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## Expte.: CG-2025/2818/0021
## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
SERVICIO DE ASESORÍA EN MATERIA JURÍDICA, REPRESENTACIÓN PROCESAL Y DEFENSA TÉCNICA EN LA PROVINCIA DE TENERIFE PARA IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274
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| CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO......................................................................................4 | |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| I. - CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN. ..............................................................................................4 | |
| 1. - OBJETO DEL CONTRATO:...................................................................................................................4 | |
| 2. - DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL: | ...............................................................4 |
| 3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: .................................................................................................4 | |
| 4. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: ..................................................................................................5 | |
| 5. - PRECIO (Art. 301/309 LCSP) Y PAGOS:..............................................................................................5 | |
| 6.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA:..........................................................................6 | |
| 7.- GASTOS DE PUBLICIDAD: | ...................................................................................................................7 |
| 8.- GARANTÍAS:.......................................................................................................................................7 | |
| 9.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: | .............................................................................................7 |
| 10.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:.......................................................................................7 | |
| 11.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, | |
| SOCIAL, LABORAL OPROTECCIÓN DE DATOS:.........................................................................................8 | |
| 12.- PENALIDADES:..................................................................................................................................9 | |
| 13.- SUBCONTRATACIÓN:......................................................................................................................10 | |
| 14.- MODIFICACIONES PREVISTAS:........................................................................................................10 | |
| 15.- CAUSAS DE DESISTIMIENTO ORESOLUCIÓN ESPECÍFICAS:.............................................................11 | |
| II.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION ..............................................................................................11 | |
| 16. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y REGISTROS: ...................................................................................11 | |
| 17.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:..................................................................12 | |
| 18.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS:....................................13 | |
| 19.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: .......................................................................................................13 | |
| 20.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE: .......................................................................................19 | |
| 21.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE: .......................................................................19 | |
| 22.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA OFERTA: ................................................................................................................................................20 | MEJOR |
| 23.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO: | ..........................................................21 |
| III. OTRAS ESPECIFICACIONES................................................................................................................22 | |
| 24.- CESIÓN DEL CONTRATO:.................................................................................................................22 CONDICIONES GENERALES | ....................................................................................................................23 |
| I. OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO ..........................................................................23 | |
| 1.- OBJETO DEL CONTRATO...................................................................................................................23 | |
| 2.- DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL..................................................................................23 | |
| 3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. ...............................................................................................23 | |
| 4.- ESPECIALIDADES DELRÉGIMEN JURÍDICO DELOS CONTRATOS CUYOOBJETO SEA LA PRESTACIÓN | DE |
| SERVICIOS SANITARIOS.........................................................................................................................24 | |
| | VALOR |
| 5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO, TRAMITACIÓN ANTICIPADA Y | ESTIMADO.............................................................................................................................................24 |
| 6.- PRECIO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO MÁXIMO LIMITATIVO DEL CONTRATO............................25 | |
| 7.- REVISIÓN DE PRECIOS. .....................................................................................................................25 | |
| | .......26 |
| 8.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN ODURACIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA. | |
9.- GARANTÍAS. ..................................................................................................................................... 26
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| 10.- PERFIL DEL CONTRATANTE Y CONSULTAS. .....................................................................................27 |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| II.- PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN DE LA LICITACIÓN......................................................................28 |
| 11.- CONDICIONES PARA PARTICIPAR. ..................................................................................................28 |
| 12.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS..........................................................................................................29 |
| 13.- SOBRE 1 -DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS..32 |
| 14.- MOTIVOS DE RECHAZO DE OFERTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES...........................................35 |
| 15.- APERTURA Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS............................................................................................................................36 |
| 16.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE MEDIANTE CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR. ......................................................................36 |
| 17.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS..........................................................................................................................37 |
| 18.- EVALUACIÓN DE OFERTAS..............................................................................................................37 |
| 19.- CRITERIOS DE DESEMPATE. ............................................................................................................38 |
| 20.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. ....................................................................................................38 |
| 21.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN. ............................................39 |
| 22.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.......................................42 |
| 23.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. .................................................................................................43 III.- EJECUCIÓN Y EFECTOS DEL CONTRATO...........................................................................................44 |
| 24.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.......................................................................................................44 |
| 25.- EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES.................................................................................................45 26.- MEDIOS EMPLEADOS EN LA EJECUCIÓN.........................................................................................45 |
| 27.- OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL, SEGURIDAD SOCIAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL |
| TRABAJO. ..............................................................................................................................................48 |
| 28.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN......................................................................................49 29.- CONFIDENCIALIDAD, TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y AUSENCIA DE |
| 30.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Y DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.........................................................................................................................................53 |
| 31.- PENALIDADES.................................................................................................................................54 |
| 32.- PAGO DEL PRECIO. .........................................................................................................................55 |
| MODIFICACIÓN DEL 34.- SUBCONTRATACIÓN.......................................................................................................................57 |
| 33.- CONTRATO.....................................................................................................55 |
| DE LA UTE Y CESIÓN DEL DERECHO DE COBRO......................................................................................58 |
| IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.............................................................................................................61 36.- CUMPLIMIENTO: ENTREGA, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN. ..............................................................61 |
| 37.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA |
| GARANTÍA.................................................................62 |
| 38.- RESOLUCIÓN. .................................................................................................................................63 |
| V.- REVISIÓN DE ACTOS EN LA CONTRATACIÓN....................................................................................63 39.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Y OTRAS FORMAS DE REVISIÓN. ................63 |
| DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE..................................................................................65 |
| ..................................................................................................................................................66 |
| ANEXOS |
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## CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
## I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
## 1. - OBJETO DEL CONTRATO:
## 1.1 - Definición:
| Tipo | Servicios |
|--------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Objeto | Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA |
| Lugar de ejecución | Provincia Tenerife |
- 1.2 - División en lotes: No
- 1.3 - Código CPV:
- 1.4 - Categoría de servicios (REGLAMENTO (CE) Nº 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007) : 21 Servicios jurídicos.
- 1.5 - Tracto : Sucesivo
| Objeto | Código |
|--------------------------------|------------|
| Principal: Servicios jurídicos | 79100000-5 |
| Adicional: | |
El número de unidades de prestación que integran el objeto del contrato se define con exactitud: No
- 1.6 - Otras características específicas: No
## 2. - DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL:
Los indicados en la cláusula 2 de condiciones generales
## 3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
- 3.1 -El presupuesto base de licitación del contrato es de 12.978,03 euros, incluido el 7 % IGIC, con el siguiente desglose por anualidades*:
| AÑO | RÚBRICA | BASE IMPONIBLE | %IMPUESTO | IMPORTE CON IMPUESTOS |
|-------|-----------|------------------|-------------|-------------------------|
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| 2025 | 2270 | 5.053,75 € | 7 %IGIC | 5.407,51 € |
|--------|--------|--------------|-----------|--------------|
| 2025 | 2270 | 7.075,25 € | 7 %IGIC | 7.570,52 € |
| TOTAL | | 12.129,00 € | | 12.978,03 € |
## * El desglose por anualidades corresponde a la ejecución presupuestaria
- 3.2 - Tramitación anticipada (Al tratarse de contratación con tramitación anticipada o de un gasto plurianual queda supeditada la ejecución del mismo para los ejercicios siguientes al actual a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos): No
## 4. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (art. 101 LCSP):
- 4.1.- El valor estimado del contrato es de 64.283,70 euros (sin IVA).
- 4.2.- Método de cálculo (art. 101.5 LCSP):
| Presupuesto base de licitación (A) | 12.129,00 € |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------|
| Prórroga 1 (B) | 12.129,00 € |
| Prórroga 2 (C) | 12.129,00 € |
| Prórroga 3 (D) | 12.129,00 € |
| Prórroga 4 (E) | 12.129,00 € |
| Modificado: Causas prevista en pliego. Máximo 20% Art. 204 LCSP (F) | 2.425,80 € |
| Incremento de unidades de ejecución respecto a las previstas en pliego. Máximo 10% Art. 301 LCSP (G) | 1.212,90 € |
| TOTAL VALOR ESTIMADO (A+B+C+D+E+F+G) | 64.283,70 € |
## 5. - PRECIO (Art. 301/309 LCSP) Y PAGOS:
- 5.1 - Sistema de determinación del precio (cláusulas 6.1, 6.2 y 6.3 de condiciones generales):
| ☐ | Tanto alzado. Las ofertas que superen el precio máximo (sin IVA) establecido en 12.129,00 € serán rechazadas. |
|-----|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ☒ | Precios unitarios. Las ofertas que superen los precios unitarios máximos que se detallan en el ANEXOIII.1.- Proposición económica serán rechazadas, toda vez que el objeto del contrato comprende una pluralidad de bienes o la ejecución de servicios de forma sucesiva y por precios unitarios. |
Consultas preliminares de mercado (art.115 de la LCSP):
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## 5.2 - Modalidad de pago del precio:
El precio del contrato se abonará conforme a la siguiente periodicidad :
- [ ] ☐ Pago al inicio del contrato.
- [ ] ☐ Pago único contra factura a la finalización de ejecución del contrato.
- [ ] ☐ Pago con arreglo a los siguientes hitos (especificar).
- [ ] ☐ Pago contra certificación de obra.
- [ ] ☐ Pagos a periodo vencido contra factura
- [x] ☒ Precios unitarios
Salvo en el supuesto de pago anticipado al inicio del contrato, no se admitirán facturas emitidas con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución facturable.
- 5.3 - Revisión de precios: No procede. Igualmente, no se admitirá ninguna revisión de precios en el supuesto de que el contrato sea prorrogado. Todo ello en aplicación del artículo 103 de la LCSP.
En caso afirmativo indicar fórmula de aplicación:
## 6. - PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA:
6.1.- Plazo de ejecución total o fecha límite (cláusula 8 de condiciones generales):
doce (12) meses.
- 6.2.- Fecha de inicio: orientativamente el 1 de julio de 2025.
Fecha de finalización: orientativamente el 30 de junio de 2026.
Consideraciones sobre el inicio y/o finalización del contrato:
En los contratos de tracto sucesivo, la fecha definitiva de finalización del periodo inicial del contrato será el último día del mes natural más próximo por defecto al vencimiento del plazo indicado en la cláusula 6.1. a partir del inicio definitivo de ejecución del contrato.
- 6.3.- Prórroga del contrato:
Sí
Nº prórrogas:
cuatro (4)
Duración prórrogas:
doce (12) meses.
Plazo de preaviso de prórroga (art. 29.2 LCSP): dos ( 2 ) meses
Obligatoriedad de la prórroga para el contratista: Sí
- 6.4.- La duración de las prórrogas se interpretará como un plazo máximo, pudiendo prorrogarse por un plazo inferior según lo que se establezca en la comunicación del preaviso que se realice. Dicha comunicación podrá determinar una duración concreta o bien establecer una condición resolutoria.
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## 7.- GASTOS DE PUBLICIDAD:
No
- 8.- GARANTÍAS (cláusula 9 de condiciones generales) :
- 8.1.- Garantía provisional: No
El art. 106 LCSP refiere la exigencia de la garantía provisional.
- 8.2.- Garantía definitiva: No
El art. 107 LCSP refiere la exigencia de la garantía definitiva.
El art. 110 LCSP indica los conceptos de los que responderá la garantía definitiva.
8.3.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No
8.4.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No
## 9.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: No procede
En el caso de que proceda, corresponderá a la información facilitada por el contratista actual que se detalla en el ANEXO 1.- SUBROGACIÓN que se adjunta al pliego de prescripciones técnicas.
## 10.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:
10.1.- De tipo social o relativo al empleo (cláusula 28.1 de condiciones generales): Sí
## Porcentaje de trabajadores fijos:
De conformidad con lo que establece el artículo 202 de la LCSP, el contratista deberá emplear en la ejecución del contrato un porcentaje de trabajadores fijos igual o superior al 20%; debiendo acreditarse esta circunstancia ante el Órgano de Contratación, con una declaración responsable que deberá presentar junto con la factura electrónica correspondiente. El mantenimiento del porcentaje de trabajadores fijos indicado, será comprobado por el responsable del contrato designado por la Entidad.
## Retraso o impago de nóminas:
Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los convenios colectivos aplicables, el órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista ha de hacer a los trabajadores que participan en la ejecución del contrato, debiendo acreditar que está al corriente de pago de las nóminas de dicho personal. Se considerará que se incumple la citada condición cuando se produzca un retraso o impago en el abono de las nóminas en más de dos meses. A tal efecto, la empresa aportará al responsable del contrato declaración expresa en la que conste el cumplimiento de esta obligación, cuantas veces sea solicitada por éste y en todo caso, con ocasión de la última factura que el contratista presente al cobro en su ejecución, emitida por el representante legal de la empresa. Todo ello, al margen de la entrega de otra documentación justificativa cuando así le sea requerido.
10.2.- De tipo medioambiental (cláusula 28.2 de condiciones generales): No
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## 10.3- De protección de datos : Sí
- [La obligación de la contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.]
- [El tratamiento de los datos cedidos a la contratista para los fines que se detallan en el ANEXO II.12.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO EN MATERIA PROTECCIÓN DE DATOS que se adjunta al presente pliego.]
10.4.- Otras: No
En el caso de que los hubiera, todas las condiciones especiales de ejecución serán exigidas a todos los subcontratistas.
## 11.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL, LABORAL O PROTECCIÓN DE DATOS:
- 11.1.- Obligaciones contractuales esenciales:
- 11.1.1.- Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula 10 del cuadro de características del contrato.
- 11.1.2.- Adscribir a la ejecución del contrato los medios indicados, en su caso, en el cuadro de la declaración responsable que figura en el ANEXO II-2 'Compromiso de adscripción de medios', así como aquellos medios humanos y/o materiales cuya posesión y/o disponibilidad, en su caso, se haya/n acreditado en el procedimiento de adjudicación a efectos de cumplir los requisitos de solvencia técnica o profesional.
- 11.1.3.- La obligación de realizar la propia contratista determinadas partes de la prestación o trabajos concretos de conformidad con la cláusula 13.1 del cuadro de características del contrato.
- 11.1.4.- Las condiciones para proceder a la subcontratación indicadas en la cláusula 13.1 del cuadro de características del contrato, la acreditación de la aptitud de la empresa subcontratista de conformidad con la cláusula 34 de condiciones generales y la acreditación de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de urgencia a las que se refiere la letra c) del art. 215.2 LCSP.
- 11.1.5. Aquellas derivadas del cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuando la prestación a contratar pudiere suponer el tratamiento de datos por parte del contratista en calidad de encargado. Sí
## 11.1.6.- Otras: Sí, las siguientes:
La utilización de medios subcontratados sin la comunicación y acreditación de la aptitud del subcontratista y posterior verificación por parte de Ibermutua, constituye un incumplimiento de una de las obligaciones esenciales que adquiere el adjudicatario con Ibermutua,
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## suponiendo, por tanto, un claro incumplimiento contractual del que se derivaran las acciones y consecuencias legales que la legislación ampara.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye infracción grave a efectos del art. 71.2 c) LCSP.
- 11.2.- Otras obligaciones esenciales en materia medioambiental, social, laboral o protección de datos: 11.2.1.- Obligaciones en materia medioambiental: No
- 11.2.2.- Obligaciones en materia social o laboral: Sí, las siguientes:
- 11.2.2.1- Cumplir las condiciones salariales de las personas trabajadoras conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, a los efectos del art. 122.2 LCSP.
11.2.2.2- Otros.
- 11.2.3.- Obligaciones en materia de protección de datos:
- 11.2.3.1.-Someterse la contratista a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
- 11.2.3.2.- Determinar la finalidad para la que se tratan los datos cedidos a la contratista.
- 11.2.3.3.- Presentar la contratista una declaración de donde estarán ubicados los servidores dónde se tratan los datos personales cedidos y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, sin que puedan estar ubicados fuera del territorio de la Unión Europea cuando la prestación del servicio implica el tratamiento de datos de salud.
- 11.2.3.4.- Comunicar la contratista cualquier cambio en la declaración de dónde se ubican los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, teniendo obligatoriamente que estar ubicados dentro del territorio de la Unión Europea cuando la prestación del servicio implica el tratamiento de datos de salud.
- 11.2.3.5.- Indicar la contratista en la oferta si subcontratará los servicios o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
## 12.- PENALIDADES:
12.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 31.1 de condiciones generales: Sí
Incumplimientos respecto a las obligaciones relativas a las condiciones especiales de ejecución establecidas en la cláusula 10.
Su incumplimiento tendrá carácter grave conllevando, en todo caso, a aplicar una deducción del 5% de la facturación del mes en el que se compruebe por parte del responsable del contrato que no cumple la condición especial de ejecución. En los casos en que la forma de pago sea distinta a una cantidad a mes vencido, la deducción del 5% se calculará sobre el precio del contrato equivalente al prorrateo de un mes de vigencia.
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Incumplimiento respecto a las obligaciones relativas a la cláusula 32 del condicionado general de este pliego: Pago del precio .
El incumplimiento de la obligación de presentar la factura correspondiente al suministro realizado, servicio prestado y obra ejecutada mediante factura electrónica a través de FACE https://face.gob.es/es, conllevará la aplicación de penalización sobre el importe de la factura conforme al siguiente esquema:
- El primer incumplimiento conllevará una reducción del importe de la factura en un porcentaje igual al 15%.
- El segundo incumplimiento conllevará una reducción del importe de la factura en un porcentaje igual al 30%.
- El tercer incumplimiento conllevará una reducción del importe de la factura en un porcentaje igual al 50%.
- Los subsiguientes incumplimientos conllevarán una reducción del importe de la factura en un porcentaje igual al 75%.
Los porcentajes de penalización se aplicarán sobre la propia factura remitida sin respectar las indicaciones recogidas en el párrafo primero de este apartado.
12.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el art. 193.3 y 193.4 LCSP por demora en el cumplimiento de plazos: No
## 13.- SUBCONTRATACIÓN:
13.1.- Se establece la posibilidad de subcontratar: Sí
La celebración por el contratista de subcontrataciones, estará sometida a las condiciones y requisitos previstos en los artículos 215 y 216 de la LCSP.
El adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo V.5.- relativo a las obligaciones que le alcanzan en el caso de que haga uso de la subcontratación para la ejecución del contrato derivado de esta licitación
13.2.- Obligación de las licitadoras de facilitar información y/o documentación de la parte de la prestación que prevén subcontratar en el momento de la presentación de la oferta: No
13.3.- Se determinan tareas que no podrán ser objeto de subcontratación (art.215 LCSP) No :
## 14.- MODIFICACIONES PREVISTAS:
Posibilidad de modificación del contrato: Sí
Porcentaje de modificación: 20 % Según lo indicado en la cláusula 4.2 del cuadro de características, para determinar el porcentaje de modificación establecido.
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Al amparo de lo previsto en el artículo 204 de la LCSP se contempla la posibilidad de modificar el contrato en un importe de hasta el 20%, aplicable tanto en su periodo inicial como en las eventuales prórrogas de concurrir las siguientes circunstancias:
## Motivos:
Los siguientes:
Un incremento de trabajadores protegidos por IBERMUTUA en el ámbito del contrato; un incremento de la accidentalidad y/o gravedad de los accidentes en el ámbito geográfico correspondiente al contrato; una causa de carácter organizativo.
Puede producirse una variación en el gasto de hasta un 10% del precio inicial motivado por el incremento de consumo de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, en el caso de contratos de servicios, o por el incremento en el número de unidades a suministrar en el caso de contratos de suministros sin que, conforme a los artículos 301 y 309 de la LCSP, se entiendan como modificación del contrato.
## 15.- CAUSAS DE DESISTIMIENTO O RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS:
Se establecen causas de resolución adicionales a las previstas en la cláusula 38 de las condiciones generales: No
## II.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
## 16. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y REGISTROS:
16.1.- Poder adjudicador: IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 NIF G81939217.
- 16.2.- Identificación de órganos.
- 16.2.1.- Órgano de contratación: Director General de IBERMUTUA.
- 16.2.2.- Responsable del contrato: María Isabel González Gómez
- 16.2.3.- Composición del órgano de asistencia:
## Presidente:
## Jerónimo Tara García
Director de Contratación y Gestión de Derechos Patrimoniales
Secretario/a:
Miguel Fernández Salazar
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## Técnico de contratación
## 16.2.4.-Comité de expertos/organismo técnico especializado: No
En los procedimientos de adjudicación, abierto o restringido, la valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, que tenga atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, se deberá de disponer de un comité formado por expertos con cualificación apropiada, que cuente con un mínimo de tres miembros, que podrán pertenecer a los servicios dependientes del órgano de contratación, pero en ningún caso podrán estar adscritos al órgano proponente del contrato, al que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas; o encomendar está a un organismo técnico especializado, debidamente identificado en los pliegos. (Art. 146 punto 2 apartado a)).
## 16.3.- Registros:
- 16.3.1.- Registro de presentación de ofertas:
Medios electrónicos - a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público
## 16.3.2.- Registro de presentación de facturas:
Presentación electrónica de las facturas a través de FACE https://face.gob.es/es
16.3.3.- Correo electrónico a efectos de notificaciones: concursosibermutua@ibermutua.es
En toda comunicación deberá constar en el asunto del correo electrónico el número de expediente y la empresa licitadora: Exp. CG-2025/2818/0013- Nombre empresa licitadora.
## 17.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
- 17.1.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No
- 17.2.- Tramitación:
Ordinaria
- 17.3.- Procedimiento: Abierto
- 17.4.- Información sobre la división en lotes (Artículos 99 Y 116.4 de la LCSP- cláusula 2): No procede
- 17.5.- Medios de tramitación electrónica: Sí
Si se establecen como electrónicos, la presentación de ofertas se realizará por medios electrónicos a través de la PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO.
La preparación de la documentación y los sobres que componen las ofertas se realizará mediante la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público ha puesto a disposición de las empresas en procedimientos de contratación pública electrónicos.
En la disposición adicional decimoquinta, apartado 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se establece que la presentación de ofertas y solicitudes de participación se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, salvo en los casos que se detallan en la precitada disposición.
- 17.6.- Subasta electrónica: No
- 17.7.- Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de inserción social y empresas de inserción o incluido en el marco de programas de empleo protegido: No
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17.8.- Contrato reservado a determinadas organizaciones por tratarse de un contrato de servicios de carácter social, cultural o de salud de conformidad con la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP: No
## 18.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS:
18.1.- Obligación de disponer de unos requisitos mínimos de solvencia: Sí, de conformidad con la cláusula 22.1 del cuadro de características del contrato.
18.2.- Solvencia: los operadores económicos deben disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 18.3 del cuadro de características del contrato:
18.2.1 Económica y financiera. Requisito(s): Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere este contrato que en el año de mayor volumen de los tres últimos ejercicios económicos concluidos deberá alcanzar, como mínimo, la cifra de 18.000,00€
18.2.2 Técnica o profesional. Requisito(s):
a) Las titulaciones académicas y profesionales que avalan el ejercicio de su actividad, así como las correspondientes a las personas que bajo su ámbito, pueden prestar los servicios objeto del presente contrato.
b) Los licitadores deberán tener experiencia suficiente en el ámbito del asesoramiento de carácter legal, específicamente en materia de derecho laboral y Seguridad Social, de modo que tal extremo deberá ser acreditado mediante certificaciones - ya sean de órganos jurisdiccionales u otros que garanticen la veracidad de la información- acreditativas de que ha realizado no menos de 75 juicios en materia de Seguridad Social.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 11.4 de condiciones generales, estos requisitos de solvencia deben ser acreditados solamente por la licitadora que haya presentado la mejor oferta mediante los documentos indicados en la cláusula 22.1 del cuadro de características del contrato.
18.3.- Clasificación: No requiere
18.4.- Habilitación empresarial o profesional: No
18.5.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: Sí
18.6.- Adscripción obligatoria de medios: Sí
Declaración responsable, con firma del licitador, conforme al ANEXO II.2, que se acompaña en el presente pliego.
## 19.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
19.1.- Existe un único criterio de adjudicación: No. Se cumplimentará cláusula 19.2 del cuadro de características.
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- [ ] ☐ Precio.
- [x] ☒ Otro criterio basado en la rentabilidad.
## 19.2.- Existe una pluralidad de criterios de adjudicación: Sí
| Criterios | Criterios | Puntuación Máxima | Puntuación Máxima |
|-------------|---------------------------------------------------------------|---------------------|---------------------|
| 1. | Criterios cuantificables mediante fórmulas automáticas | | 60 |
| | 1.1 Precio | 30 | |
| | 1.2 Experiencia en actuaciones judiciales | 20 | |
| | 1.3 Multidisciplinaridad del licitador | 10 | |
| 2. | Criterios sometidos a un juicio de valor | | 40 |
| | 2.1. Planificación del juicio | 25 | |
| | 2.2. Sistema de Tratamiento de la información | 10 | |
| | 2.3. Adscripción de medios (humanos y materiales) adicionales | 5 | |
| | TOTAL | | 100 |
1. Los criterios relativos a la calidad supondrán el 51 %
2. Hasta 750.000€ de valor estimado se tramitarán como un procedimiento abierto (el plazo de presentación de ofertas será de 15 días naturales y no se comunicará al DOUE)
3. Superior a 750.000€ de valor estimado se tramitará como procedimiento abierto armonizado (SARA) (el plazo de presentación de ofertas será de 30 días naturales y se comunicará al DOUE)
## 19.2.1.- Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: Sí
2. Criterios sometidos a un juicio de valor. Hasta 40 puntos
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## 2.1 Planificación del juicio . Hasta 25 puntos
- 2.1.1 Se valorará con una puntuación hasta 12,50 puntos el diagnóstico inicial de la pretensión, comunicando su opinión sobre la situación planteada por los demandantes y la viabilidad de la demanda.
