PCAP_CONECTIVIDAD_AEREA_BILBAO_DEFINITIVO.pdf

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<!-- image --> <!-- image --> ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SERVICIOS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA PROVINCIA DE GRANADA MEDIANTE LA CONECTIVIDAD AÉREA DIRECTA CON BILBAO 2026/PES\_01/004441 ## ÍNDICE ## DISPOSICIONES GENERALES CLÁUSULA 1.- NATURALEZA, CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. CLÁUSULA 3.- PERFIL DE CONTRATANTE. INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS INTERESADOS LICITACIÓN CLÁUSULA 4.- FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN CLÁUSULA 5.- ACLARACIÓN DE OFERTAS CLÁUSULA 6.- CRITERIOS DE DESEMPATE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 7.- GARANTÍA DEFINITIVA CLÁUSULA 8.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ## EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 9.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA CLÁUSULA 10.- RÉGIMEN DE MODIFICACIONES DEL CONTRATO CLÁUSULA 11.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN ------------------------------------------------------------------------------------------------------ -------------------------- CLÁUSULA 12.- ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS SIMPLIFICADOS CLÁUSULA 13.- ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS SIMPLIFICADOS ABREVIADOS CLÁUSULA 14.- ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS NEGOCIADOS 1 de 29 Plaza Mariana Pineda, 10. 18009 Granada | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 1/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## C U A D R O D E C A R A C T E R Í S T I C A S ## Naturaleza del contrato: ADMINISTRATIVO Calificación del Contrato: SERVICIOS IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI Fecha 07/05/2026 11:10:12 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- 2 de 29 Plaza Mariana Pineda, 10. 18009 Granada Número de expediente: 2026/PES\_01/004441 Plazo de presentación de proposiciones: 30 días* PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A CONTAR DESDE EL SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DE LICITACIÓN EN PLACE, O EN SU CASO, DESDE LA FECHA DEL ENVÍO DEL ANUNCIO DE LICITACIÓN A LA OFICINA DE PUBLICACIONES DE LA UNIÓN EUROPEA. *Plazo reducido por admitir la presentación de ofertas por medios electrónicos (art. 156.3.c LCAP) Procedimiento de adjudicación: ABIERTO Varios criterios: SÍ NO Tramitación del expediente: Ordinaria Sujeto a regulación armonizada (SARA): - [ ] SÍ NO Susceptible de recurso especial en materia de contratación: - [ ] SÍ NO Objeto detallado del contrato: Promoción turística de la provincia de Granada mediante conectividad aérea directa con Bilbao (ver PPT) CPV (Vocabulario común de contratos públicos) Código CPV Descripción 79341500 Servicios de publicidad aérea Necesidades administrativas a satisfacer: Promoción turística de la provincia de Granada (ver PPT) La naturaleza o el objeto del contrato permiten la división en lotes: - [ ] SÍ NO División en lotes: SÍ NO Número de lotes: Reserva de lotes: SÍ NO Justificación de la división o no en lotes: Descoordinación y pérdida de eficiencia Oferta integradora: SÍ NO Combinación de lotes para los que se admite oferta integradora: Programa de trabajo a presentar por el contratista: Sí (ver punto 5 PPT) Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: Departamento de Promoción. Responsable del contrato: D. Raúl García Cuesta. Técnico medio de Promoción. | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 2/29 | <!-- image --> <!-- image --> | Tramitación del gasto | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | Anticipada | |--------------------------------------------------|--------------------------------------------------|--------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------|----------------------------------------------------| | Presupuesto base de licitación (PBL): | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) | | 21 % | IVA: 94500 € | IVA: 94500 € | IVA: 94500 € | IVA: 94500 € | IVA: 94500 € | IVA: 94500 € | | | | | | | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | | | | Costes indirectos: | Costes indirectos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | Otros eventuales gastos: | | | Ejercicio 2026 | Importe neto: 60000 € (IVA | Importe neto: 60000 € (IVA | | | | | | | | | | | excluido) | excluido) | IVA: 12600 € | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | Importe total: 72600 € (IVA incluido) | | Anualidades (si proceden): | Ejercicio 2027 | Importe neto: 130082,64 € (IVA excluido) | Importe neto: 130082,64 € (IVA excluido) | IVA: 27317,36 € | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | Importe total: 157400 € (IVA incluido) | | Sí NO | Ejercicio 2028 | Importe neto: 115702,48 € (IVA excluido) | Importe neto: 115702,48 € (IVA excluido) | IVA: 24297,52 € | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | Importe total: 140000 € (IVA incluido) | | Anualidades (si proceden): | Ejercicio 2029 | Importe neto: 144214,88 € (IVA excluido) | Importe neto: 144214,88 € (IVA excluido) | IVA: 30285,12 € | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | Importe total: 174500 € (IVA incluido) | | El valor estimado del contrato (VEC) | El valor estimado del contrato (VEC) | El valor estimado del contrato (VEC) | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | Importe neto: 450000 € (IVA excluido) IVA: 94500 € | | coincide con el PBL SÍ | coincide con el PBL SÍ | coincide con el PBL SÍ | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | Importe total: 544500 € (IVA incluido) | | Método de cálculo del VEC: Ver informe económico | Método de cálculo del VEC: Ver informe económico | Método de cálculo del VEC: Ver informe económico | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | VEC: Ver apartado anterior | 3 de 29 Plaza Mariana Pineda, 10. 18009 Granada | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 3/29 | <!-- image --> <!-- image --> Modificación convencional del contrato: SÍ NO Porcentaje de modificación: % Cláusula de modificación: Aplicación presupuestaria: Orgánica Programa Económica 179 43211 22602 Núm. Operación contable: Debido a la tramitación anticipada, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de la entrada en vigor del expediente de modificación presupuestaria en tramitación (2026/PES\_01/005379 'Modificación de créditos 3\_2026' -Disposición adicional 3ª LCSP) Órganos administrativos con competencia en materia de contabilidad pública Contabilización previa: Código DIR-3 (Factura electrónica) Código - Dependencia Oficina Contable Órgano Gestor Unidad Tramitadora LO2000018 LA0005025 Contabilización definitiva: Patronato Provincial de Turismo Fiscalización: Intervención de Fondos Destinatario del contrato: Patronato Provincial de Turismo Órgano de contratación (Disposición adicional segunda LCSP) Consejo Rector Vicepresidenta, por resolución de delegación número 7296, de 27 de noviembre de 2025 Mesa de contratación Publicada en PLACE Financiación mediante aportaciones de otras Administraciones: SÍ - [x] NO Fondos Europeos: - [ ] SÍ - [x] NO Programa: % de participación: 4 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 4/29 | <!-- image --> <!