PPT.pdf
Pliego Técnico
Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them
(so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image -->
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO 'REPRESENTACIONES DE TÍTERES, MARIONETAS Y CUENTACUENTOS ENMARCADAS EN LAS ACTUACIONES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID'
## CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO
El objeto del presente pliego es definir las operaciones necesarias para la prestación del servicio de representaciones de títeres, marionetas y cuentacuentos en el marco del convenio vigente de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid para la realización de actuaciones contra la Violencia de Género y para la Promoción de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
Las actuaciones de este contrato también podrán ser financiadas con otras subvenciones o convenios que pueda percibir la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid o mediante recursos propios de esta.
## CLAUSULA SEGUNDA.- ACTIVIDADES A REALIZAR
La prestación del servicio se desarrollará en el ámbito territorial de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, que está conformada actualmente por los municipios de Batres, Griñón, Moraleja de Enmedio, Serranillos del Valle, Torrejón de la Calzada y Torrejón de Velasco.
Se pueda dar la posibilidad de que algún municipio decida no prestar los servicios.
En el caso que, algún municipio deje de formar parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid tras la adopción del acuerdo correspondiente o no decidieses que el servicio no le fuera prestado, las actuaciones previstas a realizar en el citado municipio quedaran anuladas, no pudiendo ser facturadas bajo ningún concepto.
Para la consecución del objeto del presente contrato, se tendrán en cuenta como mínimo, las características técnicas que a continuación se detallan con arreglo a la siguiente distribución por lotes:
## LOTE 1: REPRESENTACIONES DE TÍTERES (DE GUANTE, DE SOMBRA, DE DEDAL)
Las obras de títeres a realizar anualmente serán un máximo de 12, 2 por cada municipio de los 6 que conforman actualmente la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, y se corresponderán con ' Talleres de Convivencia para la conciliación y corresponsabilidad ', con el objetivo de fomentar la autonomía y combatir los estereotipos sexistas relativos a la asignación de tareas a hombres y a mujeres dentro y fuera del hogar, y con esta modalidad:
<!-- image -->
<!-- image -->
- -Talleres en familia 1 , con el objetivo de que las niñas y niños traten junto con los padres, madres, abuelos y abuelas los valores, actitudes y comportamientos basados en la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. Trabajando temas como la corresponsabilidad o los estereotipos de género en familia, para intentar evitar las contradicciones que pudieran existir entre las normas y estilos de enseñanza, que los niños y niñas se encuentran en su vida diaria, compartida entre el hogar familiar y el de los abuelos y abuelas, que constituyen la principal red de apoyo informal con la que cuentan las familias.
No se realizarán talleres de contenido exclusivamente teórico ni talleres sobre conocimientos prácticos que no impliquen una reflexión sobre el cambio de roles dentro del hogar y la necesidad y beneficios de la corresponsabilidad.
## Condiciones técnicas de las obras de títeres del Lote 1
- a) En la prestación del servicio el contratista deberá someterse, en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que formulen los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid cumpliendo la programación contratada íntegramente y en las fechas y horas previstas.
- b) Para el desarrollo de las obras de títeres, el contratista deberá disponer del personal necesario para responder del buen funcionamiento de las instalaciones y el desarrollo de las actividades programadas, vigilando especialmente el escenario. El contratista nombrará un interlocutor permanente ante la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid desde la adjudicación hasta la finalización del contrato, y contará con personal suficiente para atender al servicio.
- c) El contratista velará por el correcto desarrollo de las actividades, coordinando los diversos elementos técnicos (elementos aportados), humanos (personal) y artísticos (gestión y organización de los espectáculos y actividades artísticas en general que integran la programación). Esta prestación consiste en aportar toda la infraestructura necesaria para la realización de cada una de las actividades previstas, tales como los equipos de luz y sonido, camerinos para el cambio de vestuario, catering, o alojamientos exigidos en su caso por los artistas, vallas de seguridad, etc.
