PCAP Restauracion Ambiental del Camino de Bolea a Tolato.pdf
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Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU CONTRATO DE OBRAS PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SISTEMA DE PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE OFERTAS: ☒PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO (PLACSP) ☒ Tramitación urgente Tramitación anticipada PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS CORRESPONDIENTE A LA RESTAURACIÓN AMBIENTAL Y ACONDICIONAMIENTO DE CAMINO DE BOLEA A TOLATO DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN DESTINOS XACOBEO 2021 “RUTA DEL CAMINO DEL SANTO GRIAL”, CONCEDIDO AL AYUNTAMIENTO DE LA SOTONERA, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, COFINANCIADOS EN EL MARCO DEL INSTRUMENTO DE FINANCIACIÓN NEXT GENERATION EU. 1 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Expte. nº 327/2024 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CUADRO RESUMEN A. PODER ADJUDICADOR ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE AYUNTAMIENTO LA SOTONERA ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ALCALDÍA Fecha Resolución inicio del expediente de contratación: XXXXX Dirección del órgano de contratación y correo electrónico: Plaza Mayor nº 1, 22160, Bolea (Huesca) aytosotonera@aragon.es B. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO El objeto de este contrato comprende la ejecución de las obras del Proyecto de Restauración ambiental y acondicionamiento del camino de Bolea a Tolato del municipio de La Sotonera correspondiente a la actuación 2 comprendida en el eje 1. “Transición verde y sostenible” del Plan de Sostenibilidad Turística en Destinos Xacobeo 2021 “Ruta del Santo Grial” del municipio de La Sotonera tal y como aparecen definidas en los documentos que comprenden el Proyecto de Restauración ambiental. El presente contrato se encuentra en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). En concreto, la actuación se encuadra en el Componente C14. Inversión 01 del PRTR por lo que será necesario dar cumplimiento a la normativa asociada, así como a los requisitos específicos expuestos en el presente documento que resulte de aplicación al adjudicatario. CPV 45112100-6 Trabajos de excavación de zanjas 45112500-0 Trabajos de movimiento de tierras 45262522-6 Trabajos de mampostería 45342000-6 Instalación de barandillas 45432112-2 Colocación de adoquinado 44322300-6 Tuberías para cables 03451300-9 Arbustos 03452000-3 Árboles 2 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU DIVISION EN LOTES: No procede De conformidad con el artículo 99.3 de la LCSP, no se contempla la división en lotes del contrato al tratarse de una obra única de pequeñas dimensiones. El hecho de la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico; además del riesgo para la correcta ejecución del contrato al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones que constituyen el objeto del mismo y que deben realizarse en los primeros meses de otoño. En este sentido, cabe indicar que los distintos apartados que conforman el proyecto de ejecución de las obras de restauración no pueden ser considerados como lotes independientes que pueden ser individualizados, dada la íntima y directa conexión que presentan unas tareas con respecto a otras desde el punto de vista técnico. En el ámbito de la propia ejecución de la obra, es evidente la necesidad de coordinar de forma óptima las distintas prestaciones, conforme se van desarrollando los trabajos y los plazos establecidos para cada una de ellas, de conformidad con las directrices emitidas por la Dirección Facultativa, cuestión que podría verse imposibilitada si su ejecución se encargarse a una pluralidad de contratistas diferentes, poniendo en riesgo la correcta ejecución del contrato en plazo. POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES NO POSIBILIDAD DE LICITAR POR SUBLOTES/PARTIDAS NO LIMITACIONES EN LOTES: NO ESPECIFICACIONES ADICIONALES Información a las entidades licitadoras: Contacto para atender consultas sobre aspectos técnicos y jurídicos: Dirección de correo electrónico: aytosotonera@aragon.es Nº de teléfono: 974272 200 El órgano de contratación proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación a más tardar 4 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de las proposiciones aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten a condición de que la hubieren pedido al menos 5 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones. En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación las respuestas tendrán carácter vinculante y, en este caso, deberán hacerse públicas en el correspondiente perfil de contratante. 3 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU C. PROYECTO AUTOR DEL PROYECTO: Ángel Diego Marín Tomás FECHA APROBACIÓN: 29 de agosto de 2024 D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (Ver Anexo II) Importe de licitación (IVA Tipo IVA aplicable: (21%) Presupuesto base de licitación excluido) (IVA Incluido) Importe IVA: 80.578,52 € 16.921,48 € 97.500,00 € Aplicación Presupuestaria: 4320.62700 DESGLOSE DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN RESUMEN DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL Capítulo 1.- PAVIMENTACIÓN.................................................................24.625,20 € Capítulo 2.- TALUD Y MURO...................................................................41.407,99 € Capítulo 2.- Gestión de residuos..............................................................1.081,44 € Capítulo 3.- Seguridad y Salud....................................................................475,66 € Capítulo 4.- Control de Calidad………………………………………………...122.75 € Valoración de Ejecución Material de las obras.........................67.713,04 € Asciende el presente Presupuesto de Ejecución Material a SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TRECE EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (67.713,04 €) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL.............67.713,04 € 13% de G.G...................................................................................................8.802,70 € 6% de B. I......................................................................................................4.062,78 € TOTAL..............................................................................80.578,52 € 21% IVA vigente.........................................................................................16.921,48 € TOTAL, BASE DE LICITACIÓN ................. 97.500,00 € Asciende el presente Presupuesto Base de Licitación, IVA incluido a la cantidad de: NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS EUROS (97.500,00 €) 4 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU E. VALOR ESTIMADO Importe de licitación (IVA excluido) 80.578,52 € Incremento de unidades de ejecución 0 Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido) 0 Importe de las obras o suministros puestos a disposición del contratista (IVA excluido) 0 Importe de las opciones eventuales (IVA excluido) 0 Prórroga (IVA excluido) 0 TOTAL, VALOR ESTIMADO CONTRATO 80.578,52 € MÉTODO DE CÁLCULO APLICADO PARA CALCULAR EL VALOR ESTIMADO El precio del contrato se formula en términos de precios unitarios de acuerdo con el proyecto. El precio del contrato viene determinado en el proyecto redactado por D. Ángel Diego Marín Tomás, Ingeniero de Caminos Canales y Puertos, colegiado nº 32883 del Colegio de Ingenieros de Caminos Canales y Puertos y que ha sido aprobado por Alcaldía. En el proyecto se incluye un desglose de unidades, las mediciones y los cuadros correspondientes, además del Estudio de Seguridad y Salud, el Plan de control de calidad y el Estudio de Gestión de Residuos. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA NO F. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN Fondos Next Generation 100 % FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NextGenerationEU – Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ☒SI ☐ NO PLAN DE RECUPERACIÓN , TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA C14 COMPONENTE: INVERSIÓN/REFORMA: 01 2. Planes de Sostenibilidad Turística en Destino SUBMEDIDA HITO Cumplir con al menos 50% de ejecución para destinos 5 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU adjudicados en 2021 antes del fin del 4º trimestre de 2024 Contribuir a la consecución del OBJETIVO CID 220 OBJETIVOS (Council Implementing Decision) Esta medida contribuye a los objetivos climáticos y medioambientales de la acción por el clima, en los términos previstos por el anexo VI del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de CUMPLIMIENTO ETIQUETADO Recuperación y Resiliencia. VERDE/DIGITAL “Solo pueden seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente”. Código del campo de intervención y coeficiente (%) climático y digital de cada No aplica. medida/submedida https://lasotonera.cumpletransparencia.es/lasotonera/ Enlace para consultar el plan antifraude del órgano de contratación: Institucional/planes-y-programas-de-la-entidad-anuales-y- plurianuales G. ANUALIDADES EJERCICIO Fondos Next Generation TOTAL 2024 97.500 € 97.500 € TOTAL 97.500 € 97.500 € PARTIDA PRESUPUESTARIA 4320.62700 H. PLAZO DE EJECUCIÓN Y FORMA DE FACTURACIÓN La ejecución del contrato comenzará con el acta de comprobación del replanteo que se realizará dentro de los 15 días siguientes a la fecha de formalización del contrato. El plazo estimado de ejecución del contrato dentro del cual habrán de quedar totalmente finalizadas las obras, de forma que se pueda proceder a su recepción, se fija en DOS (2) meses contados desde el día siguiente al de la firma del Acta de comprobación del replanteo. La facturación se realizará: por certificaciones mensuales a la firma del acta de replanteo de las obras del proyecto mediante documento mensual por cuantía proporcional a la certificación de la ejecución de la obra correspondiente. PLAZOS PARCIALES NO 6 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 6 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU RECEPCIONES PARCIALES NO PRÓRROGA NO I. PLAZO DE GARANTÍA DOS (2) años a contar a partir del acta de recepción de las obras suscrita por el Ayuntamiento, la Dirección Facultativa y el contratista. J. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Establecidas en el Anexo XII K. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES ☐ Si, ver Anexo IX ☒ NO L. REVISIÓN DE PRECIOS ☐ SI FÓRMULA ☒ NO M. GARANTÍA DEFINITIVA ☒ 5 % del importe de adjudicación IVA excluido COMPLEMENTARIA ☐ XX % del presupuesto base de licitación en ☒ Exigida: 5 % del importe de adjudicación IVA caso de adjudicación por precios unitarios Excluido, en caso de resultar adjudicataria una oferta incursa en baja anormal ☐ No se admite constitución mediante retención en precio 7 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 7 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N. CLASIFICACIÓN EXIGIDA AL CONTRATISTA GRUPO SUBGRUPO TIPO DE OBRA CATEGORÍA B 1 Muro de mampostería 1 B 4 Barandilla metálica 1 A 1 Perfilado de talud 1 Desbroce y plantación de distintos tipos 1 K 6 de masa vegetal G 6 Cunetas 1 Colocación de tubería para 1 I 9 enterramiento de cableado eléctrico No es obligatoria al no ser el valor estimado igual o superior a 500.000,00 euros de acuerdo con el art.77.1.a) LCSP O. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS ☒ SI, ver Anexo V ☐ NO P. TITULACIÓN DEL DELEGADO DEL CONTRATISTA Y PERSONAL FACULTATIVO Q. SUBCONTRATACIÓN Condiciones de subcontratación para prestaciones parciales : ☐ Tareas críticas que NO admiten subcontratación (Ver Anexo VI) ☒ Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar ☒ SI ☐ NO R. CESIÓN DEL CONTRATO ☐ SI, Ver Anexo VI ☒ NO 8 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 8 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU S. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS ☐ SI, ver Anexo XV ☒ NO T. DATOS DE FACTURACIÓN Entidad contratante AYUNTAMIENTO DE LA SOTONERA Órgano de contratación ALCALDÍA CODIGO DIR 3 L01229042 Órgano con competencias en materia de contabilidad (Oficina INTERVENCIÓN CODIGO DIR3 L01229042 contable) Destinatario de la prestación (Unidad tramitadora) SECRETARÍA CODIGO DIR 3 L01229042 U. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LOS PLIEGOS ☐ Contrato sometido a Recurso Especial en materia de contratación ante el NO Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón ☒ Contrato sometido a Recurso Ordinario Órgano ante el que interponer el recurso: ☐ Recurso de Alzada ALCALDÍA ☐ Recurso potestativo de reposición V. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Responsable del tratamiento Denominación de la Actividad de Tratamiento Información básica de la actividad de Ver Anexo XIX tratamiento En e l presente contrato e l adjudicatario tratará datos de carácter personal: ☒ NO ☐ SI, ver Acuerdo de Encargado del tratamiento en Anexo XX 9 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 9 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU W. CONTRATO RESERVADO ☐ SI ☒ NO Centros especiales de empleo Empresas de inserción social Otros (especificar organización): X. ÍNDICE DE ANEXOS ☐ ANEXO I LIMITACIONES EN LOTES ☒ ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE) ☒ ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU) ☒ ANEXO IV SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA ☒ ANEXO V ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO ☒ ANEXO VI SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN ☒ ANEXO VII MODELO OFERTA ECONÓMICA (SOBRE C) ☒ ANEXO VIII DOCUMENTOS CONTRACTUALES DEL PROYECTO ☐ ANEXO IX ADMISIBILIDAD DE VARIANTES ☐ ANEXO X CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A JUICIO DE VALOR (SOBRE AB) ☒ ANEXO XI CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A VALORACIÓN AUTOMÁTICA (SOBRE C) ☒ ANEXO XII CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN ☒ ANEXO XIII PENALIDADES ☒ ANEXO XIV OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO ☐ ANEXO XV MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS ☒ ANEXO XVI CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL ☒ ANEXO XVII DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ☒ ANEXO XVIII COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN ☒ ANEXO XIX INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS (LICITADORES) ☐ ANEXO XX ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO (ADJUDICATARIO) ☒ ANEXO XXI CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN ☒ ANEXO XXII DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 LCSP Y. ÍNDICE DE ANEXOS (NextGenerationEU) ☒ ANEXO MRR INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS DECLARACIONES RESPONSABLES RELATIVAS AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR) 10 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 01 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU ÍNDICE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES...................................................................2 CUADRO RESUMEN...............................................................................................................................2 ÍNDICE................................................................................................................................................11 1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.................................15 2 CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS....................................................................................................15 2.1 Disposiciones Generales.......................................................................................................................15 2.1.1 Objeto y necesidad del contrato......................................................................................................15 2.1.2 Valor estimado del contrato.............................................................................................................15 2.1.3 Presupuesto base de licitación.........................................................................................................15 2.1.4 Precio del contrato...........................................................................................................................15 2.1.5 Existencia de crédito........................................................................................................................16 2.1.6 Plazo de duración del contrato.........................................................................................................16 2.1.7 Perfil de contratante........................................................................................................................16 2.1.8 Notificaciones telemáticas................................................................................................................16 2.2 Cláusulas especiales de licitación.........................................................................................................17 2.2.1 Presentación electrónica de proposiciones......................................................................................17 2.2.1.1 Presentación de proposiciones a través DE LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO (PLACSP):..........................................................................................................................................17 2.2.2 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.......................................................17 2.2.3 Subsanación de documentos............................................................................................................17 2.2.4 Contenido de las proposiciones........................................................................................................18 2.2.5 Variantes..........................................................................................................................................20 2.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones....................................................................................20 2.2.7 Mesa de contratación.......................................................................................................................20 2.2.8 Apertura y examen de las proposiciones presentadas en Sobre ÚNICO (sobre AC) “Documentación administrativa y proposición”..............................................................................................20 2.2.9 Apertura y examen de las proposiciones presentadas en Sobres AB y Sobres C...............................21 2.2.9.1 Apertura de los Sobres AB “Documentación Administrativa y propuesta sujeta a juicio de valor”, calificación de la documentación administrativa y examen de criterios de juicio de valor..............................21 2.2.9.2 Apertura y examen de los sobres C “Oferta económica y propuesta sujeta a valoración automática”. ........................................................................................................................................................21 2.2.10 Criterios de adjudicación..................................................................................................................21 2.2.11 Ofertas con valores anormalmente bajos.........................................................................................21 2.3 Adjudicación........................................................................................................................................22 2.3.1 Clasificación de las ofertas...............................................................................................................22 11 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 11 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 2.3.2 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta............................................................................................22 2. Adscripción de medios.............................................................................................................................22 3. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato..............22 2.3.3 Garantía definitiva...........................................................................................................................24 2.3.4 Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración......................................................................................................................................24 2.3.5 Adjudicación.....................................................................................................................................25 2.4 Formalización del contrato..................................................................................................................25 3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES................................................................................25 3.1 Abonos al contratista...........................................................................................................................25 3.2 Obligaciones del contratista.................................................................................................................26 3.2.1 Obligaciones laborales, sociales, en materia de igualdad de género, fiscales y de protección de medio ambiente..............................................................................................................................................26 3.2.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación........................................................27 3.2.3 Señalización de las obras..................................................................................................................27 3.2.4 Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones......................................28 3.2.5 Obligaciones de transparencia.........................................................................................................28 3.2.6 Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos).....................................28 3.3 Tributos...............................................................................................................................................28 3.4 Revisión de precios..............................................................................................................................29 3.5 Cesión del contrato..............................................................................................................................29 4 EJECUCIÓN DEL CONTRATO..........................................................................................................29 4.1 Ejecución de los trabajos......................................................................................................................29 4.2 Condiciones especiales de ejecución del contrato................................................................................29 4.3 Comprobación de replanteo y comienzo del plazo de ejecución..........................................................30 4.4 Director facultativo y responsable del contrato...................................................................................30 4.5 Coordinador en materia de seguridad y salud......................................................................................30 4.6 Plan de seguridad y salud en el trabajo................................................................................................31 4.7 Delegado de obra del contratista.........................................................................................................31 4.8 Libro de órdenes..................................................................................................................................31 4.9 Libro de incidencias..............................................................................................................................31 4.10 Programa de trabajo............................................................................................................................32 4.11 Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra............................................................................32 4.12 Penalidades..........................................................................................................................................32 4.12.1 Penalidades por demora..................................................................................................................32 4.12.2 Otras penalidades............................................................................................................................32 12 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 21 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 5 RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN..........................................................................................................33 5.1 Recepción y liquidación........................................................................................................................33 5.2 Plazo de garantía.................................................................................................................................33 5.3 Devolución de la Garantía y liquidación de las Obras...........................................................................33 5.4 Responsabilidad por vicios ocultos......................................................................................................33 6 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................33 7 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN...................................................................................34 7.1 Modificaciones previstas......................................................................................................................34 7.2 Modificaciones no previstas.................................................................................................................34 8 RÉGIMEN DE CONFIDENCIALIDAD................................................................................................34 9 RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL...................................................35 10 RÉGIMEN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN........................................................................36 11 RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN.............37 12 FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.......................37 12.1 Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses...............................................................................................................................37 12.2 Normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión............................................................38 12.3 Obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre..........................................................................39 12.4 Obligaciones en relación al artículo 7 de la Orden HFP/55/2023 de 24 de enero. Entidades sin información de titularidad real en las bases de datos gestionadas por la AEAT..............................................39 ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES...................................................................................................41 ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.....................................................................................42 ANEXO III. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU).....................................................................43 -ANEXO IV. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA..........................................................48 ANEXO V. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO.....................................................51 ANEXO VI. SUBCONTRATACIÓN / CESIÓN............................................................................................52 ANEXO VII. MODELO DE OFERTA ECONÓMICA....................................................................................54 ANEXO VIII. DOCUMENTOS CONTRACTUALES DEL PROYECTO.............................................................55 ANEXO IX ADMISIBILIDAD DE VARIANTES...........................................................................................56 ANEXO X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A JUICIO DE VALOR................................................57 ANEXO XI. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A VALORACIÓN AUTOMÁTICA...............................58 ANEXO XII. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.................................................61 ANEXO XIII PENALIDADES...................................................................................................................63 13 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 31 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU ANEXO XIV. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO....................................................................65 ANEXO XV. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS................................................................67 ANEXO XVI. CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL.....................................................68 ANEXO XVII. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO................................................................................................................................69 ANEXO XVIII. COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN............................................................70 ANEXO XIX. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS LICITADORES.......................................................................................................................................71 ANEXO XX. ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO (ADJUDICATARIO)....................................72 ANEXO XXI. CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN.........................................................................78 ANEXO XXII. DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 LCSP.......................................79 ANEXO MRR. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS DECLARACIONES RESPONSABLES RELATIVAS AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR).........................................................................81 14 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 41 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN El contrato que se adjudique siguiendo el presente pliego de cláusulas administrativas particulares tendrá carácter administrativo y le resultará de aplicación la normativa sobre contratación de las Administraciones Públicas. El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas. La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto simplificado, de acuerdo con el artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). El contrato, por razón de su cuantía, no está sujeto a regulación armonizada. 2 CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS 1.1 Disposiciones Generales 1.1.1 Objeto y necesidad del contrato. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de las obras señaladas en el apartado B del cuadro-resumen, de acuerdo con el proyecto referenciado en el apartado C, las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en su caso, las modificaciones del mismo que puedan acordarse. Si así se señala en el apartado B del cuadro-resumen, existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso. Si así se señala en el apartado W la participación quedará reservada a las entidades allí indicadas, a todo el contrato o por lotes según lo indicado en el Anexo I Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en la resolución administrativa de iniciación del expediente cuya fecha de aprobación consta en el apartado A del cuadro-resumen. 1.1.2 Valor estimado del contrato El valor estimado del contrato recogido en el apartado E del cuadro-resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse. 1.1.3 Presupuesto base de licitación El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el señalado como máximo en el apartado D del cuadro-resumen, conforme al desglose indicado en el Anexo II. 1.1.4 Precio del contrato El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y deberá indicar como partida independiente el IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego. 15 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 51 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Todos los gastos que se originen para el contratista como consecuencia de las obligaciones recogidas en los pliegos y el resto de las disposiciones que sean de aplicación al contrato, que no figuren en el proyecto objeto de licitación entre los costes directos e indirectos de ejecución, se considerarán incluidos en el porcentaje de Gastos Generales de Estructura. 1.1.5 Existencia de crédito Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por la Administración. En los expedientes que se tramiten anticipadamente la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. 1.1.6 Plazo de duración del contrato El plazo de ejecución de las obras será el que figure en el apartado H del cuadro-resumen. No obstante, el mismo tendrá carácter orientativo, siendo el plazo de ejecución de la obra el que figure en la oferta seleccionada por la Administración. Los plazos parciales serán los que se fijen en la aprobación del Programa de Trabajo. 1.1.7 Perfil de contratante La información relativa al presente contrato que, de acuerdo con lo dispuesto en este pliego, vaya a ser publicada a través del perfil de contratante podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica: https://contrataciondelestado.es Toda la información contenida en el perfil de contratante se publicará en formatos abiertos y reutilizables. Asimismo, se podrá consultar la información publicada en la siguiente dirección: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/p/b0/ DYoxDoAgDACf1N3EwfgA46LSrUolDVAIAd9vt7vLAcIFqPRJoC5FKZk7z1yTaJwqt1fSWrQ36qSd4Q QEHLc89Ni-tUBqDG73h7MeRysz1JyXH0MDIkE!/ 1.1.8 Notificaciones telemáticas. Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán por comparecencia electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es) o, en su caso, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Ayuntamiento de La Sotonera a través del siguiente enlace: https://www.lasotonera.es/ El cómputo de los plazos de la notificación electrónica se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP. Asimismo, el envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se podrá realizar a través de la propia Plataforma estatal (PLACSP) y en su defecto de manera subsidiaría, a través del registro electrónico o el medio que se señale en el requerimiento. En ningún caso se podrá utilizar otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2. En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. 16 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 61 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.2 Cláusulas especiales de licitación 1.2.1 Presentación electrónica de proposiciones Las proposiciones se presentarán única y necesariamente a través del sistema electrónico señalado en el cuadro resumen del presente pliego, atendiendo a las condiciones señaladas a continuación para cada sistema y a los plazos de presentación establecidos en el anuncio de licitación, y sin que se admitan aquellas proposiciones que no se presenten en la forma y plazos indicados. En ningún caso la tramitación de urgencia del expediente implicará la reducción de plazos de presentación de proposiciones. 1.2.1.1 Presentación de proposiciones a través DE LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO (PLACSP): El acceso a la citada plataforma PLACSP se realizará a través de la siguiente dirección electrónica (URL): https://contrataciondelestado.es , mediante certificado electrónico. Los requisitos funcionales y técnicos para su utilización, así como la descripción del proceso de presentación electrónica de ofertas, se detallan en las Guías de Ayuda para Empresas puestas a disposición de los licitadores en la citada Plataforma. En los procedimientos en los que alguno de los sobres, por su naturaleza, no se pueda remitir telemáticamente (maquetas, muestras, etc.), la herramienta permite la generación de etiquetas que vinculan la huella electrónica del sobre con el elemento que se presentará en el registro físico del órgano de contratación que se haya detallado en el anuncio de licitación. Asimismo, en el caso de que no pueda completarse el envío de la oferta/documentación como consecuencia de problemas técnicos, se obtendrá un justificante de presentación de la huella electrónica y se dispondrá de un plazo de 24 horas para remitir la oferta completa de acuerdo con lo dispuesto en la Guía de Servicios de Licitación Electrónica para empresas. Si el licitador opta por la alternativa de descargar el fichero de la documentación en un soporte electrónico, éste se presentará en el registro indicado en el anuncio de licitación. 1.2.2 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores. La información que los licitadores hayan considerado confidencial deberá presentarse de forma individualizada en un archivo electrónico diferenciado del resto y haciendo constar en su nombre la palabra confidencial, de forma que pueda asegurarse su confidencialidad en el sistema. 1.2.3 Subsanación de documentos La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada. Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato. 17 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 71 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días naturales, a contar desde el envío del requerimiento de subsanación. Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o la mesa de contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta. 1.2.4 Contenido de las proposiciones Las proposiciones constarán de los sobres que a continuación se indican, en formato electrónico y firmados electrónicamente por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos el órgano de contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre, su respectivo contenido y el nombre del licitador. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial. Todos los documentos se presentarán en el formato electrónico exigido en cada caso en el anuncio de licitación o en la documentación que rige la misma. En su defecto se presentarán preferentemente en los siguientes formatos: Documentos de tipo texto en formato tipo .doc o similares, PDF, documentos que incluyan tablas de datos en formato Excel y documentos que incluyan imágenes en formatos PNG / JPEG /SVG. A. Si sólo se han previsto criterios objetivos para la adjudicación del contrato, de acuerdo con el Anexo XI, las proposiciones constarán de un sobre ÚNICO (sobre AC), en el que se incluirá la siguiente documentación: 1. DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA (DRU) . Cumplimentado conforme a las indicaciones contenidas en el Anexo III, firmado por el licitador o su representante. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberá presentarse tantas declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas. Esta DRU incorpora el Documento único Europeo de Contratación (DEUC) y otras declaraciones responsables, tales como: - Compromiso de constitución de unión temporal de empresarios (UTE), en el caso de que dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en Unión Temporal, firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la Unión. Cada una de las empresas deberá presentar su DEUC. - Declaración responsable relativa al grupo empresarial. - Compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato. - Declaración inscripción en el en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. ESPECIALIDADES EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla. Todas las empresas no españolas deben aportar: - Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar: - Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación 18 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 81 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. - Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP. 3. OFERTA DEL LICITADOR También se incluirá en este sobre la oferta económica y el resto de los documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador, de conformidad con lo indicado en los criterios de adjudicación según el Anexo XI. La oferta económica será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VII de este Pliego, formando parte inseparable del mismo. Las ofertas de los licitadores deberán indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. 4. REFERENCIAS TÉCNICAS Asimismo, el licitador deberá incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración. Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables Los servicios del órgano de contratación o la Mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento. B. Si se han previsto criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios sujetos a valoración automática de acuerdo con los Anexos X y XI, las proposiciones se presentarán en DOS SOBRES. El sobre AB, denominado “Documentación Administrativa y propuesta sujeta a juicio de valor” contendrá los documentos 1º, 2º y 4º del apartado A) junto con la documentación cuya valoración dependa de los juicios de valor relacionados en el Anexo X. En ningún caso deberán incluirse en este sobre documentos propios del sobre C. En el sobre C, denominado “Oferta económica y propuesta sujeta a valoración automática” deberá introducirse la oferta económica conforme al modelo del Anexo VII y el resto de los documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador y que estén considerados de valoración automática por ser susceptibles de evaluación mediante la aplicación de fórmulas, de conformidad con lo indicado en el Anexo XI. En los dos supuestos, cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir una proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas. La proposición se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la entidad contratante estime fundamental para considerar la oferta. 19 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 91 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.2.5 Variantes En el supuesto de que según el apartado K del cuadro-resumen se admita la presentación de variantes, los licitadores podrán ofertar alternativas en la forma establecida en el Anexo IX y con los requisitos, modalidades y características técnicas fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y resumidas en dicho Anexo sin que puedan superar el presupuesto máximo del contrato. Cada licitador en la proposición que presente deberá incluir obligatoriamente la solución al proyecto base. 1.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Asimismo, la concurrencia al procedimiento de contratación conllevará el consentimiento del licitador a la obtención por el órgano de contratación de información, mediante la consulta de bases de datos o el intercambio de información entre Administraciones públicas, salvo que aquel se opusiera expresamente, facilitando en ese caso la documentación objeto de consulta. 1.2.7 Mesa de contratación La mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la calificación de la documentación administrativa, así como para realizar la evaluación y clasificación de las ofertas. Para la valoración de las ofertas, la mesa podrá basarse en dispositivos informáticos de valoración automática. Su composición podrá estar prevista en el Anexo XVIII del presente Pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil. Si el procedimiento ha previsto criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor, conforme al Anexo X, la valoración de los mismos le corresponderá a los servicios técnicos del órgano de contratación. 1.2.8 Apertura y examen de las proposiciones presentadas en Sobre ÚNICO (sobre AC) “Documentación administrativa y proposición” En el caso de que de acuerdo con el apartado A de la cláusula 2.2.4 se exija Sobre ÚNICO (sobre AC), concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá a la apertura electrónica de los sobres presentados por los licitadores en tiempo y forma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 159 de la LCSP, verificándose por el órgano competente que consta toda la documentación exigida en el apartado 2.2.4. En el caso de que se observen defectos subsanables en la documentación presentada se procederá de acuerdo con la cláusula 2.2.3. No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo tendrán el mismo tratamiento aquellas ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida necesaria para verificar dicho cumplimiento. De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil de contratante, en las que se reflejará el resultado del procedimiento, con indicación de las empresas admitidas y las rechazadas a la licitación y sus incidencias. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente. 20 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 02 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.2.9 Apertura y examen de las proposiciones presentadas en Sobres AB y Sobres C En el caso de que de acuerdo con el apartado B de la cláusula 2.2.4 se exija la presentación de proposiciones en dos sobres, se procederá de la siguiente forma. No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo tendrán el mismo tratamiento aquellas ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida necesaria para verificar dicho cumplimiento. 1.2.9.1 Apertura de los Sobres AB “Documentación Administrativa y propuesta sujeta a juicio de valor”, calificación de la documentación administrativa y examen de criterios de juicio de valor Concluido el plazo de presentación de proposiciones la mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de la documentación presentada por los licitadores en tiempo y forma en el denominado Sobre AB, verificándose que constan los documentos exigidos o en caso contrario realizando el trámite de subsanación. Esta apertura no se realizará en acto público, ya que se hará uso de un dispositivo electrónico automático. La mesa de contratación procederá a determinar las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo. A continuación, la mesa de contratación solicitará a los servicios técnicos del órgano de contratación que procedan a la valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, determinados en el Anexo X, en un plazo no superior a 7 días. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el Sobre AB la documentación que deba ser objeto de valoración automática y que tuviera que estar en el sobre C. De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias. 1.2.9.2 Apertura y examen de los sobres C “Oferta económica y propuesta sujeta a valoración automática” Con carácter previo a la apertura de los sobres C se hará pública la calificación de las proposiciones efectuada por la mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y en este caso, las causas de su rechazo, así como el resultado de la valoración de la propuesta sometida a juicio de valor. Seguidamente, la mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de los sobres C, de los licitadores admitidos. La documentación contenida en estos sobres será evaluada conforme a los criterios expresados en el Anexo XI. De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil de contratante, y en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias. 1.2.10 Criterios de adjudicación Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos X y XI. 1.2.11 Ofertas con valores anormalmente bajos En el Anexo XI se establecen los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja. 21 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 12 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.3 Adjudicación 1.3.1 Clasificación de las ofertas Una vez valoradas y clasificadas las ofertas, la mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la correspondiente propuesta de adjudicación, a favor del candidato con mejor puntuación. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas como las más ventajosas, tendrán preferencia, siempre que se haya presentado la documentación acreditativa, las empresas con porcentaje superior al dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad. En caso de empate entre aquellas, tendrá preferencia la empresa que disponga del mayor porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla. Si, tras la aplicación de los criterios previstos en el apartado anterior, persiste el empate, será de aplicación lo dispuesto en la legislación básica de contratación pública según los criterios específicos señalados en el Anexo XI. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas. 1.3.2 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta. Las unidades de apoyo al órgano de contratación requerirán al licitador con mejor puntuación, mediante comunicación electrónica, para que, en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación, aporte la documentación que se relaciona necesaria para adjudicar el contrato, y que no obre ya en poder de la Administración contratante. Los documentos justificativos deberán presentarse, para su calificación por el órgano de contratación, la mesa de contratación o unidad técnica, mediante originales o copias compulsadas. La documentación justificativa se indica a continuación y deberá aportarse sólo en los casos que dichos extremos no consten en la inscripción del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón: 1. Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica según Anexo IV (cuando en el certificado de inscripción referido no figuren estos extremos). 2. Adscripción de medios Cuando así se exija en el apartado O del cuadro - resumen, se deberá acreditar la efectiva disposición de los medios personales y/o materiales que para la ejecución del contrato determine en su caso el Anexo V del presente Pliego, y en este caso, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que haya aportado, y sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios equivalentes y con la correspondiente autorización de la Administración. 3. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato. Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, deberá aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato. Si el contrato está reservado a Centros Especiales de Empleo o Empresas de Inserción, certificado oficial que acredite su condición como tales. 4. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento. 5. Documentación acreditativa de la subcontratación con otras empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar, cuando así se señale en el apartado Q del cuadro- 22 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 22 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU resumen. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por la Administración. 6. Cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad, cuando así se exija en el Anexo IV. 7. Constitución de la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente. 8. Documentación acreditativa de la obligación legal de reserva de empleo a personas con discapacidad. Se deberá aportar una declaración responsable indicando el número de trabajadores de la empresa dados de alta en la Seguridad Social, así como el porcentaje del mismo que se corresponda a la cuota de reserva legal establecida por el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el caso de que la empresa licitadora haya adoptado alguna de las medidas alternativas previstas reglamentariamente en vez de aplicar la cuota de reserva, la declaración responsable versara sobre las mismas. Igualmente, en la declaración responsable deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación para comprobar el efectivo cumplimiento de la cuota de reserva o de las medidas alternativas que se hayan adoptado, en su caso. 9. Documentación acreditativa de la obligación de disponer de un plan de igualdad. En el caso de empresas que, para contratar, requieran la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación aplicable en materia de igualdad de mujeres y hombres, se deberá aportar una declaración responsable al respecto. En dicha declaración deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación. 10. Documentación necesaria en caso de recibir financiación a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En caso de que el contrato reciba financiación a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al apartado F del cuadro-resumen, el adjudicatario deberá aportar: - Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR. - Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852. - Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (en adelante, DACI). - Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas declaraciones se cumplimentarán conforme a las instrucciones establecidas en el Anexo MRR. Igualmente, el adjudicatario deberá aportar las declaraciones responsables de los subcontratistas, en su caso. 23 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 32 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 11. Contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. Se deberá aportar declaración responsable en la que se ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, así como que se compromete a comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato. En caso de que el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro conforme al artículo 159.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el procedimiento de inscripción no hubiera finalizado, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los elementos que figuren en la inscripción registral. Cláusula de verificación de la documentación aportada: La mesa de contratación verificará que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, y se solicitará a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social. De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documentación indicada en los apartados anteriores y en el plazo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Las unidades, servicios o secciones de apoyo administrativo al órgano de contratación podrán comprobar si las empresas licitadoras están al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la ausencia de deudas pendientes con la Comunidad Autónoma. Asimismo, podrán comprobar los datos de los licitadores acreditativos de su capacidad y solvencia económica y técnica, a través de la inscripción del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón o el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. 1.3.3 Garantía definitiva La garantía definitiva que figura en el apartado M del cuadro-resumen podrá constituirse en cualquiera de las formas legalmente previstas en el artículo 108 LCSP. Con carácter general no procederá la exigencia de garantía definitiva si el contrato se ha reservado conforme al apartado W del cuadro – resumen, salvo que su exigencia se acredite en el expediente. 1.3.4 Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración La decisión de no celebrar o no adjudicar el contrato y el desistimiento del procedimiento determinará la compensación a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en los términos señalados en el Anexo XVII o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración. 24 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 42 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.3.5 Adjudicación La adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. La notificación contendrá la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a la que se refiere la cláusula 2.3.2 1.4 Formalización del contrato El contrato se perfecciona con su formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Si se tratara de una UTE, su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, NIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 2.3.2. La formalización se realizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En ningún caso podrán incluirse cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. La formalización de los contratos deberá asimismo publicarse en el perfil de contratante y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada. 3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 1.5 Abonos a l contratista El contratista tiene derecho a recibir el pago por la obra ejecutada. El pago se establece mediante abonos a cuenta de carácter mensual, de los trabajos que realmente se hayan ejecutado, con arreglo a los precios convenidos y conforme a las certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo. El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente al contratista, mediante certificaciones expedidas por el director de la obra en el plazo máximo de diez días siguientes al mes al que correspondan. La Administración deberá aprobar las certificaciones mensuales de obra dentro de los treinta días siguientes a la fecha en la que los trabajos se hayan ejecutado. En este mismo plazo el contratista tendrá la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente. Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según aparecen en el apartado T del cuadro-resumen y deberán presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley 25 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 52 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. Para el abono de las obras, las anualidades se fijarán a la vista del importe de la adjudicación y del ritmo de ejecución que se deduzca del Programa de Trabajo presentado por el adjudicatario. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para ejecutar las obras en el plazo o plazos contractuales, salvo que a juicio de la Dirección de las obras existiesen razones para estimarlo inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado o de las certificaciones expedidas, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente. Por otra parte, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio. 1.6 Obligaciones de l contratista Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: 1.6.1 Obligaciones laborales, sociales, en materia de igualdad de género, fiscales y de protección de medio ambiente El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, en materia de igualdad de género, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación. El órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de Prescripciones Técnicas el organismo u organismos de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones. Obligación de reserva lega l de empleo El órgano de contratación exigirá durante la vigencia del contrato que las empresas licitadoras acrediten el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de ley 11/2023. Obligaciones en materia de igualdad de género Se exigirá a la empresa adjudicataria la acreditación fehaciente de sus obligaciones legales de elaborar y ejecutar planes de igualdad cuando les corresponda. En todo caso, se evitará el uso sexista del lenguaje o la imagen, se asegurará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato y en el acceso al 26 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 62 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU empleo, así como en la clasificación profesional, promoción, permanencia, estabilidad, formación, calidad, ordenación de la jornada, retribuciones y extinción en el marco del mismo. Asimismo, se garantizará la adopción de medidas para la prevención del acoso laboral, sexual o por razón de sexo en el trabajo, junto al establecimiento de procedimientos específicos para su prevención, debiendo velar la empresa adjudicataria por el mantenimiento de un entorno sano de trabajo. De acuerdo con el artículo 64 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, el incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta conllevará la imposición de penalidades. 1.6.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación El contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezcan en el Anexo VI. La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP. Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que éste comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito, la intención de celebrar los subcontratos junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con la Administración. En el caso de que la subcontratación afecte al tratamiento de datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, el adjudicatario tendrá además las obligaciones señaladas en el Anexo XX del presente pliego (Acuerdo de Encargado del Tratamiento). Pago a subcontratistas y suministradores Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación básica estatal respecto de los pagos efectuados a subcontratistas y suministradores, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras. Certificados de buena ejecución Las empresas subcontratistas y proveedoras podrán solicitar de la contratista principal un certificado que refleje el alcance técnico y económico de su participación en un contrato de obras, servicios y suministros, y manifieste la conformidad o disconformidad de la ejecución de la parte subcontratada. La contratista principal vendrá obligada a su expedición en el plazo máximo de diez días hábiles. El certificado deberá presentarse para su validación por el órgano de contratación. 1.6.3 Señalización de las obras El contratista está obligado a instalar, a su costa, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. Por otra parte, en el caso en el que la obra sea financiada total o parcialmente por la Unión Europea, deberá hacerse constar dicho extremo en la señalización de las obras, de conformidad con lo establecido en el Reglamento CE 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, debiendo en este caso la Administración comunicar esta circunstancia al adjudicatario de la obra. 27 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 72 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.6.4 Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida encargarse directamente y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio y ejecución de la obra, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios. 1.6.5 Obligaciones de transparencia El contratista deberá suministrar a la entidad administrativa, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones de transparencia. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, la entidad administrativa podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por períodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5 % del importe de adjudicación. El suministro de la información se realizará en formatos abiertos y reutilizables. 1.6.6 Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos) La reutilización de la información asociada a la presente licitación se realizará por la Administración mediante conjuntos de datos abiertos basados en licencias abiertas que permitan su uso libre y gratuito, sin necesidad de autorización previa, y que gocen de amplia aceptación nacional e internacional. Así mismo, si de la ejecución del presente contrato se obtiene información que pueda ser reutilizable, el adjudicatario deberá proporcionar la misma cumpliendo con los criterios de apertura de datos y reutilización, garantizando la efectiva liberación de los conjuntos de datos generados durante la prestación de los trabajos. 1.7 Tributos Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente. Será de cuenta del contratista el abono, en calidad de sustituto del contribuyente, de los tributos que conlleva la solicitud y el otorgamiento de la correspondiente licencia de obras y de actividad. El pago deberá realizarse en el plazo máximo de dos meses desde su notificación por la Administración. En el supuesto de que la Administración debiera abonar, con anterioridad a la adjudicación, alguna tasa urbanística relacionada con dichas licencias, ésta será repercutida posteriormente al contratista, que podrá abonarla mediante transferencia bancaria o deducción de su importe en la primera certificación y sucesivas, entregándose en cualquier caso al contratista el justificante de su abono previo por la Administración. En el caso de la división en lotes del objeto del contrato, todos los adjudicatarios intervinientes en el mismo estarán obligados al pago de los tributos que les correspondan en la forma señalada en el párrafo precedente teniendo en cuenta las siguientes particularidades: En el caso de los importes que se cuantifican en función del proyecto de obra completo sobre el que se solicita la licencia correspondiente, como el pago de las tasas por la tramitación de las licencias urbanística y de construcción del proyecto, deberá ser abonado por el adjudicatario de cada lote en función de la proporción del presupuesto de ejecución material (PEM) que represente su lote respecto del Pem total de la obra. En el caso de los importes que se cuantifican en función del coste real de la obra y que dependen, por tanto, del precio de adjudicación de todos los lotes en cómputo global, como el pago del impuesto de construcción (ICIO), la Administración realizará el pago directo, que será repercutido posteriormente al 28 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 82 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU contratista de los distintos lotes, a excepción, en su caso, del lote que incluya capítulos del presupuesto de obra que no deban computar a estos efectos. 1.8 Revisión de precios Si procediera la revisión se indicará así en el apartado L del cuadro-resumen que recogerá la fórmula aplicable. 1.9 Cesión de l contrato Los derechos y obligaciones derivados del contrato podrán ser objeto de cesión por el contratista a un tercero en los términos del artículo 214 LCSP y de los artículos 68.2 y 70 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando así se hubiese establecido en el apartado R del cuadro-resumen y conforme a las condiciones adicionales que se establezcan en el Anexo VI. 4 EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1.10 Ejecución de los trabajos Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este Pliego, al Proyecto aprobado por la Administración y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste, diere al contratista el director Facultativo de las obras, que ejercerá así mismo las facultades de responsable del contrato. Para garantizar que las prestaciones se adecúan a los pliegos y a la oferta realizada, el órgano de contratación podrá utilizar mecanismos de control de la calidad durante la ejecución del contrato de conformidad con el Anexo XXI de este pliego. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo En el caso de que las mejoras ofertadas por el adjudicatario pasen a formar parte de la ejecución del contrato de obra, el órgano de contratación podrá requerir la adaptación de dichas mejoras a las unidades de ejecución que se vean afectadas en el Proyecto de ejecución, en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato, y siempre antes de la efectuarse la comprobación de replanteo. Esta documentación podrá constar, en su caso, de Memoria, Planos afectados por las mejoras, y Prescripciones Técnicas con las características de ejecución de éstas. Excepcionalmente, por razones de interés público y siguiendo el procedimiento de modificación correspondiente, cuando durante la ejecución del contrato se evidencien dificultades técnicas u organizativas de la empresa contratista que afecten al correcto desarrollo de la prestación, podrá instarse la modificación provisional de los medios que se deban poner a disposición del contrato hasta alcanzar los hitos establecidos en los pliegos para la ejecución. 1.11 Condiciones especiales de ejecución del contrato Las condiciones especiales de ejecución se describirán en el Anexo XII y su incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan. Asimismo, se podrán prever en el Anexo XIII penalidades para el incumplimiento de las mismas. 29 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 92 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.12 Comprobación de replanteo y comienzo de l plazo de ejecución Con carácter general, la ejecución del contrato comenzará con el acto de comprobación del replanteo que se realizará en el plazo máximo de un mes, salvo casos excepcionales y justificados, desde la formalización del contrato. Los plazos parciales se determinarán en el Programa de Trabajo. La comprobación del replanteo de las obras se efectuará por el Servicio de la Administración encargado de las obras en presencia del contratista, extendiéndose acta del resultado que se suscribirá en la forma y con los efectos legalmente previstos, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano de contratación. En el caso de la división en lotes del objeto del contrato, la realización de los trabajos se iniciará en función de la fase de ejecución en la que cada lote deba desarrollarlos, previa la correspondiente acta de comprobación del replanteo o acta de inicio, que deberá suscribirse los días inmediatamente anteriores al inicio de los trabajos de cada lote. 1.13 Director facultativo y responsable del contrato La Administración designará un director facultativo responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato, correspondiendo al adjudicatario las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los trabajos, al control y vigilancia de la obra ejecutada y de los materiales allí depositados. Corresponderá al responsable del contrato las funciones previstas en el artículo 62 de la LCSP y, entre otras competencias: - Supervisar la ejecución. - Emitir informes. - Verificar el cumplimiento de las obligaciones esenciales, las cláusulas sociales y medioambientales y las condiciones especiales de ejecución. - Dictar instrucciones y adoptar las decisiones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación. - Proponer la imposición de penalidades y/o reclamación de indemnizaciones por incumplimientos contractuales o incumplimiento defectuoso. - Al finalizar la ejecución del contrato, evaluar el cumplimiento de las directrices y cláusulas de contratación pública ecológica, socialmente responsable y de innovación, debiendo constar en el acta de recepción o documento equivalente. El responsable del contrato contará con el soporte técnico de las unidades, los servicios y las secciones de apoyo administrativo al órgano de contratación. Las facultades del responsable del contrato serán ejercidas por el director facultativo. 1.14 Coordinador en materia de seguridad y salud Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, la Administración designará o, en su caso contratará, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, un coordinador en materia de seguridad y salud, integrado en la Dirección facultativa, para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. En ningún caso el coordinador recibirá instrucciones del contratista de la obra, con la finalidad de asegurar su imparcialidad. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, sus funciones serán asumidas por la Dirección facultativa, siendo obligación del contratista y subcontratistas atender las indicaciones e instrucciones del mismo. 30 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 03 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 1.15 Plan de seguridad y salud en e l trabajo El adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio de seguridad y salud o en el estudio básico. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico. El Plan de Seguridad y Salud, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud, se elevará para su aprobación por el órgano de contratación antes del inicio de la obra. En el caso de la división en lotes del objeto del contrato, el contratista deberá elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo del correspondiente lote del que resulte adjudicatario. Si no fuera necesario realizar proyecto de obra, se exigirá al contratista la realización de una evaluación de riesgos específica de los trabajos a desarrollar. 1.16 Delegado de obra del contratista Se entiende por “delegado de obra del contratista” la persona designada expresamente por el contratista, con anterioridad al inicio de la obra, y aceptada por la Administración, con capacidad suficiente para: - Ostentar la representación del contratista cuando sea necesaria su actuación o presencia, así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de las obras. - Organizar la ejecución de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas de la Dirección de obra. - Proponer a ésta o colaborar con ella en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución. El delegado, en el caso de que así se exija, deberá tener la titulación exigida en el apartado P del cuadro-resumen La Administración podrá recabar del contratista la designación de un nuevo delegado cuando así lo justifique la marcha de los trabajos. 1.17 Libro de órdenes El “Libro de órdenes”, de cada lote en su caso, será diligenciado previamente por el Servicio a que esté adscrita la obra, se abrirá en la fecha de comprobación del replanteo y se cerrará en la de la recepción. Durante dicho lapso de tiempo estará a disposición de la Dirección que, cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma. El Contratista estará obligado a transcribir en dicho Libro, por sí o por medio de su delegado, cuantas órdenes o instrucciones reciba por escrito de la Dirección y a firmar, a los efectos procedentes, el oportuno acuse de recibo, sin perjuicio de la necesidad de una posterior autorización de tales transcripciones por la Dirección, con su firma, en el Libro indicado. Cuando dichas instrucciones fueran de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el plazo más breve posible, para que sean vinculantes para las partes. El Contratista deberá conservar el Libro de órdenes en la oficina de la obra. Efectuada la recepción de la obra, el Libro de órdenes pasará a poder de la Administración, si bien podrá ser consultado en todo momento por el Contratista. 1.18 Libro de incidencias Con el fin de realizar el control y seguimiento del plan de seguridad y salud deberá mantenerse el “Libro de Incidencias”, de cada lote en su caso, al que tendrán acceso las personas relacionadas en el artículo 31 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 13 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 13.3 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo. Dicho Libro deberá permanecer siempre en la oficina de la obra, en poder del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de Coordinador, en poder de la dirección facultativa, quienes están obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia de cada anotación realizada, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra, debiendo igualmente notificar las anotaciones en el Libro al contratista y a los representantes de los trabajadores de éste. 1.19 Programa de trabajo Si la Administración estima conveniente exigirlo, o cuando resulte obligatorio de conformidad con la legislación en materia de contratación pública, el contratista, único o de cada lote en su caso, deberá presentar un Programa de Trabajo en el plazo de treinta días, contados desde la fecha de formalización del contrato, que deberá ser aprobado por la Administración en los términos previstos en el artículo 144 RGLCAP. Los plazos parciales que procedan fijarse al aprobar el Programa de Trabajo se entenderán como integrantes del contrato a efectos de su exigibilidad. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. 1.20 Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra Sin perjuicio de los análisis y ensayos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, la Dirección de obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes y los gastos que se originen serán de cuenta del contratista hasta un máximo del 1 por 100 del presupuesto de adjudicación, o del porcentaje superior ofertado en su caso por el adjudicatario. La misma Dirección fijará el número, forma y dimensiones y demás características que deben reunir las muestras y probetas para ensayo y análisis, caso de que no exista disposición general al efecto, ni establezca tales datos el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. 1.21 Penalidades 1.21.1 Penalidades por demora El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP. Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las establecidas en el párrafo anterior, éstas se especificarán en el Anexo XIII del presente pliego. 1.21.2 Otras penalidades El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta, así como de los compromisos de adscripción de medios o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, el incumplimiento de las cláusulas de carácter social y medioambiental, o el impago acreditado a un subcontratista o suministrador vinculado a la ejecución del contrato sin que sea motivado por el incumplimiento de las obligaciones contractuales que hubiesen 32 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 23 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU asumido, el control de la calidad de acuerdo con lo estipulado en el Anexo XXI, dará lugar a la imposición de penalidades según se indique en el Anexo XIII de este pliego y en la forma en él previstas. Las penalidades se impondrán directamente por el órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, siendo inmediatamente ejecutivas, previa audiencia al contratista para que formule las alegaciones que estime oportunas hasta un plazo máximo de cinco días. 5 RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN 1.22 Recepción y liquidación La recepción y liquidación de las obras, o en su caso de aquéllas correspondientes a la ejecución de cada uno de los lotes, se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 243 LCSP y en los artículos 108 y 163 y siguientes del RGLCAP, siendo de aplicación, en su caso, lo previsto en el último párrafo del artículo 242.4 LCSP sobre el exceso de mediciones de obras ejecutadas y constatadas en la medición final de la obra. Así mismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser realizadas por fases y entregadas al uso público. 