Memoria justificativa
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Expediente n.º:
1380/2026
Memoria justificativa
Procedimiento:
Contrataciones
## MEMORIA JUSTIFICATIVA
Por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en los art 25 y 26 se obliga a los municipios a implantar la recogida separada de biorresiduos con un plazo de 31 de diciembre de 2023 como obligatoriedad para todos los municipios.
Según el art 28 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre LCSP, las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales.
La norma principal que regula la obligatoriedad de la recogida de residuos sólidos urbanos en la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local en la que se indica que se trata de un servicio público obligatorio, especialmente en municipios de más de 5.000 habitantes.
El Ayuntamiento está prestando este servicio actualmente a través de un contrato menor que finaliza el próximo 30-06-2026.
Por ello tiene previsto licitar el servicio de recogida de residuos orgánicos.
El objeto del contrato es Recogida y transporte de residuos orgánicos a Centro de Tratamiento en el municipio de Campo Real. La prestación del servicio va a consistir en la recogida de los contenedores marrones destinados al uso particular de los vecinos como de los grandes tenedores como bares y restaurantes.
El Ayuntamiento de Campo Real no dispone de los medios personales ni materiales para llevar a cabo este servicio.
La duración del contrato se tiene estimada en 16 meses y 15 días, dando comienzo el día 1 de julio de 2026 hasta el 15 de noviembre de 2027.
El presupuesto base de licitación, de acuerdo con el artículo 100.1 de la LCSP, fija el límite máximo de gasto que, en virtud del contrato, puede comprometer el órgano de contratación, incluido el impuesto sobre el valor añadido siendo para la presente licitación el siguiente:
PBL: 28.187,45 € + (10 % IVA) 2.818,75 € = TOTAL 31.006,20 €.
El cálculo del valor estimado, de conformidad con el artículo 101 de la LCSP, es el siguiente:
Valor estimado 28,187,45 €.
El órgano de contratación va a ser Alcaldía en base a lo establecido en la D.A. 2º.1 LCSP.
El procedimiento de contratación elegido debido al valor estimado es el Abierto Simplificado Sumario según lo indicado en el art 159.6 LCSP.
En Campo Real a fecha de firma El concejal delegado de Régimen Interior Fdo: Francisco González Julio DOCUMENTACIÓN FIRMADA ELECTRÓNICAMENTE
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