En ocasiones el escenario será facilitado por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, cuando la obra tenga lugar en un auditorio o teatro. Pero en caso de tener que llevarse a cabo al aire libre o lugar en el que no haya escenario, el contratista dispondrá de toda la infraestructura necesaria. Todo este material será instalado y desmontado en el lugar previsto para la actividad, a costa del contratista y con sus propios medios,
1 El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller o sesión informativa será de diez. Los menores tienen que ir acompañados de un adulto de referencia (padre, madre, abuelo, abuela). No se autorizarán talleres en familia dirigidos a grupos de menores acompañados de profesores/as. En los listados deben constar las firmas de los adultos y las iniciales de los menores.
<!-- image -->
<!-- image -->
- con la antelación requerida para cada actividad o espectáculo, procediendo a su posterior retirada a la finalización de las mismas.
- d) Las personas designadas como responsables de las obras de títeres deberán encontrarse en el lugar de la actuación con la antelación suficiente para comprobar que los ensayos técnicos se hayan terminado una hora antes del comienzo de cada actuación.
- e) Si alguna de las actuaciones previstas no se pudiera llevar a cabo, podrá ser, sustituida, por otra de igual calidad y precio, realizándose el mismo día que la sustituye, debiendo dar cuenta, previamente, a los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- f) Los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, podrán, sobre las ofertas presentadas, variar las actuaciones propuestas, siempre que el precio sea el mismo.
- g) Todo el personal que el contratista deba emplear para la ejecución de los trabajos descritos, en las condiciones técnicas particulares, dependerán de él en todos los sentidos.
- h) El contratista indemnizará de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o la propia Administración como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos previstos en la legislación vigente. Por ello, será obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes para cubrir los riesgos que se deriven de todos los montajes, maquinaria, instalaciones y personal que intervenga en los actos programados, así como todos los posibles daños que puedan derivarse del funcionamiento normal o anormal de cualquiera de las actividades que se realicen.
- i) En el precio de las obras de títeres se incluye el equipo de sonido y de luz, el personal de carga y descarga de los afiches correspondientes, transporte, medios materiales y personales para el montaje y desmontaje.
- j) Las obras de títeres deberán haber montado y efectuado las pruebas de sonido una hora antes de anunciado el espectáculo.
- k) Si se diera comienzo a la actuación con retraso sobre el horario estipulado, con descansos excesivamente prolongados, el Presidente, o en su defecto el Responsable del Contrato, decidirá si el tiempo perdido se recupera al final de la actuación.
- l) En caso de ausencia de alguno de los artistas integrantes del espectáculo, considerados como imprescindible a juicio de la Administración, se estará a lo siguiente:
- a. Si la ausencia hubiera sido comunicada de forma fehaciente a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid con antelación
<!-- image -->
<!-- image -->
- suficiente y la persona propuesta para sustituirle fuera aceptada, el contrato no sufrirá alteración alguna.
- b. Si, por el contrario, no hubiese existido tal comunicación, o no se hubiese efectuado con la suficiente antelación, o el sustituto propuesto no fuere aceptado, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid se reserva el derecho a suspender el espectáculo, con exigencia de daños y perjuicios.
- m) El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- n) En consecuencia el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
- o) Serán de cuenta del contratista además de los gastos ya señalados en otros apartados de este pliego, cualesquiera otros gastos a que hubiere lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes, siendo todos ellos considerados como servicios complementarios o auxiliares, sin distinción, entendiéndose incluidos en la oferta del contratista, sin que proceda en modo alguno facturación separada o complementaria, debiendo proceder el adjudicatario al pago de los servicios contratados, en su caso, sin que por ello le autorice a pretensión alguna de modificación de las condiciones de pago establecidas en el pliego.
- p) El importe de los gastos que por cualquier motivo corrieran a cargo del adjudicatario y hubiesen sido abonados por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid le serán descontados de los pagos a efectuarle, o en su defecto de las fianzas depositadas por el mismo.
- q) Los días y horarios son orientativos y pueden variar en función de la programación de cada año, pero nunca supondrá un perjuicio para el adjudicatario del contrato ni una minoración del precio ofertado.
- r) Estas condiciones priman sobre las cláusulas que el contratista haya podido aceptar o imponer en los contratos por él firmados con los artistas o agentes.
<!-- image -->
<!-- image -->
## LOTE 2: REPRESENTACIONES DE MARIONETAS
Las obras de marionetas a realizar anualmente serán un máximo de 6, 1 por cada municipio de los 6 que conforman actualmente la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, y se corresponderán con ' Talleres de Convivencia para la conciliación y corresponsabilidad ', con el objetivo de fomentar la autonomía y combatir los estereotipos sexistas relativos a la asignación de tareas a hombres y a mujeres dentro y fuera del hogar, y con esta modalidad:
- -Talleres en familia 2 , con el objetivo de que las niñas y niños traten junto con los padres, madres, abuelos y abuelas los valores, actitudes y comportamientos basados en la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. Trabajando temas como la corresponsabilidad o los estereotipos de género en familia, para intentar evitar las contradicciones que pudieran existir entre las normas y estilos de enseñanza, que los niños y niñas se encuentran en su vida diaria, compartida entre el hogar familiar y el de los abuelos y abuelas, que constituyen la principal red de apoyo informal con la que cuentan las familias.
No se realizarán talleres de contenido exclusivamente teórico ni talleres sobre conocimientos prácticos que no impliquen una reflexión sobre el cambio de roles dentro del hogar y la necesidad y beneficios de la corresponsabilidad.
## Condiciones técnicas de las obras de marionetas del Lote 2
- a) En la prestación del servicio el contratista deberá someterse, en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que formulen los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid cumpliendo la programación contratada íntegramente y en las fechas y horas previstas.
- b) Para el desarrollo de las obras de marionetas, el contratista deberá disponer del personal necesario para responder del buen funcionamiento de las instalaciones y el desarrollo de las actividades programadas, vigilando especialmente el escenario. El contratista nombrará un interlocutor permanente ante la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid desde la adjudicación hasta la finalización del contrato, y contará con personal suficiente para atender al servicio.
- c) El contratista velará por el correcto desarrollo de las actividades, coordinando los diversos elementos técnicos (elementos aportados), humanos (personal) y artísticos (gestión y organización de los espectáculos y actividades artísticas en general que integran la programación). Esta prestación consiste en aportar toda la infraestructura necesaria para la realización de cada una de las actividades previstas, tales como los equipos de luz y sonido, camerinos para el cambio de vestuario, catering, o alojamientos exigidos en su caso por los artistas, vallas de seguridad, etc.
2 El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller o sesión informativa será de diez. Los menores tienen que ir acompañados de un adulto de referencia (padre, madre, abuelo, abuela). No se autorizarán talleres en familia dirigidos a grupos de menores acompañados de profesores/as. En los listados deben constar las firmas de los adultos y las iniciales de los menores.
<!-- image -->
<!-- image -->
En ocasiones el escenario será facilitado por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, cuando la obra tenga lugar en un auditorio o teatro. Pero en caso de tener que llevarse a cabo al aire libre o lugar en el que no haya escenario, el contratista dispondrá de toda la infraestructura necesaria. Todo este material será instalado y desmontado en el lugar previsto para la actividad, a costa del contratista y con sus propios medios, con la antelación requerida para cada actividad o espectáculo, procediendo a su posterior retirada a la finalización de las mismas.
- d) Las personas designadas como responsables de las obras de marionetas deberán encontrarse en el lugar de la actuación con la antelación suficiente para comprobar que los ensayos técnicos se hayan terminado una hora antes del comienzo de cada actuación.
- e) Si alguna de las actuaciones previstas no se pudiera llevar a cabo, podrá ser, sustituida, por otra de igual calidad y precio, realizándose el mismo día que la sustituye, debiendo dar cuenta, previamente, a los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- f) Los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, podrán, sobre las ofertas presentadas, variar las actuaciones propuestas, siempre que el precio sea igual.
- g) Todo el personal que el contratista deba emplear para la ejecución de los trabajos descritos, en las condiciones técnicas particulares, dependerán de él en todos los sentidos.
- h) El contratista indemnizará de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o la propia Administración como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos previstos en la legislación vigente. Por ello, será obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes para cubrir los riesgos que se deriven de todos los montajes, maquinaria, instalaciones y personal que intervenga en los actos programados, así como todos los posibles daños que puedan derivarse del funcionamiento normal o anormal de cualquiera de las actividades que se realicen.
- i) En el precio de las obras de marionetas se incluye el equipo de sonido y de luz, el personal de carga y descarga de los afiches correspondientes, transporte, medios materiales y personales para el montaje y desmontaje.
- j) Las obras de marionetas deberán haber montado y efectuado las pruebas de sonido una hora antes de anunciado el espectáculo.
- k) Si se diera comienzo a la actuación con retraso sobre el horario estipulado, con descansos excesivamente prolongados, el Presidente, o en su defecto el Responsable del Contrato, decidirá si el tiempo perdido se recupera al final de la actuación.
<!-- image -->
<!-- image -->
- l) En caso de ausencia de alguno de los artistas integrantes del espectáculo, considerados como imprescindible a juicio de la Administración, se estará a lo siguiente:
- a. Si la ausencia hubiera sido comunicada de forma fehaciente a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid con antelación suficiente y la persona propuesta para sustituirle fuera aceptada, el contrato no sufrirá alteración alguna.
- b. Si, por el contrario, no hubiese existido tal comunicación, o no se hubiese efectuado con la suficiente antelación, o el sustituto propuesto no fuere aceptado, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid se reserva el derecho a suspender el espectáculo, con exigencia de daños y perjuicios.
- m) El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- n) En consecuencia el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
- o) Serán de cuenta del contratista además de los gastos ya señalados en otros apartados de este pliego, cualesquiera otros gastos a que hubiere lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes, siendo todos ellos considerados como servicios complementarios o auxiliares, sin distinción, entendiéndose incluidos en la oferta del contratista, sin que proceda en modo alguno facturación separada o complementaria, debiendo proceder el adjudicatario al pago de los servicios contratados, en su caso, sin que por ello le autorice a pretensión alguna de modificación de las condiciones de pago establecidas en el pliego.
- p) El importe de los gastos que por cualquier motivo corrieran a cargo del adjudicatario y hubiesen sido abonados por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid le serán descontados de los pagos a efectuarle, o en su defecto de las fianzas depositadas por el mismo.
<!-- image -->
<!-- image -->
- q) Los días y horarios son orientativos y pueden variar en función de la programación de cada año, pero nunca supondrá un perjuicio para el adjudicatario del contrato ni una minoración del precio ofertado.
- r) Estas condiciones priman sobre las cláusulas que el contratista haya podido aceptar o imponer en los contratos por él firmados con los artistas o agentes.
## LOTE 3: REPRESENTACIONES DE CUENTACUENTOS
Las sesiones de cuentacuentos a realizar anualmente serán un máximo de 6, 1 por cada municipio de los 6 que conforman actualmente la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, y se corresponderán con ' Talleres de Convivencia para la conciliación y corresponsabilidad ', con el objetivo de fomentar la autonomía y combatir los estereotipos sexistas relativos a la asignación de tareas a hombres y a mujeres dentro y fuera del hogar, y con esta modalidad:
- -Talleres en familia 3 , con el objetivo de que las niñas y niños traten junto con los padres, madres, abuelos y abuelas los valores, actitudes y comportamientos basados en la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. Trabajando temas como la corresponsabilidad o los estereotipos de género en familia, para intentar evitar las contradicciones que pudieran existir entre las normas y estilos de enseñanza, que los niños y niñas se encuentran en su vida diaria, compartida entre el hogar familiar y el de los abuelos y abuelas, que constituyen la principal red de apoyo informal con la que cuentan las familias.
No se realizarán talleres de contenido exclusivamente teórico ni talleres sobre conocimientos prácticos que no impliquen una reflexión sobre el cambio de roles dentro del hogar y la necesidad y beneficios de la corresponsabilidad.
## Condiciones técnicas de las sesiones de Cuentacuentos del Lote 3
- a) En la prestación del servicio el contratista deberá someterse, en todo momento, a las instrucciones, directrices y observaciones que formulen los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid cumpliendo la programación contratada íntegramente y en las fechas y horas previstas.
- b) Para el desarrollo de las sesiones de Cuentacuentos, el contratista deberá disponer del personal necesario para responder del buen funcionamiento de las instalaciones y el desarrollo de las actividades programadas, vigilando especialmente el escenario. El contratista nombrará un interlocutor permanente ante la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid desde la adjudicación hasta la finalización del contrato, y contará con personal suficiente para atender al servicio.
3 El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller o sesión informativa será de diez. Los menores tienen que ir acompañados de un adulto de referencia (padre, madre, abuelo, abuela). No se autorizarán talleres en familia dirigidos a grupos de menores acompañados de profesores/as. En los listados deben constar las firmas de los adultos y las iniciales de los menores.
<!-- image -->
<!-- image -->
- c) El contratista velará por el correcto desarrollo de las actividades, coordinando los diversos elementos técnicos (elementos aportados), humanos (personal) y artísticos (gestión y organización de los espectáculos y actividades artísticas en general que integran la programación). Esta prestación consiste en aportar toda la infraestructura necesaria para la realización de cada una de las actividades previstas, tales como los equipos de luz y sonido, camerinos para el cambio de vestuario, catering, o alojamientos exigidos en su caso por los artistas, vallas de seguridad, etc.
En ocasiones el escenario será facilitado por la Mancomunidad, cuando la obra tenga lugar en un auditorio o teatro. Pero en caso de tener que llevarse a cabo al aire libre o lugar en el que no haya escenario, el contratista dispondrá de toda la infraestructura necesaria. Todo este material será instalado y desmontado en el lugar previsto para la actividad, a costa del contratista y con sus propios medios, con la antelación requerida para cada actividad o espectáculo, procediendo a su posterior retirada a la finalización de las mismas.
- d) Las personas designadas como responsables de las sesiones de Cuentacuentos deberán encontrarse en el lugar de la actuación con la antelación suficiente para comprobar que los ensayos técnicos se hayan terminado una hora antes del comienzo de cada actuación.
- e) Si alguna de las actuaciones previstas no se pudiera llevar a cabo, podrá ser, sustituida, por otra de igual calidad y precio, realizándose el mismo día que la sustituye, debiendo dar cuenta, previamente, a los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- f) Los responsables de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, podrán, sobre las ofertas presentadas, variar las actuaciones propuestas, siempre que el precio sea igual.
- g) Todo el personal que el contratista deba emplear para la ejecución de los trabajos descritos, en las condiciones técnicas particulares, dependerán de él en todos los sentidos.
- h) El contratista indemnizará de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o la propia Administración como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos previstos en la legislación vigente. Por ello, será obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil y de accidentes para cubrir los riesgos que se deriven de todos los montajes, maquinaria, instalaciones y personal que intervenga en los actos programados, así como todos los posibles daños que puedan derivarse del funcionamiento normal o anormal de cualquiera de las actividades que se realicen.
- i) En el precio de las sesiones de Cuentacuentos se incluye el equipo de sonido y de luz, el personal de carga y descarga de los afiches correspondientes, transporte, medios materiales y personales para el montaje y desmontaje.
<!-- image -->
<!-- image -->
- j) Las sesiones de Cuentacuentos deberán haber montado y efectuado las pruebas de sonido una hora antes de anunciado el espectáculo.
- k) Si se diera comienzo a la actuación con retraso sobre el horario estipulado, con descansos excesivamente prolongados, el Presidente, o en su defecto el Responsable del Contrato, decidirá si el tiempo perdido se recupera al final de la actuación.
- l) En caso de ausencia de alguno de los artistas integrantes del espectáculo, considerados como imprescindible a juicio de la Administración, se estará a lo siguiente:
- a. Si la ausencia hubiera sido comunicada de forma fehaciente a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid con antelación suficiente y la persona propuesta para sustituirle fuera aceptada, el contrato no sufrirá alteración alguna.
- b. Si, por el contrario, no hubiese existido tal comunicación, o no se hubiese efectuado con la suficiente antelación, o el sustituto propuesto no fuere aceptado, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid se reserva el derecho a suspender el espectáculo, con exigencia de daños y perjuicios.
- m) El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- n) En consecuencia el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
- o) Serán de cuenta del contratista además de los gastos ya señalados en otros apartados de este pliego, cualesquiera otros gastos a que hubiere lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes, siendo todos ellos considerados como servicios complementarios o auxiliares, sin distinción, entendiéndose incluidos en la oferta del contratista, sin que proceda en modo alguno facturación separada o complementaria, debiendo proceder el adjudicatario al pago de los servicios contratados, en su caso, sin que por
<!-- image -->
<!-- image -->
- ello le autorice a pretensión alguna de modificación de las condiciones de pago establecidas en el pliego.
- p) El importe de los gastos que por cualquier motivo corrieran a cargo del adjudicatario y hubiesen sido abonados por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid le serán descontados de los pagos a efectuarle, o en su defecto de las fianzas depositadas por el mismo.
- q) Los días y horarios son orientativos y pueden variar en función de la programación de cada año, pero nunca supondrá un perjuicio para el adjudicatario del contrato ni una minoración del precio ofertado.
- r) Estas condiciones priman sobre las cláusulas que el contratista haya podido aceptar o imponer en los contratos por él firmados con los artistas o agentes.
## CLAUSULA TERCERA. MODIFICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN Y/O SUSPENSIÓN PARCIAL O TOTAL DE LAS ACTUACIONES .
La Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por circunstancias meteorológicas adversas o por cualquier otra que afecte a la salud o la seguridad de las personas, podrá modificar la programación y / o acordar la suspensión parcial o total de las actuaciones.
- a) Por condiciones meteorológicas adversas:
1. Si éstas afectaran al montaje de los equipos de sonido y luz y otras necesidades técnicas para llevar a cabo las actuaciones, antes de que éstas se hayan iniciado, se ajustarán a una nueva fecha para posibilitar la realización de las mismas, con el visto bueno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
2. En caso de que las condiciones climatológicas impidieran el inicio de las actuaciones a la hora prevista, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid podrá modificar el inicio de las actuaciones a lo largo de las dos horas siguientes a la hora de inicio prevista.
3. En el caso de suspensión total de las actuaciones previstas antes de iniciarse se realizará en los siguientes supuestos:
5. -Por imposibilidad de realización de los montajes de equipos de sonido y luz previstos y necesarios para el buen desarrollo de la misma.
6. -Por imposibilidad de inicio de la totalidad de las actuaciones previstas, a pesar de que se hayan realizado todos los montajes necesarios.
<!-- image -->
<!-- image -->
4. Si en el momento de iniciarse la actuación las previsiones meteorológicas son adversas, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid podrá modificar la hora de inicio prevista de cada actuación, la duración, y el orden de actuación previsto e incluso anular una o más de las actuaciones programadas.
5. En este caso, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid quedará exenta de todos los pagos incluidos en el precio del contrato, con respecto a las posibles actuaciones anuladas, a excepción de:
3. -Cualquier actuación suspendida parcialmente, siempre y cuando la suspensión se dé a partir de los 10 minutos de actuación realizada.
4. -El abono de los gastos correspondientes a la sonorización e iluminación.
