20251210_2025_109_002_serv_ar_01_PCAP FP firm.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES SERVICIOS <!-- image --> Expediente: 2025/00109 Título: Servicio de asesoramiento y consultoría en materia de protección de da- tos personales y externalización del Delegado de Protección de Datos Localidad: Córdoba Código CPV 08: 791110000 - Servicio de asesoría jurídica 79140000-7 - Servicios de asesoría e información jurídica 79411000 - Servicios generales de consultoría en gestión 79417000 - Servicios de consultoría en seguridad 72310000-1 - Servicios de tratamiento de datos 72322000-8 - Servicios de gestión de datos El presente modelo de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares ha sido informado por la Letrada Jefe de la Asesoría Jurídica de la Universidad de Córdoba con fecha 09/02/2024, Informe nº 389.10/2023 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 1/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SERVICIOS DE 202500109, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO - PAS EXPEDIENTE: | TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.....................................................................................................................5 | |----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | CAPÍTULO I RÉGIMEN JURÍDICO.........................................................................................................................5 | | Cláusula 1 - RÉGIMEN JURÍDICO. ...................................................................................................................5 | | CAPÍTULO II DEL ÓRGANO CONTRATANTE.........................................................................................................6 | | Cláusula 2 - ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.....................................................................................................6 | | Cláusula 3 - RESPONSABLE DEL CONTRATO...................................................................................................6 | | Cláusula 4 - UNIDAD ENCARGADA DE SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO....................................7 | | CAPÍTULO III DEL CONTRATO .............................................................................................................................7 | | Cláusula 5 - OBJETO Y NECESIDAD DEL CONTRATO.......................................................................................7 | | Cláusula 6 - VALOR ESTIMADO.......................................................................................................................7 | | Cláusula 7 - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO. ................................................7 | | Cláusula 8 - EXISTENCIA DE CRÉDITO.............................................................................................................8 | | Cláusula 9 - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. .................................................................................................8 | | Cláusula 10 - PRÓRROGA DEL CONTRATO. ....................................................................................................8 | | Cláusula 11 - CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. ..............................................................................9 | | Cláusula 12 - REVISIÓN DE PRECIOS...............................................................................................................9 | | CAPÍTULO IV: DEL LICITADOR...........................................................................................................................10 | | Cláusula 13 - DEL LICITADOR. APTITUD PARA CONTRATAR.........................................................................10 | | Cláusula 14 - CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA. ................................................................................................10 | | Cláusula 16 - REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS. .........................................12 | | CAPÍTULO V: DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN...................................................................................12 | | Cláusula 17 - DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. PROCEDIMIENTO.................................................12 | | Cláusula 18 - PUBLICIDAD. ...........................................................................................................................12 | | Cláusula 19 - CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. ...............................................................................................12 | | TÍTULO II LICITACIÓN DEL CONTRATO..................................................................................................................13 | Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 2 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 2/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 | CAPÍTULO I DE LAS PROPOSICIONES. ...............................................................................................................13 | | |------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Cláusula 20 - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. .....................................................................................13 | | | Cláusula 21 - FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.....................................................................14 | | | Cláusula 22 - ÚNICO SOBRE: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES...............................................................................................................................14 | | | Cláusula 23 - CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, VALORACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES...........................................................................................................................................16 | | | CAPÍTULO II DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN .......17 | | | Cláusula 24 - EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN. | ...17 | | Cláusula 25 - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.............................................................................................17 | | | Cláusula 26 - PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN. ...........................................................................................22 | | | TÍTULO III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ...............................................................................................................23 | | | CAPÍTULO I DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ..........................................................................23 | | | Cláusula 27 - VALORACIONES Y ABONOS.....................................................................................................23 | | | Cláusula 28 - OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. ...................................25 | | | Cláusula 29 - OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y DE TRANSPARENCIA...............................................25 | | | Cláusula 30 - DEBER DE CONFIDENCIALIDAD...............................................................................................26 | | | Cláusula 31 - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. ...............................................................27 | | | Cláusula 32 - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS. .......................................27 | | | CAPÍTULO II DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ..............................................................................................28 | | | Cláusula 33 - RIESGO Y VENTURA. ...............................................................................................................28 | | | Cláusula 34 - PROGRAMA DE TRABAJO. ......................................................................................................28 | | | Cláusula 35 - TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS. ....................................................................28 | | | Cláusula 36 - CUMPLIMIENTO DEL PLAZO Y PENALIDADES POR DEMORA..................................................29 | | | Cláusula 37 - CESIÓN DEL CONTRATO..........................................................................................................29 | | | Cláusula 38 - SUBCONTRATACIÓN...............................................................................................................30 | | | Cláusula 39 - MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.............................................................................................33 | | | Cláusula 40 - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.................................................................................................34 | | | CAPÍTULO III. EXTINCIÓN DEL CONTRATO........................................................................................................34 Cláusula 41 - RESOLUCIÓN DEL | CONTRATO.................................................................................................35 | | Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 Córdoba (España) &#124; Telf.: +34957 218 065/062 &#124; Fax: +34 957 218 030 &#124; email: Cláusula 42 - FORMA DE PRESENTACIÓN. ...................................................................................................35 | | Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 3 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 3/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 | Cláusula 43 - REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS Y ENTREGA DE LOS TRABAJOS............................................35 | |----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Cláusula 44 - RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN....................................................................................................36 | | Cláusula 45 - PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. ..............................................................................................37 | | Cláusula 46 - PLAZO DE GARANTÍA..............................................................................................................37 | | Cláusula 47 - PRERROGATIVAS Y FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN....................................................38 | | Cláusula 48 - RECURSOS...............................................................................................................................38 | | ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.........................................................................................................40 | | ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES - SOBRE ÚNICO................................................................................ ¡Error! Marcador no definido. | | ANEXO III DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP. . ¡Error! Marcador no definido. | | ANEXO IV INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS. .................................... ¡Error! Marcador no definido. ANEXO V MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN - MODELO DE AVAL.... ¡Error! | | Marcador no definido. | | ANEXO VI MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN - MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN......................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. | | ¡Error! Marcador no definido. | | ................................................................................................................................. | | VII MODELO DE COMPROMISO PARA LA INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS. | | ANEXO | - página 4 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 4/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SERVICIOS DE 202500109, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO - PAS EXPEDIENTE: ## TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ## CAPÍTULO I RÉGIMEN JURÍDICO [Instrucciones de cumplimentación del Clausulado General: Todas las cláusulas generales de este PCAP han sido cumplimentadas en función de la selección de las respuestas facilitadas a través del formulario y se encuentran cerradas, únicamente precisan concretar algún dato las siguientes: - -La cláusula de Régimen Jurídico: para incorporar la referencia a la normativa autonómica que, en su caso, proceda. - -La cláusula de Recursos: para incorporar, si procede recurso especial en materia de contratación, la identificación del Tribunal que conocerá del mismo. Lo anterior sin perjuicio de analizar y, en su caso, adaptar al expediente concreto aquellas cláusulas que se consideren necesarias.] ## Cláusula 1 - RÉGIMEN JURÍDICO. El presente contrato tiene carácter administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas. El pliego de prescripciones técnicas particulares y el pliego de cláusulas administrativas particulares tienen carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por la entidad adjudicataria, en el mismo acto de formalización del contrato. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (RD 817/2009); por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 5 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 5/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 en todo lo que no se oponga a la anterior. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por la disposición derogatoria de la LCSP. En todo caso, las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se oponga a la LCSP. Asimismo, el contrato se regirá por el Reglamento (UE) 2022/2560 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior. Además, el contrato queda sometido a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. ## CAPÍTULO II DEL ÓRGANO CONTRATANTE ## Cláusula 2 - ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. De conformidad con el artículo 61 LCSP, la representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación. Para el presente contrato el órgano de contratación será el que figure en el apartado relativo a los ' Órganos administrativos ' del Anexo I al pliego . ## Cláusula 3 - RESPONSABLE DEL CONTRATO. Al responsable del contrato le corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 LCSP, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. En el presente contrato el responsable del contrato será el que figura en el apartado relativo al ' Responsable del contrato y Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato ' del Anexo I al pliego. Son funciones del responsable del contrato, entre otras: - a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales. - b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación de los servicios en cada una de sus fases. - c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 6 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 6/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 - d) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los servicios. - e) Expedir, en su caso, las certificaciones parciales correspondientes a los servicios realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado. - f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios. - g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la entidad adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del servicio. ## Cláusula 4 - UNIDAD ENCARGADA DE SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el artículo 62 LCSP, la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria de este contrato será la que se indica en el apartado relativo a los ' Responsable del contrato y Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato ' del Anexo I al pliego . ## CAPÍTULO III DEL CONTRATO ## Cláusula 5 - OBJETO Y NECESIDAD DEL CONTRATO. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los servicios descritos en el apartado relativo a la ' Configuración general del contrato ' del Anexo I al pliego y definido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican los factores de todo orden a tener en cuenta. En el mismo apartado se hace referencia las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato. De conformidad con el artículo 99.3 LCSP el órgano de contratación podrá no dividir en lotes el objeto del contrato cuando existan motivos válidos que deberán justificarse debidamente. En el presente contrato, la justificación de la no división en lotes se indica en el apartado relativo a la ' División del objeto del contrato en lotes ' del Anexo I al pliego . ## Cláusula 6 - VALOR ESTIMADO. El valor estimado del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 LCSP, asciende a la cantidad expresada en el apartado relativo al 'V alor estimado ' del Anexo I al pliego . El método de cálculo aplicado por el órgano de contratación para calcular el valor estimado será el que figura en el apartado relativo al 'V alor estimado ' del Anexo I al pliego . ## Cláusula 7 - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO. Los contratos tendrán siempre un precio cierto, que deberá expresarse en euros. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 7 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 7/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cantidad expresada en el apartado relativo al ' presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara ' del Anexo I al pliego, en el cual figura su desglose y la distribución por anualidades previstas. El presupuesto base de licitación ha sido elaborado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 y artículo 309 LCSP y su cálculo incluye los tributos de cualquier índole. ## Cláusula 8 - EXISTENCIA DE CRÉDITO. La ejecución de los servicios está amparada por los créditos que se indican en el apartado relativo al ' presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara ' d el Anexo I al pliego. ## Cláusula 9 - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. El plazo total y los plazos parciales de ejecución de los trabajos será los que figuran en el apartado relativo al ' plazo y lugar de ejecución' del Anexo I al pliego o el que se determine en la adjudicación del contrato, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de 'actividad', en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, el plazo debe fijarse como plazo de duración. No obstante, cuando se haya establecido un plazo de ejecución fijo, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente fijada tendrá como efectos una reducción del plazo de ejecución y, en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado relativo al ' plazo y lugar de ejecución ' del Anexo I al pliego. ## Cláusula 10 - PRÓRROGA DEL CONTRATO. El contrato podrá prorrogarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 LCSP. La posibilidad de prórroga del presente contrato está prevista en el apartado relativo al ' plazo y lugar de ejecución ' del Anexo I al pliego. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 8 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 8/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 La prórroga del contrato establecida en el apartado 2 del artículo 29 LCSP no será obligatoria para el contratista en los casos en los que en el contrato se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 LCSP, por haberse demorado la Administración en el abono del precio más de seis meses. Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con el artículo 29.4 LCSP, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación, producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses, respecto de la fecha de finalización del contrato originario. En este caso, en atención a la naturaleza imprevisible de esta prórroga, cuya aplicación no deriva de la voluntad del órgano de contratación, la misma no se tomará en consideración a efectos de fijar el valor estimado, ni será de aplicación la obligación de preaviso anteriormente referida. Las prórrogas se deberán aprobar con carácter previo a la finalización del contrato. ## Cláusula 11 - CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se establecen en el apartado " Condición especial de ejecución ' del Anexo I al pliego . Cuando de conformidad con el apartado relativo a la ' Cesión y tratamiento de datos ' del Anexo I al pliego, se indique que se trata de un contrato cuya ejecución implique la cesión de datos por entidades del sector público al contratista, la condición especial de ejecución obligatoria prevista en el artículo 202.1 LCSP indicada en el apartado " Condición especial de ejecución ' del Anexo I al pliego tendrá el carácter de obligación contractual esencial, de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Para el caso de incumplimiento del resto de condiciones especiales de ejecución deberán establecerse penalidades en el apartado " Penalidades ' del Anexo I al pliego, o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales, a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo. ## Cláusula 12 - REVISIÓN DE PRECIOS. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 9 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 9/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado ' Revisión de Precios ' del Anexo I al pliego, todo ello de conformidad con el artículo 103 de la LCSP. En los contratos celebrados con precios provisionales no cabrá la revisión de precios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.7 in fine LCSP. ## CAPÍTULO IV: DEL LICITADOR ## Cláusula 13 - DEL LICITADOR. APTITUD PARA CONTRATAR. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o se encuentren debidamente clasificadas, de conformidad con lo establecido en el apartado relativo a la ' solvencia económica, financiera y técnica ' del Anexo I al pliego . En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición, así como los supuestos de modificación durante la licitación, se estará a lo dispuesto en el artículo 69 apartado 8 y siguientes LCSP. En los supuestos de sucesión del contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 98 LCSP. A los efectos anteriores, la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 67 LCSP. ## Cláusula 14 - CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA. Para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. En el apartado relativo a la 'solvencia económica, financiera y técnica' del Anexo I al pliego se establecerán los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional, tanto en los términos previstos en los artículos 87 y 90 de la Ley, como en términos de grupo o subgrupo de clasificación y de categoría mínima requerida, siempre que el objeto del contrato esté incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes, atendiendo para ello al código CPV del contrato. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 10 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 10/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Por tanto, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia detallados en el apartado relativo a la ' solvencia económica, financiera y técnica ' del Anexo I al pliego. Cuando por cualquier circunstancia una empresa ostentase simultáneamente clasificación otorgada por el Estado y por una o más Comunidades Autónomas, o por dos o más Comunidades Autónomas, prevalecerá la otorgada en fecha más reciente, careciendo las demás de valor y efectos en la contratación pública. Asimismo, el artículo 92 LCSP prevé que reglamentariamente se pueda eximir la exigencia de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral. En el supuesto de contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o inferior a 35.000 euros, en el apartado r elativo a la ' solvencia económica, financiera y técnica ' del Anexo I al pliego se indicará expresamente la exigencia o no de los requisitos de acreditación de la solvencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto. ## Cláusula 15 - INTEGRACIÓN DE SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal. Por tanto, los licitadores podrán integrar la clasificación o, en su caso, los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional recogidos en el apartado relativo a la ' solvencia económica, financiera y técnica ' del Anexo I al pliego basándose en la clasificación, solvencia y medios de otras entidades. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales del artículo 90.1.e LCSP o la experiencia profesional requerida, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a ejecutar las prestaciones para las cuales son necesarias dichas capacidades. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 75.4 LCSP, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 11 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 11/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el apartado relativo a la ' ejecución del contrato ' del Anexo I al pliego. ## Cláusula 16 - REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS. De conformidad con el artículo 159.4 a) y 6 LCSP, los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través del procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores en la fecha final de presentación de ofertas, siempre que con ello no se vea limitada la concurrencia. En todo caso, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de ofertas. ## CAPÍTULO V: DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN ## Cláusula 17 - DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. PROCEDIMIENTO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.1 LCSP, el contrato se adjudicará por procedimiento abierto simplificado y se llevará a cabo atendiendo a una pluralidad de criterios de adjudicación, según lo dispuesto en el apartado relativo al ' Procedimiento y criterios de adjudicación ' del Anexo I al pliego, y conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 145 y 146 LCSP. ## Cláusula 18 - PUBLICIDAD. El anuncio de licitación para la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas se publicará en el perfil de contratante. En el perfil de contratante que figura en el apartado relat ivo al ' perfil de contratante ' del Anexo I al pliego, se ofrecerá información relativa a la convocatoria de la licitación del contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso. Toda la documentación necesaria para presentar la oferta estará disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación del anuncio en el perfil de contratante. Los interesados en el procedimiento de licitación podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con la antelación fijada en el apartado relativo al ' Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos ' del Anexo I al pliego. ## Cláusula 19 - CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 12 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 12/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los señalados en el apartado relativo a los ' Criterios de adjudicación ' del Anexo I al pliego , con la ponderación atribuida a cada uno de ellos o, cuando por razones objetivas debidamente justificadas no sea posible ponderar los criterios elegidos, éstos se enumerarán por orden decreciente de importancia. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará igualmente en cuáles de ellas se irán aplicando los distintos criterios, estableciendo un umbral mínimo del 50 por ciento de la puntuación en el conjunto de los criterios cualitativos para continuar con el proceso, debiéndose indicar en el apartado relativo a los ' Criterios de adjudicación ' del Anexo I al pliego. Es estos casos, la proposición deberá incluir tantos sobres individualizados como fases de valoración se hayan establecido. De entre los criterios objetivos de adjudicación, en el apartado relativo a las ' Ofertas anormalmente bajas ' del Anexo I al pliego se señalan los parámetros objetivos que deberán permitir identificar los casos en que una oferta se considere anormal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.2 LCSP. ## TÍTULO II LICITACIÓN DEL CONTRATO. ## CAPÍTULO I DE LAS PROPOSICIONES. ## Cláusula 20 - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. Las proposiciones deberán presentarse en los términos que figuran en el anuncio de licitación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 LCSP. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna. El envío por medios electrónicos de las ofertas deberá hacerse de forma completa en un solo momento o, en su caso, en dos fases, en la primera se transmitirá la huella electrónica 'hash' de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y en la segunda se deberá remitir la oferta electrónica propiamente dicha en un plazo máximo de 24 horas; de no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta no ha sido presentada. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 13 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 13/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Se entiende por huella electrónica 'hash' de la oferta, el conjunto de datos cuyo proceso de generación garantiza que se relacionan de manera inequívoca con el contenido de la oferta propiamente dicha y que permiten detectar posibles alteraciones del contenido de ésta, garantizando su integridad, toda vez que permite comprobar que su contenido no se ha alterado desde el momento del envío por parte de la licitadora. Si durante la presentación de la oferta en la Plataforma de Licitación Electrónica la misma no es completa y la Plataforma de Licitación Electrónica facilita el có digo 'hash', el licitador, en un plazo de 24 horas desde la presentación de la huella (código hash) podrá bien volver a intentar la presentación de la oferta si está aún dentro del plazo de presentación, o bien presentar el dispositivo que contenga el archivo electrónico con la oferta asociada al código hash en el registro del órgano de contratación. Los licitadores deberán enviar, en sobre cerrado, el dispositivo que contenga el archivo electrónico con la oferta al Registro del órgano de contratación que figura en el apartado relativo a la ' forma de las proposiciones ' del Anexo I al pliego , con indicación del número de expediente al que se refiere, junto con los datos identificativos del licitador, con el fin de que la Mesa de contratación pueda comprobar que dicho archivo electrónico coincide con la huella de la oferta presentada. ## Cláusula 21 - FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. De conformidad con el artículo 159.4 LCSP, cuando en el procedimiento no se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la oferta se presentará en un único sobre o archivo electrónico. En caso contrario, la oferta se presentará en dos sobres o archivos electrónicos. Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo hacerse constar en cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF. Los sobres se dividirán en la forma establecida en el apartado relativo a la 'forma de las proposiciones' del Anexo I al pliego y en los términos de las cláusulas que figuran a continuación. Cuando el órgano de contratación o la mesa consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, podrán solicitar a los licitadores que presenten la totalidad o parte de los documentos justificativos, siempre que resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. ## Cláusula 22 - ÚNICO SOBRE: DECLARACIÓN RESPONSABLE Y OFERTA DE CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES En el supuesto que en el procedimiento no se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la oferta se presentará en un único sobre o archivo electrónico. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 14 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 14/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Dentro de este sobre los licitadores deberán incluir: 1.-Declaración responsable realizada conforme al Modelo declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes anexo al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. - 2.- Uniones Temporales de Empresarios. Se deberá presentar una única declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes conforme al Modelo declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes anexo al presente pliego, suscrita por todas las entidades que constituyan la UTE. Asimismo, deberá aportarse el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 LCSP, con una duración que será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción. En el documento de compromiso se indicará: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. ## 3.- Empresas vinculadas. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración conforme al modelo Anexo II al presente pliego en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración conforme al modelo Anexo II al presente pliego aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 15 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 15/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Cláusula 23 - CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, VALORACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES. El órgano de contratación estará asistido por la Mesa de Contratación, cuya composición se referencia en el apartado relativo a los ' Órganos de asistencia al órgano de contratación ' del Anexo I al pliego En aquellos casos en los que el licitador solamente deba presentar un único sobre o archivo electrónico, al no contemplarse en el procedimiento criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la mesa de contratación en acto público, salvo cuando prevea que en la licitación se empleen medios electrónicos de conformidad con el artículo 159.4 f) LCSP en relación con el artículo 157.4 LCSP, procederá a la apertura de la proposición y a su lectura. El órgano de contratación publicará, con la debida antelación, en el perfil de contratante que figura en el apartado relativo al ' perfil de contratante' del Anexo I al pliego, la fecha de celebración del acto de apertura del sobre o archivo electrónico y lectura de los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas Finalizado el acto de apertura del sobre o archivo electrónico, en la misma sesión, la mesa procederá a calificar la declaración presentada por los licitadores. Si fuera posible en la misma sesión, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos del pliego, la mesa procederá a evaluar y clasificar las ofertas. En el supuesto de que se identifiquen ofertas que se encuentran incursas en presunción de anormalidad, la mesa seguirá el procedimiento previsto en el artículo 149 LCSP, si bien el plazo máximo que puede conferirse al licitador que haya obtenido la mejor puntuación para que justifique su oferta no podrá superar los 5 días hábiles, desde la fecha del envío de la correspondiente comunicación. Además, en el caso de que se produzca el empate entre dos o más ofertas, se deberá aplicar el régimen de desempate establecido en el apartado relativo a los ' criterios de adjudicación ' del Anexo I al pliego. Posteriormente, la mesa realizará la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación. En relación con el licitador propuesto como adjudicatario, la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Asimismo, la mesa requerirá a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, la documentación necesaria para la adjudicación y, en su caso, cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, en los términos establecidos en la cláusula denominada 'adjudicación del contrato' del presente pliego. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 16 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 16/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Notificada la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando. ## CAPÍTULO II DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN ## Cláusula 24 - EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, frente a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 LCSP la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. Sólo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. ## Cláusula 25 - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La adjudicación del contrato corresponde al órgano de contratación señalado en el apartado relativo a los ' Órganos administrativos ' del Anexo I al pliego . El órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 LCSP. La mesa procederá a requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación, mediante comunicación electrónica, para que, si así se hubiera exigido: constituya la garantía definitiva, así como para que aporte el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 LCSP conforme al modelo del Anexo al pliego y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 LCSP y, en su caso, la suscripción de las pólizas, y todo ello en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: Cuando el empresario esté inscrito en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la contratacion@uco.es - página 17 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 17/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesario la manifestación expresa por parte del licitador de su inscripción en el Registro o base de datos correspondiente. La inscripción en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en aquél. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea. Además, en el plazo de 7 días hábiles, deberá presentar cualquier otra documentación que no figure inscrita en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores. Por tanto, cuando alguno de los datos o documentos no constaran inscritos o cuando el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro a que alude el inciso final del artículo 159.4 letra a) LCSP o en aquellos casos en los que no resultara exigible la obligación de figurar inscrito en el correspondiente Registro por limitar la concurrencia, la mesa de contratación deberá requerir al empresario que haya presentado la mejor oferta, así como a todas las empresas integrantes de la UTE que haya sido propuesta como adjudicataria, para que en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación presenten, en su caso, la siguiente documentación: ## 1.- Solicitud de inscripción en el correspondiente Registro. Únicamente cuando el licitador haya presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro en los términos del artículo 159.4. letra a) LCSP y esta no haya sido resuelta, la acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro, acompañada de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. ## 2.- Capacidad de obrar. 2.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 18 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 18/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF). - 2.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. - 2.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. - 2.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. - 2.5. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano. ## 3.- Bastanteo de poderes. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas. Para la obtención del bastanteo deberán remitirse los siguientes documentos: -  DNI del representante. -  Documentación que acredite la capacidad de la persona jurídica y de las facultades del representante de la entidad para participar en licitaciones públicas. -  Salvo que se trate de poderes especiales otorgados para el acto concreto de la licitación, deberá constar la inscripción de los poderes en el Registro Mercantil, en caso de sociedades. ## 4.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. - 4.1. Los licitadores deberán acreditar su solvencia en los términos indicados en el apartado relativo a la ' Solvencia económica, financiera y técnica ' del Anexo I al pliego. - 4.2. Los licitadores podrán acreditar indistintamente su solvencia mediante los requisitos específicos y en los términos indicados en el apartado anterior o bien mediante su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que se indica en el apartado relativo a la 'Solvencia económica, financiera y técnica' del Anexo I al pliego. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 19 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 19/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 4.3. Si se opta por acreditar la clasificación de la empresa, podrá realizarse mediante certificado del correspondiente Registro Oficial de Licitadores. 4.4. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán presentar la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 87 y 90 de la LCSP, y por los medios previstos por el órgano de contratación en el apartado relativo a la 'Solvencia económica, financiera y técnica' del Anexo I al pliego. A estos efectos los certificados de inscripción expedidos por los órganos competentes de la llevanza de las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea referidos a empresarios establecidos en el Estado miembro que expide el certificado constituirán una presunción de aptitud con respecto a los requisitos de selección cualitativa que en ellos figuren. Igual valor presuntivo surtirán, respecto de los extremos en ellos certificados, las certificaciones emitidas por organismos de certificación competentes que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el apartado anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida. ## 5.- Uniones Temporales de Empresarios La determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. A los efectos de valorar y apreciar la concurrencia del requisito de clasificación, respecto de los empresarios que concurran agrupados se atenderá, en la forma que reglamentariamente se determine, a las características acumuladas de cada uno de ellos, expresadas en sus respectivas clasificaciones. En todo caso, será necesario para proceder a esta acumulación que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación para esta tipología contractual, sin perjuicio de lo establecido para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en el apartado 4 del presente artículo. El régimen de acumulación de las clasificaciones será el establecido de forma reglamentaria. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 20 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 20/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea ni de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión, una vez efectuada la adjudicación del contrato a su favor. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. ## 6.- Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. ## i. Obligaciones tributarias: a) Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. - b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago en el ámbito territorial de la entidad contratante. El cumplimiento de esta obligación se efectuará mediante la acreditación de los datos obrantes en la correspondiente Tesorería. ii. Obligaciones con la Seguridad Social: Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 21 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 21/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable. Presentada la documentación y, en los casos en que resulte preceptiva, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención, en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización. En caso contrario, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 LCSP, y se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el plazo de 7 días hábiles para presentar la documentación que le sea requerida. La adjudicación se notificará a los licitadores, debiendo ser publicada en el perfil del contratante en el plazo de 15 días. El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, en su caso, a propuesta de la mesa de contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. ## Cláusula 26 - PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN. El contrato se perfeccionará con su formalización. El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación y, además, podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 22 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 22/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Cuando, de conformidad con el apartado relativo ' Cesión y tratamiento de datos ' del Anexo I al pliego , se indique que se trata de un contrato cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, a tenor de lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 122 LCSP, la empresa adjudicataria tiene la obligación de presentar, antes de la formalización del contrato, una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Esta declaración se presentará en un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del requerimiento efectuado a la empresa adjudicataria por los servicios correspondientes. Esta obligación recogida en la letra c) del apartado 2 del artículo 122 LCSP es calificada como esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación. Transcurrido este plazo, los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. En los restantes contratos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el artículo 151 LCSP. De conformidad con lo establecido en el artículo 153.4 LCSP cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 LCSP. ## TÍTULO III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ## CAPÍTULO I DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ## Cláusula 27 - VALORACIONES Y ABONOS. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la Administración, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado relativo al ' Régimen de pagos ' del Anexo I al pliego. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 23 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 23/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 A estos efectos, de conformidad con el apartado dos de la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP, el contratista deberá hacer constar en cada factura presentada, la identificación tanto del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, como del órgano de contratación y del destinatario, según lo dispuesto en el apartado relativo los 'Órganos administrativo s ' del Anexo I al pliego. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210 LCSP, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de la correcta presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono. En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo, el responsable del contrato, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones ajustadas a lo dispuesto en los artículos 199 y siguientes del RGLCAP. Las valoraciones se efectuarán siempre al origen, concretándose los trabajos realizados en el periodo de tiempo de que se trate, observándose, en cuanto a la audiencia del contratista, lo dispuesto en el artículo 149 del RGLCAP. Las certificaciones para el abono de los trabajos efectuados se expedirán tomando como base la valoración correspondiente y se tramitarán por el responsable del contrato dentro de los diez días siguientes al período de tiempo a que correspondan, no pudiendo omitirse la redacción de la valoración por el hecho de que, en algún período, la prestación realizada haya sido de escaso volumen e incluso nula, a menos que se hubiese acordado la suspensión del contrato. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 24 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 24/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Cuando se prevea expresamente en el apartado relativo al ' Régimen de pagos ' del Anexo I al pliego, podrán realizarse valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, de conformidad con el artículo 200 del RGLCAP, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el referido apartado. ## Cláusula 28 - OBLIGACIONES, GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ## Cláusula 29 - OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y DE TRANSPARENCIA. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación. La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 25 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 25/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados, en el Anexo relativo al deber de información previsto en el artículo 129 de la LCSP. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la entidad contratante, previo requerimiento y en un plazo de 10 días, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en desarrollo de la misma. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y ente, organismo o entidad del sector público contratante, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial, en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria. Siendo así, dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con la ente, organismo o entidad del sector público contratante, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan a la misma. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante. A tal fin, los empleados o responsables del ente, organismo o entidad del sector público contratante deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista. ## Cláusula 30 - DEBER DE CONFIDENCIALIDAD. En relación con la confidencialidad será de aplicación lo dispuesto en el artículo 133 LCSP. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese atribuido el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo establecido en el apartado relativo al ' Deber de confidencialidad ' del Anexo I al pliego. No se podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial, y así haya sido acordado por el órgano de contratación. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres la relación de documentación para los que propongan ese carácter confidencial, fundamentando el motivo de tal carácter. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 26 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 26/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Cláusula 31 - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal, el contratista deberá respetar la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, así como las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. En el supuesto en el que la entidad adjudicataria trate datos de carácter personal por cuenta propia se le atribuirá la responsabilidad exclusiva de los datos que hubiera que tratar como consecuencia de la prestación del servicio objeto del contrato, en calidad de responsable de los mismos y así constará en el pliego de prescripciones técnicas. Si el contrato adjudicado implica tratamiento de datos de carácter personal de los que es responsable la entidad contratante, la entidad adjudicataria, en calidad de encargada de tratamiento, estará a lo dispuesto en el correspondiente Acuerdo de Encargo de Tratamiento. El deber de secreto sobre la información que se obtenga durante la duración del objeto del contrato, por lo que respecta al cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales, se mantendrá por tiempo indefinido. En contratos cuya ejecución requiera de la cesión de datos por parte de entidades del sector público al contratista, así como en contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en los apartados relativos a la ' Cesión y tratamiento de datos ' (en concreto, la finalidad de la cesión de datos y las obligaciones del contratista), a las ' Condiciones especiales de ejecución ' , a la ' Subcontratación ' y a las ' Causas de resolución del contrato ' del Anexo I al pliego. ## Cláusula 32 - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 LCSP, el contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En caso de incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Administración procederá a la imposición de las penalidades que se determinen en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego . Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 27 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 27/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## CAPÍTULO II DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ## Cláusula 33 - RIESGO Y VENTURA. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto en el artículo 197 LCSP. ## Cláusula 34 - PROGRAMA DE TRABAJO. La obligación de presentación del programa de trabajo se determinará en el apartado relativo al ' Programa de trabajo ' del Anexo I al pliego. El contratista, en el plazo que se indica en el apartado relativo al ' Programa de trabajo ' del Anexo I al pliego, contado a partir de la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del servicio proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario del pliego de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en el pliego. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato. Si para el desarrollo de los servicios se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa. ## Cláusula 35 - TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS. Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente, ni dé derecho alguno, la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, para tales supuestos, se determinen en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 28 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 28/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Cláusula 36 - CUMPLIMIENTO DEL PLAZO Y PENALIDADES POR DEMORA. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Si sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 LCSP, cuando se produzca demora en la ejecución de la prestación por parte del empresario, el órgano de contratación podrá conceder una ampliación del plazo de ejecución, sin perjuicio de las penalidades que en su caso procedan, resultando aplicable lo previsto en los artículos 192 y siguientes LCSP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o parcial, para lo que se estará al apartado relativo al ' Plazo y lugar de ejecución ' del Anexo I al pliego, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego . Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de los plazos parciales definidos en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego . En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Administración, ésta se exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios. ## Cláusula 37 - CESIÓN DEL CONTRATO. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 29 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 29/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 214.2 LCSP, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2, letra b) del artículo 214 LCSP, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista, si éstas constituyen un elemento esencial del contrato. En relación con la posibilidad de cesión del contrato habrá que estar a lo establecido en el apartado relativo a la ' Cesión del contrato ' del Anexo I al pliego . ## Cláusula 38 - SUBCONTRATACIÓN. El contratista, según lo previsto en el apartado relativo a la ' Subcontratación ' del Anexo I al pliego , podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que conforme a lo establecido en las letras d) y e) del apartado 2º del artículo 215 LCSP, la prestación o parte de la misma haya de ser ejecutada directamente por el contratista. La infracción de estas condiciones, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, tendrá, entre otras previstas en la LCSP, y en función de la repercusión en la ejecución del contrato, alguna de las siguientes consecuencias: - -La imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato, según lo establecido en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego. - -La resolución del contrato, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Asimismo, y en cuanto a los pagos a subcontratistas y suministradores, quedará obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 216 y 217 LCSP. En todo caso, los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares, y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el artículo 201 LCSP, así como de la obligación a que hace referencia el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 LCSP referida al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 30 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 30/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Los subcontratistas no tendrán acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. El contratista deberá comunicar tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, al órgano de contratación su intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificándolo suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Cuando de conformidad con el apartado relativo a la ' Cesión y tratamiento de datos' del Anexo I al pliego, se indique que se trata de un contrato cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 122.2 apartado e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, según lo establecido en el apartado relativo a la ' Subcontratación ' del Anexo I al pliego . Esta obligación es calificada como esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Asimismo, junto con el documento mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista. El contratista principal deberá notificar al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas. El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral. Si así se requiere en el apartado relativo a la ' Subcontratación ' del Anexo I al pliego , los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. En este caso, si los subcontratos no se ajustan a lo indicado en la oferta, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que efectúen la notificación y aportación de las justificaciones referidas en el párrafo Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 31 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 31/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 anterior, salvo autorización expresa con anterioridad por la Administración o situación de emergencia justificada, excepto si la Administración notifica en ese plazo su oposición. De conformidad con el artículo 217.1 LCSP, el contratista deberá remitir al órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud de la Administración justificante del cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación, dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 LCSP y en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución del contrato y su incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que, en su caso, se prevea en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del ## Anexo I al pliego. El contratista deberá abonar a los subcontratistas y suministradores las facturas en el plazo fijado de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 216 LCSP. En caso de demora en el pago, el subcontratista o el suministrador tendrá derecho al cobro de los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Asimismo, siempre que el contrato supere el umbral económico establecido por el artículo 216.4 LCSP, cuando el subcontratista o suministrador ejercite frente al contratista principal, en sede judicial o arbitral, acciones dirigidas al abono de las facturas una vez excedido el plazo fijado según lo previsto en el apartado 2 del artículo 216 LCSP, el órgano de contratación, sin perjuicio de que siga desplegando todos sus efectos, procederá a la retención provisional de la garantía definitiva la cual no podrá ser devuelta hasta el momento en que el contratista acredite la íntegra satisfacción de los derechos declarados en la resolución judicial o arbitral firme que ponga término al litigio, y siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 111 LCSP. A estos efectos, el contratista principal estará obligado a poner en conocimiento del órgano de contratación el ejercicio de cualquier tipo de acción dirigida al abono de las facturas por los subcontratistas o suministradores. Las actuaciones de comprobación y de imposición de penalidades por el incumplimiento previstas en el apartado 1 del artículo 217.2 LCSP, serán obligatorias en los contratos de servicios cuyo valor estimado supere los 5 millones de euros, y en los que el importe de la subcontratación sea igual o superior al 30% del precio del contrato, en relación con los pagos a subcontratistas que hayan asumido contractualmente con el contratista principal el compromiso de realizar determinadas partes. A tales Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 32 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 32/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 efectos, el contratista deberá aportar en cada factura, certificado de los pagos a los subcontratistas del contrato. Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 1 y 2 del artículo 217 LCSP, de conformidad con el artículo 217.3 LCSP procederá en todo caso la imposición de penalidades al contratista cuando, mediante resolución judicial o arbitral firme aportada por el subcontratista o por el suministrador al órgano de contratación quedara acreditado el impago por el contratista a un subcontratista o suministrador vinculado a la ejecución del contrato en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y que dicha demora en el pago no viene motivada por el incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales asumidas por el subcontratista o por el suministrador en la ejecución de la prestación. La penalidad que se encuentra prevista en el apartado relativo a las ' Penalidades ' del Anexo I al pliego podrá alcanzar hasta el cinco por ciento del precio del contrato, y podrá reiterarse cada mes mientras persista el impago hasta alcanzar el límite conjunto del 50 por ciento de dicho precio. La garantía definitiva responderá de las penalidades que se impongan por este motivo De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima primera, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 216 y 217 LCSP y siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 215 LCSP, el órgano de contratación podrá prever en los pliegos de cláusulas administrativas, se realicen pagos directos a los subcontratistas. En el presente contrato se estará a lo dispuesto en el apartado relativo a la ' Subcontratación ' del Anexo I al pliego . De conformidad con la Disposición adicional quincuagésima primera, los pagos efectuados a favor del subcontratista se entenderán realizados por cuenta del contratista principal, manteniendo en relación con la Administración contratante la misma naturaleza de abonos a buena cuenta que la de las certificaciones de obra. En ningún caso será imputable a la Administración el retraso en el pago derivado de la falta de conformidad del contratista principal a la factura presentada por el subcontratista. ## Cláusula 39 - MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Los contratos administrativos sólo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en la Subsección 4 ª de la Sección 3ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la LCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 LCSP, con las particularidades previstas en el artículo 207 LCSP. Los contratos administrativos celebrados por los órganos de contratación sólo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los supuestos establecidos en el apartado 2 del artículo 203 LCSP. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 33 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 33/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Procederá la modificación del contrato en los términos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuando así se haya establecido en el apartado relativo a las ' Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares ' del Anexo I al pliego , en la forma y con el contenido señalado en el artículo 204 de la LCSP. El porcentaje máximo del precio inicial del contrato al que puedan afectar las citadas modificaciones será el establecido en el apartado relativo a las ' Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares ' del Anexo I al pliego . Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas en los términos establecidos en el artículo 206 LCSP, debiendo formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 LCSP y publicarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 207 y 63 de la citada ley. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en la Subsección 4 ª de la Sección 3ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la LCSP, y los artículos 191 y 203 LCSP, así como a lo dispuesto reglamentariamente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 309 LCSP, en los casos en que la determinación del precio se realice mediante unidades de ejecución, no tendrán la consideración de modificaciones, siempre que así se haya establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, las cuales podrán ser recogidas en la liquidación, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio del contrato. En el presente contrato, la posibilidad de incrementar el número de unidades hasta el 10 por ciento del precio del contrato, se establece en el apartado relativo al ' Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara ' del Anexo I al pliego. ## Cláusula 40 - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 198.5 de la LCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP. De conformidad con el artículo 208 LCSP, si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquella tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5 LCSP, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste con sujeción a las reglas establecidas en el apartado relativo a la ' Suspensión ' del Anexo I al pliego . ## CAPÍTULO III. EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 34 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 34/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Cláusula 41 - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, así como las previstas en el apartado relativo a las ' Causas de resolución del contrato ' del Anexo I al pliego. De conformidad con el artículo 211.2 LCSP, en los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto a las consecuencias económicas de la extinción, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 LCSP, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayores gastos que ocasione a la Administración. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 213 y 313 de la LCSP, así como, en su caso, a lo dispuesto en el desarrollo reglamentario. ## Cláusula 42 - FORMA DE PRESENTACIÓN. El adjudicatario, en su caso, queda obligado a presentar los ejemplares completos del trabajo objeto del contrato que se determinan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, con el formato y dimensión de los documentos y planos, en su caso, que se determinan en las especificaciones de dicho pliego. ## Cláusula 43 - REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS Y ENTREGA DE LOS TRABAJOS. El contratista deberá haber realizado el objeto del contrato dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho documento el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 35 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 35/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el responsable del contrato, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si el contratista no reclamase respecto a las observaciones del responsable del contrato, se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados. ## Cláusula 44 - RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Una vez cumplidos los trámites señalados en la cláusula anterior, y a efectos de lo previsto en el artículo 204.3 del RGLCAP, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción. El acto formal y positivo de recepción o conformidad se efectuará por parte de la Administración dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. Dicho acto será comunicado a la Intervención General, a efectos de su asistencia al mismo en el ejercicio de sus funciones de intervención de la comprobación material de la inversión. Hasta que tenga lugar la finalización del plazo de garantía, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Dentro del plazo de treinta días, a contar desde la fecha de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si se recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, este plazo de treinta días se Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 36 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 36/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente en materia de factura electrónica. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/ 2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. ## Cláusula 45 - PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. Todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad de la entidad contratante, quienes podrán reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la entidad contratante. En todo caso, y aun cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 LCSP. ## Cláusula 46 - PLAZO DE GARANTÍA. El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de la recepción o conformidad y será el indicado en el apartado relativo al ' Plazo de garantía ' del Anexo I al pliego . Durante dicho plazo, la garantía definitiva responderá de los conceptos señalados en el artículo 110 LCSP, que resulten de aplicación. En el supuesto de que hubiere recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las respectivas recepciones parciales. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 37 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 37/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Sin perjuicio de lo anterior, cuando el contrato de servicios consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra y se compruebe la existencia de defectos, insuficiencias técnicas, errores o desviaciones procederá la incoación de expediente de subsanación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 314 y 315 LCSP. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. ## Cláusula 47 - PRERROGATIVAS Y FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo acordar su resolución y determinar los efectos de esta. Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución del contrato, en los términos y con los límites establecidos en la LCSP para cada tipo de contrato. En ningún caso dichas facultades de inspección podrán implicar un derecho general del órgano de contratación a inspeccionar las instalaciones, oficinas y demás emplazamientos en los que el contratista desarrolle sus actividades, salvo que tales emplazamientos y sus condiciones técnicas sean determinantes para el desarrollo de las prestaciones objeto del contrato, extremos que deberán quedar justificados de forma expresa y detallada en el expediente administrativo. Los procedimientos para la adopción de acuerdos relativos a las prerrogativas anteriormente referidas se instruirán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 LCSP. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. ## Cláusula 48 - RECURSOS. En los supuestos previstos en el artículo 44 de la LCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contenciosoadministrativo, en el plazo de 15 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 50 de la LCSP. El órgano competente para conocer del recurso será el Tribunal Administrativo de recursos contractuales de la Junta de Andalucia Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 38 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 38/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 LCSP podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 39 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 39/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE SERVICIOS DE 202500109, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO - PAS EXPEDIENTE: ## ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO TÍTULO DEL CONTRATO: Servicio de asesoramiento y consultoria en matéria de protección de datos personales y externalización del Delegado de Protección de Datos. ## Apartado 1 - CONFIGURACIÓN GENERAL DEL CONTRATO. - -Definición del objeto del contrato: El objeto del contrato será la prestación de un servicio externo de asesoramiento y consultoría sobre la normativa aplicable en materia de protección de datos personales y, en particular, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantías de Derechos Digitales (en adelante, LOPDGDD), así como la externalización del Delegado de Protección de Datos para la Universidad de Córdoba - -Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34.1.b) de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales la Universidad de Córdoba está obligada a designar un Delegado de Protección de Datos. - Código/s CPV: 79111000-Servicios de asesoría jurídica. 79140000-7 Servicios de asesoría e información jurídica 79411000-Servicios generales de consultoría en gestión. 79417000-Servicios de consultoría en seguridad. 72310000-1 Servicios de tratamiento de datos 72322000-8 Servicios de gestión de datos El Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) prevé que el DPD podrá desarrollar su actividad a tiempo completo o a tiempo parcial y también que podrá formar parte de la plantilla del responsable o del encargado del tratamiento o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios. Desde 2022 la Universidad de Córdoba ha contratado la prestación del servicio de Delegado de Protección de Datos en base a un expediente que incluye, también, servicios de consultoría y asesoramiento en materia de protección de datos. Estando próxima la finalización de este contrato (Expediente 2021/00058) se solicita la publicación de un nuevo expediente al objeto de prestar los servicios necesarios a partir de la finalización del anterior contrato. - -Contrato de servicio complementario de obras/suministro: NO Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 40 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 40/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 En relación con las empresas que concurran individual o conjuntamente con otras a la licitación, procedentes de un tercer Estado que no tenga suscrito un acuerdo internacional en vigor con la Unión Europea o que habiéndolo suscrito no cubra el contrato o el poder adjudicador o entidad contratante: Procede su admisión a la licitación: NO tienen derecho a participar en la licitación al no ser signatario de un acuerdo internacional sobre contratación pública, sin que exista la obligación de garantizar un trato no menos favorable para los operadores económicos de terceros países que no han celebrado un acuerdo internacional con la UE, o que garantice el acceso de sus operadores económicos a la contratación pública en la Unión. ## Apartado 2 - DIVISIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO EN LOTES. División en lotes: NO Justificación de la no división en lotes del contrato: En el objeto del contrato que se presenta no existen partes esenciales o independientes que sean susceptibles de una división en lotes, es decir, no se puede establecer una separación de los elementos que lo integran, puesto que no es factible desde el punto de vista técnico. ## Apartado 3 - RESERVA DE CONTRATOS CONFORME A LA D.A. 4ª LCSP. Contrato reservado: NO ## Apartado 4 - CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS. - Contrato cuya ejecución requiere de la cesión de datos por parte de entidades del sector público al contratista: SI - Contrato cuya ejecución requiere el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento: SI - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra a) LCSP, se indica que la finalidad para la cual se cederán los datos personales es: la establecida en el Anexo I de este pliego Asimismo, se hace constar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 122.2 letras b) y d) LCSP, las siguientes obligaciones: Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 41 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 41/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 - La obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 LCSP. - La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a la que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 122 LCSP. Estas obligaciones recogidas en las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo 122 LCSP, son calificadas como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. ## Apartado 5 - ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS. ## Órgano de contratación: Denominación: Universidad de Córdoba Dirección postal: Avda Medina Azahara, 5, 14005 Córdoba DIR3: U00600001 ## Unidad tramitadora: Denominación: Servicio de Contratación DIR3: U00600102 ## Oficina contable: Denominación: Servicio de Gestión Financiera y Presupuestaria DIR3: U00600106 ## Apartado 6 - RESPONSABLE DEL CONTRATO Y UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Responsable del contrato: José Antonio García Leiva Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato: Oficina Protección de Datos, transparencia y sistema Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 42 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 42/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Apartado 7 - VALOR ESTIMADO. Valor estimado: 36.250,00 € IVA excluido Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado: se han tenido en cuenta las posibles prorrogas sin IVA Sujeto a regulación armonizada: NO ## Apartado 8 - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y CRÉDITO EN QUE SE AMPARA. Tipo de presupuesto: presupuesto máximo de licitación Presupuesto (IVA excluido): 14.500,00 € IVA: 3.045,00 € [Tipo/s: 21%] Presupuesto base de licitación: 17.545,00 € IVA incluido El presupuesto base de licitación se justifica con memoria económica en la que se indica: La estimación del precio base de licitación se sustenta en la estructura de costes del Área 4 Consultoría del XIX Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría (Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo). Se ha considerado la asignación de un Consultor Senior, con un perfil profesional de Grupo B del Área 4 Nivel 1 y una dedicación anual de 250 horas, con una estimación de costes sociales a cargo de la empresa del 32%. Para la estimación de horas se ha considerado el consumo de horas del expediente actual, así como las orientaciones del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Para la estimación del coste indirecto (6%) y el beneficio industrial (13%) se han considerado los porcentajes de referencia del Artículo 131 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP). Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es Cofinanciación: NO Distribución de anualidades: Anualidad Importe (IVA incluido) 2026 8.772,50 € 2027 8.772,50 € Anualidad corriente: 8.772,50 € Aplicación presupuestaria Importe IVA incluido - página 43 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 43/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 GA.GR.03.00.01 17.545,00 euros Sistema de determinación del presupuesto: las unidades de tiempo 2 anualidades, y lo establecido anteriormente en la indicación de la estimación del precio del contrato Posibilidad de incrementar el número de unidades hasta el 10 % del precio del contrato: NO ## Apartado 9 - REVISIÓN DE PRECIOS. Procede la revisión de precios: NO ## Apartado 10 - RÉGIMEN DE PAGOS. El pago será anual - Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: NO proceden. ## Apartado 11 - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. Plazo Total: 24 meses Prórroga: SÍ Procede Duración de la prórroga: 36 meses Plazos Parciales: NO Recepciones parciales: NO Lugar de ejecución: RECTORADO ## Apartado 12 - PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SÍ procede Momento de presentación: en la presentación de la oferta Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 44 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 44/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Apartado 13 - PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SÍ La adjudicación del contrato quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente. Tramitación Procedimiento: Abierto Simplificado Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios. ## Apartado 14 - SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA. Acreditación de la solvencia: Procede: SÍ A. Requisitos de solvencia económica y financiera para determinar la selección de empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato: - ☒ Acreditación de que su patrimonio neto es igual o mayor que su capital social, con el objeto de verificar que no se encuentra en ninguna de las situaciones establecidas en el art. 327 y 363 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que obligan a la reducción de su capital social o es motivo de disolución de la empresa. En el caso de no cumplirse este requisito se deberá aportar informe de auditoría independiente donde se refleje las medidas a tomar por la empresa para solucionar esta situación. - ☒ Acreditación del cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos: -  Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de las tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la empresa y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será el 100% del valor estimado del contrato. Si el acuerdo marco se divide en lotes, este criterio se aplicará en relación a cada uno de los lotes. -  El patrimonio neto según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, que deberá superar el 100% del valor anual medio del lote/lotes, si su duración es superior a un año. -  La ratio de liquidez general y la ratio/grado de solvencia , deberán ser ambos mayores que 1. - Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email:  La ratio de liquidez general es el resultado de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, y refleja en qué medida todos los elementos patrimoniales que componen el activo corriente cubren el pasivo contratacion@uco.es - página 45 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 45/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> corriente. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 46 de 80 - -  La ratio /grado de solvencia es el resultado de dividir el activo total entre el pasivo total según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas y mide la capacidad para hacer frente a las obligaciones de pago. NOTA: El volumen anual de negocios, el patrimonio neto, el capital social, el activo corriente, el pasivo corriente, el activo total y el pasivo total de la empresa licitadora se acreditarán por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si estuviera inscrita en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrita. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - B. Requisitos de solvencia técnica para determinar la selección de empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato. Acreditación del cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos marcados: - ☒ Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del acuerdo marco en el curso de, como máximo los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Este extremo se acreditará mediante certificados de ejecución de los destinatarios, sean éstos públicos o privados. -  Se exige que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del acuerdo marco. -  A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios ejecutados por la empresa y los que constituyen el objeto del acuerdo marco, se atenderá a la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. - [ ] ☐ Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. -  Se exige un equipo de técnicos participantes en el contrato que reúnan como mínimo las siguientes condiciones: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. - [ ] ☐ Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por la empresa para garantizar su calidad y sus medios de estudio e investigación. -  Se exige que la empresa acredite el empleo de medidas para controlar su calidad. -  Se exige que la empresa acredite la existencia de sus medios de estudio e investigación. - [ ] ☐ Cuando se trate de servicios complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o en nombre de éste por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que está establecida la empresa, con el acuerdo de dicho organismo sobre la capacidad técnica de la empresa y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación de que disponga y sobre las medidas de control de calidad. -  Se exigirá certificado expedido por \_\_\_\_\_\_. - [ ] ☐ Titulaciones académicas y profesionales de la persona titular de la entidad y de su personal directivo y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 46/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 - [ ] ☐ Indicación de las medidas de gestión medioambiental que la empresa podrá aplicar al ejecutar el contrato. - [ ] ☐ Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de su personal directivo durante los últimos tres (3) años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. - [ ] ☐ Indicación de la parte del contrato que la empresa tiene eventualmente el propósito de subcontratar, así como qué capacidad técnica y profesional tienen las entidades subcontratadas. ## C. Otros requisitos: - [x] ☒ Nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación. - [ ] ☐ Compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución. En caso afirmativo señalar si: -  Constituye obligación esencial a efectos del art. 211 de la LCSP: SI/NO -  Penalidades en caso de incumplimiento: SI/NO ## Apartado 15 - POLIZAS DE SEGUROS Certificado emitido por su compañía aseguradora de Responsabilidad Civil (en adelante RC) en los siguientes términos: -  Mención específica y exclusiva al objeto del contrato que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. -  Referencia expresa de que para todos los trabajos o servicios objeto del contrato y durante la duración del mismo la UCO figurará como asegurado adicional de su póliza sin perder la condición de tercero. - o Siguientes límites de indemnización adecuados al riesgo y al volumen del contrato (importes por siniestro): - o RC de Explotación: 300.000€ - o RC Patronal con sublímite por víctima de 3 00.000€ - o RC de productos: 3 00.000€ - o RC Locativa: 3 00.000€ ## Apartado 16 - GARANTÍA DEFINITIVA. Procede: NO Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 47 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 47/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Apartado 17 - FORMA DE LAS PROPOSICIONES. 