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Pliego Técnico
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| Nº Expediente : | Nº Expediente : | CS-2024/0501/0002 | CS-2024/0501/0002 |
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| Unidad Proponente: | Unidad Proponente: | DIRECCION TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN Y LA RIOJA/ÁVILA | DIRECCION TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN Y LA RIOJA/ÁVILA |
| OBJETO del contrato: | OBJETO del contrato: | SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA ESPECIALIZADA EN PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE IMAGEN EN RÉGIMEN AMBULATORIO EN LA LOCALIDAD DE ÁVILA | SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA ESPECIALIZADA EN PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE IMAGEN EN RÉGIMEN AMBULATORIO EN LA LOCALIDAD DE ÁVILA |
| Fecha: | feb.-24 Doc.: | feb.-24 Doc.: | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS - SERVICIO DE REALIZACIÓN DE PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE IMAGEN -MOD_CON_03.01-13 |
## 1. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
## 1.1. Objeto:
El objeto de esta licitación es la contratación del servicio de asistencia sanitaria especializada en pruebas diagnósticas de imagen en régimen ambulatorio en un centro, dentro del término municipal de Ávila (Ávila), que disponga de instalaciones y medios suficientes para prestar los servicios de radiodiagnóstico a los trabajadores de las empresas asociadas a IBERMUTUA Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, así como a los trabajadores por cuenta propia adheridos a la misma sea cual sea la contingencia de la que derive la patología. Para poder atender patologías derivadas de contingencias comunes será necesario instrumentar la adenda específica exigida en cada momento
## 1.2. Ámbito geográfico:
El centro sanitario deberá estar ubicado en el municipio de Ávila (Ávila), y cubrirá las necesidades asistenciales en esta localidad y área de influencia, donde IBERMUTUA no dispone de instalaciones y medios propios sanitarios para prestar los servicios objeto de la licitación, por lo que precisa hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a través de concierto con medios privados.
La empresa adjudicataria atenderá a todos aquellos trabajadores que estén ubicados o desplazados en la zona geográfica de influencia que se especifica, así como, aquellos que estando asegurados por IBERMUTUA, deban ser atendidos en esa zona.
El centro de IBERMUTUA de referencia a estos efectos y para la coordinación de la gestión que se licita está situado en Ávila, Avenida de Madrid, 25 C.P.: 05001.
## 1.3. Descripción del servicio:
La asistencia sanitaria objeto de esta licitación se realizará en horario de mañana y tarde de lunes a viernes, excepto festivos, en un centro o centros titularidad del adjudicatario que dispongan de las autorizaciones y acreditaciones necesarias para la atención médica de pacientes para los siguientes servicios o unidades asistenciales: U.88 Radiodiagnóstico, contando para ello con los recursos materiales y personal propio y suficiente y, para poder realizar al menos las siguientes pruebas:
- Resonancias magnéticas simples.
- Resonancias magnéticas dobles.
- TAC´s simples
- TAC´s dobles
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El adjudicatario deberá garantizar la capacidad y experiencia para realizar las exploraciones que con más frecuencia son necesarias como las del sistema músculo-esquelético, cabeza, cuello, torácico abdominal, así como aquellas otras menos habituales comprendidas dentro de las especialidades anteriormente relacionadas.
El adjudicatario utilizará para las pruebas de radiodiagnóstico equipos de resonancia magnética abierta y/o cerrada, y cuando sea necesario contraste.
Serán rechazadas las propuestas que oferten equipos instalados en unidades móviles (vehículos).
La empresa adjudicataria deberá acreditar que las instalaciones se encuentran inscritas en el Registro Sanitario de la Comunidad Autónoma afectada, y que dispone de la autorización sanitaria de funcionamiento en vigor para la prestación de los servicios o unidades asistenciales detalladas anteriormente.
## 1.4. Personal.
Para la prestación de estos servicios el licitador deberá acreditar que cuenta con al menos:
- Un médico especialista en Radiodiagnóstico.
- Un técnico superior en Imagen para el Diagnóstico.
Deberá indicarse y acreditarse, en su caso, si se dispone de los medios especializados personales y materiales para garantizar la posibilidad de efectuar sedación/anestesia, si el paciente, por causa de su patología y/o circunstancias personales (fobias, etc.), tuviera que utilizar dichos medios para efectuar la prueba complementaria.
El adjudicatario deberá contar con médicos, técnicos y otro personal sanitario suficiente debiendo aportar una relación del personal sanitario, médicos, técnicos, y resto de personal no sanitario, que intervendrán en la ejecución del contrato, con especificación del horario, acreditando en su caso la titulación y especialidad, colegiación profesional y la formación y experiencia que requiera su función, debiendo garantizar la presencia continuada del personal para la cobertura de la asistencia durante la jornada tanto de mañana como de tarde.
Se acreditará que los profesionales que vayan a manipular la instalación de diagnóstico por imagen poseen las titulaciones profesionales exigidas por la legislación vigente, así como la formación requerida para ejercer la función. Se solicita una experiencia acreditada del médico especialista superior a 5 años.
Igualmente deberá garantizar las posibles sustituciones programadas o imprevistas que pudieran surgir para que los servicios que se presten con plena efectividad.
El personal que vaya a prestar los servicios objeto de este contrato no podrá estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la normativa vigente de la comunidad autónoma donde se desarrollará la actividad sanitaria.
El adjudicatario tendrá suscrito un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que cubra las posibles responsabilidades de la entidad o del personal a su servicio, que se deriven de la actividad profesional prestada a los pacientes, durante toda la vigencia del concierto en los términos y condiciones establecidos en los pliegos que rigen esta licitación.
IBERMUTUA se reserva el derecho, tanto durante el proceso de valoración de las ofertas, como durante la ejecución del contrato, de comprobar, por cualquier medio, que los profesionales cuentan con las especialidades exigidas, debidamente acreditadas y con la formación y experiencia que requiera cada función.
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Sobre este personal IBERMUTUA no tendrá ningún tipo de relación ni laboral ni de prestación de servicios.
## 1.5. Instalaciones y equipamiento mínimo.
El centro sanitario dispondrá al menos de las siguientes dependencias:
Administración: deberá contar con recepción de pacientes para realización de funciones tales como atención e información al paciente, toma de datos, etc., garantizando la adecuada confidencialidad. Dispondrá también de una sala de espera con amplitud suficiente para acoger a los pacientes y sus acompañantes.
## Área Sanitaria:
Deberá contar como mínimo con las siguientes instalaciones:
- -Salas de pruebas y exploraciones: estarán adaptadas a cada prueba con las condiciones de ventilación, iluminación y dimensiones adecuadas a la actividad que realizan
Aseos: Dispondrá de aseos diferenciados, con acceso para personas con discapacidad.
Deberá acreditar que cuenta al menos con los siguientes equipos médicos de diagnóstico:
- 1 Equipo de resonancia magnética de alto campo de al menos 1,5 Teslas.
- 1 Equipo de TAC
La empresa adjudicataria deberá tener inscritos los equipos de radiodiagnóstico en el registro administrativo que, de acuerdo con la legislación vigente, le corresponda y se obliga a mantener actualizada y debidamente legalizada toda la documentación concerniente a la Instalación de Diagnóstico por la Imagen (Certificado de Inscripción en Industria de la Instalación, Programa de Garantía de Calidad, Programa de Protección Radiológica, Controles y Memorias anuales pertinentes), de acuerdo a la legislación vigente, así como el aseguramiento correspondiente.
Deberá mantener en perfectas condiciones de uso y limpieza las instalaciones y todo su equipamiento y material necesario para la ejecución de este contrato que deberán estar en perfecto estado de funcionamiento, contando con un servicio de mantenimiento que garantice los niveles de calidad adecuados y de limpieza específica, siendo de obligado cumplimiento la observancia de la normativa legal vigente en cuanto a su ubicación, funcionamiento y seguridad. El material que se utilice en el centro deberá contar con la certificación CE.
En caso de emplearse material y/o instrumental no fungible que requiera ser esterilizado, el centro deberá disponer de autoclave a vapor con controles de presión y temperatura y de capacidad suficiente para cubrir las necesidades del centro. Con el fin de asegurar la correcta esterilización será preciso tener documentados los controles de garantía realizados del proceso de esterilización.
No existirán barreras arquitectónicas en el acceso al edificio donde se encuentre ubicado el centro ni en las instalaciones propiamente dichas.
El centro concertado no deberá tener una identificación preferente con ninguna mutua del sector, que pueda inducir a confusión a los pacientes o empresas sobre su carácter privado.
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IBERMUTUA se reserva el derecho durante el proceso de valoración de ofertas de comprobar, incluida la inspección ocular, que el centro sanitario cumple todos los requisitos mínimos y esenciales exigidos.
La no acreditación o el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos mínimos y esenciales conllevarán la exclusión de la oferta del proceso de valoración.
## 1.6. Ejecución y resultados.
## 1.6.1. Ejecución.
## Horario de atención:
El horario de atención asistencial será en jornada de mañana y tarde de lunes a viernes excepto festivos.
## Ejecución:
La realización de las pruebas diagnósticas estará previamente programada.
La solicitud de las pruebas diagnósticas se efectuará a la empresa adjudicataria por los servicios médicos que IBERMUTUA determine, pudiendo ser en soporte papel, electrónico o telefónico, en función de la naturaleza y circunstancias de los servicios a realizar.
El paciente acudirá a la cita con la petición de prueba SAE (Solicitud de Asistencia Externa) que deberá entregar al centro adjudicatario, debiéndose exigir dicho impreso de autorización, debidamente cumplimentado por IBERMUTUA, para garantizar que la atención es procedente.
En caso de que el paciente no acuda a la citación, el adjudicatario deberá informar inmediatamente a IBERMUTUA.
Las pruebas se realizarán a los pacientes por parte de la empresa adjudicataria en un plazo máximo de 48 horas laborables siguientes a la fecha de la solicitud de IBERMUTUA. Se deberá prever por el adjudicatario la realización de las pruebas diagnósticas en el mismo día de la solicitud, para casos extraordinarios de urgencia médica que serán indicados como tal por el peticionario del servicio.
Todas las pruebas han de realizarse en el centro/s sanitario/s objeto de la licitación, sin que quepan derivaciones de pacientes a otros centros, o remisión a especialistas, salvo urgencia médica o instrucción expresa de IBERMUTUA.
## Registro de pacientes:
El adjudicatario dispondrá de un sistema que permita la gestión informática de los datos de los pacientes, así como su archivo, de forma que cumpla con la normativa vigente en cuanto a confidencialidad y seguridad.
## Protección de datos y atención al paciente:
La empresa adjudicataria garantizará el cumplimiento de la normativa legal y la asistencia y el trato adecuado a los pacientes. Asimismo, será necesario entregar al paciente una hoja informativa donde se harán constar los derechos y deberes del paciente, protección y seguridad del paciente durante el tiempo de exploración, documentación sobre el consentimiento informado, comunicación e información específica al paciente sobre la/s prueba/s a realizar, así como los datos de referencia del adjudicatario.
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Igualmente se informará del mecanismo y soporte de las reclamaciones y sugerencias, debiéndose cumplir en todo momento la normativa vigente al respecto, poniendo a disposición del paciente, en caso necesario, las correspondientes hojas de reclamación.
## 1.6.2. Resultados.
La empresa adjudicataria se comprometerá a que los informes de las pruebas realizadas, comprendiendo por tales tanto las pruebas de imagen como los informes médicos, estarán en poder de IBERMUTUA en las 48 horas laborables siguientes a su realización. Se deberá prever igualmente por el adjudicatario la posibilidad de remitir a IBERMUTUA los resultados de las pruebas diagnósticas complementarias en el mismo día de su realización, en aquellos casos excepcionales de urgencia médica que serán indicados como tal por el peticionario del servicio.
Los informes deberán ir siempre firmados por el médico especialista en radiodiagnóstico que disponga de la correspondiente titulación con indicación del nombre y apellidos del profesional, nº de colegiado y firma.
