Memoria justificativa

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**MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEL PROYECTO ACTUACIÓN COMUNITARIA** Se redacta la presente memoria para dar cumplimiento de las exigencias legales establecidas en el art. 63.3. a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. **1.- MOTIVACIÓN DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO REFERIDA A LA TOTALIDAD DEL OBJETO.** La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y su posterior modificación a través de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, establece como competencias de la Administración local la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social; así como la promoción de la cultura y equipamientos culturales y la ocupación del tiempo libre, para desarrollar tales competencias se precisa de apoyo para la prestación de los citados servicios, por un importe máximo de **31.607,52€ (IVA no incluido)**. **2. OBJETO DEL CONTRATO.** Es objeto de este contrato la prestación del servicio de actividades del proyecto Actuación Comunitaria en Barrios del Centro Municipal de Servicios Sociales durante 2027. Tiene su justificación en la necesidad de promover actividades que favorezcan la dinamización social, así como un instrumento para motivar y ejercer la participación social. El proyecto Actuación Comunitaria 2027 permite crear un espacio de participación grupal y comunitaria. La metodología comunitaria incide en el fortalecimiento de la sociedad civil y está diseñada para resolver los problemas de aislamiento, baja autoestima, desconocimiento y falta de densidad de capital social. Así mismo, permite generar un mayor nivel de empoderamiento, potenciando las capacidades para realizarse como persona a través de la experiencia comunitaria, o creando un sentimiento de pertenencia y vinculación que favorece el acuerdo. Nos hacemos personas en la interacción y convivencia con otros. La duración del contrato será la establecida en el Pliego de Prescripciones Técnicas en cuanto a fechas y horarios. Asimismo, en función de las demandas de dicho servicio, podrán modificarse las actividades en cuanto a periodo de actividad u horario de prestación, previa comunicación al adjudicatario del contrato. **3.- SOLVENCIA ECONOMICO FINANCIERA Y TECNICO PROFESIONAL** Se estará a los requisitos de solvencia establecidos en los artículos 87 y 90 para el tipo de contrato correspondiente. **4**.- **CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL** Para el contrato que nos atañe no es exigible la clasificación del empresario. **5.- CRITERIOS PARA ADJUDICAR EL CONTRATO (Máximo 50 puntos)** **5.1.- MEJOR OFERTA ECONÓMICA……..…………………….MÁXIMO 20 PUNTOS.** Sobre una base de licitación de **31.607,52 €** (sin IVA) para un servicio mínimo de **1.932** horas anuales. **Precio/Hora: 16,36€ (EXCL. IVA)** Asignando 20 puntos a la oferta más económica, cero puntos a la que iguale el precio hora de la licitación, y quedando excluidas aquellas que superen dicho precio. El resto de las ofertas se puntuarán con arreglo a la siguiente fórmula. OMB P = 20 (---------------) OEL Donde: P= Puntuación correspondiente a la oferta a valorar OMB= Oferta más baja IVA excluido OEL = Oferta de la empresa licitadora IVA excluido.

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