-- image --> Cantidad: \_\_\_\_\_\_\_ € Fecha de compromiso: Plazo de justificación: Admón. General del Estado: - [ ] SÍ - [x] NO Programa: % de participación: Cantidad: Fecha de compromiso: Plazo de justificación: Admón. Autonómica: - [ ] SÍ - [x] NO Programa: % de participación: Cantidad: \_\_\_\_\_\_\_\_\_€ Fecha de compromiso: Plazo de justificación: Admón. Local: (distinto del Patronato de Turismo). - [ ] SÍ - [x] NO Programa: % de participación Cantidad: € Fecha compromiso: Plazo de justificación: Adjudicación del contrato Debido a la tramitación anticipada, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de la entrada en vigor del expediente de modificación presupuestaria en tramitación (2026/PES\_01/005379 'Modificación de créditos 3\_2026' -Disposición adicional 3ª LCSP) Plazos de ejecución del contrato y garantía: Tres años / No hay plazo de garantía Fecha de inicio de la ejecución del contrato: La que figure en el contrato Duración del contrato: Tres años Prórroga: No Plazos de ejecución parciales: SÍ NO Plazo de garantía: SÍ NO Duración: Justificación: la prestación se agota en el momento del cumplimiento Clasificación Grupo: Subgrupo: Categoría: NO O bien Solvencia: SI 5 de 29 Código Seguro de Verificación IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI Fecha 07/05/2026 11:10:12 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Firmante MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) Firmante JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) Url de verificación https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI Página 5/29 <!-- image --> <!-- image --> ## Solvencia económica o financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito del objeto del contrato, por importe mínimo de 225000 €, en el mejor de los tres últimos ejercicios (1,5 valor estimado en términos anuales. Ver art. 87.1.a LCSP; acreditación según establece el propio art. 87). Solvencia técnica o profesional: Se acreditará la solvencia técnica o profesional mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Para determinar que es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV: 793. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato (art. 90.2 LCSP): 105000 € Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, la relación de los principales servicios o trabajos efectuados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Ver anexo- modelo correspondiente del PCAP. Otros criterios de solvencia: SÍ NO Justificación de los criterios de solvencia exigidos: Se exige la solvencia máxima exigida por el artículo 87 LCSP, dado que los riesgos de este contrato exigen garantizar la de los licitadores. Compromiso o adscripción obligatoria de medios suficientes para la ejecución del contrato: SÍ NO Garantía provisional: SÍ NO Importe: \_\_\_ % Garantía definitiva: SÍ Importe: 5 % del precio final ofertado, excluido el IVA (art. 107.1 LCSP) Garantía complementaria: SÍ NO Importe: \_\_\_ % Criterios de adjudicación valorados mediante juicios de valor: - [ ] SÍ NO Propuesta económica y criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas (a incluir en el sobre A): SÍ NO ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN IMPORTANTE: Los licitadores habrán de presentar toda su documentación en castellano o acompañados de traducción oficial a este idioma (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). CRITERIOS DE JUICIO DE VALOR: HASTA 30 PUNTOS 6 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 6/29 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## ➢ Criterios referentes a las acciones incluidas dentro del Plan de Marketing (30 puntos) Plan de Acción promocional de Marketing (hasta 30 puntos): Las acciones a implementar por el plan de marketing (obligatoriamente de las contenidas en la tabla del punto 4.4 PPT, que debe estudiarse con atención), tanto mediante canales propios de la compañía como en canales externos, se valorarán en base a los siguientes criterios, que están orientados a verificar la idoneidad de las acciones para lograr los objetivos del contrato: | Criterio | Subcriterio | Puntuación máxima | |--------------------------------|-----------------------------------------------|---------------------| | Acciones dentro de la compañía | Adecuación de acciones según Mercado | 5 | | Acciones dentro de la compañía | Acciones 'offline' (ver tabla, punto 4.4 PPT) | 5 | | Acciones dentro de la compañía | Acciones 'online' (ver tabla, punto 4.4 PPT) | 5 | | Acciones fuera de la compañía | Adecuación de acciones según Mercado | 5 | | Acciones fuera de la compañía | Acciones 'offline' (ver tabla, punto 4.4 PPT) | 5 | | Acciones fuera de la compañía | Acciones 'online' (ver tabla, punto 4.4 PPT) | 5 | Para cada uno de los seis subcriterios anteriores, se obtendrá una valoración, según la siguiente tabla: | Valoración | Definición | Puntuación | |--------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------| | Insuficiente | Existe grado de cumplimiento de los elementos valoración, pero es insuficiente o por debajo del adecuado. | 0 | | Suficiente | Cumplimiento normal o adecuado de los elementos de valoración. | Hasta 2 | | Bueno | Cumplimiento por encima de la media de los elementos de valoración. | Hasta 3 | | Notable | Cumplimiento muy satisfactorio de los elementos de valoración. | Hasta 4 | | Excelente | Se satisface de forma excelente el cumplimiento de todos los elementos de valoración. | Hasta 5 | ## CRITERIOS DE EVALUACIÓN AUTOMÁTICA: HASTA 70 PUNTOS ## ➢ Acciones includas dentro del Plan Marketing (hasta 25 puntos) Presupuesto de marketing en canales externos a la compañía aérea (hasta 10 puntos): Las acciones implementadas en el plan de marketing se evaluarán según el porcentaje de canales y actividades desarrolladas, diferenciando entre aquellas realizadas dentro de la compañía aérea y las ejecutadas externamente. Por ese motivo, se asignará una puntuación máxima de 10 puntos, en función del porcentaje de acciones (en valor económico) que se lleven a cabo en canales externos a la compañía. 20 %: 25 puntos Si el porcentaje destinado a canales externos es ≥ Si el porcentaje destinado a canales externos es &lt; 20%, se aplicará la siguiente fórmula: Pi = PMAX × ( Oferta i/20 ) Donde: Pi: Puntos licitador evaluado. PMAX: Puntuación máxima del criterio (25 puntos). Oferta i: Porcentaje del presupuesto de marketing destinado a canales externos a la compañía. ## ➢ Plan de Conectividad (hasta 35 puntos) Las ofertas deberán garantizar conectividad aérea desde el aeropuerto de Granada (GRX) con el destino. Además, se valorará positivamente cualquier ampliación de las conexiones propuestas incrementando las frecuencias en la propia temporada de verano indicada o añadiendo operaciones durante los meses de invierno del año correspondiente. La oferta mínima exigida por cada lote será de 62 frecuencias (124 vuelos de ida y vuelta), que deberán ser operadas durante el año natural que corresponda, ya sea en temporada de verano o meses de invierno. Se admitirán propuestas de hasta un máximo de 140 frecuencias. La puntuación asignada a la aerolínea evaluada se calculará en base a la siguiente fórmula: 7 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 7/29 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Pi= Oferta i x (Pmax/Oferta max) Donde: Pi: Puntos aerolínea evaluada. Pmax: Puntuación máxima del criterio (35 puntos). Oferta i: Volumen de frecuencias ofrecidas por la aerolínea evaluada (mínimo=62). Oferta max: Volumen de frecuencias ofrecidas por la oferta más alta. ## ➢ Criterios referentes a la Oferta económica (hasta 10 puntos) Se asignará la puntuación máxima de 10 puntos a la oferta económica más baja, puntuando el resto de forma proporcional mediante reglas de tres inversas. La puntuación asignada al licitador evaluado se calculará en base a la siguiente formula: P\_i= 〖 Oferta 〗 \_MIN x P\_MAX/ 〖 Oferta 〗 \_i Donde: Pi: Puntos licitador evaluado. PMAX: Puntuación máxima del criterio (10 puntos). Oferta i: Oferta económica por el licitador evaluada. Oferta MIN: Oferta económica más baja presentada. Se considerará que una oferta es anormal o desproporcionada cuando su baja sea más alta que la media de todas las presentadas más diez unidades. En tal caso, se estará a lo previsto por el artículo 149 LCSP. Justificación de los criterios de adjudicación: Los criterios elegidos son los adecuados para seleccionar la oferta y están relacionados con el objeto del contrato. Los que dependen de un juicio de valor suponen solo el 30 % y están descritos con detalle. ## Comité de expertos: SÍ NO Variantes o alternativas: SÍ NO Régimen de pagos: Pagos parciales mediante factura conformada en los términos detallados por el Pliego de Prescripciones Técnicas (ver punto 9 PPT). Revisión de precios: SÍ NO Fórmula de revisión aplicable: Limitación de subcontratación: SÍ NO Exigencia de otro(s) seguro(s), distinto(s) al de responsabilidad civil: SÍ NO Obligaciones contractuales esenciales: SÍ NO Ver punto 13 PPT No ejecución de las frecuencias comprometidas / incumplimiento del Plan de Marketing / falta de entrega de informes de seguimiento o ejecución / obstrucción o negativa al control y supervisión técnica / incumplimiento de los plazos esenciales del cronograma Condiciones especiales de ejecución: SÍ NO No utilizar lenguaje discriminatorio o sexista en las campañas de promoción Condición especial de compatibilidad: La empresa Gestió i promoció aeroportuaria SAU, participó en la preparación de las prescripciones técnicas originales, por tanto, ella y las empresas a ella vinculadas, pueden llegar a ser excluidas de la licitación en aplicación del artículo 70 LCSP. La ejecución del contrato requiere el tratamiento de datos personales: SÍ NO En caso afirmativo: Información con carácter confidencial: SÍ NO 8 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 8/29 | <!-- image --> <!-- image --> Penalidades específicas: SÍ - [ ] NO La no ejecución de las acciones ofertadas por causa imputable a la empresa, y en particular, las cancelaciones de vuelos por causas operativas en tanto que ello suponga la no realización de acciones de promoción publicitaria (ver punto 12 PPT) Causas específicas de resolución del contrato: SÍ NO Incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales / Incumplimiento de los plazos esenciales del cronograma (ver punto 13 PPT) Recurso especial en materia de contratación: Si Órgano competente para su resolución: Tribunal Administrativo de contratación pública de la Diputación de Granada tribunal.contratacion@dipgra.es IMPORTANTE: Los licitadores habrán de presentar toda su documentación en castellano o acompañada de traducción oficial a este idioma (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). ## Esquema para la presentación de documentación SOBRE 1: - DEUC - Declaración de pertenencia o no a un grupo empresarial - En caso de concurrir en Unión Temporal de Empresas (UTE), compromiso de constitución de la misma. - En su caso, declaración de sometimiento a la jurisdicción española, informe de la misión diplomática u oficina consular e informe de reciprocidad. SOBRE 2: Oferta criterios de evaluación mediante juicio de valor SOBRE 3: Oferta criterios de evaluación automática ## Documentación a aportar por el propuesto como adjudicatario - Documentación que acredite la personalidad jurídica del empresario (art. 21 RGLCAP y art. 84 LCSP) y su representación. - Documentación justificativa de la solvencia técnica y financiera, acreditada por los medios establecidos en el cuadro de características del contrato del PCAP. - Documentación justificativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a efectos de procedimientos de contratación. - Documentación que acredite el concierto de un seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente (ver cláusula 9ª Obligaciones del contratista del PCAP). - Declaración responsable, que indique la condición o no de PYME. - Documentación acreditativa de la constitución de garantía definitiva. - En caso de integración de la solvencia con medios externos, compromiso debidamente cumplimentado que figura como ANEXO al presente Pliego. - En caso de subcontratar, el contratista deberá comunicar la parte de la prestación que tiene intención de subcontratar, la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista. También deberá justificar suficientemente la aptitud de este para ejecutarla, para ello debe presentar: - &gt; Certificados de la subcontratista de hallarse al corriente con las obligaciones tributarias y Seguridad Social, ambos certificados deberán constar que han sido emitidos a los efectos de contratar con el Sector Público, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre. - &gt; Referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone la subcontratista y su experiencia. - - &gt; Acreditar que el subcontratista no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71. Declaración responsable del subcontratista 9 de 29 Código Seguro de Verificación IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI Fecha 07/05/2026 11:10:12 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Firmante MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) Firmante JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) Url de verificación https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI Página 9/29 <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> | declarando tal punto. | |-------------------------| ## DISPOSICIONES GENERALES ## CLÁUSULA 1.- NATURALEZA, CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. El contrato a que se refiere el presente pliego es un contrato administrativo de servicios y se regirá, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP); igualmente, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), y por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la LCSP (RpLCSP), en tanto no se opongan a lo dispuesto en la Ley. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En materia de protección de datos, se someterá a la normativa nacional y europea vigente en ese momento. En materia de protección de datos, se someterá a la normativa nacional y europea vigente en cada momento. Este pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), sus anexos, así como el pliego de prescripciones técnicas (PPT) revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los respectivos contratos y éstos, se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este pliego y al contenido íntegro de la oferta del adjudicatario. El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normativa de toda índole que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de su cumplimiento. ## CLÁUSULA 2.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. El órgano de contratación designará, en este Pliego o posteriormente, un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquellos le atribuyan. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a él. CLÁUSULA 3.- PERFIL DE CONTRATANTE. INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS INTERESADOS. 1.