1. Las proposiciones deberán presentarse en un único sobre de declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes. | | Documentación administrativa y documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de FORMULAS | |-------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | ☒ Anexo II - A1 | (Documento Europeo Único de Contratación - DEUC) | | ☒ Anexo II - A2 | Declaración responsable de tener capacidad para contratar y no prohibición para contratar | | ☒ Anexo II - B | Declaración responsable de documentación previa a la adjudicación | | ☒ Anexo II - C | Declaración de compromiso de constitución en Unión Temporal | | ☒ ROLECE | Certificado de inscripción en ROLECE. Si no se dispone de este Certificado, se deberá aportar la solicitud de inscripción en el ROLECE. | | ☒ Modelo II -D | Declaración de que no ha habido modificaciones en los datos registrados del ROLECE. | | ☒ Anexo II - E | Declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles por empresas extranjeras. | | ☒ Anexo VIII | Modelo de declaración responsable relativa al cumplimiento de obligaciones contractuales | | ☒ Sin Modelo | Plan de Igualdad Laboral y de Conciliación Familiar, si la empresa adjudicataria, conforme a las normas legales o convencionales, tiene obligación de disponer de ello (o la no obligación de tenerlo). | | ☒ Sin Modelo | Declaración de renuncia expresa al uso sexista del lenguaje y el uso de cualquier imagen discriminatoria para con las mujeres, fomentando una imagen con valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad | | ☒ Memoria Técnica | Memoria Técnica no valorable (acompañada de Curriculum Vitae anonimizado) | | ☒ Anexo III -A | Proposición Económica | | ☒ Anexo III - B | Otros criterios de adjudicación | ## MEMORIA TECNICA Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 48 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 48/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 La oferta técnica deberá presentarse de forma estructurada, en documento único, y debe incluir, como mínimo, la siguiente información: -  Organización del servicio. -  Organización interna del adjudicatario para garantizar la disponibilidad y continuidad del servicio. -  Curriculum Vitae anonimizado (según indicaciones del Punto 10.2) del consultor asignado y compromiso de horas de dedicación a la prestación del servicio. -  Plan de trabajo. -  Descripción de las fases de ejecución del servicio, incluyendo actividades iniciales de análisis, diagnóstico y planificación; actividades periódicas de seguimiento y actualización; plazos estimados para cada fase o grupo de tareas. -  Entregables previstos en cada fase. -  Mecanismos de comunicación y coordinación. -  Canales y frecuencia de comunicación entre el equipo del adjudicatario y la Universidad así como horarios de atención. -  Modalidad y frecuencia de las reuniones de seguimiento (presenciales, virtuales, mixtas). -  Procedimiento de gestión de consultas, incidencias o requerimientos urgentes por parte de la Universidad y descripción del Acuerdo de Nivel de Servicio aplicable. -  Herramientas y medios técnicos de apoyo. -  Herramientas y tecnologías que se utilizarán para documentar el cumplimiento normativo. gestionar los riesgos y las medidas de seguridad. facilitar el control de cumplimiento y elaboración de informes y coordinar el trabajo y seguimiento de tareas. -  Garantías de seguridad, confidencialidad y accesibilidad de dichas herramientas. -  Gestión de la calidad del servicio -  Procedimientos internos del adjudicatario para garantizar la calidad y trazabilidad del servicio prestado. -  Mecanismos de revisión y supervisión de las actividades ejecutadas. -  Medidas adoptadas para asegurar la continuidad del servicio ante eventualidades. ## Curriculum Vitae anonimizado: La oferta técnica deberá acompañarse con un Currículum Vitae anonimizado del personal asignado como Consultor para la prestación del servicio. En dicho Curriculum se incluirá, sin que la identidad del consultor propuesto sea revelada, al menos lo siguiente: -  Experiencia profesional (tanto mínima exigida como opcional): relación de trabajos y servicios prestados con indicación de las principales funciones, periodo de ejecución y entidad en la que se prestó el servicio. -  Formación universitaria: relación de titulaciones con indicación del nombre, fecha de obtención y universidad. -  Formación adicional: relación de cursos recibidos con indicación del título, principales contenidos, fecha y duración y entidad que los impartió. -  Certificaciones: relación de certificaciones con indicación del nombre, fecha de obtención, vigencia y entidad certificadora. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 49 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 49/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Junto a la oferta no se entregarán copias de certificados que acrediten el perfil del consultor asignado. A la firma del contrato, y como requisito previo, el adjudicatario deberá hacer entrega del Curriculum Vitae detallado del consultor designado junto con todas las certificaciones que deberán coincidir con el perfil incluido en la oferta técnica. ## SI LA MEMORIA TECNICA JUNTO CON EL CURRICULUM VITAE ANONIMIZADO NO ESTUVIERAN OCORDES AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS O A LO ESTABLECIDO EN ESTE PLIEGO LA OFERTA SERÍA EXCLUIDA DE LA LICITACIÓN ## 2. Registro del órgano de contratación: Cuando se haya transmitido únicamente la huella electrónica 'hash' de la oferta (presentación de oferta en dos fases), deberá enviarse el archivo electrónico que contenga la oferta, en los términos indicados en la cláusula relativa a la ' Presentación de proposiciones ' del presente pliego, al Registro de la Universidad de Córdoba. Rectorado. Avda. de Medina Azahara nº 5 14071 Córdoba. ## Apartado 18 - CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. ## a) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios de adjudicación Se ha optado por utilizar solo criterios objetivos pero que garanticen la calidad en la prestación de los servicios contratados buscando la especialización y la experiencia. Dedicación y disponibilidad: Asegura la capacidad operativa para gestionar tanto la carga de trabajo recurrente (consultas e informes) como la respuesta a incidentes críticos o proyectos de cumplimiento (auditorías, evaluaciones de impacto,..). Se establece en 250 horas el nivel óptimo en función de las necesidades atendidas en los últimos años. Ampliación de horarios: La ampliación de horario de atención asegura la respuesta inmediata ante incidentes de ciberseguridad o brechas de datos que a menudo ocurren fuera del horario laboral estándar. Acuerdo de Nivel de Servicio: La aceptación de un ANS más exigente con tiempos de respuesta inferiores a los mínimos obliga al licitador a establecer protocolos internos más robustos y dedicar recursos inmediatos, reduciendo el tiempo de exposición de la Universidad ante riesgos. Perfil profesional: Se presta especial atención al perfil profesional ofertado por el licitador. La evaluación de forma anonimizada del Curriculum Vitae permite identificar elementos que tienen un impacto significativo directo en la ejecución del servicio: experiencia profesional, formación y certificaciones específicas. Experiencia profesional: La experiencia (más allá de los 3 años mínimos exigidos y con un umbral de satisfacción de 7 años) garantiza que el consultor ha gestionado brechas de seguridad, respuestas a la AEPD y situaciones legales complejas. Esta madurez profesional tiene un impacto real en la prestación del servicio, especialmente en el rol de DPD. Formación. La formación de Postgrado/Máster en Derecho Tecnológico, Protección de Datos o Ciberseguridad garantiza que el consultor posee una visión académica y actualizada de un campo legal que evoluciona constantemente. Se incentiva también la actualización de Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 50 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 50/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 conocimientos del consultor asignado. Todo ello redunda en una mayor capacidad para ofrecer el servicio con garantías. Certificaciones. Las certificaciones acreditan el conocimiento técnico formal en los dominios clave del servicio: cumplimiento legal y seguridad de la información. Esto minimiza errores por desconocimiento de las mejores prácticas. Es de especial interés la certificación dentro del Esquema de Certificación de Delegados de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos por su impacto directo en la mejora del servicio prestado. ## CRITERIOS DE VALORACIÓN. Para la valoración técnica de las ofertas se distribuirán hasta un máximo de 100 puntos, 35 puntos en función de la oferta económica presentada y 65 puntos distribuidos según criterios de calidad, todos asignados por aplicación de fórmulas. | Criterio | Fórmula / Descripción | Puntuación máxima | |------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------| | 1. Mejor oferta económica | 1. Mejor oferta económica | 35 | | Mejor precio | | 35 | | 2. Dedicación y disponibilidad. Ref. Punto 6.1 del PPT. | 2. Dedicación y disponibilidad. Ref. Punto 6.1 del PPT. | 15 | | Número de horas anuales de consultor comprometidas. | Por garantizar la dedicación de 200 horas anuales del Consultor: 7 puntos Por garantizar la dedicación de 250 horas anuales del Consultor: 15 puntos | 15 | | 3. Nivel de Servicio y ampliación de horarios. Ref. Punto 6.2 del PPT. | 3. Nivel de Servicio y ampliación de horarios. Ref. Punto 6.2 del PPT. | 10 | | 3.1 Nivel de Servicio | Por ofertar los niveles de servicio requeridos en el Punto 6.2.1. | 7 | | 3.2 Horario | Por ofertar la mejora de horarios de atención requerida en el Punto 6.2.2. | 3 | | 4. Perfil profesional asignado. Ref. Punto 6.3 de PPT. | 4. Perfil profesional asignado. Ref. Punto 6.3 de PPT. | 40 | | 4.1 Experiencia profesional adicional. | Si el perfil asignado acredita experiencia profesional adicional según lo requerido en el Punto 6.3.1 se le asignará la puntuación resultante de aplicar la siguiente fórmula: | 25 | | 4.2 Formación universitaria. | Si el perfil asignado acredita la formación contemplada en el Punto 6.3.2.A se le asignará la puntuación resultante de aplicar la siguiente fórmula: | 3 | Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 51 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 51/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 | 4.3 Formación complementaria. | Si el perfil asignado acredita la formación adicional contemplada en el Punto 6.3.2.B se le asignará la puntuación resultante de aplicar la siguiente fórmula: | 2 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----| | 4.4 Certificación DPD. | Si el perfil asignado acredita la certificación como Delegado de Protección de Datos según se indica en el Punto 6.3.3.A se le asignará la puntuación resultante de aplicar la siguiente fórmula: | 6 | | 4.5 Otras certificaciones. | Si el perfil asignado acredita alguna certificación adicional según se indica en el Punto 6.3.3.B se le asignará la puntuación resultante de aplicar la siguiente fórmula: | 4 | ## b) Criterios de desempate De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: - i. Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. - ii. Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. - iii. Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. iiii. El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. A efectos de aplicación de estos criterios los licitadores deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. ## Apartado 19 - OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 52 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 52/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> Procede: SI Criterios adjudicación y designación de los parámetros objetivos que permiten identificar que una oferta se considera anormal: Criterios de adjudicación oferta económica Parámetros que permitan identificar que una oferta se considera anormal: herramienta de la Fábrica de Pliegos ## Apartado 20 - ADMISIBILIDAD DE VARIANTES. Procede: NO ## Apartado 21 - ÓRGANOS DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. Mesa de contratación: La composición de la mesa de contratación figura publicada en el perfil de contratante del órgano de contratación. ## Apartado 22 - CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN. -Condición especial de ejecución, de conformidad con el artículo 202.1 LCSP: - La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. - Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. - Condiciones especiales de ejecución, (previstas en el artículo 202.2 LCSP): De tipo medioambiental: el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato ## Apartado 23 - EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Posibilidad de ejecutar determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: NO procede. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 53 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 53/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 <!-- image --> <!-- image --> ## Apartado 24 - SUBCONTRATACIÓN. No podrán ser objeto de subcontratación las determinadas partes o trabajos que, en atención a su especial naturaleza, se hayan establecido en el a partado 'Ejecución del contrato' y deban ser ejecutadas directamente por el propio licitador o por un participante en la UTE. Pago directo a los subcontratistas: NO Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas SI De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. ## Apartado 25 - CESIÓN DEL CONTRATO. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero: SI, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 214.1 LCSP ## Apartado 26 - MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. Procede: SI ## Apartado 27 - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. Abono al contratista de los daños y perjuicios por suspensión del contrato: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208 LCSP ## Apartado 28 - PENALIDADES. - a) Por demora: de conformidad con lo establecido en el artículo 193 de la LCSP Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 54 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 54/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 b) Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso: - b.1) Por cumplimiento defectuoso: Procede: SI - b.2) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución: Procede: SI Procede en el caso de que no se haya atribuido el carácter de obligación contractual esencial, debiéndose concretar las penalidades que corresponden a cada condición especial de ejecución de conformidad con el artículo 192.1 de la LCSP c) Por incumplimiento de los criterios de adjudicación: ## 1. Procede: SI Objeto. Se entenderá incumplido un criterio de adjudicación cuando el contratista no satisfaga los compromisos ofertados que le hubieran otorgado puntuación en el procedimiento de licitación ## 2. Calculo del Grado de Incumplimiento (GI) GI= (Valor comprometido -Valor ejecutado) / Valor comprometido×100 ## 3. Graduación y penalidad base sobre el precio total del contrato. | GI | Gravedad | Penalidad base (PB) | |------------|------------|-----------------------| | GI ≤33% | Leve | 3% | | 33%<GI≤66% | Grave | 6% | | GI >66% | Muygrave | 9% | ## 4. Penalidad final (PF) La penalidad se ajustará al peso (W) otorgado al criterio en la puntuación total de la oferta: PF=PB×W (Por ejemplo, un criterio valorado en 15 puntos sobre 100 implica W = 0,15). Penalidad aplicable será el resultado de multiplicar la Penalidad final (PF) por el importe de adjudicación sin IVA. ## 5. Reiteración. El segundo incumplimiento del mismo criterio incrementará la penalidad en un veinticinco por ciento (25 %); los incumplimientos posteriores, en un cincuenta por ciento (50 %). ## 6. Limites. Cada penalidad individual no podrá exceder del diez por ciento (10 %) del precio del contrato, sin I.V.A.; el conjunto de penalidades no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) de dicho precio. Superados estos límites, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del contrato conforme al artículo 211.f) LCSP. d) Por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral: Procede: SI En el caso en que proceda concretar las penalidades de conformidad con el artículo 201 LCSP Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 55 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 55/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## e) Por subcontratación: Por incumplimiento de las condiciones de subcontratación (artículo 215.3 LCSP) Por incumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores: - -Sobre el importe subcontratado para el incumplimiento de los requerimientos de documentación. - -Sobre el importe adeudado al subcontratista o suministrador para el incumplimiento del pago en plazo. - -Por resolución judicial o arbitral firme que acredite el impago por el contratista a un subcontratista o suministrador, en los términos del artículo 217.3 LCSP: La penalidad podrá alcanzar hasta el cinco por ciento del precio del contrato, y podrá reiterarse cada mes mientras persista el impago hasta alcanzar el límite conjunto del 50 por ciento de dicho precio. Procedimiento para la imposición de penalidades: Se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado y previo trámite de audiencia al contratista. El acuerdo de imposición de penalidades será inmediatamente ejecutivo. ## Apartado 29 - CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Por incumplimiento de las obligaciones calificadas como esenciales recogidas en las letras a) a e) del artículo 122.2 LCSP. Por incumplimiento de aquellas otras obligaciones que se hayan calificado de ' obligaciones contractuales esenciales ' en los pliegos . ## Apartado 30 - PLAZO DE GARANTÍA. Es el plazo de ejecución del contrato y sus posibles prorrogas ## Apartado 31 - DEBER DE CONFIDENCIALIDAD. Duración: 5 años desde el conocimiento de esa información. ## Apartado 32 - SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL O ACLARACIONES SOBRE LOS PLIEGOS. Los interesados en el procedimiento de licitación deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de 7 días antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Los interesados podrán solicitar aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación. Las respuestas a las consultas no tendrán carácter vinculante. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 56 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 56/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## Apartado 33 - PERFIL DE CONTRATANTE. La dirección de acceso al perfil de contratante en la entidad contratante es https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/DccxCoAwDADAJ8VZcFB3wck2W6BRgmkaS\_D9etsBQgI0 euWikGak\_3NhdhW7R-d-iq7NolOQBcMBCChlcchdM9PT9i0NE3it8wdzn\_H7/ ## Apartado 34 - OBSERVACIONES. CONFORME: EL ADJUDICATARIO FECHA Y FIRMA Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 57 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 57/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | POR LA ADMINISTRACIÓN, FECHA Y FIRMA: <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO I : ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. De una parte, el Excelentísimo Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, D. Manuel Torralbo Rodríguez, en nombre y representación de la misma, con CIF Q1418001B y domicilio en Córdoba, Avda. Medina Azahara, 5 en ejercicio de las facultades que le reconoce el artículo 140 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), modificados por Decreto 212/2017, de 26 de diciembre (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2018) y en su nombre…. (en adelante, RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO) Y de otra, D./Dña. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, actuando en nombre y representación de\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con CIF \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y domicilio a efectos del presente contrato, en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (en adelante, ENCARGADO DEL TRATAMIENTO) Ambas partes se declaran, según intervienen, con capacidad suficiente para suscribir el presente CONTRATO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES , y puestas previamente de acuerdo, ## MANIFIESTAN - I.Que el Encargado del Tratamiento presta servicios de asesoramiento y consultoría sobre la normativa aplicable en materia de protección de datos personales así como la externalización del Delegado de Protección de Datos para la Universidad de Córdoba. - II.Que para la prestación del servicio el Encargado realiza tratamiento de datos de carácter personal por cuenta del Responsable. - III.Que de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos o RGPD), a través del presente se definen las obligaciones y responsabilidades que asume el Encargado en el tratamiento de los datos de carácter personal, con arreglo a las siguientes: ## ESTIPULACIONES ## PRIMERA.- Objeto del encargo de tratamiento El Encargado del Tratamiento tratará datos de carácter personal en el marco de la prestación de servicios de asesoría así como las funciones asignadas al Delegado de Protección de Datos. Para la prestación de estos servicios el Encargado del Tratamiento podrá acceder a datos personales de los expedientes y tratamientos sobre los cuales la Universidad de Córdoba tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 58 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 58/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Para la prestación de los servicios de Delegado de Protección de Datos, el adjudicatario del contrato podrá realizar otros tratamientos en calidad de Responsable del Tratamiento no cubiertos por este Encargo de Tratamiento. Queda terminantemente prohibida la aplicación o utilización de los datos de carácter personal objeto de tratamiento para fines distintos a los aquí previstos, salvo autorización expresa manifestada por escrito por el Responsable del Tratamiento. Se prohíbe, asimismo, la comunicación de los datos objeto de tratamiento, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo las cesiones legalmente establecidas y las que resulten necesarias para el cumplimiento de las finalidades de la relación contractual. ## SEGUNDA.- Del tratamiento de datos del Encargado de Tratamiento por parte del Responsable Los datos personales del firmante del contrato, así como de las personas que participen o estén en contacto con ocasión de la prestación del servicio, serán tratados por la Universidad de Córdoba, en calidad de Responsable de Tratamiento. El Encargado de Tratamiento deberá informar a su personal, acerca del tratamiento efectuado por parte del Responsable. La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos es la ejecución del contrato, de la que el Encargado es parte. La finalidad del tratamiento es mantener la relación contractual, en los aspectos económicos y técnicos derivados, así como el desarrollo y control de los servicios contratados y, en su caso, remisión de información sobre las incidencias relacionadas con aquéllos. Los datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos previstos, según la Ley. Los datos serán conservados por el tiempo en que puedan ser requeridos por las autoridades públicas competentes (Agencia Tributaria, Juzgados o Tribunales). ## TERCERA.- De los datos de carácter personal a tratar por el Encargado El Encargado podrá tratar datos de carácter personal de los siguientes tipos o categorías: -  Datos identificativos: Nombre y Apellidos, DNI, Dirección, Teléfono, Firma, Correo electrónico. -  Datos detalle de empleo: Cuerpo/Escala; Categoría/grado; Puesto de trabajo. -  Datos personales asociados a los tratamientos para los que se solicite la prestación del servicio de Delegado de Protección de Datos, incluyendo, en su caso, categorías especiales de datos. ## CUARTA.- Deber de confidencialidad y secreto profesional. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 59 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 59/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 El personal que actúe bajo las directrices del Encargado del Tratamiento tiene el deber de guardar confidencialidad y, en su caso, secreto profesional, respecto a la información de carácter personal objeto de tratamiento. Esta obligación será exigible al personal, aun después de haber cesado su relación con el Encargado de Tratamiento. Además, será obligación del Encargado de Tratamiento comunicar y exigir a su personal el cumplimiento del deber de confidencialidad o secreto profesional, así como el resto de condiciones y términos fijados en el presente contrato. Garantizará, en su caso, la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales. En Encargado deberá mantener a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación. ## QUINTA.- Seguridad de los datos. El Encargado de Tratamiento atenderá a cuantas instrucciones en seguridad pueda transmitir el Responsable del tratamiento, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad variables para los derechos y las libertades de las personas físicas. Por su parte, tanto el Encargado del Tratamiento, como su personal, convenientemente formado en materia de protección de datos, quedan obligados: -  a guardar la debida confidencialidad respecto a los datos objeto de la prestación del servicio; -  a implantar las medidas de seguridad necesarias para: garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los sistemas y servicios de tratamiento; restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico; verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento; cifrar los datos personales; -  a adoptar las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, apropiadas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar en su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico natural, conforme a las exigidas a la Administración pública, en virtud del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). -  a mantener actualizado un registro de las actividades de tratamiento efectuadas por el Encargado del Tratamiento en nombre de la Universidad de Córdoba; -  a asistir a la Universidad de Córdoba ante las posibles solicitudes de ejercicio de derechos de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de los datos) por parte de los interesados; Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 60 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 60/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 -  a notificar a la Universidad de Córdoba a la mayor brevedad posible las violaciones de seguridad de los datos a su cargo, de forma que la Universidad de Córdoba tenga tiempo suficiente para informar, en su caso, a la AEPD o a los interesados; -  a apoyar a la Universidad de Córdoba cuando proceda, en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos y en la realización de las consultas previas a la autoridad de control; -  así como a poner a disposición de la Universidad de Córdoba toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos y permitir la realización, por parte de la Universidad de Córdoba, o por un auditor autorizado por la misma, de inspecciones o auditorías. En cualquier caso, el Encargado de Tratamiento adoptará las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, apropiadas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar en su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico natural. Las medidas de seguridad que deberá adoptar el Encargado de Tratamiento serán conforme a las exigidas a la Administración pública, en virtud del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). En concreto, serán las medidas de carácter organizativo, operacional y de protección recogidas en el Anexo II del citado Real Decreto, sin perjuicio de adoptar también estándares y buenas prácticas del sector de la seguridad de la información [de forma enunciativa y no limitativa, estándares de la serie de normas ISO/IEC 27000; el código de Buenas Prácticas de Seguridad de la Información del Information Security Forum (ISF)]. ## SEXTA.- Colaboración El Encargado de Tratamiento pondrá a disposición del Responsable de Tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del Responsable de Tratamiento o de otro auditor autorizado por el Responsable de Tratamiento. En su caso, el Encargado del Tratamiento colaborará en el supuesto de tener que efectuar una notificación de violaciones de datos a las Autoridades de Protección de Datos y, en su caso, la comunicación a los interesados. La comunicación se efectuará sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, y a través de correo electrónico, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. - página 61 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 61/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente: a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados. b) El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información. c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales. d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. El Encargado de Tratamiento también colaborará en la realización de las evaluaciones de impacto relativa la protección de datos y, en su caso, la realización de consultas previas. En todo caso, el Encargado del Tratamiento colaborará con el Responsable del Tratamiento ante cualquier requerimiento hecho por la autoridad competente en relación al tratamiento de datos personales encomendado. No obstante, si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable. ## SÉPTIMA.- Ejercicio de derechos por los interesados. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y decisiones individuales automatizadas, portabilidad y limitación del tratamiento de sus datos puede interponerse ante el Delegado de Protección de Datos de la Universidad de Córdoba a través del procedimiento 'Derechos de protección de datos personales' de la Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba (https://sede.uco.es). Se ofrece más información en la web de protección de datos de la Universidad de Córdoba https://www.uco.es/organizacion/secretariageneral/proteccion-de-datos y en el correo electrónico dpdatos@uco.es. Si el Encargado del Tratamiento recibiese una petición de ejercicio de derechos deberá informar inmediatamente al interesado o afectado de la identidad del Responsable del Tratamiento, para que aquél se dirija al mismo. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud. ## OCTAVA.- Deber de devolución y no conservación. A elección del Responsable de Tratamiento, el Encargado de Tratamiento suprimirá o devolverá todos los datos personales una vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud de disposición legal. - página 62 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 62/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Aquellos datos que no se devuelvan, deberán destruirse adoptando las medidas de seguridad pertinentes para evitar el acceso, recuperación o restauración por parte de terceros. En caso de existir obligación legal por la que el Encargado del Tratamiento debe conservar determinados datos durante un periodo de tiempo, éstos deberán permanecer bloqueados, no pudiendo ser utilizados con otras finalidades, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas, transcurrido el cual deberá procederse a la cancelación. ## NOVENA.- Subcontratación. El Encargado no podrá subcontratar, ni total ni parcialmente, ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales sin autorización previa y por escrito del Responsable. Si fuera necesario subcontratar, total o parcialmente, algún tratamiento de datos, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al Responsable, con antelación suficiente, indicando los aspectos que se pretenden subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación deberá ser autorizada por escrito por el Responsable, siempre antes de su inicio. No obstante, en el supuesto de acceder el Responsable a la subcontratación propuesta por el Encargado, hemos de tener en consideración que el subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el Responsable. Corresponde al Encargado inicial regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad, etc.) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del Subencargado, el Encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el Responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones. ## DÉCIMA.- Responsabilidad. En el caso de que el Encargado de Tratamiento destine los datos a finalidad distinta de las señaladas, los comunique o utilice incumpliendo las estipulaciones del presente contrato, será considerado a todos los efectos, Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente ante las autoridades competentes. ## UNDÉCIMA.- Duración. El presente contrato entrará en vigor a la fecha de su firma y permanecerá vigente mientras dure la prestación de servicios que motiva la formalización del mismo. ## DUODÉCIMA.- Legislación y jurisdicción. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 63 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 63/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en todo aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las controversias que pudieran surgir en relación al mismo, a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad señalada en el encabezamiento, con renuncia a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder. Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente contrato, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la ciudad y fecha al inicio indicados. D./Dña. Manuel Torralbo Rodríguez Por el Responsable del tratamiento D./Dña. *** Por el Encargado de Tratamiento - página 64 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 64/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO IV DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP. Los licitadores podrán obtener información sobre las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales , en: - A nivel estatal en: Ministerio de Trabajo y Economía Social https://www.mites.gob.es/index.htm - A nivel autonómico en: Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo.html Servicio Andaluz de empleo https://www.juntadeandalucia.es/organismos/sae.html instituto Andaluz de prevención de Riesgos Laborales https://www.juntadeandalucia.es/organismos/iaprl.html - A nivel local en: Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/ Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a fiscalidad en: - A nivel estatal en: Administración Tributaria del Estado https://www.agenciatributaria.es/ - A nivel autonómico en: Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos Agencia Tributaria de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/ Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 65 de 80 - - A nivel local en: código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 65/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/ Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a protección del medio ambiente en: - A nivel estatal en: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico https://www.miteco.gob.es/es/ - A nivel autonómico en: Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/home - A nivel local en: Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/ Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de igualdad de género en: - A nivel estatal en: Ministerio de Igualdad https://www.igualdad.gob.es/Paginas/index.aspx - A nivel autonómico en: Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad.html - A nivel local en: Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/ Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 66 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 66/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad en: ## - A nivel estatal en: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad. http://www.mscbs.gob.es/ Servicio Público de Empleo Estatal. https://www.sepe.es/HomeSepe - A nivel autonómico en: Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo.html Servicio Andaluz de empleo https://www.juntadeandalucia.es/organismos/sae.html Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad.html - A nivel local en: Ayuntamiento de Córdoba https://www.cordoba.es/ - página 67 de 80 - | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 67/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO VI MODELO DE COMPROMISO PARA LA INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS. D./Dña ………………………………………………..……………….., con DNI número.........................en nombre y representación de la entidad ……………………………………………………..………………………………….., con N.I.F. ……………………………………………….……………… al objeto de participar en la contratación denominada ( Indicar el título del contrato y el lote al que licita ) ……………....................................... …………………………………………………………………….................................................................. convocada por 2 .........................................................................................,: Y D./Dña …………………………………………………….., con DNI número.........................en nombre y representación de la entidad ……………………………………………….., con N.I.F. ……………… Se comprometen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a: - Que la solvencia o medios que pone a disposición la entidad ……………………………………............ a favor de la entidad …………………………………………………….......... son los siguientes 3 : - - - -Que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de la solvencia o medios que se describen en este compromiso. - Que la disposición efectiva de la solvencia o medios descritos no está sometida a condición o limitación alguna. - [- Que las entidades asumen la responsabilidad conjunta con carácter solidario de la ejecución del contrato.] Fecha Firma del licitador. Firma de la otra entidad. DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 68 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 68/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 - 1 Si se recurre a la solvencia o medios de varias entidades se deberá cumplimentar una declaración conforme al modelo, por cada una de las entidades que pone a disposición del licitador su solvencia o medios. - 2 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación. - 3 Se deberá indicar la solvencia o medios concretos. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 69 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 69/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO VII MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN ## MODELO DE GARANTÍAS https://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/modelos/modeloTeso/asistente.jsp INSTRUCCIONES PARA LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA O DEPÓSITO EN LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/ciudadania/constituciondegarantiasydepo sitos.htm Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 70 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 70/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO VIII MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES. D./Dña …………………………………………………………..……….., con DNI número............................................ en nombre y representación de la Sociedad ……………………………………………………………………..……….., con N.I.F. …………………….……………………… al objeto de participar en la contratación denominada ( Indicar el título del contrato y el lote al que licita ) ……………........................................................ .................................................................................................................................... convocada por .........................................................................................,: DECLARA bajo su responsabilidad: - 1º Que la empresa a la que representa: (Marque una de las casillas) - [ ]  Es un Centro Especial de Empleo. - [ ]  Emplea a menos de 50 trabajadores - [ ]  Emplea a 50 o más trabajadores y (Marque la casilla que corresponda) - [ ]  Cumple con la obligación de que, entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. - [ ]  Cumple las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad. - 2º Que la empresa a la que representa cumple con las disposiciones vigentes en materia laboral y social. - [ ] 3º Que la empresa a la que representa: (Marque una de las casillas) - [ ]  Cumple con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. - [ ]  En aplicación del apartado 5 del artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la empresa no está obligada a la elaboración e implantación del plan de igualdad. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 71 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 71/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 4º Que la empresa a la que representa: (Marque una de las casillas) - [ ]  No pertenece a un grupo de empresas. - [ ]  Sí pertenece al grupo de empresas denominado …….., en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, del que se adjunta relación de empresas que lo forman. A efectos del artículo 149.3 LCSP, [ninguna de las empresas pertenecientes al grupo se presenta a esta licitación] [las empresas pertenecientes al grupo que se presentan a la licitación son las siguientes: (Indicar)]. 5º Que declara bajo su responsabilidad que: (Marque una de las casillas) -  No es una empresa , en el sentido del artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. (El anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en su artículo 1 titulado 'Empresa' dispone que: 'Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.') - [ ]  La empresa a la que represento tiene categoría de PYME y se define microempresa , al ocupar a menos de 10 personas y tener un volumen de negocios anual o balance general anual que no supera los 2 millones EUR. (artículo 2.3. del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014). -  La empresa a la que represento tiene categoría de PYME y se define pequeña empresa , al ocupar a menos de 50 personas y tener un volumen de negocios anual o balance general anual que no supera los 10 millones EUR. (artículo 2.2. del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014). - [ ]  La empresa a la que represento tiene categoría de PYME y se define mediana empresa , al ocupar a menos de 250 personas y tener un volumen de negocios anual que no excede de 50 millones EUR o balance general anual que no excede de 43 millones EUR (artículo 2.1. del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014). - [ ]  La empresa a la que a la que represento no tiene categoría de PYME , al ocupar a 250 personas o más y tener un volumen de negocios anual que excede de 50 millones EUR o balance general anual que excede de 43 millones EUR. Fecha y firma de la entidad. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 72 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 72/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE - página 73 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 73/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO IX DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) (A CUMPLIMENTAR POR EL / LA CONTRATISTA) Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es Don/Doña ……………………………………………………, DNI ……………………….., como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ………………………………………………………………………….., con NIF ………………………….,y domicilio fiscal en …………………………………………………………………………………….…………………………………………… ……………………………beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 17 'Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación', declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia: 1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes: - i. El nombre del perceptor final de los fondos; - ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública; - iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26); - iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión». 2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento». - página 74 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 74/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados. En ……………………………..., a .…. de de 202… - página 75 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 75/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO X DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) (A CUMPLIMENTAR POR EL / LA CONTRATISTA) Don/Doña ……………………………………………………………………………………., con DNI …………………….., como titular del órgano/ Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ……………………………………………………………………………………………….., con NIF ,………………………. y domicilio fiscal en …………………………………………………………………………………………………………………………………… .en la condición de órgano responsable/ órgano gestor/ beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/ente destinatario del encargo/ subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 17 'Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación', manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados. Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («DNSH» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado. En ……………………………..., a ……… de de 202… Fdo. ……………………………………………. Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 76 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 76/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ## ANEXO XI DECLARACIÓN RESPONSABLE PRINCIPIO DNSH D. \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en su condición de representante legal de\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, como adjudicatario del contrato\_\_\_\_\_\_\_ que tiene por objeto \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ , a efectos de lo dispuesto en las obligaciones contractuales previstas en la documentación preparatoria del contrato, financiado íntegramente con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. ## DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, - 1º. Que es conocedor de que la financiación procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión europea. Que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, demás normas de la Unión sobre la materia y por las normas estatales de desarrollo o trasposición de estas, especialmente con respecto al requerimiento de cumplir con el prejuicio de no ocasionar un perjuicio significativo al medio ambiente. - 2º. Que [denominación contratista] y en concreto en la ejecución del contrato [incluir objeto] se cumple el principio DNSH, a cuyos efectos, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de 'no causar un perjuicio significativo' en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01) manifiesta: Que la actividad objeto del contrato no constituye un «perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o 'taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles, tal y como se desprende del análisis DNSH (parte 1 de la Guía Técnica) según la tabla que se adjunta al presente. - 3º Que las actividades que se desarrollan en ejecución del objeto del contrato cumplirán la normativa medioambiental vigente que resulte de aplicación. - 4º Que el objeto del contrato no está excluido para su financiación por el Plan conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de 'no causar un perjuicio significativo' en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01), a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y a su correspondiente Anexo: 1. Construcción de refinerías de crudo, centrales térmicas de carbón y proyectos que impliquen la extracción de petróleo o gas natural, debido al perjuicio al objetivo de mitigación del cambio climático. 2. Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos, excepto los proyectos relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 77 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 77/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el Anexo III de la Guía Técnica de la Comisión Europea. 3. Actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. 4. Compensación de los costes indirectos del RCDE. 5. Actividades relacionadas con vertederos de residuos e incineradoras. Esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni en las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta. 6. Actividades relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico. Esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta. 7. Actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. 6. 5º Que el objeto del contrato no causa efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad. 7. 6º Que el objeto del contrato cumple con las condiciones específicas previstas para el Componente 17, Inversión I2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la que se enmarcan, especialmente las previstas en el Anexo a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España y en los apartados 3 y 8 del documento del Componente 17 del Plan. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración dará lugar a la obligación de devolver las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes. Fecha: Fdo.: Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 78 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 78/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 ANEXO XII: DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) BENEFICIARIOS, ENTIDADES COLABORADORAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS (DACI) PARA BENEFICIARIOS, ENTIDADES COLABORADORAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS Expediente: «Nº\_Expediente» Contrato/subvención. «Título» En calidad de adjudicatario del contrato/encargo referido, el abajo firmante DECLARA : ## Primero. Conocimientos y marco normativo. ## Que conoce lo dispuesto en: - (i) el art. 61.3 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, que define conflicto de intereses como toda situación en la que el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones pueda verse comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal; y - (ii) el art. 64 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), que exige prevenir, detectar y solucionar eficazmente los conflictos de intereses garantizando la transparencia y la igualdad de trato. ## Segundo. Declaración de ausencia de conflicto. Que ni la entidad adjudicataria, ni su representante, ni el personal adscrito a la ejecución, ni sus subcontratistas o colaboradores en el marco del contrato: 1. Tienen interés financiero, económico o personal -directo o indirecto- que pudiera comprometer o parecer que compromete su imparcialidad en el procedimiento o en la ejecución. 2. Mantienen relaciones o vínculos con el órgano de contratación, la mesa de contratación, los comités de evaluación, asesores o personal que haya intervenido, susceptibles de generar conflicto en los términos del art. 64 LCSP. 3. Han ofrecido, solicitado o aceptado ventajas indebidas con el fin de influir en el procedimiento o en la ejecución del contrato. ## Tercero. Compromisos. El adjudicatario se compromete a: Rectorado - Avda. Medina Azahara, 5 - 14071 C órdoba (España) | Telf.: +34 957 218 065/062 | Fax: +34 957 218 030 | email: contratacion@uco.es - página 79 de 80 - código: 002\_serv | versión: 09.0 | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 79/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image --> <!-- image --> ## Servicio de Contratación y Patrimonio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2025/00109 a) Comunicar de inmediato al órgano de contratación cualquier situación sobrevenida de conflicto de interés que detecte durante la ejecución. b) Sustituir sin dilación a cualquier persona adscrita afectada por un potencial conflicto, y adoptar medidas correctoras razonables que el órgano de contratación indique. - c) Colaborar en cuantas verificaciones o requerimientos de información razonables se soliciten para comprobar la inexistencia de conflictos. ## Cuarto. Ámbito subjetivo de la declaración. La presente declaración se extiende a directivos, personal propio y subcontratistas que intervengan en la preparación y ejecución del contrato. En caso de subcontratación, el adjudicatario recabará y custodiará declaraciones equivalentes de sus subcontratistas. ## Quinto. Consecuencias. Que conoce que la falsedad u omisión esencial en esta declaración podrá acarrear las consecuencias disciplinarias, administrativas y/o judiciales previstas en la normativa aplicable, incluida la posible resolución del contrato y demás medidas legales que procedan. (Fecha, Firma, Nombre completo y DNI) - página 80 de 80 - | Código Seguro De Verificación: | D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | Estado | Fecha y hora | |----------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------| | Firmado Por | Amanda Penélope García Marín | Firmado | 09/12/2025 13:44:48 | | Observaciones | | Página | 80/80 | | Url De Verificación | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | https://sede.uco.es/verifirma/code/D2XQ4EpKDV6fK4IbCAiWww== | <!-- image -->