- 2.1.2 Se valorará con una puntuación hasta 12,50 puntos la proposición de calendario de actuaciones, posteriores a la opinión referida en el apartado anterior, que permita una completa y sólida preparación de los procedimientos judiciales.
Se puntuará conforme al siguiente detalle cada uno de los dos apartados:
- Completamente adecuado: 12,50 puntos
- Bastante adecuado: 9 puntos
- Adecuado: 6 puntos
- Poco adecuado: 3 puntos
- No adecuado o inexistente: 0 puntos
## 2.2 Sistema de tratamiento de la información . Hasta 10 puntos
- -2.2.1 Se valorará con una puntuación de hasta 5 puntos la proposición de procedimiento para la recepción y envío de información y documentación a la Mutua, plazos y método.
- -2.2.2 Se valorará con una puntuación de hasta 5 puntos el sistema de alertas informativas para el seguimiento de los procesos judiciales y control de confidencialidad y seguridad sobre la conservación de los datos.
Se puntuará conforme al siguiente detalle cada uno de los dos apartados:
- Completamente adecuado: 5 Puntos
- Bastante adecuado: 3,75 puntos
- Adecuado: 2,50 puntos
- Poco adecuado: 1,25 puntos
- No adecuado o inexistente: 0 puntos
## 2.3 Adscripción de medios (humanos y materiales) adicionales:
Se valorará con hasta 5 puntos aquellas empresas que aporte una propuesta de recursos que añada valor añadido a la prestación, como posibilidad de disponer herramientas tecnológicas colaborativas, personal de proximidad para actuaciones urgentes o cuales quiera otras que guarden relación con el objeto del contrato y redunden en una mayor calidad de la prestación.
Se puntuará conforme al siguiente detalle:
- Completamente adecuado: 5,00 puntos
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- Bastante adecuado: 3,50 puntos
- Adecuado: 2,00 puntos
- Poco adecuado: 1,00 punto
- No adecuado o inexistente: 0 puntos
- -No obstante lo anterior, cuando una propuesta deba valorarse por encima de cualquiera de los tramos indicados pero sin alcanzar el tramo superior, se incrementará la puntuación que le corresponda con medio punto (0,5) más .
19.2.2.- Criterios evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas: Sí
1. Criterios cuantificables mediante aplicación de fórmulas. Hasta 60 puntos
1.1 Precio : cuya ponderación será de 30 puntos . A la oferta más económica se le asignará la puntuación máxima. Al resto de ofertas se le asignará la puntuación proporcional que le corresponda en función de la oferta más ventajosa determinada por la siguiente fórmula:
<!-- formula-not-decoded -->
donde V of es la valoración de la Oferta; Mín.Pof es la oferta más económica respecto al presupuesto máximo de licitación indicado en la cláusula 3.1 del cuadro de características y; Pof es la oferta del licitador.
Las puntuaciones se calcularán con una aproximación de dos decimales.
Justificación de la fórmula elegida:
Proporcional: se asigna la puntuación de forma proporcional respecto de la oferta más ventajosa en el entendimiento de que la formación de precios en el mercado no altera el objetivo de obtener la mejor relación calidad-precio.
## Descuentos máximos :
Se puntuará con un máximo de 10 puntos a los descuentos ofertados sobre los honorarios máximos para las actuaciones en las jurisdicciones contencioso administrativa, civil y penal, en el supuesto de formular propuesta en los citados órdenes. La puntuación se asignará de la siguiente manera:
Jurisdicción contencioso-administrativa
- Se valorará con 0 puntos los descuentos inferiores al 5% en los honorarios de la jurisdicción contencioso-administrativa
- Se valorará con 2,5 puntos los descuentos entre el 5% y el 10% en los honorarios de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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- Se valorará con 5 puntos los descuentos superiores al 10% en los honorarios de la jurisdicción contencioso-administrativa.
## Jurisdicción civil
- Se valorará con 0 puntos los descuentos inferiores al 5% en los honorarios de la jurisdicción civil
- Se valorará con 1,25 puntos los descuentos entre el 5% y el 10% en los honorarios de la jurisdicción civil.
- Se valorará con 2,5 puntos los descuentos superiores al 10% en los honorarios de la jurisdicción civil.
## Jurisdicción penal
- Se valorará con 0 puntos los descuentos inferiores al 5% en los honorarios de la jurisdicción penal.
- Se valorará con 1,25 puntos los descuentos entre el 5% y el 10% en los honorarios de la jurisdicción penal.
- Se valorará con 2,5 puntos los descuentos superiores al 10% en los honorarios de la jurisdicción penal.
El descuento ofertado será de aplicación lineal a todas las tarifas establecidas como precio máximo para cada una de las actuaciones, es decir se aplicará un único porcentaje de descuento para los conceptos pertenecientes a cada orden jurisdiccional (Contencioso administrativo, civil y penal).
## 1.2 Experiencia en actuaciones judiciales . Hasta 20 puntos
Se valorará hasta con 20 puntos a las empresas licitantes que acrediten experiencia en actuaciones judiciales donde hayan sido partes interesadas/afectadas las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
Durante 10 años o más…………20 puntos
Entre 5 y 10 años…………….….10 puntos
Menos de 5 años…………………5 puntos
## 1.3 Multidisciplinariadad del licitador : Se valorará hasta con 10 puntos
Por cuanto esta adjudicación lleva implícita la posibilidad de encargar asuntos de otras materias y órdenes jurisdiccionales distintos de la Seguridad Social, se valorará la multidisciplinaridad del licitador, mediante su carta de servicios o cualquier otro documento de presentación del licitador y/o de su personal a sus clientes.
- -Orden jurisdiccional contencioso administrativo………………3 puntos
- -Orden jurisdiccional civil y contencioso administrativo………..6 puntos
- -Orden jurisdiccional civil, penal y contencioso administrativo….10 puntos
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## 19.3.- Ofertas anormalmente bajas: Sí
## 19.3.1.- En cuanto al precio:
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal:
Podrán ser excluidas las ofertas con valores desproporcionados, entendiéndose como tales las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de diez (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de diez (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores las que sean inferiores en más de diez (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de diez (10) unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
En el caso de que proceda la subrogación referida a la cláusula 9 del cuadro de características, adicionalmente tendrá la consideración de baja anormal cualesquiera ofertas económicas cuya cuantía no alcance, al menos, el coste laboral íntegro de los recursos adscritos al contrato tomando como referencia el convenio colectivo sectorial.
## 19.3.2.- En cuanto a la oferta considerada en su conjunto: Sí
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal:
Podrán ser excluidas las ofertas con valores desproporcionados, entendiéndose como tales las ofertas que se encuentren los supuestos siguientes:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta.
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3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de diez (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de diez (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores las que sean inferiores en más de diez (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de diez (10) unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
El precio de la oferta se determinará a efectos del cálculo de la presunción de anormalidad en su conjunto, minorando al precio ofertado el 0,1 % por cada punto obtenido en el resto de criterios.
En el caso de que proceda la subrogación referida a la cláusula 9 del cuadro de características, adicionalmente tendrá la consideración de baja anormal cualesquiera ofertas económicas cuya cuantía no alcance, al menos, el coste laboral íntegro de los recursos adscritos al contrato tomando como referencia el convenio colectivo sectorial.
## 20.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE: No procede
## 21.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE:
Los documentos exigidos serán los indicados en el CUADRO RESUMEN DE ANEXOS . Para tomar parte en el procedimiento se presentarán dentro de los archivos electrónicos o sobres que se indican a continuación.
## 21.1.SOBRE 1 : DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS .
En este sobre se deben presentar los documentos que se indican en la cláusula 13.1 de condiciones generales.
Otros:
Anexos indicados en página 66 del PCAP
Respecto a la parte IV del DEUC, el operador económico se limitará a cumplimentar la sección A No
## 21.2.SOBRE 2 : OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE A TRAVÉS DE FÓRMULAS .
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.1
Otros:
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- Desglose de precios unitarios según anexo
- INCLUIR ANEXOS EN CUADRO RESUMEN DE ANEXOS SOBRE 2.
## 21.3.SOBRE 3: OFERTA PARA CUYA EVALUACIÓN SE REQUIERE EFECTUAR UN JUICIO DE VALOR : Sí
En el caso de que se establezca criterios de juicio de valor se presentará en un sólo documento con arreglo al modelo que figura en el ANEXO IV.1 ' Memoria expositiva de los criterios sometidos a un juicio de valor ' que vendrá numerada y con un índice en el que se especifiquen cada uno de los apartados de la cláusula 19.2.1 del cuadro de características , no podrá tener una extensión superior a veinte (20) hojas a simple cara, en tamaño DIN-A4, espaciado sencillo, letra Arial 11. Dentro de esta extensión se computarán todas las hojas (portada, índices, fotografías, anexo, etc.).
La superación del límite de extensión señalado (número de hojas y caras) y la no numeración de las mismas supondrá la no valoración de este apartado y, por tanto, que la oferta se valore en este ítem con cero (0) puntos.
Con carácter general, las ofertas se presentarán en formato pdf.
21.4.- Se admiten variantes: No
## 22.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA:
Junto con el resto de documentación indicada en la cláusula 21.1 de condiciones generales, se deben presentar, en su caso, los siguientes documentos:
- 22.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional recogidos en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato: Sí los siguientes
- Solvencia económica y financiera:
- o Importe neto de la cifra de negocios que aparece en las partidas del Haber de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, presentando completas las Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, o Registro oficial que corresponda, de los tres últimos ejercicios económicos. Alternativamente, certificado emitido por el Registrador Mercantil acreditativo del importe neto de la cifra anual de negocios.
- o Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de Inventario y Cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Alternativamente, Modelo 390 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Solvencia técnica o profesional:
- o Relación de contratos análogos al objeto de esta contratación, realizados en los últimos tres años, avalados por certificados expedidos o visados por órgano competente cuando el
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destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- 22.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos a los que se refiere la cláusula 18.6 del cuadro de características del contrato: Sí, lo siguiente
- o Acreditación de que el personal que vaya a prestar el servicio relacionado en el Anexo II.2, posee la cualificación personal y titulación exigida para llevar a cabo los servicios objeto de licitación.
- 22.3.- Documentación a efectos de acreditar la titularidad de los datos bancarios:
- o Certificado de titularidad de cuenta bancaria expedido por la entidad bancaria a efectos de garantizar la autenticidad de la titularidad de la cuenta.
## 23.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
- 23.1.-Información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria (consultar cláusula 10.3 de condiciones generales):
Los licitadores podrán solicitar cuanta información estimen necesaria con el fin de elaborar sus ofertas. A tal efecto enviarán sus preguntas, ya sean de carácter técnico o de procedimiento, indicando el objeto de la licitación y el número de expediente.
- 23.1.1.- Fecha límite para su solicitud (Art. 138.3 de la LCSP): 6 días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
- 23.1.2.- Fecha límite para su obtención: 3 días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
- 23.1.3.- Carácter vinculante de las aclaraciones sobre los pliegos o resto de documentación: No
- 23.2.- Plazo de obtención de pliegos y presentación de ofertas:
Hasta el día que se señale en la Plataforma de Contratos del Sector Público.
| PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS | PROCEDIMIENTOS |
|------------------|-----------------------|-------------------|-----------------------|-------------------|-----------------------|--------------------|-----------------------|
| Abreviado | Abreviado | Simplificado | Simplificado | Abierto | Abierto | SARA | SARA |
| Obras | Servicios Suministros | Obras | Servicios Suministros | Obras | Servicios Suministros | Obras | Servicios Suministros |
| 10 días hábiles | 10 días hábiles | 20 días naturales | 15 días naturales | 26 días naturales | 15 días naturales | 30 días* naturales | 30 días* naturales |
A efectos del cómputo de plazos, éstos comenzarán a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de licitación en la Plataforma de Contratos del Sector Público. Si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los días inhábiles, que afectan a la presente licitación, serán:
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- Sábados, domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles.
- Los días declarados festivos por la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Los días declarados festivos en el municipio de Madrid.
## 23.3.- Apertura de ofertas económicas:
Se celebra acto público de libre asistencia: No
- 23.4.- Plazo máximo para adjudicar el contrato distinto al establecido en el art. 158.2 LCSP: No
- 23.5.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización: No
## III. OTRAS ESPECIFICACIONES
## 24.- CESIÓN DEL CONTRATO:
Se prevén otros supuestos de cesión del contrato además de los previstos en la cláusula 35.2.1 de condiciones generales: No
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## CONDICIONES GENERALES
## I. OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO
## 1.- OBJETO DEL CONTRATO .
El objeto del contrato es el que se indica en el apartado 1 del cuadro de características del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas.
Cuando el objeto está fraccionado en lotes, el objeto de cada lote se indica en la cláusula 1.2 del cuadro de características del contrato y se define en el pliego de prescripciones técnicas.
El CPV y la categoría de servicios en que se encuadra la prestación se señalan en las cláusulas 1.3 y 1.4 del cuadro de características del contrato.
Cuando el contrato sea de tracto sucesivo y el número de unidades de prestación que integran su objeto no se defina con exactitud, las unidades de prestación que deberá ejecutar la contratista serán las que demande IBERMUTUA.
## 2.- DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL .
Tienen carácter contractual los siguientes documentos:
- a) El pliego de cláusulas administrativas.
- b) El pliego de prescripciones técnicas.
- c) El documento de formalización del contrato.
- d) La oferta presentada por el licitador.
Estableciéndose salvo error material o manifiesto, la indicada prelación en el supuesto de que surjan contradicciones de contenido entre los diversos documentos referidos.
## 3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
- 3.1.Por la condición de poder adjudicador de Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, (en adelante Ibermutua), el contrato a que dé lugar la presente licitación tendrá́ la naturaleza de contrato privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre de 2017, y se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por lo dispuesto en el Título I del Libro Tercero de la citada Ley.
En cuanto a sus efectos y extinción, les serán aplicables las normas de derecho privado y aquellas otras a las que se refiere el artículo 319 de la Ley 9/2017, en materia medioambiental, social o laboral, de condiciones especiales de ejecución, de modificación del contrato, de cesión y subcontratación, de racionalización técnica de la contratación; y la causa de resolución del contrato referida a la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205.
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- 3.2.Para lo no previsto en los documentos contractuales el contrato se regirá por:
- a) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
- b) El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- c) El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP.
- d) Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación y que le resulten aplicables.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
- 3.3.Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en los documentos contractuales. El desconocimiento de lo establecido en dichos documentos no exime a la contratista de la obligación de su cumplimiento y la presentación de oferta supone la aceptación incondicionada por la licitadora de las todas sus cláusulas, sin salvedad o reserva alguna.
## 4.- ESPECIALIDADES DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS CONTRATOS CUYO OBJETO SEA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS .
Los contratos realizados para poder hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las mutuas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, en la actualidad dicha posibilidad viene reconocida en el Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las MATEPSS, se regirán además por lo indicado en el apartado anterior, por lo siguiente:
- a) El Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de las Seguridad Social, de 7 de diciembre.
- b) La Orden TIN/2.786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@, para la tramitación de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados para hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las MATEPSS (BOE nº 251, de 17 de octubre de 2009).
- c) Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
De conformidad con lo establecido en la D.A. primera de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, las referencias a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, se entenderán hechas a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
## 5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO, TRAMITACIÓN ANTICIPADA Y VALOR ESTIMADO .
- 5.1.El presupuesto base de licitación del contrato es el que figura en la cláusula 3.1 del cuadro de características del contrato y se distribuye en las anualidades y lotes, en su caso, fijados en dicha cláusula.
- 5.2.En la aplicación presupuestaria indicada en la cláusula 3.1 del cuadro de características del
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contrato existe el crédito preciso para atender a las obligaciones derivadas del contrato.
- 5.3.En el supuesto de que el expediente sea de tramitación anticipada según la cláusula 3.2 del cuadro de características del contrato, la adjudicación del contrato queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio económico correspondiente.
- 5.4.El valor estimado es el que figura en la cláusula 4 del cuadro de características del contrato.
## 6.- PRECIO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO MÁXIMO LIMITATIVO DEL CONTRATO .
- 6.1.- Contrato con determinación de precio mediante tanto alzado: en los contratos en que la determinación del precio se efectúe a través de tanto alzado, el precio del contrato será el ofertado por la adjudicataria que en ningún caso podrá superar al presupuesto base de licitación (sin IVA) que figura en la cláusula 3.1 del cuadro de características del contrato.
- 6.2.- Contrato con determinación de precio mediante precios unitarios: en los contratos en que la determinación del precio se efectúe a través de precios unitarios correspondientes a los distintos componentes de la prestación, unidades de ejecución o prestación o unidades de tiempo:
- a) Cuando el número de unidades que integran el objeto se defina con exactitud: el precio será el resultado de multiplicar el precio unitario ofertado por la adjudicataria por el número de unidades.
- b) Cuando el número de unidades que integran el objeto no se defina con exactitud:
- 1) El precio de cada unidad será el ofertado por la adjudicataria.
- 2) Se establecerá el presupuesto máximo limitativo del contrato. Este presupuesto podrá ser igual al presupuesto base de licitación o, en el supuesto de que la adjudicataria haya ofertado una reducción de los precios unitarios de licitación, podrá ser reducido en la proporción que determine el órgano de contratación.
En este caso, el gasto efectivo de este presupuesto está condicionado por las necesidades reales de IBERMUTUA, que no queda obligado a demandar un determinado número de unidades, ni a gastarlo en su totalidad.
- 6.3.Si para la determinación del precio se utilicen ambos sistemas (tanto alzado y precios unitarios) para distintas partes de la prestación, se estará a lo dispuesto en la cláusula 5.1 del cuadro de características del contrato y a lo dispuesto en las cláusulas 6.1 y 6.2 de condiciones generales.
- 6.4.El precio o presupuesto máximo limitativo del contrato se determinará en la resolución de adjudicación, con indicación del IVA como partida independiente y, en su caso, de su distribución plurianual.
- 6.5.El precio o precios del contrato incluye/n todos los tributos, tasas y cánones aplicables así como cualquier otro gasto que derive del cumplimiento de las condiciones contractuales.
## 7.- REVISIÓN DE PRECIOS .
Solo cabe la revisión de precios si así está indicado en la cláusula 5.3 del cuadro de características del contrato mediante la aplicación de la fórmula recogida en dicha cláusula.
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## 8.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGA .
- 8.1.- Contratos de tracto único: el plazo de ejecución del contrato es:
- a) En el caso de que las ofertas no puedan proponer reducción del plazo total y/o de los plazos parciales: el indicado en la cláusula 6.1 del cuadro de características del contrato.
- b) En el caso que las ofertas puedan proponer reducción del plazo total y/o de los plazos parciales: los que haya ofertado la adjudicataria.
Estos plazos solo podrán ampliarse de conformidad con lo dispuesto en el art. 195.2 LCSP.
- 8.2.- Contratos de tracto sucesivo: la duración del contrato, así como, en su caso, los plazos parciales son los indicados respectivamente en las cláusulas 6.1 del cuadro de características del contrato.
- 8.3.- Prórroga contratos de tracto sucesivo: cuando así se disponga en la cláusula 6.3 del cuadro de características del contrato , el órgano de contratación podrá acordar la prórroga del contrato que será obligatoria para la contratista, salvo que concurra la causa de resolución recogida en el art. 198.6 LCSP. Para que la prórroga del contrato sea obligatoria para la contratista, se deberá haberle preavisado con una antelación mínima de dos (2) meses antes de la finalización del contrato.
Igualmente, cabe la posibilidad de que las prórrogas tengan una duración prevista inferior a doce (12) meses, previéndose en el documento una condición resolutoria que determine su vigencia.
- 8.4.La prórroga se dará por formalizada con el preaviso al contratista comunicado por el Órgano de Contratación, quedando supeditada su eficacia a la existencia del crédito presupuestario correspondiente y produciendo efectos desde el día siguiente a la finalización del contrato a prorrogar.
## 9.- GARANTÍAS.
- 9.1.La garantía provisional podrá prestarse en alguna de las fórmulas establecidas en el art. 108.1 LCSP y deberá depositarse en las formas que dispone el art. 106.3 LCSP. En el caso de que la garantía se preste mediante la entrega de aval, el mismo deberá estar emitido por entidad solvente registrada en territorio nacional o de la unión europea, en todo caso deberá tener sede en España.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a las licitadoras inmediatamente después de la perfección del contrato. En el caso de la licitadora seleccionada se le devolverá la garantía provisional cuando haya constituido la garantía definitiva de conformidad con lo dispuesto en el art. 106.4 LCSP y cláusula 23.4 de condiciones generales.
- 9.2.La garantía definitiva y la complementaria podrán prestarse a través de las fórmulas previstas en el apartado anterior y mediante retención del precio cuando esta esté permitida según las cláusulas 8.2 y/o 8.3 del cuadro de características del contrato. En el caso de que la garantía se preste mediante la entrega de aval, el mismo deberá estar emitido por entidad solvente registrada en territorio nacional o de la unión europea, en todo caso deberá tener sede en España.
- 9.3.Cuando se trate de una unión temporal de empresas (en adelante, UTE), las garantías provisional y definitiva podrán ser constituidas por uno o varios participantes en la UTE, siempre que en
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conjunto se alcance la cuantía total exigida, y se garantice conjunta y solidariamente a todos sus miembros integrantes.
## 10.- PERFIL DEL CONTRATANTE Y CONSULTAS .
- 10.1.El acceso al perfil de contratante se efectuará a través del siguiente enlace http://www.contrataciondelestado.es
- 10.2.En el perfil del contratante se publicarán los siguientes datos e informaciones:
a) La memoria justificativa del contrato, el informe de insuficiencia de medios en el caso de contratos de servicios, la justificación del procedimiento utilizado para su adjudicación cuando se utilice un procedimiento distinto del abierto o del restringido, el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato o documentos equivalentes, en su caso, y el documento de aprobación del expediente.
b) El objeto detallado del contrato, su duración, el presupuesto base de licitación y el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
c) Los anuncios de información previa, de convocatoria de las licitaciones, de adjudicación y de formalización de los contratos, los anuncios de modificación y su justificación, los anuncios de concursos de proyectos y de resultados de concursos de proyectos, con las excepciones establecidas en las normas de los negociados sin publicidad.
d) Los medios a través de los que, en su caso, se ha publicitado el contrato y los enlaces a esas publicaciones.
e) El número e identidad de los licitadores participantes en el procedimiento, así como todas las actas del órgano de asistencia relativas al procedimiento de adjudicación o, en el caso de no actuar el órgano, las resoluciones del servicio u órgano de contratación correspondiente, el informe de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante un juicio de valor de cada una de las ofertas, en su caso, los informes sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad a que se refiere el artículo 149.4 LCSP y, en todo caso, la resolución de adjudicación del contrato.
Igualmente serán objeto de publicación en el perfil de contratante la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato, el desistimiento del procedimiento de adjudicación, la declaración de desierto, así como la interposición de recursos y la eventual suspensión de los contratos con motivo de la interposición de recursos.
- 10.3.Los interesados pueden formular consultas y solicitudes de documentación complementaria o información adicional mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público o, subsidiariamente, a través de la dirección de correo electrónico que figura en la cláusula 16.3.3 del cuadro de características del contrato. Se realizarán por escrito hasta la fecha límite de solicitud de información indicada en la cláusula 23.1.1 del cuadro de características del contrato y deberán ser atendidas hasta la fecha límite (inclusive) indicada en la cláusula 23.1.2 del cuadro de características del contrato. Se deberá indica obligatoriamente el nº de expediente de referencia.
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## II.- PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN DE LA LICITACIÓN.
## 11.- CONDICIONES PARA PARTICIPAR.
- 11.1.Pueden participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que cumplan con los requisitos de solvencia o, en su caso, dispongan de clasificación; y que dispongan de las habilitaciones que, en su caso, se establezcan en la cláusula 18.4 del cuadro de características del contrato (si en dicha cláusula se ha indicado que el momento en el que se debe disponer de la/s habilitación/es es 'fecha límite de presentación de ofertas').
También pueden participar varias personas que reúnan los requisitos indicados en el párrafo anterior agrupadas en UTE con arreglo a las condiciones previstas legalmente.
Solo pueden participar las personas jurídicas que cumplan con lo dispuesto en el art. 66.1 LCSP así como los operadores económicos comunitarios o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y los operadores económicos no comunitarios que cumplan con lo dispuesto respectivamente en los arts 67 y 68.1 LCSP.
- 11.2.Cada persona no podrá presentar más de una proposición, salvo que en la cláusula 21.4 del cuadro de características del contrato se admitan variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en UTE con otras si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una UTE. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por ella suscritas.
- 11.3.En el caso de que las cláusulas 17.7 y/o 17.8 del cuadro de características del contrato reserven el contrato, respectivamente, a Centros Especiales de Empleo de inserción social y empresas de inserción o esté incluido en el marco de programas de empleo protegido, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la LCSP, o a determinadas organizaciones de conformidad con la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP, solo podrán participar quienes, además, cumplan con los requisitos establecidos legalmente (Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre; Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción; y disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP).
- 11.4.Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia, habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se exija en la cláusula 18 del cuadro de características del contrato (salvo que en dicha cláusula se indique que el momento en el que se debe disponer de ella es 'con carácter previo a la formalización del contrato') y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha límite de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
El órgano de asistencia podrá solicitar a las licitadoras que presenten la totalidad o una parte de los certificados y los documentos justificativos en cualquier momento del procedimiento, cuando resulte necesario para garantizar su buen desarrollo, antes de la adjudicación del contrato. Asimismo, podrá solicitarles aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirles para la presentación de otros complementarios.
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- 11.5.La presentación de oferta presume por parte de la licitadora la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y del resto de los documentos contractuales, sin reserva y salvedad alguna, así como la autorización al órgano de asistencia y al órgano de contratación para consultar en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del contrato los datos recogidos en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos o base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea siempre que en este último caso sea accesible de modo gratuito. Los operadores económicos no estarán obligados a presentar documentación para acreditar datos que figuren en dichos registros, listas y bases de datos.
## 12.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
## 12.1.- Idioma.
La documentación deberá presentarse redactada, o traducida oficialmente, en castellano.
## 12.2.- Medios.
- 12.2.1.- Medios electrónicos: salvo que en la cláusula 17.5 del cuadro de características del contrato se indique que los medios para tramitar el procedimiento de adjudicación del contrato no son electrónicos, la presentación de ofertas se realizará por medios electrónicos a través de la PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO.
## 12.2.2.- Medios no electrónicos o en papel:
Todo empresario interesado, podrá presentar una proposición, por sí o por medio de representante/s debidamente autorizado/s. A tal efecto, cumplimentará la solicitud cuyo modelo se une al presente pliego ANEXO II.0-, y su sola presentación implica la aceptación incondicional del firmante respecto de todas y cada una de las cláusulas del mismo. Esta solicitud, se acompañará de forma independiente a los sobres citados a continuación, al objeto de que sea debidamente sellada por la Unidad de Registro.
## 12.2.2.1.- Forma de presentación:
- a) Los documentos se presentarán en sobres cerrados y firmados por el operador económico o por la persona que lo represente. En el interior de cada sobre se incluirá un índice numerado de los documentos incluidos en el mismo, y en el exterior de cada uno de ellos se indicarán los siguientes datos:
1. La identificación del sobre de que se trate (1, 2, 3 u otros) según se dispone en la cláusula 21 del cuadro de características del contrato.
2. La identificación del contrato: nº de expediente, objeto y lote o lotes, en su caso.
3. La identificación de la licitadora: si es una persona jurídica se indicará su denominación social y NIF; y si es una persona física su nombre y apellidos y nº de DNI o documento equivalente.
4. La identificación de la persona física que firme la oferta: nombre y apellidos y nº de DNI o documento equivalente.
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- b) Los sobres se presentarán dentro del plazo - fecha y hora- establecido en el anuncio de licitación, en el registro indicado en la cláusula 16.3.1 del cuadro de características del contrato, o en oficinas de Correos para su posterior envío a las citadas dependencias.
En el caso de que la documentación se presente en oficinas de Correos, la licitadora deberá anunciar el envío a través de correo electrónico remitido a la dirección que figura en la cláusula 16.3.3 del cuadro de características del contrato dentro del mismo día. El anuncio a través de correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente a quien remite y a quien va destinado. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
El anuncio de envío debe incluir la identificación del contrato y de la licitadora (en los términos establecidos en los apartados 2) y 3) de la letra a) de la cláusula 12.2.2.1 de condiciones generales). Al mismo se acompañará el justificante de imposición proporcionado por la oficina de Correos. Transcurridos diez (10) días naturales siguientes a la fecha indicada en el anuncio de licitación sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
12.2.2.2.- Devolución de las proposiciones, en los casos en que la presentación no se haya sustanciado por medios electrónicos.
Las licitadoras que no hayan resultado adjudicatarias y que deseen recuperar la documentación presentada deberán dirigir por escrito una solicitud al Secretario/a del órgano de asistencia - identificando el nº de expediente y a la persona física que acudirá a retirar los documentos -.
La entrega de los documentos se efectuará previa comprobación, a través de la exhibición de DNI o documento equivalente, de la identidad de la persona que acuda a retirar los documentos, una vez transcurridos tres (3) meses desde la fecha de formalización del contrato sin que se haya interpuesto recurso. Si trascurrido este plazo no ha sido requerida la retirada de la documentación, Ibermutua se reserva la potestad de proceder a su destrucción.
Se llevarán a cabo las mismas actuaciones y se aplicarán los mismos plazos en los casos de desistimiento del procedimiento o renuncia a la celebración del contrato.
## 12.3.- Confidencialidad.
Las licitadoras que consideren confidencial algún documento aportado deben efectuar una designación explícita -cumplimentando el ANEXO II.3 - y reflejarlo claramente, sobreimpreso o en el margen de página, en el propio documento designado confidencial. Si la designación no se efectúa de ese modo, el documento no se considerará confidencial.
En dicho ANEXO II.3 , además de señalar las informaciones y aspectos de la oferta que consideran de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, deben exponer las razones concretas que justifican dicha vinculación.
En ningún caso tendrá carácter confidencial la oferta económica. La designación como confidencial de la oferta económica se tendrá por no realizada.
La declaración de confidencialidad no podrá extenderse a la totalidad de la documentación presentada por la licitadora ni a la totalidad de la documentación acreditativa de la oferta técnica. Igualmente, no tendrá carácter confidencial, en ningún supuesto, la información que genere directa o indirectamente el Órgano de Contratación en el proceso de licitación, aun cuando utilice información obtenida de la documentación señalada como confidencial por los oferentes, siempre y cuando no suponga una traslación completa de dicha información, todo ello de conformidad con lo que establece la Ley de Contratos del Sector Publico en su artículo 133.
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En este caso, o en el caso de que se dimensione inadecuadamente dicha declaración, será el órgano de contratación el que determine de forma motivada qué datos y/o documentos merecen dicha consideración. Del mismo modo, actuará el órgano de contratación en el supuesto de que la declaración no contenga motivos que estén adecuada y suficientemente fundados por los que la licitadora ha considerado confidencial la información declarada como tal.
En el caso de que la licitadora no haya indicado expresamente como confidencial ningún dato y/o documento, se entenderá que ninguno de los datos y/o documentos aportados tiene carácter confidencial, sin perjuicio de que, excepcionalmente y de forma motivada, el órgano de contratación considere como confidencial información no declarada como tal a fin de preservar legítimos intereses empresariales.
Asimismo, una vez presentadas las ofertas no se permitirá señalar como confidenciales datos que no hayan sido designados como tales en el momento de su presentación.
En el caso de que durante el procedimiento de adjudicación se aporte documentación que no formaba parte de la oferta inicial, se podrán designar como confidencial datos o documentos que conforman esa nueva documentación en las condiciones descritas en los párrafos anteriores de esta cláusula.
## 12.4.- Comprobación de documentación.
El poder adjudicador puede comprobar, tanto durante el procedimiento de adjudicación como una vez adjudicado y formalizado el contrato, la veracidad de los documentos aportados. La falsedad de los datos puede ser causa de nulidad del contrato. La declaración de nulidad por este motivo se considera incumplimiento imputable al operador económico el cual deberá indemnizar al poder adjudicador los daños y perjuicios que este haya sufrido.
## 12.5.- Notificaciones y comunicaciones.
## 12.5.1.- Actuaciones que son objeto de notificación y de comunicación .
- 12.5.1.1.Serán notificados el acuerdo de adjudicación y los actos de trámite definidos en la letra b) del art. 44.2 LCSP.
- 12.5.1.2.Se entenderá por comunicación las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en este pliego y otros actos de trámite no incluidos en el art. 44.2 b) LCSP.
## 12.5.2.- Presentación de ofertas por medios electrónicos
Las notificaciones y las comunicaciones se practicarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
## 12.5.3.- Presentación de ofertas por medios no electrónicos o papel.
Sin perjuicio de que la presentación de ofertas se sustancie por medios distintos a los electrónicos cuando concurran las circunstancias previstas en la DA 15ª.3 de la LCSP, las notificaciones y comunicaciones se practicarán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público cuando ello sea posible.
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De no ser así, las notificaciones y comunicaciones se practicarán por medios electrónicos a través del correo electrónico concursosibermutua@ibermutua.es.
La respuesta a aclaraciones o requerimientos por parte de las licitadoras solo podrá realizarse a través de correo electrónico cuando los documentos que contengan las aclaraciones, declaraciones u otros documentos que deban aportarse debidamente firmados estén digitalmente firmados por la persona con poderes suficientes para representar a la licitadora.
A efectos de notificaciones y comunicaciones, debe aportarse la declaración contenida en el ANEXO II.8. debidamente cumplimentada y firmada.
## 13.- SOBRE 1 -DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS .
## 13.1.- Relación de documentos que deben obrar en este sobre:
- 13.1.1.Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) del operador económico debidamente cumplimentado. Su cumplimentación se realizará a través de la dirección https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es y el archivo xml publicado en el perfil del contratante.
Asimismo, se presentarán los DEUC que procedan en los supuestos recogidos en la cláusula 13.3 de condiciones generales.
- 13.1.2.Garantía provisional, si lo exige la cláusula 8.1 del cuadro de características del contrato.
- 13.1.3.Compromiso de adscripción de medios según el modelo que figura en el ANEXO II.2 .
- 13.1.4.Nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación en el caso de que se exija en la cláusula 18.5 del cuadro de características del contrato, según modelo que figura en el ANEXO II.2 . apartado medios humanos.
- 13.1.5.Designación como confidencial de informaciones facilitadas por el operador económico según el modelo que figura en el ANEXO II.3 .
- 13.1.6.Compromiso de constituirse formalmente en UTE que figura en el ANEXO II.4 .
- 13.1.7.Declaración sobre los compromisos que el operador económico asume respecto de las personas trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato según el modelo que figura en el ANEXO II.5 .
- 13.1.8.En el supuesto de que varios operadores económicos pertenecientes a un mismo grupo empresarial, de conformidad con el art. 42.1 del Código de Comercio, presenten oferta, se deberá cumplimentar el ANEXO II.6.
- 13.1.9.En el supuesto de que existan lotes de conformidad con la cláusula 1.2 del cuadro de características del contrato, se cumplimentará el ANEXO II.7. para indicar el lote o lotes a los que se presenta oferta; y, para señalar, en el caso de que la cláusula 17.4 del cuadro de características del contrato permita la presentación de ofertas integradoras de varios lotes, la combinación de lotes a los que presenta oferta integradora.
- 13.1.10.En el caso de que la cláusula 17.5 del cuadro de características del contrato establezca
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que los medios de tramitación son 'no electrónicos', a efectos de lo dispuesto en la cláusula 12.5.3 de condiciones generales, se deberá cumplimentar el ANEXO II.8.
- 13.1.11.Declaración responsable sobre capacidad y otros aspectos legales, según el modelo que figura en el ANEXO II.9.
- 13.1.12.Declaración responsable en materia de solvencia económica y financiera, según el modelo que figura en el ANEXO II.10.
- 13.1.13.Declaración responsable en materia de solvencia técnica o profesional, según el modelo que figura en el ANEXO II.11.
- 13.1.14.Declaración responsable del cumplimiento en materia protección datos ANEXO II.12 .
- 13.1.15.Declaración responsable en materia de compliance ANEXO II.14.
- 13.1.16.Declaración responsable de ausencia de conflicto de interés ANEXO II.15.
- 13.1.17.Declaración del cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o y del cumplimiento la normativa de igualdad efectiva entre mujeres y hombres ANEXO II.16.
- 13.1.18.Si se trata de operadores económicos comunitarios o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el contrato se va a ejecutar en España, deben adjuntar la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
- 13.1.19.Si trata de varios operadores económicos no comunitarios, deben presentar el informe regulado en el art. 68.1 LCSP. Asimismo, si el contrato va a ejecutarse en España, deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
## 13.2.- Acumulación de solvencia en el caso de UTE:
A efectos de determinar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la UTE se acumularán las características de cada uno de los operadores económicos integrantes.
Si de conformidad con la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato es posible sustituir la solvencia indicada en dicha cláusula por la clasificación recogida en la cláusula 18.3 , y todos los operadores económicos que concurran en la UTE disponen de clasificación, se acumularán las clasificaciones individuales como contratistas de servicios, a efectos de poder alcanzar la clasificación global indicada en la cláusula 18.3 del cuadro de características del contrato.
Sin embargo, si no todos los operadores económicos disponen de clasificación, se entenderá que la UTE cumple los requisitos de solvencia exigidos cuando, tras la acumulación de las características de todos y cada uno de sus integrantes, resulte que la unión cumple con alguno de los siguientes requisitos:
- Requisitos de solvencia indicados en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato.
- Grupo, Subgrupo y Categoría indicados en la cláusula 18.3 del cuadro de características del contrato.
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## 13.3.- Reglas específicas en cuanto al Documento Europeo Único de Contratación (DEUC):
- 13.3.1.Cuando el contrato esté dividido en lotes y los criterios de selección, es decir, los medios para acreditar la solvencia, varíen de un lote a otro, deberá presentarse un DEUC por cada uno de los lotes. No obstante, si los medios para acreditar la solvencia son los mismos para todos los lotes y lo que varía son los requisitos en función del número de lotes a los que el operador económico presente oferta, se cumplimentará un solo DEUC para todos ellos.
## 13.3.2.Subcontratistas:
- 13.3.2.1.Si así se indica en la letra a) de la cláusula 13.2 del cuadro de características del contrato, los operadores económicos deben cumplimentar la sección D de la parte II del DEUC de manera que indiquen los siguientes datos:
- la(s) parte(s) del contrato que tengan previsto subcontratar,
- el porcentaje de esa parte o de cada una de las partes que tenga previsto subcontratar
- y el nombre de la/s personas subcontratista/s o su perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica.
- 13.3.2.2.Si así se indica en la letra b) de la cláusula 13.2 del cuadro de características del contrato, los operadores económicos además de los datos recogidos en la cláusula 13.3.2.1 anterior, deberán adjuntar el DEUC (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas) de la persona a subcontratar o, en el caso de que fueran varias, tantos DEUC como personas a subcontratar, debidamente firmados.
- 13.3.3.Integración de la solvencia con medios externos: cuando el operador económico recurra a la solvencia y medios de otra/s personas u operadores, debe presentar su propio DEUC junto con el DEUC de cada una de las personas u operadores a cuya solvencia y/o medios recurra (tantos DEUC como personas u operadores) firmado y con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas y, en su caso, la parte IV.
- 13.3.4.UTE: cuando varios operadores económicos deseen participar en UTE, se deberá presentar un DEUC separado, en el que figure la información requerida en las partes II a IV, por cada operador económico participante.
- 13.3.5.Clasificación: en el caso de que se desee sustituir la solvencia por la clasificación indicada en la cláusula 18.3 del cuadro de características del contrato, deberá indicarse el/los grupo/s, subgrupos/s y categoría/s que correspondan en la sección A de la parte II del DEUC para que los miembros del órgano de asistencia puedan acceder de oficio al certificado que recoge dicha clasificación.
- 13.3.6.Motivos de exclusión: a los efectos de lo dispuesto en la sección D de la Parte III, se consideran motivos de exclusión puramente nacionales los siguientes (letra d) del art. 71.1 LCSP):
- Incumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2% para personas con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Incumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad nacional firmado e inscrito en el en el Registro laboral correspondiente. En caso de no contar con un plan
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de igualdad nacional, que cumpla las condiciones antes descritas, el mismo podrá ser sustituido por un plan de igualdad del ámbito provincial en el que se va a realizar la prestación objeto de este contrato, inscrito en el en el Registro laboral correspondiente. Todo ello conforme a lo dispuesto en el art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres en el caso de operadores económicos de más de 50 trabajadores. Los órganos técnicos del Órgano de contratación consultaran esta información accediendo al registro, en el momento oportuno del trámite de la licitación al REGCON https://expinterweb.mites.gob.es/regcon/pub/consultaPublica, en caso de no poder acceder directamente a la comprobación de este requisito se solicitará información complementaria al licitador.
## 14.- MOTIVOS DE RECHAZO DE OFERTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES .
## 14.1.El órgano de asistencia acordará el rechazo de aquellas ofertas que:
- a) Incluyan algún documento dentro de un sobre diferente al indicado en la cláusula 21 del cuadro de características del contrato y ello comprometa el secreto de la oferta.
- b) Presenten contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con total certeza su contenido.
- c) No guarden concordancia con la documentación examinada y admitida.
- d) Superen el presupuesto base de licitación o de los precios unitarios que revistan carácter de máximos.
- e) Varíen sustancialmente el modelo de oferta económica incluido en este pliego.
- f) Comporten error manifiesto en el importe.
- g) Adolezcan de error o inconsistencia que la hagan inviable reconocida por la licitadora.
- h) Incumplan las condiciones o requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares o en el pliego de prescripciones técnicas.
- i) Contenga virus que imposibiliten su lectura o el acceso a su contenido.
- j) En el caso de que la cláusula 17.5 del cuadro de características del contrato establezca que los medios de tramitación son 'no electrónicos', se presente la oferta después de que finalice el plazo establecido en el anuncio de licitación.
- k) En el caso de que la cláusula 17.5 del cuadro de características del contrato establezca que los medios de tramitación son 'no electrónicos', se anuncie su envío con posterioridad al plazo indicado en la cláusula 12.2.2.1 de condiciones generales.
- l) En el caso de que la cláusula 21 del cuadro de características del contrato establezca que los medios de tramitación son 'no electrónicos', se presente la oferta en sobres no identificados externamente (1, 2, 3) o cuyos sobres (2, 3) no se hayan presentado cerrados.
13. 14.2.El órgano de asistencia podrá recabar en cualquier momento anterior a formulación de la propuesta de adjudicación las aclaraciones necesarias para la compresión de las ofertas. En ningún caso se admitirá que, a través de presentación de aclaraciones, las licitadoras varíen
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los términos expresados en la oferta.
## 15.- APERTURA Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS .
- 15.1.Finalizado el plazo de presentación de ofertas, el órgano de asistencia, se reunirá para calificar los documentos presentados en el sobre 1 en tiempo y forma.
Si concluyese que la documentación examinada es correcta y suficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos, acordará la admisión de todos los licitadores al procedimiento.
Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación examinada, acordará conceder a las licitadoras que la hubieren presentado u omitido un plazo de tres (3) días hábiles para que aporten la documentación necesaria para subsanar el defecto o la omisión detectada.
Una vez transcurrido el plazo concedido, el órgano de asistencia procederá a examinar la documentación aportada en esa fase de subsanación y acordará la admisión o exclusión de las licitadoras. Si acordase excluir a alguna licitadora, el acuerdo incluirá las razones de la exclusión.
15.2.La relación de licitadoras admitidas y excluidas se publicará en el perfil del contratante con indicación, en este último caso, de las razones de la exclusión.
## 16.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE MEDIANTE CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR .
## 16.1.- Apertura.
El órgano de asistencia abrirá los sobres 3 presentados por las licitadoras admitidas.
## 16.2.- Supuesto general: evaluación por el órgano de asistencia .
El órgano de asistencia podrá acordar remitir la documentación a la unidad proponente del contrato para que verifique que las ofertas no tienen un contenido contrario a las especificaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas, las valore y elabore el consiguiente informe.
Si la unidad proponente, al efectuar la evaluación, verifica que alguna oferta es contraria a los pliegos o incorpora documentos o datos que han de aportarse dentro de otro sobre, hará constar esta circunstancia en el informe. Una vez formulado, lo remitirá al órgano de asistencia junto con los documentos que integran las ofertas.
## 16.3.- Supuesto excepcional: evaluación por comité de expertos u organismo técnico especializado
En el supuesto de que la cláusula 16.2.4 del cuadro de características del contrato fije un comité de expertos o un organismo técnico especializado para la evaluación de esta parte de la oferta, el órgano de asistencia remitirá la documentación al órgano designado para que efectúe la evaluación y emita el informe. Una vez formulado lo remitirá al órgano de asistencia junto con los documentos que integran las ofertas.
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## 17.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS .
## 17.1.- ACTUACIONES PREVIAS A LA APERTURA.
## 17.1.1.- Se emplean criterios que exijan efectuar un juicio de valor .
En el supuesto general previsto en la cláusula 16.2 de condiciones generales, antes de efectuar la apertura de los sobres 2, el órgano de asistencia realizará las siguientes actuaciones:
Antes del inicio de la parte de la sesión que tiene carácter público:
- Examinará el informe de valoración emitido por la unidad proponente del contrato que contenga las puntuaciones de las ofertas.
- En los casos previstos en la cláusula 14.1 de condiciones generales acordará el rechazo de la/s oferta/s.
Una vez iniciada la parte de la sesión que tiene carácter público:
- Comunicará a los asistentes a la sesión las puntuaciones asignadas a cada oferta y, en su caso, dará cuenta de las ofertas rechazadas y las razones del rechazo, sin perjuicio de la publicidad que, de esta información, se haga en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
En el supuesto excepcional previsto en la cláusula 16.2 de condiciones generales, antes de efectuar la apertura, el órgano de asistencia comunicará las puntuaciones asignadas por el comité de expertos u organismo técnico especializado y, en su caso, dará cuenta de las ofertas rechazadas y las razones de su rechazo.
## 17.1.2.- No se emplean criterios que exijan efectuar un juicio de valor.
Antes de efectuar la apertura, el órgano de asistencia dará conocimiento sobre la admisión o exclusión de licitadoras, sin perjuicio de la publicidad que, de esta información, se haga en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
## 17.2.- APERTURA DE SOBRES Y LECTURA DE OFERTAS.
El órgano de asistencia, tras realizar las actuaciones previas, realizará en sesión pública, la apertura de los sobres 2 presentados por las licitadoras cuyas ofertas no hayan sido rechazadas y procederá a la lectura de las ofertas.
## 18.- EVALUACIÓN DE OFERTAS .
A continuación el órgano de asistencia efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias:
- 18.1. - Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la cláusula 14.1 de condiciones generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo.
- 18.2.Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la cláusula 19.3 del cuadro de características del contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 149.4 LCSP. El órgano de asistencia determinará el plazo de audiencia atendiendo a las características de las ofertas, que no podrá ser inferior a tres (3) días hábiles
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ni superior a diez (10) días hábiles.
Finalizado ese procedimiento acordará proponer al órgano de contratación la admisión o rechazo de la/s oferta/s que considere que no puede/n ser cumplidas/s.
- 18.3.Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.
Para efectuar el cálculo no tomará en consideración la/s oferta/s cuyo rechazo haya propuesto.
En el supuesto de que dos o más ofertas hayan obtenido la misma puntuación requerirá a las licitadoras que las hayan presentado para que en el plazo máximo de diez (10) días hábiles aporten los documentos acreditativos de cumplir los criterios específicos de desempate que, en su caso, se hayan indicado en la cláusula 20 del cuadro de características del contrato. En el caso de que en la cláusula 20 del cuadro de características del contrato no se hubieran establecido criterios específicos, se estará a los criterios de desempate recogidos en la cláusula 19 de condiciones generales.
## 19.- CRITERIOS DE DESEMPATE .
En defecto de la previsión en la cláusula 20 del cuadro de características del contrato, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
- a) Mayor porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las licitadoras, primando en caso de igualdad, el mayor número de personas trabajadoras fijas con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
- b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las licitadoras.
- c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las licitadoras.
- d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
A efectos de aplicación de estos criterios las licitadoras deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.
## 20.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN .
El órgano de asistencia clasificará las ofertas por orden decreciente de puntuación y, en base a dicha clasificación, elevará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El Órgano de contratación, vista la propuesta, procederá a adjudicar el contrato o, en su caso, a declararlo desierto. El Órgano de contratación podrá apartarse de la propuesta de adjudicación motivando, en todo caso, su acuerdo con referencia a los criterios de adjudicación apuntados.
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El Órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en este pliego.
## 21.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN .
- 21.1. - Una vez aceptada la propuesta de adjudicación por el órgano de contratación, se requerirá a la licitadora que haya presentado la mejor oferta para que presente en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que reciba el correspondiente requerimiento, los siguientes documentos:
- 1.A efectos de acreditar su capacidad de obrar:
1.1 Las licitadoras españolas que sean personas jurídicas acreditarán su capacidad de obrar mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Para los empresarios individuales, será obligatorio la presentación del D.N.I en vigor, o el documento que, en su caso, legalmente le sustituya (pasaporte, y en su caso, tarjeta comunitaria o autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.).
