Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad
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Oficina de Transparencia, Protección de datos y Sistema Interno
## Antecedentes.
Mediante escrito de fecha 19 de febrero de 2026, notificado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, el órgano de contratación requirió a los siguientes licitadores:
- MG Services Provider, SL
- Professional Group Conversia, SLU
- Eritia Privacidad, SL
- Segurdades, SL
para que justificasen la viabilidad económica de su oferta, en los siguientes términos:
El precio base de licitación fue determinado en el apartado 8 del Anexo I del PCAP mediante memoria económica basada en la adscripción de un Consultor Senior con una dedicación anual máxima de 250 horas, considerando:
- Las funciones, nivel de responsabilidad y autonomía exigidos en el PPT.
- La cualificación académica y certificaciones valorables.
- La experiencia mínima requerida (3 años como DPD y consultor en protección de datos).
- Los costes salariales de referencia del sector.
- El coste del seguro de responsabilidad civil.
- Los costes sociales, gastos indirectos y beneficio industrial.
El objeto del contrato consiste esencialmente en la prestación de 250 horas anuales de un profesional cualificado con las características definidas en el PPT, no existiendo otros elementos materiales relevantes que incidan significativamente en la estructura de costes.
Por lo que se le requiere para que, en el plazo de 10 días hábiles, presente justificación detallada y documentada de la viabilidad de la oferta presentada, consistente en los siguientes apartados:
## A) IDENTIFICACIÓN DEL RÉGIMEN LABORAL APLICABLE
Convenio colectivo aplicable al Consultor Senior adscrito a la ejecución del contrato (sectorial, de empresa u otro régimen jurídico laboral que resulte de aplicación).
Grupo profesional y nivel concreto en el que se encuadra el Consultor Senior adscrito.
Justificación de que dicho grupo profesional resulta funcionalmente equivalente al perfil exigido en el PPT en cuanto a titulación, experiencia profesional, funciones de asesoramiento especializado, nivel de autonomía técnica y eventuales funciones de supervisión.
En caso de tratarse de socio, administrador o profesional autónomo, justificación del régimen jurídico aplicable, el sistema de retribución previsto y la viabilidad económica de dicho sistema retributivo considerando la dedicación ofertada (250 horas/año).
B) DESGLOSE DETALLADO DEL COSTE LABORAL
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## EXPEDIENTE 2025/00109
Servicio de asesoramiento y consultoría en materia de protección de datos personales y externalización del Delegado de Protección de Datos
INFORME SOBRE ALEGACIONES PRESENTADAS
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Cuadro desglosado que incluya, como mínimo, para el Consultor Senior asignado:
- Salar io base anual bruto
- Complementos salariales obligatorios
- Prorrateo de pagas extraordinarias
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social
- Jornada anual efectiva considerada
- Cálculo del coste empresa/hora
- Imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales
## Con acreditación de que:
- El salario no es inferior al mínimo previsto en el convenio legalmente aplicable.
- El coste hora resultante es coherente con la adscripción de un profesional que cumple los requisitos del PPT.
- El coste dec larado incluye la totalidad de cargas sociales obligatorias.
## C) COHERENCIA ECONÓMICA GLOBAL DE LA OFERTA
Justificación de que el precio ofertado cubre íntegramente los costes laborales reales, generales y estructurales, incluyendo la póliza de seguro de responsabilidad civil subscrita, y de que la ejecución del contrato no generará pérdidas estructurales incompatibles con una ejecución normal y continuada del servicio durante la vigencia contractual.
El requerimiento advertía expresamente que "aunque no se exige la aplicación de un convenio colectivo determinado, el coste laboral declarado deberá ser compatible con la adscripción efectiva de un profesional que reúna las características técnicas mínimas exigidas en el PPT. No serán admisibles justificaciones basadas en salarios inferiores a los mínimos legales o en encuadramientos profesionales no funcionalmente equivalentes al perfil requerido (por ejemplo, grupos correspondientes a perfiles administrativos, consultores junior o de menor cualificación)".
