Redacción de proyecto constructivo, ejecución de obra y explotación de una planta de tratamiento de materia orgánica en el Parque Tecnológico de Valdemingómez
Objeto y condiciones del contrato
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid convoca la licitación «Redacción de proyecto constructivo, ejecución de obra y explotación de una planta de tratamiento de materia orgánica en el Parque Tecnológico de Valdemingómez», un contrato de obras con un valor estimado de 35.513.006,06 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Trabajos de construcción de plantas de reciclado.; Trabajos de construcción de instalaciones de compostaje.; Obras de ingeniería y trabajos de construcción.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 14 de julio de 2020 a las 14:00. Estado actual del expediente: Resuelta. El contrato cuenta con financiación de la Unión Europea.
Requisitos de los licitadores
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Solvencia económica y financiera
- Solvencia para el contrato de servicios (explotación): Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado c): Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Cifra de patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 6,5 millones de euros. Se acreditará mediante declaración responsable. En caso de que la proposición u oferta sea formulada por un candidato en representación de varias entidades que actuarían de forma conjunta (como sociedad de propósito específico), el importe de patrimonio neto podrá acreditarse mediante la suma del obtenido por una o cada una de las entidades partícipes que comprometan o representen al menos el 25% del capital social de la sociedad de propósito específico que constituirá el adjudicatario.
- Para empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea. Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado c): Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Cifra de patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 20 millones de euros. Se acreditará mediante declaración responsable.
- Solvencia para el contrato de servicios (explotación): Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores, deberán demostrar una solvencia económica y financiera apropiada para la ejecución del contrato. Se acreditará mediante todos y cada uno de los siguientes medios y ajustándose a los criterios que a continuación se definen. Los licitadores deberán acreditar que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor dentro de los últimos tres disponibles (2017 a 2019) sea superior a una vez y media (1,5) el valor estimado del contrato. Para alcanzar esta cantidad, se podrán sumar las solvencias de los licitadores que concurran en agrupación. El requisito de solvencia se acreditará mediante declaración responsable. En el caso de licitadores extranjeros, deberán aportar la documentación requerida junto con una traducción jurada y la información económica en divisa euros. El tipo de cambio de referencia será el tipo de cambio de cierre oficial al 31/12/18 publicado por el Banco de España.
- Para empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea. Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores, deberán demostrar una solvencia económica y financiera apropiada para la ejecución del contrato. Se acreditará mediante todos y cada uno de los siguientes medios y ajustándose a los criterios que a continuación se definen. Los licitadores deberán acreditar que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor dentro de los últimos tres disponibles (2017 a 2019) sea superior a una vez y media (1,5) el valor estimado del contrato. Para alcanzar esta cantidad, se podrán sumar las solvencias de los licitadores que concurran en agrupación. El requisito de solvencia se acreditará mediante declaración responsable. En el caso de licitadores extranjeros, deberán aportar la documentación requerida junto con una traducción jurada y la información económica en divisa euros. El tipo de cambio de referencia será el tipo de cambio de cierre oficial al 31/12/18 publicado por el Banco de España.
Solvencia técnica o profesional
- Para la Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad y medioambientales, los licitadores deberán presentar fotocopia compulsada de la siguiente documentación: Certificado del Sistema de Gestión de la Calidad conforme con la norma ISO 9001, para la actividad de explotación de plantas de tratamiento de residuos urbanos. Certificado del Sistema de Gestión Ambiental conforme con la norma ISO 14001, para la actividad de explotación de plantas de tratamiento de residuos urbanos. Certificado del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo conforme con la norma OHSAS 18001 para la actividad de gestión de residuos urbanos. Certificado del Sistema de Gestión Energética conforme con la norma ISO 50001, para la actividad de explotación de plantas de tratamiento de residuos urbanos. Se reconocerán los certificados equivalentes que se aporten siempre que el licitador demuestre su equivalencia con las medidas y las normas de gestión medioambiental. En el supuesto de agrupación de empresas, todas las empresas que compongan la UTE deberán cumplir con estos requisitos mínimos, si bien podrá excepcionarse este requisito cuando se justifique que la actividad de alguna empresa de las que se presentan en UTE en la ejecución del contrato, no vaya a estar afectada por la exigencia de los mencionados certificados. Estas acreditaciones son requisitos de solvencia y su no presentación dará lugar a la exclusión de la licitación.
- COMPROMISO DE COMPATIBILIDAD: Deberá anexarse declaración responsable de no tener vinculación previa con el presente contrato, conforme a lo previsto en el Anexo I del PCAP y conforme al modelo que se facilita como plantilla.
- Solvencia para el contrato de servicios (explotación): Artículo 90 apartado/s: 1. Requisitos mínimos: Los licitadores, deberán acreditar su solvencia técnica o profesional para la ejecución del contrato mediante la presentación de una relación firmada por el representante legal de la empresa que incluirá la siguiente información sobre los trabajos realizados en los últimos DIEZ (10) años (2011 – 2020): Importe del contrato de explotación. Fechas. Destinatarios, públicos o privados. Nº de años de operación por contrato. Capacidades de tratamiento de las instalaciones gestionadas, que no deberán ser inferiores a las 100.000 t/año. Esta relación incluirá certificados de buena ejecución, certificados que serán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza a la planteada en este Pliego para la fase de Explotación, se atenderá: por un lado a todos los códigos CPV recogidos en el cláusula 1 del presente pliego y a los cuatro primeros dígitos de dichos CPV. Los licitadores que se presenten de forma individual o en agrupación de empresas, acreditarán que cumplen las condiciones que se describen en los apartados siguientes aportando, para ello, la documentación indicada en los mismos. La experiencia podrá ser acreditada directamente por la empresa licitadora o miembro de la agrupación de empresas, o a través de sus filiales, sucursales o de su matriz. En caso de agrupación de empresas, la experiencia podrá acreditarse de manera conjunta por todas las empresas miembros que ostenten una participación igual o superior al 20% en la futura UTE. En todo caso, para que sea válida a efectos de cómputo, la empresa que presente la experiencia deberá haber participado en los trabajos de explotación con, al menos, una participación en la UTE o sociedad operadora de un 20% de las mismas.
- COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE MEDIOS PERSONALES: Los licitadores deberán incluir la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: Declaración conforme a lo establecido en el apartado 12 del Anexo I del PCAP y la plantilla que se facilita.
- Para empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea. Artículo 88.1 de la LCSP: Apartado a): “Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario, para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Dicha relación estará firmada por el representante legal de la empresa, e incluirá importes, fechas y destinatario público o privado de los mismos, con certificado de buena ejecución de los trabajos realizados en el curso de los últimos quince (15) años (2006-2020) y que se correspondan a obras ejecutadas, referidas a cada uno de los grupos y subgrupos de clasificación correspondientes al contrato, cuyo importe sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (IVA excluido). La experiencia podrá ser acreditada directamente por la empresa licitadora o miembro de la agrupación de empresas o a través de sus filiales, sucursales o de su matriz.
Condiciones de ejecución
- Consideraciones tipo social: Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria presentará un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el presente Pliego y en la legislación social y laboral vigente.
- Consideraciones de tipo ambiental: De conformidad con el apartado 25 del Anexo I del PCAP
Subcontratación
Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos del artículo 215 de la ley 9/2017.
Prórrogas
Explotación de la planta: con opción a prórroga de hasta 2 AÑOS
Motivación de la adjudicación
Por ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad precio según la ponderación de los criterios de adjudicación.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
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PORCENTAJE DE BAJA SOBRE EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DE LA INVERSIÓN
Donde: PBinv: Valoración del Porcentaje de Baja sobre el Presupuesto de Licitación de la Inversión para el proponente i. Pinv máx = Puntuación máxima, igual a 25. Binv máx = Baja en la Inversión máxima ofertada, expresada en %. Binv i = Baja en la Inversión ofertada por el proponente i, expresada en %.
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Objetivo / Automático | 25% |
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Anteproyecto
Los licitadores presentarán un anteproyecto que contemple todos aquellos aspectos obligatorios reseñados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, consideradas como las bases técnicas a las que se debe ajustar el anteproyecto. En la valoración del anteproyecto se tendrá en cuenta los siguientes aspectos, según las siguientes escalas de valoración: Diseño del proceso, dimensionamiento de las instalaciones y simplicidad de la solución ofertada (excelente: 4,00; bien: 3,00; suficiente: 2,00; insuficiente: 0,00). Grado de definición e idoneidad de la maquinaria y equipos previstos (excelente: 3,00; bien: 2,00; suficiente: 1,00; insuficiente: 0,00). Justificación de los plazos de ejecución propuestos (excelente: 2,00; bien: 1,00; suficiente: 0,50; insuficiente: 0,00). Claridad en la exposición, grado de desarrollo y detalle, coherencia y calidad de la justificación y documentación técnica de la propuesta (excelente: 2,00; bien: 1,00; suficiente: 0,50; insuficiente: 0,00).
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Subjetivo / Manual | 11% |
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PORCENTAJE DE RECUPERACIÓN O VALORIZACIÓN COMPROMETIDO – PRODUCCIÓN DE COMPOST
Donde: VRMi: Valoración de la recuperación de material para el proponente i. Pmax: Puntuación máxima, igual a 10. Ci: Porcentaje de Recuperación Material (Producción de compost) comprometido por el licitante i (%). Cmáx: Porcentaje máximo de Recuperación de Material (Producción de compost) ofertado (%).
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Objetivo / Automático | 10% |
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PORCENTAJE DE BAJA SOBRE EL CANON VARIABLE DE EXPLOTACIÓN
Donde: PBCVexp: Valoración de Porcentaje de Baja sobre el Canon Variable de explotación para el proponente i. Pexp máx: Puntuación máxima, igual a 25. Bexp máx: Baja máxima ofertada en Porcentaje de Baja sobre el Canon Variable de Explotación, expresada en %. Bexp i: Baja ofertada en Porcentaje de Baja sobre el Canon Variable de Explotación por el proponente i, expresada en %.
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Objetivo / Automático | 25% |
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MEJORA 2: INCREMENTO DE LA INVERSIÓN EN INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Se otorgará por cada 25.000 euros/año, IVA excluido, dedicados a proyectos de innovación 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos. De este modo se puntuará de la siguiente forma: Por 25.000 euros/año: 1 punto. Por 50.000 euros/año: 2 puntos. Por 75.000 euros/año: 3 puntos. Por 100.000 euros/año: 4 puntos. Por 125.000 euros/año: 5 puntos. El resto de importes de cada uno de los licitadores serán valorados mediante interpolación lineal entre dichos valores.
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Objetivo / Automático | 5% |
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MEJORA 1.APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO DE LAS INSTALACIONES MEDIANTE INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA
Se valorará la inclusión en la oferta de los licitadores de un sistema de aprovechamiento fotovoltaico instalando paneles solares en las cubiertas de los edificios. La instalación fotovoltaica a proponer incluirá un máximo de 5.520 módulos fotovoltaicos de 270 Wp, instalados con estructura vela específica para cubierta tipo Deck, con una inclinación de 15º y una orientación de 37º Oeste, que totalizan una potencia máxima total de 1.490,40 kWp. El licitador deberá definir y justificar totalmente los elementos de la instalación. Donde: Vmejora: es la puntuación a recibir en esta Mejora. Pmax: es la puntuación máxima a recibir en este apartado: 10 puntos. Vi: Importe en euros destinado a esta mejora por parte del licitador i, IVA excluido. Vmáx: Importe máximo en euros destinado a esta mejora ofertado, IVA excluido.
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Objetivo / Automático | 10% |
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Proyecto de explotación
Cada licitador deberá presentar un proyecto de explotación que contemple todos aquellos aspectos obligatorios reseñados en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En la valoración del proyecto de explotación se tendrá en cuenta los siguientes aspectos, según las siguientes escalas de valoración: Organización general del servicio de explotación (excelente: 2,00; bien: 1,00; suficiente: 0,50; insuficiente: 0,00). Grado de definición e idoneidad de las medidas de explotación propuestas que repercutan en la mejora del servicio en materia medioambiental y de seguridad y salud (excelente: 5,00; bien: 3,00; suficiente: 2,00; insuficiente: 0,00). Idoneidad del sistema de control operacional propuesto y grado de automatización del mismo (sensorización, SCADA, plataforma de información y Cuadro de Control (excelente: 3,00; bien: 2,00; suficiente: 1,00; insuficiente: 0,00). Grado de detalle e idoneidad de las medidas previstas para conseguir la distribución y/o aplicación de los productos valorizables en el mercado (excelente: 2,00; bien: 1,00; suficiente: 0,50; insuficiente: 0,00). Claridad en la exposición, grado de desarrollo y detalle, coherencia y calidad de la justificación de la propuesta (excelente: 2,00; bien: 1,00; suficiente: 0,50; insuficiente: 0,00).
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Subjetivo / Manual | 14% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
28 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato