Cuadro de Características de la licitación
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ANEXO I. CUADRO DE CARACTERÍSTICASTramitación según la LCSP
:
- [x] ordinaria
Tramitación contable
:
- [x] ordinaria
- [ ] anticipada
## 1. PODER ADJUDICADOR.
| ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: | Ayuntamiento de Puertollano | Ayuntamiento de Puertollano |
|--------------------------------------------------|---------------------------------------------------|-----------------------------------------------------|
| ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: | Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano | Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano |
| UNIDAD TRAMITADORA: | Ayuntamiento de Puertollano | Ayuntamiento de Puertollano |
| Fecha de la Resolución de inicio del expediente: | Fecha de la Resolución de inicio del expediente: | 14/05/2026 |
| Dirección postal del órgano de contratación: | Dirección postal del órgano de contratación: | Pl. Constitución, 1, 13500 Puertollano, Ciudad Real |
| Correo electrónico de la unidad tramitadora: | Correo electrónico de la unidad tramitadora: | patrimonioycontratacion@puertollano.es |
| Teléfonos de contacto: | Teléfonos de contacto: | 926418100 |
## 2. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
OBJETO DEL CONTRATO : Ejecución de las obras planteadas en el proyecto de ejecución de PROYECTO CLIMATIZACIÓN E INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA EN CEIP CALDERON DE LA BARCA, CEIP GONZALO DE BERCEO, CEIP MIREIA BELMONTE, CEIP TIERNO GALVAN Y CEIP VICENTE ALEIXANDRE anexo en el expediente, en el ámbito de la 2ª convocatoria de ayuda relativa al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa FEDER CLM 2021-2027.
## NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO:
Según el artículo 25.1) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), los ayuntamientos, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal y el 25.2.d) del mismo texto legal que, el municipio ejercerá, en todo caso, competencias en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
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- [ ] urgente
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La necesidad administrativa que se persigue satisfacer con el presente contrato es la de dar cumplimiento a los compromisos contraídos en la resolución definitiva de la convocatoria de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa FEDER Castilla-La Mancha 2021-2027.
Código/s CPV:
45310000. Trabajos de instalación eléctrica.
45331230. Trabajos de instalación de equipos de refrigeración.
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES:
SI
- [ ] NO
Se justifica la división en lotes debido a que cada Centro constituye una unidad y permite la concurrencia de diferentes contratistas que mitiguen el riesgo de cumplimiento en el plazo de ejecución. Con la división en lotes se cumplen los principios reguladores de la LCSP, ajustándose a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato, salvaguarda de la libre competencia y no impide ni limita el acceso a las PYMES pues los importes parciales de cada lote se adapta a la capacidad de las mismas. .
## INFORMACIÓN ADICIONAL A LAS LICITADORAS (art. 138.3 LCSP)
- Plazo para solicitar información: al menos 3 días hábiles antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones
## 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE DEL PRESUPUESTO EN EL ANEXO VI).
| | Importe de licitación (IVA excluido): | Tipo e importe IVA: | Presupuesto base de licitación (IVA incluido): |
|--------|-----------------------------------------|-----------------------|--------------------------------------------------|
| Total | 637.365,18 | 133.846,68 | 771.211,86 |
| Lote 1 | 176.537,69 | 37.072,91 | 213.610,60 |
| Lote 2 | 134.070,16 | 28.154,73 | 162.224,89 |
| Lote 3 | 117.831,41 | 24.744,60 | 142.576,01 |
| Lote 4 | 122.927,00 | 25.814,67 | 148.741,67 |
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Lote 5
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85.998,92
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18.059,77
Aplicación/es Presupuestaria/s: 0303 32603 62300
## 4. VALOR ESTIMADO.
Coincide con el presupuesto de licitación sin IVA
Importe total del contrato (sin IVA)
Importe de las modificaciones al alza previstas (sin IVA)
Gastos generales de estructura
Beneficio industrial
Valor total estimado de los suministros necesarios para la ejecución de la obra que hayan sido puestos a disposición de la contratista por el órgano de contratación.
TOTAL VALOR ESTIMADO
## 5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO. REVISIÓN DE PRECIOS.
- [ ] A tanto alzado.
- [ ] A tanto alzado con precio cerrado.
- [x] Precios unitarios referidos a unidades de ejecución u otros (detallar): Conforme proyectos de ejecución .
- [ ] Combinación de modalidades (detallar):
REVISIÓN DE PRECIOS:
## 6. FINANCIACIÓN.
| | | Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha | Fondos FEDER | Fondos propios municipales |
|--------|---------------------------|----------------------------------------------|----------------|------------------------------|
| Total | | 0,00 | 381.193,60 | 381.193,60 |
| Lote 1 | CEIP CALDERON DE LA BARCA | 0,00 | 106.365,80 | 107.244,80 |
| Lote 2 | CEIP GONZALO DE BERCEO | 0,00 | 76.568,10 | 85.656,79 |
| Lote 3 | CEIP MIREIA BELMONTE | 0,00 | 68.773,40 | 73.802,61 |
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NO
- [ ] SÍ (Indicar fórmula)
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104.058,69
SI
- [ ] NO
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637.365,18
69.628,11
32.136,07
637.365,18
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| Lote 4 | CEIP TIERNO GALVAN | 0,00 | 67.852,00 | 80.889,67 |
|----------|-------------------------|--------|-------------|-------------|
| Lote 5 | CEIP VICENTE ALEIXANDRE | 0,00 | 61.634,30 | 42.424,39 |
## 7. ANUALIDADES.
| Aplicación presupuestaria | Ejercicio | Importe |
|-----------------------------|-------------|------------|
| 0303 32603 62300 | 2026 | 771.211,86 |
| TOTAL | TOTAL | 771.211,86 |
## 8. DURACIÓN DEL CONTRATO.
Plazos parciales:
Recepciones Parciales:
- [ ] SÍ
- [x] NO
Plazo de ejecución del contrato:
4 meses.