## Evaluación de las alegaciones.
Examinadas las justificaciones remitidas por los cuatro licitadores requeridos, se aprecia que ninguna de ellas acredita de forma suficiente la viabilidad económica de las ofertas presentadas ni el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral conforme al artículo 201 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
## En particular:
1. MG SERVICES PROVIDER, S.L. no aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, lo que impide verificar el cumplimiento de las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable. Asimismo, intenta declarar la retribución de la socia que ejecutará el contrato (coste laboral) como beneficio industrial ( "forma parte del Beneficio Industrial de la sociedad").
2. PROFESSIONAL GROUP CONVERSIA, S.L.U . no aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, lo que impide verificar el cumplimiento de las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable. Además, presenta costes para dos perfiles diferentes (Consultor Senior: 24,69€/h y Consultor Júnior: 14,82€/h) sin especificar la distribución horaria entre ambos, lo que evidencia que no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior conforme exige el PPT, sino una prestación mixta que incumple el objeto contractual. Adicionalmente, declara costes indirectos de 0,00€ alegando que "se encuentran ya amortizados" por su cartera de clientes en Andalucía, lo que constituye
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subsidiación del contrato por otros contratos. Asimismo, declara un beneficio industrial de 1,24%, muy inferior al mínimo legal del 6%.
3. ERITIA PRIVACIDAD, S.L . no aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, lo que impide verificar el cumplimiento del artículo 201 LCSP. Las "evidencias de mercado" aportadas (facturas de servicios prestados a otros clientes) muestran una incoherencia tarifaria significativa, pues las tarifas habituales de ERITIA por servicios equivalentes son sustancialmente superiores al precio ofertado a la Universidad de Córdoba. Asimismo, la justificación se basa en la existencia de 'factores objetivos de organización y eficiencia' y en el uso de herramientas que permiten 'reducir tiempos' y 'disminuyen horas de trabajo', lo que entra en contradicción con la oferta de ampliación del número de horas de dedicación hasta las 250 comprometidas.
4. SEGURDADES, S.L. no aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a declarar una cifra global de 4.680,00€ sin especificar salario base, complementos, cotizaciones, jornada anual, coste empresa/hora ni imputación específica a 250 horas anuales. Reconoce expresamente que aplicará un "modelo de consultoría optimizada, combinando perfiles senior y técnicos", lo que evidencia que no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior conforme exige el PPT. Declara costes de estructura y administración de 120,00€ para dos años (60€/año) y coste de herramientas tecnológicas (Plataforma RGPD PILOT) de 0,00€, importes manifiestamente insuficientes que evidencian subsidiación del contrato.
Por todo lo expuesto, y conforme al análisis detallado que se recoge en los Anexos I a IV del presente informe, se propone a la Mesa de Contratación que adopte acuerdo de exclusión de las ofertas presentadas por los cuatro licitadores requeridos en base a los siguientes motivos:
- MG SERVICES PROVIDER, S.L.: por no acreditar el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral derivadas del artículo 201 LCSP.
- PROFESSIONAL GROUP CONVERSIA, S.L.U., ERITIA PRIVACIDAD, S.L. y SEGURDADES, S.L.: por presentar ofertas incursas en valores anormales o desproporcionados no justificados y por no acreditar el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral derivadas del artículo 201 LCSP.
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## Anexo I. Informe sobre alegaciones de MG SERVICES PROVIDER, S.L.
## I. Resumen de alegaciones.
Con fecha 8 de marzo de 2026, MG SERVICES PROVIDER, S.L. presentó escrito de justificación de en el que:
- a) Declaró que la socia directora, que es quien se adscribirá a la ejecución del contrato, tiene la condición de socia de la mercantil, y que "su retribución forma parte del Beneficio Industrial de la sociedad" (apartado 2.4 de la justificación).
- b) Declaró gastos laborales de 6.768,00€ para dos años, sin aportar el desglose solicitado en el apartado B) del requerimiento (apartado 3.1 de la justificación).
- c) Declaró beneficio industrial de 419,20€ (4,64%) sobre el precio ofertado.