1.2 Las licitadoras no españolas nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.2 LCSP.
1.3 Las demás licitadoras extranjeras acreditarán su capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.3 LCSP.
- 2.Apoderamiento: cuando la persona que firma la oferta no actúe en nombre propio, o cuando la licitadora sea una sociedad o persona jurídica, la persona que firme debe acompañar el documento que acredite la personalidad de este representante (Documento Nacional de Identidad en vigor para españoles o documento que legalmente lo sustituya: pasaporte y, en su caso, tarjeta comunitaria o de autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.) y además presentar apoderamiento bastante al efecto. Si la licitadora es una persona jurídica, este poder deberá figurar debidamente inscrito en el Registro público que corresponda, si, de conformidad con la normativa aplicable según el tipo de persona jurídica de que se trate, su inscripción es obligatoria.
- 3.Solvencia: cuando, de conformidad con la cláusula 18.1 de cuadro de características del contrato, sea obligatorio disponer de unos requisitos mínimos de solvencia, la licitadora debe presentar la documentación indicada en la cláusula 22.1 del cuadro de características del contrato para su acreditación, salvo que dichos requisitos hayan sido sustituidos por la clasificación.
- 4.Habilitación empresarial o profesional: cuando en la cláusula 18.4 del cuadro de características del contrato se haya indicado que se debía disponer de habilitación a la fecha final de presentación de ofertas.
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- 5.Disponibilidad de los medios materiales y humanos que, en su caso, la licitadora se haya obligado a adscribir a la ejecución del contrato: documentación recogida en la cláusula 22.2 del cuadro de características del contrato.
- 6.Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato: si la licitadora ha recurrido a la solvencia y medios de otras entidades deberá aportar el 'Compromiso de disposición de solvencia y medios de otras entidades' contenido en el ANEXO III.2.
- 7.Ausencia de prohibiciones de contratar: documentación acreditativa de la no concurrencia de prohibiciones de contratar de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 LCSP ( ANEXO V.2 ).
- 8.Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias para contratar con el sector público y certificado de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social para contratar con el sector público. En el caso de que la licitadora deba tributar en varios territorios, deberá aportar los certificados emitidos por todas y cada una de las Administraciones competentes.
- 9.Garantía: justificante de haber constituido la garantía definitiva (salvo que en la cláusula 8.2 del cuadro de características del contrato no se haya exigido) y, en su caso, la complementaria.
- 10.Gastos de publicidad: en el caso de que así se haya indicado en la cláusula 7 del cuadro de características del contrato, justificante del abono de los gastos de publicidad que correspondan.
- 11.Contratos reservados: si, de conformidad con las cláusulas 17.7 y/o 17.8 del cuadro de características del contrato, el contrato es reservado, la licitadora debe acreditar documentalmente que cumple las condiciones de dicha reserva.
- 12 .- Porcentaje de discapacidad: Certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia básica de los contratos celebrados con trabajadores discapacitados, en los términos previstos en el artículo 8.3 del Estatuto de los Trabajadores.
En caso de haber optado por las medida alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad, copia del certificado de excepcionalidad en vigor de la obligación de reservar una cuota de puestos de trabajo para personas con discapacidad, de acuerdo con el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, así como documentos acreditativos del cumplimiento de las medidas alternativas durante la vigencia del certificado de excepcionalidad.
- 13 .- Plan de igualdad nacional firmado e inscrito en el Registro laboral correspondiente, o plan de igualdad del ámbito provincial en el que se va a realizar la prestación, inscrito en el Registro laboral correspondiente.
- 14.Los originales que, en su caso, puedan ser requeridos de entre aquellos previamente presentados electrónicamente.
15. - En el caso de contratos de servicios sanitarios se deberá presentar la siguiente documentación:
- a) Declaración responsable de no incurrir en causa de incompatibilidad la persona física o
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el/los titular/es de la empresa así como el personal que atenderá la prestación de los servicios sanitarios en ninguno de los supuestos legales de incompatibilidad o prohibición previstos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y restante normativa de aplicación vigente en la Comunidad Autónoma donde se vaya a desarrollar la actividad. ANEXO V.5.
- b) Declaración responsable de la capacidad del licitador de contratar con las mutuas por no tener ningún tipo de vinculación o relación comercial, financiera o de cualquier otra clase indicada en el artículo 12.d del Real Decreto 1630/2011 que regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación con las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social en los casos de contratos de servicios sanitarios. ANEXO V.6 .
- c) Documentación acreditativa de la existencia de una póliza de seguro de responsabilidad civil profesional que venga a garantizar un capital mínimo -Límite general por siniestro- de seiscientos mil euros (600.000.-€) a fin de cubrir cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse de la actividad prestada por los profesionales sanitarios que llevarán a cabo la prestación de los servicios sanitarios, así como sus sustitutos permanentes u ocasionales. Asimismo, se adjuntará copia del recibo bancario que acredite que el seguro está en vigor.
La póliza y el recibo bancario podrán sustituirse por un documento suscrito por la compañía de seguros o por el mediador (correduría) acreditativo de las anteriores circunstancias (contenido, coberturas, importes garantizados por siniestro y vigencia de la póliza).
El contratista se obliga a mantener vigente dicha póliza durante la vigencia del contrato.
- d) Documentación acreditativa de las autorizaciones exigidas en la cláusula correspondiente del Pliego de prescripciones técnicas:
- a. Autorizaciones locales, autonómicas y estatales necesarias.
- b. Documentación acreditativa de la implantación de los programas de Protección Radiológica y Garantía de Calidad, así como de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos Acreditación de los controles de los equipos e instalaciones, así como Certificado de conformidad de la UTPR con los resultados anuales de las mediciones y dosimetrías realizadas en los casos que proceda.
- c. Inscripción, si procede, de los equipos de Radiodiagnóstico en el registro administrativo, que, de acuerdo con la legislación vigente, le corresponda. y contar con el aseguramiento obligatorio, así como cumplir la normativa legal vigente en materia de instalaciones radioactivas.
- e) TARIFA COMPLETA que de resultar adjudicatario, quedará incorporada al contrato, incluyendo en la misma, además de los precios ofertados en este procedimiento, los precios más habituales correspondientes al resto de actos médicos, pruebas diagnósticas o tratamientos complementarios, respecto de los servicios y unidades asistenciales contemplados en los pliegos, comprometiéndose a ofertar el mejor precio que aplique a las entidades del sector de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
- f) En el caso de ofertar servicios establecidos, en su caso, como criterios de adjudicación, tarifa correspondiente a los servicios sanitarios propuestos, salvo que la mejora propuesta quede incluida en la tarifa de la oferta económica del ANEXO III.1. De igual forma se
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comprometerá a ofertar el mejor precio que aplique a las entidades del sector de Mutuas.
La documentación personal que habrá de aportarse por el licitador que se proponga como adjudicatario, y en su caso, por cualquier otro licitador al que se le requiera, se presentará electrónicamente mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público dirigido al órgano de contratación, debiendo incluir un índice numerado de los documentos presentados.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La inscripción en los registros, listas y bases de datos referenciados en la cláusula 11.5 de condiciones generales tendrá los efectos indicados en dicha cláusula en relación con la acreditación de los datos que figuren en dichos registros, listas y bases de datos siempre que su acceso cumpla el requisito de gratuidad.
Cuando existan dudas de la veracidad de cualquier documento presentado electrónicamente se podrá requerir la presentación de la citada documentación en original o copia compulsada o legalizada.
- 21.2. - En el supuesto de que no cumplimente adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que ha retirado su oferta. En este caso se procederá a recabar la misma documentación de la licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas.
## 22.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN .
- 22.1.El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación presentada por la propuesta adjudicataria.
- 22.2.La resolución de adjudicación se notificará a los candidatos y licitadores, publicándose en el perfil de contratante en el plazo de quince (15) días. Tanto la notificación como la citada publicidad contendrán la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación y, en cualquier caso, la que se recoge en el art. 151.2 de la LCSP.
- 22.3.Si como consecuencia del contenido de la resolución de un recurso especial del art. 44 fuera preciso que el órgano de contratación acordase la adjudicación del contrato a otra licitadora, se concederá a este un plazo de diez (10) días hábiles para que aporte la documentación recogida en la cláusula 21 de condiciones generales.
- 22.4.En todo caso la notificación de la adjudicación se practicará por medios electrónicos.
- 22.5.- En el caso de que se trate de contratos de servicios sanitarios, una vez notificado el acuerdo o bien una vez trascurrido el plazo para interponer recurso en los supuestos en los que proceda, y dentro del plazo de 5 días laborables, para dar cumplimiento a lo previsto en la Orden TIN/2786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@, para la tramitación de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados para hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social (BOE nº 251, de 17 de octubre de 2009), IBERMUTUA gestionará la obtención del informe
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preceptivo emitido por el organismo de la comunidad autónoma, que tenga atribuida la competencia en materia sanitaria respecto de la adecuación de las instalaciones y servicios propuestos a las finalidades que deben cumplir.
El adjudicatario vendrá obligado a colaborar con IBERMUTUA en la obtención de dicho informe.
El informe tiene carácter preceptivo, por lo que de no obtenerse o ser negativo, no se formalizará el correspondiente contrato. En el supuesto de que el informe fuera negativo, antes de proceder a una nueva convocatoria, IBERMUTUA podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación señalada en la cláusula 21 de condiciones generales.
## 23.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .
- 23.1.El contrato se formalizará en los términos y plazos que dispone el art. 153 LCSP previa presentación de los siguientes documentos:
- a) Escritura pública de constitución de la UTE cuando las adjudicatarias hayan concurrido agrupados en UTE.
- b) Las pólizas de los contratos de seguro específicamente exigidos, en su caso, deberán incluir como personas aseguradas a la contratista, subcontratistas y al poder adjudicador indicado en la cláusula 16.1 del cuadro de características del contrato. Se debe aportar, además, el/los correspondiente/s justificante/s de su pago.
- c) Habilitación empresarial o profesional en el caso de que se encuentre especificada en la cláusula 18.4 del cuadro de características del contrato y en dicha cláusula se haya indicado que se debe disponer de dicha habilitación con carácter previo a la formalización del contrato.
- d) La documentación indicada, en su caso, en la cláusula 23.5 del cuadro de características del contrato.
- 23.2.La formalización se publicará en el perfil del contratante junto con el correspondiente contrato en un plazo no superior a quince (15) días tras su perfeccionamiento. Asimismo, cuando el contrato esté sujeto a regulación armonizada, se enviará el anuncio de formalización para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea en un plazo no superior a diez (10) días después de la formalización.
- 23.3.En el supuesto de que no fuera posible la formalización del contrato en los plazos señalados legalmente por causas imputables a la adjudicataria se procederá a adjudicar el contrato a la siguiente licitadora por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, previo requerimiento y presentación de la documentación recogida en la cláusula 21.1 de condiciones generales.
- 23.4.En el caso de que en la cláusula 8.1 del cuadro de características del contrato se haya exigido garantía provisional, tras la formalización del contrato, se extinguirá automáticamente y se devolverá inmediatamente a todas las licitadoras que no hayan devenido contratistas. Para su devolución se empleará el mismo régimen utilizado para su presentación.
- 23.5 En el caso de contratos de servicios sanitarios, dentro del plazo de quince días naturales a
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contar desde el siguiente al que se reciba el informe preceptivo citado en la cláusula 22.5 de condiciones generales, se formalizará el correspondiente contrato entre IBERMUTUA y el adjudicatario. Si ello no fuera posible, por causa imputable a éste, procederá, previa audiencia del interesado, la indemnización de los daños y perjuicios causados.
- 23.6 El documento en que se formalice el contrato de servicios sanitarios se ajustará al modelo establecido en Orden TIN/2786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@. Dicho documento será en todo caso un documento privado. No obstante, se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
La extensión de la actividad de colaboración sanitaria a la realización de pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores, regulados en el artículo 82.4 d) Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes a su colectivo protegido, se recogerá en una Adenda que quedará incorporada al contrato de servicios sanitarios.
El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquéllos.
- 23.7 Una vez formalizado el contrato de servicios sanitarios conforme con lo establecido en la Orden TIN 2786/2009, de 14 de octubre, IBERMUTUA lo tramitará ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el plazo de un mes.
- 23.8 Si el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informara negativamente, por razón del licitador, IBERMUTUA podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación señalada en cláusula 21 de condiciones generales.
- 23.9 No se podrá iniciar la ejecución del concierto sin su previa formalización y la obligatoria comunicación al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- 23.10 A todos los efectos, los términos contrato y concierto deberán considerarse como sinónimos.
## III.- EJECUCIÓN Y EFECTOS DEL CONTRATO.
## 24.- RESPONSABLE DEL CONTRATO .
Sin perjuicio de las funciones de seguimiento y ejecución ordinaria del contrato por el órgano indicado en la cláusula 16.2.2 del cuadro de características del contrato, la supervisión e inspección de los trabajos corresponden al responsable del contrato que desarrollará las siguientes funciones:
- a) Dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación.
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- b) Supervisar y verificar el cumplimiento por parte de la contratista de las obligaciones asumidas en virtud del contrato, informar al órgano de contratación de los eventuales incumplimientos y, en su caso, proponer la resolución del contrato o la imposición de penalidades.
- c) Autorizar la alteración de los medios humanos y materiales que se obligó a adscribir a la ejecución del contrato de conformidad con la cláusula 26 de condiciones generales.
- d) Proponer las modificaciones que resulte necesario introducir.
- e) Emitir informe donde se determine, en caso de demora en la ejecución, si el retraso producido es imputable a la contratista.
En el caso de modificación de la designación del responsable del contrato, que figura en la cláusula 16.2.2 del cuadro de características del contrato, se comunicará por escrito, y de manera inmediata, a la contratista.
## 25.- EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES.
## 25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones
Las prestaciones se ejecutarán con estricta sujeción a lo dispuesto en los documentos contractuales y a las instrucciones que, en su ejecución o interpretación, dicte por escrito el responsable del contrato.
## 25.2- Indemnización en contratos de elaboración de proyectos de obras.
Para los casos en que el presupuesto de ejecución de la obra prevista en el proyecto se desviare en más de un 20%, tanto por exceso como por defecto, de su coste real como consecuencia de errores u omisiones imputables a la contratista consultora, esta última indemnizará al poder adjudicador con arreglo al baremo previsto en el art. 315 LCSP.
## 25.3.- Autorizaciones.
La obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto públicas como privadas, que se requieran para la realización de la prestación y el abono de los gastos que generen corresponde a la contratista.
## 25.4.- Seguros.
La contratista está obligada a contratar los seguros obligatorios, así como, mantener contratados los que, en su caso, se establezcan en el contrato.
## 25.5.- Responsabilidad de la contratista .
La contratista es la responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el poder adjudicador o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
## 26.- MEDIOS EMPLEADOS EN LA EJECUCIÓN .
## 26.1.- Compromiso de adscripción de medios.
La contratista está obligada a adscribir a la ejecución del contrato los medios indicados, en su caso, en el compromiso de adscripción de medios ( ANEXO II.2. ) así como los precisos para ejecutar el contrato con arreglo a las condiciones y plazos establecidos en los documentos contractuales.
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La sustitución de los medios materiales indicados solo podrá realizarse previa comunicación al responsable del contrato para que compruebe, a través de los documentos aportados que lo acrediten, que el medio propuesto reúne los requisitos exigidos y dé su autorización en el plazo de siete (7) días hábiles. Si el responsable del contrato concluye que dicho medio no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito a la contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. La contratista podrá proponer otro medio.
La sustitución de los medios humanos indicados, salvo que se establezca otro régimen en el pliego de prescripciones técnicas, solo podrá realizarse según lo dispuesto en esta cláusula. En cualquier caso, los posibles inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo que se generen con motivo de la sustitución deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento de la persona sustituida y de la que se incorpora, sin coste adicional, durante el tiempo necesario.
La sustitución se realizará con arreglo al siguiente procedimiento y condiciones:
- a) Alteración instada por la contratista: si, debido a causas justificadas, necesita efectuar alguna sustitución, lo comunicará por escrito al responsable del contrato con quince (15) días hábiles de antelación -salvo en caso de incapacidad laboral temporal o fallecimiento- con indicación de los siguientes datos:
2. -Identificación de la persona que se pretende sustituir y motivo de la sustitución.
3. -Propuesta de una persona candidata que reúna los requisitos exigidos, acompañada de los documentos que lo acrediten.
En el plazo de siete (7) días hábiles, el responsable del contrato autorizará la sustitución o, en el caso de que concluya que la persona candidata no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito al contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. El contratista podrá proponer a otra persona candidata.
- b) Alteración instada por IBERMUTUA: si considera necesario para la correcta ejecución del contrato efectuar alguna sustitución, lo comunicará por escrito al contratista indicando los motivos. La contratista, en el plazo de quince (15) días hábiles, propondrá al menos una persona candidata que reúna los requisitos exigidos, acompañada de los documentos que lo acrediten.
En el plazo de siete (7) días hábiles, el responsable del contrato autorizará la sustitución o, en el caso de que concluya que la persona candidata no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito a la contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. La contratista deberá proponer una nueva persona candidata en los términos señalados en el apartado anterior.
Estas mismas reglas se aplicarán en relación con los medios aportados para acreditar la solvencia en el caso de que la contratista haya recurrido a la solvencia y/o medios de otras entidades en fase de licitación.
## 26.2.- Reglas específicas respecto del personal.
El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la contratista, que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleador. A tales efectos, asume las siguientes obligaciones, salvo que en el pliego de prescripciones técnicas se especifique otro régimen:
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- a) Seleccionar al personal que debe adscribir a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la facultad, en su caso, de IBERMUTUA para verificar el cumplimiento de los requisitos de cualificación profesional que, en su caso, se hayan establecido en los pliegos.
- b) Procurar la estabilidad del personal, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a IBERMUTUA.
- c) Ejercer, de modo real, efectivo y continuo, el poder de dirección inherente a todo empleador sobre el personal adscrito a la ejecución del contrato. En particular asume la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones en casos de ausencia, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
- d) Garantizar que el personal adscrito desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
- e) Designar al menos una persona coordinadora, perteneciente a su plantilla, que desarrolle las siguientes tareas:
6. -Actuar como persona interlocutora del contratista frente a IBERMUTUA canalizando la comunicación entre la contratista y el personal adscrito al contrato, de un lado, e IBERMUTUA, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
7. -Distribuir el trabajo entre el personal e impartirle las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para la correcta ejecución de la prestación.
8. -Supervisar el correcto desempeño de las funciones que tiene encomendadas el personal y controlar la asistencia al puesto de trabajo.
9. -Organizar el régimen de vacaciones.
- f) Informar a IBERMUTUA acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
## 26.3.- Información relativa a condiciones laborales.
La contratista está obligada a proporcionar a IBERMUTUA los datos y documentos que se indican en los apartados siguientes con arreglo a los plazos y condiciones indicados en cada caso:
- a) Los datos relativos a las condiciones laborales de cada una de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato: se presentará a través de correo electrónico, cumplimentando debidamente el formulario de declaración responsable que figura en el ANEXO II.5. , en el plazo de siete (7) días hábiles desde la fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
- b) Los documentos que solicite IBERMUTUA en orden a comprobar la veracidad de los datos proporcionados y el cumplimiento de las obligaciones laborales que, en su condición de empleador, asume la contratista: se presentarán a través de correo electrónico, mediante copia escaneada, en plazo de diez días hábiles desde fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
IBERMUTUA puede solicitar en cualquier momento de la vigencia del contrato esta información y, especialmente, a los efectos de lo dispuesto en el art. 130 LCSP.
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## 26.4.- Lugar de ejecución del contrato.
La prestación se efectuará en dependencias o instalaciones diferenciadas de las de IBERMUTUA. Si esto no fuera posible, para evitar la confusión de plantillas, las personas trabajadoras de la contratista, salvo que las circunstancias concretas no lo permitieran, no compartirán espacios y lugares de trabajo con el personal al servicio de Ibermutua y, además, las personas trabajadoras y los medios de la contratista se identificarán mediante los correspondientes signos distintivos, tales como uniformidad o rotulaciones.
## 26.5.- Regla de indemnidad.
Si como consecuencia del incumplimiento por parte de la contratista de las obligaciones establecidas en esta cláusula, IBERMUTUA fuera condenada al pago de cantidades con carácter solidario con la contratista, repercutirá en ésta el importe abonado a través de las acciones legales pertinentes.
## 26.6.- Subrogación de personas trabajadoras.
Si de conformidad con la normativa laboral procediera la subrogación de personas trabajadoras, cuando el contrato sea adjudicado a un operador económico distinto a la contratista que venía prestando el servicio, esta última debe responder de los salarios impagados a las personas trabajadoras afectadas por la subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato. En ningún caso dicha obligación corresponderá a la nueva contratista.
En este caso, IBERMUTUA, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva, en su caso, en tanto no se acredite el abono de éstos.
## 27.- OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL, SEGURIDAD SOCIAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
La contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, y en particular:
27.1.Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a convenio colectivo sectorial la contratista está obligada a cumplir con las disposiciones del mismo.
27.2.La contratista adoptará cuantas medidas de seguridad e higiene en el trabajo fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a la más perfecta prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
27.3.Cumplirá, así mismo, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente y, antes del inicio de la actividad contratada, deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- a) Haber adoptado una modalidad de organización preventiva acorde con la legislación vigente.
- b) La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
- c) Que todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato, tanto propio como ajeno, haya recibido en el momento de incorporación una información de riesgos
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específicos, medidas de protección y medidas de emergencia de ésta, así como, que haya recibido la formación necesaria sobre los riesgos que afectan a su actividad (arts 18 y 19 de la Ley 31/1995), de acuerdo con el procedimiento del plan de prevención de riesgos laborales. En particular, que se ha dado la formación pertinente sobre el uso de equipos de protección individual.
- d) Disponer de justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, fueran necesarios.
2. 27.4.Si la contratista subcontrata parte de la ejecución del contrato, deberá exigir a las subcontratas los justificantes de las obligaciones anteriores y entregarlos poder adjudicador contratante.
3. 27.5.En el caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a las personas trabajadoras con ocasión del ejercicio de los trabajos, cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno al poder adjudicador.
## 28.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN .
IBERMUTUA establecerá al menos una condición especial en relación con la ejecución del contrato, siempre que esté vinculada al objeto del contrato, en el sentido del art. 145 LCSP, no sea directa o indirectamente discriminatoria y sea compatible con el derecho comunitario de entre las que abajo se detallan. Estas condiciones especiales de ejecución se recogerán en la cláusula 10 del cuadro de características del contrato y deberán ser cumplidas tanto por contratista como por subcontratistas.
## 28.1.- De tipo social o relativo al empleo :
- Hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.
- Contratar un número de personas con discapacidad superior al que exige la legislación nacional.
- Promover el empleo de personas con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral, en particular de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social a través de Empresas de Inserción.
- Eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en dicho mercado, favoreciendo la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo
- Favorecer la mayor participación de la mujer en el mercado laboral y la conciliación del trabajo y la vida familiar.
- Combatir el paro, en particular el juvenil, el que afecta a las mujeres y el de larga duración.
- Favorecer la formación en el lugar de trabajo.
- Garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables.
- Medidas para prevenir la siniestralidad laboral.
- Otras finalidades que se establezcan con referencia a la estrategia coordinada para el empleo, definida en el artículo 145 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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- Garantizar el respeto a los derechos laborales básicos a lo largo de la cadena de producción mediante la exigencia del cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, incluidas aquellas consideraciones que busquen favorecer a los pequeños productores de países en desarrollo, con los que se mantienen relaciones comerciales que les son favorables tales como el pago de un precio mínimo y una prima a los productores o una mayor transparencia y trazabilidad de toda la cadena comercial.
## 28.2.- De tipo medioambiental :
Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyéndose así a dar cumplimiento al objetivo que establece el artículo 88 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Medidas para el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.
- Medidas para una gestión más sostenible del agua.
- Fomento del uso de las energías renovables.
- Promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
- Impulso de la entrega de productos a granel y la producción ecológica.
## 28.3.- Comprobación pagos a las personas subcontratistas y suministradoras
- 28.3.1.Remisión a IBERMUTUA, cuando esta se lo solicite, de la relación detallada de las personas subcontratistas y suministradoras que participen en el contrato cuando se perfeccionen su participación junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo del pago.
- 28.3.2.Remisión al responsable del contrato, cuando este se lo solicite, del justificante de cumplimiento de los pagos a las personas subcontratistas y suministradoras descritos en el punto anterior una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el art. 216 LCSP y Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
## 28.4.- En materia de protección de datos.
Someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, cuando se ceden datos a la contratista.
## 29.- CONFIDENCIALIDAD, TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS.
## 29.1- Confidencialidad.
Toda la información a la que tenga acceso la contratista tiene carácter confidencial. La contratista y el personal asignado a la ejecución del contrato no pueden utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, ningún dato sin autorización del órgano de contratación; y están obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado de cualquier información.
En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido acceder a ellos, y es obligatorio guardar secreto respecto a los que pudieran conocerse tanto del contratista como de las personas dependientes de éste.
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Cuando no concurra la circunstancia prevista en el párrafo anterior y, exista la posibilidad de que adjudicatario acceda a datos de carácter personal sobre los que IBERMUTUA ejerza la condición de responsable, deberá cumplirse por la contratista la normativa vigente en materia de protección de datos y resultará preceptiva la cumplimentación del correspondiente Anexo II.12 en el que se prestará expresa y formal conformidad a las distintas obligaciones del adjudicatario.
## 29.2.- Tratamiento de datos de carácter personal.
Se considera tratamiento de datos de carácter personal las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
Si el contrato conlleva tratamiento o acceso a datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en la disposición adicional 25ª LCSP.
Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, aquel tendrá la consideración de encargado del tratamiento.
En este supuesto, el acceso a esos datos personales por el contratista se llevará a cabo conforme el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE de protección de datos de carácter personal (RGPD), así como lo dispuesto en La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.
Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a la Entidad contratante responsable, o al encargado de tratamiento que esta hubiese designado, siguiendo las expresas indicaciones que al efecto la misma le hubiere impartido, todo ello sin perjuicio de las obligaciones que, cuando el objeto del contrato contemple prestaciones de carácter sanitario, resulten preceptivas para el contratista conforme a lo previsto en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
El tercero encargado del tratamiento conservará debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento.
En el caso de que un tercero trate datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
- a) Que dicho tratamiento se haya especificado en el contrato firmado por la entidad contratante y el contratista.
- b) Que el tratamiento de datos de carácter personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.
- c) Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el contrato en los términos previstos en el artículo 28 del RGPD.
En estos casos, el tercero tendrá también la consideración de encargado del tratamiento.
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Además, la contratista, subcontratista y el personal adscrito a la ejecución deberán cumplir, sin perjuicio de los contratos de encargo del tratamiento que se acuerden, lo siguiente:
a) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones de IBERMUTUA.
b) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del IBERMUTUA, en los supuestos legalmente admisibles. Informando previamente a IBERMUTUA de las subcontrataciones en las que se tratarán los datos personales, así como las posibles transferencias internacionales de dichos datos de carácter personal.
c) Mantendrá el deber de secreto respecto de los datos personales y garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales respetan la confidencialidad y cumplen las medidas de seguridad correspondientes.
d) Mantendrá a disposición del IBERMUTUA la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas en cuanto al tratamiento de los datos personales, y asistir a IBERMUTUA en lo necesario para cumplir sus obligaciones en el cumplimiento de sus obligaciones como responsable del tratamiento.
e) Implantar las medidas de índole técnico y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo para los datos personales.
f) Proceder, según lo que se acuerde, a la devolución o destrucción de los datos de carácter personal, una vez terminado el contrato.
## 29.3.- Obligaciones del encargado de tratamiento.
Cuando de la naturaleza de la prestación se desprenda la posibilidad de que el adjudicatario realice tratamiento de datos por cuenta de IBERMUTUA, deberá cumplirse por la contratista la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos resultará preceptiva la cumplimentación del correspondiente ANEXO II.12 en el que se prestará conformidad a las distintas obligaciones del adjudicatario en su condición de encargado del tratamiento, de las cuales se declaran a los efectos de este contrato su carácter esencial.
IBERMUTUA, durante la ejecución del contrato podrá efectuar cuantas comprobaciones considere adecuadas al objeto de verificar el cumplimiento de las antedichas obligaciones, constituyendo causa de resolución su incumplimiento. A estos efectos IBERMUTUA podrá recabar en cualquier momento el correspondiente análisis de riesgo de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo en los tratamientos de datos. Dichas medidas podrán ser acreditadas alternativamente por el correspondiente sello, certificación o estándar.
## 29.4.- Ausencia de conflicto de interés.
IBERMUTUA, firmemente comprometida en la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, ha elaborado y aprobado un Plan de Medidas Antifraude y un Manual de Gestión de los Conflictos de Intereses de pleno conocimiento y acatamiento por parte de todas las personas de la entidad; garantizando así el compromiso, de todas ellas sin exclusión, a poner en conocimiento de su superior jerárquico, o del Órgano de Cumplimiento de la mutua, cualquier situación de conflicto de interés en la que pudiera incurrir en el desempeño de sus funciones, o cualquier causa de abstención de las recogidas en el documento de Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI), Anexo I, del citado manual, publicado en nuestro perfil del contratante de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
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Del mismo modo, todas las personas de Ibermutua, y en especial las que intervienen en los procesos de contratación pública, son conocedoras de que una DACI que se revele falsa acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación .
## 30.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Y DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL .
## 30.1.- Propiedad de los trabajos.
Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases son propiedad de IBERMUTUA y éste, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
Asimismo, podrá la contratista solicitar la recepción anticipada de la prestación, quedando al poder adjudicador la facultad de admitir dicha recepción.
## 30.2.- Propiedad industrial e intelectual.
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de este a IBERMUTUA, adquiriendo, además del formato original de producción, los derechos de propiedad intelectual y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación de la obra o producto obtenidos y demás que puedan ser susceptibles de explotación económica. Estos derechos de propiedad intelectual se adquieren en régimen de exclusiva, sobre cualquier modalidad de explotación y/o soporte existente a la fecha de la firma, por el plazo máximo de duración previsto en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y con un ámbito territorial que se extiende a todos los países del mundo sin excepción.
La titularidad de este derecho abarca no sólo al trabajo o producto final, sino al conjunto de trabajos, bocetos, esquemas, documentos previos, diagramas de flujo y, en conjunto, todos y cada uno de los trabajos susceptibles de ser objeto de propiedad intelectual e industrial realizados para el desarrollo.
La contratista debe informar detalladamente a IBERMUTUA sobre cualesquiera reservas y derechos legales de terceros que pudieran existir sobre las contribuciones preexistentes que se vayan a incorporar al resultado del trabajo contratado. Es obligación de la contratista garantizar la total disponibilidad de todos los elementos sujetos a los mencionados derechos y reservas, asumiendo los costes que ello pudiera implicar.
La contratista será plena responsable y correrá a su cargo, toda reclamación relativa a dichos derechos debiendo indemnizar a IBERMUTUA por todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de representación y de defensa que eventualmente pudieran originarse.
Cuando el objeto del contrato consista en la elaboración y desarrollo de aplicaciones informáticas , la información sobre reservas y derechos legales de terceros del párrafo anterior deberá incluir necesariamente la referencia a todas las fuentes utilizadas, su versionado y origen, las licencias aplicadas a cada uno de sus componentes y si su uso se realiza en compilación o en ejecución.
La contratista o cualquiera de las personas que hayan intervenido en la elaboración no podrán utilizar el trabajo para sí, ni proporcionar a terceros fragmentos de este, de la filmación, textos, dibujos, fotografías o asimilados del trabajo contratado; tampoco podrán publicar total o parcialmente su contenido sin consentimiento expreso y escrito de IBERMUTUA. Igualmente, se abstendrán de intentar registrar cualquier derecho de propiedad industrial e intelectual que sean idénticos o similares a los que puedan derivarse del contrato, perdurando esta obligación incluso a su finalización. En todo caso, la contratista será responsable de los daños y perjuicios que deriven del incumplimiento de estas obligaciones.
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La contratista se compromete a colaborar con IBERMUTUA y a suscribir cuanta documentación le requiera para hacer efectiva la adquisición por la misma y/o protección a su favor de todos los derechos mencionados en esta cláusula.
## 31.- PENALIDADES.
Sin perjuicio de la obligación de reparación de defectos e indemnización por daños y perjuicios que legalmente incumbe a la contratista; y de la posibilidad de resolver el contrato prevista en la LCSP o en la cláusula 38 de condiciones generales, el órgano de contratación podrá imponer al contratista penalidades por las siguientes causas:
## 31.1.- Causas e importes .
- a) Incumplimientos indicados, en su caso, en la cláusula 12.1 del cuadro de características del contrato: importes señalados en dicha cláusula.
- b) Demora en el cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales: importes señalados en el art. 193.3. y 193.4 LCSP, salvo que en la cláusula 12.2 del cuadro de características del contrato se indiquen otros.
- c) Incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales: entre un 1% y 10% del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
- d) Incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 11.1.4 del cuadro de características del contrato: hasta un 50% del importe del subcontrato.
- e) Incumpliendo de lo dispuesto en la cláusula 28.3 de condiciones generales: el importe por cada día de demora será el 0,01% del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato.
- f) Incumplimiento de compromisos asumidos a través de la oferta que se han tomado en consideración como criterio de valoración: entre el 1% y el 10% del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
- g) Incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral indicadas en la cláusula 11.2 del cuadro de características del contrato (a estos efectos, se considera como incumplimiento de la cláusula 11.2.2.1 el incumplimiento o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos sectoriales que sea grave y dolosa): entre el 0,5% y el 10% del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
- h) Incumplimiento del plazo para presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo cuando sea exigible: el importe por cada día de demora será a razón de un euro por cada 5.000,00 euros del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato.
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## 31.2.- Procedimiento .
La imposición de penalidades se acordará mediante resolución del órgano de contratación y el procedimiento para acordarla incluye las siguientes actuaciones:
- a) Informe del responsable del contrato en el que se identifiquen los incumplimientos detectados y se proponga el importe de la penalidad.
- b) Audiencia a la contratista por espacio de cinco (5) días hábiles para que formule las alegaciones que considere oportunas.
- c) Resolución del órgano de contratación.
- d) Recaudación de las cantidades mediante su deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse a la contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
## 32.- PAGO DEL PRECIO.
## Registro de factura y abono.
Las facturas estarán referenciadas al número de expediente del procedimiento de licitación y se emitirán en los términos previstos en la cláusula 5.2 del cuadro de características del contrato debiendo presentarse, en su caso, en el registro indicado en la cláusula 16.3.2 del cuadro de características del contrato. Igualmente se deberá hacer constar la fecha de entrega del bien o de la prestación de servicio si ésta fuera distinta a la fecha de emisión de la factura.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el adjudicatario del contrato vendrá obligado a la presentación electrónica de las facturas a través de FACE https://face.gob.es/es Asimismo, deberá presentarse por esta vía el resto de documentación justificativa (albarán, solicitud de asistencia…).
Las facturas serán abonadas, por transferencia bancaria, en un plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de su presentación en esta Entidad.
En el caso de que la factura sea negativa (factura de abono, rectificativa..) el adjudicatario deberá realizar la correspondiente transferencia bancaria a Ibermutua por los conceptos a abonar en el plazo máximo de treinta (30) días desde que se comunique la circunstancia por cualquiera de las partes. No se admitirán descuentos en facturas pendientes de emitir por estos conceptos.
## 33.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO .
## 33.1.- Condiciones.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solo podrá modificarlo, por razones de interés público, en los supuestos previstos en la cláusula 14 del cuadro de características del contrato y en el art. 205 LCSP.
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## 33.2.- Procedimiento .
33.2.1.El procedimiento para acordar la modificación incluye, en todo caso, las siguientes actuaciones:
Contratos de tracto único y contratos de tracto sucesivo con determinación precisa del número de unidades que integran el objeto del contrato:
- 1) Informe del responsable del contrato en el que se precisen las razones de interés público que demandan de la modificación, su alcance cualitativo y cuantitativo, las circunstancias que concurren y la verificación objetiva de esa concurrencia.
- 2) Resolución del órgano de contratación acordado el inicio del procedimiento.
- 3) Audiencia a la contratista por espacio de cinco (5) días hábiles.
- 4) Audiencia al redactor del proyecto o de las especificaciones técnicas si hubieran sido preparados por tercero ajeno al órgano de contratación por espacio de tres (3) días hábiles.
- 5) Resolución del órgano de contratación y notificación a la contratista.
- 6) Publicación del anuncio de modificación en el perfil del contratante junto con las alegaciones de la contratista y todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con carácter previo a su aprobación.
- 7) Publicación del anuncio de modificación en el DOUE si el contrato está sujeto a regulación armonizada (salvo que el servicio sea uno de los recogidos en el anexo IV de la LCSP), y la modificación responda a uno de los supuestos de las letras a) y b) del art. 205.2 LCSP.
Contratos de tracto sucesivo por precio unitario en los que el número total de unidades de prestación no se haya determinado con precisión al celebrar el contrato:
- 1) Informe del responsable del contrato en el que se justifique la existencia de necesidades reales superiores a las inicialmente estimadas y se determine su alcance económico.
- 2) Resolución del órgano de contratación acordado el inicio del procedimiento.
- 3) Audiencia a la contratista por espacio cinco (5) días hábiles.
- 4) Resolución del órgano de contratación y notificación a la contratista.
- 5) Publicación del anuncio de modificación en el perfil del contratante junto con las alegaciones de la contratista y todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con carácter previo a su aprobación.
33.2.2.En los casos que se definen a continuación se han de efectuar, además, las siguientes actuaciones:
- 1) Si el precio o presupuesto máximo limitativo del contrato se altera, la contratista deberá reajustar la garantía, en el plazo de quince (15) días naturales desde la notificación de la resolución.
- 2) Autorización de la modificación por el Organismo competente cuando concurran las dos circunstancias siguientes:
a. Se trate de un contrato de duración superior a la señalada en la normativa sobre contratos del sector público, de forma singular, para contratos determinados, o de forma genérica, para ciertas categorías.
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- b. La modificación sea causa de resolución.
2. 33.2.3.En todo caso, la modificación se formalizará conforme a lo dispuesto en el art. 153 LCSP y se publicará de conformidad con los artículos 63 y 207 LCSP.
## 33.3.- Efectos .
Las modificaciones acordadas con arreglo a lo dispuesto en esta cláusula serán obligatorias para el contratista.
## 34.- SUBCONTRATACIÓN.
En el supuesto de que en la cláusula 13.1 del cuadro de características del contrato se admita la subcontratación, la contratista podrá subcontratar la ejecución parcial de la prestación dentro de los límites establecidos en la citada cláusula y con arreglo a lo dispuesto en esta cláusula.
En el caso de que la contratista contrate con terceros la realización parcial del contrato, asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al licitador con arreglo estricto a este pliego y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
## 34.1.- Comunicación al responsable del contrato.
- a) En el supuesto de que la contratista haya cumplimentado en la fase de licitación la sección D de la parte II del DEUC de la manera que se indica en la cláusula 13.3.2.1 de condiciones generales y pretenda realizar la subcontratación en las condiciones exactamente indicadas en el mismo: deberá remitir a IBERMUTUA la declaración que figura en el ANEXO VI.1 , debidamente cumplimentada y firmada, al menos cinco (5) días hábiles antes de que la persona subcontratista inicie la ejecución de los trabajos.
- b) En el supuesto de que el contratista haya cumplimentado en la fase de licitación la sección D de la parte II del DEUC de la manera que se indica en la cláusula 13.3.2.1 de condiciones generales pero pretenda realizar la subcontratación en condiciones diferentes a las indicadas en el DEUC o, no haya cumplimentado el citado apartado: deberá remitir al responsable del contrato el formulario que figura en el ANEXO VI.1 , debidamente cumplimentado y firmado, al menos quince (15) días hábiles antes de que la persona subcontratista inicie la ejecución de los trabajos.
## 34.2.- Comprobación de cumplimiento de condiciones de pago a subcontratistas o suministradores .
La contratista deberá justificar el cumplimiento de las condiciones de pago pactadas con la persona subcontratista o suministradora, que deben respetar los límites que establece el art. 216 LCSP, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28.3 de condiciones generales y además, en el caso de subcontratistas, la certificación de los servicios que incluya los datos de las prestaciones ejecutadas: nombre de subcontratista, trabajo realizado y las condiciones estipuladas relacionadas directamente con el plazo de pago.
En el supuesto de contratos de obras y de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.000.000 de euros y en los que el importe de la subcontratación sea igual o superior al 30% del precio del contrato, será obligatorio la comprobación de que el contratista está cumpliendo con los compromisos de pagos a los que haya llegado con sus subcontratados.
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Ibermutua no tendrá ninguna responsabilidad por los incumplimientos en los que el contratista pueda caer sobre sus subcontratados, no teniendo estos acción directa reclamatoria por estos incumplimientos frente a Ibermutua.
## 35.- SUCESIÓN EN EL PROCEDIMIENTO, CESIÓN DEL CONTRATO, MODIFICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA UTE Y CESIÓN DEL DERECHO DE COBRO .
## 35.1.- Sucesión en el procedimiento.
Si durante la tramitación del procedimiento de contratación y antes de la formalización del contrato se produjese una operación de fusión, escisión, trasmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora o candidata en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre y cuando reúna las condiciones de capacidad de capacidad y ausencia de prohibición de contratar y acredite la solvencia y clasificación exigida en este pliego para poder participar en el procedimiento de contratación.
## 35.2.- Cesión del contrato.
## 35.2.1.- Supuestos .
Sin perjuicio de los casos de sucesión de la contratista del art. 98 LCSP y los supuestos de modificación de la composición de la UTE del art. 69.9 LCSP, el contrato podrá ser cedido en los siguientes casos:
1. Cuando la contratista se encuentre en situación de insolvencia, de conformidad con el art. 2.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y todavía no haya solicitado la declaración de concurso, siempre y cuando no haya sido declarada insolvente en cualquier otro procedimiento.
2. Cuando se haya declarado en concurso a la contratista, incluso cuando se haya procedido a la apertura de la fase de liquidación o haya puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
3. Cuando la contratista sea una persona física y haya manifestado su voluntad de jubilarse en fecha anterior a la finalización del contrato.
## 35.2.2.- Procedimiento.
1. El contratista dirigirá a IBERMUTUA escrito en el que solicite la autorización de la cesión. A dicha solicitud deberá adjuntar siguiente documentación:
- a) Documentación acreditativa de la circunstancia concurrente que posibilita instar la cesión del contrato.
- b) Documentación acreditativa de que el cesionario cumple con los requisitos recogidos en la letra c) del art. 214.2 LCSP.
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2. Informe en el que indique si debe cumplirse o no el requisito de haber ejecutado al menos el 20% del importe del contrato y, en caso afirmativo, si dicho requisito se cumple. Asimismo deberá señalar que se respetan los límites recogidos en el segundo párrafo del apartado 1 del art. 214 LCSP.
3. Aportación por parte de la contratista del borrador de escritura pública en la que se formalizará la cesión.
4. Resolución del órgano de contratación por la que se autoriza la cesión y notificación a la contratista.
5. Publicación de la resolución del órgano de contratación por la que se autoriza la cesión en el perfil del contratante.
6. Formalización de la cesión en escritura pública.
7. Depósito de la garantía por parte del cesionario. No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
## 35.2.3.- Condiciones.
- 35.2.3.1.En todo caso, para que el órgano de contratación pueda autorizar la cesión deben cumplirse las siguientes condiciones:
1. Se cumplan los requisitos recogidos en el apartado 2 del art. 214 LCSP.
2. Las cualidades técnicas o personales del cedente (contratista) no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
3. Que de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado.
- 35.2.3.2.No se autorizará la cesión del contrato cuando esta suponga una alteración sustancial de las características de la contratista si estas constituyen un elemento esencial del contrato.
35.1.3.3.La cesión entre la contratista (cedente) y el cesionario se formalizará en escritura pública.
- 35.2.3.4.No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
## 35.3.Modificación de los componentes de la UTE.
- 35.3.1.En el caso de que la modificación de la composición de la UTE suponga el aumento del número de sus componentes, su disminución, o la sustitución de uno o varios por otro u otros, se realizarán las siguientes actuaciones:
1. La UTE contratista dirigirá a IBERMUTUA escrito en el que solicite la autorización de la modificación. A dicha solicitud deberá adjuntar la siguiente documentación:
- a. Justificación de la/s circunstancia/s concurrente/s que posibilita/n instar la modificación de la composición de la UTE.
- b. Documentación acreditativa de que la UTE, con su nueva composición, cumple con los requisitos de solvencia o clasificación exigida y que todos miembros que la van a
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integrar tienen plena capacidad de obrar y no están incursos en prohibición de contratar con el sector público.
2. Informe en el que señale que se ha ejecutado, al menos, un 20% del importe del contrato.
3. Aportación por parte de la contratista del borrador de escritura pública en la que se formalizará la UTE con su nueva composición.
4. Resolución del órgano de contratación por la que se autoriza la modificación de composición de la UTE y notificación a la UTE contratista.
5. Publicación de la resolución del órgano de contratación por la que se autoriza la modificación de la composición de la UTE en el perfil del contratante.
6. Formalización de la UTE en escritura pública.
7. Depósito de nueva garantía por parte de la UTE. No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada anteriormente por la UTE hasta que se halle formalmente constituida la nueva.
7. 35.3.2.En el caso de que, a consecuencia de operaciones de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad respecto de alguno/s componente/s que integra/n la UTE, la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad no sea miembro integrante de la UTE, se cumplimentarán los mismos trámites indicados en la cláusula 35.3.1 de condiciones generales, salvo el relativo a la ejecución del contrato de, al menos, un 20% de su importe.
8. 35.3.3.En el caso de que uno o varios componentes de la UTE fuera/n declarado/s en concurso, incluso aunque se haya abierto la fase de liquidación, se estará a lo dispuesto en la letra c) del art. 69.9 LCSP en consonancia con lo dispuesto en el art. 212.5 LCSP sobre la prestación de garantías adicionales suficientes para la ejecución del contrato. En este caso se realizarán las actuaciones siguientes:
1. La UTE contratista dirigirá al responsable del contrato un escrito, junto con la documentación acreditativa de la situación de concurso de uno o varios de los componentes de la UTE, por el que haga una de las siguientes solicitudes:
- a) Continuación de la ejecución del contrato con el /los componente/s restante/s. En este caso debe adjuntar documentación justificativa de que la UTE, con su nueva composición, cumple con los requisitos de solvencia o clasificación exigidos.
- b) Continuación de la ejecución del contrato con los componentes iniciales de la UTE, incluido/s el/los declarado/s en concurso.
2. Realización de los trámites descritos en los puntos de 2 a 7 (salvo el número 3) de la cláusula 35.3.1 de condiciones generales. Y, en el caso de que el órgano de contratación resuelva que la UTE continúe ejecutando el contrato con todos sus componentes, incluido/s el/los declarado/s en concurso, la UTE contratista deberá prestar las garantías adicionales suficientes para la correcta ejecución del contrato que el órgano de contratación haya indicado en su resolución.
## 35.4. - Cesión del derecho de cobro.
En aplicación del artículo 200 de la Ley de Contratos del Sector Publico, los contratistas que tengan un derecho de cobro frente a Ibermutua, podrán ceder el mismo conforme a derecho, debiendo respetarse los siguientes condicionantes:
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- a) Para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva frente a esta Entidad, es requisito imprescindible, la notificación fehaciente a la misma del acuerdo de cesión.
b) La eficacia de las segundas y sucesivas cesiones de los derechos de cobro cedidos por el contratista quedará condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en el punto anterior.
- c) Una vez que esta Entidad tenga conocimiento del acuerdo de cesión, el mandamiento de pago habrá de ser expedido a favor del cesionario.
d) Los mandamientos de pago emitidos a nombre del contratista o cedente con carácter previo a que Ibermutua tenga conocimiento fehaciente del acuerdo de cesión, producirán plenos efectos liberatorios.
e) Las cesiones de crédito anteriores al nacimiento de la relación jurídica de la que deriva el derecho de cobro no producirán efectos frente a Ibermutua, en todo caso, esta entidad podrá oponer frente al cesionario todas las excepciones causales derivadas de la relación contractual.
- f) No podrán cederse por el contratista créditos frente a Ibermutua que estén sujetos a retención judicial o administrativa o con embargos trabados.
g) No estarán sujetos a cesión, los créditos vencidos posteriores a la solicitud de concurso voluntario o necesario del contratista.
## IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
## 36.- CUMPLIMIENTO: ENTREGA, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
## 36.1.- Entrega y comprobación del correcto cumplimiento.
La entrega de las prestaciones que integran el objeto del contrato se efectuará con arreglo a las especificaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y los plazos indicados en la cláusula 8 de condiciones generales.
Salvo que se prevea otra cosa en el pliego de prescripciones técnicas, la fecha de entrega es la siguiente:
- En los contratos de tracto único: la fecha en que la contratista entregue la totalidad de prestaciones a IBERMUTUA en la forma y formato especificados en el pliego de prescripciones técnicas.
- En los contratos de tracto sucesivo: el día en que finaliza el plazo total de ejecución del contrato.
## 36.2.- Recepción.
En todo caso, hasta que tenga lugar la recepción, la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato haya emitido informe comprobación favorable o haya prestado conformidad a certificaciones de servicios parciales.
En el supuesto de que el responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del contrato.
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## 36.3.- Liquidación .
Cuando la naturaleza del contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las cláusulas específicas del contrato la previsión del art. 301.1 o del párrafo segundo del art. 309.1 LCSP, dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el órgano de contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción.
Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de treinta (30) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 16.3.2 del cuadro de características del contrato.
## 37.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA .
## 37.1.- Obligaciones de la contratista.
Durante el plazo de garantía establecido, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, la contratista está obligada a subsanar, a su costa, los vicios o defectos que presenten los trabajos efectuados y cuya existencia se acredite y se comunique por escrito dentro del citado plazo.
Transcurrido el plazo de garantía sin que el poder adjudicador haya reclamado la subsanación en forma y plazo, la contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 314 y 315 LCSP para los contratos de elaboración de proyectos de obras.
## 37.2.- Devolución de la garantía.
37.2.1.En el supuesto de que no se establezca plazo de garantía, el acuerdo de liquidación del contrato incluirá la orden de devolución o cancelación de la garantía.
- 37.2.2.En el supuesto de que se establezca plazo de garantía, una vez transcurrido este se efectuarán las siguientes actuaciones:
- a) Si durante el plazo de garantía no se han formulado reclamaciones en forma y plazo o, habiéndose formulado, estas se han subsanado: el órgano de contratación dictará resolución acordando la devolución o cancelación de la garantía.
La resolución se adoptará y notificará a la contratista en el plazo máximo de dos (2) meses a contar desde la finalización el plazo de garantía.
- b) Si durante el plazo de garantía se han formulado reclamaciones en forma y plazo y la contratista no las ha subsanado: el responsable del contrato procederá a dictar las oportunas instrucciones a la contratista para la debida subsanación de las deficiencias. Para ello le concederá un plazo durante el cual la contratista continuará siendo la responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados en los términos descritos en el apartado 2 del art. 311 LCSP, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.
Si la contratista no cumple con las instrucciones dictadas por el responsable del contrato en el plazo concedido al efecto, se procederá a incautar la garantía.
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- 37.2.3.En el supuesto de que en la cláusula 8.4 del cuadro de características del contrato se admita la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía, se actuará con arreglo a lo establecido en las cláusulas 37.1 y 37.2 de condiciones generales. Si se ha establecido plazo de garantía, este se iniciará al día siguiente de la recepción parcial.
- 37.2.4.Si transcurre un año desde la fecha de terminación del contrato, y vencido el plazo de garantía, sin que la recepción formal y la liquidación hayan tenido lugar por causas no imputables a la contratista, se procederá a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el art. 110 LCSP. Si el valor estimado del contrato es inferior a 100.000,00 euros y la contratista es una PYME, definida según las referencias contenidas en el art. 11.5 LCSP, el plazo de un año se reducirá a seis (6) meses.
## 38.- RESOLUCIÓN.
Además de las establecidas en los artículos 211 y 313 LCSP, en las letras c), d) y f) del art. 294 en los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía, y de las recogidas, en su caso, en la cláusula 15 del cuadro de características del contrato, son causa de resolución del contrato las siguientes:
- a) La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del poder adjudicador de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 190 LCSP.
- b) El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial.
- c) El cumplimiento de la condición resolutoria establecida en documento contractual.
## V.- REVISIÓN DE ACTOS EN LA CONTRATACIÓN.
## 39.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Y OTRAS FORMAS DE REVISIÓN .
39.1.Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones que se relacionan en el artículo 44.2 de la LCSP siempre y cuando se dicten en procedimientos con las cuantías mínimas que marca el apartado primero del citado artículo.
39.2 .- El órgano competente para resolver el recurso especial en materia de contratación, así como para decidir sobre la adopción de las correspondientes medidas provisionales, es el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Su interposición se realizará de conformidad al procedimiento y trámites previstos en el art. 50 y 51 LCSP.
La presentación del escrito de interposición se podrá hacer ante el Registro del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Ministerio de Hacienda), por vía electrónica (http://www.hacienda.gob.es/TACRC/Documentos/Tramitacion%20electronica%20anuncio.pdf) o mediante escrito presentado ante Ibermutua en el buzón concursosibermutua@ibermutua.es.
En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso y se acompañará de copia del documento que acredite la representación del compareciente además de los documentos que se indica en el artículo 51.1 de la LCSP en su caso.
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39.3.Respecto de aquellos contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación y, de conformidad a lo previsto en el artículo 44.6 LCSP, los actos que pudieren resultar recurribles se impugnarán en vía administrativa con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. https://sede.administracion.gob.es/PAG\_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoGeneral.html.
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## DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA , Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274
## VISTO :
El expediente de referencia, efectuados los controles previstos el órgano de contratación de IBERMUTUA,
## DECLARA:
Conocer y asumir el manual interno y el contenido del documento que contiene la declaración formal de ausencia de conflicto de interés (DACI) Anexo I del Manual de Gestión de los Conflictos de Intereses de IBERMUTUA, de conformidad con lo establecido en la cláusula 29.4 de Condiciones Generales, manifestando no estar por el momento incurso en ninguno de los supuestos que allí se contemplan con respecto a esta contratación, asumiendo en todo caso el compromiso de declarar los conflictos de interés futuros, si los mismos llegaran a producirse.
## ACUERDA :
La aprobación de este Expediente, con arreglo a la vigente normativa de contratación pública y el inicio del procedimiento de adjudicación del mismo.
Madrid, 5 de mayo de 2025
## DIRECCIÓN JURÍDICA
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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## CUADRO RESUMEN
Nota.- Los documentos marcados con ☒ deberán incluirse obligatoriamente en sus sobres correspondientes. Los no marcados ☐ que se incluyen, son optativos por las particularidades y necesidades concretas que pueda ser requerido por las empresas licitadoras y por el tipo de contrato (suministros, servicios y obras).
I. INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON DETERMINADAS CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO:
| ☐ | ANEXO I.1. | CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS |
|-----|--------------|-----------------------------------------------------------------|
| ☐ | | |
## II. EN EL SOBRE 1:
| ☒ | ANEXO II.0. | SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN* |
|-----|---------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ☒ | ANEXO II.1. | DOCUMENTOEUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (D.E.U.C.) (Cumplimentar según Reglas específicas cláusula 13.3 de Condiciones Generales) |
| ☒ | ANEXO II.2. | DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS |
| ☐ | ANEXO II.3. | DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES CONTENIDAS EN LA OFERTA |
| ☐ | ANEXO II.4. | COMPROMISO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE EN UTE |
| ☐ | ANEXO II.5. | DECLARACIÓN SOBRE LOS COMPROMISOS QUE ASUME RESPECTOA LAS PERSONAS QUE REALICEN LA ACTIVIDAD OBJETO DEL CONTRATO |
| ☒ | ANEXO II.6. | DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PERTENENCIA ONOAGRUPOEMPRESARIAL |
| ☐ | ANEXO II.7. | LOTE O LOTES A LOS QUE PRESENTA OFERTA / OFERTA INTEGRADORA: COMBINACIÓN DE LOTES |
| ☐ | ANEXO II.8. | DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES** |
| ☒ | ANEXO II.9. | DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CAPACIDAD Y OTROS ASPECTOS LEGALES |
| ☐ | ANEXO II.10. | DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA |
| ☐ | ANEXO II.11. | DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL |
| ☒ | ANEXO II.12. | DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO EN MATERIA PROTECCIÓN DE DATOS |
| ☐ | ANEXO II.13. | CERTIFICADO DE VISITA AL CENTRO DE IBERMUTUA (pliego de prescripciones técnicas) |
| ☒ | ANEXO II.14. | DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE COMPLIANCE |
| ☒ | ANEXO II.15. | DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS |
| ☒ | ANEXO II.16. | DECLARACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD Y DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE IGUALDAD |
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| ☒ | ANEXO III.1. | PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
|-----|----------------|-----------------------------|
| ☒ | | RESTO CRITERIOS AUTOMATICOS |
OTROS:
| ☐ | ANEXO III.2. | COMPROMISO DE DISPONIBILIDAD DE SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES |
|-----|----------------|-------------------------------------------------------------------------|
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
## IV. EN EL SOBRE 3
| ☒ | ANEXO IV.1. | MEMORIA EXPOSITIVA DE LOS CRITERIOS SOMETIDOS A UN JUICIO DE VALOR |
|-----|---------------|----------------------------------------------------------------------|
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
## V. A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA:
| ☐ | ANEXO V.1. | DISPONIBILIDAD DE LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO |
|-----|--------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ☒ | ANEXO V.2. | AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO |
| ☐ | ANEXO V.3. | MODELO DE AVAL BANCARIO/ MODELO DE AVAL BANCARIO -U.T.E.- |
| ☐ | ANEXO V.4. | MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN/ MODELO SEGURO DE CAUCIÓN -U.T.E.- |
| ☒ | ANEXO V.5. | ANEXO AL CONTRATO RELATIVO A LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN SUBCONTRATACIÓN |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA' |
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| Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA' |
## VI. A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA (EN FASE DE EJECUCIÓN):
| ☐ | ANEXO VI.1. | COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN |
|-----|---------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ☐ | ANEXO VI.2. | DECLARACIÓN SOBRE LOS DATOS RELATIVOS A LAS CONDICIONESDE LOS CONTRATOS DE TRABAJO - SUBROGACIÓN |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
| ☐ | | |
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
| Fecha: | mayo / 2025 | Doc.: | Anexo I.1.- CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS MOD_CON_24.41 |
|----------|---------------|---------|-------------------------------------------------------------------------------------------|
Los costes y gastos tenidos en cuenta para el cálculo del presupuesto base de licitación del contrato referenciado han sido los siguientes:
| COSTES | Importe |
|---------------------------------|------------|
| A - COSTES DIRECTOS : | 8.805,65 € |
| a) Sueldos y salarios | 0,00 € |
| b) Otros costes directos | 0,00 € |
| B - COSTES INDIRECTOS | 1.079,48 € |
| a) | 0,00 € |
| b) | 0,00 € |
| C - OTROS GASTOS EVENTUALES | 0,00 € |
| D - GASTOS GENERALES ESTRUCTURA | 727,74 € |
| E - BENEFICIO INDUSTRIAL | 1.516,13 € |
| 1 - PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN (A+B+C+D+E) | 12.129,00 € |
|-----------------------------------------------|---------------|
| 2 - IMPUESTO 7 %IGIC | 849,03 € |
| TOTAL PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN (1+2) | 12.978,03 € |
## DIRECCIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA
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DE
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.0 - SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DATOS DE CONTACTO MOD\_CON\_24.01
## DATOS PERSONALES DEL LICITADOR
Nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa:
NIF/CIF:
FAX:
TELÉFONO:
- [ ] CATEGORÍA DEL LICITADOR (*)
- [ ] Micro empresa ☐
- [ ] Pequeña Empresa ☐
- [ ] Mediana Empresa ☐
- [ ] Gran Empresa ☐
## DATOS PERSONALES DE LA PERSONA REPRESENTANTE
Nombre y apellidos de la persona representante:
NIF:
Teléfono:
Correo electrónico:
- (*) Categoría del licitador, independientemente de su forma jurídica, en base a sus efectivos y límites financieros conforme a lo establecido en el Anexo I del Reglamento de la Unión Europea n.º 651/2014 de la Comisión:
- Micro-Empresa: menos de 10 personas y volumen de negocio anual o balance general anual inferior a 2 millones de euros.
- Pequeña Empresa: menos de 50 personas y volumen de negocio anual o balance general anual inferior 10 millones de euros.
- Mediana Empresa: menos de 250 personas y volumen de negocio anual inferior a 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones.
- Gran Empresa: 250 o más personas y volumen de negocio anual sea más de 50 millones de euros.
DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
- [ ] ☐ NO CONSIENTE la utilización de medios electrónicos por parte de IBERMUTUA para la realización de las notificaciones en este procedimiento de contratación.
- [ ] ☐ CONSIENTE la utilización de medios electrónicos por parte de IBERMUTUA para la realización de las notificaciones en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los datos que se indican a continuación:
PERSONAS AUTORIZADAS A RECIBIR LAS NOTIFICACIONES (máximo dos) (1) :
NOMBRE Y APELLIDOS
NIF
TELÉFONO
Correo electrónico donde recibir
notificaciones relacionadas con la
presente licitación
## EXPONE
Que enterado del anuncio publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de descripción del objeto que figura en la cláusula 1 del cuadro de características en IBERMUTUA Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274, tramitado mediante procedimiento de adjudicación que se detalla en la cláusula 17.3 del cuadro de características , y estando interesado en su licitación
## SOLICITA:
Tomar parte en la mencionada contratación, para lo cual acompaña, junto con esta solicitud, los sobres que se citan en la cláusula 21 del cuadro de características del pliego que rige la adjudicación.
Y a tal efecto, expresamente
## DECLARA
1. Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos para contratar con IBERMUTUA, en su condición de Entidad integrante del sector público.
2. Que acepta incondicionalmente la totalidad de las cláusulas del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y del Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen esta licitación.
En ------------------------------------ a ----- de ------------------------- de 20\_\_
Firma y sello del licitador.
Información detallada sobre protección de datos
Responsable del tratamiento: Sus datos personales son tratados por IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 (IBERMUTUA) con domicilio en la calle Ramírez de Arellano nº 27, Madrid, 28043, teléfono de contacto 90023333 y email de contacto atencionalcliente@ibermutua.es. Puede contactar con el delegado de protección de datos en la dirección dpd@ibermutua.es.
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Finalidad del tratamiento: Los datos personales son tratados para gestionar los trámites de contratación y adjudicación. Siendo los datos necesarios para poder llevar a cabo esta finalidad.
Legitimidad: La relación precontractual y contractual.
Destinatarios de los datos: La Administración Pública por exigencia legal.
Transferencias internacionales: No están previstas transferencias internacionales de datos.
Plazo de conservación: Durante el plazo que perdure la tramitación de la contratación y posteriormente el plazo exigido legalmente.
Ejercicio de derechos: Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, cuando este último legalmente proceda, enviando una comunicación a la calle Ramírez de Arellano nº 27, Madrid-28043 o la dirección derechosdatospersonales@ibermutua.es concretando el derecho solicitado y acreditando su identidad.
También tiene derecho a presentar una reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos, siendo sus datos de contacto www.agpd.es o C/ Jorge Juan, 6. 28001 -Madrid, y/o teléfono de contacto 912 663 517.
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| Fecha: | mayo / 2025 | Doc.: | Anexo II.1.- D.E.U.C. -DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN MOD_CON_24.42 |
|----------|---------------|---------|--------------------------------------------------------------------------------|
## ÍNDICE
El presente formulario consta de las siguientes partes y secciones:
- Parte I. Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
- Parte II. Información sobre el operador económico.
- Sección A: Información sobre el operador económico.
- Sección B: Información sobre los representantes del operador económico.
- Sección C: Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades.
- Sección D: Información relativa a los subcontratistas en cuya capacidad no se base el operador económico.
## Parte III. Motivos de exclusión:
- Sección A: Motivos referidos a condenas penales.
- Sección B: Motivos referidos al pago de impuesto o de cotizaciones a la Seguridad Social.
- Sección C: Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional.
- Sección D: Otros motivos de exclusión que pueden estar previstos en la legislación nacional del Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
## Parte IV. Criterios de selección:
- Indicación global relativa a todos los criterios de selección.
- Sección A: Idoneidad.
- Sección B: Solvencia económica y financiera.
- Sección C: Capacidad técnica y profesional.
- Sección D: Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental.
- Parte V. Reducción del número de candidatos cualificados.
- Parte VI. Declaraciones finales.
Servicio para cumplimentar el DEUC: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es
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## FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)
Parte 1: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora
INFORMACION SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
La información exigida en la Parte I se obtendrá automáticamente al utilizar el servicio DEUC electrónico para generar y cumplimentar el DEUC disponible en la siguiente dirección: https://ec.europa.eu/growth/tools-databases/espd/filter?lang=es
| Identidad del contratante 1 | Respuesta: |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------|
| Nombre: | [ ] |
| ¿De qué contratación se trata? | Respuesta: |
| Titulo o breve descripción de la contratación 2 : | [ ] |
| Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso) 3 | [ ] |
## Parte II: Información sobre el operador económico
A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
| Identificación: | Respuesta: |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------|
| Nombre: | [ ] |
| Número de identificación fiscal NIF Número de IVA, en su caso: | [ ] [ ] |
| Si no se dispone de un número de IVA, indíquese, en su caso, cuando se exija, otro número de identificación nacional. | [ ] |
| Dirección postal: | [……….….] |
| Persona o personas de contacto 4 : Teléfono: Correo electrónico: FAX Dirección internet (dirección de la página web) (en su caso): | [……….….] [……….….] [……….….] [……….….] [……….….] |
| Información general: | Respuesta: |
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¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa 5 ?
[ ]SI [ ]NO
Únicamente en caso de contratación reservada 6 : el operador económico ¿es un taller protegido o una empresa social 7 o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido? Si la respuesta es afirmativa,
¿cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos?
En caso necesario, especifíquese a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate.
[ ]SI [ ]NO
[……….….]
[……….….]
En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (por ejemplo, en el marco de un sistema nacional de clasificación) 8 ?
[ ]SI [ ]NO [ ]No procede
En caso afirmativo:
Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI.
- a) Indíquense el nombre de la lista o certificado y el número de inscripción o certificación pertinente:
- b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar:
- c) Indíquense las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial 9 :
- d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigidos?
- e) Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente?
- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
a) [......]
- b) (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ .................][...................][...................][....................]
c) […………..]
d)..[ ]SI [ ]NO
e )..[ ]SI [ ]NO
(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ ................ ][ .................. ][ .................. ][ ..................
]
Forma de participación:
Respuesta:
Véase la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124
5 de 20.5.2003, p. 36). Este dato se solicita exclusivamente con fines estadísticos.
Microempresa : empresa que cuenta con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 2 millones EUR.
Pequeña empresa : empresa que cuenta con menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 10 millones EUR.
Mediana empresa: empresa que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa , que cuenta con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance total anual no excede de 43 millones EUR .
6 Véase la cláusula 17.7 del cuadro de características del contrato y el punto III.1.5. del anuncio de licitación del DOUE
7 Es decir, cuyo objetivo principal sea la integración social y profesional de personas discapacitadas o desfavorecidas.
8 Véase cláusula 11.5 de condiciones generales.
9
Las referencias y la clasificación, en su caso, figuran en la certificación
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¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros 10 ?
[ ]SI [ ]NO
En caso afirmativo , asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado 11 .
## En caso afirmativo
- a) Indíquese la función del operador económico dentro del grupo (responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.
- b) Identifíquese a los demás operadores económicos que participan en el procedimiento de contratación conjuntamente:
- c) En su caso, nombre del grupo participante:
- [ ] a) [..................]
- [ ] b) [..................]
- [ ] c) [..................]
Lotes
Respuesta:
En su caso, indicación del lote o lotes respecto a los cuales el operador económico desee presentar una oferta:
[ ]
## B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación.
Representación, en su caso:
Respuesta:
Nombre y apellidos; junto con la fecha y lugar de nacimiento, si procede:
[.........................................................];
[.........................................................]
Cargo/Capacidad en la que actúa:
[.........................................................]
Dirección postal:
[.........................................................]
Teléfono:
- [ ] [....................]
Correo electrónico:
[.........................................................]
En caso necesario, facilítese información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad ...).
- [ ] [.........................................................]
## C: INFORMACION SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso:
Respuesta:
¿Se basa el operador económico en la capacidad 12 de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo?
- [ ] [ ]SI [ ]NO
10 En particular, en el seno de un grupo, consorcio, empresa en participación o similares
11 En el caso de que dos o varios operadores económicos se presenten en agrupación de empresas o bajo el compromiso de constituirse formalmente en UTE si resultan adjudicatarias, deberán presentar un formulario DEUC debidamente cumplimentado y firmado por cada uno de los operadores económicos en el que figuren las partes II, III, IV y V. En caso de que varios operadores económicos presenten conjuntamente oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios, deberán presentar, además, compromiso de constituirse formalmente en UTE de conformidad con el modelo contenido en el anexo correspondiente del pliego de cláusulas administrativas particulares.
12 Entiéndase capacidad como solvencia.
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En caso afirmativo , facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las Secciones A y B de esta Parte y en la Parte III , debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades.
Se incluirán también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad y. cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra.
Siempre que resulte pertinente en los que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate 13
- D: INFORMACION RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE BASA EL OPERADOR ECONÓMICO
Esta sección se cumplimentará únicamente si así se exige expresamente en la cláusula 13.2 del cuadro de características del contrato
.
## Subcontratación:
Respuesta:
¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato con terceros?
[ ]SI [ ]NO
En caso afirmativo y en la medida que se conozca este dato , enumérense los subcontratistas previstos:
[ ................] 14
En el caso de que se exija en la cláusula 13.2 del cuadro de características del contrato como información adicional a la facilitada en esta sección, deberá aportarse la información requerida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas en cuestión.
## Parte III: Motivos de exclusión
A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES
El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
1. Participación en una organización delictiva 15
2. Corrupción 16
3. Fraude 17
4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas 18
5. Blanqueo de capitales o financiación de terrorismo 19
6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos 20
- 13 Por ejemplo, cuando se trate de organismos técnicos encargados del control de la calidad: parte IV, sección C, punto 3.
14 Indíquense los subcontratistas solo en el caso de que así se exija en la letra a) de la cláusula 13.2 del cuadro de características del contrato. Indíquense los datos requeridos en la cláusula 13.3.2.1 de condiciones generales.
- 15 Tal como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p 42)
16 Tal como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico
17 En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO e 316 de 27.11.1995,p 48)
18 Tal como se define en la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco
19 Tal como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p. 15).
20 Tal como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p 1)
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Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales 21 de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva:
Respuesta:
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable?
- [ ] [ ]SI [ ]NO
Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[…...............][…...............][…...............] 22
En caso afirmativo , indíquese 23
- a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma:
- b) Identificación de la persona condenada
- c) En la medida en que se establezca directamente en la condena :
- a) Fecha: [ ], punto(s): [ ], razón o razones: [ ]
- [ ] b) […...............]
- c) Duración del periodo de exclusión [ .................] y puntos de que se trate [ ]:
- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ ................ ][ .................. ][ ..................] 24
En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión 25 («autocorrección»)?
- [ ] [ ]SI [ ]NO
En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas: 26
[ ................]
21 A estos efectos, la letra a) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge como prohibiciones de contratar 'Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, financiación ilegal de los partidos políticos, trata de seres humanos, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, fraudes, delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, malversación, negociaciones prohibidas a los funcionarios, blanqueo de capitales, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanzará a las personas jurídicas que sean declaradas penalmente responsables, y a aquéllas cuyos administradores o representantes, lo sean de hecho o de derecho, vigente su cargo o representación y hasta su cese, se encontraran en la situación mencionada en este apartado'.
22 Repítase tantas veces como sea necesario
23 Repítase tantas veces como sea necesario
24 Repítase tantas veces como sea necesario
25 De conformidad con las disposiciones nacionales de aplicación del artículo 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE.
26 La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos (puntual, reiterado, sistemático, etc.)
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B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
| Pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social: | Respuesta: | Respuesta: |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| ¿Ha cumplido el operador económico todas sus obligaciones relativas al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social , tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador 27 o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento? | [ ]SI [ ]NO | [ ]SI [ ]NO |
| | Impuestos | Cotizaciones sociales |
| En caso negativo , indíquese: | | |
| a) País o Estado miembro de que se trate b) ¿A cuánto asciende el importe en cuestión? c) ¿De qué manera ha quedado establecido ese incumplimiento? 1) A través de una resolución administrativa o judicial - ¿Es esta resolución firme y vinculante? - indíquese la fecha de la condena o resolución - En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del periodo de exclusión 2) Por otros medios. Especifíquese: d) ¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas? | a) [ ................ .] b) [ ................. ] c1) [ ]SI [ ]NO - [ ]SI [ ]NO - [ ................. ] - [ ................. ] c2) [ ]SI [ ]NO d) [ ]SI [ ]NO En caso | c) [ ................ .] d) [ ................. ] |
| Si la documentación pertinente relativa al pago de impuestos o de cotizaciones sociales está disponible en formato electrónico, sírvase | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) 28 : | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) 28 : |
| indicar: | afirmativo, especifíquese: [ ................ .] | c1) [ ]SI [ ]NO - [ ]SI [ ]NO - [ ................. ] - [ ................. ] c2) [ ]SI [ ]NO d) [ ]SI [ ]NO En caso afirmativo, especifíquese: [ ................ .] |
| | [ ................ ][ .................. ][ .................. ] | [ ................ ][ .................. ][ .................. ] |
a)
b)
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C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL 29
Conviene tener en cuenta que, a los efectos de la presente contratación, algunos de los siguientes motivos de exclusión pueden haberse definido con mayor precisión en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación. Así, la legislación nacional puede, por ejemplo establecer que el concepto de 'falta profesional grave' abarca varias formas diferentes de conducta.
Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Respuesta
Según su leal saber y entender , ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos de la legislación laboral, social y medioambiental 30 ?
- [ ] [ ]SI [ ]NO
En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de ese motivo de exclusión («autocorrección»)?
- [ ] [ ]SI [ ]NO
Si lo ha hecho , descríbanse las medidas adoptadas:
[ ..................]
- ¿Se encuentra el operador económico en alguna de las siguientes situaciones?
- a) En quiebra
- b) Sometido a un procedimiento de insolvencia
- o liquidación
- c) Ha celebrado un convenio con sus acreedores
- d) En cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales 31
- e) Sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal
- f) Sus actividades empresariales han sido suspendidas
## En caso afirmativo :
- Especifíquese:
- indíquense los motivos por los cuales el operador es, no obstante, capaz de ejecutar el contrato, teniendo en cuenta las disposiciones y medidas nacionales aplicables en lo referente a la continuación de la actividad en tales circunstancias 32 ?
- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
- [ ] [ ]SI [ ]NO
[……………]
[……………]
(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ ................ ][ .................. ][ ..................]
29 Véase el artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE.
30 Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE
A estos efectos, la letra b) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge entre las prohibiciones de contratar el haber sido sancionada con carácter firme
por:
a) infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el art. 22.2 del citado texto.
b) infracción muy grave en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Y la letra d) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge entre las prohibiciones de contratar '(…) en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen '.
31 Véase la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
32 No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en uno de los supuestos contemplados en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté encondiciones de ejecutar el contrato.
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¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave 33 ?
En caso afirmativo, especifíquese:
[ ]SI [ ]NO
[……………]
En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?
[ ]SI [ ]NO
Si lo ha hecho , descríbanse las medidas adoptadas:
[ ..................]
- ¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia 34 ?
En caso afirmativo especifíquense:
[ ]SI [ ]NO
[……………]
En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?
[ ]SI [ ]NO
Si lo ha hecho , descríbanse las medidas adoptadas:
[ ..................]
¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses 35 debido a su participación en el procedimiento de contratación?
En caso afirmativo , especifíquese:
[ ]SI [ ]NO
[……………]
- ¿ Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacionada con él al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación 36 ?
En caso afirmativo , especifíquese:
[ ]SI [ ]NO
[……………]
- ¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior 37 ?
[ ]SI [ ]NO
33 En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
34 Según lo señalado en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. En este punto se estará a lo dispuesto en la letra b) del apart. 1 del art. 71 LCSP que establece como prohibición de contratar con las entidades previstas en el art. 3 LCSP, el 'haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia(…),de falseamiento de la competencia'.
35 La letra g) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge como prohibición de contratar 'estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma. La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas. La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, cuando se produzca conflicto de intereses con el titular del órgano de contratación o los titulares de los órganos en que se hubiere delegado la facultad para contratar o los que ejerzan la sustitución del primero' y la letra h) 'Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' el incumplimiento a que se refiere el art. 15.1 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o en las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo'
36 Ver el art. 70.1 LCSP 'condiciones especiales de compatibilidad '.
37 La letra c) del apart. 2 del art. 71 LCSP señala como prohibición de contratar 'Haber incumplido las cláusulas que son esenciales en el contrato, incluyendo las condiciones especiales de ejecución establecidas de acuerdo con lo señalado en el art. 202, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a la imposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios' y la letra d) de dicho apartado recoge el 'Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad de las comprendidas en el art. 3 de la presente Ley'.
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En caso afirmativo , especifíquese:
[……………]
En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?
[ ]SI [ ]NO
Si lo ha hecho , descríbanse las medidas adoptadas:
[……………]
¿Puede el operador económico confirmar que:
- a. No ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección 38 ,
- b. No ha ocultado tal información,
- c. Ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y
- d. No ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación, o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación 39 ?
[ ]SI [ ]NO
[ ]SI [ ]NO
[ ]SI [ ]NO
38 La letra e) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge como prohibición de contratar 'Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el art. 140 (LCSP) o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el art. 82.4 (en materia de clasificación) y en el art. 343.1 (relativa a los registros de licitadores y empresas clasificadas)'; y las letras a) y b) del apart. 2 del art. 71: 'Haber retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apart. 2 del art. 150 dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia' y 'Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en el art. 153 por causa imputable al adjudicatario'.
39 Ver la letra e) del apart. 1 del art. 71 LCSP señala como prohibición de contratar.
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D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSION QUE PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN LA LEGISLACION NACIONAL DEL ESTADO MIEMBRO DEL PODER ADJUDICADOR O DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA
Motivos de exclusión puramente nacionales
Respuesta:
¿Son aplicables los motivos de exclusión puramente nacionales que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación 40 ?
Si la documentación exigida en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
- [ ] [ ]SI [ ]NO
(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ ................ ][ .................. ][ .................. ]
41
En el caso de que sea aplicable cualquiera de los motivos de exclusión puramente nacionales , ¿ha adoptado el operador económico medidas correctoras?
Si lo ha hecho , descríbanse las medidas adoptadas:
- [ ] [ ]SI [ ]NO
[ ................ ]
## Parte IV: Criterios de selección 42
En relación con los criterios de selección (sección A a D de la presente parte), el operador económico declara que:
## A: INDICACION GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCION
El operador económico solo se debe cumplimentar esta casilla si se ha indicado en el anuncio de licitación o en la cláusula 21.1 del cuadro de características del contrato. Estos criterios de selección son los indicados, en su caso, en la cláusula 18 del cuadro de características del contrato.
Cumplimiento de todos los criterios de selección
Respuesta:
Cumple los criterios de selección requeridos:
- [ ] [ ]SI [ ]NO
## A: IDONEIDAD
El operador económico solo facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.4 del cuadro de características del contrato.
Idoneidad
Respuesta:
- 1) ¿ Figura inscrito en un registro profesional o mercantil en su Estado miembro de establecimiento? 43
- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
- [ ] [ ]SI [ ]NO
(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
[ ................ ][ .................. ][ .................. ]
- 2) Cuando se trate de contrato de servicios:
¿Es preciso disponer de una autorización específica o estar afiliado a una determinada organización para poder prestar el
- [ ] [ ]SI [ ]NO
40 La letra f) del apart. 1 del art. 71 LCSP recoge como prohibición de contratar 'Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria'.
41 Repítase tantas veces como sea necesario.
42 Ver los apartados del 1 al 4 de la cláusula 18 del cuadro de características del contrato.
43 Tal y como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE; los operadores económicos de determinados Estados miembros pueden tener que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
| servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico? | En caso afirmativo, especifíquese qué autorización o afiliación e indíquese si el operador económico cumple este requisito? [ ................ ] [ ]SI [ ]NO (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................. ][ .................. ] |
|----------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
## B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
| El operador económico solo debe facilitar información cuando los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato. | El operador económico solo debe facilitar información cuando los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato. |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Solvencia económica y financiera | Respuesta |
| 1a) Su volumen de negocios anual (general) durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 1b) Su volumen de negocios anual medio durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de contratación es el siguiente 44 : Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio): […], […] […]moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
| 2a) Su volumen de negocios anual (específico) durante el número de ejercicios exigido en el ámbito de actividad cubierto por el contrato y que se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 2b) Su volumen de negocios anual medio en el ámbito y durante el número de ejercicios exigidos en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente 45 : Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar | Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […][..]moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio): […], […] […]moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
| 3) Sinose dispone de la información sobre elvolumen de negocios (general oespecífico) en relacióncontodo el período considerado, indíquese la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del operador económico: | […] |
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| 4) En relación con las ratios financieras 46 que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que el valor real de la(s) ratio(s) requerida(s) es el siguiente: Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | (indicación de la ratio requerida -ratio entre x e y (47 )- y del valor: […], […] 48 (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 5) El importe asegurado en el seguro de indemnización por Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar | […][…]moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
| riesgos profesionales del operador económico es el siguiente: | |
| 6) En relación con los demás requisitos económicos o financieros que, en su caso, se especifiquen en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que: Si la correspondiente documentación que, en su caso, se especifique en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
## C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
| El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato. | El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato. |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Capacidad Técnica y profesional | Respuesta |
| 1 a) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de obras: Durante el período de referencia 49 , el operador económico ha ejecutado las siguientes obras del tipo especificado: Si la documentación pertinente relativa a la ejecución y conclusión satisfactorias de las obras más importantes está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Número de años (este período se especifica en el Anuncio pertinente o los pliegos de contratación ) : […] Obras: […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
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destinatarios Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
| 1 b) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministros o contratos públicos de servicios: Durante el período de referencia 50 , el operador económico ha realizado las siguientes principales entregas del tipo especificado o prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado : | Número de años (este período se especifica en el Anuncio pertinente o los pliegos de contratación 52 ) : […] | Número de años (este período se especifica en el Anuncio pertinente o los pliegos de contratación 52 ) : […] | Número de años (este período se especifica en el Anuncio pertinente o los pliegos de contratación 52 ) : […] | Número de años (este período se especifica en el Anuncio pertinente o los pliegos de contratación 52 ) : […] |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Al elaborar la lista, indíquense los importes, las fechas y los destinatarios públicos o privados 51 : | Descripción | Importes | fechas | |
| 2) Puede recurrir al personal técnico o los organismos Técnicos 53 siguientes, especialmente los responsables del control de la calidad: En el caso de los contratos públicos de obras, el operador económico podrá recurrir al personal técnico o los organismos técnicos siguientes para ejecutar la obra: | […] | | | |
| 3) Emplea las siguientes instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad y dispone de los siguientes medios de estudio e investigación: | […] | | | |
| 4) Podrá aplicar los siguientes sistemas de gestión de la cadena de suministro y seguimiento durante la ejecución del contrato: | […] | | | |
| 5) Cuando los servicios que se vayan a suministrar sean complejos o, excepcionalmente, en el caso de servicios que sean necesarios para un fin particular: ¿Autorizará el operador económico que se verifique 54 su capacidad de producción su capacidad técnica y, en su caso, los medios de estudio e investigación de que dispone, así como las medidas de control de la calidad que aplicará? | [ ]SI [ ]NO | | | |
| 6) Quienes a continuación se indicanposeen los siguientes títulos de estudios y profesionales : a) El propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación) b) Su personal directivo: | a) […] b) […] | | | |
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- 7) El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el contrato:
- [ ] […]
- 8) La plantilla media anual del operador económico y el número de directivos durante los tres últimos años fueron los siguientes:
Año, plantilla media
- [ ] anual: […], […]
- [ ] […], […]
- [ ] […], […]
Año, número de
- [ ] directivos: […], […]
- [ ] […], […]
- [ ] […], […]
- 9) El operador económico dispondrá de la maquinaría, material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el contrato:
- [ ] […]
- 10) El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar 55 la siguiente parte (es decir, porcentaje) del contrato:
[…]
## D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medioambiental en el anuncio de licitación y en la cláusula 18.2 del cuadro de características del contrato
## Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental
Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad?
Si la respuesta es negativa , sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad dispone.
- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
55 Téngase en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del contrato y cuenta con la capacidad del subcontratista para llevar a cabo esa parte, deber cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (ver la parte II, sección C, más arriba).
Respuesta
- [ ] […] […]
(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):
- [ ] […] […] […] […]
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| ¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de | […] […] |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico 56 , sírvase indicar: | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
## Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados
El operador económico solo debe facilitar información cuando se hayan especificado los criterios o normas objetivos y no discriminatorios que se aplicarán para limitar el número de candidatos que serán invitados a participar en la licitación o en un diálogo. Esta información, que podrá ir acompañada de requisitos en relación con los (tipos de) certificados o tipos de pruebas documentales que, en su caso, deban presentarse, se establece en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.
Solo en el caso de los procedimientos restringidos, los procedimientos de licitación con negociación, los procedimientos de diálogo competitivo y las asociaciones para la innovación:
El operador económico declara que:
| Reducción del número | Respuesta |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Cumple los criterios o normas objetivos y no discriminatorios que se aplicarán para limitar el número de candidatos de la siguiente manera: En el supuesto de que se requieran ciertos certificados y otros tipos de pruebas documentales, indíquese en relación con cada uno de ellos si el operador económico dispone de los documentos necesarios. Si alguno de estos certificados u otros tipos de pruebas documentales están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar respecto de cada uno de ellos 57 : | […] [ ]SI [ ]NO 58 (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] 59 |
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## Parte VI: Declaraciones finales
El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que la información comunicada en las partes II-V es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.
El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que podrá(n) aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales c ontemplados sin tardanza, cuando se le(s) soliciten, salvo en caso de que:
- a) el poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita 60 , o
- b) a partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar 61 , el poder adjudicador o la entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión.
El/los abajo firmante(s) formalmente consiente(n) en que i[indíquese el poder adjudicador o la entidad adjudicadora según figure en la parte I, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en [indique(n)se la parte/secc ión/punto(s) pertinente(s)] del presente documento Europeo único de Contratación, a efectos de ]indíquese el procedimiento de contratación: (descripción breve, referencia de publicación en el diario Oficial de la Unión Europea, número de referencia)]. Fecha, lugar y firma(s): [……………………]
60 Siempre y cuando el operador económico hay facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad y organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora hacerlo. Si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos.
61 Dependiendo de la aplicación a nivel nacional del artículo 59,apart. cinco, párrafo segundo, de la directiva 2014/24/UE.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Anexo II.2.- DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MOD\_CON\_24.22
Don/Dña.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con N.I.F nº ---------------------------- , y domicilio en --------------------------------------------------------------------, c/ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- nº ---------- , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------- con N.I.F. -------------------------------, a la cual represento por su calidad de ----------- ------------------------------------------------------- .
Al objeto de participar en la licitación del contrato arriba mencionado DECLARA , bajo su responsabilidad:
- -Que se compromete a adscribir los medios personales y materiales que se exigen en el pliego que rige la presente licitación como criterio de solvencia a efectos de la admisión en el procedimiento de adjudicación del contrato y que figuran en el cuadro adjunto de 'Compromiso de adscripción de medios'
- -Que estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada y, por lo tanto, del contrato que se formalice en caso de resultar adjudicatario/a.
- -Que se compromete a aportar la documentación indicada en la cláusula 18.6 del cuadro de características del contrato, para acreditar que dispone de los medios identificados en el Cuadro 'Compromiso de adscripción de medios', dentro del plazo que establece el artículo 150.2 LCSP.
- -Que, por este motivo, estos medios se mantendrán por la empresa, en caso de resultar adjudicataria, durante todo el tiempo de realización de la prestación de objeto de la presente licitación, con el compromiso de comunicar a IBERMUTUA cualquier variación respecto a los mismos.
En \_\_\_\_\_\_\_\_\_a, \_\_\_ de \_\_\_\_\_\_ de 20\_\_
Firma y sello del licitador Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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## CUADRO 'COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS' .
## HUMANOS
REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS
MEDIOS HUMANOS PROPUESTOS 1
Perfil profesional
Nombre y apellidos
Titulación
Experiencia
Titulación
Experiencia
Dedicación
## MATERIALES
REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS
MEDIOS MATERIALES PROPUESTOS 2
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
1 A cumplimentar por la licitadora.
2 A cumplimentar por la licitadora.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.3.- DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES CONTENIDAS EN LA OFERTA
MOD\_CON\_24.35
Don/Dña.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con N.I.F nº ---------------------------- , y domicilio en --------------------------------------------------------------------, c/ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- nº ---------- , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------- con N.I.F. -------------------------------, a la cual represento por su calidad de ----------- ------------------------------------------------------- .
## DECLARA:
Que en relación con la documentación aportada en el sobre 1 , en nombre de su representada consideran confidenciales las siguientes documentos, informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales: 1 2
- a) …………………..
…………………..
- b) ……………………
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones:
- a) …………………
- b) …………………
- c) ………………..
En............................., a...... de....................de 20....
(Firma y sello del licitador)
1 Indicar elementos confidenciales.
2 Ver cláusula 12.3 de condiciones generales.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
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## Anexo II.4.- COMPROMISO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESA MOD\_CON\_24.09
D./Dña ........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa ........................................................................................ con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en ............................................................................................................., en su calidad de .....................................,
## DECLARAN:
Que asume el compromiso de constituir formalmente en Unión Temporal de Empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, con la participación que seguidamente se detalla:
| Nombre de las empresas | Porcentaje de participación |
|--------------------------|-------------------------------|
Que nombran representante o apoderado único de la únión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Dña ........................................................................
Y para que así ́ conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ..........................................., a ..................... de .................. de ......................................
(Firma y sello del licitador)
Nota.Este Anexo deberá ́ cumplimentarse exclusivamente en los apartados destinados a tal fin, sin que se admita modificación, variación, inclusión ni tachadura en el mismo.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Anexo II.5.-DECLARACIÓN SOBRE LOS COMPROMISOS QUE ASUME RESPECTO A LAS PERSONAS QUE REALICEN LA ACTIVIDAD OBJETO DEL CONTRATO MOD\_CON\_24.43
D./Dña ........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa ........................................................................................ con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en ............................................................................................................., en su calidad de .....................................,
## DECLARA:
- 1.- Que el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicataria, es*:
…………………………………………………………………………………………………………………….. 1
- 2.- Que, en el caso de resultar adjudicataria, durante la ejecución del contrato facilitará cuanta información se requiera por parte del responsable del contrato o del órgano de contratación sobre las condiciones de trabajo que se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
- 3.- Que, en el caso de resultar adjudicataria, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonará el salario recogido en el convenio colectivo sectorial de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
- 4.- Que acepta voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados del procedimiento de adjudicación y de la ejecución del contrato hasta su finalización.
- 5.- Que se compromete a ejecutar el contrato con estricto cumplimiento de las obligaciones respecto del personal adscrito a su ejecución que incumben a la contratista, y que se establecen en la cláusula 26 condiciones generales.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
*Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa laboral que sea de aplicación en los supuestos en los que haya obligación de subrogar.
1 Indicar el nombre del convenio colectivo.
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Fecha:
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mayo / 2025
## Anexo II.6.- DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PERTENENCIA O NO A GRUPO EMPRESARIAL
MOD\_CON\_24.19
D./Dña .........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa .................................................................................... con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en .............................................................................................................., en su calidad de .....................................................,
(Marque con una X la opción a) ó b) según proceda)
- a) Que a efectos de la participación en la presente licitación, la persona física/jurídica representada no forma parte de grupo empresarial alguno, según la definición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio.
- b) Que a efectos de la participación en la presente licitación, según la definición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio la persona física/jurídica representada forma parte del grupo empresarial....................................................................................., integrado por las siguientes empresas:
- .............................................................................................................N.I.F...……................
.............................................................................................................N.I.F………….............
.............................................................................................................N.I.F……………..........
Y para que así ́ conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ......................................................, a ..................... de .................. de ......................................
(Firma y sello del licitador)
1 Cumplimentar solo en el caso de que empresas del mismo grupo empresarial vayan a presentar oferta a la presente licitación.
2 En caso de que la oferta sea presentada por varias empresas con el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarias, deberá aportarse esta declaración firmada por el representante de cada una de las empresas (por cada empresa, una declaración respecto a su pertenencia o no a un grupo empresarial).
Doc.:
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.7.- LOTE O LOTES A LOS QUE PRESENTA OFERTA /OFERTA INTEGRADORA: COMBINACIÓN DE LOTES
, MOD\_CON\_24.36
D./Dña .........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa .................................................................................... con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en .............................................................................................................., en su calidad de .....................................................,
## DECLARA:
- 1.- Que presenta oferta a los lotes siguientes 1 : ………………………….
- 2.- Que presenta oferta integradora a la siguiente combinación de lotes 2 : ………………………
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
1 Indicar el/los lote/s al/a los que presenta oferta.
2 Indicar la combinación de lotes a la que presenta oferta de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 17.4 del cuadro de características del contrato.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.8.- DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES MOD\_CON\_24.xx
D./Dña .........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa .................................................................................... con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en .............................................................................................................., en su calidad de .....................................................,
## DECLARA:
Que los datos a efectos de practicar las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos son los siguientes:
- a) Persona que va ser destinataria: ………………………..………………………..………………………..
- b) Tipo de certificado que se va a usar su acceso 1 :
- [ ] ☐ Certificado de empresa.
- [ ] ☐ Certificado de apoderado.
- c)
- Dirección de correo electrónico de aviso: ……………………………………………..……………….
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
1 Marque el que corresponda.
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Fecha:
mayo / 2025
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Anexo II.9.DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CAPACIDAD Y OTROS ASPECTOS LEGALES MOD\_CON\_24.48
D/Dña............................................................................................................................................................. provisto de DNI/NIE no............................................., en nombre y representación del licitador ............................................................................................................................. ........................................... con código o número de identificación (CIF, NIF, etc.).............................................. con domicilio en ............................................................................................................................. .........., según escritura de poder otorgado ante el Notario Don/Dña......................................................... del Ilustre Colegio de ............................................, el día ........................ con el número ............ de su protocolo .............., DECLARA , que el licitador cumple con todos y cada uno de los siguientes requisitos establecidos para la presente licitación:
- Poderes - correcta representación de las personas jurídicas según su poder acreditativo de representación -
- Capacidad de obrar - correcta inscripción en los registros correspondientes, ámbito y actividad que le sean propios, NIF, otros -
- Que el citado licitador, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar, conforme a la normativa de contratación pública.
- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago.
- Que, de resultar adjudicatario del presente contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad según lo establecido en la normativa.
- Que en el supuesto de ser la oferta presentada con la mejor relación calidad-precio, se compromete a aportar, a requerimiento de IBERMUTUA , en orden a la formalización del contrato objeto de la presente licitación, un seguro de responsabilidad civil, que garantice los daños ocasionados tanto a terceros como a IBERMUTUA , por hechos derivados de la prestación del objeto del contrato.
La póliza de responsabilidad civil aportada, para la cobertura de los citados daños, no contemplará franquicia alguna que pueda repercutir sobre IBERMUTUA .
El firmante asume el compromiso de mantener la póliza de responsabilidad civil vigente durante toda la duración del contrato y las posibles prórrogas del mismo.
- Que autoriza la recepción de notificaciones electrónicas, a través de los buzones que el licitador indique en la aplicación de presentación de ofertas y notificaciones.
- Que, en el caso de ser una empresa extranjera, se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles.
En .........................................., a ........ de .......................... de ...... (Firma y sello)
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Fecha:
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mayo / 2025
## Anexo II.10.- DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA ECONÓMICA
MOD\_CON\_24.49
D/Dña............................................................................................................................................................. provisto de DNI/NIE no............................................., en nombre y representación del licitador ............................................................................................................................. ........................................... con código o número de identificación (CIF, NIF, etc.).............................................. con domicilio en ........................................................................................................................................, según escritura de poder otorgado ante el Notario Don/Dña......................................................... del Ilustre Colegio de ............................................, el día ........................ con el número ............ de su protocolo .............., en relación a los criterios de solvencia económica y financiera solicitados para la presente licitación.
## DECLARA :
Que el licitador cumple los criterios establecidos en esta materia.
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
Doc.:
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mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.11.- DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL MOD\_CON\_24.50
D/Dña............................................................................................................................................................. provisto de DNI/NIE no............................................., en nombre y representación del licitador ............................................................................................................................. ........................................... con código o número de identificación (CIF, NIF, etc.).............................................. con domicilio en ........................................................................................................................................, según escritura de poder otorgado ante el Notario Don/Dña......................................................... del Ilustre Colegio de ............................................, el día ........................ con el número ............ de su protocolo .............., en relación a los criterios de solvencia técnica o profesional solicitados para la presente licitación.
## DECLARA :
Que el licitador cumple los criterios establecidos en esta materia y que en el caso de ser requeridos certificados de buena ejecución o normas de calidad y medio ambiente presenta copias de dichos certificados o equivalentes.
Que se compromete a mantener la vigencia de los certificados que proceda durante toda la duración del contrato y sus posibles prórrogas.
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
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Fecha:
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mayo / 2025
## Anexo II.12.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO EN MATERIA PROTECCIÓN DE DATOS
MOD\_CON\_24.52
D/Dña............................................................................................................................................................. provisto de DNI/NIE no............................................., en nombre y representación del licitador ............................................................................................................................. ........................................... con código o número de identificación (CIF, NIF, etc.).............................................. con domicilio en ........................................................................................................................................, según escritura de poder otorgado ante el Notario Don/Dña......................................................... del Ilustre Colegio de ............................................, el día ........................ con el número ............ de su protocolo .............. (en adelante el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO).
## DECLARA :
Que el licitador cumple con las medidas que resulten adecuadas en tanto encargados del tratamiento de datos de los cuales es responsable IBERMUTUA (en adelante el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO) que garanticen el cumplimiento de las exigencias del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en particular, las obligaciones y medidas que abajo se detallan.
Asimismo, que se compromete a mantener la vigencia de los certificados que proceda durante toda la duración del contrato y sus posibles prórrogas (en el caso de estar previstas conforme al cuadro de características .
Condiciones especiales:
I.
Los datos se ceden al contratista para las siguientes finalidades:
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
II.
Los servidores y desde donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se encuentran ubicados en:
Doc.:
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III.
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\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, debiendo estar ubicados dentro del territorio de la Unión Europea en los casos en que la prestación del servicio implique el tratamiento de datos de salud.
Obligándose el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO a comunicar al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO cualquier modificación de la información antes indicada sobre la ubicación de los servidores o los servicios asociados a los mismos.
Se subcontratarán los servidores o los servicios asociados a los mismos:
- [ ] [\_] No
- [ ] [\_] Sí. Indicar el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización dentro del territorio de la Unión Europea, ya que la prestación del servicio implica el tratamiento de datos de salud:
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## Condiciones generales:
- a. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos con otros fines ni para fines propios distintos a los que son objeto del Contrato de Servicios.
- b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de carácter personal de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
- c. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, que contenga la información exigida por el artículo 30.2 del RGPD.
- d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, en los supuestos legalmente admisibles.
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
En este caso, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
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Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
e. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no subcontratará ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Si fuera necesario subcontratar algún tratamiento, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, con una antelación de 20 días naturales, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar, si va a subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO no manifiesta su oposición en el plazo establecido.
El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir la normativa nacional y la de la Unión Europea en materia de protección de datos y las obligaciones establecidas en este documento para el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y las instrucciones que dicte el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Corresponde al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO inicial, regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado del tratamiento (o subencargado) quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad y resto de condiciones establecidas) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
f. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
g. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
h. Mantener a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
i. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
j. Asistir al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la respuesta al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
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Corresponderá al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO resolver y atender frente a los interesados el ejercicio de estos derechos de manera que, cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, éste debe comunicarlo por correo electrónico al Delegado de Protección de Datos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la siguiente dirección de correo electrónico dpd@ibermutua.es.
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
k. Incorporar y facilitar a los interesados la información que elabore el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a tal efecto, en relación con los tratamientos de datos de carácter personal que se van a realizar. Queda prohibido al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO proporcionar a los interesados textos informativos que previamente no estén consensuados con el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
l. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO notificará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de VEINTICUATRO (24) HORAS, y al Delegado de Protección de Datos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a través de la siguiente dirección de correo electrónico dpd@ibermutua.es las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo y sin perjuicio de cualquier otra información relevante, la información siguiente:
a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b) El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
Corresponderá al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos, así como a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el RGPD.
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m. Dar apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las evaluaciones de riesgo y de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
n. Dar apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
o. Poner disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que se realicen por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO u otro auditor autorizado por él en el plazo de 5 días.
p. Llevar a cabo la correspondiente evaluación de riesgos de seguridad y como resultado de la misma, implantar las medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del RGPD, que como mínimo contendrán, concretamente, mecanismos para (i) garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento; (ii) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico; (iii) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento; (iv) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
A tales efectos, respecto de los datos objeto de tratamiento en los sistemas y servicios de tratamiento, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, de acuerdo con el análisis de riesgos que se haya realizado y con las medidas de seguridad establecidas en el mismo y que han de ser adecuadas y máxima seguridad acordes con los datos de categoría especial referentes a la salud de los interesados.
En aquellos casos en que los datos sean objeto de tratamiento en los sistemas y servicios de tratamiento del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, las medidas de seguridad a implantar serán las que se determinen de acuerdo con la evaluación de riesgos que en relación con sus sistemas de tratamiento lleve a cabo el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y que éste pondrá oportunamente en conocimiento del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO para el cumplimiento de las mismas por el personal de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
q. Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la siguiente dirección de correo electrónico dpd@ibermutua.es.
r. En relación con el destino de los datos y siguiendo las instrucciones que en su momento comunique el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, una vez finalizado el presente contrato, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá los datos objeto del encargo de tratamiento.
A tales efectos, en caso en que proceda la devolución al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO los pondrá a su disposición devolviendo incluso, si procede, los soportes donde consten. La devolución, además, comportará, el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos y manuales utilizados por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
En caso en que proceda la devolución a otro encargado del tratamiento designado por escrito por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, serán entregados al tercero designado los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación. La devolución, además, Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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comportará el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos y manuales utilizados por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Finalmente, en caso en que proceda la destrucción de los datos, una vez cumplida la prestación, ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá proceder a su destrucción de forma segura y total de cualquier dato existente en los equipos informáticos y manuales utilizados por el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
En cualquiera de los casos expuestos con independencia de cuál sea la instrucción que emane del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO sobre comunicación de los datos a otro encargado, borrado y/o destrucción y que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deba atender, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO emitirá y entregará al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO el correspondiente certificado con la actuación realizada. Además, en todos los casos será posible que ENCARGADO DEL TRATAMIENTO conserve una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación y a estos solos efectos.
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Anexo II.13.- CERTIFICADO DE VISITA AL CENTRO DE IBERMUTUA MOD\_CON\_24.12
Don/Dña.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con N.I.F nº ---------------------------- , y domicilio en --------------------------------------------------------------------, c/ -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- nº ---------- , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------- con N.I.F. -------------------------------, a la cual represento por su calidad de ----------- ------------------------------------------------------- ha visitado las instalaciones de los centros de IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, nº 274, que son objeto del expediente de licitación tal y como establece el pliego de prescripciones técnicas.
El firmante se compromete a guardar secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos, y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la visita, estando obligado a no hacerlos públicos o enajenar cuantos datos conozca como consecuencia o con ocasión de la misma, incluso después de finalizar el procedimiento de adjudicación y/o el plazo contractual.
Se compromete a mantener estricta confidencialidad y a no revelar o ceder datos, ni aún para su conservación, o documentos proporcionados por Ibermutua o copia de los mismos, a terceros, para cualquier otro uso no previsto como necesario para el desempeño de la obra, especialmente los datos de carácter personal. En el caso de que el adjudicatario, en el ejercicio de la ejecución del servicio, tuviera que manejar ficheros con datos de carácter personal en el marco del objeto del presente contrato, deberá cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en la Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Las empresas licitadoras serán responsables de cualquiera de los daños y perjuicios directos o indirectos sufridos por Ibermutua como resultado del incumplimiento de la presente obligación de confidencialidad. Y para que conste y a los efectos oportunos,
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
## Anexo II.14.- DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE COMPLIANCE MOD\_CON\_24.52
D/Dña............................................................................................................................................................. provisto de DNI/NIE n............................................., en nombre y representación del licitador.................................................................................................................... ....................................... ............. con código o número de identificación (CIF, NIF, etc.) .............................................. con domicilio en .......................................................................................................................... .............., según escritura de poder otorgado ante el Notario Don/Dña......................................................... del Ilustre Colegio de ............................................, el día ........................ con el número ............ de su protocolo ...............
## DECLARA (señalar al menos una opción) :
☐
Disponer de un modelo de organización y gestión en materia de riesgos penales que cumpla los siguientes requisitos:
1. Identificación de las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.
2. Establecimiento de protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.
3. Modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.
4. Obligatoriedad de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.
5. Establecimiento de un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
6. Verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.
A estos efectos se facilita la documentación que abajo se detalla, sin perjuicio de la reserva expresa a favor de IBERMUTUA en orden a su admisión o inadmisión, en la medida que resulte compatible con el sistema implantado en IBERMUTUA y, persistiendo en todo caso la posibilidad de aceptar los procedimientos y políticas de la mutua*.
a.
…………………………………………..
b.
…………………………………………..
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
c.
…………………………………………..
☐
Conocer y prestar expresa conformidad en su integridad a los procedimientos y políticas internas establecidos en el modelo de organización y gestión en materia de Compliance implantado en IBERMUTUA, tanto los que se puedan recoger en el presente documento como cualesquiera otros que, con carácter abierto o restringido pudieren trasladarse a los licitadores y adjudicatarios de obras, servicios y suministros de la mutua, en particular:
- Código de Buen Gobierno.
- Política de Compliance.
## Respecto de estos deberá:
- Difundir y dar a conocer dichos procedimientos y políticas internos a todos los trabajadores que intervengan en la ejecución del contrato, y a comunicar e informar a los mismos sobre cualquier revisión, modificación o eliminación que la Mutua le traslade sobre los mismos. Esta obligación es extensiva a aquellas empresas subcontratistas que, previa conformidad de la mutua en su caso, participen en la ejecución del contrato.
- Velar por su correcto cumplimiento.
- Trasladar a IBERMUTUA cualquier duda, inconveniente o incidencia que pudiera surgir en relación al cumplimiento de los procedimientos y políticas internos en materia penal que le hayan sido facilitados.
- Guardar el más estricto secreto y no difundir ni revelar a terceros, salvo en los casos expresamente contemplados en la Ley, el contenido de las políticas y procedimientos internos de IBERMUTUA que hayan sido facilitados.
Los procedimientos y políticas internos que hubieran sido facilitados por la Mutua tendrán la consideración de elemento esencial de los contratos, constituyendo su incumplimiento causa de resolución de los mismos.
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
En ........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y Sello)
* Los procedimientos y políticas internas de IBERMUTUA se pueden consultar en el siguiente enlace:
Transparencia - Ibermutua Fecha:
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mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Anexo II.15.- DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) MOD\_CON\_24.52
Don/Doña ……………………………………………………, DNI ……………………., como Consejero / Delegado / Gerente de la entidad ………………………………………………, con NIF ………………………….,y domicilio fiscal en ………………………………………….. que participa como, al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación arriba referenciado, la persona firmante
## DECLARA:
Primero . Estar informado/s de lo siguiente:
Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación.
(Fecha y firma, nombre completo y DNI)
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
ANEXO II.16.-DECLARACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O Y DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES MOD\_CON\_24.43
D./Dña ........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa ........................................................................................ con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en ............................................................................................................., en su calidad de .....................................,
## DECLARA*:
1. Cumplimiento de la obligación del porcentaje de trabajadores con discapacidad:
Que la empresa a la que representa emplea a: (marcar la opción que corresponda)
- [ ] Menos de 50 trabajadores.
- [ ] 50 o más trabajadores y (marcar la opción que corresponda)
- [ ] cumple con la obligación de que, entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- [ ] cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
2. Cumplimiento de la normativa de igualdad efectiva entre mujeres y hombres:
Que la empresa a la que representa (marcar la opción que corresponda)
- [ ] emplea a 50 o más trabajadores y cumple con lo establecido en el apartado 2 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad inscrito en el Registro laboral correspondiente.
- [ ] emplea a menos de 50 trabajadores y en aplicación del convenio colectivo aplicable, cumple con lo establecido en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad inscrito en el Registro laboral correspondiente.
- [ ] en aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
*Ibermutua se reserva el derecho a solicitar la acreditación documental de la declaración responsable realizada.
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Anexo III.1.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA MOD\_CON\_24.03
Don/Dña. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- , con DNI nº --------------------------- , y domicilio en ------------------------------------------------------- c/ ------------------------------------------------------------------------------------- nº ------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ----------------------------------------------------------------------------------- ---------------- con N.I.F.----------------------------- , a la cual representa por su calidad de ----------------------------------------------------------- .
PRIMERO: que ha tenido en cuenta en la elaboración de su oferta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad, y protección del medio ambiente.
SEGUNDO: que, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de descripción del objeto, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas que los definen, por el siguiente importe y desglose:
Nota : Sobre el precio total ofertado arriba reseñado por el licitador, se aplicará la fórmula recogida en la cláusula 19.2.2 del cuadro de características , para la adjudicación del contrato.
[Cuando la determinación del precio corresponda a 'precios unitarios máximos', a continuación, se especificará el desglose de la propuesta económica.]
[Serán excluidas las ofertas que superen los precios máximos unitarios establecidos en el ANEXO III.1.PROPOSICIÓN ECONÓMICA del presente pliego.]
La proposición, será formulada en número (los precios unitarios y cuantía total), prevaleciendo en caso de discordancia el importe total resultante de la aplicación de los importes unitarios por el número de unidades.
TERCERO : que a todos los efectos debe de entenderse que, dentro de la presente oferta, ha sido comprendido no sólo el precio de ejecución de la prestación objeto de contratación, sino asimismo la totalidad de gastos que se definen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares obligatorios para el contratista, y especialmente el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente, indicando el tipo impositivo aplicado, sin que el importe global contratado experimente variación como consecuencia de la consignación del tributo.
CUARTO: que se compromete a la estricta observancia de las disposiciones vigentes con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, especialmente en materia de legislación laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Protección de Datos.
| Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA' |
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En -----------------------------------a -----de ------------------------- de 20\_\_
Firma y sello del licitador Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Anexo III.2.- COMPROMISO DE DISPOSICIÓN DE SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
MOD\_CON\_24.47
D . \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, provisto de número D.N.I. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ , en su calidad de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con cargo en vigor y debidamente inscrito, de la Entidad Mercantil "\_\_\_\_\_\_EMPRESA A\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio social en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, C/ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ nº 14, inscrita en el Registro Mercantil de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ al Tomo \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, Folio \_\_\_\_\_ de la Sección \_\_\_\_\_\_Hoja \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y con N. I. F. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_.
## MANIFIESTA
Que la sociedad "\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_", en el caso de resultar adjudicataria de la licitación del expediente de referencia, a los efectos de acreditar la solvencia técnica o profesional exigida, la Sociedad \_\_\_ EMPRESA A \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, [sociedad de reciente creación e íntegramente participada], hace valer - conforme permite el artículo 75 de la Ley de Contratos del Sector Público (9/2017, de 8 de noviembre) la relación de servicios prestados y certificados de buena ejecución de la mercantil" EMPRESA B\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_." sociedad de nacionalidad española con domicilio social en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en Calle \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ nº \_\_\_\_\_ y NIF nº \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ , adjuntados a esta declaración.
En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ de 20\_\_
Fdo. : Firma y Sello
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Anexo IV.1.- MEMORIA EXPOSITIVA DE LOS CRITERIOS SOMETIDOS A UN JUICIO DE VALOR MOD\_CON\_24.51
Se procederá a desarrollar la Memoria expositiva, conforme a lo recogido en los criterios de adjudicación sometidos a juicio de valor que se han establecido en la cláusula 21.3 del cuadro de características del contrato:
En .........................................., a ........ de .......................... de ......
(Firma y sello)
Nota .- La superación del límite de extensión señalado (número de hojas y caras) y la no numeración de las mismas supondrá la no valoración de este apartado y, por tanto, que la oferta se valore en este ítem con cero (0) puntos.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Anexo V.1.- DISPONIBILIDAD DE LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO MOD\_CON\_24.37
DE UNA PARTE, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de ( licitadora )……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..………………………………………. Y DE OTRA, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de ( otra entidad )……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..……………………………………….
## DECLARAN:
- I.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 LCSP, ( licitadora )………………………………….. se ha basado en la solvencia y/o medios de ( tercera entidad )………………………………….. para participar en el procedimiento de adjudicación del contrato cuyo objeto es ( indicar el objeto del contrato ) ………………………………….. referenciado con el número de expediente ( indicar número de expediente ) …………………………………..
- II.- Que ( tercera entidad ) ………………………………….. no está incursa en prohibición de contratar con el sector público.
III.- Que la solvencia y/o medios perteneciente/s a ( tercera entidad )……………………………….. y que pone a disposición de ( licitadora ) ………………………………….. es/son la/los siguiente/s:
…
- IV.- Que dichas solvencia y/o medios estará/n a disposición de ( licitadora )………………………………….. durante toda la vigencia del contrato.
- V.- Que ( tercera entidad ) ………………………………….. va a prestar los servicios para los cuales son necesarios los títulos de estudios y/o los profesionales y/o la experiencia profesional exigidos en la cláusula 18.2 de cuadro de características del contrato 1
- VI.- Que ( licitadora ) ..………………………………….. aportará la documentación adicional requerida por el responsable del contrato cuando este lo considere oportuno a efectos de acreditar la veracidad de las manifestaciones recogidas en la presente declaración, en el plazo que se le haya otorgado para cumplir el requerimiento.
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
Firmado:
( licitadora )
( tercera entidad )
1 Solo en el caso previsto en el tercer párrafo del apartado 1 del art. 75 LCSP.
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Anexo V.2.- AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO MOD\_CON\_24.38
Don/Dña. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- , con DNI nº --------------------------- , y domicilio en ------------------------------------------------------- c/ ------------------------------------------------------------------------------------- nº ------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ----------------------------------------------------------------------------------- ---------------- con N.I.F.----------------------------- , a la cual representa por su calidad de ----------------------------------------------------------- .
## DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, el firmante así como, en su caso, las empresas que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público de 2017, en los términos y condiciones previstos en aquel.
En............................., a...... de....................de 20....
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
MOD\_CON\_24.08
Anexo V.3.- MODELO DE AVAL BANCARIO
La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca ), NIF, con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos ) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre ( nombre y apellidos de los apoderados ), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
## AVALA
a ( nombre y apellidos o razón social del avalado ), NIF …………………, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el contrato ( indicar objeto del contrato y número de expediente ), ante ( indicar poder adjudicador de la cláusula 16.1 del cuadro de características del contrato) con NIF ( indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 del cuadro de características del contrato) , por importe de ( indicar en letra y número ), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que ( indicar poder adjudicador de la cláusula 16.1 del cuadro de características del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o código Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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Anexo V.3.- MODELO DE AVAL BANCARIO -U.T.E.- -
MOD\_CON\_24.08
Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
La entidad ( razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca ), NIF, con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos ) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre ( nombre y apellidos de los apoderados ), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
## AVALA
a ( nombre y apellidos o razón social del avalado nº 1 ), NIF …………………, y a ( nombre y apellidos o razón social del avalado nº 2 ), NIF …………………, CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con el contrato ( indicar objeto del contrato y número de expediente ), ante ( indicar poder adjudicador de la cláusula 16.1 de cláusulas específicas del contrato) con NIF (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 de cláusulas específicas del contrato) , por importe de ( indicar en letra y número ), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que ( indicar poder adjudicador de la cláusula 16.1 del cuadro de características del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o código Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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| Fecha: | mayo / 2025 | Doc.: | Anexo V.4.- MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN MOD_CON_24.45 |
|----------|---------------|---------|---------------------------------------------------------|
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora) , en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………., calle……………………………………………, y NIF………………….. debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados) , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
## ASEGURA
a ( nombre y apellidos o razón social del asegurado ), con NIF ……………………, en concepto de tomador del seguro, ante ( indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 del cuadro de características del contrato) , con NIF que (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 del cuadro de características del contrato) , en adelante asegurados, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el pliego de cláusulas administrativas particulares por el que se rige el contrato ( indicar el objeto del contrato ), en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que ( indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 del cuadro de características del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
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para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En …………………., a………………de………………………..de…………….
Firma: Asegurador (Lugar y fecha)
(firma de los apoderados) (Asegurador)
Provincia
Fecha
Número o código
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Fecha:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
mayo / 2025
## Anexo V.4.- MODELO SEGURO DE CAUCIÓN -U.T.E.-MOD\_CON\_24.45
## MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN -UTE-
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora) , en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………., calle
……………………………………………, y NIF………………….. debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados) , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
## ASEGURA
a ( nombre y apellidos o razón social del asegurado ), con NIF ……………………, y a ( nombre y apellidos o razón social del asegurado ), con NIF ……………………, en concepto de tomadores del seguro, CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, ante ( indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 del cuadro de características del contrato) , con NIF que (indicar NIF recogido en la cláusula 8.5 del cuadro de características del contrato) , en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el pliego de cláusulas administrativas particulares por el que se rige el contrato ( indicar el objeto del contrato ), en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la IBERMUTUA, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 , en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
Doc.:
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que ( indicar poder adjudicador de la cláusula 19.1 del cuadro de características del contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En …………………., a………………de………………………..de…………….
Firma: Asegurador (Lugar y fecha)
(firma de los apoderados) (Asegurador)
Provincia
Fecha
Número o código
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Fecha:
mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
## Anexo V.5.- ANEXO AL CONTRATO RELATIVO A LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN SUBCONTRATACIÓN MOD\_CON\_24.53
ANEXO AL CONTRATO RELATIVO A LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES LEGALES SI HACE USO DE LA SUBCONTRATACIÓN EN LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL.
Don ……………………………, con CIF……………………, actuando en nombre y representación de la mercantil ……………………………….. con CIF…………….., como adjudicataria del contrato referenciado al número XX/XXXX/XXXX/XXXXXX, relativo a la contratación de ……………………………………………………………………………………………, en este acto comunica que como adjudicatario del precitado contrato No/Sí (táchese lo que no proceda) va hacer uso de la subcontratación en la ejecución de las prestaciones que se derivan del contrato adjudicado.
En el caso de que utilice la subcontratación (en el párrafo anterior haya respondido Sí) adquiere las siguientes obligaciones:
- Comunicar por escrito a Ibermutua de su voluntad de hacer uso de la subcontratación. La comunicación se realizará con carácter previo a la utilización de dicha figura jurídica.
- Comunicar la relación de los subcontratados de los que hará uso en la ejecución del contrato, debiendo por cada uno de ellos aportar la siguiente información:
- o Identificación de la persona física y/o jurídica y su CIF
- o Si actúan en su propio nombre o por representante legal, debiendo, en ese caso, identificar al representante y su CIF.
- o Indicar la parte del contrato principal del que se encargará el subcontratado.
- o Importe económico de la parte subcontratada y porcentaje sobre el precio total de adjudicación (ambas cantidades sin impuestos)
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Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
- o Declaración de que ha verificado que la subcontratista reúne los requisitos de aptitud que dispone el artículo 215 LCSP y no se encuentra inhabilitado para contratar y, que se compromete a aportar los documentos que lo acrediten.
- Comunicar, durante toda la ejecución del contrato, cualquier variación que se haya producido sobre los datos de subcontratación remitidos en su momento. Incluyéndose en este apartado, cualquier propuesta de nueva subcontratación que surja a lo largo de la ejecución contractual.
- A trasladar y asegurarse de que las condiciones especiales de ejecución que se recogían en la cláusula 10 del Pliego de Cláusulas Administrativas y Particulares y que lo son exigidas; son cumplidas, en toda su extensión, por los subcontratados.
La información inicial relativa a los párrafos anteriores, deberá adjuntarse al presente documento que constituye un anexo al contrato. Las variaciones de información sobre la subcontratación deberán de comunicarse a esta Entidad dentro del mes en el que se produzcan.
Igualmente, en cumplimiento de la normativa vigente, se exime a Ibermutua de toda responsabilidad que le puedan exigir sus subcontratados, durante la ejecución del contrato del que es adjudicatario y que ha decido subcontratar.
Madrid, a …… de …… de 20\_\_
Fdo.:
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Fecha:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
mayo / 2025
## Anexo VI.1.-COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
MOD\_CON\_24.40
Don/Dña. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con DNI nº ---------------------------, y domicilio en ------------------------------------------------------c/ -------------------------------------------------------------------------------------nº ------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ---------------------------------------------------------------------------------------------------con N.I.F.----------------------------, a la cual representa por su calidad de -----------------------------------------------------------, con relación a la ejecución del contrato con número de expediente -\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y cuyo objeto es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_:
## DECLARA:
- I.Que ha pactado con la/las siguientes empresas la ejecución de los trabajos que se indican a continuación:
- II.Que el importe total de los trabajos subcontratados supone el ………….% del total
- III.Que ha verificado que la subcontratista reúne los requisitos de aptitud que dispone el artículo 215 LCSP y no se encuentra inhabilitada para contratar y, que se compromete a aportar los documentos que lo acrediten.
- IV.Que ha informado a los representantes de los trabajadores de esta subcontratación.
| | | | | EMPRESA SUBCONTRATADA | EMPRESA SUBCONTRATADA |
|----------|---------------|-------------------------------|-------------------------------|-------------------------|-------------------------|
| CAPÍTULO | IMPORTE TOTAL | IMPORTE EMPRESA ADJUDICATARIA | IMPORTE EMPRESA SUBCONTRATADA | NOMBRE | CIF |
| TOTAL | | | | | |
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
Doc.:
Fecha:
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mayo / 2025
Doc.:
Expte. CG-2025/2818/0021 - ' Servicio de asesoría en materia jurídica, representación procesal y defensa técnica en la provincia de Tenerife para IBERMUTUA'
Anexo VI.2.- DECLARACIÓN SOBRE LOS DATOS RELATIVOS A LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO -SUBROGACIÓN-
MOD\_CON\_24.13
D./Dña ........................................................................., con D.N.I. número ..............................., actuando en su propio nombre y derecho/en representación de la empresa ........................................................................................ con C.I.F. .................................. y con domicilio profesional en ............................................................................................................., en su calidad de .....................................,
## DECLARA
Que la empresa a la que representa viene efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tiene la condición de empleadora de los trabajadores afectados, estando obligada a proporcionar la información que seguidamente se detalla:
- Indicar si se trata de un Centro Especial de Empleo:
- Convenio colectivo sectorial de aplicación:
- Que las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato de servicios de ( indicar objeto del contrato ) en la fecha ( indicar día/mes/año ) es el que figura en la siguiente tabla:
| Tipo de Contrato | Vencimiento del contrato | Salario Bruto Anual | Fecha antigüedad | Categoría profesional | Jornada (De lunes a Viernes) |
|--------------------|----------------------------|-----------------------|--------------------|-------------------------|--------------------------------|
Detalle, en su caso, de los pactos en vigor aplicables a los trabajadores:
Detalle, en su caso, del grado de minusvalía de los trabajadores afectados:
El % de absentismo de la plantilla:
Y para que así ́ conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ..........................................., a ..................... de .................. de ............................... .......
Firma y sello del licitador)