- El perfil de contratante del Patronato Provincial de Turismo es accesible a través de la página web de la misma (www.turgranada.es), alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Cualquier información adicional o consulta sobre los pliegos o documentación complementaria, será solicitada a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, al menos doce días antes (o el precedente día hábil) al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. Dicha información será proporcionada por el órgano de contratación, a más tardar, 6 días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas; 3 días si la tramitación del expediente es urgente; o bien, 4 días si la tramitación es urgente y el contrato se encuentra sujeto regulación armonizada. No obstante, cuando lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, no regirán los plazos preclusivos establecidos en el párrafo anterior y las respuestas no tendrán carácter vinculante. Las notificaciones, comunicaciones y avisos de la licitación se harán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público del Estado, por lo que los licitadores deberán registrarse en ella para comunicarse mediante dirección electrónica habilitada. - 2.- Información acerca del tratamiento de datos del licitador. 10 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 10/29 | <!-- image --> <!-- image --> En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente, el licitador queda informado de que los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación de la prestación del servicio objeto del presente contrato serán tratados por el Patronato Provincial de Turismo de Granada, Plaza de Mariana Pineda, 10, 18009 Granada, como responsable de dicho tratamiento, con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato, así como a efectos de estadística y archivo, ante la cual puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, y portabilidad. Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar al Patronato de Turismo cualquier modificación en sus datos de carácter personal. En el caso en que el licitador aporte documentos que contengan datos de carácter personal de sus trabajadores o de terceros, ya sea durante la presentación de la oferta o la ejecución del contrato, garantiza que dicha información cumple todas las garantías previstas en la normativa en vigor respecto al derecho de información y en su caso, consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos al Patronato de Turismo. El licitador únicamente comunicará al Patronato de Turismo datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades de la prestación del servicio objeto del presente contrato, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos al día, y obligándose a comunicar al Patronato de Turismo en el plazo legalmente establecido al efecto aquellos que hayan sido rectificados y/o deban ser cancelados según proceda. ## LICITACIÓN CLÁUSULA 4.- FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN. La licitación será electrónica, debiendo los licitadores presentar sus proposiciones, necesaria y únicamente, a través de la 'Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas' de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Los licitadores deberán tener en cuenta, a la hora de presentar sus ofertas, los límites que se establecen en la Guía de Licitación Electrónica que pueden consultarse en la Plataforma. En el caso de cualquier incidencia técnica, a la hora de presentar la oferta, deberá dirigirse a la Plataforma en la dirección de correo licitacionE@hacienda.gob.es Las proposiciones de los interesados y la documentación para la licitación se formularán en lengua castellana. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción oficial correspondiente, no será considerada por el órgano de contratación. Todas las referencias contenidas a lo largo del presente pliego a 'sobres' se entenderán hechas a 'sobres electrónicos'. El plazo de presentación de las proposiciones será el establecido en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, y contendrá la siguiente documentación: En el procedimiento abierto, cuando haya criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, se han de presentar tres sobres distintos, cada uno de ellos señalados con los números A, B y C según corresponda, y con la denominación y el contenido que se señala a continuación: - SOBRE A. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Dentro de este sobre deberá aportarse: - El Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que se encuentra disponible en formato editable en el Perfil de Contratante que se cumplimentará conforme a las instrucciones incluidas en el Anexo correspondiente de este Pliego, debiendo presentarse firmado por el licitador o su representante. - La Declaración de pertenencia o no a un grupo empresarial, donde se exprese, en documento firmado por el licitador o su representante y según proceda: Que la empresa NO pertenece a un grupo ni concurre ninguno de los supuestos establecidos en el Art. 42.1 del Código de Comercio, a los efectos de lo previsto en el artículo 149.3 de la LCSP y 86 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP. 11 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 11/29 | <!-- image --> <!-- image --> O bien: Que la empresa pertenece a un grupo empresarial, debiendo en tal caso expresar su denominación y adjuntar el listado las empresas que lo integran. Además, deberá indicar cuáles de ellas concurren a la licitación, si es el caso. - Solo en el caso de concurrir en Unión Temporal de Empresarios (UTE), el correspondiente compromiso de constitución de la unión, donde se expresen los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como la asunción del compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarias del contrato y el representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes, designado para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. Además, cuando se concurra a la presente licitación en UTE, se deberá aportar un DEUC por cada empresa participante. - Documentación específica y adicional a presentar por los empresarios extranjeros: Todas las empresas no españolas deben aportar: - Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador (artículo 140.1 f) LCSP). Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar: - Informe que acredite la capacidad de obrar expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. - Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. - SOBRE B. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE JUICIO DE VALOR. Dicha documentación deberá aportarse de acuerdo con lo establecido en el cuadro de características. - SOBRE C. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Dicha documentación deberá aportarse de acuerdo con lo establecido en el cuadro de características y conforme al modelo de oferta que figura como anexo al presente PCAP. En el caso de que sólo haya un criterio de adjudicación relacionado con los costes o varios criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas, no procederá la presentación del sobre B. No se admitirán las proposiciones presentadas sin firma de persona con poder suficiente. Toda la documentación que deben presentar los licitadores conforme a los Pliegos que rigen esta licitación, ha de aportarse según el esquema ofrecido, para mayor claridad, en el apartado correspondiente del cuadro de características. Es muy importante que los licitadores se ajusten a dicho esquema. La Mesa y/o el órgano de contratación se ceñirán al mismo para el examen de la documentación correspondiente a cada sobre y resolver lo que en cada caso proceda conforme a derecho. ## CLÁUSULA 5.- ACLARACIÓN DE OFERTAS. La Mesa o el Órgano de contratación podrán solicitar a los licitadores aclaración sobre la oferta presentada, o si hubieren de corregir manifiestos errores materiales en la redacción de la misma, respetando siempre los principios de transparencia e igualdad de trato y sin que puedan, en ningún caso, modificarse los términos de la oferta. De todo lo actuado deberá dejarse constancia documental en el expediente. 