6. Salvo los dos supuestos mencionados, en cualquier caso, ni el contratista ni los artistas y/o representantes de los mismos, podrán reclamar, demandar ni exigir cualquier pago y/o indemnización al respecto a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
7. La suspensión total o parcial de las actuaciones por motivo de circunstancias climatológicas adversas, será acordada por la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, con comunicación previa a las empresas afectadas por esta suspensión. La Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid quedará exenta de todos los pagos incluidos en el precio del contrato correspondientes a la actuación suspendida, tomando como referencia las ofertas económicas presentadas por el licitador.
En este caso ni el contratista ni los artistas y/o representantes de los mismos, podrán reclamar, demandar ni exigir cualquier pago y/o indemnización al respecto a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, salvo en los casos expresados en el punto 6 de este apartado.
- b) Otras causas de imposibilidad de actuación del artista/grupo contratado:
En caso de enfermedad grave del artista o de cualquier miembro imprescindible del grupo artístico que imposibilite la actuación prevista, el contratista presentará el justificante médico correspondiente a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, que estará exento de cualquier pago correspondiente a la actuación anulada.
El contratista, a petición de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, podrá presentar otros artistas para suplir la baja, adjuntando el correspondiente presupuesto, que en ningún caso superará el total de los gastos correspondientes del precio del contrato. Sin embargo, la decisión corresponderá a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y ésta se reserva el derecho de solicitar y aceptar propuestas de terceros.
<!-- image -->
<!-- image -->
La no comparecencia del artista en el momento del inicio de la actuación por cualquier motivo sin la previa justificación implicará el no abono por parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid de la parte del precio del contrato correspondiente a la actuación anulada y, además, podrá demandar daños y perjuicios al contratista por el mismo importe del precio del contrato estipulado en este pliego.
## CLAUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA
- -Emitir los informes que se requieran por parte de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid sobre el desarrollo de las actuaciones a realizar con cargo al contrato y derivadas del convenio vigente de colaboración entre la Comunidad de Madrid y esta entidad para la realización de actuaciones contra la Violencia de Género y para la Promoción de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
- -Facilitar pruebas gráficas acreditativas del cumplimiento de las obligaciones (incluidas fotos y grabaciones) en materia de información y difusión de actividades cofinanciadas por fondos de los programas operativos regionales del FEDER y del FSE Plus de la Comunidad de Madrid 20212027 (conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos que establece como obligación de la Autoridad de Gestión, poner en marcha medidas contra el fraude efectivas) a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
- -Facilitar a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, debidamente cumplimentados, tal y se indica en el presente pliego, los listados de participantes por cada taller que se desarrolle en los distintos municipios.
- -En su caso, aportar a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid originales de publicaciones, materiales y elementos de difusión.
- -Se establecerán reuniones periódicas entre la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y la adjudicataria del contrato de servicio, según las necesidades del servicio.
## CLAUSULA QUINTA. PROYECTO TÉCNICO.
Los licitadores deberán presentar un Proyecto de prestación del servicio, en el que se contemplen los aspectos señalados en el presente pliego y deberá incluir, al menos, los apartados o aspectos siguientes:
- -Objetivos.
- -Organización y funcionamiento y metodología de las actuaciones.
<!-- image -->
<!-- image -->
- -Tipos de actuaciones.
- -Temporalidad.
- -Gestión de los recursos humanos y protocolos de actuación.
- -Medios propios materiales y técnicos con los que dispone la licitadora.
- -Sistemas de gestión, coordinación y evaluación.
Además, el proyecto técnico deberá ir acompañado de posibles opciones de representaciones, incluyendo las fichas técnicas y la cartelería de las mismas.
El proyecto presentado no podrá superar, en ningún caso, el número de 20 páginas a una cara o de 10 hojas a doble cara.
Dado en Griñón, en fecha al margen expresado y firmado electrónicamente. LA DIRECTORA DE SERVICIOS SOCIALES, Estefanía Garrido Jiménez
<!-- image -->