1.23 Plazo de garantía El plazo de garantía será el establecido en el apartado I del cuadro-resumen o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario. En el caso de lotes, el plazo de garantía se computará para cada lote de forma individualizada. 1.24 Devolución de la Garantía y liquidación de las Obras Dentro del plazo de quince días anterior al cumplimiento del plazo de garantía, el Director facultativo de la obra redactará un informe sobre el estado de las obras, procediéndose, si es favorable, a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes en un plazo máximo de sesenta días. 1.25 Responsabilidad por vicios ocultos Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, el contratista responderá de los daños y perjuicios que se manifiesten durante el plazo de quince años a contar desde la fecha de la recepción. 6 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Serán causa de resolución del contrato, además de las legalmente establecidas, las previstas en el Anexo XVI del presente Pliego. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 67 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP, en el plazo de ocho meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución. Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo XIV, debiendo figurar de manera precisa, clara e inequívoca. En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 211 a) y b) LCSP, la Administración estará facultada para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato. 33 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 33 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo V podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo XIII. 7 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el apartado S del cuadro– resumen y Anexo XV o en los supuestos y con los límites legalmente previstos. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil de contratante. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo. En el supuesto de que la modificación suponga supresión o reducción de unidades de obra, el contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. 1.26 Modificaciones previstas Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista. El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta 5 días, así como el resto de trámites que resulten preceptivos. En caso de prever modificaciones, el Anexo XV deberá especificar las circunstancias, las condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar, así como el procedimiento a seguir. En caso de prever varias causas de modificación, las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberán quedar referidos a cada una de ellas. 1.27 Modificaciones no previstas Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el apartado anterior por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 LCSP. Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la conformidad expresa del contratista. 8 RÉGIMEN DE CONFIDENCIALIDAD El órgano de contratación, así como sus servicios dependientes, no podrán divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta y que tenga carácter de secreto técnico o comercial o pueda ser utilizada para falsear la competencia. El deber de confidencialidad del órgano de contratación en ningún caso podrá extenderse a documentos que sean públicamente accesibles de conformidad con las obligaciones impuestas a la Administración por la normativa vigente. 34 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 43 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Así mismo los licitadores deberán respetar el carácter confidencial de la información facilitada por la Administración cuando contenga datos de carácter personal o cuando por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El contratista, así como todas las personas que intervengan en la ejecución del contrato, estarán sujetos tanto al deber de confidencialidad al que se refiere el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), en relación con el tratamiento de datos personales, como a la confidencialidad prevista en la LCSP respecto a la información confidencial a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución del contrato, que se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor. El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo al deber de confidencialidad señalado para el adjudicatario. 9 RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL El tratamiento de los datos de carácter personal deberá respetar en su integridad la LCSP, el RGPD, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el resto de normativa vigente en la materia. Los datos personales de los licitadores, obtenidos por la Administración en el presente procedimiento, serán tratados por la Unidad Responsable de la Actividad de Tratamiento con la finalidad de tramitar el presente expediente de contratación, así como para aquellos otros fines identificados en la correspondiente Actividad de Tratamiento conforme a lo establecido en el Anexo XIX, relativo a la INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS LICITADORES, y en el Registro de Actividades del Ayuntamiento de La Sotonera. En el caso de que la presente contratación implique el acceso del adjudicatario a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, según se señala en el apartado V del cuadro-resumen, aquél actuará en calidad de Encargado del Tratamiento. En este caso, el tratamiento de los datos personales por el Encargado se regirá por la presente cláusula y por las condiciones establecidas en el Anexo XX, relativo al ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, del presente pliego. El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo a las obligaciones impuestas para el adjudicatario en el Acuerdo de Encargado del Tratamiento. En aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, los licitadores deberán indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. El Ayuntamiento de La Sotonera se reserva el derecho, en el momento y con la periodicidad que se estime, a verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas para el adjudicatario en el Acuerdo de Encargado del Tratamiento. Para ello, el órgano de contratación y su delegado de protección de datos podrán recabar información y realizar auditorías de protección de datos sobre los tratamientos de datos personales realizados por el encargado de tratamiento a través de medios propios o de terceros autorizados. En ningún caso, dichas facultades de inspección podrán implicar un derecho general del órgano de contratación a inspeccionar las instalaciones, oficinas y demás emplazamientos del contratista salvo que sean determinantes para el desarrollo de las prestaciones objeto del contrato, en cuyo caso, el órgano de contratación deberá justificarlo de forma expresa y detallada en el expediente administrativo. 35 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 53 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 10 RÉGIMEN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Cuando la ejecución del contrato requiera el empleo de sistemas de información, bien del adjudicatario o bien del Ayuntamiento de La Sotonera, el adjudicatario deberá asegurar su conformidad con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. Esto supone el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas según el marco organizativo, operacional y técnico, y la categoría de seguridad de los sistemas de información. El adjudicatario será responsable de la seguridad y buen uso de la información y los medios electrónicos requeridos para la ejecución del contrato. A tal efecto, deberá conocer y aplicar la normativa específica de seguridad de Gobierno de Aragón y sus organismos públicos. Esto incluirá las políticas de seguridad de la información vigentes en el ámbito del contrato y su normativa técnica de desarrollo. Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones relativas a la seguridad de la información: - Persona de contacto: Comunicar al responsable del contrato el nombre y los datos de contacto de la persona designada como responsable de la seguridad de la información, a efectos de su ejecución. Esta persona tendrá la obligación de garantizar el cumplimiento de esta cláusula, así como de canalizar las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes derivados de la ejecución del contrato. - Cadena de suministro: En caso de que el órgano de contratación autorice la subcontratación de actuaciones que impliquen el uso de sistemas de información, el adjudicatario trasladará, tanto a sus trabajadores como a sus subcontratistas, cualquier requisito de seguridad y confidencialidad en relación con la ejecución del contrato que pueda afectar al Ayuntamiento de La Sotonera, así como a monitorizar el correcto cumplimiento de los mismos. A estos efectos, el adjudicatario deberá asumir toda la responsabilidad en caso de incumplimiento de alguna medida de seguridad por parte del tercero subcontratado. - Notificación de incidentes: Notificar al Ayuntamiento de La Sotonera todo incidente de seguridad que pueda redundar, de manera directa o indirecta, en la seguridad de los sistemas de información. Los incidentes de seguridad deberán ser notificados, tanto al Responsable del Contrato, como a la dirección de correo electrónico aytosotonera@aragon.es, en un periodo inferior a 24 horas desde su detección y aportando toda la información necesaria para su gestión y notificación a las autoridades competentes por parte del Ayuntamiento de La Sotonera. - En caso de ser necesario, el adjudicatario deberá colaborar con cualquiera de las tareas que sean requeridas por parte del Ayuntamiento de La Sotonera para la identificación, contención, erradicación, recuperación y recopilación de las evidencias de los incidentes de seguridad. - Resolución de vulnerabilidades : Remediar toda aquella vulnerabilidad que sea categorizada como crítica o muy grave, que pueda comprometer la seguridad de la ejecución del contrato en un periodo inferior a una semana desde el momento en que le haya sido detectada. Se entiende por vulnerabilidad crítica o muy grave aquella que permite la propagación de amenazas, sin que sea necesaria la participación del usuario, o aquella que pueda ser capaz de poner en peligro la seguridad de la ciudadanía y/o la confidencialidad, disponibilidad e integridad de sus datos de carácter personal, así como aquella que pueda tener una afección económica, legal, de reputación o de disponibilidad en los servicios prestados por parte del Ayuntamiento de La Sotonera. En caso de que no sea posible la remediación de las vulnerabilidades en el plazo indicado, el adjudicatario deberá aportar información sobre las medidas mitigadoras a aplicar, con el objeto de que el órgano de contratación decida sobre la idoneidad de su aplicación para proteger los sistemas de información utilizados en la ejecución del contrato. - Verificación del cumplimiento : El Ayuntamiento de La Sotonera se reserva el derecho —en el momento y con la periodicidad que se estime— a verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad 36 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 63 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU requeridas para los sistemas de información empleados para la ejecución del contrato. Esto incluirá la comprobación de aquellas medidas establecidas por el Esquema Nacional de Seguridad, la normativa específica de seguridad de Gobierno de Aragón que sea aplicable y cualquier otro requisito particular en materia de seguridad que haya sido establecido en el pliego de prescripciones técnicas. Para ello, el órgano de contratación y sus organismos públicos podrán recabar información y realizar auditorías de seguridad sobre los sistemas del adjudicatario a través de medios propios o de terceros autorizados. Con el objeto de que el adjudicatario pueda disponer de las medidas de seguridad necesarias durante la vigencia del contrato, Ayuntamiento de La Sotonera podrá asesorar en su implantación, estableciendo directrices de seguridad a seguir por parte del adjudicatario. 11 RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN El presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas que describa las prestaciones, así como el resto de los documentos contractuales que deba regir la contratación, podrán ser impugnados mediante el recurso indicado en el apartado U del cuadro - resumen. El recurso se interpondrá ante el órgano indicado en el apartado U del cuadro- resumen, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015. Alternativamente al recurso de reposición, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante. 12 FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA Estas cláusulas serán de aplicación únicamente en caso de que el contrato reciba financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al apartado F del cuadro-resumen. Asimismo, en relación al régimen jurídico establecido en la primera cláusula de este pliego, será de aplicación el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para impulsar la gestión urgente y coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). 1.28 Refuerzo de mecanismos para la prevención , detección y corrección de l fraude, la corrupción y los conflictos de intereses En relación al refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, resultan de aplicación obligatoria a este órgano de contratación las medidas de específicas incluidas en el Plan antifraude del órgano de contratación a que se refiere el apartado A del cuadro-resumen, que puede consultarse en el enlace que se especifica en el apartado F. 37 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 73 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU La participación en la licitación que se refiere el presente pliego supone la asunción por parte de los licitadores y del ulterior adjudicatario del contrato de la obligación de cumplimiento de las medidas contenidas en el plan de medidas antifraude del órgano de contratación, con pleno respeto a la normativa española y europea en relación con la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses y a los pronunciamientos que al respecto de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea hayan realizado o puedan realizar las instituciones de la Unión Europea. Son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses contenidas a la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (Directiva PIF), y en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero de la UE). La presentación de proposiciones supone por parte de los licitadores la aceptación incondicional de la obligación de respetar los principios de igualdad, libre concurrencia, transparencia e integridad durante la fase de licitación, comunicando inmediatamente al órgano de contratación las posibles situaciones de conflicto de intereses, aparentes o reales de las que tuvieran conocimiento y que puedan afectar al procedimiento de contratación. A su vez, se comprometen a no realizar acciones que pongan en riesgo el interés público, aplicando la máxima diligencia en el cumplimiento de la legalidad vigente. Este expediente de contratación y su ejecución estará sujeto a los controles establecidos por la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, para lo cual se facilitará a estos órganos el acceso a toda la información requerida sobre el contrato. El órgano de contratación llevará a cabo un análisis de riesgo de conflicto de interés con carácter previo a la valoración de las ofertas, en los términos definidos en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Para ello, tendrá acceso a la herramienta informática de data mining (MINERVA), con sede en la AEAT, en la que incorporará los datos que proceda para la realización de este análisis. En caso de que para un licitador no existan datos de titularidad real de la empresa objeto de consulta en las bases de datos de la AEAT, el órgano de contratación solicitará estos datos al licitador. Esta información deberá aportarse al órgano de contratación en el plazo de 5 días hábiles desde que se formule la solicitud de información. La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión de la licitación. 1.29 Normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo , de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables a l presupuesto general de la Unión Los contratistas y subcontratistas mantendrán un registro y conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000 euros. Los registros y documentos relativos a auditorías, recursos, litigios, la tramitación de reclamaciones relativas a compromisos jurídicos o relativos a investigaciones de la OLAF se conservarán hasta que dichas auditorías, recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido. En el caso de los registros y documentos relativos a investigaciones de la OLAF, la obligación de conservar los registros y documentos se aplicará una vez que dichas investigaciones hayan sido notificadas al contratista o subcontratista. 38 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 83 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Los registros y documentos se conservarán, bien en forma de originales, bien en forma de copias compulsadas de originales, bien en soportes de datos comúnmente aceptados, entre ellos versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica. Cuando existan versiones electrónicas, no serán necesarios originales si dichos documentos cumplen los requisitos legales aplicables para que puedan ser considerados equivalentes a originales y fiables a efectos de auditoría. 1.30 Obligaciones en materia de comunicación , encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre En todas las actuaciones que se realicen en ejecución del contrato en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los contratistas y subcontratistas deberán exhibir de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga «Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU» junto con el logo del PRTR. Cuando el emblema de la Unión Europea se muestre en asociación con otro logotipo (Ayuntamiento de La Sotonera, PRTR), deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE. Estas medidas de información y comunicación de las actuaciones desarrolladas se incluirán en carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público. 