## Remisión de pruebas en formato electrónico:
Además de lo señalado en el apartado anterior, el resultado de las pruebas realizadas, deberá ser remitido a IBERMUTUA en formato electrónico siguiendo el estándar DICOM (Digital Imaging and Communication in Medicine).
Con esta finalidad y para la correcta recepción de las imágenes el adjudicatario deberá acreditar los medios tecnológicos disponibles y de capacidad, para la remisión de pruebas en formato DICOM, y la aceptación de los requisitos exigidos para la conexión electrónica con el compromiso de realizar las modificaciones necesarias en los siguientes campos DICOM de su sistema para que se compatibilice con el sistema de IBERMUTUA
- 'PATIENT ID' que deberá contener el número de historia clínica proporcionado en el impreso de AUTORIZACION de IBERMUTUA, campo ID-PACIENTE.
- 'ACCESSION NUMBER', también facilitado en el impreso.
- 'FECHA STUDY', fecha de realización de la prueba.
- 'HORA STUDY', hora de realización de la prueba.
- 'TIPO DE PRUEBA', conforme a las modalidades admitidas.
Asimismo, deberá remitir en formato PDF o WORD los informes de las pruebas en los casos donde sea requerido.
IBERMUTUA facilitará al adjudicatario el Manual con los 'Requisitos para la conexión electrónica de Centros Concertados'.
El plazo máximo para que el adjudicatario disponga de este sistema en modo operativo será de un mes a contar desde el momento en el que IBERMUTUA lo solicite, pudiendo realizar esta solicitud a partir de la firma del concierto.
Mientras no esté operativo el envío de las imágenes en formato DICOM, y posteriormente siempre que IBERMUTUA lo requiera, el adjudicatario deberá remitir las pruebas de imagen en formato electrónico CD O DVD.
La no aceptación, acreditación o el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos mínimos y esenciales conllevarán la exclusión de la oferta del proceso de valoración.
## 1.7. Coordinación y protocolos.
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El adjudicatario se comprometerá a emitir la totalidad de datos que relacionados con los servicios objeto de este contrato le sean solicitados por IBERMUTUA durante su desarrollo, y mientras perdure la ejecución del contrato y facilitará la coordinación con los servicios médicos de la Mutua, a efectos de procedimiento de comunicación de casos, y seguimientos de pacientes, siempre y en todo caso dentro del marco normativo de Protección de Datos de carácter personal.
Los profesionales del centro sanitario, facilitarán la coordinación con los servicios médicos de la Mutua, a los efectos anteriormente indicados.
La empresa adjudicataria designará a una persona de contacto para resolver cualquier incidencia o consulta y comunicará urgentemente las incidencias que impidan o demoren la realización de las peticiones de consulta o tratamiento.
El centro de IBERMUTUA de referencia para la coordinación de la gestión que se licita, será el situado en:
## · Ávila, Avenida de Madrid, 25C.P.: 05001.
## 1.8 Criterios y requisitos de la facturación
El adjudicatario emitirá las facturas de conformidad con la normativa aplicable en cada momento. Las facturas serán remitidas al centro de referencia y coordinación de Ibermutua o unidades tramitadoras, según se trate, en el plazo máximo de 30 días desde que se prestó el servicio, adjuntando el volante de solicitud de asistencia, o en su caso autorización de Ibermutua.
Sin perjuicio de lo establecido de lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el adjudicatario del contrato vendrá obligado a la presentación electrónica de las facturas a través de FACE https://face.gob.es/es Asimismo, deberá presentarse por esta vía el resto de documentación justificativa (albarán, solicitud de asistencia…).
La información necesaria para elaborar y remitir la factura electrónica, y los requisitos específicos de éstas, se pueden consultar en la página web http://www.facturae.gob.es.
