Pliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdf
Pliego Técnico
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE:
Consejería de Educación
CÓDIGO EXPEDIENTE:
A2025/001494
TIPO CONTRATO:
Servicios
TÍTULO EXPEDIENTE:
PROYECTO Y DIRECCIÓN AMPLIACIÓN CIFP RÍO EBRO DE MIRANDA DE
EBRO ( BURGOS)
OBJETO DEL CONTRATO: Redacción de Proyecto básico y de ejecución, Dirección facultativa y Coordinación de seguridad y salud para la Construcción de la Ampliación del CIFP Río Ebro en Miranda de Ebro (Burgos)
TIPO DE TRAMITACIÓN:
Ordinaria
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN:
Procedimiento abierto
TRAMITACIÓN ECONÓMICA:
Normal
CENTRO DIRECTIVO:
Dirección General de Centros e Infraestructuras
UNIDAD PROMOTORA:
Servicio de Construcciones
JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD: Por necesidades de escolarización la ampliación del CIFP 'Río Ebro' de Miranda de Ebro está incluida en la programación de inversiones de la Consejería de Educación. Este centro docente está constituido por 4 edificios; tres de ellos datan de 1979 y el cuarto de 1990. Estas instalaciones se han ido adaptando a los requerimientos de la oferta formativa en cada momento y se pueden considerar insuficientes para un desarrollo con garantía de los títulos que se imparten, así como para la implantación de nuevas enseñanzas. Se pretende con esta ampliación concentrar todas las enseñanzas de formación profesional dependientes de la Consejería de Educación en la parcela disponible en el terreno que ocupa el CIFP Río Ebro.
| DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO |
|--------------------------|---------------------------|--------------------------|--------------------------|--------------------------|--------------------------|
| Anualidad | Aplicación presupuestaria | Centro Gestor | Presupuesto sin IVA | IVA | Presupuesto total |
| 2025 | G/322A02/62100/2 | 0702 | 62.509,09 € | 13.126,91 € | 75.636,00 € |
| 2026 | G/322A02/62100/2 | 0702 | 154.710,00 € | 32.489,10 € | 187.199,10 € |
| 2027 | G/322A02/62100/2 | 0702 | 106.265,45 € | 22.315,75 € | 128.581,20 € |
| 2028 | G/322A02/62100/2 | 0702 | 93.242,73 € | 19.580,97 € | 112.823,70 € |
| TOTAL | TOTAL | TOTAL | TOTAL | TOTAL | 504.240,00 € |
## PLAZOS DEL CONTRATO
DURACIÓN DEL CONTRATO: La prestación de redacción de proyecto básico y de ejecución tendrá una duración de 1+3 meses.
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La prestación de dirección de obra tendrá una duración igual a la del contrato de obra del que es complementario, más el plazo estimado para la liquidación del contrato de obra (Art.29.7 LCSP).
PRÓRROGAS CONVENCIONALES:
No
PLAZOS PARCIALES:
Sí
DESCRIPCIÓN DE LOS PLAZOS PARCIALES: Los plazos de ejecución de las prestaciones que constituyen el objeto de este contrato serán los siguientes:
- 1) REDACCIÓN DE PROYECTO:
- Redacción del proyecto básico y de ejecución: 1+3 meses, a contar desde la formalización del contrato. 2) DIRECCIÓN FACULTATIVA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD: tendrá una duración igual a la del contrato de obra al que estén vinculados más el plazo estimado para proceder a la liquidación de las obras.
## REVISIÓN DE PRECIOS
REVISIÓN DE PRECIOS:
No
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
OBJETO:
REDACCION DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, DIRECCIÓN FACULTATIVA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
OBRAS:
CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN DEL CIFP 'RÍO EBRO' DE MIRANDA DE EBRO (BURGOS)
EMPLAZAMIENTO:
Carretera de Orón, nº 78
LOCALIDAD:
MIRANDA DE EBRO (BU)
ESTE PLIEGO HA SIDO REDACTADO POR EL SERVICIO DE CONSTRUCCIONES
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## 0. OBJETO
El objeto del presente pliego es el establecimiento de las prescripciones técnicas en que se ha de desarrollar el contrato de servicios para la asistencia técnica de redacción del proyecto básico y de ejecución, elaboración de maqueta, si procede, la dirección facultativa y la coordinación en materia de seguridad y salud de las obras descritas en su página inicial.
## 1. NORMATIVA
En la redacción del proyecto, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de las obras será preceptivo el cumplimiento de toda la normativa estatal, autonómica y local vigente, DESTACANDO LA SIGUIENTE:
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo , por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE). (BOE 28/03/06) y modificaciones.
- Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
- Decreto 462/71, de 11 de marzo por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público .
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre , por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
- Anexos del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo.
- Orden ministerial de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1991 por la que se establecen los Programas de necesidades de los Centros Públicos.
- Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero por el que se modifica el CTE en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
- Ley 3/1998 de 24 de junio , de accesibilidad y supresión de barreras
- Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras.
- Orden TMA/851/2021, de 23 de julio , por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
- Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales.
- Ley 54/2003 de 12 de diciembre , de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
- [Real Decreto 486/1997 , de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.](http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1997-8669)
- Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
- Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción .
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
## ÍNDICE
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- Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.
- Normativa básica de obligado cumplimiento.
- Normativa técnica sectorial de aplicación.
- Normativa Municipal.
- Instrucciones y criterios complementarios que durante la redacción del proyecto, dicte la Dirección General de Centros e Infraestructuras de la Consejería de Educación.
## 2. CONDICIONES GENERALES
El contrato se desarrollará con arreglo a lo establecido en el presente Pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas, y en el correspondiente contrato, además de en la legislación vigente.
En la concepción y desarrollo del Proyecto se seguirán las Instrucciones de Diseño que figuran en el Anexo a este pliego y el resto de instrucciones complementarias aportadas por el Servicio de Construcciones de la Dirección General de Centros e Infraestructuras.
Además, deberá realizarse bajo la premisa de una construcción de Edificio de Energía Casi Nula (EECN), conforme a la definición incluida en el RD 56/2016, en su Disposición adicional cuarta: 'Se define como edificio de consumo de energía casi nulo, en el ámbito de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, aquel edificio con un nivel de eficiencia energética muy alto, que se determinará de conformidad con el anexo I de la citada Directiva. La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables, incluida energía procedente de fuentes renovables producida «in situ» o en el entorno.'
El adjudicatario, realizará a su cargo la totalidad de las labores que para el cumplimiento del contrato sean precisas, recopilación de documentación existente (edificación e infraestructuras de servicios urbanos), estudios geotécnicos, reportaje fotográfico, levantamiento planimétrico de la edificación y topográfico de parcela, redacción de instrumentos de planeamiento urbanístico, proyectos de urbanización,… Además de todos aquellos estudios que sean precisos realizar para la correcta redacción de los proyectos de instalaciones y condiciones acústicas.
Las condiciones aquí expuestas, se tendrán en cuenta tanto para la fase de concurso, como para la fase de redacción del proyecto, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de las obras.
## 2.1. RESPECTO al programa y diseño general
El Centro a proyectar y construir será el determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El programa de necesidades se ajustará a las determinaciones establecidas en el programa particular del Centro incluido en el Anexo a este Pliego.
En la medida de lo posible y en coherencia con la resolución de todos los condicionantes del diseño, los espacios educativos destinados al mismo fin serán idénticos entre sí, presentando en cualquier caso, las mínimas diferencias entre sus características y dotaciones.
En todo caso, se evitarán diseños con espacios residuales sin un uso específico necesario.
Es conveniente realizar la propuesta en base al estudio justificado de soleamiento.
El número de plazas de aparcamiento será el establecido en el programa de necesidades, o en su caso el requerido por la Normativa Municipal vigente.
El consumo energético de las instalaciones será lo más bajo posible debiendo preverse la sectorización adecuada para permitir un funcionamiento individualizado de aquellas zonas que así lo requieran, con el fin de favorecer la alta eficiencia energética del edificio.
Se trata, por tanto, de conseguir como objetivo la construcción de un equipamiento con un alto nivel de eficiencia energética a través de la disminución de la demanda del consumo de energía durante la fase de uso del mismo, así como de la reducción de las emisiones de CO2 que dicha eficiencia lleva aparejada a lo largo del ciclo de vida del edificio.
El proyecto contemplará la utilización de la mayor cantidad de técnicas pasivas posibles que permitan mantener el confort térmico de los espacios interiores sin consumo de energía.
Se proyectará la urbanización interior, así como el cierre de la parcela, dando una solución integral a su enlace con el resto de la trama urbana.
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## 2.2. RESPECTO a la relación coste/calidad
La actuación deberá tener el menor presupuesto posible, sin que por ello deje de reunir los adecuados niveles de calidad, tanto en los materiales como en los acabados, así como todos los requisitos exigidos por la Normativa vigente. Para el cumplimiento de este objetivo se requiere que el diseño arquitectónico sea ajustado y que resuelva el programa propuesto.
Respecto del coste del mantenimiento futuro, tanto de la urbanización, como de las edificaciones e instalaciones, será el menor posible, siendo éste, junto con la durabilidad de los materiales y acabados, y la economía en los servicios, objetivos prioritarios a la hora de diseñar el Centro.
El redactor buscará y utilizará precios de mercado atendiendo a las circunstancias de la zona donde se ubique la obra, pudiendo utilizar como base, los precios publicados por el ICCL.
COSTE ESTIMADO DE LA ACTUACIÓN: Se considera como presupuesto máximo estimado el señalado en el Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
## 2.3. RESPECTO a los materiales y acabados
Teniendo en cuenta la experiencia derivada de otras actuaciones, se pretende que los proyectos se realicen dentro de un alto margen de exigencia en cuanto a la durabilidad y bajas necesidades de mantenimiento, por lo que se deben buscar soluciones constructivas al menor coste posible, que garanticen la ausencia de futuras patologías. Para ello se primará la durabilidad y calidad de los elementos permanentes, aún con mayor costo (cimentación, estructura, fachadas, cubiertas, aislamientos, etc.), así como un diseño técnico muy cuidado de las instalaciones y servicios. Los materiales serán de una calidad contrastada teniendo especial cuidado con los materiales de las instalaciones.
## 3. LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
## 3.1. CONSIDERACIONES particulares para la redacción de la propuesta
En la elaboración de la propuesta, se considerarán conjuntamente todas sus características en relación con el cumplimiento de los objetivos del Programa.
En su valoración se considerará la sencillez de la solución propuesta, tanto en los planteamientos generales como en la resolución de sus detalles constructivos. A estos efectos, cumpliendo con suficiente amplitud todos los requisitos impuestos por Normativa y el contenido del presente Pliego, se considerarán aspectos tales como los que a continuación se relacionan, con carácter general y de forma no exhaustiva:
## 3.1.1. RESPECTO al conjunto de la actuación:
- La integración en la trama urbana.
- La conexión física y enlace con las infraestructuras existentes.
- La relación con las características arquitectónicas del entorno y su adaptación al mismo y a la normativa urbanística.
- El tratamiento de los espacios exteriores y su bajo coste de mantenimiento posterior.
- La durabilidad de la urbanización y sus elementos.
- La accesibilidad y facilidad para el abastecimiento, mantenimiento y reparación de las instalaciones.
- La eliminación de barreras arquitectónicas.
- El menor presupuesto de ejecución posible, sin que por ello deje de reunir los adecuados niveles de calidad, tanto en los materiales como en los acabados.
- El menor coste de mantenimiento futuro, tanto de la urbanización como de las edificaciones.
## 3.1.2. RESPECTO al centro:
- La calidad global del diseño planteado.
- El ajustado diseño estructural y constructivo.
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- Criterios que en relación con el ahorro energético global del edificio hayan sido considerados en su diseño.
- La durabilidad de sus acabados.
- La morfología del edificio (cubiertas, aleros, huecos, etc.) en relación con las características ambientales y climatológicas de la zona.
- El adecuado planteamiento referido a los accesos, circulaciones, núcleos de comunicación y su racionalización.
- La concepción y previsión de las instalaciones, en cuanto a su diseño y trazado y de los cuartos técnicos en cuanto a su ubicación.
## 3.1.3. RESPECTO a los espacios educativos:
- La calidad arquitectónica.
- La resolución del programa propuesto.
- La orientación, iluminación, ventilación y soleamiento de los distintos espacios. (Se considerará la presentación de estudios de iluminación natural, soleamiento y previsión de deslumbramientos)
- La distribución y disposición funcional de los elementos que componen el programa de necesidades.
- La circulación (relaciones: aulas/ corredores y distribuidores).
- La superficie de cada pieza y la proporción entre sus dimensiones.
## 3.2. DOCUMENTACIÓN a presentar
La propuesta, que deberá dar respuesta al programa funcional, en soporte informático , incluirá:
## 3.2.1. Memoria.
Extensión máxima 15 hojas DIN A-4 'impresas' a una cara. Constará de:
Documento esquemático que explique y justifique la solución propuesta, analice el programa funcional, describa genéricamente el edificio y sus soluciones constructivas, planteamiento energético como edificio de consumo casi nulo, integración de la propuesta en la trama y cuadro comparativo de superficies cumplimentado del Anexo de este Pliego.
## 3.2.2. Planos.
- -Plano de situación e implantación en el solar con orientación, y en su caso, conexión con los edificios existentes.
- -Planos acotados de todas las plantas, debiendo indicarse en cada uno de los espacios el uso y la superficie útil.
- -Alzados.
- -Vistas, cónicas o axonométricas, exteriores del conjunto.
- -Secciones fundamentales del o de los edificios.
- -Esquemas desarrollando la/s sección/es constructiva/s característica/s del cerramiento tipo, incluyendo los encuentros con aceras, soleras, forjados.
Deberán realizarse a escala.
El tamaño máximo a utilizar será 'DIN A-3'.
Con el objetivo de que los licitadores se concentren en lo importante, que es la explicación de la propuesta, en ningún caso se considerará la cantidad de trabajo empleado en la mera elaboración.
## 3.2.3. Estimación del coste de la obra.
Se justificará razonadamente la estimación económica de la solución planteada, considerando como presupuesto máximo estimado el señalado en el Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
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## 3.3. CRITERIOS de medición en la propuesta del concurso
Los criterios de medición que a continuación se exponen serán de aplicación EXCLUSIVAMENTE para la propuesta de este concurso, siendo necesario especificar, completando el 'Cuadro comparativo de superficies' que se adjunta como Anexo a este Pliego , las siguientes superficies:
## a.- Superficies útiles:
Se especificará la superficie útil de cada uno de los locales que figura en el programa de necesidades. Las superficies útiles se medirán al perímetro interior de sus cerramientos.
## b.- Superficies construidas:
Las superficies construidas, por planta, de cada uno de los volúmenes propuestos, y total, que se medirán al perímetro exterior de los cerramientos exteriores .
## c.- Superficies exteriores:
Superficie de porches, superficie de pistas deportivas, superficie de accesos y aparcamientos y superficie de otros espacios exteriores urbanizados.
## 4. REDACCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto describirá el edificio y definirá las obras de ejecución del mismo con el detalle suficiente para que puedan valorarse e interpretarse inequívocamente durante su ejecución.
En particular, el proyecto definirá las obras proyectadas con el detalle adecuado a sus características (características técnicas mínimas de los productos y equipos, de las unidades de obra, verificaciones y pruebas de servicio e instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado), de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cumplen las exigencias básicas del Código Técnico de la Edificación y demás normativa aplicable.
## 4.1. ASISTENCIA al proyectista.
Adjudicado el concurso, esta Consejería entregará al adjudicatario las normas generales para desarrollar el mismo, así como si contase con ello previamente, el Estudio Geotécnico, Plano del levantamiento topográfico del solar y estudio acústico de la zona, en su caso. Si no fuera así, será por cuenta del adjudicatario con cargo a sus honorarios.
Los técnicos del Servicio de Construcciones de la Dirección General, prestarán la información técnica y administrativa que el proyectista precise para el desarrollo de los trabajos.
Se establecerá un calendario de encuentros entre los técnicos de la Administración y el/los redactores del proyecto, con el fin de realizar una supervisión del mismo de forma continuada.
## 4.2. DOCUMENTACIÓN del proyecto básico.
## a.- Contenido
En el plazo que establece el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se presentará un (1) ejemplar del Proyecto Básico impreso y cinco (5) ejemplares en formato digital.
Dicho proyecto definirá las características generales de la obra y sus prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas.
Su contenido será suficiente para solicitar la Licencia Municipal de Obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insuficiente para iniciar la construcción del edificio.
Aunque su contenido no permita verificar todas las condiciones que exige el CTE, definirá las prestaciones que el edificio proyectado ha de proporcionar para cumplir las exigencias básicas y, en ningún caso, impedirá su cumplimiento.
Se tendrán en cuenta los espacios necesarios para albergar los equipos e instalaciones necesarias, respetando alturas y distancias entre trazados.
Consistirá, al menos, de la siguiente documentación (Anejo I CTE):
## I. MEMORIA
- Memoria descriptiva (Agentes, información previa, descripción del proyecto, y prestaciones del edificio).
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- Memoria constructiva (Sustentación del edificio).
- Cumplimiento del CTE (Seguridad en caso de incendio).
- Apartados SU que correspondan.
- Cumplimiento de normativa de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.
- Estudio acústico de la zona (en caso de necesidad).
- Justificación urbanística.
- Justificación ordenanzas municipales.
II. PLANOS : De situación, de emplazamiento, de urbanización, plantas generales, de cubiertas y alzados y secciones.
III. PRESUPUESTO desglosado por capítulos .
## b.- Formato de presentación.
- Documentación escrita: Tamaño DIN-A4.
- Documentación gráfica: Copias moduladas para ser dobladas a tamaño DIN-A4.
- Documentación informatizada: en CDROM o DVD o USB, en los formatos editables originales y pdf.
## 4.3. DOCUMENTACIÓN del proyecto de ejecución.
## a.- Contenido.
En el plazo que establece el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se presentará el Proyecto de Ejecución de las Obras.
Dicho proyecto desarrollará el proyecto básico y definirá la obra en su totalidad sin que en él puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el básico, ni alterarse los usos y condiciones bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones y otras autorizaciones administrativas. Incluirá los proyectos parciales y otros documentos técnicos que, en su caso, deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarán en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinación del proyectista.
El proyecto de ejecución tendrá el siguiente contenido:
## 1. MEMORIA
Descripción pormenorizada del edificio, distribución, orientación, criterios de diseño y sistemas constructivos con especificación de los lugares en los que se empleará cada uno de ellos y los materiales que los componen, conforme al siguiente índice:
Memoria descriptiva
Memoria constructiva
Cumplimiento del CTE
Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones
Anejos a la memoria:
Información geotécnica
Cálculo de la estructura
Protección contra el incendio
Proyectos parciales de las instalaciones (fontanería, electricidad, gas, calefacción, telecomunicaciones, etc.
Proyecto de aislamiento acústico/insonorización.
Proyecto de acondicionamiento acústico que garantica el confort acústico de todas las estancias; proponiendo en su caso aquellos sistemas y elementos de sonido precisos para cada uso concreto (incluirá el resultado previsto en cada caso).
Eficiencia energética.
Estudio de impacto ambiental (si procediera según legislación medioambiental).
Plan de control de calidad.
Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico.
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Estudio acústico realizado por Entidad de Evaluación Acústica (Art.28 de la Ley 5/2009 del Ruido).
Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición.
Proyecto de demolición, cuando proceda.
Programa de trabajo.
2. PLANOS (Anejo I CTE).
3. PLIEGO DE CONDICIONES (Anejo I CTE).
4. MEDICIONES (Anejo I CTE).
5. PRESUPUESTO (Anejo I CTE)
Incluirá cuadro de precios, con los precios unitarios, auxiliares y descompuestos.
En el proyecto se mantendrá la necesaria coordinación entre este y los proyectos parciales sin que se produzca una duplicidad en la documentación ni en los honorarios a percibir por los autores de los distintos trabajos indicados.
Los proyectos parciales de instalaciones deberán estar, en su caso, realizados por técnicos competentes, según establece la legislación vigente, para que sea posible su posterior tramitación en los organismos correspondientes. En particular, el Proyecto relativo a las instalaciones de Telecomunicaciones, se adaptará al Pliego de prescripciones Técnicas de las instalaciones de Telecomunicación para los centros de enseñanza no universitaria elaborado por esta Consejería.
Igualmente, los redactores del proyecto han de justificar y, en su caso, realizar los cambios técnicos o de cualquier tipo que le fueran exigidos para la obtención de las preceptivas licencias y demás autorizaciones administrativas procedentes de conformidad con la normativa aplicable, en el menor tiempo posible. A este respecto, se aportarán las copias en las que se recojan los cambios realizados, que se incorporarán al proyecto sustituyendo a las iniciales, o las separatas independientes que pudieran ser necesarias.
Para la redacción de los distintos documentos de proyecto, han de tenerse en cuenta las siguientes disposiciones:
## Contenido de la memoria:
- Será un documento donde se especifique y describa correctamente la obra sin atender a ningún formato concreto.
- Incorporar apartado específico que contenga memoria constructiva de todas las fases de la obra, con especificación de los materiales proyectados.
## Contenido del Pliego de Condiciones Técnicas de la obra:
Constará de un documento técnico aplicado a la obra en concreto y no contendrá condiciones de índole económica (salvo las correspondientes a sistemas de medición), legislativa o de relaciones entre los agentes participantes en la obra, por ser cuestiones definidas por la Administración y por la normativa de aplicación.
## Contenido del Presupuesto:
- El presupuesto deberá contener lo especificado en el Anejo I del CTE y el Art.123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra y el presupuesto de ejecución material se calculará conforme a lo establecido en los Art.130 y 131 respectivamente, del Reglamento General de la Ley de Contratos, RD 1098/2001 de 12 de octubre.
- El código de identificación de precios auxiliares se corresponderá con el código que figura en los precios descompuestos en los que interviene.
- La numeración del cuadro de precios descompuestos deberá corresponderse con la numeración de las partidas de la relación valorada.
- El criterio de medición y valoración de las distintas partidas, se corresponderán con las establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas de la Obra, y en su defecto se especificará en la descripción de la propia partida.
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- El porcentaje de costes indirectos será el mismo para todas las partidas que intervienen en el presupuesto general de la obra, incluyendo los presupuestos de las distintas separatas: proyectos parciales de instalaciones, Estudio de Seguridad y Salud y Estudio de Gestión de Residuos, no debiendo afectar a los precios auxiliares.
- Cuando se utilicen distintas bases de precios para la elaboración de los cuadros de precios auxiliares y descompuestos de la obra, ha de unificarse conceptos e importes de los distintos precios unitarios que intervienen en los mismos, evitando que existan conceptos duplicados con distintos precios. Además, se unificarán también los precios unitarios que intervengan en los presupuestos parciales de las distintas separatas del proyecto (instalaciones, estudio de seguridad y saludo, estudio de gestión de residuos, etc.…), con respecto a los precios del resto del presupuesto.
- El presupuesto de las distintas separatas de los proyectos de instalaciones, Estudio de Seguridad y Salud y la valoración del Estudio de Gestión de Residuos formará parte del presupuesto general de la obra, incorporándose en capítulos independientes. Aparecerán en el cuadro resumen de presupuesto.
- La valoración de control de calidad no se incluirá en el presupuesto general de la obra, no obstante, su valoración económica ha de contemplarse en el documento del Plan de Control de Calidad que forma parte del proyecto.
- Todas las especificaciones que figuran en memoria, planos y presupuesto, referidas a marcas y sus modelos específicos deben sustituirse por descripción del sistema constructivo y/o técnico correspondiente o completarse, si no fuera posible, una descripción precisa e inteligible, con la expresión 'o equivalente', para ser coherente con el sistema de concurso previsto para la adjudicación de la obra y de acuerdo al Artículo 126 de la Ley de Contratos del Sector Público.
- La descomposición y descripción de las distintas unidades de obra contendrán todas las descripciones técnicas necesarias para su especificación y valoración, debiendo contemplar todos los trabajos, medios auxiliares y materiales necesarios para su correcta ejecución y acabado de las mismas.
- Desglose de mediciones e identificación de las líneas de medición conforme a referencias de planos.
## Contenido del Estudio de Seguridad y Salud:
- Deberá contener toda la documentación especificada en el Art.5.2. del RD 1627/1997, teniendo en cuenta los criterios y recomendaciones del Art.5 de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción.
- El estudio de seguridad, habrá de referirse de forma concreta al proyecto de obra a que corresponda, evitando en la medida de lo posible las generalidades y ambigüedades en sus contenidos y responderá a las previsiones razonables sobre los procedimientos de ejecución, de las distintas fases de obra que en esa fase de proyecto puedan hacerse.
- Ha de consignarse expresamente la información que ha de transmitirse a las empresas concurrentes en la obra (art. 7 del RD 171/2004), que corresponde a los riesgos propios que en el centro de trabajo puedan afectar a las actividades de las empresas contratistas, las medidas relativas a la prevención de tales riesgos y las que deban aplicarse en caso de emergencia.
- Deberán estar localizadas e identificadas las zonas en las que presten trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II, así como sus correspondientes medidas específicas, siendo necesario en dichos trabajos la presencia de recursos preventivos (según Art. 5.5 del RD 1627/1997).
- Indicar fases de obra en que sea preceptiva la presencia de recursos preventivos (según Art. 32 bis de la ley 54/2003), haciéndose referencia a los requisitos de capacidad y de medios que han de poseer las personas designadas para que lleven a cabo la función de vigilar el cumplimiento de las medidas a incluir en el PSS y comprobar su eficacia, así como para garantizar el control de los riesgos.
- Se contemplará también las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores (según Art. 5.6 del RD 1627/1997), debiendo incluir en presupuesto los elementos de seguridad (medios auxiliares, puntos de anclaje, etc), necesarios para el desarrollo de dichos trabajos.
- En apartado de instalaciones de Higiene y Bienestar, deberá describirse la superficie y equipamiento correspondiente a dichas instalaciones en función del número de operarios que vayan a utilizarlos, según Art.5.2.a. del RD 1627/1997, teniendo en cuenta lo establecido en los art. 14, 15, 16 y 19 del Anexo IV - Parte A, de dicho RD.
- En caso de obras de ampliación y reforma, se pondrá especial atención en cuanto a las posibles interferencias que puedan surgir en las distintas fases de ejecución de la obra, en particular en lo que
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- respecta a la protección de riesgos a terceros: independencia de la obra del resto del centro; paso de cargas fuera de la zona delimitada para obra; control de accesos peatonales y de maquinaria de la obra,....etc., debiendo contemplase dichas circunstancias junto con los medios de seguridad que conlleva, en los distintos documentos de proyecto.
- No deberá incluirse en presupuesto los costes exigidos para la correcta ejecución profesional de los trabajos (según Art.5.4 del RD 1627/1997), no obstante, cuando sea necesario incorporar al medio auxiliar o equipo de trabajo correspondiente uno o varios elementos de seguridad específicos, para prevenir o reducir riesgos, o que deba poseer para el cumplimiento de la normativa, el costo de dichos elementos si deberá incluirse en el presupuesto del ESS.
## Contenido del Programa de Trabajo:
- El programa de trabajo contendrá, debidamente justificados, la previsible financiación de la obra durante el periodo de ejecución y los plazos en los que deberán ser ejecutadas las distintas partes fundamentales en que pueda descomponerse la obra, determinándose los importes que corresponderá abonar durante cada uno de ellos, según el Art.132 del Reglamento General de la Ley de Contratos, RD 1098/2001 de 12 de octubre. Desglosado por fases, si procede, y suscrito por la empresa y la dirección facultativa.
## Contenido del Plan de Control de Calidad:
El Plan de control de calidad deberá contener las actividades necesarias para la comprobación, de la documentación de calidad de los materiales, de los sistemas o de los productos; los ensayos del plan de control de recepción, los ensayos necesarios para comprobar que la ejecución se ha realizado satisfactoriamente y los ensayos correspondientes a la obra terminada. Es decir, control de documentación de calidad, plan de ensayos de materiales, control de ejecución, pruebas parciales y finales.
Este plan de control deberá estar valorado y su importe ascenderá como máximo al 1% del presupuesto del proyecto (IVA incluido).
El Proyectista elaborará un Plan de Control de Calidad de la obra que contendrá los siguientes apartados:
- Plan de Control de recepción de materiales mediante ensayos y control documental.
- Plan de Control de ejecución de obra, mediante visitas de inspección y control documental.
- Plan de Control de obra acabada, mediante pruebas parciales y finales.
- Presupuesto.
Para el desarrollo del Plan de Control se facilita el anexo I.
En el caso de proyectos que contemplen actividades sometidas al régimen de autorización ambiental o de licencia ambiental, que puedan causar molestias por ruidos y vibraciones, el Plan de Control de Calidad deberá incluir un informe redactado por la Entidad de Evaluación Acústica, que acredite el cumplimiento los requisitos establecidos en el Art.30.3.b. de la Ley 5/2009 del Ruido.
## b.- Formato de presentación.
La documentación del Proyecto de Ejecución constará de lo señalado en el punto 4.3. Se encuadernará toda la documentación en formato DIN A4 y se agrupará y encarpetará de la siguiente forma:
## Proyecto arquitectónico
1. Documentación escrita.
- a. Memoria general, descriptiva y constructiva.
- b. Pliego de condiciones técnicas.
- c. Plan de control de calidad.
- d. Estudio Geotécnico.
- e. Anexos administrativos (Programa de trabajo, Declaración de obra completa, Clasificación del contratista, Declaración de viabilidad del replanteo....).
- f. Justificación de cumplimiento de normativas. Etiqueta de calificación energética.
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- g. Estudio acústico.
- h. Otros.
2. Documentación gráfica.
3. Mediciones y presupuesto.
- a. Cuadro de Precios.
- b. Mediciones y presupuesto.
- c. Resumen de presupuesto.
## Proyectos de Instalaciones
1. Documentación escrita.
- a. Memoria técnica y cálculos justificativos.
- b. Pliego de condiciones técnicas.
2. Planos.
3. Mediciones y presupuesto. Cuadro de precios.
## Estudio de Seguridad y Salud
1. Documentación escrita.
- a. Memoria.
- b. Pliego de condiciones particulares.
2. Documentación gráfica. Planos.
3. Mediciones y presupuesto. Cuadro de precios.
## Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición
1. Documentación escrita.
2. Documentación gráfica. Planos.
3. Mediciones y presupuesto. Cuadro de precios.
## Resumen en A3
Se entregará un resumen de memoria descriptiva y de los planos descriptivos del proyecto, en reducciones en DIN-A 3 y con escala gráfica.
## c.- Sistemática.
Se presentarán inicialmente un ejemplar del proyecto encuadernado para su supervisión. Una vez realizada ésta y aprobado el mismo, se presentará 1 ejemplar completo en papel, 5 copias informáticas completas, 2 copias informáticas en formato 'pdf' y 1 ejemplar de resumen en DIN A3.
## A) ENCUADERNACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Los ejemplares de los Proyectos definitivos seguirán estas normas:
PROYECTO COMPLETO: En cajón o cajas cerradas con indicación del contenido. En la contraportada de cada caja figurará un índice de los documentos.
- Proyectos parciales de las instalaciones: Se encuadernarán independientemente los proyectos de las distintas instalaciones específicas que hubieran de redactarse.
Documentación informática de todo el proyecto en formato editable con carácter general:
- CDROM, DVD o memoria USB.
- Ficheros WORD y EXCELL, y además ficheros en PDF , para la documentación escrita.
- Ficheros, DWG, DXF o DBC y además ficheros en PDF , para la documentación gráfica.
- Ficheros FIEBC-3 o PZH para las mediciones y presupuesto.
- Ficheros que generen los programas LIDER-CALENER (HULC) o el Documento reconocido equivalente utilizado para la modelización del caso, representativos de todos los datos de cálculo y geometrías de los edificios.
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## 4.4. MAQUETA
El adjudicatario del contrato de redacción del proyecto presentará, cuando así se indique en el Anexo a este Pliego, una maqueta como elemento complementario del Proyecto.
La maqueta será de volúmenes con definición de huecos, estará realizada a escala 1/200, incluyendo toda la superficie de la parcela (en caso de ampliación abarcará la totalidad del centro). Las zonas libres de la parcela deberán reflejar el tratamiento de suelo definido en el proyecto, recogiendo las zonas arboladas, ajardinadas, aceras, pistas, vallas, aparcamientos, etc.
Para la realización de la maqueta deberán utilizarse materiales simples de no fácil deterioro, debiendo presentarse suficientemente protegida.
La maqueta incluirá una carátula con la identificación y características del Centro Escolar, incorporando el logotipo de la Junta de Castilla y León.
## 4.5. COORDINADOR en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obras
De existir esta figura, el técnico designado por la Dirección General de Centros e Infraestructuras deberá realizar las funciones indicadas en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
## 5. DIRECCIÓN FACULTATIVA
La duración del contrato, salvo resolución expresa se extenderá al tiempo establecido en el contrato de ejecución de la obra y hasta la liquidación de la misma.
El adjudicatario ostentará la representación permanente de la Consejería de Educación, en lo referente a las obras objeto de este contrato, ante la empresa encargada de su ejecución y los Organismos y Entidades Oficiales o particulares, debiendo ajustarse en su trabajo a los siguientes principios y normas de actuación:
- La dirección facultativa de las obras se ajustará a todas las Normas vigentes que sean de aplicación y en especial, a las indicadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al presente Pliego.
- Las relaciones técnicas de la Consejería de Educación y el contratista adjudicatario de la realización de las obras, serán encauzadas a través del facultativo director de la obra. Las sugerencias o reclamaciones que dicho contratista quiera hacer a la Consejería deberán ir siempre acompañadas de un informe redactado por aquél.
- La Consejería de Educación procurará que la dirección facultativa reciba por parte del contratista adjudicatario de su realización cuantas facilidades precise para realizar la labor que tiene encomendada y en consecuencia, tendrá acceso a todos los tajos de la obra, talleres, instalaciones etc.
Asimismo, durante la ejecución del contrato, deberá:
- Desarrollar las actividades necesarias para que la ejecución, el control y el abono de las obras durante la marcha de las mismas y hasta su liquidación se ajusten a las determinaciones del proyecto aprobado y sean adecuados a las estimaciones previstas.
- Suministrar a la Consejería de Educación cuantos informes y documentos le sean solicitados durante el desarrollo de las obras, así como después de concluidas éstas, hasta que finalice el plazo de garantía y se liquiden.
## 5.1. DIRECCIÓN de la obra
## a.- Objeto.
En esta fase del contrato, el adjudicatario como director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas, las condiciones del contrato y las Instrucciones complementarias que durante la marcha de los trabajos sean dictadas por la Consejería de Educación, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Asimismo coordina al director de las obras de los proyectos parciales de instalaciones.
## b.- Normas de actuación y obligaciones.
Tiene encomendadas las siguientes competencias, sin perjuicio de aquellas específicas que por su titulación o por la normativa de aplicación le correspondan:
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- Con anterioridad al acta comprobación del replanteo, se compromete, junto con los otros componentes de la Dirección Facultativa, a comprobar los datos sobre el terreno y a verificar los obstáculos que puedan hacer inviable la ejecución del proyecto de obras aprobado.
- Verificar el replanteo de las obras y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno.
- Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
- Coordinar el desarrollo de los proyectos parciales de instalaciones y los informes correspondientes.
- Definir las condiciones y los aspectos técnicos que puedan surgir en cuanto a interpretación de planos, condiciones de materiales y de ejecución de unidades de obra y aquellos otros que los pliegos dejan a criterio de la dirección de obra, sin que se modifiquen las condiciones de Contrato.
- Suscribir el acta de comprobación del replanteo y el certificado final de obras.
- Suscribir el Programa de trabajo a presentar por el contratista adjudicatario de la realización de las obras después de la adjudicación, así como el control y revisión del definitivamente aprobado.
- Informar sobre el Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, que presente la empresa adjudicataria de las obras, para su aprobación por el Servicio de Construcciones, según Art. 5 del RD 105/2008, y realizar el seguimiento de dicho plan durante la ejecución de la obra.
- Realizar, al menos, 4 visitas a la obra al mes.
- Conformar las certificaciones parciales, según la medición y valoración de la obra realizada en cada mensualidad, y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
- Obtener y facilitar datos precisos para redactar el informe mensual sobre la marcha de las obras, gráficos y resultado de los ensayos y controles efectuados.
- Poner en conocimiento de la Consejería de Educación cualquier incidencia de la obra.
- Estudiar las propuestas sobre los problemas e incidencias que se planteen en la obra y que impidan el normal desarrollo del Contrato o aconsejen su modificación.
- Proponer a la Dirección General de Centros e Infraestructuras, la realización de modificaciones de proyecto cuando se estimen oportunas, y una vez autorizadas, elaborar la documentación exigible.
- Coordinar la realización de pruebas, comprobaciones e inspecciones necesarias con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética del edificio terminado y suscribir este certificado, que se incorporará al libro del edificio
- Preparar lo necesario a fin de que la recepción de la obra se lleve a cabo dentro del mes siguiente a su terminación.
- Vigilar el estricto cumplimiento del Plan de Gestión de Residuos aprobado al efecto.
- Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla a la Dirección General de Centros e Infraestructuras.
- Calcular, en su caso, la revisión de precios con sujeción a las normas establecidas al efecto.
## 5.2. DIRECCIÓN de la ejecución de la obra.
## a.- Objeto.
El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la Dirección Facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado, garantizando a la Consejería de Educación que los trabajos objeto de este contrato se realicen de acuerdo con las Normas y reglas de la buena construcción, con el proyecto aprobado, con las condiciones de adjudicación de las obras y con las Instrucciones complementarias que durante la marcha de los trabajos sean dictadas por la Consejería de Educación.
## b.- Normas de actuación y obligaciones.
El adjudicatario, sin perjuicio de las competencias específicas que por su título o por la normativa de aplicación le correspondan, tiene encomendadas las siguientes competencias:
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- Con anterioridad al acta de comprobación del replanteo, se compromete, junto con los otros componentes de la Dirección Facultativa, a comprobar los datos sobre el terreno y a verificar los obstáculos que pueda hacer inviable la ejecución del proyecto de obras aprobado.
- Suscribir el acta de comprobación del replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra.
- Informar sobre el Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, que presente la empresa adjudicataria de las obras, para su aprobación por la Consejería de Educación (Art. 5 del RD 105/2008), y realizar el seguimiento de dicho plan durante la ejecución de la obra.
- Dirigir la ejecución material de las obras comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.
- Inspeccionar los materiales a emplear, dosificaciones y mezclas, exigiendo las comprobaciones, análisis y documentos de idoneidad precisos para su aceptación, según el Plan de Control establecido.
- Vigilar el correcto desarrollo de las obras, la ejecución y utilización de los materiales, las instalaciones provisionales, los medios auxiliares de la construcción y los sistemas de protección.
- Consignar en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas.
- Realizar, al menos, 8 visitas a la obra en cada mes.
- Medir las unidades de obra ejecutadas y confeccionar las relaciones valoradas de las mismas, incluyendo la medición de las cantidades no acreditadas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el proyecto y documentación que las define, así como las relaciones cuantitativas de los materiales a emplear en obra.
- Controlar la elaboración y puesta en obra de cada una de las unidades, comprobando las dimensiones y la correcta disposición de los elementos.
- Elaborar y suscribir las certificaciones parciales ordinarias según la medición y valoración de la obra realizada en cada mensualidad.
- Obtener y facilitar datos precisos para redactar el informe mensual sobre la marcha de las obras, gráficos y resultado de los ensayos y controles efectuados.
- Vigilar el estricto cumplimiento del Plan de Gestión de Residuos aprobado al efecto.
- Poner en conocimiento de la Consejería de Educación cualquier incidencia de la obra.
- Preparar lo necesario a fin de que la recepción de la obra se lleve a cabo dentro del mes siguiente a su terminación.
- Elaborar y suscribir la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
- Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
- Calcular, en su caso, la revisión de precios con sujeción a las normas establecidas al efecto.
- En caso de obras sometidas al régimen de autorización ambiental o de licencia ambiental, se deberá aportar junto con la solicitud de la autorización de inicio de actividad y de la licencia de apertura, un informe que acredite la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto, redactado por el director del proyecto.
## 5.3. DIRECCIÓN de la obra de los proyectos parciales de las instalaciones.
## a.- Objeto.
Formando parte de la dirección facultativa y en coordinación con el director de la obra, dirige el desarrollo de las obras de los Proyectos Parciales, de conformidad con la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas, las condiciones del contrato y las Instrucciones complementarias que durante la marcha de los trabajos sean dictadas por la Consejería de Educación, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
## b.- Normas de actuación y obligaciones.
Tiene encomendadas las siguientes competencias relativas a los proyectos parciales de las instalaciones, sin perjuicio de aquellas específicas que por su titulación le correspondan:
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- -Con anterioridad al acta comprobación del replanteo, se compromete, junto con los otros componentes de la Dirección Facultativa, a comprobar los datos sobre el terreno y a verificar los obstáculos que puedan hacer inviable la ejecución del proyecto de obras aprobado.
- -Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas para la correcta interpretación de los proyectos parciales.
- -Definir las condiciones y los aspectos técnicos que puedan surgir en cuanto a interpretación de planos, condiciones de materiales y de ejecución de unidades de obra y aquellos otros que los pliegos dejan a criterio de la dirección de obra, sin que se modifiquen las condiciones de Contrato.
- -Expedir los certificados finales de las obras.
- -Realizar, al menos, 4 visitas a la obra al mes durante las fases de ejecución de las instalaciones.
- -Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación, mediciones y certificaciones de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
- -Redactar el informe mensual sobre la marcha de las obras, gráficos y resultado de los ensayos y controles efectuados.
- -Poner en conocimiento de la Consejería de Educación cualquier incidencia de la obra.
- -En las instalaciones, deberá comunicarse cualquier cambio de material incluso si se tratan de elementos aparentemente equivalentes, así como cualquier variación sobre su trazado o disposición respecto al Proyecto aprobado. En cualquier caso, esta comunicación al Servicio de Construcciones, será previa a la actuación.
- -Estudiar las propuestas sobre los problemas e incidencias que se planteen en la obra y que impidan el normal desarrollo del Contrato o aconsejen su modificación.
- -Propone a la Dirección General de Centros e Infraestructuras, en coordinación con el Director de la Obra, la realización de modificaciones de los proyectos parciales, cuando se estimen oportunas, y una vez autorizadas, elaborar la documentación exigible.
- -Preparar lo necesario a fin de que la recepción de la obra se lleve a cabo dentro del mes siguiente a su terminación.
- -Elaborar y suscribir la documentación de las obras ejecutadas para entregarla a la Dirección General de Centros e Infraestructuras.
## 6. COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS
## 6.1. OBLIGACIONES en la coordinación de seguridad y salud de las obras.
El adjudicatario dará cuenta a la Dirección General de Centros e Infraestructuras de la labor realizada por el Contratista de obra en materia de Seguridad y Salud, estableciendo un archivo que contendrá los informes y actuaciones que se realicen en esta materia.
El Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones (Art. 9 del RD 1627/1997):
- Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:
- 1Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a realizarse simultánea y sucesivamente.
- 2Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
- Coordinar las actividades de obra para garantizar que el contratista y, en su caso, los subcontratistas y trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el Art.15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el art.10 del RD 1627/1997.
- Informar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista y en su caso las modificaciones introducidas en el mismo, conforme a lo dispuesto para obras de las Administraciones Públicas en el apartado 2 del art.7 del RD 1627/1997.
- Organizar la Coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
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- Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
- Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
- Verificar la presencia de los recursos preventivos en las actividades o trabajos que sea preceptiva su designación.
- Realizar, al menos, 8 visitas a la obra en cada mes.
En cualquier caso, el adjudicatario deberá cumplir y hacer cumplir, dentro de sus atribuciones, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
## 7. ACTUACIONES DURANTE EL PROCESO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
## 7.1. CERTIFICACIONES e informes de obra
Durante el proceso de ejecución de la obra, y sin perjuicio de los informes o certificaciones que le sean solicitadas por el Servicio de Construcciones, se expedirán obligatoriamente las siguientes certificaciones e informes:
## a.- Certificaciones mensuales ordinarias de obra.
La Dirección Facultativa, antes del día diez de cada mes, presentará por registro, la certificación que será expedida en el modelo oficial, y recogerá el total de la obra ejecutada en el mes anterior, que no podrá omitirse por el hecho de que haya sido de pequeño volumen o incluso nula, a menos que la Consejería haya acordado la suspensión de la obra.
La Dirección Facultativa ha de presentar junto con la certificación de cada mes, los informes mensuales correspondientes, para su tramitación conjunta.
La certificación contemplará el total de obra ejecutada, incluyendo la medición correspondiente a la obra no acreditada, y siempre que el exceso de medición certificado sobre las cantidades del proyecto esté justificado en el informe de obra correspondiente.
El volumen de medición de las unidades de obra certificadas, estará en función del grado de cumplimiento del programa de control de calidad aprobado para la obra, y que será justificado por la Dirección Facultativa en el informe de control de calidad que ha de presentarse junto con la certificación, haciendo mención a los controles realizados y los resultados de los mismos.
La forma de medición y valoración de las unidades de obra se ajustará a lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas del proyecto aprobado.
## b.- Informe mensual de la obra
Junto con cada certificación ordinaria, la Dirección Facultativa deberá presentar por registro:
- b.1.-
- I.M.O. Informe mensual del desarrollo de la obra, incluyendo:
- 1)- Relación de los días en que se ha visitado la obra.
- 2)- Análisis de la evaluación de las obras y comparación con el programa de trabajo.
- 3)-Fotocopias de las hojas del libro de órdenes y asistencias.
- 4)-Reportaje fotográfico representativo del desarrollo de la obra.
- 5)-Comunicación y justificación de las variaciones con respecto al proyecto aprobado, para su estudio y autorización en su caso.
- 6)-Justificación de obra no acreditada, cuando se certifique exceso de medición con respecto a proyecto.
- b.2.I.M.P.C.C. Informe mensual de seguimiento del Plan de control de calidad durante la obra, incluyendo:
- 1)- Seguimiento del control de recepción en obra, en lo que respecta al control documental y a la realización de ensayos y pruebas. Se podrá realizar este informe según el formato e indicaciones señalados en el Anexo II de este Pliego.
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- 2)- En el caso de los ensayos sobre hormigones (probetas) se presentará un seguimiento de las resistencias obtenidos en los ensayos según la lotificación prevista y la aceptación o rechazo por lote según la normativa vigente, conforme a los ensayos realizados por el laboratorio.
- 3)-Grado de cumplimiento del programa de desarrollo del plan de control de calidad.
- 4)- En el caso de resultados negativos, se han de exponer criterios de aceptación o rechazo de los mismos, según las condiciones determinadas en el Proyecto, dejando constancia de esta circunstancia en el Libro de Órdenes.
- 5)- Comunicación y justificación de las variaciones realizadas con respecto al P.C.C. original, para su estudio y aprobación si procede.
- b.3.I.M.P.S.S. Informe mensual sobre el desarrollo de Plan de Seguridad y Salud en la obra, incluyendo:
- 1)- Relación de los días en que se ha visitado la obra.
- 2)- Análisis de las medidas que se están tomando y su adecuación al Plan de Seguridad y Salud.
- 3)- Comunicación y justificación de las variaciones significativas con respecto al P.S.S. original, para su estudio y aprobación si procede.
- 4)- Reflejar los días en que se han dado indicaciones correspondientes a la seguridad de la obra en el Libro de Ordenes.
- 7)- Fotocopias de las actas de las reuniones de coordinación.
- 8)- Comunicación de las visitas realizadas por la inspección de trabajo y otras entidades externas, fotocopias del Libro de Visitas y del Libro de Incidencias.
- 9)- Expresar que se ha verificado el seguimiento de la formación del personal en materia de prevención de riesgos laborales acorde con el desempeño del puesto de trabajo.
- 10)- Expresar que se ha verificado el seguimiento de la vigilancia de la salud de los trabajadores (reconocimientos médicos).
- 11) Comunicación de accidentes o incidencias ocasionadas en la obra.
- b.4.I.M.I. Informe mensual sobre instalaciones suscrito por el ingeniero superior o técnico Director de Ejecución.
Este informe se tramitará conjuntamente con la certificación mensual correspondiente.
## c.- Certificado de fases de obra.
Este certificado ha de presentarse, en su caso, en la Dirección General de Centros e Infraestructuras, en los diez días siguientes a la terminación de los plazos parciales establecidos según el programa de trabajo presentado por la empresa, y una vez aceptado el mismo.
Irá firmado por la Dirección Facultativa y en cuanto al contenido, expresará el exceso de mediciones y el cumplimiento del plazo establecido en el programa de trabajo, o en caso contrario, las causas del retraso.
## d.- Medición general y certificación final
Una vez finalizada la obra y dentro del mes siguiente a la recepción, la Dirección Facultativa procederá, juntamente con el contratista adjudicatario de la realización de las obras, a la medición general de las mismas, tomando como base las mediciones efectuadas durante el proceso de ejecución o cualquier otro dato complementario. En el acta de recepción el director de obra fijará fecha para el inicio de dicha medición, que se firmará por el Director de obra, Director de ejecución material, y contratista de la obra, remitiéndose un ejemplar a la Dirección General de Centros e Infraestructuras.
Dentro de los diez días siguientes al término del plazo que establece el apartado anterior, la Dirección Facultativa presentará en la Dirección General de Centros e Infraestructuras, la certificación final de las obras ejecutadas, realizada por el Director de la ejecución de la obra, aplicando al resultado de la medición general los precios y condiciones económicas del contrato de obras.
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Todas las reclamaciones que estime el contratista adjudicatario de la realización de las obras, respecto a la medición y liquidación serán dirigidas a la Administración por escrito a través del Facultativo Director de la obra, y con el informe de éste.
## e.- Cumplimiento de plazos de ejecución de las obras
El arquitecto Director de las obras remitirá, tres meses antes de la terminación del plazo de ejecución, un informe en el que se hará constar la posibilidad o imposibilidad del cumplimiento de dicho plazo.
En caso de solicitud de prórroga por el contratista, el Facultativo Director de la obra, tramitará ésta debidamente informada y justificada.
## f.- Liquidación del contrato de obras.
Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra un informe sobre el estado de las obras, indicando si se encuentran en condiciones adecuadas o si es preciso hacer reparaciones.
Si el informe es favorable o, en caso contrario, una vez reparado lo construido, se formulará por la dirección facultativa en el plazo de un mes la propuesta de liquidación de las obras realmente ejecutadas, tomando coma base para su valoración las condiciones establecidas en el contrato.
## 7.2. CONTROL de la ejecución
Las obras de construcción del edificio se llevarán a cabo con sujeción al Proyecto y sus modificaciones autorizadas por el Director de obra previa conformidad del promotor, a la legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva, y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.
Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos técnicos para dirigir las obras de proyectos parciales, lo harán bajo la coordinación del director de obra.
Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes:
- 1.- Control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras.
- 2.- Control de ejecución de la obra
- 3- Control de la obra terminada
## a. Documentación del seguimiento de la obra:
- El libro de Órdenes y Asistencias.
- El libro de Incidencias en materia de seguridad y salud.
- El Proyecto, sus anejos y modificaciones.
- La Licencia de obras, la apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras autorizaciones administrativas.
- El Certificado final de la obra.
El Servicio de Construcciones entregará diligenciado, el Libro de Órdenes, el Libro de Incidencias y una copia de la Licencia de obras, a la Dirección Facultativa inmediatamente antes de la firma del acta de comprobación del replanteo de la obra.
El libro constará de una serie de hojas, una original y 3 copias de cada hoja, cada una de las cuales se distribuirá de la siguiente manera:
- 1 copia para el contratista de la obra.
- 1 copia para el Director de Obra.
- 1 copia para el Servicio de Construcciones.
Todas las órdenes, instrucciones, y circunstancias sobrevenidas durante el proceso constructivo han de quedar reflejadas en el Libro de Órdenes.
Igualmente han de quedar reflejadas todas las visitas que realicen los componentes de la Dirección Facultativa, aun cuando no haya incidencias en las obras.
Los técnicos de la Administración podrán manifestar en el Libro de Órdenes e incidencias, las observaciones que consideren, siempre con la conformidad de la Dirección Facultativa de la obra, y sin que por ello se impongan condiciones al contratista que no figuren en el Contrato de Obras firmado por éste.
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## b. Programa de Control de Calidad (P.C.C.).
Si la empresa adjudicataria de las obras, ha ofertado un porcentaje superior de Control de Calidad al 1 % del proyecto, la Dirección Facultativa establecerá previamente a la elaboración del Programa de Control, los ensayos y análisis complementarios, que considere necesario, así como los trabajos de asesoría técnica a la Dirección Facultativa y a la Administración en determinados asuntos de relevancia, como por ejemplo, controles acústicos, auditorías energéticas, asesoría en gestión de residuos, etc, y que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes, cuyo importe se contemplará dentro de la cantidad total ofertada por el contratista.
Los Servicios Técnicos de la Consejería podrán solicitar y comprobar los ensayos realizados por el Laboratorio de Control de Calidad contratado por la empresa en cualquier fase de ejecución de las obras, e incluso, contrastar los datos facilitados con el Servicio de Control designado por la Consejería.
Además del cumplimiento del Plan de Control de Calidad aprobado al inicio de la obra, la Dirección Facultativa y el Servicio de Construcciones podrán ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra y que recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes y que serán de cuenta del contratista adjudicatario de la realización de las obras hasta la cantidad total ofertada por este.
## c. Incidencias durante la obra.
En el caso de que se produjeran incidencias (modificación de las obras, paralización, incumplimiento de la contrata etc.), no previstas durante el proceso de ejecución, que precisen una actuación de la Administración, se pondrán inmediatamente en conocimiento de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, y entre tanto, se deberán adoptar las medidas necesarias para impedir o aminorar los posibles daños a los intereses de la Consejería, todo ello según establece la vigente legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
En ese caso, en el plazo máximo de 15 días, el Facultativo Director de las obras deberá realizar un informe expreso y exclusivo, que presentará con independencia de la certificación, en el que hará constar la urgencia al Servicio de Construcciones.
La Dirección Facultativa no podrá ordenar, durante el proceso de construcción, modificaciones del proyecto, propias o propuestas por el contratista adjudicatario de la realización de las obras, aún cuando no supongan incremento en el precio contratado (materiales, trazado de instalaciones etc..), sin el conocimiento y aprobación del Servicio de Construcciones, y en cualquier caso, sin que se efectúe la tramitación que al efecto establece la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
Si la empresa adjudicataria de la realización de las obras ha ofertado mejoras al proyecto, la Consejería de Educación aceptará las que considere como tales. La Dirección Facultativa aceptará las mismas sin que supongan una modificación del contrato.
## d.- Permisos y autorizaciones.
El adjudicatario del contrato ha de hacer las previsiones necesarias y que sean de su competencia, para que en el momento de la recepción de las obras se hayan obtenido todos los permisos de instalaciones precisos para su funcionamiento (electricidad, gas, calefacción, antenas TV y FM, suministro de agua, ascensores, evacuación de aguas residuales, etc...), de modo que las edificaciones, viales y redes de servicios puedan ser entregadas o cedidas para el uso a que se destinen.
## e.- Documentación de la obra ejecutada:
Concluidas las obra y antes de la recepción de estas, la Dirección Facultativa presentará, según las instrucciones del Servicio de Construcciones la siguiente documentación:
- Libro del Edificio (incluyendo el certificado de eficiencia energética del edificio terminado; la documentación indicada en el Art.7.2.del CTE sobre los productos, equipos y sistemas que se incorporen a la obra; y plan de mantenimiento del edificio con la planificación de las operaciones programadas para el mantenimiento del edificio y sus instalaciones).
- Dossier fotográfico exhaustivo de seguimiento de ejecución de la obra y de edificio finalizado.
- Certificado de eficiencia energética de proyecto y de edificio terminado, así como Registro de los mismos.
- Libro de Órdenes y Libro de Incidencias.
- Cuatro ejemplares de Certificado final de obra, al que se le unirán como anejos los documentos especificados en el Anejo II.3.3. del CTE (descripción de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubieran introducido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las
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condiciones de la licencia, y relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus resultados).
- Proyecto final de obra (5 ejemplares), el cual recogerá las variaciones, tanto en planos como en memoria, respecto del proyecto original y especialmente los cambios producidos en el trazado de las instalaciones. Incluirá: Copia del Certificado final de obra. Memoria de materiales y acabados. Presupuesto de adjudicación de las obras. Fotografías de las fachadas, Planos: de situación, del solar y definitivos de cada planta (con cuadro de superficies parciales y totales).
- Documentación relativa a las instalaciones.
- Documentación informática de lo presentado hasta la fecha de final de obra en relación con el expediente, en los mismos ficheros que se presentó el proyecto original.
- En su caso, la documentación ofertada como mejora en la licitación del contrato.
- La documentación final de obra se presentará con los siguientes datos: número de expediente, nombre del proyecto y el/los nombre/s de los proyectistas, con la misma encuadernación y formato que el proyecto correspondiente y con la siguiente rotulación en el lomo: 'Documentación final de obra'.
- La documentación exigida en caso de obras sometidas a la normativa de prevención ambiental. En particular, en el régimen de COMUNICACIÓN AMBIENTAL , una vez finalizadas las obras se aportará la documentación exigida en la en la propia normativa ambiental y en la ordenanza municipal correspondiente en su caso.
- Junto con la solicitud de la autorización de inicio de actividad y de la licencia de apertura, un informe que acredite la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto, redactado por el director del proyecto.
- Informe que justifique las realizaciones de aquellas mejoras que hubiese presentado el contratista de la obra, que incluirá el listado de posibles acopios que se dejen en obra y su valoración conforme a precios del Proyecto.
- El control de calidad de las obras incluirá el control de recepción en obra el control de ejecución de la obra y el control de la obra terminada. Al final de la obra se recopilará esta documentación, verificándose que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones.
- Se recogerá la documentación acreditativa de la gestión de los residuos generados en obra, en los términos que estipula el R.D. 105/2008, el Estudio de Gestión elaborado al efecto y sus posibles modificaciones.
## 8. MODIFICACIONES AL PROYECTO
## 8.1. TRAMITACIÓN de modificados
En el plazo máximo de quince días desde que sea previsible la necesidad de modificar el proyecto, el Director de las obras presentará en el Servicio de Construcciones, informe sobre las modificaciones a introducir, su repercusión económica estimada y las causas de estas, especificando lo dispuesto en el art. 202 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Junto con la solicitud de modificación, se acompañará la petición de suspensión parcial o temporal de la obra o se justificará la continuación de esta.
## 8.2. AUTORIZACIÓN de modificados
Autorizada, en su caso, la redacción del proyecto modificado, el adjudicatario presentará éste en debida forma en el Servicio de Construcciones, en el plazo de 15 días desde la notificación de su autorización y si procediera su rectificación, practicará ésta en el plazo de cinco días desde que tal rectificación le fuera notificada.
En la memoria del proyecto se explicarán las causas de este, proponiendo el plazo considerado para su ejecución.
En ningún caso esta Consejería consentirá la ejecución de las obras no autorizadas previamente, salvo lo dispuesto sobre obras de emergencia en la vigente legislación, siendo la Dirección Facultativa responsable personalmente si ha ordenado obras no autorizadas previamente.
El proyecto modificado recogerá todos los excesos de medición que se hubieran producido hasta la fecha de la última certificación.
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## 8.3. DOCUMENTACIÓN de modificados
El proyecto modificado contendrá la siguiente documentación:
- Memoria que describa las variaciones y su justificación.
- Programa de trabajo.
- Acta de precios contradictorios.
- Precios simples, auxiliares y descompuestos de las partidas nuevas a introducir.
- Mediciones y presupuesto total.
- Presupuesto comparado entre el inicial y el modificado.
- Hoja resumen de presupuesto.
- Estudio de seguridad y Salud, si fuera necesario.
- Planos suficientes para la perfecta compresión y medición de las modificaciones propuestas.
- Pliego de condiciones técnicas, en lo que afecte a la ejecución de nuevas partidas y materiales.
- Plan de control de calidad de las nuevas partidas, si así se estima.
La documentación a presentar se ajustará al mismo criterio y formato que las normas establecidas para la presentación del proyecto.
## 9. RESPONSABILIDADES
El adjudicatario deberá cumplir en lo referente al contenido de los proyectos y responsabilidad derivada de su elaboración con lo establecido en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas.
El adjudicatario del contrato junto con la empresa contratista de la obra, responderá ante la Consejería de Educación de que los materiales empleados en la ejecución de las obras coincidan con lo especificado en el proyecto de construcción y con las modificaciones que al proyecto hayan sido autorizadas.
Asimismo, será responsable, con el contratista, del cumplimiento de los plazos de ejecución de las obras, siempre que no haya denunciado en sus informes la demora del plazo de ejecución previsto.
En el caso de que las obras se demoren o suspendan por causas imputables al adjudicatario, responderá éste de los perjuicios que originen a la Consejería de Educación.
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## ANEXO
## AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONCURSO
| OBJETO: | REDACCION DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN, REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Y DIRECCIÓN FACULTATIVA |
|---------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| OBRAS: | AMPLIACIÓN DEL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL (CIFP) 'RÍO EBRO' , DE MIRANDA DE EBRO (BURGOS) |
| EMPLAZAMIENTO: CALLE MARIANA PINEDA Nº 84. 09200 MIRANDA DE EBRO (BURGOS) | EMPLAZAMIENTO: CALLE MARIANA PINEDA Nº 84. 09200 MIRANDA DE EBRO (BURGOS) |
| LOCALIDAD: | MIRANDA DE EBRO (BURGOS) |
## ÍNDICE DE LA DOCUMENTACIÓN FACILITADA PARA EL CONCURSO
| 1. | PROGRAMA DE NECESIDADES / CUADRO COMPARATIVO DE SUPERFICIES. | ____________________________2 |
|--------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------|
| 2. | CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO_______________________________________________________________3 | |
| | 2.1.CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA PARCELA | ___________________________________________________3 |
| 2.2.CONDICIONES URBANÍSTICAS:__________________________________________________________________3 | 2.2.CONDICIONES URBANÍSTICAS:__________________________________________________________________3 | |
| 2.3.CONDICIONES DEL PROYECTO _________________________________________________________________3 | 2.3.CONDICIONES DEL PROYECTO _________________________________________________________________3 | |
| 2.4.COSTE DE EJECUCIÓN MATERIAL MÁXIMO ESTIMADO DE LA ACTUACIÓN ____________________________4 | 2.4.COSTE DE EJECUCIÓN MATERIAL MÁXIMO ESTIMADO DE LA ACTUACIÓN ____________________________4 | |
| 3. | MAQUETA. _____________________________________________________________________________________4 | |
| 4. | DOCUMENTACIÓN GRÁFICA______________________________________________________________________4 | |
| 5. | INSTRUCCIONES DE DISEÑO | _____________________________________________________________________6 |
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## 1. PROGRAMA DE NECESIDADES / CUADRO COMPARATIVO DE SUPERFICIES ENTRE EL PROGRAMA Y LA PROPUESTA
| 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y | 1. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO COMPARATIVO ENTRE SUPERFICIES DE PROGRAMA Y |
|-----------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------|
| AMPL. | Nuevo edificio, 1 Familia con 2 Ciclos, 4 uds | Turno | matutino: | 120 p.e. | 120 p.e. | | | | |
| TOTAL: | 31 unidades (uds) y 910 puestos escolares (p.e.) | Turno | Turno | 760 p.e. | 760 p.e. | | | | |
| | | Turno | vesp. 150 p.e. | vesp. 150 p.e. | | | | | |
| | ESPACIOS | | NECESARIOS | | PROPUESTOS | PROPUESTOS | PROPUESTOS | PROPUESTOS | |
| | | módulo | uds. | m 2 | m 2 | m 2 | m 2 | m 2 | |
| | ESPACIOS DOCENTES | | | | | | | | |
| 1. | | | | | | | | | |
| 1.A. | FAMILIA TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO | | | | | | | | |
| | DE A1-2 | VEHÍCULOS (TMV) | | 120 | | | | | |
| PB | Aula polivalente T1 Taller de | 60 m 2 Transmisiones 240 m 2 | 2 1 | 240 | | | | | |
| PB | T2 Taller de motores con laboratorio | 210 m 2 | 1 | 210 | | | | | |
| P1 PB | T3 Laboratorio de electricidad y neumohidráulica | 90 m 2 | 1 | 90 | | | | | |
| | T4 Taller de mecanizado-garage | 150 m 2 | 1 | 150 | | | | | |
| P1 | Laboratorio de sist. Automáticos y de pruebas de | 2 | | | | | | | |
| PB | T5 motores eléctricos Taller de frenos, climatización y confort | 210 m 2 | 1 1 | 210 210 | | | | | |
| PB | T6 T7 Taller de motores térmicos con laboratorio | 210 m 150 m 2 | 1 | 150 | | | | | |
| Alm | 1-4 Almacenes (T1, T2, T6, T7) | 30 m 2 | 4 | 120 | | | | | |
| 1.B. | | | 1 | 36 | | | | | |
| | ESPACIOS COMUNES Vestuarios alumnado (adaptados) | 0,30 m 2 /p.e. 0,35 m 2 /p.e. | 1 | 42 | | | | | |
| P1 | Departamento de familia | 30,00 m 2 | 1 | 30 | | | | | |
| 1.C. | ESPACIOS COMPLEMENTARIOS | | | 120 | | | | | |
| P1 | A3 | 120 m 2 3 | 1 1 | 120 | | | | | |
| P1 A4 | Aula de emprendimiento Espacio de coworking / Sala | empresas 120 m | | 1.848 | | | | | |
| 2. | SUPERFICIE ÚTIL DE ESPACIOS DOCENTES | | | | | | | | |
| | ESPACIOS DE ADMINISTRACIÓN | | | 20 | | | | | |
| | Sala de reuniones | 20 m 2 (2) 20 m 2 | 1 2 | 40 10 | | | | | |
| | Aseos y vestuarios de profesores Aseos visitas (junto a los espacios Complementarios) | 5 m 2 | 2 | 70 | | | | | |
| | SUPERFICIE UTIL ESPACIOS DE ADMINISTRACIÓN | | | | | | | | |
| 3. | | | | | | | | | |
| | SERVICIOS COMUNES | | 1 | 40 | | | | | |
| | | 40 m 2 | 2 | 10 20 10 | | | | | |
| | Almacén general | 5 m 2 2 | 1 | 5 | | | | | |
| | Aseos y vestuarios de personal no docente Calefacción | 20 m 10 m 2 | 1 | | | | | | |
| | Contadores, g.electrógeno y contraincendios Cuarto de basuras | 5 m 2 | 1 | | | | | | |
| | Cuarto de limpieza Cuarto de telecomunicaciones | (3) 5 m 2 2 | 2 1 | | | | | | |
| | | 5 m | | 5 | | | | | |
| | SUPERFICIE ÚTIL SERVICIOS COMUNES | | | 100 | | | | | |
| | TOTAL | | | | | | | | |
| | | | | 2.018 | | | | | |
| | SUPERFICIE ÚTIL DEL CENTRO Espesores de construcción | 15% | | 2.623 393,51 | | | | | |
| | SUPERFICIE CONSTRUIDA DEL | | | | | | | | |
| | | | | 3.016,91 | | | | | |
| | CENTRO | | | | | | | | |
| 4. | | | | | | | | | |
| | Porches en Almacén vehículos al aire Espacio de estancia | patios (ampliación) 0,5 m 2 /p.e. libre 2 m 2 /p.e. (mínimo) 2 | | 60 580 90 1.520 | | | | | |
| | TOTAL ESPACIOS EXTERIORES | 0,5 m /p.e. | | 380 | | | | | |
| | (1) Incluirán cabina adaptada, una por sexo | | | 2.630 | | | | | |
| | (2) Incluirán una cabina con ducha por sexo y espacio | para | | | | | | | |
| | | taquillas | | | | | | | |
| | (3) Uno por planta | | | | | | | | |
| | | | | 10 | | | | | |
| | ESPACIOS EXTERIORES | | | | | | | | |
| | Ajardinamiento | 20 m 2 /ud. 90 m 2 | | | | | | | |
Avenida del Real Valladolid, s/n. 47071 Valladolid. Tel. 983 411 500, Fax: 983 411 050
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## 2. CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
## 2.1. CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA PARCELA:
La parcela en la que se encuentra el Centro integrado de Formación Profesional (CIFP) Río Ebro y en la que se ha de proyectar la ampliación, se encuentra situada en el barrio de El Crucero del núcleo urbano de la localidad de Miranda de Ebro, provincia de Burgos.
Tiene una forma cuadrangular y linda al Norte con la Calle María Zambrano, al Este con la Calle de Las Cigüeñas y al Oeste en línea quebrada con la Calle Mariana Pineda, por donde tiene el acceso por el ángulo inferior. Al Sur linda con una hilera de viviendas pareadas y con otras parcelas edificadas.
La parcela, cuya superficie es de 11.211 m², cuenta con dos referencias catastrales, procedentes de la inicial y una cesión posterior del Ayuntamiento. Su uso es Equipamiento, sin que esté en vigor la diferenciación entre escolar y deportivo indicada en plano:
Referencia catastral: 2654041WN0225S0001ZQ. Superficie catastral 8.713 m².
Referencia catastral: 2654066WN0225S0001IH. Superficie catastral 2.498 m².
El solar cuenta con todos los servicios urbanos.
## 2.2. CONDICIONES URBANÍSTICAS:
El planeamiento vigente aplicable a la parcela es el Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente de forma parcial por Orden FOM 1349/2005 de 26 de septiembre de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León.
Por Orden FOM/1918/2006, de 13 de noviembre se aprueba definitivamente lo relativo a los ámbitos de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable delimitado situados en las entidades menores del término municipal.
Por Orden FOM/905/2009, de 2 de marzo, se aprueba definitivamente las modificaciones que afectan a espacios libres públicos y zonas verdes del Plan General de Ordenación Urbana de Miranda de Ebro, para su adaptación a la Ley y al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. (BOCYL 29 de abril de 2009).
Corresponde a una ordenación en manzana abierta, detallándose a continuación las condiciones más relevantes:
- -Edificabilidad: 1,5 m 2 /m 2 ,
- -Altura máxima de cornisa: 15 m,
- -Ocupación máxima en planta: 70%,
- -Retranqueos mínimos: la situación de la edificación en la parcela es libre.
- -Aparcamientos: conforme al programa de necesidades, no precisa de espacio para un autobús.
## 2.3. CONDICIONES DEL PROYECTO
El proyecto consiste en la definición de un edificio que albergue los espacios de la familia profesional Transporte y mantenimiento de vehículos (TMV) y otros espacios complementarios, de los que es deficitario el centro actual, conforme al programa de necesidades adjunto, así como del tratamiento de accesos y del espacio libre de la parcela y de una intervención en los edificios denominados A y D.
La parcela cuenta con un acceso principal peatonal y dos accesos de vehículos, y en su interior se ubican cuatro edificios independientes, denominados en la documentación gráfica A, B, C y D, comunicados entre sí por porches exentos. Estos edificios albergan cinco familias formativas con un total de 26 unidades o grupos. Se da cabida por traslado a la familia Fabricación Mecánica (FM) con 5 unidades. El conjunto tendrá capacidad para 910 escolares.
El nuevo edificio albergará a las 4 unidades de la familia TMV, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
- -El acceso principal se realizará desde el interior de la parcela, pudiendo (sin ser obligatorio) contar con otro secundario desde la calle.
- -Se ubicarán en planta baja los talleres, indicados en el programa de necesidades como PB. Cada uno de ellos, a excepción del T4, Taller de mecanizado, contará con un almacén de suministros directamente comunicados con cada uno de ellos. Los talleres tendrán un acceso directo desde el exterior suficiente para suministro de maquinaria y material docente de gran volumen (vehículos y sus componentes). Serán colindantes los talleres de Motores con laboratorio y de Frenos, climatización y control . Los talleres tendrán comunicación interior entre ellos. Los T2 y T7, por ser los que más ruido producen y contar con extracción de humo, se alejarán lo más posible de las aulas.
Avenida del Real Valladolid, s/n. 47071 Valladolid. Tel. 983 411 500, Fax: 983 411 050
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- -La altura libre de los talleres será superior a 3,50 m. El resto de los espacios docentes tendrá, al menos, una altura libre de 2,80 m.
- -Los vestuarios estarán vinculados a los talleres, con fácil comunicación con ellos.
- -Habrá una dotación de aseos por planta, un núcleo por sexo, en la proporción indicada en las Instrucciones.
- -El almacén de vehículos (material docente) al aire libre se realizará con una estructura ligera tipo jaula. Permitirá el almacenaje de cuatro vehículos y piezas de repuesto.
- -Se procurará una conexión con el edificio colindante, identificado como D, dedicado a la familia profesional Imagen personal , carente de ascensor, para el cumplimiento de la normativa de accesibilidad.
El espacio libre actual de la parcela se tratará con el siguiente fin:
- -Se reordenarán los espacios libres, de forma que alberguen:
- o Zonas estanciales y ajardinadas
- o Área de aparcamiento
- o Almacén de vehículos (material docente)
- -Se procurará la comunicación cubierta entre los diferentes edificios.
- -Se actuará sobre el acceso peatonal, dándole mayor presencia en la fachada, con porche de protección y dimensión acorde a la mayor afluencia de escolares.
- -Se reubicará el aparcamiento junto a este acceso, creando en la actual una zona estancial.
- -Preferiblemente, se dotará de una entrada de vehículos en la fachada Este, calle Las Cigüeñas, que mejore el acceso de pequeños camiones y grúas para suministro, facilitando una comunicación con el acceso de vehículos de la calle Mariana Pineda. Ambos accesos han de permitir la entrada de un pequeño camión con grúa para suministro, depósito y posterior desplazamiento del material docente para las distintas familias profesionales, especialmente las de Transporte y mantenimiento de vehículos (TMV) y la de Fabricación mecánica (FM). Los talleres de la familia FM se ubican en el edificio C.
- -Se permitirá el acceso de vehículos de emergencia y de mantenimiento al interior de la parcela.
En fase de redacción del proyecto, se intervendrá de forma puntual en el edificio principal, denominado A, con el siguiente cometido:
- -Mejora de la accesibilidad, dotándolo de ascensor.
- -Albergar la nueva familia profesional Fabricación mecánica (FM), adaptando el espacio del antiguo Gimnasio (actual aula teórica) y la vivienda del conserje como Taller, y la Sala de reuniones como aulas teóricas.
- -Reubicar la sala de calderas, dotando de una nueva caldera.
En función de la propuesta, e igualmente en fase de redacción de proyecto, se intervendrá en el edificio D, destinado a la familia Imagen Personal (IP), con el fin de:
- -Mejorar la accesibilidad citada.
- -Procurar el aprovechamiento del bajo cubierta.
## 2.4. COSTE DE EJECUCIÓN MATERIAL MÁXIMO ESTIMADO DE LA ACTUACIÓN .
Se considera un Presupuesto de Ejecución Material máximo estimado de 5.120.095,10 € ( cinco millones ciento veinte mil noventa y cinco euros y diez céntimos).
## 3. MAQUETA.
No se exige su realización.
## 4. DOCUMENTACIÓN ANEXA
A través de la página web de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es/educacyl/cm/temas/licitaciones) la siguiente documentación:
1. Documentación urbanística.
2. Plano de ordenación y ubicación.
3. Levantamiento CIFP Río Ebro, parcela y edificios A, B, C, y D, en dwg.
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## 5. INSTRUCCIONES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CENTROS DOCENTES
Instrucciones de diseño para la redacción de proyectos de centros docentes públicos desarrolladas por el Servicio de Construcciones de la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa, a partir de las que complementaban los Programas de necesidades aprobados por la Orden Ministerial de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1991.*
*Extracto de las Instrucciones generales.
## 1. RECOMENDACIONES GENERALES PARA CENTROS EDUCATIVOS
1. En los proyectos se tendrá en cuenta la buena integración en su entorno urbano y su adecuación a las condiciones bioclimáticas del lugar.
2. La solución arquitectónica de estos centros no deberá ser pretenciosa, ni de construcción complicada, debiendo reflejar su carácter institucional. Procurará un ambiente doméstico, alegre y limpio que contribuya no sólo a facilitar la actividad docente sino también a desarrollar en los alumnos hábitos de convivencia y de buena relación con el entorno escolar.
3. El diseño arquitectónico y la disposición de los espacios se basarán en el Programa de Necesidades. Se recomiendan las formas rectangulares y diáfanas, ya que permiten mayor grado de flexibilidad en la disposición del mobiliario y en las utilizaciones alternativas de dichos espacios.
4. El proyecto tendrá muy en cuenta la economía de mantenimiento, tanto en el diseño como en las soluciones constructivas, materiales a emplear e instalaciones, de forma que se garantice la mayor durabilidad con los menores gastos de conservación, sin detrimento de una buena calidad arquitectónica.
5. Por razones de economía de construcción y de mantenimiento no son aconsejables edificios de planta muy dispersa.
6. No se proyectarán sótanos, y los semisótanos sólo se admitirán en casos muy justificados, como cuartos de instalaciones (excepto sala de calderas) y almacenaje, debiendo tener ventilación e iluminación natural.
7. El Centro y sus espacios exteriores, además de cumplir con la normativa de accesibilidad, será accesible para personas con discapacidad en todos sus accesos.
8. Los desniveles del terreno, muros de contención o elementos peligrosos, cuando sean inevitables por la topografía del terreno, deberán estar debidamente protegidos y señalizados.
9. Los Centros escolares deberán ser recintos seguros a nivel de uso, accidentes e intrusión.
## 4. ESPACIOS EXTERIORES.
10. La parcela escolar estará delimitada por una valla perimetral que permita la visibilidad desde el exterior y que evite un tratamiento excesivamente cerrado sin perjuicio de la seguridad. Se evitarán soluciones fácilmente escalables.
11. En los accesos al recinto, las señalizaciones indicarán claramente las entradas de vehículos y personas. Se deberá prever el acceso de vehículos para el mantenimiento de las instalaciones y para el servicio de extinción de incendios.
12. La zona de acceso de vehículos y aparcamientos, así como la del depósito de combustible, estarán protegidas del resto de patios o zonas de juegos para evitar accidentes.
13. Los principales accesos peatonales del Centro tendrán protección mediante marquesinas o porches.
14. Los porches, en la proporción señalada en el Programa de Necesidades, estarán adosados e incorporados al edificio. En zonas geográficas especialmente húmedas se deberá ampliar la superficie de porches. Su ancho no será inferior a 4 m para poder ser utilizados en caso de lluvia.
15. Los espacios exteriores deberán estar tratados en su totalidad con materiales adecuados según sus usos, disponiendo de las instalaciones correspondientes, tales como drenajes, alumbrado, tomas de agua, señalizaciones, etc. Se ejecutarán aceras o soleras de hormigón en todo el perímetro del edificio, así como camino pavimentado desde la entrada a la parcela hasta el acceso al edificio docente.
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16. Las pistas polideportivas se situarán en las zonas de juego, debidamente señalizadas, y tendrán un acabado superficial acorde al uso, con pendiente y sistema de drenaje que evite embalsamientos de agua. Su orientación será preferentemente N-S en el eje longitudinal. Pistas y patios de juego se ubicarán en orientación protegida, preferentemente al sur. Se adoptarán protecciones en las proximidades de las pistas, en función del riesgo previsible (aulas, caminos, desniveles, vallados, etc.).
## 5. ESPACIOS INTERIORES.
## 5.1. Condiciones generales.
17. Deberá procurarse una buena integración de todos los espacios evitando recorridos largos y creando una buena comunicación visual de todo el centro.
18. Todos los locales deberán tener luz y ventilación natural directa. Se exceptúan almacenes, cuartos de limpieza y basuras y cuartos de instalaciones. Se incidirá en la calidad de la iluminación natural de las aulas, evitando deslumbramientos y radiación solar directa sobre los ocupantes.
19. La altura libre de los espacios interiores y circulaciones será, como mínimo, de 2'80 m. En despachos, administración, aseos y demás locales de reducidas dimensiones, se admite una altura mínima de 2'60 m. Los talleres tendrán una altura libre de 3,50 m. En espacios de mayor superficie, la altura libre podrá aumentarse en proporción.
20. Las dimensiones de las ventanas se definirán en función de los espacios que se proyectan, la orientación y condiciones climáticas. Los talleres tendrán ventanas a altura habitual que permitan la visión del exterior. El alféizar en los espacios docentes se situará a una altura máxima de 1 m.
21. Las puertas exteriores principales deberán abrir hacia fuera y estar protegidas con cortavientos. También estarán resguardadas de la lluvia mediante porche, marquesina o similar.
22. La agrupación de aulas y espacios docentes se hará basándose en la funcionalidad escolar, por familias o materias educativas.
23. Es conveniente agrupar los espacios docentes sin instalaciones fijas: Aulas, seminarios, etc., como zonas de espacios más versátiles, y por otro lado, los espacios con instalaciones fijas: Laboratorios, talleres, etc., donde las redistribuciones son menos frecuentes.
24. Se agruparán los espacios en los que se produzca mayor nivel de ruido, como talleres, ubicándolos alejados o convenientemente aislados de otros que requieran un menor nivel de ruido, como la Biblioteca.
25. Deberán situarse en planta baja y próximas a la entrada principal la zona de administración, la biblioteca, y, en general, todos aquellos locales que tengan mayor dependencia del exterior. La biblioteca se proyectará, preferentemente, de forma que posibilite su utilización de manera independiente en horario no lectivo, pero teniendo en cuenta que su uso principal será dentro del horario lectivo.
26. La secretaría del Centro tendrá acceso desde el vestíbulo del edificio, por ser de carácter público.
27. La conserjería se situará en el vestíbulo, de forma que permita el control de los diversos accesos al Centro. Será un espacio cerrado, ventilado e iluminado, con ventanilla practicable y mostrador accesible; tendrá acceso directo a la zona de reprografía y al cuadro eléctrico general.
28. El cuarto de telecomunicaciones principal se situará centrado respecto al edificio, de forma que su distancia a las últimas tomas sea la menor posible, evitando siempre superar los 90 m, en cuyo caso se dispondrá de uno secundario.
29. La entrada del aula se dispondrá cercana al lado de ubicación del profesor, y los pupitres se dispondrán con la entrada de luz natural por la izquierda.
## 5.2. Escaleras y espacios de circulación.
30. Las escaleras principales se situarán próximas al vestíbulo de entrada, fácilmente visibles desde él.
31. Los espacios de circulación deberán ser objeto de cuidadoso diseño. Se evitarán pasillos largos y oscuros en fondo de saco.
32. Los pasillos que discurran entre aulas llevarán montantes acristalados en los tabiques de separación con éstas para conseguir iluminación natural.
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33. La anchura mínima de los pasillos será de 2,00 m cuando existan aulas a ambos lados, y de 1,60 m si tienen aulas a un solo lado.
34. Se preverá un fácil acceso a la cubierta.
## 5.3. Condiciones de los aseos y servicios.
35. Los aseos se distribuirán de forma que en cada planta existan núcleos masculinos y femeninos distribuidos al 50%, con una superficie de 0,25 m 2 por puesto escolar, en el resto. En los masculinos se sustituirá un inodoro por dos urinarios murales. En planta baja es conveniente concentrar el 40% de la dotación total cuando el edificio sea de tres plantas y el 60% cuando sea de dos plantas, para facilitar su uso durante la estancia en el patio. Se dispondrá, en cada planta, de una cabina adaptada por cada sexo integrada en el núcleo de aseo.
36. Se proyectará un aseo adaptado por sexo para profesores, cercano a la sala de profesores.
37. Se proyectará un aseo-vestuario adaptado por sexo para personal no docente, preferentemente en planta baja, dotado de lavabo, inodoro, ducha y taquillas. Se colocará una mampara de separación de la ducha con el vestuario.
38. El cuarto de limpieza de planta contará con vertedero.
## 6. CRITERIOS CONSTRUCTIVOS.
## 6.1. Generalidades.
39. Los sistemas constructivo y estructural deberán ser sencillos, garantizando su durabilidad ante el uso intensivo. Se deberá favorecer la flexibilidad y adaptabilidad de los espacios interiores en previsión de futuros cambios.
40. Se evitarán elementos de difícil acceso para limpieza o mantenimiento.
41. Las cubiertas se adecuarán a la zona climática donde se ubique el edificio, asegurando una eficaz y controlada evacuación del agua de lluvia y un fácil mantenimiento. En zonas con sobrecarga de nieve superior a 0'6KN/m² (tabla 3.7 CTE-SE-AE), las cubiertas serán inclinadas.
42. El diseño de carpinterías de puertas y ventanas responderá a criterios de funcionalidad, seguridad y durabilidad.
43. Las dimensiones de las ventanas se definirán en función de los espacios que se proyectan, la orientación y condiciones climáticas. Los espacios con gran superficie acristalada, aparte de presentar problemas de conservación y mantenimiento, son muy reflectantes a las ondas sonoras por lo que se deberá ponderar el diseño y situación de superficies acristaladas en los cerramientos.
44. Todos los elementos acristalados deberán permitir la limpieza desde el interior. Su diseño permitirá la ventilación de los espacios con seguridad (apertura con compás u otro sistema).
45. Las ventanas estarán protegidas contra el sol y contra la intrusión mediante persianas. Para ambos cometidos se recomiendan las persianas de lamas orientables. Se evitará en el diseño la excesiva longitud para evitar el abombamiento de las lamas.
## 6.2. Instalaciones
46. En general, deberá procurarse la concentración horizontal y vertical de aseos y laboratorios para conseguir recorridos mínimos de la red de agua y desagüe.
47. Los edificios escolares deberán estar dotados de un sistema de calefacción centralizado por aire y/o agua. El funcionamiento de la instalación estará subdividido en diferentes zonas a los efectos de conseguir una mayor eficiencia energética y mantenimiento adecuado.
48. Todos los locales docentes deberán tener un sistema de ventilación natural, directa y regulable, que no produzca desequilibrios térmicos.
49. Los depósitos de combustibles líquidos, en su caso, se instalarán enterrados en el exterior de las edificaciones y en el interior de un cubeto estanco.
50. La sala de calderas se ubicará preferentemente a nivel de planta de calle. Las especificaciones dimensionales de la sala, además de cumplir con los mínimos exigidos en función de las calderas y equipos a instalar, deberán prever la futura utilización por otros equipos de manera que no se impida la transformación por otros elementos de mayores dimensiones.
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