1.31 Obligaciones en relación al artículo 7 de la Orden HFP/55/2023 de 24 de enero. Entidades sin información de titularidad real en las bases de datos gestionadas por la AEAT. En el caso de que para el licitador o el solicitante de ayuda no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT, se seguirá el procedimiento descrito en este artículo. El responsable de la operación incorporará en MINERVA la identificación del licitador/solicitante y, una vez comprobado por la AEAT que no dispone de los datos de titularidad real de la entidad, recibirá en la respuesta la indicación de que no consta información en la AEAT, pudiendo continuar con el procedimiento en curso. Cuando se trate de empresas extranjeras sobre las que la AEAT no disponga información, activará el protocolo de obtención de información que al afecto haya convenido con los organismos correspondientes, y en particular, con el Consejo General del Notariado. Una vez recibida tal información en la AEAT, quedará custodiada por la misma, para su uso en el marco de las auditorías ex post que lleve a cabo la IGAE como Autoridad de Control del MRR, como para posteriores peticiones de análisis de riesgo de conflicto de interés a MINERVA respecto de esa empresa. En todo caso y simultáneamente, se habilita a los órganos de contratación y a los órganos de concesión de subvenciones a solicitar a los participantes en los procedimientos, la información de su titularidad real, siempre que la AEAT no disponga de la información de titularidades reales de la empresa objeto de consulta y así se lo haya indicado mediante la correspondiente bandera negra al responsable de la operación de que se trate. Esta información deberá aportarse al órgano de contratación o de concesión de subvenciones en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información. 39 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 93 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión del procedimiento en el que esté participando. Los datos, una vez recibidos, serán adecuadamente custodiados de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. A través del MINERVA, el responsable de operación llevará a cabo un nuevo control ex ante del riesgo de conflicto de interés, indicando, en lugar del licitador/solicitante, los titulares reales recuperados por los órganos de contratación o concesión de subvenciones. Diligencia. - Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares ha sido aprobado por el órgano de contratación mediante resolución que obra en el expediente, previo informe de los Servicios Jurídicos y de la Intervención Municipal del Ayuntamiento de La Sotonera. LA ALCALDESA LA SECRETARIA 40 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 04 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES N.º lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta N.º lotes que pueden adjudicarse a un mismo licitador - Criterios de adjudicación: Condiciones de participación para UTEs y grupo empresariales Lotes reservados a las entidades en el apartado W del cuadro-resumen: - - - A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 41 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 14 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Artículo 100.2 LCSP ☒ Ver desglose en el proyecto de la obra ☐ Ver desglose especificado a continuación: Desglose de costes directos e indirectos: COSTES DIRECTOS Elemento Valoración (€) TOTAL: COSTES INDIRECTOS Elemento Valoración (€) TOTAL: Desglose de costes salariales de mano de obra: Costes salariales de mano de obra por CATEGORÍA PROFESIONAL Valoración (€) TOTAL: Costes salariales de mano de obra por DESAGREGACIÓN DE Valoración (€) GÉNERO TOTAL: ☒En su caso, parte proporcional de los capítulos comunes en la ejecución de la obra completa. Ver Desglose en el proyecto de la obra. Capítulos comunes a la obra completa Valoración (€) Control de calidad Gestión de residuos Estudio básico de Seguridad y Salud TOTAL: A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 42 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 24 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO III. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU) 1. La presentación del modelo de Declaración Responsable Única en materia de contratación pública (DRU) por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación. La DRU, de acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, es un modelo de declaración responsable aprobado mediante Resolución 1/2021, de 4 de marzo, de la Dirección General de Contratación, ajustado al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que incluye las demás declaraciones responsables que deban cumplimentarse de acuerdo con los pliegos que rijan la licitación y que no formen parte del contenido de la oferta. La DRU se divide en dos partes: el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) y el apartado relativo a otras declaraciones responsables. El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/24, y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación. Por su parte, el apartado de otras declaraciones recoge la declaración responsable relativa al grupo empresarial; el compromiso, en su caso, de constitución de unión temporal de empresarios (UTE); la declaración responsable, en su caso, sobre inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonomía de Aragón o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en su defecto, presentación de la solicitud de inscripción en alguno de estos Registros, y declaración responsable de haber presentado toda la documentación pertinente junto a la solicitud y de no haber recibido requerimiento de subsanación en cuanto a la misma; y el compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato; sin perjuicio de que el modelo de DRU pueda verse modificado en un futuro por resolución de la persona titular de la Dirección General de Contratación, para incluir otras declaraciones. El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015. La DRU deberá presentarse FIRMADA POR REPRESENTANTE CON PODER SUFICIENTE. En cualquier caso, la presentación de la DRU por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos pertinentes a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2. 1) Aplicación para obtener el formulario normalizado DRU. Los licitadores pueden rellenar y firmar el formulario normalizado de DRU a través de la aplicación que se encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://www.aragon.es/-/pliegos- tipo 2) Instrucciones para rellenar la DRU y, singularmente, dentro de ella, el DEUC. Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. 43 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 34 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una DRU por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará una DRU por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado de la DRU. Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado de la DRU. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario. Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes documentos: Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: https://www.boe.es/doue/2016/003/L00016-00034.pdf Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016, disponible en: https://www.boe.es/eli/es/res/2016/04/06/(1)/con Recomendación 2/2016 de 21 de junio de 2016, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa a la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), disponible en: http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/OrganosConsultivos/JuntaConsultivaContrat acionAdministrativa/Areas/02_Informes_Actuaciones/22016B.pdf Dentro de la DRU, en relación al DEUC deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo: ☒ PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador) ☒ PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO ☒ Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación. Como n º de IVA se deberá indicar el NIF (ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras). Información general Forma de participación ☒ Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS RERESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO Representación, en su caso (datos del representante) ☒ Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso (Sí o No) 44 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 44 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU ☒ Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos) ☒ PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción) ☒ Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva ☒ Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG. SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones) ☒ Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional ☒Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto) ☒ PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN ☒ OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN ☒ OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente (cumplimentar todas las secciones) Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes). Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones del pliego, anuncio o invitación). Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones del pliego, anuncio o invitación). Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL. ☒ PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS ☒ PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador). Dentro de la DRU, en relación con las OTRAS DECLARACIONES deberán cumplimentarse necesariamente aquellas que se encuentran marcadas en este Anexo: DECLARACIÓN RELATIVA A PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL Debe cumplimentarse obligatoriamente, incluyendo la relación de empresas del grupo en su caso. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS 45 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 54 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 46 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 64 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Sólo se cumplimentará en caso de licitación como UTE, indicando las empresas que la componen. DECLARACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN O EN EL ROLECE La inscripción tiene carácter obligatorio para licitar en el procedimiento abierto simplificado, por lo que deberá figurar inscrito antes del plazo en el que finalice la presentación de ofertas. En su defecto, se admitirá la solicitud de inscripción cuando se haya aportado toda la documentación preceptiva y no se haya requerido al solicitante que la subsane. Igualmente, la fecha de presentación de la solicitud deberá ser anterior al plazo en el que finalice la presentación de ofertas. ☒ COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Deberá cumplimentarse cuando así se exija en el Anexo V. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 47 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 74 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 -ANEXO IV. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA 1. La solvencia económica y financiera y técnica, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) ☒ Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. CRITERIOS Declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos que deberá ser igual o superior a: 80.578,52 € En caso de que la empresa se haya constituido o hubiese iniciado las actividades en un plazo inferior a los tres años regirá el principio de proporcionalidad. Se acreditará mediante: Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en los registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas. SOLVENCIA TÉCNICA (artículo 88 LCSP) * En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros no será aplicable la letra a) a las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años). ☒ Relación de las principales obras o trabajos realizados en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. 48 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 84 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU CRITERIOS Las empresas licitadoras deberán haber realizado en los cinco (5) últimos años, al menos UNA (1) obra de características similares al objeto de este contrato, es decir, obras de restauración ambiental de caminos, por importe que deberá ser igual o superior a: 80.578,52 € En caso de empresas de nueva creación, la solvencia técnica se acreditará mediante el siguiente medio (artículo 88.2 LCSP): Declaración indicando la maquinaria, material y el equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se acreditará mediante: La presentación de certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o a falta de este certificado mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, tales como contratos o facturas de prestación de servicios, donde se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. La experiencia mínima exigible se ha determinado atendiendo a la naturaleza de las obras a ejecutar, así como su envergadura, complejidad técnica y su dimensión económica, respetando el principio de proporcionalidad. 2.- El empresario también podrá acreditar su solvencia aportando el certificado que le acredite la siguiente clasificación (artículo 77.1 a LCSP): GRUPO SUBGRUPO TIPO DE OBRA CATEGORÍA B 1 Muro de mampostería 1 B 4 Barandilla metálica 1 A 1 Perfilado de talud 1 K 6 Desbroce y plantación de distintos tipos 1 de masa vegetal G 6 Cunetas 1 I 9 Colocación de tubería para 1 enterramiento de cableado eléctrico No es obligatoria al no ser el valor estimado igual o superior a 500.000,00 euros de acuerdo con el art.77.1.a) LCSP. 49 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 94 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 3.- Acreditación del cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad, el licitador deberá aportar los certificados siguientes (artículos 93 y 94 LCSP): CERTIFICADOS A APORTAR 4.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 11.5 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por el Real Decreto 773/2015, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica: ☐ SI ☒ NO 5.Un mismo empresario podrá concurrir para completar la solvencia de más de un licitador: ☐ SI ☒ NO A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 50 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 05 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO V. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO Los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios: ☐ Compromiso de adscripción de medios personales: ☐ Compromiso de adscripción de medios materiales: En la fase de licitación será suficiente que el licitador aporte la DRU en materia de Contratación Pública, cumplimentada conforme a lo establecido en el Anexo III. Con carácter previo a la adjudicación, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá acreditar la efectiva disposición de los medios al contrato según se dispone en el presente pliego. Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de: ☐ Resolución del contrato ☐ Imposición de penalidades según Anexo XIII A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 51 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 15 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO VI. SUBCONTRATACIÓN / CESIÓN Condiciones de SUBCONTRATACIÓN para la realización parcial de la prestación: PRESTACIÓN PARCIAL DEL % DE LA HABILITACIÓN PROFESIONAL CONTRATO PRESTACIÓN / CLASIFICACIÓN Tareas críticas que NO admiten subcontratación: En caso de financiación procedente del MRR en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el contratista deberá comunicar al órgano de contratación los siguientes datos, antes del inicio de la prestación a realizar por el subcontratista: a) NIF de cada subcontratista. b) Nombre o razón social. c) Domicilio fiscal de cada subcontratista. d) Firma de las declaraciones responsables que se indican en el Anexo MRR: Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión. Declaración responsable de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente o principio DNSH. Declaración Ausencia Conflicto De Intereses (DACI). Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 52 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 25 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Condiciones de CESIÓN del contrato adicionales a las establecidas en el artículo 214.2 LCSP1 y los artículos 68.2 y 70.1 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón: A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación 1 No podrán cederse los derechos y obligaciones dimanantes del contrato cuando las cualidades técnicas o personales del cedente hayan sido determinantes para la adjudicación del contrato o resulte una restricción efectiva de la competencia. 53 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 35 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO VII. MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (General) Dº/Dª 1 en nombre con NIF nº y con domicilio fiscal en Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: se compromete, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y 2 condiciones, por la cantidad de Indicar % del tipo impositivo de IVA: Importe Base: Importe IVA: Importe Total: 2. CRITERIOS DE CALIDAD RELACIONADOS CON MEJORAS AL PROYECTO. 2.A) SUSTITUCIÓN DE LA BARANDILLA. ☐ SI ☐ NO 2.B) AMPLIACIÓN DE LA ALTURA DEL MURO DE MAMPOSTERÍA. ☐ SI ☐ NO A fecha de firma electrónica (El licitador) 1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa 2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato. 54 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 45 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO VIII. DOCUMENTOS CONTRACTUALES DEL PROYECTO ☒ MEMORIA ☐ Descripción de los materiales básicos o elementales que forman parte de las unidades de obra. ☐ Otros aspectos contractuales. Indicar cuáles: ☒ PLANOS ☒ PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ☒ PRESUPUESTO ☒ PROGRAMA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS ☐ REFERENCIAS EN QUE SE FUNDAMENTARÁ EL REPLANTEO DE LA OBRA ☒ ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD O, EN SU CASO, ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD ☐ ESTUDIO GEOTÉCNICO ☒ OTROS. Indicar cuáles: Estudio de Gestión de Residuos. Plan de Calidad A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 55 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 55 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO IX ADMISIBILIDAD DE VARIANTES A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 56 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 65 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A JUICIO DE VALOR (SOBRE AB) ☒ No hay criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PONDERACIÓN 1 - CRITERIO: DOCUMENTACIÓN: 2 - CRITERIO: DOCUMENTACIÓN: 3 - 4 - TOTAL Comité de Expertos: (Composición) Organismo Técnico especializado: (Nombre) A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 57 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 75 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XI. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUJETOS A VALORACIÓN AUTOMÁTICA (SOBRE ÚNICO AC o SOBRE C) 1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN : La valoración máxima serán 100 puntos desglosados del siguiente modo: CRITRERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. 1) CRITERIO. OFERTA ECONÓMICA. Hasta 30 puntos sobre 100. La puntuación máxima será de 30 puntos. Se otorgará a la oferta con mejor precio la mayor puntuación y se asignará cero puntos a la oferta que coincida con el presupuesto de licitación. El resto de los puntos se asignarán de acuerdo con la siguiente fórmula: POv = MaxP x (PBL -Ov) -------------- (PBL-MO) Siendo: ◦ POv: puntuación de oferta que se valora ◦ MaxP: la máxima puntuación que se puede otorgar ◦ PBL: presupuesto base de licitación ◦ MO: mejor oferta ◦ Ov: oferta que se valora. 2) ACTUACIONES DE MEJORA SOBRE LO PLANTEADO EN EL PROYECTO DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL DEL CAMINO BOLEA A TOLATO. Hasta 70 puntos sobre 100 Además de las prescripciones técnicas con carácter obligatorio detalladas en el pliego correspondiente, se podrán añadir una serie de prestaciones de carácter técnico o funcional que se valorarán con un máximo de hasta 70 puntos. La valoración se obtendrá como resultado de la suma de puntuaciones de las prestaciones ofertadas de entre el siguiente listado propuesto. El licitador encontrará en el Anexo VII Modelo de oferta económica, el formulario correspondiente a “Actuaciones de mejora sobre lo planteado en el proyecto de restauración ambiental y acondicionamiento del camino Bolea a Tolato” que deberá completar especificando las prestaciones que incluye en su oferta y con qué alcance se ofrecen. Además, se deberá añadir una FICHA TÉCNICA con las características de la mejora ofertada donde se recoja el cumplimiento de los requisitos correspondientes. Se deberá justificar que las prestaciones propuestas por el licitador cumplen con las prestaciones mínimas exigidas en el proyecto. 58 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 85 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU El licitador podrá incluir una o varias de las siguientes mejoras en distinto grado de alcance, cumplimentando el formulario del Anexo correspondiente. 2. A) CAMBIO DE BARANDILLA PROPUESTA POR UNA BARANDILLA DE HIERRO FORJADO. Hasta 25 puntos. Se valorará la sustitución de la barandilla existente en el proyecto por una de hierro forjado. Se valorará por tanto la sustitución de la barandilla, por la utilizada en el resto de la localidad para mantener de esta manera la continuidad estética con lo existente en el proyecto, como por la mejora de calidad estética que supone una barandilla de hierro forjado respecto de una mecanizada simple. Se valorará tan solo en caso de que se cubra la totalidad de los metros requeridos, es decir, que se sustituyan los 114,00 metros de barandilla mecanizada simple requeridos. Se deberá añadir una FICHA TÉCNICA con las características del producto ofertado donde se recoja el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como los metros de barandilla que se deben sustituir. 2. B) AMPLIACIÓN DE LA ALTURA DEL MURO DE MAMPOSTERÍA. Hasta 45 puntos. Se valorará el aumento de la altura del muro de mampostería en toda su extensión en un total de 25 centímetros, es decir, un aumento en toda la extensión del muro que supondrá que el muro de mampostería pase a tener una altura total de 1,25 metros. Este aumento del muro da un total de 94,5x0,4x0,25 m3 más de mampostería (9,45 m³). La justificación viene determinada por la utilidad a la hora de evitar desprendimientos a la calzada. Una mayor altura y por lo tanto un mayor sobrealto del muro dejará una mayor distancia desde el terreno vegetal del talud hasta la zona superior del muro, lo que ayudará a prevenir la caída de tierra y piedras que podrían desprenderse o ser arrastradas por el agua. Se deberá añadir una FICHA TÉCNICA con las características del producto ofertado donde se recoja el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como los materiales que formarán parte de la ampliación del muro de mampostería. 2. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO: Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 59 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 95 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. 5. Así mismo, cuando se presente empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial, para el cálculo del carácter anormal o desproporcionado de las ofertas se tendrá en cuenta únicamente la oferta más baja. Plazo para la justificación de la anormalidad de las ofertas: será de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente al envío de la comunicación. 3. CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL : Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios específicos: ☐ Criterios específicos: ☒ Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 60 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 06 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XII. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Condiciones especiales de ejecución del contrato de acuerdo con el artículo 202 LCSP. Será obligatorio establecer: ☐ Social y/o ético: ☐ Innovación: ☒ Medioambiental: La empresa adjudicataria deberá garantizar el cumplimiento de las siguientes consideraciones medioambientales: Acotar una zona para los residuos, el punto limpio de la obra, donde ubicar los diferentes contenedores, correspondientemente etiquetados, tanto para residuos orgánicos, peligrosos, recuperables, inertes (áridos o pétreos) y rechazo de residuos. En caso de que se constate mediante la oportuna visita técnica el incumplimiento de las condiciones anteriores, la Administración podrá imponer las penalidades previstas en el Anexo XIII. Se establecen además como condiciones especiales de ejecución en consideración de obligaciones esenciales del contrato objeto de la presente licitación al estar financiado por Fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos NextGenerationEU): Cumplir los hitos y objetivos del componente concreto del Plan a cuya consecución contribuye el presente contrato y los establecidos en el PPT. Cumplir las obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control. La ejecución del contrato estará condicionada al cumplimiento íntegro, por parte del contratista de la normativa y las obligaciones asociadas al respecto del DNSH. Asimismo el contratista tendrá que garantizar el cumplimiento de estas obligaciones en todas las fases del diseño y ejecución de este contrato y de manera individual para cada una de las actuaciones comprendidas en el objeto del mismo No estar incursa en conflicto de interés y no actuar, de manera que la misma interfiera en la correcta ejecución del contrato. Cumplimiento de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. 61 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 16 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU En caso de incumplimientos de las cláusulas de carácter social, medioambiental el responsable del contrato debe informar al órgano de contratación sobre los posibles incumplimientos de dichas obligaciones y, en su caso, propondrá el inicio del procedimiento de imposición de penalidades o de resolución del contrato (letra f del artículo 211.1 f) de la LCSP previsto en el Anexo XIII. En caso de subcontratación de parte del objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras, según establece el artículo 48 de la ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. El incumplimiento de las mismas tendrá la consideración de: ☒ Causa de resolución del contrato, en caso de que tenga la consideración de obligación esencial (ver Anexo XIV). ☒ Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 62 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 26 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XIII PENALIDADES RÉGIMEN OBLIGATORIO DE PENALIDADES Se establece el siguiente régimen de penalidades. Penalidades por Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato Se prevén penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme al apartado 1 del artículo 202. Las cuantías de cada una de ellas no podrán ser superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato, Penalidades por incumplimiento de plazos Penalidades: Se aplicará una sanción de 500 euros por cada día de retraso en la finalización de las obras debido al perjuicio que podría suponer incumplir el plazo por el hecho de no estar finalizado el proyecto a riesgo de incumplir los hitos administrativos fijados por la convocatoria de ayudas en el Real Decreto 1073/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destinos Xacobeo 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Penalidades: Se penalizará con un máximo del 5% del precio del contrato el incumplimiento de la obligación relativa a Recepcionar las notificaciones en un plazo máximo de 3 días. Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato Penalidades: Se podrán imponer penalidades de 1.000 € por cada una de las condiciones especiales de ejecución previstas en caso de que se constate su incumplimiento mediante la oportuna visita técnica. Incumplimiento de las obligaciones esenciales en la ejecución de este contrato establecidas en el Anexo XIII. Penalidades e indemnizaciones y régimen general del procedimiento sancionador: El incumplimiento de las obligaciones esenciales podrá ser causa de resolución del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 211 apartado 1 letra f) párrafo segundo LCSP. No obstante, cuando se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés de servicio en cuestión, se podrá eludir la resolución por la imposición de las penalidades coercitivas de entre el 1 y el 10% del precio de adjudicación IVA incluido, por cada infracción, en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infracción. Estas penalizaciones son independientes de la obligación del contratista de indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios que su incumplimiento le ocasiones al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repercutir contra el Ayuntamiento, incluidos como mínimo el pago de salarios, cotizaciones sociales o incluso coste de despidos que el Ayuntamiento tenga que realizar si condenase por cesión ilegal de trabajadores o por cualquier otro incumplimiento del contratistas de sus obligaciones socio laborales o tributarias. 63 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 36 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contractuales se seguirá un expediente sancionador sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente sancionador serán resuelto, previo informe del responsable municipal del servicio e informe jurídico, por la Alcaldesa o Concejal/a en quien delegue, resolución que pondrá fin a la vía administrativa. El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la sanción, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 64 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 46 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XIV. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO Se consideran obligaciones esenciales del contrato: ☒ Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP) ☐ Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP). En concreto, se considerarán obligaciones esenciales las siguientes: - - - ☐ Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 122.3 LCSP) ☐ Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecido (artículo 217.1 LCSP) ☒ Otras El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista estará obligado a presentar un programa de trabajo que será aprobado por el Ayuntamiento de La Sotonera. Una vez editado y entregado el proyecto, el adjudicatario deberá realizar todas las actuaciones Durante la ejecución de las obras, se exigirá un tiempo de respuesta máximo de 24 horas, para contar con la presencia del Capataz en la misma, con una asistencia mínima de un día a la semana. La justificación respecto a la asistencia mínima se acreditará aportando copia de libro de órdenes o acta que deberá ser redactado en todas las visitas a la obra. El contratista deberá tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados que deberá presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano. El contratista está obligado guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. La información a la que tenga acceso la persona adjudicataria como consecuencia del contrato tendrá un carácter confidencial. No podrá transferir información alguna sobre los trabajos a terceras personas o entidades sin el consentimiento expreso y por escrito del Ayuntamiento de La Sotonera. 65 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 56 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia de la ejecución de los trabajos objeto del mismo, incluidos los gastos de desplazamiento y visado de los documentos que se generen en desarrollo del contrato se consideran que forman parte de la oferta económica presentada y por tanto incluidos en el precio del contrato. En caso de subcontratación de parte del objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras, según establece el artículo 48 de la ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y el artículo 217.1 LCSP. En caso de que el contrato reciba financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia conforme al apartado F del cuadro-resumen, también se considerarán obligaciones esenciales del contrato: Cumplir los hitos y objetivos del componente concreto del Plan a cuya consecución contribuye el presente contrato y los establecidos en el PPT. Cumplir las obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control. No causar un daño significativo al medio ambiente. No estar incursa en conflicto de interés y no actuar, de manera que la misma interfiera en la correcta ejecución del contrato. Cumplimiento de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 66 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 66 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XV. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se produzca la modificación): Serán causa de modificación del contrato las actuaciones necesarias para cumplir con las ordenes de la Autoridad Responsable del Plan para corregir deficiencias en el cumplimiento de los hitos y objetivos que la entidad contratante haya comprometido alcanzar con el contrato en cuestión, así como las correcciones necesarias para cumplir las obligaciones en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y para no causar un daño significativo al medio ambiente. ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará): CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…): PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE COMO MÁXIMO PUEDAN AFECTAR: A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 67 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 76 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XVI. CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este pliego y en los fijados en los artículos 211 y 245 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de contratos del Sector Público y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Ayuntamiento los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada, conforme al artículo 213.3 de la LCSP. El compromiso de medios personales se integrará en el contrato teniendo el carácter de obligaciones esenciales del contrato a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 60 68 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 86 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XVII. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO En el caso de que el órgano de contratación decidiese no adjudicar o celebrar el contrato por motivos de interés público o desistiera del procedimiento, con anterioridad a la formalización, la compensación de gastos a los licitadores será de 100 euros a cada licitador. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 69 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 96 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XVIII. COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PRESIDENTE: D. Javier Fanlo Asesio (Concejal) VOCALES: Dña. Susana Borao Sierra (Secretaria-Interventora) Vocal-Secretaria: Dña. Gloria Bara Casaus (Administrativa) A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 70 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 07 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XIX. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS LICITADORES De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos personales aplicable al Ayuntamiento de La Sotonera, se informa de que el tratamiento de los datos personales aportados en este contrato, así como aquellos contenidos en la documentación que en su caso se acompañe, es realizado por el Ayuntamiento de La Sotonera con NIF P2217300I y con domicilio fiscal en Plaza Mayor nº 1, 22160, Bolea (Huesca) con la finalidad de Gestión de los procesos de licitación y contratación en el Ayuntamiento. No se comunicarán los datos personales a terceros destinatarios salvo a aquellas entidades o administraciones a las que resulte necesario para el cumplimiento de la finalidad del tratamiento y de las obligaciones legales derivadas del presente contrato. Ejercicio de derechos: se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, así como el de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, a través de la sede electrónica. Podrá obtenerse información adicional sobre el tratamiento de datos personales realizado por el Ayuntamiento enviando un correo electrónico a la dirección: aytosotonera@aragon.es A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 63 71 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 17 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XX. ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO (ADJUDICATARIO) (El contenido del presente anexo se incorporará al contrato que se formalice entre las partes) 1. Objeto del encargo del tratamiento Mediante el presente encargo se habilita al adjudicatario (encargado del tratamiento) para tratar por cuenta de la entidad contratante (responsable del tratamiento) los datos de carácter personal necesarios para ejecutar la prestación del presente contrato definido en el Apartado B del cuadro- resumen. El tratamiento consistirá en la realización de las siguientes operaciones sobre los datos personales (detallar las operaciones a realizar en función de las circunstancias concretas de cada contrato): Recogida Registro Estructuración Modificación Conservación Extracción Consulta Comunicación por transmisión Interconexión Cotejo Supresión Destrucción Comunicación Otros: (indicarlo) 2. Identificación de la información afectada Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el responsable del tratamiento pone a disposición del encargado del tratamiento la información que se describe a continuación (detallar los documentos o ficheros puestos a disposición del encargado): 3. Duración del tratamiento El presente acuerdo tendrá la misma duración que la prestación del servicio contratado. 4. Obligaciones del Encargado del Tratamiento A) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja durante la prestación del contrato, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para otros fines distintos o fines propios. B) Tratar los datos de acuerdo con el presente Acuerdo y las instrucciones documentadas del responsable del tratamiento. Si el encargado considera que alguna de las instrucciones recibidas 72 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 27 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, informará inmediatamente al responsable. C) Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga: 1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos. 2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable. 3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas. 4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a: a)La seudonimización y el cifrado de datos personales. b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. c)La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico. d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. Asimismo, colaborará con el responsable del tratamiento para la identificación de la información que debe incluirse en su Registro de Actividades de Tratamiento en aquellos supuestos en los que el encargado trate los datos en sus locales y exclusivamente con sus sistemas de información. D) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento en los supuestos legalmente admisibles. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. E) Subcontratación (Elegir una de las opciones) Opción A Hay subcontratación de las prestaciones que comporten el tratamiento de datos personales B No hay subcontratación de las prestaciones que comporten el tratamiento de datos personales No estará permitida la subcontratación del tratamiento de datos personales en el caso de que este tratamiento haya sido definido expresamente como una tarea crítica que no admite subcontratación, y así se haya señalado en el Apartado O del cuadro-resumen y en el Anexo VI del presente PCAP, o cuando el tratamiento sea inherente a una prestación definida como tarea crítica que no admite subcontratación. En otro caso, se autoriza al encargado principal (adjudicatario del contrato) a subcontratar el tratamiento de datos personales cuando sea inherente a una prestación parcial objeto de subcontratación. Para subcontratar el tratamiento de datos personales con otras empresas, el encargado del tratamiento debe comunicarlo por escrito al responsable, identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto, siendo necesario contar con la aprobación escrita del responsable del tratamiento para efectuar la subcontratación. 73 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 37 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado principal regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del sub-encargado, el encargado principal seguirá siendo plenamente responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones de aquél. F) Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto. G) Garantizar que sus empleados, así como las personas autorizadas para tratar datos personales, se comprometen de forma expresa y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que debe informarles convenientemente. H) Mantener a disposición del responsable del tratamiento la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior. I) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de sus empleados y de las personas autorizadas para tratar datos personales. J) Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles), de la siguiente forma: (Elegir una de las opciones) ☐ Opción A El encargado del tratamiento debe resolver, por cuenta del responsable, y dentro del plazo establecido, las solicitudes de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, en relación con los datos objeto del encargo. ☐ Opción B Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo al responsable mediante correo electrónico a la dirección señalada en el Anexo relativo a la INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud. K) Derecho de información. (Elegir una de las opciones) ☐ Opción A El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos. ☐ Opción B Corresponde al responsable facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar, los datos del encargado del tratamiento y el objeto del encargo del tratamiento. 74 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 47 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU L) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, a través del correo electrónico de la unidad responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente: 1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados. 2. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información. 3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales. 4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. Corresponderá al responsable del tratamiento comunicar las violaciones de la seguridad de los datos personales a la Autoridad de Control competente y a los interesados, con la colaboración del encargado. M) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda. N) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda. O) Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realice el responsable u otro auditor autorizado por él. P) Implantar las medidas de seguridad siguientes: En todo caso, el encargado deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el alcance, contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. Medidas de seguridad mínimas exigidas al adjudicatario: - Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso - Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. - Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico. 75 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 57 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU - Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento. (En su caso, las medidas mínimas se podrán complementar con alguna/s de las opciones que se relacionan a continuación) ☐ Opción A. (si tengo realizado un análisis de riesgo de mi actividad de tratamiento) El encargado implantará las siguientes medidas de seguridad de acuerdo con el análisis de riesgos/evaluación de impacto realizado: … ☐ Opción B. (si el análisis lo realiza el encargado (adjudicatario) y se determina que deberá incorporar las medidas de seguridad resultantes) El encargado realizará un análisis de riesgos asociados/evaluación de impacto e implantará las medidas de seguridad apropiadas de conformidad con los resultados obtenidos. ☐ Opción C. (Si se han establecido requisitos en materia de seguridad y de seguridad de la información en el Pliego de Prescripciones Técnicas) El adjudicatario tiene la obligación de respetar y cumplir los requisitos en materia de seguridad y de seguridad de la información que estén incluidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en la oferta presentada. En concreto: … De conformidad con lo establecido en el artículo 32.3 del RGPD, en el caso de que el encargado del tratamiento esté adherido a un código de conducta aprobado a tenor del artículo 40 del citado Reglamento o a un mecanismo de certificación aprobado a tenor del artículo 42 del mismo, podrá servir de elemento para demostrar el cumplimiento de los requisitos relativos a la implantación de las medidas de seguridad, siempre que así lo considere el responsable en función de las medidas de seguridad necesarias en cada caso. Q) Designar un delegado de protección de datos en los casos previstos en el artículo 37 del RGPD y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable. R) Destino de los datos, según la opción señalada a continuación: (Elegir una de las opciones) ☐ Opción A. Devolución al responsable. •Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. •La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. •No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación Opción B. Devolución a otro encargado. •Devolver a otro encargado que designe por escrito el responsable del tratamiento, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación. 76 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 67 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU •La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. •No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. ☐ Opción C. Destrucción. • Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable del tratamiento. •No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. S) Comunicar mediante una declaración responsable dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. La declaración se incorporará a la documentación del contrato. Asimismo, deberá comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en dicha declaración. 1) Obligaciones del Responsable del Tratamiento T) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento. U) Realizar las consultas previas que corresponda. V) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado. W) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías 2) Otras declaraciones A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 77 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 77 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XXI. CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN (Especificar para cada lote, en su caso) MECANISMOS DE CONTROL Además de inspecciones aleatorias para constatar el ajuste de la realización de la obra a lo estipulado en el contrato, durante la ejecución del contrato podrán utilizarse los siguientes mecanismos de control: Auditorías sobre los indicadores de calidad Descripción del sistema de auditoría: Evaluación de la calidad: Evaluación del rendimiento en base a los indicadores de calidad, de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Encuestas u otras formas de medición de satisfacción, de conformidad con el artículo 61.2 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo. Balance de ejecución sobre la volumetría de la aplicación, de acuerdo con su objeto, y el número y tipología de las incidencias técnicas producidas en su utilización durante el periodo de vigencia del contrato, de conformidad con el artículo 61.3 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo. (Otros) INDICADORES DE CALIDAD Indicador Definición Criterio de cumplimiento A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 78 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 87 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO XXII. DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 LCSP Los licitadores podrán obtener información sobre las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, en: • Ministerio de Trabajo y Economía Social www.empleo.gob.es C/ Obispo Covarrubias s/n. 50.005 Zaragoza. Telf.: 976 999 020 • Instituto Aragonés de Seguridad y Salud laboral. www.aragon.es/issla C/ Bernardo Ramazzini n.º 5. 50.015 Zaragoza. Telf.: 976 716 669 • Instituto Aragonés de Empleo (Dirección General del Servicio Público de Empleo). Gobierno de Aragón. Avenida Ramón Sainz de Baranda n.º 15. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 552 Organismo Autónomo Salud (SALUD). Dirección General de Salud Pública. Vía Universitas n.º 36. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 000 • Organismo Autónomo Agencia para el Empleo (INAEM). Dirección del Servicio Provincial de Zaragoza del Departamento de Economía, Industria y Empleo. Paseo Fernando el Católico n.º 63-65. 50006 Zaragoza. Telf.: 976 714 093 Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a fiscalidad en: • Administración Tributaria del Estado. Delegación Aragón. C/ Albareda 16. 50004 Zaragoza. www.aeat.es Información Tributaria. Telf.: 976 765 220. • Comunidad de Aragón. Dirección General de Tributos. Calle Joaquín Costa 18. 50071 Zaragoza. • Telf.: 976 714 278 Ayuntamiento de La Sotonera Plaza Mayor, nº 1 Bolea (Huesca) Huesca (Aragón) Telf.: 974272 200 Portal: https://www.lasotonera.es/ 79 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 97 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a protección del medio ambiente en: • Gobierno de Aragón. Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón. Edificio Pignatelli-Pº María Agustín n.º 36. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 000. Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de igualdad de género en: • Ministerio de Igualdad. Departamento de Sanidad. Vía Universitas n.º 36. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 000. • Gobierno de Aragón. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón. Edificio Pignatelli-Pº María Agustín n.º 36. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 000. Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de inserción socio laboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad: • Gobierno de Aragón. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón. Edificio Pignatelli-Pº María Agustín n.º 36. 50071 Zaragoza. Telf.: 976 714 000. • Ayuntamiento de La Sotonera Plaza Mayor, nº 1 Bolea (Huesca) Huesca (Aragón) Telf.: 974272 200 Portal: https://www.lasotonera.es/ 80 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 08 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU N.º Expediente: 327/2024 ANEXO MRR. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS DECLARACIONES RESPONSABLES RELATIVAS AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR) 1. Presentación de las declaraciones responsables relativas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La presentación de las declaraciones responsables relativas al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) se realizará únicamente cuando el contrato vaya a recibir financiación procedente del MRR, conforme se haya señalado en el apartado F del cuadro-resumen. En concreto, las declaraciones responsables harán referencia a los siguientes puntos: Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Declaración de no ocasionar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (DNSH), según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles. Declaración Ausencia Conflicto de Intereses (DACI). Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 2. Formulario normalizado. El formulario normalizado se encuentra a disposición de los licitadores en la siguiente dirección electrónica: https://www.aragon.es/-/pliegos- tipo Nota: Se adjunta logo/link para incorporar logo en las correspondientes Declaraciones 3. Instrucciones para rellenar el modelo. Sobre la utilización del formulario normalizado, los licitadores podrán consultar los siguientes documentos: Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, disponible en la página web: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80170 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, disponible en la página web: https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/160621- Plan_Recuperacion_Transformacion_Resiliencia.pdf Documento del Componente dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, disponible en la página web: (a rellenar por el órgano de contratación con el enlace al documento del componente en el que se enmarca el contrato) 81 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 18 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU El formulario normalizado consta de cinco secciones. En la primera sección figuran los datos generales a cumplimentar relativos al contratista o, en su caso, subcontratista, así como a la actuación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las siguientes secciones contienen las correspondientes declaraciones responsables. SECCIÓN 0: Datos generales a cumplimentar D./Dª con NIF, actuando: ☐ en nombre propio ☐ en representación de la entidad con NIF, en calidad de, con domicilio fiscal en: que participa como ☐ contratista ☐ subcontratista en el marco del procedimiento de licitación indicado para el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente. SECCIÓN 1: Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales PRTR La persona firmante MANIFIESTA el compromiso de la entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados. Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («DNSH» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado. SECCIÓN 2: Declaración responsable DNSH La persona firmante DECLARA RESPONSABLEMENTE que se ha presentado oferta para el contrato con número de expediente N.º Expte. nº y éste cumple lo siguiente: A. Las actividades que se desarrollan en el mismo no ocasionan un perjuicio significativo a los siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles: 1. Mitigación del cambio climático. 82 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 28 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 2. Adaptación al cambio climático. 3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos. 4. Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos. 5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. 6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. B. Las actividades se adecúan, en su caso, a las características y condiciones fijadas para la medida y submedida de la Componente y reflejadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. C. Las actividades que se desarrollan en el proyecto cumplirán la normativa medioambiental vigente que resulte de aplicación. D. Las actividades que se desarrollan no están excluidas para su financiación por el Plan conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C58/01), a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y a su correspondiente Anexo. E. Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración dará lugar a la obligación de devolver las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes. SECCIÓN 3: Declaración Ausencia Conflicto De Intereses (DACI) Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación arriba referenciado, la persona firmante DECLARA: Primero. Estar informado de lo siguiente: 1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.» 2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como el artículo 103 «Conflictos de intereses» de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, tienen el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todas las personas candidatas y licitadoras. 3. Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, establece que «El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de concesión de subvenciones». 83 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 38 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU 4. Que, de conformidad con el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda: - Estatal de Administración Tributaria de España, MINERVA o cualquier otra que la sustituya en el futuro, se analizarán las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados, y los licitadores participantes en cada procedimiento. En particular, este análisis se llevará a cabo para las personas que tengan la consideración de decisores de la operación, de conformidad con el artículo 3.1 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - «Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2. d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores» 5. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 33 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, establece como causas de abstención: a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser persona administradora de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con alguna persona interesada. b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de las personas interesadas, con las personas administradoras de entidades o sociedades interesadas y también con las personas asesoras, representantes legales o mandatarias que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstas para el asesoramiento, la representación o el mandato. c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior. d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate. e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar». Segundo. Que se compromete a poner en conocimiento del órgano de contratación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario. Y para que conste, se firma la presente declaración. SECCIÓN 4: Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia La persona firmante DECLARA conocer la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia: - La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación 84 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 48 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes: i. El nombre del perceptor final de los fondos; ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública; iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26); iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión». - Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento». Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados. A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) 85 XJP9LDPHCG7HM9J3XX6JCJDDA :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.arenotosal//:sptth :nóicacifireV 58 ed 58 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD