CCP_simplificado_Servicios__2_Firmas_.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ## CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES (CCP) (SERVICIOS) ## OBLIGATORIO INCLUIR REQUISITOS TÉCNICOS DE ACCESIBILIDAD Y/O MEDIOAMBIENTALES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Se incluyen requisitos técnicos de accesibilidad y/o ambientales como características técnicas EN EL PPT : La definición y desarrollo de los trabajos objeto del contrato deberán ser conformes al Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles en el sector público y a los requisitos establecidos en la UNE-EN 301549:2022. ## 1.1 OBJETO DEL CONTRATO SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN. ## 1.2 NATURALEZA DEL CONTRATO Conforme se establece en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la qu e se traspone la ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24UE de 26 de febrero de 2014 ( en adelante LCSP ), y demás normativa de aplicación. ## 1.3 NECESIDADES A SATISFACER CON ESTE CONTRATO Los objetivos o necesidades a satisfacer se pueden concretar en: Análisis, diseño e implementación de la Infraestructura de datos espaciales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (IDEG) Análisis, diseño e implementación de la infraestructura GIS para publicación de datos espaciales en la Intranet y Extranet (Sede Electrónica) Propuestas de mejora en la infraestructura GIS, incluyendo su valoración económica de implantación y mantenimiento a 10 años, de al menos los siguientes hitos: Modernización de herramientas técnicas actuales Desarrollo del gemelo digital del municipio de Gijón No forma parte del presente contrato el desarrollo de las mejoras propuestas en este apartado. Dado que los trabajos han de ser realizados con conocimientos técnicos específicos y careciendo de medios humanos y materiales para la prestación directa el Ayuntamiento de Gijón, se requiere la contratación externa. La motivación de integrar la prestación en un único lote se basa en el principio rector básico de la contratación pública que es la eficiente utilización de los fondos públicos y, que conlleva, buscar la mayor racionalización en la ejecución de las prestaciones. La integración de todos los servicios en un único lote permite optimizar los recursos y mejorar la eficacia y eficiencia del contrato. En este sentido, las prestaciones que conforman el objeto del contrato están estrechamente interrelacionadas y forman un conjunto integral de servicios que no se pueden dividir de manera eficiente en lotes sin comprometer su calidad y efectividad. Igualmente, la coordinación entre las diversas prestaciones del contrato exige que todas las actividades sean gestionadas por una sola entidad que pueda garantizar la homogeneidad y eficacia del análisis y definición del IDEG, así como la visualización de la información interna y externamente. ## CONTRATO DE SERVICIOS ## Imposibilidad de prestación del servicio con medios propios. De conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es competencia municipal, entre otras, la ordenación del territorio, incluyendo la designación y numeración de sus calles, y la organización y prestación de los servicios públicos de su competencia (alumbrado público, limpieza viaria, saneamiento, etc.). En el ámbito del ejercicio de sus competencias, diversos servicios municipales generan información georreferenciada. El Servicio de Sistemas de Información, responsable de la gestión de la cartografía y del callejero municipal, ha desarrollado un conjunto de herramientas GIS para compartir entre los distintos departamentos la información georreferenciada que producen, no cuenta con medios suficientes para su implantación generalizada para todos los productores de información del Ayuntamiento, Organismos Autónomos y Empresas Municipales. Igualmente no se dispone de personal experto que pueda realizar el análisis y catalogación de todos los datos a publicar, incluidos los que puedan publicarse externamente. De acuerdo al artículo 308 de la LCSP en ningún caso la entidad contratante plantea instrumentar la contratación de personal a través de este contrato de servicios. | 1.4 CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN CPV | 72100000-Servicios de consultoría en equipo informático 72200000-Servicios de programación de software y de consultoría 72300000-Servicios relacionados con datos 72420000-Servicios de desarrollo de Internet El objeto del contrato incluye prestaciones de consultoría que tienen reconocida la naturaleza de prestaciones de carácter intelectual por la Disposición adicional 41 de la LCS | |------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 1.5 SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA | NO | | 2.1 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | CONCEJALÍA DELEGADA DE HACIENDA | |------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 2.2 EXAMEN DE LOS PLIEGOS QUE RIGEN LA PRESENTE LICITACIÓN | Perfil de Contratante del Órgano de Contratación situado en la Plataforma de Contratación del Sector Público: https://www.contrataciondelestado.es/ | | 2.3 PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES | PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN: https://sedeelectronica.gijon.es/contratacion Podrá acceder a dicha plataforma y enviar su oferta, disponiendo para ello de una guía o manual explicativo de registro y presentación de ofertas, además de un sistema de soporte tanto telefónico como telemático disponible tanto para la resolución de incidencias como para asegurar, con carácter previo al envío de la oferta, la compatibilidad y cualesquiera cuestiones técnicas que garanticen el envío. Al presentarse una proposición o solicitud de participación, la citada plataforma generará un aviso de recepción electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido. En la forma y condiciones establecidas en el Pliego Modelo. | ## 3.1 PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ABIERTO SIMPLIFICADO, NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. El procedimiento de adjudicación es el procedimiento abierto simplificado, al tratarse de un contrato de servicios de valor estimado inferior a 140.000 € que incluye criterios sometidos a juicio de valor que no superan el 45% del total al incluir el contrato prestaciones de carácter intelectual, según lo establecido en el artículo 159. ## 3.2 TRAMITACIÓN ## 3.3 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Al tratarse de un procedimiento en el que la presentación de ofertas se hará únicamente por medios electrónicos, el plazo de presentación de ofertas, que se computará en días naturales, comenzará con la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante, y terminará a las 17:00 horas del DECIMOSEXTO (16) día natural posterior al día de la publicación (art. 159.3 LCSP). Asimismo, de conformidad con la Disposición adicional duodécima de la LCSP, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. ## 3.4 CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN La composición de la Mesa de Contratación, figura publicada en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Gijón/Xixón en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Primer martes o jueves hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo señalado para su presentación, en la forma y condiciones establecidos en el Pliego Modelo. ORDINARIA <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | | 4.1 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (ANEXO MEMORIA ECONÓMICA) | 24.500,00 euros IVA excluido | |--------------------------------------------------------------|-------------------------------------| | 4.2 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (ANEXO MEMORIA ECONÓMICA) | 29.645,00 euros IVA incluido al 21% | | Importe del IVA incluido al 21% | 5.145,00 euros | ## 4.3. FORMA DE DETERMINAR EL PRECIO DEL CONTRATO El precio del contrato será la contraprestación a percibir por el contratista adjudicatario, la cual será abonada en función de la prestación realmente ejecutada, y aprobada de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente. En el precio se entenderá incluido el IVA, que en todo caso se indicará como partida independiente. Se especificarán las particularidades relativas a esta magnitud con arreglo a lo dispuesto en el artículo 102 de la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. El precio cierto del contrato resultará de minorar el precio del contrato en el importe del IVA incluido en la oferta, importe que será el IVA legalmente aplicable el último día del plazo para la presentación de ofertas. - A tanto alzado a la totalidad o a parte de las prestaciones del contrato. ## 4.4 DIVISIÓN EN LOTES DEL CONTRATO Se establece división en lotes ## Justificación de la no división en lotes: El alcance de los trabajos a realizar no permite establecer lotes aislados ya que del análisis inicial realizado sobre la información municipal generada dependen el resto de actuaciones a llevar a cabo (definición, normalización, catalogación, visualización, etc.). ## 4.5 MODIFICACIONES CONTRACTUALES ADMITIDAS NO se admiten modificaciones | 5.1 ANUALIDADES DE GASTO Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: | 5.1 ANUALIDADES DE GASTO Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: | 5.1 ANUALIDADES DE GASTO Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: | |------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------| | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | GASTO ESTIMADO AÑO 2026 | GASTO ESTIMADO TOTAL | | FA70/92004/22706 | 29.645,00 € | 29.645,00 € | ## 5.2 RÉGIMEN DE FACTURACIÓN Corresponde al responsable de Contabilidad de este Ayuntamiento la competencia en materia de contabilidad pública. El contratista expedirá y presentará la correspondiente factura, y una vez recibida, resultando conforme, reconocida la obligación y aprobada por el órgano competente, en su caso, se procederá a su abono. La facturación se realizará: NO A la finalización de los trabajos tras la recepción de los mismos por el responsable del contrato. ## 5.3 PRESENTACIÓN DE FACTURAS La remisión de las facturas al Ayuntamiento de Gijón o sus organismos dependientes habrá de realizarse de forma electrónica a través de la plataforma Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado (FACe), cuya dirección es https://face.gob.es/es/. ## CÓDIGOS DIR | Oficina Contable | Órgano Gestor | Unidad Tramitadora | |---------------------------------|---------------------------------------------|----------------------------------------| | L01330241 Ayuntamiento de Gijón | LA0000507 Administración Pública y Hacienda | LA0000443 DGS. Sistemas de Información | ## 6. PLAZO DE DURACIÓN El contrato tendrá una duración de 3 MESES, contados a partir del día siguiente a la formalización del mismo, no contemplándose prórrogas. ## 7. REVISIÓN DE PRECIOS No procede de conformidad con el artículo 103 de la LCSP. ## 8. PLAZO DE GARANTÍA 3 MESES sobre el desarrollo del visor. ## 9.1 PENALIZACIONES GENERALES POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Según las establecidas en el Pliego Modelo. | 9.2 OTRAS PENALIDADES | Obligaciones esenciales : Son las recogidas en el Pliego Modelo y tendrán una penalización del 3% del precio del contrato (IVA excluido). Las restantes penalidades: Son las recogidas en el Pliego Modelo y tendrán una penalización del 2% del precio del contrato (IVA excluido). | |--------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 9.3 PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICIÓN DE PENALIDADES | - Para la imposición de penalidades se concederá al contratista un plazo de audiencia de CINCO (5) DÍAS HÁBILES para que formule las alegaciones que estime oportunas. - Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato. - Las penalidades impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el ayuntamiento deba abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas mediante la ejecución de la garantía definitiva, y si ésta no existiese o no alcanzase el montante de la sanción, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio. - Se considerará fecha fin de las penalidades por demora, la fecha del Acta de recepción firmada. | ## 10. SOLVENCIA Se considera que los criterios de solvencia económica y técnica o profesional que se relacionan son los adecuados y suficientes para acreditar la capacidad de las empresas licitadoras para ejecutar correctamente la prestación dadas las características de la misma. En contratos de servicios de valor estimado igual o inferior a 35.000 euros, deberá indicarse expresamente la exigencia o no de los requisitos de acreditación de solvencia (conforme a lo previsto en el art. 11 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, del modificado por RD 773/2015, de 28 de agosto) . <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | ## DOCUMENTO DE CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA ## SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos la cantidad que se establezca como nivel mínimo: ## Nivel mínimo de solvencia económica: 36.750,00 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil ( en el modelo normalizado para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación establecido en la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, junto con el justificante de dicho Registro ), si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. ## SOLVENCIA TÉCNICA Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años , en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La igual o similar naturaleza será apreciada por coincidencia de los tres primeros dígitos del CPV. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se exigirá como mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución (del período antes citado), en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 17.150,00 euros. ## SOLVENCIA TÉCNICA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará: - Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. La empresa deberá contar con un departamento técnico dotado, al menos, de dos consultores-analistas. - Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. ## 11. HABILITACIÓN PROFESIONAL NECESARIA NO APLICA ## 12. SUBCONTRATACIÓN - [ ] ￿ No Consta En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71. El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas. Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: SI Obligación de subcontratar con empresas especializadas: NO ## 13. SOBRES EN LOS QUE DEBE APORTARSE LA DOCUMENTACIÓN PARA CONCURRIR A LA LICITACIÓN Y CONTENIDO A INCLUIR EN CADA UNO DE ELLOS ## SOBRE O ARCHIVO ELECTRÓNICO N.º 1 - A) Declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación (en lo sucesivo DEUC), a la que se podrá acceder en la siguiente dirección: ESPD (registrodelicitadores.gob.es) y que deberá ir firmada y con la correspondiente identificación. En su caso, en el mismo se deberá cumplimentar los apartados que sean relevantes en la presente licitación. Se debe designar una dirección de correo electrónico, a los efectos de practicar notificaciones ## B) Certificado de inscripción en el ROLECE. - -EN CASO DE NO ESTAR INSCRITO EN EL ROLECE: ACUSE DE RECIBO DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL ROLECE (DE FECHA ANTERIOR AL FIN DE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS) JUNTO CON UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE HABER APORTADO LA DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA Y DE NO HABER RECIBIDO REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN. - C) Al tratarse este de un contrato que implica el tratamiento de datos de carácter personal , deberá presentarse declaración responsable en la que se indique si tienen previsto subcontratar los servidores y los servicios asociados a los mismos para el tratamiento de dichos datos personales, el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. ## D) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (memoria): ## Si la documentación presentada no se ajusta a estas indicaciones se excluirá la oferta. La documentación correspondiente a la oferta técnica deberá cumplir los requisitos siguientes: - Identificar al licitador y deberá estar firmado por su representante legal. - La estructura del documento deberá tener el mismo orden en el que aparecen los criterios de valoración de ofertas en el CCP del contrato, y contendrá: 1. Un índice de documentos 2. La oferta técnica en cada uno de los aspectos objeto de valoración, con la información suficiente para realizar la valoración. Se tratarán los puntos que se indican en el apartado anterior de criterios de valoración de las ofertas. 3. Extensión: Para la aplicación de los límites de extensión se establecen los siguientes criterios de formato: espaciado normal, letra de tamaño de 11 puntos y márgenes de 2 cms en todos los extremos. No se computan a efectos de extensión ni índices, ni portadas ni los catálogos o anexos informativos, si bien lo indicados en esto solo puede considerarse a efectos de complementar la información aportada en la propuesta. En el caso de que la extensión sea superada se valorará con cero (0) puntos el apartado correspondiente. 1. Plan de trabajo: para la descripción de cada actuación incluida en el plan se establece una extensión máxima de dos (2) páginas. No se aplicará limitación para el anexo de los medios personales que la entidad se compromete a adscribir al contrato ni para el cronograma de actuaciones. 2. Metodología: se establece una extensión máxima de cinco (5) páginas para la descripción de las metodologías a utilizar. 3. Mejoras: se establece una extensión máxima de tres (3) páginas para la definición de cada una de las mejoras. Por tanto no se podrán sobrepasar las seis (6) páginas. En ningún caso se deberán incluir en la memoria datos que impliquen el conocimiento total o parcial de la oferta económica, ni del resto de criterios objetivos, en caso contrario, el licitador será excluido del procedimiento. * La documentación técnica habrá de presentarse en un único PDF, debe de estar firmado electrónicamente y coincidir dicha firma con el representante legal designado en el mismo o persona que actúe en su propio nombre y deberá incluir en la <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | portada los siguientes datos identificativos: Nombre/razón social: DNI/CIF: Actuando en nombre propio o mediante la representación de: Nombre de la persona representante: DNI/CIF de representante: Correo electrónico que se señala para recibir avisos: ## SOBRE O ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 2 Modelo de proposición económica - declaración responsable según ANEXO incluido en este CCP. * Debe estar firmado electrónicamente y coincidir dicha firma con el representante legal designado en el mismo o persona que actúe en su propio nombre. Todos los documentos deberán ser presentados en castellano originalmente o con la debida traducción. ## Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial. Los licitadores deberán indicar qué documentos o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente en el propio documento que tenga tal condición. A estos efectos en el índice o encabezado de los documentos (memorias, proyectos o alegaciones) que se solicite aportar en el procedimiento se incluirá el detalle de los apartados o párrafos concretos que se declaren confidenciales. A falta de esta indicación el órgano de contratación no estará obligado a recabar el parecer del licitador antes de divulgar tales documentos. La confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta. Únicamente podrá extenderse a documentos o parte de los mismos que tengan una difusión restringida y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles, respetándose en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores. A estos efectos, para considerar que la documentación tiene carácter confidencial, se deberá justificar suficientemente que: 1. Supone una ventaja competitiva para la empresa. 2. Es información reservada, es decir, desconocida por terceros. 3. Representa un valor estratégico para la empresa y pueda afectar a su competencia en el mercado, considerando secretos comerciales o técnicos conjunto de conocimientos que no son de dominio público y que resultan necesarios para la fabricación o comercialización de productos, la prestación de servicios, y la organización administrativa o financiera de una unidad o dependencia empresarial, y que por ello otorga a quien dispone de ellos de una ventaja competitiva en el mercado que se esfuerza en conservar en secreto, evitando su divulgación y sin que pueda otorgarse tal carácter al conjunto de la documentación que constituye la oferta del licitador. ## DEBER DE INFORMACIÓN: DATOS PERSONALES DE LOS PARTICIPANTES EN LA LICITACIÓN De conformidad con la normativa vigente aplicable, se informa que los datos personales facilitados por el licitador que participa en el proceso de contratación o, en su caso, por los que resulten adjudicatarios, son incorporados en tratamientos responsabilidad del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, con la finalidad de gestionar el proceso de contratación y para controlar la adecuada ejecución de las prestaciones. La recogida y tratamiento de estos datos, es lícita en base a la necesidad de cumplir con una obligación legal (art. 6.1.c.) del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos) y de conformidad con la normativa d e contratación del sector público - LCSP. Los datos serán tratados de manera confidencial y solo serán comunicados a entidades de control y fiscalización, como el Tribunal de Cuentas y a otros órganos con competencias en la materia, así como a restantes terceros, siempre y cuando se cumplan las exigencias establecidas en la vigente legislación de protección de datos personales. Los datos personales de los representantes de las entidades/empresas podrán ser objeto de publicidad en cumplimiento de la normativa de transparencia. Los datos serán conservados durante los plazos establecidos en las normas d e contratación del sector público y siguiendo los criterios de archivo documental. ￿ ￿ Las personas titulares de estos datos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos contemplados en la vigente normativa de protección de datos, cuando procedan, en los términos previstos en la misma, mediante comunicación dirigida al Ayuntamiento de Gijón/Xixón, bien al correo electrónico protecciondatos@gijon.es, a su dirección postal, a través de la Sede electrónica, o de forma presencial en las Oficinas de asistencia en materia de registros. Cuando lo considere pertinente, podrá acudir a la Autoridad de Control en materia de protección de datos personales: Agencia Española de Protección de Datos -C/Jorge Juan, 6 -28001 -Madrid, o a través de su Sede Electrónica: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/. Con carácter previo y potestativo podrán ponerse en contacto con el/la Delegada de Protección de Datos Municipal a través de la dirección de correo electrónico: dpd@gijon.es. ## 14. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Carácter medioambiental. Todas las comunicaciones y, en su caso, entregas de documentación y facturación, se harán prioritariamente mediante métodos electrónicos. En caso de que haya que presentarse material en formato papel, se hará en papel 100% reciclado e impreso a doble cara. El control del cumplimiento de esta condición se realizará por el responsable del contrato controlando los medios utilizados para solicitar y recibir cualquier tipo de documentación relacionada con este contrato fomentando la administración electrónica y los medios telemáticos frente a la recepción de archivos en papel y, en caso de ser necesaria la utilización del papel se comprobará que efectivamente se trata de un papel reciclado. MOTIVACIÓN: por considerarla adecuada para reducir el impacto ambiental de la ejecución del contrato. Esta condición se relaciona con el objeto contractual toda vez que todas las actividades empresariales integran una parte administrativa en los capítulos de recibos de encargos y confirmaciones de trabajos, entregas de documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones contractuales, elaboración de actas y resto de comunicaciones necesarias, así como facturación de las prestaciones. Las empresas contratistas deberán exigir el cumplimiento de esta condición especial de ejecución a los subcontratistas que participen en la ejecución del contrato. ## 15.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Las establecidas legalmente y las recogidas en el Pliego Modelo. ## 15.2 OBLIGACIONES CONTRACTUALES DE CARÁCTER ESENCIAL ## Además de las establecidas legalmente y las recogidas en el Pliego Modelo, serán las siguientes: Ejecutar el contrato en los términos recogidos en la propuesta que realice. Dar cumplimiento a todos los extremos recogidos en el presente Cuadro de Características Particulares, así como a las prescripciones del Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas y en el proyecto aprobado, incluyendo la asignación de los medios personales y materiales que se determinen en el mismo. - El adjudicatario tendrá la obligación de comunicar en un plazo máximo de 48 horas cualquier incidencia que se produzca en la ejecución del contrato y que pueda generar responsabilidades para el Ayuntamiento de Gijón/Xixón; en estos casos, además de la comunicación, deberá realizar un informe sobre las circunstancias del siniestro y facilitar todos los datos posibles para la resolución de una eventual reclamación. El cumplimiento de todos los compromisos que adquiera el licitador en su oferta será verificado durante la ejecución del contrato, por el responsable del mismo. Los criterios sociales, éticos, medioambientales de adjudicación y las condiciones especiales de ejecución de carácter social, éticas o medioambiental introducidas al amparo de lo previsto en el artículo 202 LCSP así como los compromisos de adscripción a la ejecución del contrato de los medios materiales y personales suficientes para ello al amparo de lo previsto en el artículo 76.2 LCSP y el contenido de la oferta son consideradas obligaciones contractuales de carácter esencial; conforme viene explicitado en el Pliego Modelo. ## 16. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Justificación: El objeto del contrato conlleva la prestación de servicios de carácter intelectual a tratarse de trabajos de consultoría, por lo que los criterios utilizados se establecen en aras de conseguir una mejor relación calidad-precio. Dadas las características específicas del contrato se considera que la valoración exclusiva de la oferta económica resultaría insuficiente para garantizar la calidad de los trabajos, por lo que se limita ésta a un 48%, correspondiendo el 52% a la valoración de los criterios siguientes criterios de calidad. De ellos, el 32% están sometidos a juicio de valor. Por un lado, se establece como criterio de calidad, valorable a través de cifras de forma automática, la oferta de una mayor formación al personal municipal. Este criterio permite la mejora del mantenimiento a medio y largo plazo de la infraestructura que resulte de la ejecución del contrato, por lo que se le asigna hasta un 20% de la valoración total de la oferta. Igualmente, con el fin de conseguir los objetivos relacionados en el objeto de la licitación, se establecen otros dos criterios de calidad sometidos a juicio de valor, que suponen el 32% de la valoración de la oferta. Además de la valoración de las posibles mejoras que se presenten, que resultan opcionales para las licitadoras, resulta necesario obtener una valoración positiva de una propuesta de ejecución del contrato (criterio C3), tanto del plan de trabajo ofertado como la metodología a Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | utilizar, lo que permitirá valorar los conocimientos específicos sobre infraestructuras de datos geográficos, así como garantizar la correcta prestación del servicio en el plazo de ejecución del contrato | CRITERIOS OBJETIVOS (CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES) | PUNTOS | |----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------| | C.1 PRECIO Se comparará el resultado de totalizar las cantidades ofertadas sin IVA a cada una de las entidades participantes A la oferta económica sin IVA de cuantía minima entre todas las admitidas se le atribuirá la valoración máxima otorgada a la oferta económica. Las ofertas económicas que no realicen baja obtendrán cero puntos. El resto de ofertas que realicen baja serán valoradas de forma inversamente proporcional, de acuerdo con la fórmula prevista en el Pliego Modelo. | 48 | | C.2 FORMACIÓN ADICIONAL AL PERSONAL MUNICIPAL: Se valorarán hasta un máximo de 20 horas la formación adicional ofertada a la exigida en el pliego (20 horas), a razón de un 1 punto por cada hora adicional que se incluya en la oferta. Las horas serán destinadas a la formación del personal técnico, en labores de mantenimiento o de producción de información para el desarrollo o mejora de la IDEG, y su consumo se llevará a cabo en cualquier momento durante la ejecución del contrato. | 20 | | Total criterios objetivos | 68 | ## CRITERIOS SOMETIDOS A UN JUICIO DE VALOR ## C.3 PROPUESTA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La propuesta técnica contendrá, al menos, la información contemplada en este apartado. ## ￿ Plan de trabajo : Consistirá en la enumeración de las actuaciones a desarrollar. Para cada actuación se deberá indicar la denominación de la actuación, una breve descripción de la misma, con indicación de si se hará entrega de documentación durante su ejecución. Se incluirá además el equipo de trabajo participante en la actuación, así como la responsabilidad/funciones de cada miembro. Se especificará expresamente los medios personales que la empresa asigne a cada actuación, con especial mención a la dedicación asignada para la ejecución de la actuación. Respecto a todos los medios personales que se incluyan en la propuesta, se aportará un anexo en el que se indicará: - [ ] ￿ Perfiles que forman parte del equipo de trabajo. - [ ] ￿ Funciones específicas de cada uno de los perfiles dentro del equipo. - [ ] ￿ Currículum de los perfiles propuestos, así como dedicaciones y funciones de estos. Planificación de los trabajos que deberá contemplar al menos las siguientes: - Identificación de los departamentos productores y consumidores de información geográfica. - Plan de trabajo con cada uno de los productores de información identificados. - Identificación de los conjuntos de datos. - Desarrollo del visor - Entrega de la documentación de las propuestas de mejora. - Formación. Se planificarán únicamente las 20 horas de formación incluidas en el objeto del contrato de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas. En el caso de que la adjudicataria ofrezca horas a mayores, éstas se planificarán con el responsable del contrato. En general se valorará la claridad y la idoneidad del plan de trabajo y, en particular, de: - [ ] ￿ cronograma de ejecución del contrato en el que se incluirán todas las tareas descritas en el Capítulo 2 apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas, - [ ] ￿ breve descripción de la actuación, equipo de trabajo asignado, en el que se podrá hacer referencia a perfiles profesionales específicos con indicación del porcentaje de dedicación, PUNTOS 20 funciones/tareas a realizar, - [ ] ￿ respecto a los medios personales que aporte la empresa se aportará un anexo en el que se identifique cada una de las personas que participarán en el contrato, su titulación y cursos relacionados con las competencias técnicas y/o de gestión en el ámbito de la ejecución del proyecto (Linux, PostgreSQL, Geonetwork, Geoserver, ELK, etc.), la experiencia en proyectos de infraestructuras de datos espaciales, con especial mención a las funciones realizadas y su dedicación. - [ ] ￿ Metodología de trabajo a aplicar para la identificación de los principales productores y consumidores de información georreferenciada en el Ayuntamiento y para la identificación de los conjuntos de datos que formarán parte de la IDEG. La propuesta metodológica en la que se valorará: - [ ] ￿ Idoneidad de la metodología a utilizar para la identificación de las unidades municipales implicadas, - [ ] ￿ la metodología a utilizar para la identificación y clasificación de los conjuntos de datos que formarán parte del IDEG. -Cada uno de los dos apartados, plan de trabajo y propuesta metodológica, se valorará hasta un máximo de 10 puntos. Para su valoración se han establecido cinco categorías, asignándole a cada una de ellas un valor de puntuación en función del peso o puntuación máxima alcanzable: - [ ] ￿ NADA ADECUADO: lo presentado no se adapta a lo solicitado, correspondiendo una puntuación de cero puntos. - [ ] ￿ POCO ADECUADO: lo presentado es muy genérico, con un nivel de presentación y detalle esquemático, al que le corresponde una puntuación por encima de 0 hasta 25% de los puntos del subapartado. - [ ] ￿ ALGO ADECUADO: lo presentado es algo genérico con un nivel de presentación con poco detalle, pero se concretan algunos aspectos de forma superficial, le corresponde una puntuación superior al 25% y hasta el 50% de los puntos del apartado. - [ ] ￿ ADECUADO: el planteamiento presentado se aproxima a los objetivos propuestos tiene un nivel de presentación bastante detallado y de cuya lectura y análisis se puede desprender que su aplicación puede asegurar cierto nivel de calidad en la ejecución del contrato. Le corresponde una puntuación por encima del 50% hasta el 75% de los puntos del subapartado. - [ ] ￿ MUY ADECUADO: El planteamiento presentado encaja con los objetivos propuestos con un nivel de presentación muy detallado y de cuya lectura y análisis se puede desprender que su aplicación puede asegurar un gran nivel de calidad en la ejecución del contrato. Le corresponde una puntuación por encima del 75% y hasta el 100% de los puntos del apartado. ## C.4 MEJORAS: Cada licitadora podrá presentar hasta un máximo de dos propuestas de mejora, que tendrán que estar vinculadas al objeto del contrato y que no podrán versar sobre la implantación de un gemelo digital ni sobre la mejora de la infraestructura GIS por estar incluidas expresamente en la ejecución del contrato de conformidad con el Capítulo 2 apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Se presentará, en su caso, un documento en el que se identificarán hasta un máximo de dos mejoras . En el caso de que se presenten más se tendrán en cuenta únicamente las dos primeras que figuren en el índice presentado en la oferta. Las mejoras propuestas: - tienen que ser realizables en la infraestructura tecnológica descrita en el pliego de condiciones técnicas. - deben de proporcionar funcionalidades o servicios adicionales a las incluidas en el alcance del pliego de condiciones. - estarán directamente relacionadas con el objeto del contrato - deberán permitir la evaluación de su impacto mediante datos verificables, relacionados con calidad, eficiencia o seguridad - no podrán ser propuestas genéricas sin desarrollo técnico evaluable o mejoras de servicios ya incluidos en el PPT - no implicarán costes adicionales no incluidos en la oferta ni cambios en el objeto del contrato. Se tendrá en cuenta en la valoración: - los objetivos que pretenden conseguirse con la realización de la mejora, (hasta 2 puntos) - la descripción de la misma, en la que se incluirán las actuaciones a desarrollar (hasta 2 puntos) - los requerimientos técnicos que pudieran ser necesarios para su implantación (hasta 2 puntos) - impacto en la calidad, eficiencia o seguridad (hasta 3 puntos) - sostenibilidad y mantenibilidad de la mejora (hasta 3 puntos) Cada mejora presentada se valorará, hasta un máximo de 6 puntos, en relación con los siguientes criterios: - [ ] ￿ NADA ADECUADO: lo presentado no se adapta a lo solicitado, correspondiendo una puntuación de cero puntos. - ￿ POCO ADECUADO: lo presentado es muy genérico, con un nivel de presentación y detalle esquemático, al 12 <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | que le corresponde una puntuación por encima de 0 hasta 25% de los puntos del subapartado. - [ ] ￿ ALGO ADECUADO: lo presentado es algo genérico con un nivel de presentación con poco detalle, pero se concretan algunos aspectos de forma superficial, le corresponde una puntuación superior al 25% y hasta el 50% de los puntos del apartado. - [ ] ￿ ADECUADO: el planteamiento presentado se aproxima a los objetivos propuestos tiene un nivel de presentación bastante detallado y de cuya lectura y análisis se puede desprender que su aplicación puede asegurar cierto nivel de calidad en la ejecución del contrato. Le corresponde una puntuación por encima del 50% hasta el 75% de los puntos del subapartado. - [ ] ￿ MUY ADECUADO: El planteamiento presentado encaja con los objetivos propuestos con un nivel de presentación muy detallado y de cuya lectura y análisis se puede desprender que su aplicación puede asegurar un gran nivel de calidad en la ejecución del contrato. Le corresponde una puntuación por encima del 75% y hasta el 100% de los puntos del apartado. Total criterios subjetivos 32 PUNTUACIÓN TOTAL 100 ## ¿ Se calculan las ofertas anormalmente bajas ? SI Se considera que los parámetros objetivos que permiten identificar los casos en que una oferta se considere anormal que se relacionan son adecuados y suficientes para garantizar la correcta viabilidad económica de las ofertas que resulten admitidas dadas las características de la licitación Para la obtención de ofertas anormales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.2.b LCSP 9/2017, se considerará la oferta en su conjunto. Además de los parámetros establecidos a continuación en función del número de ofertas admitidas, en todo caso se considerará desproporcionada la oferta cuyo precio, sin IVA, sea inferior en más del 25% respecto al tipo máximo sin IVA y que simultáneamente la puntuación que le correspondiera obtener en el conjunto de criterios cualitativos previstos sea superior al 60 por cien de los puntos atribuidos al conjunto de estos criterios en el CCP. 1. Si concurre un solo licitador , se considerará anormalmente baja cuando se cumplan cumulativamente los dos requisitos siguientes: - a) Que la oferta económica sin IVA sea un 20 por ciento más baja que el presupuesto base de licitación sin IVA. - b) Que la puntuación que le correspondiera obtener en el conjunto de criterios cualitativos previstos sea superior al 60 por cien de los puntos atribuidos al conjunto de estos criterios en el CCP. 2. Si concurren dos empresas licitadoras , se considerará anormalmente baja cuando se cumplan cumulativamente los dos requisitos siguientes: - a) Que la oferta económica sea inferior en más de un 20 por ciento a la de la otra oferta. - b) Que la puntuación que le correspondiera obtener en el conjunto de criterios cualitativos previstos sea superior en un 15 por cien a la puntuación obtenida en dichos criterios por la otra oferta válida. 3. Si concurren tres o más empresas licitadoras , se considerará anormalmente baja cuando se cumplan de manera agregada los dos requisitos siguientes: - a) Que la oferta económica sea inferior en más de un 10 por ciento a la media aritmética de todas las ofertas económicas globales presentadas. No obstante, cuando concurran tres licitadores, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. Cuando concurran cuatro o más licitadores, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha medía en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. - b) Que la puntuación que le correspondiera obtener en el conjunto de criterios cualitativos previstos sea superior en un 10 por cien a la media de puntuación obtenida en dichos criterios por las ofertas presentadas. 2. ￿ Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo , en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal. ## 17. UMBRALES MÍNIMOS DE PUNTUACIÓN EN CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR A los efectos de garantizar la calidad del servicio se establece un umbral mínimo del 50% de la propuesta de ejecución (criterio C3) exigido a la entidad/empresa licitadora para continuar en el proceso de licitación. No se exige umbral en el otro criterio sometido a juicio de valor, por tratarse de mejoras opcionales para las licitadoras. ## 18.1 GARANTÍA DEFINITIVA 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. ## 18.2 GARANTÍA COMPLEMENTARIA En caso de que la oferta del adjudicatario resultara inicialmente incursa en presunción de anormalidad y habida cuenta del mayor riesgo que asume el órgano de contratación en cuanto al cumplimiento de las condiciones de contrato, además de la garantía definitiva, se prestará una complementaria de un 3% del precio final ofertado por el licitador que presente la mejor oferta, IVA excluido. ## 19.1 RESPONSABLE MUNICIPAL DEL CONTRATO JEFATURA DE SERVICIO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN ## 19.2 UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO SECCIÓN DE DESARROLLO ## 20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD En relación con la confidencialidad será de aplicación lo dispuesto en el art. 133.2 LCSP, por el que el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá en el plazo de CINCO (5) AÑOS. ## 21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | ## Tratamiento de datos en la ejecución de los contratos. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón como Responsable del Tratamiento, en cumplimiento de los establecido en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD), determina las instrucciones para el tratamiento de los datos personales por parte del adjudicatario del contrato, como Encargado del Tratamiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 122 de la LCSP. Además de los establecido en esta cláusula quedará obligado a respetar las instrucciones del Contrato de Encargado del Tratamiento que se adjunta como Anexo a este CCP en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.2 del RGPD y la Disposición Adicional Vigesimoquinta de la LCSP. El contrato del encargado de tratamiento se formalizará en un anexo al contrato administrativo conforme al modelo que se adjunta como Anexo a este CCP. El contrato será parte integrante del contrato administrativo y será suscrito por la misma autoridad que actúa en representación del Ayuntamiento u Organismo Autónomo con la competencia legal para formalizar contratos. Si por razón del procedimiento de adjudicación no fuese necesaria la formalización de contrato administrativo el contrato de encargado del tratamiento se suscribirá por la misma autoridad tras la firma de la resolución de adjudicación del contrato. Las siguientes estipulaciones serán consideradas como condiciones esenciales en la ejecución del contrato : - 1ª. La finalidad del tratamiento de los datos personales por parte del adjudicatario, las actividades a desarrollar, así como los tratamientos de datos que van a realizarse para la ejecución del contrato serán: ## PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (Complementario a las obligaciones generales del Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares) ## ACCESO A DATOS PERSONALES POR EL CONTRATISTA ## AGRUPACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL DEL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES - RAT: SÍ RAT011 FINALIDAD. TIPO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (Descripción: Recogida -captura de datos-; Registro -grabación-; Estructuración; Modificación; Conservación -almacenamiento-; Extracción; Consulta; Transferencia; Difusión; Interconexión o migración; Cotejo; Destrucción; Duplicado; Copia -copias temporales; Copia de seguridad; Recuperación; Otros -indíquese-) Consulta, Extracción. ## DATOS PERSONALES AFECTADOS DATOS CARÁCTER IDENTIFICATIVO (NOMBRE Y APELLIDOS. DIRECCIÓN POSTAL O ELECTRÓNICA. NIF/DNI/NIE. PASAPORTE/TARJETA DE RESIDENCIA. TELÉFONO. IMAGEN/VOZ. FIRMA MANUSCRITA/HUELLA. FIRMA ELECTRÓNICA. DIRECCIÓN IP. IDENTIFICACIÓN Y OTRA INFORMACIÓN DE USUARIOS) ## COLECTIVOS DE PERSONAS AFECTADAS PERSONAL MUNICIPAL. CIUDADANÍA (PERSONA AFECTADA O REPRESENTANTE LEGAL) Y REPRESENTANTES DE ENTIDADES PRIVADAS QUE SE RELACIONA CON LOS SERVICIOS MUNICIPALES. ## SUBCONTRATACIÓN DE ALGÚN SERVICIO O ACTIVIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO: NO ## USO POR EL CONTRATISTA DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN MUNICIPAL: NO - 2ª. El uso con finalidades distintas a las señaladas de los datos personales supone un incumplimiento por parte del adjudicatario que pasará a ocupar la posición de Responsable del Tratamiento debiendo cumplir con la normativa vigente, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse de los tratamientos realizados. - 3ª . El contrato se someterá a la vigente normativa en materia de protección de datos personales, al Reglamento (UE) General de Protección de Datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y demás normativa complementaria; en particular, según lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la LOPDGDD, con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y su normativa de desarrollo, en lo que fuera de aplicación al presente contrato de prestación de servicio. - 4ª. El licitador deberá identificar en la oferta: - ￿ Las prestaciones de servicios que van a ser objeto de subcontratación (cuando la misma esté contemplada en el CCP), con identificación de la empresa, entidad o profesionales subcontratados debiendo reunir los mismos criterios de solvencia en cuanto al nivel de seguridad de la protección de datos que los requeridos al contratista. - ￿ Los sistemas de información (equipos y sistemas informáticos) utilizados y si los mismos fuesen objeto de subcontratación: con identificación de la entidad subcontratada y con acreditación de los mismos requisitos de solvencia en cuanto al nivel de seguridad de la protección de datos que los exigidos al adjudicatario. - ￿ En la ejecución del contrato, el adjudicatario no podrá realizar transferencias internacionales de datos personales fuera de la Unión Europea, siendo la única excepción los países, organizaciones o territorios que hayan sido declarados con un nivel adecuado de protección por parte de las autoridades de control en materia de protección de datos o cuando sea precisa la transferencia en cumplimiento de una obligación legal, convenio internacional o requerimiento judicial. - 5ª. El adjudicatario del contrato deberá presentar declaración responsable, antes de la formalización de éste que contenga: - ￿ Relación de la ubicación de los sistemas de información (equipos y sistemas informáticos) necesarios para la prestación del servicio. - ￿ Ubicación de la prestación de los servicios. - 6ª . El adjudicatario tendrá la obligación de comunicar la ubicación de los sistemas de información (servidores) y de la prestación del servicio con carácter previo a la realización de una modificación en los mismos. En todo caso, no podrá modificar la citada ubicación fuera del espacio de la Unión Europea ni de los países, organizaciones o territorios declarados con un nivel adecuado de protección. - 7ª. A todos los efectos, cuando la prestación licitada permitiera la subcontratación, ésta quedará sometida en idénticos términos a lo descrito. Por ello, será necesario declarar expresamente la localización de los servicios o recursos concernientes a los subcontratados. Cuando existieran varios subcontratados, será necesario declararlo de cada uno de ellos, de manera individualizada. - 8ª. Cuando el contrato hubiera sido adjudicado, y existiera una modificación que afectará a la ubicación o prestación del servicio, incluyendo cambios en la subcontratación, deberán ser comunicados sin demora, al Ayuntamiento, identificando claramente los cambios producidos. - 9ª. El adjudicatario será a todos los efectos responsable directo de los incumplimientos derivados de tal subcontratación, tanto de aquellos subcontratistas que hayan sido declarados como de aquellos otros que participen en la prestación de los servicios sin conocimiento por parte del Ayuntamiento, siendo también responsable de las obligaciones declaradas. ## 22. NO CONSOLIDACIÓN DEL PERSONAL QUE PRESTE EL SERVICIO De conformidad con el apartado 2º del artículo 308 LCSP, a la extinción del presente contrato de servicios no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Gijón. ## 23. NOTIFICACIONES Las notificaciones que se practiquen en este procedimiento se realizarán conforme a lo establecido en el Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares. 24. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE PERSONAS TRABAJADORAS CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES Y AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA LABORAL, SOCIAL Y DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES Si la empresa emplea 50 o más personas trabajadoras deberá cumplir: - Con la obligación de que entre ellas, al menos, el 2% sean personas con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, o con las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de personas trabajadoras con discapacidad. - Con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad vigente inscrito en el Registro Laboral correspondiente (se considerará que cumple con el requisito de estar inscrito en caso de que se haya solicitado la inscripción del Plan de Igualdad en el Registro laboral correspondiente y no se hubiera recibido notificación de decisión alguna sobre la misma transcurridos tres meses desde la solicitud). * Ambas circunstancias deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas . ## 25. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) Datos del expediente: Asunto: Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) Además de las obligaciones adicionales asumidas por el contratista al formular su oferta, tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - [ ] ￿ Pliego de Prescripciones Técnicas - [ ] ￿ Pliego Modelo - [ ] ￿ Cuadro de Características Particulares - [ ] ￿ Documento de formalización. Al suscribir este documento, el contratista presta su conformidad a todos los demás a que se hace referencia en este apartado. - [ ] ￿ Contrato encargado del tratamiento de datos de carácter personal. ## MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA - DECLARACIÓN RESPONSABLE ## MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA - DECLARACIÓN RESPONSABLE Nombre/razón social: DNI/CIF: Actuando en nombre propio o mediante la representación de: Nombre de la persona representante: DNI/CIF de representante: Correo electrónico que se señala para recibir avisos y notificaciones: Teléfono: ## DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que cumpliendo todas las condiciones legalmente establecidas para contratar con la administración, así como las condiciones particulares que rigen la licitación convocada por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, de: SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON Se compromete, en caso de resultar propuesto como adjudicatario, a acreditar tales circunstancias, mediante la presentación tanto de la documentación administrativa a que se refiere el Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares y Cuadro de Características Particulares, así como cualquier otro tipo de documentación por la que se rige esta licitación. - [ ] ￿ Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación. - [ ] ￿ Que como firmante de la declaración ostento la debida representación de la sociedad que presenta la proposición. (En caso de licitar en nombre propio: Declara que tiene la capacidad necesaria para firmar la presente declaración) - [ ] ￿ Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración, cuando actúe en nombre propio), cuenta con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la correspondiente clasificación, las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad así como el resto de condiciones que establezca el CCP. Que dispone de la documentación acreditativa de la Habilitación Profesional y Adscripción de Medios exigida en el Cuadro de Características Particulares (en su caso). - [ ] ￿ Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración cuando actúe en nombre propio) no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71 de la LCSP o del resto de la legislación aplicable. - [ ] ￿ Que designa la dirección de correo electrónico indicada en el encabezado, a los efectos de practicar las comunicaciones y realizar los avisos vinculados a las notificaciones. Que conoce que las notificaciones se practican según lo dispuesto en el Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares y el correo electrónico sirve exclusivamente para el envío de un aviso adicional en caso de la puesta a disposición de la notificación electrónica cuando esta sea preceptiva en la Sede Electrónica municipal, o para otras comunicaciones, en su caso. No se enviará un correo electrónico en el caso de las notificaciones que se realicen por medio de la publicación de anuncios en el perfil de contratante. - [ ] ￿ El compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios. Si varios empresarios concurren agrupados en una unión temporal, deberán indicar los nombres y circunstancias de lo que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de ser adjudicatario del contrato. En el supuesto de que la oferta se presentara por una unión temporal de empresarios, deberá acompañar a aquella el compromiso de constitución de la unión. - [ ] ￿ Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Que conoce las obligaciones y requisitos que contiene la documentación que ha de regir la licitación de la adjudicación de: SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON y se compromete a la realización del objeto del presente contrato con estricta sujeción a lo dispuesto a los expresados documentos y a la Ley 9/2017, y en base a ello formula la siguiente proposición: ## C.1 PRECIO (Importe máximo, IVA incluido: 29.645,00 €) Precio ofertado (SIN IVA) €, IVA excluido <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) Datos del expediente: Asunto: Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) Importe del IVA al 21% € Precio ofertado (IVA incluido) €, IVA incluido ## C.2 FORMACIÓN NÚMERO DE HORAS ADICIONALES OFERTADAS (por encima de las 20 obligatorias) horas Conforme a la cláusula 10 del Pliego Modelo, en el precio se entenderá incluido el impuesto sobre el valor añadido, que en todo caso se indicará como partida independiente. El precio cierto del contrato resultará de minorar el precio del contrato en el importe del IVA incluido, importe que será el IVA legalmente aplicable el último día del plazo para la presentación de ofertas. En caso de observar discrepancia en los cálculos, se tomará como precio válido ofertado el precio IVA incluido y se realizarán los cálculos para llegar a los importes correctos sin IVA, que serán aplicados en las fórmulas de puntuación y cálculo de bajas. ## SUBCONTRATACIÓN INDICAR SI TIENE PREVISTO SUBCONTRATAR SI/NO EN CASO AFIRMATIVO, INDICAR QUE PARTE VA A SUBCONTRATAR Además deberá cumplimentar obligatoriamente los siguientes apartados: Tiene la empresa consideración de PYME. - [ ] SI /NO Está inscrita en el ROLECE: - [x] SI / NO Indicar si la empresa tiene 50 o más personas trabajadoras: SÍ: [ ] - [ ] NO: - [ ] [ ] Declaración de pertenencia a grupo empresarial: - [ ] ￿ Pertenece a algún grupo de empresas: SÍ: - [x] [ ] NO: [ ] - [ ] ￿ Pertenece al grupo de empresas denominado:…………………………………………………………… del cual se adjunta lista de empresas vinculadas de conformidad con el artículo 42 del Código del Comercio. EL PRESENTE DOCUMENTO DEBE ESTAR FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Y COINCIDIR DICHA FIRMA CON EL REPRESENTANTE LEGAL DESIGNADO EN EL MISMO O PERSONA QUE ACTÚE EN SU PROPIO NOMBRE ## VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Vendrá determinado por el importe máximo, excluido el IVA, que de acuerdo con las estimaciones consideradas en el expediente pueden llegar a pagarse durante su ejecución e incorporará por tanto los efectos económicos de las eventuales prórrogas, la totalidad de los modificados al alza previstos y las primas o pagos a licitadores que se prevean. Coste del servicio: Se estiman, de manera proporcional a la duración del contrato, contando 8 horas/dias de trabajo. A efectos de estimación del precio por hora se ha considerado el Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, por lo que se toma de referencia para una aproximación a la estimación (BOE nº 92 16 de abril de 2025 https://www.boe.es/diario\_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-7766). Dicho convenio ha contemplado el desglose y desagregación de género y categoría profesional correspondiente. Está compuesto por 6 grandes áreas y más de 66 perfiles profesionales con salarios base que se enmarcan entre los 17.000€ y 35.000€. Los trabajos comprenden varios perfiles profesionales. Teniendo en cuenta estos perfiles y sus salarios, se obtiene valor estimado del precio en los 51€ por hora (IVA excluido). La distribución de los costes se realiza de conformidad con el criterio de la JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO en su informe 40/2019* ya que se considera adecuada a la naturaleza de la prestación contractual y a las características propias del presenta contrato. Cubre todos los costes de personal así como los costes indirectos y el beneficio industrial. Total Servicio: 8 horas/día X (20 días/mes) x 3 meses X 51 €/hora = 24.480 € Por redondeo se toma la cantidad de 24.500,00 euros Para el cálculo del valor estimado el órgano de contratación ha tenido en cuenta que el precio sea adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato mediante la correcta estimación de su importe, atendiendo al consumo de años anteriores y al precio general de mercado en el momento de fijar el presupuesto base de licitación. El valor estimado coincide con el PBL sin IVA al no contemplarse prórrogas ni modificaciones. | 24.500,00 euros | |-------------------| ## PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Se define como el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el IVA, salvo disposición en contrario. El Presupuesto base de licitación será adecuado a los precios de mercado. Se desglosará el mismo indicando sus componentes de coste conforme a las reglas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 100 de la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | MÁXIMO IVA INCLUIDO | IMPORTE DEL IVA | |----------------------------------|-----------------------|-------------------| | 24.500,00 euros | 29.645,00 euros | 5.145,00 euros | ## PRECIO DEL CONTRATO La forma de determinación del precio es a tanto alzado a la totalidad o a parte de las prestaciones del contrato: El precio del contrato coincide con el Presupuesto de Licitación ## ANEXO: MEMORIA ECONÓMICA <!-- image --> <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | ## ANEXO: MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UTE (CUMPLIMENTAR EN SU CASO Y APORTAR EN EL SOBRE N.º 1) Al objeto de participar en la licitación del contrato de ……...................…...................…...…… D./Dª .….............................………………..........…. mayor de edad y con DNI …..….....….......…., en nombre propio o en representación de la empresa …..................................................…, con NIF …......…….......…., D./Dª ….............................………………..........…. mayor de edad y con DNI …..….....….......…., en nombre propio o en representación de la empresa …..................................................…, con NIF …......…….......…., ## DECLARAN BAJO SU RESPONSABILIDAD: - [ ] ￿ De conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en caso de resultar adjudicatarias del contrato se comprometen a constituir una unión temporal de empresas (UTE) y a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública. - [ ] ￿ La participación que cada empresa ostentará en la unión temporal será la siguiente (expresada en porcentaje): …..........…...........…................................…...…….% …..........…...........…................................…...…….% - [ ] ￿ Que designan como persona representante de la citada unión temporal de empresas a D./Dª ………...……………..………….……..………………, con DNI ........…….…..…….., y correo electrónico a efectos de notificaciones …......…...........…...….....…...…... Firmado por las personas representantes legales de las empresas integrantes de la UTE ## ANEXO: MODELO PARA ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD CON MEDIOS EXTERNOS (A CUMPLIMENTAR POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) Si se recurre a la solvencia o medios de otra entidades, se deberá cumplimentar una declaración conforme al presente modelo por cada una de las entidades que pone a disposición del licitador su solvencia o medios. Asimismo se debe presentar por cada una de las entidades que pone a disposición del licitador su solvencia o medios, una declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación (en lo sucesivo DEUC), a la que se podrá acceder en la siguiente dirección: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es y que deberá ir firmada y con la correspondiente identificación. ) D./Dª …......….….....….....….......….....…..........…., con DNI …..........……….., en nombre y representación de la empresa …............................……....….………...…...…., con NIF …………..……. a efectos de participar en la licitación para la contratación …..........….….......….…...….......…......................................……. Y D./Dª …......….….....….....….......….....…..........…., con DNI …............………., en nombre y representación de la empresa …..................................….……………...….…., con NIF ….……………. Se comprometen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a: - Que la solvencia o medios que la empresa ……………...……….……......................…. pone a disposición de la empresa …..............…..….……................………........…. son los siguientes: - - - Que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de la solvencia o medios que se describen en este compromiso. - Que la disposición efectiva de la solvencia o medios descritos no está sometida a condición o limitación alguna. Firma de los representantes legales de ambas empresas ## ANEXO ## MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA (EN SU CASO, A CUMPLIMENTAR POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ NIF \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos ) en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en la calle/plaza/avenida \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ C.P.\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ y en su nombre ( nombre y apellidos de los Apoderados , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento. <!-- image --> Datos del expediente: Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 A ( nombre y apellidos o razón social del adjudicatario )\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ NIF:\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los requisitos establecidos en los artículos 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y pliego de cláusulas administrativas, para responder como GARANTÍA DEFINITIVA de las obligaciones, penalidades y demás conceptos recogidos en el artículo 110 de la mencionada Ley, que deriven del cumplimiento del contrato de (\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_) ante el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXÓN, por importe de: ( en letra ) Euros ( en cifra ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_Euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO DE GIJON, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXÓN, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria ( lugar y fecha ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( razón social de la entidad ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( firma de los apoderados ) BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia : Fecha : Número o Código : Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) Asunto: SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) ## ANEXO ## MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN GARANTÍA DEFINITIVA (EN SU CASO, A CUMPLIMENTAR POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) Certificado número: ........................................................... (en adelante, asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………...……., calle/plaza/avenida ………………………………..., C.P. …………. y CIF …………………., debidamente representado por D. …...…….…..…………………….. ……………….. ( nombre y apellidos de los apoderados ), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento. ## A S E G U R A A …………………………………………………………………….., CIF …………………….., en concepto de tomador del seguro, ante el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXON, CIF P3302400A, en adelante asegurado, hasta el importe de …………………………….. - en letra - …………………………………… EUROS (……………… .-en cifra- …………….. €), en los términos y condiciones establecidos en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de ………………………………………………………………………………………………………………... (Expediente ……………/………...), en concepto de garantía definitiva para responder frente al asegurado de las obligaciones, penalidades y demás conceptos recogidos en el artículo 110 de la mencionada Ley. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del Seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXON, al primer requerimiento del mismo, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXON, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria y a lo dispuesto en el artículo 22 apartado 1 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. En ............................................., a……..de…………………….…de............. Firma: Asegurador BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia: Fecha: Número o Código: <!-- image --> Datos del expediente: Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) Asunto: SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) ## ANEXO ## MODELO DE AVAL GARANTÍA COMPLEMENTARIA (EN SU CASO, A CUMPLIMENTAR POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) ) La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ NIF \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos ) en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en la calle/plaza/avenida \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ C.P.\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ y en su nombre ( nombre y apellidos de los Apoderados , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento. ## A V A L A A ( nombre y apellidos o razón social del adjudicatario )\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ NIF:\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los requisitos establecidos en los artículos 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y pliego de cláusulas administrativas, para responder como GARANTÍA COMPLEMENTARIA de las obligaciones, penalidades y demás conceptos recogidos en el artículo 110 de la mencionada Ley, que deriven del cumplimiento del contrato de (\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_) ante el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXÓN, por importe de: ( en letra ) Euros ( en cifra ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_Euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO DE GIJON, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXÓN, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria ( lugar y fecha ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( razón social de la entidad ) \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( firma de los apoderados ) BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia : Fecha : Número o Código : ## ANEXO ## MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN GARANTÍA COMPLEMENTARIA (EN SU CASO, A CUMPLIMENTAR POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) Certificado número: ........................................................... (en adelante, asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………...……., calle/plaza/avenida ………………………………..., C.P. …………. y CIF …………………., debidamente representado por D. …...…….…..…………………….. ……………….. ( nombre y apellidos de los apoderados ), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento. ## A S E G U R A A …………………………………………………………………….., CIF …………………….., en concepto de tomador del seguro, ante el AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXON, CIF P3302400A, en adelante asegurado, hasta el importe de …………………………….. - en letra - …………………………………… EUROS (……………… .-en cifra- …………….. €), en los términos y condiciones establecidos en el artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de ………………………………………………………………………………………………………………... (Expediente ……………/………...), en concepto de garantía complementaria para responder frente al asegurado de las obligaciones, penalidades y demás conceptos recogidos en el artículo 110 de la mencionada Ley. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del Seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXON, al primer requerimiento del mismo, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXON, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria y a lo dispuesto en el artículo 22 apartado 1 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro . En ............................................., a……..de…………………….…de............. Firma: Asegurador BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia: Fecha: Número o Código: <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | ## ANEXO: CONTRATO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN PRESTADOR DE SERVICIOS o ENCARGADO: CONTRATISTA COMPARECIENTE El ENCARGADO, según la definición otorgada por el artículo 4 apartado 8 del RGPD, trata datos personales para la ejecución del presente contrato por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Dichos datos personales se identifican en el Registro de Actividades de Tratamiento del Ayuntamiento, en atención a lo dispuesto en el artículo 4 apartado 7 del RGPD. El ENCARGADO ostenta la condición de Encargado del Tratamiento de los datos personales por realizar sobre los mismos alguna de las actuaciones que se describen en las condiciones particulares y que se incluyen en la definición del artículo 4, apartado segundo del RGPD. ## CLAUSULAS GENERALES ## 1. Normativa. El tratamiento de datos de carácter personal deberá respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa complementaria. Para el caso de que la prestación de las tareas implique el acceso del ENCARGADO a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable el AYUNTAMIENTO, aquella tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento. En este supuesto, el acceso a esos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 28 del RGPD. ## 2. Tratamiento de Datos Personales. Para la ejecución del contrato, éste deberá tratar los datos personales de los cuales el AYUNTAMIENTO es Responsable del Tratamiento siguiendo las directrices establecidas en el presente documento. Ello conlleva que el PRESTADOR DE SERVICIOS actúe en calidad de Encargado del Tratamiento y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos personales. Por tanto, sobre el AYUNTAMIENTO recaen las obligaciones como Responsable del Tratamiento y sobre el PRESTADOR DE SERVICIOS las de Encargado de Tratamiento. Si el ENCARGADO destinase los datos a otra finalidad, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones establecidas en el presente documento y/o la normativa vigente, será considerado también como Responsable del Tratamiento, debiendo actuar conforme a la normativa y respondiendo, en su caso, de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. El apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento' describe en detalle el tratamiento a realizar por el ENCARGADO. En caso de que como consecuencia de la ejecución de los servicios resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento', el ENCARGADO lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el AYUNTAMIENTO estuviese de acuerdo con lo solicitado remitirá un nuevo apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento' actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. ## 3. Estipulaciones como Encargado de Tratamiento. De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el ENCARGADO se obliga a garantizar el cumplimiento de las siguientes obligaciones, complementadas con lo detallado en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento': - a) Tratamiento de los datos para las finalidades establecidas: Tratar los datos personales conforme a las instrucciones documentadas en los Pliegos de condiciones o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba del AYUNTAMIENTO por escrito en cada momento. El ENCARGADO informará inmediatamente al AYUNTAMIENTO cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de Datos Personales aplicable en cada momento. Así mismo, el ENCARGADO no utilizará, ni tratará los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución del contrato. b) Medidas de seguridad: Deberá tratar los datos personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la seguridad en cualquiera de sus dimensiones (confidencialidad, integridad, disponibilidad) de los datos personales a los que tenga acceso. El ENCARGADO quedará obligado a aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del RGPD, seguridad del tratamiento, y aportar además evidencia de la aplicación de éstas (pudiéndose volver a requerir en cualquier momento durante la ejecución de los servicios). De acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, se deberán implantar las medidas de seguridad según lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la LOPDGDD, que se corresponderán con las del Ayuntamiento, ajustándose al Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica (ENS). Todos los sistemas de información del AYUNTAMIENTO se conforman dentro del ámbito de aplicación del ENS y le son de aplicación las medidas de seguridad correspondientes al Anexo II. En este sentido, los sistemas de información deberán implantar, al menos, las medidas de seguridad que el ENS establece para los sistemas de información en la categoría aplicable al tratamiento, así como cualquier otra medida indicada por el AYUNTAMIENTO debiendo quedar especificada en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento'. c) Compromiso de confidencialidad: Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato, así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del ENCARGADO, siendo deber del ENCARGADO instruir a las personas que de él dependan, de este deber de secreto, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación de los servicios o de su desvinculación. d) Personas vinculadas al tratamiento de los datos: Llevar un listado de personas autorizadas para tratar los datos personales necesarios para la prestación de los servicios y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Así mismo, el ENCARGADO deberá garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas a su tratamiento. El ENCARGADO mantendrá a disposición del AYUNTAMIENTO la documentación que acredita el cumplimiento de lo establecido en el presente apartado. e) Cesión de datos a terceros: salvo que cuente en cada caso con la autorización expresa del AYUNTAMIENTO, o exista una obligación legal, el ENCARGADO no podrá comunicar (ceder) ni difundir los datos personales a terceros, ni siquiera para su conservación. f) Subcontratación de los servicios: cuando el ENCARGADO proceda a la subcontratación de actividades para la prestación de los servicios y el subcontratista deba acceder a datos personales responsabilidad del AYUNTAMIENTO, deberá ponerlo en conocimiento con carácter previo al AYUNTAMIENTO, identificando al subcontratista, los datos personales afectados y el tratamiento a realizar, así como las condiciones del mismo, para que el Responsable del Tratamiento pueda oponerse a dicha subcontratación, si la misma puede afectar a la seguridad de los datos personales. En todo caso, es requisito que se cumplan las siguientes condiciones: I. Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, lo contemplado en este documento y a las instrucciones del AYUNTAMIENTO. II. Que el ENCARGADO y la empresa subcontratista formalicen un contrato de encargo de tratamiento de datos en términos no menos restrictivos a los previstos en el presente documento, el cual será puesto a disposición del AYUNTAMIENTO a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido. III. El ENCARGADO informará al AYUNTAMIENTO de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas. g) Transferencias Internacionales de Datos: salvo indicación contraria en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento' o se instruya así expresamente por el AYUNTAMIENTO, el ENCARGADO solo podrá tratar los datos personales dentro del Espacio Económico Europeo (EEE) o territorio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente a la de la Unión Europea en el tratamiento de datos personales. El AYUNTAMIENTO prohíbe expresamente la transferencia de datos fuera de los territorios señalados en el párrafo anterior ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en el presente documento o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación. En el caso de que en aplicación del Derecho nacional o de la Unión Europea el ENCARGADO se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el ENCARGADO informará por escrito al AYUNTAMIENTO de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv requisitos legales que sean aplicables al AYUNTAMIENTO, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público. <!-- image --> <!-- image --> | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | - h) Delegado de Protección de Datos: Deberá nombrar un Delegado/a de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el RGPD y la LOPDGDD y comunicarlo al AYUNTAMIENTO, también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el ENCARGADO como sus representante(s) a efectos de protección de los datos personales (representantes del Encargado de Tratamiento), responsable(s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de datos personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad. - i) Ubicación del tratamiento: El ENCARGADO realizará el tratamiento de los datos personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento, manuales y automatizados, y en las ubicaciones especificadas en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento', equipamiento que podrá estar bajo el control del AYUNTAMIENTO, o bajo el control directo o indirecto del ENCARGADO, u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por el AYUNTAMIENTO, y únicamente podrán acceder los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la ejecución de los servicios. - j) Violaciones de seguridad: De conformidad con el artículo 33 del RGPD, el ENCARGADO deberá comunicar al AYUNTAMIENTO, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 24 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante. Se deberá informar sobre aquella incidencia o fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución de los servicios. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando las personas afectadas que sufrieron una pérdida de confidencialidad y las medidas adoptadas para su inmediata resolución. El canal para la comunicación de violaciones de seguridad será el correo electrónico: protecciondatos@gijon.es. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente: - I. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados. - II. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información. - III. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales. - IV. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. Corresponde al AYUNTAMIENTO comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Agencia Española de Protección de Datos y a las personas afectadas, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. - k) Registro de Actividades de Tratamiento: En los casos en que la normativa así lo exija, según lo establecido en el artículo 30.5 del RGPD, el ENCARGADO llevará, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del AYUNTAMIENTO, que contenga, al menos, las circunstancias a que se refiere el mencionado artículo. - l) Atención de derechos: Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los 'Derechos'), ante el ENCARGADO, éste deberá comunicarlo al AYUNTAMIENTO. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho. El ENCARGADO asistirá al AYUNTAMIENTO, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos. m) Colaboración con el Responsable del Tratamiento: Colaborar con el AYUNTAMIENTO en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de: I. Medidas de seguridad. II. Comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados. III. Apoyar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga. IV. Formalización de aquellos documentos o contratos que sean precisos para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en cada momento. Asimismo, pondrá a disposición del AYUNTAMIENTO, a requerimiento de este, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este documento y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por la Agencia Española de Protección de Datos. n) Auditoría y evidencias cumplimiento: Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y del deber de responsabilidad activa. Entre otras evidencias, el ENCARGADO realizará controles sobre el grado de cumplimiento de la normativa que pondrá a disposición del AYUNTAMIENTO a requerimiento de este. Asimismo, durante la prestación de los servicios, pondrá a disposición del AYUNTAMIENTO toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento. o) Derecho de información: El ENCARGADO, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el AYUNTAMIENTO antes del inicio de la recogida de los datos, debiendo adecuarse, en todo caso, al contenido del RGPD y la LOPDGDD. p) Restitución de los datos personales: Una vez finalizada la prestación de los Servicios, el ENCARGADO se compromete, según corresponda y se instruya en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento', a devolver o destruir: I. Los datos personales a los que haya tenido acceso. II. Los datos personales generados por el ENCARGADO por causa del tratamiento. III. Los soportes y documentos en que cualesquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción. IV. El ENCARGADO podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el AYUNTAMIENTO. En este último caso, los datos personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo, según se establece en el artículo 32 de LOPDGDD. El presente documento, así como las cláusulas y las obligaciones en él establecidos, así como el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento', constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre el AYUNTAMIENTO y el ENCARGADO a que hace referencia el artículo 28.3 del RGPD. Las obligaciones y prestaciones que aquí se contienen no son retribuibles de forma distinta de lo previsto en el presente documento y demás documentos contractuales, teniendo la misma duración que la ejecución de los Servicios, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización en la prestación de los Servicios, el deber de secreto continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución de estos. Para el cumplimiento de los servicios no se requiere que el ENCARGADO acceda a ningún otro dato personal responsabilidad del AYUNTAMIENTO, y, por tanto, no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los especificados en el apartado 'Condiciones Particulares del Tratamiento'. Si se produjera una incidencia durante la ejecución de los servicios que implique un acceso accidental o incidental a datos personales responsabilidad del AYUNTAMIENTO no contemplados en el apartado 'Condiciones del Tratamiento', el ENCARGADO deberá ponerlo en conocimiento del AYUNTAMIENTO, en concreto al Delegado/a de Protección de Datos (dpd@gijon.es), con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 48 horas. ## CLÁUSULAS DE CONDICIONES PARTICULARES DE TRATAMIENTO En el presente apartado se establecen las condiciones particulares que el ENCARGADO deberá seguir en relación con el tratamiento de datos para la prestación de los servicios: - I. Descripción de los tratamientos (servicios): [Describir los tratamientos a realizar o referenciar el documento en que se encuentran descritos.] II. Tipología de datos tratados: [Describir la tipología de datos tratados.] III. Categoría de afectados: [Descripción de la categoría de afectados.] <!-- image --> Código Seguro de Verificación: 16337430243172604472 <!-- image --> [Puede verificar el documento en https://sedeelectronica.gijon.es/csv](https://sedeelectronica.gijon.es/csv) | Datos del expediente: | Asunto: | |--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Nº Exp: 15296Q/2026 Contrato: 01.CDHACAYTO2026000086 P2 - Preparación, gestión y adjudicación del contrato AYTO Datos del documento: Emisor: 01006734 Fecha Emisor: 11/03/2026 | SERVICIO DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO, CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (P2 15296Q/2026) | IV. Ubicación de los tratamientos [Describir dónde van a realizarse los tratamientos de datos por parte del ENCARGADO.] V. Medidas de seguridad complementarias: [Indicar si se contemplan.] VI. Otras condiciones no previstas en las cláusulas generales: [Indicar otras condiciones no previstas] VII. Restitución de los datos al finalizar los servicios: Una vez finalice el encargo, el ENCARGADO debe: - a) Devolver al AYUNTAMIENTO los datos de carácter personal en un formato legible y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO. No obstante, el ENCARGADO puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. No obstante, el AYUNTAMIENTO podrá requerir al encargado para que en vez de la opción a), cumpla con la b) o con la c): - b) Devolver al encargado que designe por escrito el AYUNTAMIENTO, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los sistemas informáticos utilizados por el ENCARGADO. No obstante, el ENCARGADO puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. - c) Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable del tratamiento. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.