## II. Análisis de la justificación presentada.
La justificación presentada por MG SERVICES PROVIDER, S.L. no permite verificar el cumplimiento del artículo 201 LCSP, por las siguientes razones:
## 1. Incumplimiento del requerimiento de desglose del coste laboral.
MG SERVICES PROVIDER, S.L.no ha aportado el desglose de costes laborales detallado solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a declarar una cifra global de "gastos laborales: 6.768,00€" sin especificar:
- Salario base anual bruto
- Prorrateo de pagas extraordinarias
- Complementos salariales obligatorios
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social
- Cálculo del coste empresa/hora
- Jornada anual efectiva considerada
- Imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales
Esta omisión impide verificar si el coste laboral declarado cumple con las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable, conforme exige el artículo 201 LCSP.
## 2. Retribución del socio y beneficio industrial.
MG SERVICES PROVIDER, S.L. declara que la retribución de la socia que ejecutará el contrato "forma parte del Beneficio Industrial de la sociedad".
La retribución del trabajo efectivamente prestado por la socia (que es un coste laboral del contrato, sujeto a cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o al régimen que corresponda) es un coste de producción del servicio. Si este coste no puede ejecutarse el servicio.
La retribución del socio que ejecuta materialmente el contrato no puede imputarse como "beneficio industrial", sino como coste laboral, y debe cumplir con las condiciones salariales del convenio aplicable.
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Sin el desglose solicitado, no es posible verificar que la retribución de la socia cumple con dichas condiciones.
## Conclusiones.
La justificación presentada por MG SERVICES PROVIDER, S.L. no acredita de forma suficiente el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral conforme al artículo 201 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por los siguientes motivos:
- a) No aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, lo que impide verificar el cumplimiento de las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable.
- b) Evidencia una confusión conceptual entre retribución del socio (coste laboral) y beneficio industrial, al declarar que la retribución de la socia que ejecutará el contrato "forma parte del Beneficio Industrial de la sociedad".
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## Anexo II. Informe sobre alegaciones de CONVERSIA, S.L.U.
## I. Resumen de alegaciones.
Con fecha 23 de febrero de 2026, PROFESSIONAL GROUP CONVERSIA, S.L.U. presentó escrito de justificación en el que:
a) Aportó un cuadro de costes anuales con los siguientes datos:
- Coste/hora Consultor Senior: 24,69€
- Coste total horas consultores: 2.518,78€
- Coste/hora Consultor Júnior: 14,82€
- Coste directo: 2.518,78€
- Coste indirecto: 0,00€
- Coste desplazamiento: 0,00€
- Beneficio industrial: 31,22€
- TOTAL: 2.550,00€/año
b) No especificó la distribución horaria entre Consultor Senior y Consultor Júnior, limitándose a indicar que tiene "equipos con diferentes niveles de Seniority" y un departamento de Consultoría formado por 30 consultores (seniors y juniors).
## II. Análisis de la justificación presentada.
La justificación presentada por PROFESSIONAL GROUP CONVERSIA, S.L.U. no permite verificar el cumplimiento del objeto contractual ni del artículo 201 LCSP, por las siguientes razones:
## 1. Presentación de costes para dos perfiles (Senior y Júnior) sin especificar distribución horaria.
El Pliego de Prescripciones Técnicas exige (apartado 4.3) que el adjudicatario adscriba 'un Consultor Senior con una experiencia mínima demostrable de 3 años, en los últimos 10 años, realizando funciones de Delegado de Protección de Datos y consultoría en materia de protección de datos'.
La mejora ofertada en el apartado 6.1 del PPT consiste en ampliar la dedicación de este Consultor Senior hasta 250 horas anuales.
Por tanto, las 250 horas comprometidas deben ser íntegramente de Consultor Senior, no una combinación de perfiles Senior y Júnior.
CONVERSIA presenta en su justificación costes para dos perfiles diferentes:
- Consultor Senior: 24,69€/h
- Consultor Júnior: 14,82€/h
CONVERSIA no ha aportado el desglose de costes laborales detallado solicitado en el apartado B) del requerimiento, sin haber concretado los siguientes apartados:
- Salario base anual bruto
- Prorrateo de pagas extraordinarias
- Complementos salariales obligatorios
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social
- Cálculo del coste empresa/hora
- Jornada anual efectiva considerada
- Imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales
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Esta omisión evidencia que CONVERSIA no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior, sino una prestación mixta (Senior / Júnior) que incumple el objeto contractual definido en el PPT.
La presentación de costes para dos perfiles sin especificar distribución horaria impide verificar que el precio ofertado cubre 250 horas anuales de Consultor Senior conforme al artículo 201 LCSP.
Por otro lado, el apartado A) del requerimiento pedía identificar el régimen laboral del personal que ejecutará el contrato (relación laboral por cuenta ajena, RETA, socio de la mercantil) y, en su caso, convenio colectivo aplicable, algo que tampoco ha sido incluido en la justificación presentada. CONVERSIA menciona que dispone de 'personal propio' sin especificar régimen laboral concreto ni convenio aplicable, lo que impide verificar el convenio colectivo de referencia utilizado para comprobar el cumplimiento del artículo 201 LCSP.
## 2. Imputación de costes indirectos nulos.
CONVERSIA declara en su estructura de costes: "Coste indirecto: 0,00€".
Esta imputación de costes indirectos nulos es económicamente inviable para un contrato de dos años de duración, pues todo contrato debe soportar proporcionalmente los costes estructurales necesarios para su ejecución (estructura organizativa, gestión administrativa, sistemas informáticos, etc.).
Aunque CONVERSIA alega que dispone de "economías de escala" derivadas de su dimensión (350 empleados, más de 185.000 clientes), las economías de escala pueden justificar una reducción del porcentaje de costes indirectos, pero no su eliminación total.
En cualquier caso, el licitador argumenta que 'no debe imputar coste alguno en la presente oferta puesto que aquellos que se pudieran derivar de la prestación del servicio se encuentran ya amortizados' por disponer de activos en la zona geográfica de la Comunidad de Andalucía.
La imputación de costes indirectos nulos evidencia que CONVERSIA está ofertando ejecutar el contrato a precio de coste variable (cubriendo solo costes directos), alegando que los costes fijos están amortizados por otros contratos, lo que podría constituir una práctica de subsidiación que distorsiona la competencia.
## 3. Beneficio industrial declarado de 31,22€ (1,24%).
CONVERSIA declara un beneficio industrial de 31,22€ sobre costes de 2.518,78€, lo que representa un 1,24%.
Este beneficio industrial es muy inferior al mínimo legal del 6% establecido en el artículo 131 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, lo que evidencia una estructura de costes inviable que genera riesgo de incumplimiento.
## III. Conclusiones.
La justificación presentada por PROFESSIONAL GROUP CONVERSIA, S.L.U. no acredita de forma suficiente la viabilidad económica de su oferta ni el cumplimiento del objeto contractual, por los siguientes motivos:
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- a) Presenta costes para dos perfiles diferentes (Consultor Senior: 24,69€/h y Consultor Júnior: 14,82€/h) sin especificar la distribución horaria entre ambos, lo que evidencia que no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior conforme exige el PPT, sino una prestación mixta que incumple el objeto contractual.
- b) Declara costes indirectos de 0,00€, lo que es económicamente inviable y constituye subsidiación del contrato por otros contratos.
- c) Declara un beneficio industrial de 1,24%, muy inferior al mínimo legal del 6%, lo que evidencia inviabilidad económica.
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## Anexo III. Informe sobre alegaciones de ERITIA PRIVACIDAD, S.L.
## I. Resumen de alegaciones.
Con fecha 6 de marzo de 2026, ERITIA PRIVACIDAD, S.L. presentó escrito de justificación en el que:
- a) Aportó una Declaración Responsable del administrador en la que se hace constar que "el firmante, en su condición de administrador y representante legal, no mantiene una relación laboral retribuida mediante nómina con la mercantil ERITIA PRIVACIDAD, S.L." (apartado 3.2 de la justificación).
- b) No aportó el desglose del coste laboral solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a describir la estructura genérica de su oferta económica sin especificar salario base, complementos, cotizaciones, jornada anual, coste empresa/hora, ni imputación específica a 250 horas anuales.