El adjudicatario emitirá las facturas de conformidad con la normativa aplicable en cada momento. Con carácter general constará: Número de Identificación Fiscal, nombre apellidos o Razón Social completa del adjudicatario, número de factura y en su caso serie, y fecha de expedición Deberá incluir, además, el código de referencia asignado a este expediente
En la factura, y por cada paciente se detallará:
| PRIMER APELLIDO |
|------------------------------------|
| SEGUNDO APELLIDO |
| NOMBRE |
| Nº HISTORIA / EPISODIO |
| CÓDIGO SAE |
| TIPO PRUEBA (ESPECIFICAR) |
| FECHA/ DE REALIZACIÓN DE LA PRUEBA |
| MÉDICO ESPECIALISTA |
| CANTIDAD |
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| PRECIO UNITARIO |
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| TOTAL FACTURA |
El adjudicatario podrá presentar junto a la facturación, una relación sobre las pruebas realizadas a cada paciente en el periodo que se factura, en formato Excel, con el contenido mínimo especificado anteriormente.
Los conceptos e importes unitarios que se relacionen en las facturas se ajustarán siempre a los ofertados por la empresa adjudicataria.
Únicamente, podrá facturar a IBERMUTUA la empresa adjudicataria. No se admitirán facturas de terceros.
El incumplimiento de todos o alguno de estos requisitos supondrá la devolución de la factura al proveedor.
El adjudicatario se compromete a garantizar que durante la ejecución del concierto los precios ofertados a IBERMUTUA, se aplicarán a las pruebas que sean solicitadas por IBERMUTUA para trabajadores de las empresas asociadas a otras Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social u otras Entidades con las que tenga o pueda tener suscrito acuerdos y/o convenios de colaboración.
## 2. NÚMERO DE SERVICIOS.
Las cantidades que se reflejan a continuación, objeto de esta licitación, están referidos a doce meses y están fijadas en función del promedio de los casos producidos en los dos últimos ejercicios respecto de los procedimientos más habituales:
| CONCEPTO/PRUEBA | Unidades año |
|-----------------------------|----------------|
| RESONANCIA MAGNÉTICA SIMPLE | 40 |
| RESONANCIA MAGNÉTICA DOBLE | 5 |
| TAC SIMPLE (1 Región) | 15 |
| TAC DOBLE (2 Regiones) | 5 |
| CONTRASTE | 6 |
Los datos expuestos tienen como fin el aportar un indicador estimado de la actividad a efectos de conocimiento para la determinación de precios unitarios por parte de los distintos ofertantes, así como para la fijación del presupuesto máximo de licitación por parte de IBERMUTUA, según consta en el pliego de cláusulas administrativas particulares, no constituyendo, en ningún caso, un compromiso que obligue a IBERMUTUA en modo alguno.
## 3. INSPECCIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO.
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IBERMUTUA se reserva la facultad de controlar e inspeccionar todos los aspectos relativos a la ejecución del contrato, comprendiendo entre otras, las siguientes facultades:
- a) Comprobar la efectiva prestación del servicio por la empresa adjudicataria, estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para verificar el cumplimiento de lo establecido en su oferta técnica y económica.
- b) Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas, así como cualquier otra información que le sea solicitada.
- c) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que considere necesarios relacionados con la prestación del servicio.
- d) Efectuar comprobaciones sobre calidad del trabajo.
- e) Realizar encuestas sobre la calidad y grado de satisfacción del servicio.
## 4. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DEL ADJUDICATARIO.
- a) La empresa adjudicataria, además de acreditar que dispone de la autorización sanitaria de funcionamiento en vigor para las especialidades requeridas en los términos recogidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, deberá contar con el resto de autorizaciones administrativas locales, autonómicas y estatales necesarias y se obliga a mantenerlas a lo largo de la vigencia del contrato.
- b) Si alguna de las especialidades requeridas exigiese que la empresa adjudicataria tuviese instalados equipos que tengan que estar inscritos en registros especiales, la adjudicataria se compromete a mantener vigentes sus inscripciones en los registros correspondientes y contar con el aseguramiento obligatorio. Así como cumplir la normativa legal vigente en materia de instalaciones radioactivas y protección contra radiaciones ionizantes.
- c) Deberá aportar documentación acreditativa de la implantación de los programas de Protección Radiológica y Garantía de Calidad, así como de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos.
Ávila, febrero de 2024
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN Y LA RIOJA