12 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 12/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## CLÁUSULA 6.- CRITERIOS DE DESEMPATE. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: - a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. - b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. - c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. - d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere esta cláusula será aportada por los licitadores, previo requerimiento, en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. ## ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ## CLÁUSULA 7.- GARANTÍA DEFINITIVA. El licitador que hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar en el plazo legalmente establecido y concretado en el requerimiento que se realice al efecto, la constitución a disposición del órgano de contratación de la garantía definitiva que figura en el cuadro de características. Conforme al artículo 116.6 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, éstas sólo tendrán que aportar el 25% de la garantía. La garantía exigida podrá prestarse en alguna de las formas que se establecen en el artículo 108 de la LCSP y se depositará en la Caja de la Corporación; las garantías distintas del depósito en metálico (avales y seguros de caución), habrán de ser prestadas preferentemente por entidades con oficina en funcionamiento en la provincia de Granada. En el caso de que se oferte la ampliación del plazo de garantía, la devolución de la garantía definitiva no se producirá hasta que concluya el plazo ofertado. ## CLÁUSULA 8.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. En estos casos, en concepto de compensación por los gastos en que hubieran incurrido los licitadores, se establece la cantidad de 100 euros. ## EJECUCIÓN DEL CONTRATO ## CLÁUSULA 9.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. - -Darse de alta en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Granada. - -Respetar la normativa vigente en materia de protección de datos. - -En materia de tratamiento de datos personales, si en la ejecución del contrato se requiere su tratamiento, aspecto que se habrá indicado en el cuadro de características del contrato, son de aplicación las siguientes obligaciones: - La empresa adjudicataria deberá presentar, antes de la formalización del contrato, una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. - En cumplimiento del art. 201 LCSP, el contratista está obligado al pago de las obligaciones salariales que deriven del Convenio colectivo aplicable, pudiendo el responsable del contrato, en cualquier momento, requerir declaración responsable o cualquier otro documento que lo acredite. - Comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere el apartado anterior. 13 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 13/29 | <!-- image --> <!-- image --> - Los licitadores deberán indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización ## CLÁUSULA 10.- RÉGIMEN DE MODIFICACIONES DEL CONTRATO. Las modificaciones no previstas en este pliego, solo podrán efectuarse excepcionalmente cuando sean necesarias y se cumplan las condiciones que establece el artículo 205 LCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 LCSP. ## CLÁUSULA 11.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. CESIÓN DEL CONTRATO. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. Sin perjuicio del porcentaje de ejecución del contrato, o del periodo de explotación en los contratos de concesión de obras o de concesión de servicios, de acuerdo con el apartado 2, letra b) del art. 214 LCSP, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando esta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un elemento esencial del contrato. Para que los contratistas puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros, se requerirá autorización, previa y expresa del órgano de contratación y el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el párrafo 2 del artículo 214 LCSP. - El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. ## SUBCONTRATACIÓN - El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, excepto en aquellos contratos cuya ejecución exija la adopción de medidas de seguridad especiales, de acuerdo con disposiciones legales o reglamentarias, en cuyo caso se requerirá la autorización expresa del órgano de contratación. Será de aplicación lo previsto en el artículo 215.2.b) LCSP. - El contratista principal no podrá subcontratar, de ningún modo, en los casos siguientes: - a) Cuando los pliegos que regulen los contratos de obras, de servicios, o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un contrato de suministro, determinen justificadamente en el expediente de contratación, que determinadas tareas críticas no puedan ser objeto de subcontratación, de acuerdo con el artículo 75.4 LCSP. - b) Cuando se pretenda subcontratar la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 71 LCSP. - La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia, o de las que hacen urgente la subcontratación, tendrá entre otras previstas en la LCSP, ponderando la repercusión sobre el contrato, alguna de las siguientes consecuencias: - a) La imposición al contratista de una penalidad de hasta el 50 por ciento del importe del subcontrato. - b) La resolución del contrato, siempre y cuando se incumplan obligaciones esenciales del contrato, así declaradas expresamente y figuren enumeradas de manera precisa, clara e inequívoca en los pliegos o en el documento descriptivo, no siendo admisible cláusulas de tipo general, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 211 LCSP. 14 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 14/29 | <!-- image --> <!-- image --> Los subcontratistas no tendrán acción directa frente al Patronato por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. - El contratista está obligado a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones previstos en el artículo 216 LCSP. - El Patronato podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista ha de hacer a los subcontratistas y suministradores que participen en la ejecución del contrato. Será de aplicación, en este caso, el artículo 217 LCSP. - CLÁUSULA 12.- ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS SIMPLIFICADOS. - En los casos en los que el procedimiento de adjudicación acordado sea el abierto simplificado (opción que se concretará en el cuadro de características de este pliego), la tramitación del procedimiento se ajustará a las siguientes especialidades: - 1.- Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia. - 2.- No procederá la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores. - 3.- El plazo de presentación de las proposiciones será el establecido en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. - 4.En el procedimiento abierto simplificado, cuando haya criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, se han de presentar dos sobres distintos, cada uno de ellos señalados con las letras A y B según corresponda, y con la denominación y el contenido que se señala a continuación: - SOBRE A. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE JUICIO DE VALOR Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. La documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante juicio de valor deberá aportarse de acuerdo con lo establecido en el cuadro de características. La documentación administrativa se cumplimentará conforme a lo establecido en la cláusula 4 de este PCAP. - SOBRE B. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. La proposición económica y documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas, deberá aportarse de acuerdo con los criterios señalados en el cuadro de características y conforme al modelo de oferta que figura como anexo al presente PCAP. En el caso de que sólo haya un criterio de adjudicación relacionado con los costes o varios criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas, la oferta, la declaración responsable y otros documentos, se presentarán juntos en un único sobre. - 5.- La apertura de los sobres conteniendo la proposición se hará por el orden que proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la LCSP en función del método aplicable para valorar los criterios de adjudicación establecidos en el cuadro de características. La apertura se hará por la mesa de contratación a la que se refiere el apartado 6 del artículo 326 de la LCSP. - 6.- En los supuestos en que en el procedimiento se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, la valoración de las proposiciones se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a siete días, debiendo ser suscritas por el técnico o técnicos que realicen la valoración. - 7.- En todo caso, la valoración a la que se refiere el apartado anterior deberá estar efectuada con anterioridad al acto público de apertura del sobre que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. En dicho acto público se procederá a la lectura del resultado de aquella. Tras dicho acto público, en la misma sesión, la mesa procederá conforme a lo establecido en el art. 159.4 letra f) de la LCSP. 15 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 15/29 | <!-- image --> <!-- image --> - 8.- En los casos en que a la licitación se presenten empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar, en este último caso, en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva. - 9.- En los casos de declaración de urgencia del expediente de contratación no se producirá la reducción de plazos a la que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 119 de la LCSP. En lo no previsto en esta cláusula se observarán las normas generales aplicables al procedimiento abierto. CLÁUSULA 13.ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS ABIERTOS SIMPLIFICADOS ABREVIADOS. En los casos en los que el procedimiento de adjudicación acordado sea el abierto simplificado abreviado (opción que se concretará en el cuadro de características de este pliego), la tramitación del procedimiento se ajustará a las siguientes especialidades: - 1.- El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante. No obstante lo anterior, cuando se trate de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de 5 días hábiles. - 2.- Cualquier información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria, habrá de ser solicitada a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público del Estado, dentro de los dos primeros días del plazo señalado en el cuadro de características para presentar proposiciones. - 3.- Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. - 4.- La oferta y la documentación administrativa se entregarán en un único sobre. La oferta se evaluará, en todo caso, con arreglo a los criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas que se señalen en el cuadro de características. - 5.La valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante dispositivos informáticos, o con la colaboración de una unidad técnica que auxilie al órgano de contratación. Se garantizará, mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las proposiciones no se realiza hasta que haya finalizado el plazo para su presentación, por lo que no se celebrará acto público de apertura de las mismas. - 6.- Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato. - 7.- El órgano de contratación podrá eximir de la obligación de constituir la garantía definitiva. - 8.- La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. En todo lo no previsto en esta cláusula se aplicará la regulación general del procedimiento abierto simplificado. ## CLÁUSULA 14.- ESPECIALIDADES DE LOS PROCEDIMIENTOS NEGOCIADOS. Cuando, concurriendo alguno/s de los requisitos enumerados en los artículos 167 y 168 de la LCSP, el procedimiento de adjudicación acordado sea el negociado con o sin publicidad, se concretará dicha opción en el cuadro de características de este pliego, donde también se expresarán los aspectos económicos y técnicos, en su caso, que hayan de ser objeto de negociación con las empresas; los criterios de adjudicación; y la descripción de las necesidades del órgano de contratación. Respecto al procedimiento para negociar, cuya tramitación seguirá las especialidades que se recogen en los artículos 169 a 171 de la LCSP, según 16 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 16/29 | <!-- image --> <!-- image --> corresponda, el órgano de contratación o sus servicios técnicos dirigirán la negociación requiriendo a los participantes para que mejoren sus ofertas iniciales respecto de alguno o algunos de los aspectos indicados en el pliego como susceptibles de tal negociación. Cuando se considere que la negociación es suficiente, el órgano de contratación la declarará concluida y aplicará los criterios de adjudicación para determinar la oferta que debe ser propuesta como adjudicataria del contrato. Las proposiciones de los interesados y la documentación para la licitación deberán presentarse conforme a lo establecido en la cláusula 4 de este Pliego. 17 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 17/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO- INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN - 1) La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS para participar en este procedimiento de licitación. El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación. El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015. En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que sustituye. - 2) Formulario normalizado DEUC. 2. El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en las siguientes direcciones electrónicas: https://ec.europa.eu/tools/espd/filter?lang=es http://www.dipgra.es/contenidos/perfilcontratante/ ## 3) Instrucciones. Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Además, en este supuesto y en caso de resultar propuesto como adjudicatario, aportará el compromiso por escrito de las entidades a cuyas capacidades recurra, conforme al modelo ofrecido como anexo en el presente PCAP. Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC. Además del formulario o formularios normalizados del DEUC y del compromiso de constitución de la UTE, en su caso, en el sobre que corresponda según lo establecido en el presente Pliego, deberá incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia o no a un grupo empresarial. Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario. 18 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 18/29 | <!-- image --> <!-- image --> Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes documentos: - \_ Reglamento (UE) nº 2016/7 disponible en la página web: https://www.boe.es/doue/2016/003/L0001600034.pdf. - \_ Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016. Deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo: - o PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador). - o PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO ## Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO - Identificación Como n º de IVA se deberá indicar el NIF o CIF (ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras). - Información general - Forma de participación ## Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO - Representación, en su caso (datos del representante) ## Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES - Recurso (Sí o No) ## Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS - Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos) - o PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción). Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG. SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones) Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto) - o PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN - OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN 19 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 19/29 | <!-- image --> <!-- image --> - OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente (cumplimentar todas las secciones) - -Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes). - -Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones del pliego, anuncio o invitación). - -Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones del pliego, anuncio o invitación). - -Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL. - o PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS. - o PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador). 20 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 20/29 | <!-- image --> <!-- image --> IMPORTANTE: Los licitadores habrán de presentar toda su documentación en castellano o acompañados de traducción oficial a este idioma (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). ANEXO - MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS D./Dª…………………………………………………….., con domicilio en ………………………………………………………… y D.N.I. nº……………………, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de …………………………………………….), formulo la siguiente oferta: Criterio: presupuesto de marketing en canales externos a la compañía aérea (hasta 25 puntos): Las acciones implementadas en el plan de marketing se evaluarán según el porcentaje de canales y actividades desarrolladas, diferenciando entre aquellas realizadas dentro de la compañía aérea y las ejecutadas externamente. Por ese motivo, se asignará una puntuación máxima de 10 puntos, en función del porcentaje de acciones (en valor económico) que se lleven a cabo en canales externos a la compañía. Presupuesto de acciones (en valor económico) en canales externos:………………..…………………… euros (IVA excluido). Criterio: conectividad (hasta 35 puntos): ………………………………………………. frecuencias (entre 62 y 1 40) Criterio: mejor precio (hasta 10 puntos): ofrezco el siguiente porcentaje de baja sobre el presupuesto de licitación (450 000 €): …………….. % baja Se considerará que una oferta es anormal o desproporcionada cuando su baja sea más alta que la media de todas las presentadas más diez unidades. En tal caso, se estará a lo previsto por el artículo 149 LCSP. - Que, a todos los efectos, debe entenderse que la presente oferta comprende no sólo las mejoras, sino también los gastos generales de la Empresa, gastos financieros, cargas fiscales, tasas de la Administración legalmente establecidas y beneficio industrial, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno. - Que, en su caso, tiene previsto: - [ ] No subcontratar Subcontratar. En este caso, deberá indicar la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, indicando su importe, y el nombre o perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. - Que forma parte de un grupo de empresas, lo que será tenido en cuenta para el cálculo de las bajas anormales (ver artículos 149.3 LCSP y 42 del Código de Comercio). En caso de no cumplir con la aportación de información veraz sobre esta circunstancia, el órgano de contratación podrá notificarlo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por la posible infracción a la legislación de defensa de la competencia: - [ ] Sí (en este caso afirmativo, relacionar las empresas que forman parte del grupo) - [ ] No - Que tiene la condición de PYME: - [ ] Sí - [ ] No Lugar, fecha y firma 21 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 21/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO - MODELO DE COMPROMISO PARA LA INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS (A APORTAR, EN SU CASO, POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) D./Dña …………………………………………………….., con NIF ........................., en nombre y representación de la entidad ……………………………………………….., con CIF. ……………… propuesta como adjudicataria del contrato de Servicio ……………........................................................................................., licitado por el Patronato provincial de Turismo de Granada. Y D./Dña …………………………………………………….., con NIF ........................., en nombre y representación de la entidad ……………………………………………….., con CIF. ……………… Se comprometen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a: - Que la solvencia o medios que pone a disposición la entidad........................................... a favor de la entidad............................................son los siguientes (se deberá indicar la solvencia o medios concretos): - - - Que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de la solvencia o medios que se describen en este compromiso. - Que la disposición efectiva de la solvencia o medios descritos no está sometida a condición o limitación alguna. Fecha, firma del licitador, firma de la otra entidad y sello de ambas, en su caso. 22 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 22/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO - MODELOS DE AVAL ## MODELO DE AVAL BANCARIO ………………………………………………………….. ( Denominación del Banco o Caja ), con C.I.F.…………………………………., y domicilio en…………………………………………………, y en su nombre y representación D./Dª. ……………………………………………………….., con poderes suficientes para obligarle en este acto, otorgados ante el/la Notario de ………………………………… D./Dª. …………………………………………………………., el día ………………………………, número de protocolo …………………………, que no han sido revocados y que han sido considerados bastantes por ……………………………………….. ## AVALA A.............................................................................. (nombre y apellidos o razón social del avalado) con NIF. o CIF. ......................................, en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 de la LCSP, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se pudieran derivar (art. 110 de la LCSP) de la adjudicación del contrato........................................................................................................................................................................................................ .................................. (nº de expediente y concepto), ante el Patronato Provincial de Turismo de Granada, por importe de ......................................................................................................................... (en letra y número). Este aval tendrá validez en tanto el Patronato de Turismo no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el Registro Especial de Avales de nuestra Entidad con fecha.......................... nº de Registro ................................... Y para que conste y surta los efectos oportunos, se firma el presente documento de Aval en Granada, a ......... de .......................... de .............. LA ENTIDAD (*) Fdo.: ................................................... *IMPRESCINDIBLE FIRMA DEL DIRECTOR O REPRESENTANTE Y SELLO DE LA ENTIDAD. Cuando se trate de Entidades Bancarias o aseguradoras no habituales deberá acompañarse del correspondiente bastanteo previo. 