DECRETO APROB LICITACION.pdf

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DON VICTOR MARTINEZ CRESPO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ORTIGOSA DE CAMEROS (LA RIOJA), Teniendo en cuenta la Orden PID/83/2025, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía en municipios y núcleos de población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, y en entidades locales menores Vista la Resolución 180/2026, de 18 de marzo, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones a Centros de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía en municipios y núcleos de población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, y entidades locales menores Teniendo en cuenta que este Ayuntamiento participa en la citada convocatoria solicitando a la Consejería ayuda para la actuación contemplada en la Memoria descriptiva de la inversión para la renovación parcial de la carpintería exterior y sustitución de estufa de pellets del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2 de Ortigosa de Cameros (La Rioja). FASE 1, Por importe de 57.497,77 euros. Teniendo en cuenta que con fecha de 7 de septiembre de 2026 el Boletín Oficial de La Rioja publica la Resolución 723/2026, de 2 de septiembre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, de concesión de ayudas a centros de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía, mediante la cual se aprueba la subvención solicitada por nuestro ayuntamiento para las obras indicadas anteriormente. De acuerdo con el INFORME DE NECESIDAD de Alcaldía; de la contratación de las obras de mejora del bar-cafetería-restaurante municipal “LAS GRUTAS” de Ortigosa de Cameros de fecha de 23 de septiembre de 2026 y teniendo en cuenta: La actividad económica de la localidad de Ortigosa de Cameros se diversifica hoy entre diversos pilares: la ganadería, la explotación forestal, la industria maderera y un incipiente turismo rural. Este turismo rural ha ido creciendo paulatinamente habiendo contribuido de forma evidente "las cuevas de Ortigosa de Cameros" que se encuentran en el OTERCED WWSS5XFSHMSKMMZ7Y6YJAGDXA :nóicadilaV .dóC 6202/01/21 :ahceF 2700-6202 :oremúN /se.acinortceledes.soremacedasogitro//:sptth :nóicacifireV 5 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD monte Encinedo de esa localidad, por ser las únicas acondicionadas para la visita turística en toda La Rioja. Con el fin de fortalecer ese turismo rural se pretende contratar las obras referidas para dar esa necesaria prestación a los visitantes; Vista la necesidad en la realización de estas, dado que ello contribuirá a una mejor prestación del servicio del bar-restaurante LAS GRUTAS, se inicia el expediente de contratación. La contratación deberá efectuarse conforme a los principios recogidos en el Artículo 1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público “habrá de garantizarse que la contratación se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores (...)” Teniendo en cuenta el Decreto de 11 de mayo de 2026 que aprueba la Memoria descriptiva de la inversión para la renovación parcial de la carpintería exterior y sustitución de estufa de pellets del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2 de Ortigosa de Cameros (La Rioja). FASE 1., de mayo de 2026. REDACTOR: Ingeniero de Edificación-Arquitecto Técnico, D. RAFAEL PEREDA GONZALEZ, Colegiado nº 889. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA (IVA INCLUÍDO): 57.497,77 euros. - Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.ñ) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, del Real Decreto Legislativo 9/2017, de 8 de noviembre, aprobando la Ley de Contratos del Sector Público, que señala y transcribo literal: "1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. 2. Corresponden al Pleno las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos mencionados en el apartado anterior que celebre la OTERCED WWSS5XFSHMSKMMZ7Y6YJAGDXA :nóicadilaV .dóC 6202/01/21 :ahceF 2700-6202 :oremúN /se.acinortceledes.soremacedasogitro//:sptth :nóicacifireV 5 ed 2 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD Entidad Local, cuando por su valor o duración no correspondan al Alcalde o Presidente de la Entidad Local, conforme al apartado anterior." "Artículo 101. Valor estimado. 1. A todos los efectos previstos en esta Ley, el valor estimado de los contratos será determinado como sigue: a) En el caso de los contratos de obras, suministros y servicios, el órgano de contratación tomará el importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, pagadero según sus estimaciones." Analizado el porcentaje que supone la ejecución de la citada obra en relación con los recursos ordinarios del Presupuesto Municipal a los efectos de determinar el órgano competente para contratar, será la alcaldía, puesto que no supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto del 2026, vigente a la fecha de este informe, que ascienden a la cantidad de 987.800,00 euros, aprobado definitivamente el 11 de febrero de 2026 con número 28. Que el Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros ha consignado en el Presupuesto Municipal del ejercicio de 2026. El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto simplificado sumario conforme al artículo 159.6 de la LCSP 2017, por las razones que constan en la documentación preparatoria del contrato, y tramitación ordinaria. Todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado. 6. En contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado, el procedimiento abierto simplificado podrá seguir la siguiente tramitación: a) El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante. No obstante, lo anterior, cuando se trate de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de 5 días hábiles. b) Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. OTERCED WWSS5XFSHMSKMMZ7Y6YJAGDXA :nóicadilaV .dóC 6202/01/21 :ahceF 2700-6202 :oremúN /se.acinortceledes.soremacedasogitro//:sptth :nóicacifireV 5 ed 3 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD c) La oferta se entregará en un único sobre o archivo electrónico y se evaluará, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas establecidas en los pliegos. d) La valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante dispositivos informáticos, o con la colaboración de una unidad técnica que auxilie al órgano de contratación. Se garantizará, mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las proposiciones no se realiza hasta que haya finalizado el plazo para su presentación, por lo que no se celebrará acto público de apertura de estas. e) Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de estas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato. f) No se requerirá la constitución de garantía definitiva. g) La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. En todo lo no previsto en este apartado se aplicará la regulación general del procedimiento abierto simplificado prevista en este artículo. RESUELVO PRIMERO.- Aprobar el Expediente de contratación de las obras para la renovación parcial de la carpintería exterior y sustitución de estufa de pellets del centro de ocio El Peñón sito en Calle Z, nº2 de Ortigosa de Cameros (La Rioja). FASE 1., por procedimiento abierto simplificado sumario o supersimplificado, tramitación ordinaria y licitación electrónica. SEGUNDO. - Autorizar en cuantía un Presupuesto base de licitación que opera como límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, que asciende a la cantidad de 47.518,82 euros, más 9.978,95 euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo que supone un total de 57.497,77 euros, con el IVA incluido, con cargo al presupuesto municipal. TERCERO. - Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá el contrato mediante procedimiento abierto simplificado sumario o supersimplificado, tramitación ordinaria y licitación electrónica. CUARTO. -Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. OTERCED WWSS5XFSHMSKMMZ7Y6YJAGDXA :nóicadilaV .dóC 6202/01/21 :ahceF 2700-6202 :oremúN /se.acinortceledes.soremacedasogitro//:sptth :nóicacifireV 5 ed 4 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD QUINTO.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares. La documentación necesaria para la presentación de las ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación en los medios contenidos en el pliego. SÉXTO.- Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a la apertura de las proposiciones y a su valoración. Ante mí, para que así conste se expide y firma la presente. En Ortigosa de Cameros, a día de 12 de octubre de 2026.Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Víctor Martínez Crespo, y la Secretaria - Interventora, Marta Martínez García. OTERCED WWSS5XFSHMSKMMZ7Y6YJAGDXA :nóicadilaV .dóC 6202/01/21 :ahceF 2700-6202 :oremúN /se.acinortceledes.soremacedasogitro//:sptth :nóicacifireV 5 ed 5 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD