Memoria justificativa
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## SERVICIO - TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA art. 120 LCSP
## MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO Y EFICIENCIA EN LA CONTRATACIÓN
SERVICIO DE ACTUACIÓN ARQUEOLÓGICA ASOCIADO A LA OBRA DE EMERGENCIA PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL MURO DE CONTENCIÓN DE TIERRAS DEL PASEO DE LA INFANTA ISABEL (MADRID)
Este contrato se realiza en el marco de los fines generales encomendados a la Universidad Politécnica de Madrid, que están orientados a la prestación del servicio público fundamental de la educación superior mediante la docencia, el estudio y la investigación. Estas tareas se prestan en las Escuelas, Facultad, Departamentos y Centros e Institutos de Investigación.
## Necesidad e idoneidad:
La Universidad Politécnica de Madrid ha de realizar una obra de emergencia para la consolidación del muro de contención de tierras del Paseo de la Infanta Isabel (Madrid), motivada por el riesgo cierto e inminente para la seguridad de las personas y bienes .
Dicha intervención se desarrolla en un ámbito protegido desde el punto de vista patrimonial , por lo que resulta obligatoria la realización de una actuación arqueológica preventiva , como condición indispensable para la ejecución de los trabajos de excavación y movimiento de tierras.
La ausencia de este servicio supondría la imposibilidad legal de realizar la obra , así como un riesgo irreparable para el patrimonio arqueológico.
El objeto del contrato -servicio de actuación arqueológica- es adecuado, necesario y directamente vinculado a la finalidad que se persigue, consistiendo en:
- Proyecto de actuación arqueológica.
- Control y supervisión arqueológica en obra.
- Dirección y coordinación de los trabajos.
- Informe final de resultados.
Estas prestaciones permiten compatibilizar la urgencia constructiva con la protección del patrimonio histórico , garantizando el cumplimiento normativo.
La Universidad Politécnica de Madrid no dispone de medios personales ni materiales suficientes para poder abordar la ejecución de los trabajos que son objeto de este contrato, que exceden de las tareas de mantenimiento de instalaciones de edificios, lo que obliga a contratar estas obras con una empresa constructora que garantice la correcta ejecución de las mismas.
El presente contrato no altera las previsiones de la Universidad sobre la estabilidad presupuestaria y
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## SERVICIO - TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA art. 120 LCSP
sostenibilidad financiera, de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 2/2013, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), se justifica de este modo la necesidad de proceder a la contratación descrita.
## Justificación de no división por lotes:
No se propone la división en lotes del contrato, por un lado, porque no es posible la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato y, por otro lado, por deberse a una situación de emergencia.
## Procedimiento de adjudicación :
La propuesta de tramitación de emergencia en aplicación del artículo 120, 1. a) de la LCSP, queda justificada por la necesidad de actuar de forma inmediata para establecer las condiciones necesarias que permitan la futura ejecución de la obra de emergencia, garantizando su desarrollo conforme a la normativa aplicable, con plena protección del patrimonio histórico y el debido respeto a los valores arqueológicos del entorno.
## Precio de licitación:
El precio de licitación , de conformidad con el presupuesto facilitado asciende a 4.200,00 euros (IVA no incluido) , lo que supone un importe total de 5.082,00 euros (IVA incluido) , con una estimación del IVA del 21 % .
## Plazo de ejecución :
La duración estimada de la actuación arqueológica vendrá determinada por el desarrollo de la obra de emergencia, estimándose, con carácter orientativo, en un plazo de dos meses , pudiendo ajustarse en función de las necesidades reales de ejecución.
## Aplicación presupuestaria:
El gasto se imputará al centro de gasto 18.33.02, programa 321P, concepto 611.01, del vigente presupuesto de la Universidad Politécnica de Madrid.
En Madrid, a fecha de firma electrónica La Vicerrectora de Infraestructuras y Sostenibilidad María Isabel Más López