04. Fiscalización.

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INFORME IDENTIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE CONTROL Expediente 17744/2025 Nº Actuación AC/2026/657 Propuesta PR/2026/4296 Centro Gestor 330E CONTRATACIÓN Resolución Asunto del SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS EN LAS expediente INSTALACIONES MUNICIPALES (SER 38/2026-ASS) Materia Contratación Procedimiento Servicios Actuación Aprobación del gasto IMPORTE DE LA OPERACIÓN Ejercicio Operación Aplicación Presupuestaria Importe Anterior 2026 RC 22026 4547 3411 2260900 ACTIV CULTUR Y DEPORT. PROMOC- 7.004,90 /3906 FOMENTO DEPORTE. DEPORTES € 2027 RC 220269 4547 3411 2260900 ACTIV CULTUR Y DEPORT. PROMOC- 14.009,80 /389 FOMENTO DEPORTE. DEPORTES € 21.014,70 € De conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el artículo 16 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público, se ha procedido a fiscalizar el expediente de referencia mediante la verificación de los siguientes requisitos: Cumple No No aplica cumple Que los gastos u obligaciones se proponen al órgano competente. [RDCIEL Art. 13.2.b, TRLRHL Art. 185] Que existe crédito presupuestario suficiente y que el propuesto es el adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer; verificándose a tal efecto, y en su caso, que en el expediente consta el certificado de existencia de crédito. [RD 500/1990 Art. 31, RDCIEL Art. 13.2.a, TRLRHL Art. 172, TRLRHL Art. 176] NOICAZILACSIF JKK77G67TCGTAMYHFT3YE5A93 :nóicadilaV .dóC 6202/60/40 :ahceF 6260-6202 :oremúN /se.acinortceledes.plac//:sptth :nóicacifireV 4 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Que los compromisos plurianuales cumplen con los requisitos establecidos por la normativa vigente. [RD 500/1990 Secc. II, RD-Ley 36/2020 Disp.Adic. 7ª, TRLRHL Art. 174] A los efectos de lo establecido en la DA 3ª de la LCSP, que de los informes incluidos en el expediente no se pone de manifiesto un incumplimiento de las exigencias del principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. [LCSP Disp.Adic. 3ª, LOEPSF Art. 7] Que estando la disponibilidad de los créditos presupuestarios condicionada, se cumplen los requisitos normativos. [TRLRHL Art. 173.6] Que los informes preceptivos son favorables. [] Que existe pliego de cláusulas administrativas particulares o, en su caso, documento descriptivo, informado por la Secretaría General o, en su caso, por el titular de la Asesoría Jurídica [ACM 2018 Cuarto 1.1.A.a, LCSP Disp.Adic. 3ª.8] Que existe pliego de prescripciones técnicas del servicio o suministro que proceda o, en su caso, documento descriptivo. [ACM 2018 Cuarto 1.1.A.b, LCSP Art. 116.3, LCSP Art. 124] Que cuando se utilice modelo de pliego de cláusulas administrativas, el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado por la Secretaría General o, en su caso, por el titular de la Asesoría Jurídica. [ACM 2018 Cuarto 1.1.A.c, LCSP Disp.Adic. 3ª.8] Que se justifica en el expediente la carencia de medios suficientes para la prestación del servicio por la propia Administración por sus propios medios. [ACM 2018 Cuarto 1.1.A.d, LCSP Art. 63.3 a), LCSP Art. 116.4 f)] Que el objeto del contrato está perfectamente definido, de manera que permita la comprobación el exacto cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista. [ACM 2018 Cuarto 1.1.A.e, LCSP Art. 99]

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