23 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 23/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## MODELO DE AVAL ASEGURADORAS La Compañía .............................................................................................. ## ASEGURA a ............................................................................. (nombre y apellidos o razón social) con NIF. o CIF.............................., en concepto de tomador del seguro, ante el PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO, en adelante, asegurado, hasta el importe de .......................................................................................................(especificar en número y letra), en los términos y condiciones establecidos en la LCSP, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato……………………………………………………………………………………………………((nº de expediente y concepto) en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la LCSP, y legislación complementaria. En ..........................., a ...... de ......................... de ......... LA COMPAÑÍA (*) Fdo.: ................................................... *IMPORTANTE SELLO Y FIRMA. Cuando se trate de Entidades Bancarias o aseguradoras no habituales deberá acompañarse del correspondiente bastanteo previo. 24 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 24/29 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## MODELO AVAL SOLIDARIO PARA FUTURA U.T.E. La entidad (razón social y CIF de la entidad avalista) …………………………………, con domicilio en (calle, plaza, avenida, c.p. , localidad y provincia) ………………………………………………………………………………………………………………y en su nombre (nombre, apellidos y NIF de las personas apoderadas): ………………………………………………………………………………………………………………con poder suficiente para obligarle en este acto según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, ## AVALA A (nombre y apellidos o razón social) ……………………………………………………, con NIF/CIF …………………………… y, junto a ésta, solidariamente a (decir el nombre, apellidos o razón social, así como el NIF /CIF de todos y cada uno de los integrantes de la futura UTE)………………………………………………………………………………………………………….en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se pudieran derivar (art. 110 de la LCSP) de la adjudicación del contrato de…………………………………………………………………………………………………………… (indicar concepto y nº de expediente) ante el PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO por importe de ............................................................................................................................... (en letra y número). Este aval se otorga solidariamente, con renuncia expresa al beneficio de excusión a que se refiere al artículo 1.830 del Código Civil, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Diputación Provincial de Granada, con sujeción a los términos previstos en la LCSP y en sus normas de desarrollo, especialmente en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y en la normativa reguladora de la Tesorería de las Entidades Locales. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este Aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que la Diputación Provincial de Granada resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval. El presente aval ha sido inscrito en el Registro especial de avales en fecha………………………….. con el número………………………… Lugar y fecha de su expedición Razón social de la entidad Firma de los Apoderados 25 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 25/29 | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO -MODELO DE RELACIÓN DE TRABAJOS REALIZADOS EN LOS CINCO ÚLTIMOS AÑOS DE IGUAL O SIMILAR NATURALEZA QUE LOS QUE CONSTITUYEN EL OBJETO DEL CONTRATO | TITULO DEL TRABAJO | DESTINATARIO PÚBLICO O PRIVADO | LUGAR | PLAZO DE EJECUCIÓN | PRESUPUESTO SIN IVA | IMPORTE IVA | FECHA | |----------------------|----------------------------------|---------|----------------------|-----------------------|---------------|---------| (Importante: La relación anterior deberá acompañarse de los correspondientes certificados de buena ejecución que indiquen el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. Además, deberán precisar si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término Fecha, firma y sello de la empresa 26 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 26/29 | <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO -MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Don/Dña……………………………………………………………, con NIF. …………………….., en nombre propio/ en representación de…………………………………………………………, con CIF. ………………………………….. (cumplimentar lo que proceda). ## A U T O R I Z A A la Diputación de Granada a solicitar la cesión de la información, por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, a efectos del procedimiento de contratación TITULO ……………………………………………………………………………………………………… Nº EXPTE……………………., de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, y demás disposiciones de aplicación. En ............................, a .......... de ................................. de 20............... 27 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 27/29 | <!-- image --> <!-- image --> ANEXO -MODELO DE COMPROMISO DE DEDICACIÓN O ADSCRIPCIÓN A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE LOS MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES SUFICIENTES, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE DEL CUADRO DE CARACTERÍSTICAS Y DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 76.2 DE LA LCSP (A APORTAR, EN SU CASO, POR EL PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO) Expediente nº: Título de la obra : | Medios personales asignados con carácter permanente al contrato: | Medios personales asignados con carácter permanente al contrato: | Medios personales asignados con carácter permanente al contrato: | Medios personales asignados con carácter permanente al contrato: | |--------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------| | Puesto y nº de personas: | Titulación : | Antigüedad | Experiencia | | | | Años | | | | | Años | | | | | Años | | | | | Años | | | | | Años | | | | | Años | | Medios materiales asignados con carácter permanente al contrato: Fecha, firma del representante y sello de la Empresa Localidad: 28 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 28/29 | <!-- image --> <!-- image --> Firmado y fechado electrónicamente. Jefe del Servicio de Administración ## DILIGENCIA PARA HACER CONSTAR QUE: Examinado el presente pliego y expediente, informados favorablemente por ele Servicio de Administración, la Secretaria General presta su conformidad a los mismos a los efectos previstos en el art. 122.7 y en la Disposición adicional tercera 8, ambos de la LCSP. Granada, a fecha de firma electrónica LA VICESECRETARIA 29 de 29 | Código Seguro de Verificación | IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Fecha | 07/05/2026 11:10:12 | |---------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Normativa | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. | | Firmante | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | MARIA ENCARNACION PEREA SANCHEZ (Vicesecretaria-Diputación de Granada) | | Firmante | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | JOSE MIGUEL CARBONERO GALLARDO (Jefe de Servicio de Administración-Patronato de Turismo) | | Url de verificación | https://moad.dipgra.es/moad/verifirma- moad/code/IV7REXCJYFGOXSVL2RYWEEKTMI | Página | 29/29 | <!-- image -->