- c) Aportó como "evidencias de mercado" (apartado 3.3) facturas de servicios prestados a otros clientes, entre las que destacan:
- Factura 000039 (16/05/2025): Designación DPD y notificación AEPD: 1.200,00€. Gestión brecha seguridad: 300,00€
- Factura 000037 (05/06/2024): Confección informe de idoneidad: 210,00€
- Facturas 000085 y 000086 (28/11/2024): Adaptación normativa para atención derechos: 190,00€ y 265,00€
- d) Describe la herramienta "Privacy Driver" (apartado 3.4) como elemento clave que permite "reducir tiempos administrativos" y "disminución de horas destinadas a tareas repetitivas".
## II. Análisis de la justificación presentada.
La justificación presentada por ERITIA PRIVACIDAD, S.L. no permite verificar el cumplimiento del artículo 201 LCSP ni la viabilidad económica de la oferta, por las siguientes razones:
## 1. Incumplimiento del requerimiento de desglose del coste laboral.
ERITIA PRIVACIDAD, S.L. no ha aportado el desglose de costes laborales detallado solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a ofrecer una Declaración Responsable indicando que el administrador "no mantiene una relación laboral retribuida mediante nómina" con la mercantil. No se incluye, por tanto:
- Salario base anual bruto.
- Prorrateo de pagas extraordinarias.
- Complementos salariales obligatorios.
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
- Cálculo del coste empresa/hora.
- Jornada anual efectiva considerada.
- Imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales.
ERITIA afirma que 'La diferencia existente […] no obedece a una minoración de la dedicación comprometida, ya que esta parte licitadora mantiene y asume expresamente la dedicación pre- vista como mejora en el PPT, esto es, 250 horas anuales'. Sin embargo, la justificación se basa en 'factores objetivos de organización y eficiencia' incluyendo el uso de la herramienta Privacy Driver 'lo que se traduce en una disminución de horas destinadas a tareas repetitivas'. Esta contradicción entre mantener 250 horas comprometidas y al mismo tiempo alegar reducción de tiempos evidencia que el precio no está calculado sobre 250 horas reales de Consultor Senior, sino sobre un modelo mixto (menos horas efectivas y uso de herramienta automatizada) que no se ajusta al objeto del contrato.
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Con la memoria justificativa presentada no es posible verificar que el coste laboral cumple con las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable, conforme exige el artículo 201 LCSP.
## 2. Incoherencia entre las "evidencias de mercado" aportadas y el precio ofertado.
ERITIA aporta como "evidencias de mercado" facturas de servicios de naturaleza análoga prestados a otros clientes.
Sin embargo, las tarifas reflejadas en dichas facturas evidencian una incoherencia significativa con el precio ofertado a la Universidad de Córdoba:
- Designación DPD inicial: 1.200€ (tarea puntual).
- Redacción de 1 informe de idoneidad: 210€.
- Gestión de 1 brecha de seguridad: 300€.
- Adaptación normativa para atención derechos: 190€ o 265€.
El apartado 2 del PPT ("Datos de contexto") indica que la Universidad de Córdoba registró 73 actuaciones documentadas en el período octubre 2024 - septiembre 2025 (consultas, ejercicios de derechos, supervisión de convenios, emisión de informes, gestión de brechas, etc.).
Las tarifas que ERITIA cobra habitualmente por servicios equivalentes son sustancialmente superiores al precio ofertado (2.900€/año), lo que genera dudas razonables sobre la viabilidad económica de la oferta.
Las "evidencias de mercado" aportadas, lejos de acreditar viabilidad, muestran incoherencia entre las tarifas habituales de ERITIA y el precio ofertado a la Universidad de Córdoba.
## 3. Contradicción entre la oferta técnica y la justificación económica.
ERITIA dedica buena parte de su justificación a describir la herramienta "Privacy Driver" como elemento clave que permite "reducir tiempos administrativos" y la "disminución de horas destinadas a tareas repetitivas" (apartado 3.4).
Esta argumentación entra en contradicción con el compromiso de adscripción de 250 horas anuales de Consultor Senior.
Si la herramienta "Privacy Driver" permite "reducir tiempos" y "disminuir horas", entonces ERITIA está reconociendo implícitamente que no necesita prestar 250 horas efectivas para ejecutar el servicio, sino menos horas gracias a las "eficiencias" de la herramienta.
