RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
DON VICTOR MARTINEZ CRESPO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ORTIGOSA DE CAMEROS (LA RIOJA),
Teniendo en cuenta la Orden PID/83/2025, de 23 de diciembre, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros
de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía en municipios y núcleos de
población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, y en
entidades locales menores
Vista la Resolución 180/2026, de 18 de marzo, de la Consejería de Política
Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la que se convocan
para el año 2026 las subvenciones a Centros de ocio, convivencia y
sociabilidad de la ciudadanía en municipios y núcleos de población separados
con población igual o inferior a 500 habitantes, y entidades locales menores
Teniendo en cuenta que este Ayuntamiento participa en la citada convocatoria
solicitando a la Consejería ayuda para la actuación contemplada en la Memoria
descriptiva de la inversión para la renovación parcial de la carpintería exterior y
sustitución de estufa de pellets del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2
de Ortigosa de Cameros (La Rioja). FASE 1, Por importe de 57.497,77 euros.
Teniendo en cuenta que con fecha de 7 de septiembre de 2026 el Boletín
Oficial de La Rioja publica la Resolución 723/2026, de 2 de septiembre, de la
Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación,
de concesión de ayudas a centros de ocio, convivencia y sociabilidad de la
ciudadanía, mediante la cual se aprueba la subvención solicitada por nuestro
ayuntamiento para las obras indicadas anteriormente.
De acuerdo con el INFORME DE NECESIDAD de Alcaldía; de la contratación
de las obras de mejora del bar-cafetería-restaurante municipal “LAS GRUTAS”
de Ortigosa de Cameros de fecha de 23 de septiembre de 2026 y teniendo en
cuenta:
La actividad económica de la localidad de Ortigosa de Cameros se diversifica
hoy entre diversos pilares: la ganadería, la explotación forestal, la industria
maderera y un incipiente turismo rural.
Este turismo rural ha ido creciendo paulatinamente habiendo contribuido de
forma evidente "las cuevas de Ortigosa de Cameros" que se encuentran en el
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monte Encinedo de esa localidad, por ser las únicas acondicionadas para la
visita turística en toda La Rioja.
Con el fin de fortalecer ese turismo rural se pretende contratar las obras
referidas para dar esa necesaria prestación a los visitantes;
Vista la necesidad en la realización de estas, dado que ello contribuirá a una
mejor prestación del servicio del bar-restaurante LAS GRUTAS, se inicia el
expediente de contratación.
La contratación deberá efectuarse conforme a los principios recogidos en el
Artículo 1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
“habrá de garantizarse que la contratación se ajusta a los principios de libertad
de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, y
no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores (...)”
Teniendo en cuenta el Decreto de 11 de mayo de 2026 que aprueba la Memoria
descriptiva de la inversión para la renovación parcial de la carpintería exterior y
sustitución de estufa de pellets del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2
de Ortigosa de Cameros (La Rioja). FASE 1., de mayo de 2026.
REDACTOR: Ingeniero de Edificación-Arquitecto Técnico, D. RAFAEL
PEREDA GONZALEZ, Colegiado nº 889.
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA (IVA INCLUÍDO):
57.497,77 euros.
- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.ñ) de la Ley 7/1985
de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo
dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, del Real Decreto Legislativo
9/2017, de 8 de noviembre, aprobando la Ley de Contratos del Sector Público,
que señala y transcribo literal:
"1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales
las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de
obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los
contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales,
cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios
del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros,
incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro
años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de
todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los
recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
2. Corresponden al Pleno las competencias como órgano de contratación
respecto de los contratos mencionados en el apartado anterior que celebre la
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Entidad Local, cuando por su valor o duración no correspondan al Alcalde o
Presidente de la Entidad Local, conforme al apartado anterior."
"Artículo 101. Valor estimado.
1. A todos los efectos previstos en esta Ley, el valor estimado de los contratos
será determinado como sigue:
a) En el caso de los contratos de obras, suministros y servicios, el órgano de
contratación tomará el importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor
Añadido, pagadero según sus estimaciones."
Analizado el porcentaje que supone la ejecución de la citada obra en relación
con los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal a los efectos de
determinar el órgano competente para contratar, será la alcaldía, puesto que
no supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto del 2026, vigente
a la fecha de este informe, que ascienden a la cantidad de 987.800,00 euros,
aprobado definitivamente el 11 de febrero de 2026 con número 28.
Que el Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros ha consignado en el
Presupuesto Municipal del ejercicio de 2026.
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado sumario
conforme al artículo 159.6 de la LCSP 2017, por las razones que constan en la
documentación preparatoria del contrato, y tramitación ordinaria. Todo
empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida
toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado.
6. En contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en
contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000
euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a
los que no será de aplicación este apartado, el procedimiento abierto
simplificado podrá seguir la siguiente tramitación:
a) El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a
diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de
licitación en el perfil de contratante. No obstante, lo anterior, cuando se trate de
compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de 5 días
hábiles.
b) Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica
y financiera y técnica o profesional.
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c) La oferta se entregará en un único sobre o archivo electrónico y se
evaluará, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables
mediante la mera aplicación de fórmulas establecidas en los pliegos.
d) La valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante
dispositivos informáticos, o con la colaboración de una unidad técnica que
auxilie al órgano de contratación.
Se garantizará, mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las
proposiciones no se realiza hasta que haya finalizado el plazo para su
presentación, por lo que no se celebrará acto público de apertura de estas.
e) Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de
estas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción
alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato.
f) No se requerirá la constitución de garantía definitiva.
g) La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de
aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
En todo lo no previsto en este apartado se aplicará la regulación general del
procedimiento abierto simplificado prevista en este artículo.
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar el Expediente de contratación de las obras para la
renovación parcial de la carpintería exterior y sustitución de estufa de pellets
del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2 de Ortigosa de Cameros (La
Rioja). FASE 1., por procedimiento abierto simplificado sumario o
supersimplificado, tramitación ordinaria y licitación electrónica.
SEGUNDO. - Autorizar en cuantía un Presupuesto base de licitación que
opera como límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede
comprometer el órgano de contratación, que asciende a la cantidad de
47.518,82 euros, más 9.978,95 euros correspondientes al Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA), lo que supone un total de 57.497,77 euros, con el IVA
incluido, con cargo al presupuesto municipal.
TERCERO. - Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que
regirá el contrato mediante procedimiento abierto simplificado sumario o
supersimplificado, tramitación ordinaria y licitación electrónica.
CUARTO. -Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el
contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público.
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QUINTO.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante
del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas
administrativas particulares. La documentación necesaria para la presentación
de las ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del
anuncio de licitación en los medios contenidos en el pliego.
SÉXTO.- Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a
la apertura de las proposiciones y a su valoración.
Ante mí, para que así conste se expide y firma la presente. En Ortigosa de
Cameros, a día de 12 de octubre de 2026.Firmado electrónicamente por el
Alcalde-Presidente, Víctor Martínez Crespo, y la Secretaria - Interventora,
Marta Martínez García.
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