Documento de aprobación del expediente
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## APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN POR LOTES DEL PROGRAMA DE SEGUROS DE VIPASA
EXPEDIENTE: VI/26/02-S
El Consejero Delegado de VIPASA actuando como órgano de contratación
## ANTECEDENTES
Primero . -De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), se acordó el inicio del expediente de contratación para la adjudicación por lotes del Programa de Seguros de VIPASA.
Segundo . -En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la LCSP, consta en el expediente la motivación de la necesidad de la contratación, así como la insuficiencia de medios propios de la entidad para la realización de la prestación.
Tercero . -Consta en el expediente:
La Memoria justificativa, en la que se determinan el presupuesto base de licitación, el valor estimado del contrato, la duración, el procedimiento de adjudicación y el resto de los elementos exigidos por la LCSP.
Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación.
La existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas derivadas del contrato.
Cuarto . -El contrato se tramitará mediante el procedimiento y régimen previstos en los pliegos, de conformidad con lo establecido en la LCSP.
En virtud de lo anterior, y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 28, 62, 100, 101, 116, 117 y 326 de la LCSP, el Consejero Delegado,
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## ACUERDA
PRIMERO . -Aprobar el expediente de contratación VI/26/02-S para la adjudicación por lotes del Contrato del Programa de Seguros de VIPASA, en los términos que resultan de la documentación incorporada al expediente.
SEGUNDO . -Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación.
TERCERO . -Aprobar el gasto derivado de la contratación, de conformidad con el presupuesto base de licitación y la distribución económica que constan en la Memoria justificativa del expediente, existiendo crédito adecuado y suficiente para ello.
CUARTO . -Dejar constancia de que:
El presupuesto base de licitación, el valor estimado del contrato, la duración del contrato, incluidas, en su caso, las prórrogas, y el procedimiento de adjudicación, son los que figuran detalladamente en la Memoria justificativa y en los pliegos que integran el expediente, formando todos ellos parte inseparable del mismo, de conformidad con los artículos 100 y 101 de la LCSP.
QUINTO
.
-
Designar la Mesa de Contratación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 326 de la LCSP, con la siguiente composición:
Presidenta: Patricia Pozueco Méndez-Suárez
Presidenta suplente: Elena Rodríguez García
Secretaria: Pilar Miranda Fernández
Secretario suplente: Paul Folgueras Fende
Vocal: María Teresa Tramón Díaz
Vocal: Elena Llaneza Hevia
Vocal suplente: Natalia Fernández Fano
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SEXTO . -Designar como responsable del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la LCSP, a:
Don Juan José Lastra García-Barón, Director Técnico de VIPASA.
SÉPTIMO . -Disponer la publicación del anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, a través del Perfil del Contratante de VIPASA, en los términos legalmente establecidos.
Fdo.: Jesús Daniel Sánchez Fernández
Consejero Delegado de VIPASA