Sin embargo, en su oferta técnica, ERITIA comprometió expresamente 250 horas anuales de Consultor Senior, obteniendo por ello la máxima puntuación (15 puntos).
Esta contradicción evidencia que el precio ofertado no está calculado sobre la base de prestar efectivamente 250 horas anuales de Consultor Senior conforme al PPT, sino sobre un modelo mixto (menos horas efectivas y uso de herramienta automatizada) que no se ajusta al objeto del contrato.
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## III. Conclusiones.
La justificación presentada por ERITIA PRIVACIDAD, S.L. no acredita de forma suficiente la viabilidad económica de su oferta ni el cumplimiento de las obligaciones laborales conforme al artículo 201 LCSP, por los siguientes motivos:
- a) No aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, lo que impide verificar el cumplimiento de las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable conforme exige el artículo 201 LCSP.
- b) Las "evidencias de mercado" aportadas (facturas de servicios prestados a otros clientes) evidencian una incoherencia tarifaria significativa, pues las tarifas habituales de ERITIA por servicios equivalentes son sustancialmente superiores al precio ofertado a la Universidad de Córdoba.
- c) La justificación se basa en una contradicción estructural entre la oferta técnica (250 horas anuales de Consultor Senior) y la justificación económica (herramienta que permite "reducir tiempos" y "disminuir horas"), lo que evidencia que el precio no está calculado sobre 250 horas reales de Consultor Senior.
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## Anexo IV. Informe sobre alegaciones de SEGURDADES, S.L.
## I. Resumen de alegaciones.
Con fecha 9 de marzo de 2026, SEGURDADES, S.L. presentó escrito de justificación en el que:
- a) Declaró costes laborales de 4.680,00€ para los dos años de contrato, sin aportar el desglose solicitado en el apartado B) del requerimiento.
- b) Declaró expresamente que "dado el alto grado de especialización del equipo y su amplia experiencia en la materia, la prestación del servicio se realiza mediante un modelo de consultoría optimizada, combinando perfiles senior y técnicos" (apartado 5.1.1 de la justificación).
- c) Presentó la siguiente estructura de costes (apartado 5.2):
- Costes laborales: 4.680,00€
- Herramientas tecnológicas (Plataforma RGPD PILOT): 0,00€
- Costes estructura y administración (preamortizados): 120,00€
- Gastos desplazamiento: 300,00€
- Precio ofertado: 5.872,00€
- TOTAL COSTES: 5.100,00€
- Beneficio industrial (13,14%): 772,00€
d) Dedicó varias páginas (10-12) a describir la plataforma "RGPD PILOT" como elemento clave que permite "notable ahorro de tiempo" y afirma que evitan "encarecer costes, con el pago de licencias a terceros".
## II. Análisis de la justificación presentada.
La justificación presentada por SEGURDADES, S.L. no permite verificar el cumplimiento del objeto contractual ni del artículo 201 LCSP, por las siguientes razones:
## 1. Incumplimiento del requerimiento de desglose del coste laboral.
El apartado B) del requerimiento solicitaba expresamente el desglose detallado del coste laboral, incluyendo el cálculo del coste empresa/hora y la imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales.
SEGURDADES, S.L. no ha aportado el desglose de costes laborales detallado solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a declarar una cifra global de "costes laborales: 4.680,00€" sin especificar:
- Salario base anual bruto.
- Prorrateo de pagas extraordinarias.
- Complementos salariales obligatorios.
- Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
- Imputación del coste correspondiente a 250 horas anuales
- Cálculo del coste empresa/hora
Esta omisión impide verificar que el coste laboral declarado cumple con las condiciones salariales del convenio colectivo aplicable, conforme exige el artículo 201 LCSP.
| Código Seguro De Verificación: | eGuRxgubc9XL2Qq1NKoc2A== | Estado | Fecha y hora |
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| Firmado Por | Jose Antonio Garcia Leiva | Firmado | 09/04/2026 13:05:29 |
| Observaciones | | Página | 12/14 |
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Por otro lado, el apartado A) del requerimiento pedía identificar el régimen laboral del personal que ejecutará el contrato (relación laboral por cuenta ajena, RETA, socio de la mercantil) y, en su caso, convenio colectivo aplicable.
SEGURDADES indica que el convenio aplicable es el de Oficinas y Despacho de Cataluña, pero no especifica la categoría profesional ni aporta el desglose salarial conforme a las tablas del convenio, por lo que no es posible verificar si el coste laboral declarado (4.680€) cumple con las condiciones salariales mínimas
## 2. Reconocimiento expreso de prestación mixta que incumple el objeto contractual.
El Pliego de Prescripciones Técnicas exige (apartado 4.3) que el adjudicatario adscriba 'un Consultor Senior con una experiencia mínima demostrable de 3 años, en los últimos 10 años, realizando funciones de Delegado de Protección de Datos y consultoría en materia de protección de datos'.
La mejora ofertada en el apartado 6.1 del PPT consiste en ampliar la dedicación de este Consultor Senior hasta 250 horas anuales.
Por tanto, las 250 horas comprometidas deben ser íntegramente de Consultor Senior, no una combinación de perfiles Senior y técnicos de menor cualificación.
SEGURDADES reconoce expresamente en su justificación (apartado 5.1.1) que aplicará un "modelo de consultoría optimizada, combinando perfiles senior y técnicos".
Este reconocimiento evidencia que SEGURDADES no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior, sino una prestación mixta (Senior / técnicos) que incumple el objeto contractual definido en el PPT.
## 3. Costes de estructura y herramientas tecnológicas manifiestamente insuficientes.
SEGURDADES declara en su estructura de costes:
- Costes estructura y administración (preamortizados): 120,00€ para dos años (60€/año)
- Herramientas tecnológicas (Plataforma RGPD PILOT): 0,00€
Sin embargo, SEGURDADES se presenta como una empresa con 24 años de antigüedad, con más de 2.000 clientes, que realiza 1.800 auditorías al año, con plantilla de 10 juristas y 2 ingenieros, un plató de grabación profesional propio y desarrollo de software propio (plataforma RGPD PILOT).
La imputación de solo 60€/año de costes estructurales es manifiestamente insuficiente para cubrir la parte proporcional de los costes de alquileres, suministros, estructura administrativa, sistemas informáticos y amortizaciones necesarios para la ejecución del contrato.
Asimismo, SEGURDADES dedica 3 páginas de su justificación a describir la plataforma RGPD PILOT como elemento esencial que permite un "notable ahorro de tiempo" y con la que "evitamos encarecer costes", pero declara un coste de 0,00€ para dicha herramienta.
Esta contradicción evidencia que SEGURDADES está ofertando ejecutar el contrato a precio de coste variable (cubriendo solo costes directos), alegando 'la amortización previa de los costes estructurales necesarios para la ejecución de este tipo de contratos', lo que constituye una práctica de subsidiación que distorsiona la competencia y genera riesgo de inviabilidad.
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| Firmado Por | Jose Antonio Garcia Leiva | Firmado | 09/04/2026 13:05:29 |
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La justificación presentada por SEGURDADES, S.L. no acredita de forma suficiente la viabilidad económica de su oferta ni el cumplimiento del objeto contractual y de las obligaciones laborales conforme al artículo 201 LCSP, por los siguientes motivos:
- a) No aporta el desglose del coste laboral del Consultor Senior solicitado en el apartado B) del requerimiento, limitándose a declarar una cifra global de 4.680,00€ sin especificar salario base, complementos, cotizaciones, jornada anual, coste empresa/hora ni imputación específica a 250 horas anuales, lo que impide verificar el cumplimiento del artículo 201 LCSP.
- b) Reconoce expresamente que aplicará un "modelo de consultoría optimizada, combinando perfiles senior y técnicos", lo que evidencia que no pretende adscribir 250 horas anuales íntegras de Consultor Senior conforme exige el PPT, sino una prestación mixta que incumple el objeto contractual.
- c) Declara costes de estructura y administración de 120,00€ para dos años (60€/año) y coste de herramientas tecnológicas (Plataforma RGPD PILOT) de 0,00€, importes manifiestamente insuficientes que evidencian subsidiación del contrato por otros contratos e inviabilidad económica.
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