiento, de asistencia técnica o de gestión de infraestructuras de edificios (cláusula 6.2 del PCA y apartado 3.b) del PPT) | Nombre: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Años de experiencia: \_\_\_\_\_\_ Se acreditará mediante currículum vítae e informe de vida laboral. | | Medios humanos: compromiso de adscripción, a jornada completa y como trabajadoras por cuenta ajena de la empresa licitadora, de una persona con el perfil A (titulación universitaria en Ingeniería Industrial, Ingeniería Técnica Industrial o grado similar) y de una persona con el perfil B (Ciclo Formativo de Grado Superior en Proyectos de Edificación o similar), cada una con experiencia mínima de cuatro (4) años en las tareas principales de su perfil identificadas con asterisco en el apartado 3.b) del PPT y permiso de conducción de la clase B (cláusula 6.2 del PCA) | ☐ Sí ☐ No (conforme al Anexo V) Perfil A: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Años de experiencia: \_\_\_\_\_\_ Perfil B: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Años de experiencia: \_\_\_\_\_\_ | | Medios materiales: los medios materiales mínimos exigidos en el apartado 3.c) del PPT por cada persona de los perfiles A y B, con las características mínimas del citado apartado, así como el vehículo necesario para los desplazamientos entre los centros de PROMÁLAGA y una plaza de aparcamiento para uso compartido de ambos perfiles en las proximidades de las oficinas de calle Álamos, 34 (cláusula 6.2 del PCA y apartado 3.b) del PPT) | ☐ Sí ☐ No (conforme al Anexo V) Se acreditará mediante declaración responsable de adscripción de los medios en caso de resultar adjudicatario (cláusula 6.2 del PCA). | | Parte del contrato que el operador tiene intención de subcontratar | Conforme a la parte II, sección D, del presente formulario y a la cláusula 10.4 del PCA. | **D. Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental** No se exigen en el presente procedimiento certificados de aseguramiento de la calidad ni de gestión medioambiental como criterio de solvencia, sin perjuicio de los compromisos que el licitador asuma en su oferta y de la condición especial de ejecución de carácter social prevista en la cláusula 3.1 del PCA. **Nota sobre la clasificación.** De conformidad con el artículo 77.1.b) de la LCSP, no es exigible la clasificación en los contratos de servicios, y el PCA no la prevé como medio alternativo de acreditación de la solvencia, por lo que todos los licitadores, españoles o extranjeros, deberán cumplimentar las secciones B y C anteriores. La inscripción en el ROLECE acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario que consten en él, conforme al artículo 96 de la LCSP. ## PARTE V. REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS No procede. El contrato se adjudica por procedimiento abierto, sin fase previa de selección ni limitación del número de candidatos. ## PARTE VI. DECLARACIONES FINALES El abajo firmante declara formalmente que la información comunicada en las partes II a V del presente documento es exacta y correcta y que se ha facilitado con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave. El abajo firmante declara formalmente que podrá aportar, previa petición y sin dilación, los certificados y demás documentos justificativos de la información declarada, salvo que el poder adjudicador tenga la posibilidad de obtener dicha documentación directamente accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita, o que obre ya en su poder. El abajo firmante consiente formalmente que PROMÁLAGA acceda a los documentos justificativos de la información declarada en el presente documento a efectos del procedimiento de contratación expediente n.º L83/2026, «Servicio de asistencia y apoyo en tareas auxiliares de infraestructuras de PROMÁLAGA». Asimismo, declara conocer que la presentación del presente formulario no exime de la aportación de los restantes documentos exigidos en el sobre 1 por la cláusula 6.2 del PCA. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a la fecha de la firma electrónica. Fdo.: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ *(Firma electrónica del licitador o de su representante legal)*