En cualquier caso las obras deberán encontrarse finalizadas y en estado de ser recibidas ANTES DE LA FECHA DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026 , acreditado mediante la correspondiente acta de recepción positiva.
Prórroga/s:
- [ ] SÍ
- [x] NO
Duración de la/s prórroga/s:
## 9. LUGAR DE EJECUCIÓN DE LA OBRA.
- 1) CEIP CALDERON DE LA BARCA (KMAM/2025/000113), situado en cl. Escuelas, 14 de la parcela con referencia catastral 4325508VH0842N0001OG
- 2) CEIP GONZALO DE BERCEO (KMAM/2025/000115), situado en la cl. San José, 1 de la parcela con referencia catastral 3628029VH0832N0001PA
- 3) CEIP MIREIA BELMONTE (KMAM/2025/000117), situado en la cl. Palomar, 2 de la parcela con referencia catastral 3226001VH0832N0001KA
- 4) CEIP TIERNO GALVAN (KMAM/2025/000170), situado en la cl. Talavera Baja, 23-25 en las parcelas con referencia catastral 3530018VH0833S0001PD y 3530017VH0833S0001QD, respectivamente.
- 5) CEIP VICENTE ALEIXANDRE (KMAM/2025/000118), situado en la cl. Valdepeñas, 1 en la parcela con referencia catastral 3645001VH0834N0001TX
## 10. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
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- 10.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP). Se establecen a continuación los criterios de solvencia económica y financiera, los requisitos mínimos y los medios de acreditación.
- [x] VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato por ser su duración superior a un año.
Requisitos: El volumen anual de negocios será de importe igual o superior a 956.047,77 € (IVA no incluido), o una vez y media del importe sin IVA del lote al que se presente.
## Medios de acreditación :
- [x] Cuentas anuales aprobadas y depositas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (art.87.1 a)
- [ ] Declaración responsable.
## Otros criterios de solvencia económica:
- 10.2. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 88 LCSP) Se establecen a continuación los criterios de solvencia técnica o profesional, los requisitos mínimos y los medios de acreditación.
- [x] UNA RELACIÓN DE LAS PRINCIPALES OBRAS EJECUTADAS(*) Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, o en los últimos diez años si pertenecen a alguno de los subgrupos incluidos en la relación a la que se refiere el apartado 88.1.a, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato.
Requisitos: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 446.155,63 € (IVA no incluido), o un 70 % del importe sin IVA del lote al que se presente.
Medios de acreditación: Certificados de buena ejecución, los cuales indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras.
Para el caso de las empresas no españolas de estados miembros de la Comunidad Europea, bastará en todo caso con justificar su solvencia económica, financiera y técnica, en los términos establecidos en la legislación
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de Contratos del Sector Público.
Otros criterios de solvencia técnica:
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No aplica
## 10.3. CLASIFICACIÓN
- CLASIFICACIÓN OBLIGATORIA:
- [x] NO
- CLASIFICACIÓN ORIENTATIVA:
- [ ] NO
- [ ] SÍ
- [x] SÍ
Se indica a continuación el grupo o subgrupo de clasificación y la categoría mínima exigible, en su caso, en el presente contrato.
ORIENTATIVA: Las empresas licitadoras también podrán acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al contrato, según el artículo 77.1.a) LCSP. La denominación del grupo, subgrupo y categoría contenida en el presente apartado se corresponde con el sistema de clasificación establecido en el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su cuadro de equivalencias:
| CAPÍTULO | GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
|---------------------------|---------|------------|-------------|
| INSTALACIÓN CLIMATIZACIÓN | J | 2 | 1 |
| INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA | I | 9 | 1 |
## 11. INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA:
Si la empresa licitadora se basa en la solvencia y medios de otras entidades para acreditar su solvencia económica, se establece la responsabilidad solidaria de todas ellas:
- [ ] NO
- [x] SÍ
Otras formas de responsabilidad conjunta ( Indicar, en su caso):
## 12. REQUISITOS ADICIONALES DE SOLVENCIA.
ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES. (En el caso de que se exija, se
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deberá indicar en el apartado correspondiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 76.2 de la LCSP, del presente pliego, si el compromiso de adscripción tiene el carácter de obligación contractual esencial, o se establecen penalidades en caso de incumplimiento del mismo
- [x] NO
- [ ] SÍ
## 13. HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL EXIGIBLE.
SÍ
- [x] NO
En caso afirmativo, indicar cuál y qué documentación la acredita:
## 14. CONTROL DE CALIDAD DE OBRAS.
Incluido en el contrato:
SÍ
- [ ] NO
## 15. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
NO
- [ ] SI. Forma, requisitos, modalidades y características: …………………..
## 16. LICITACIÓN ELECTRÓNICA
SÍ
- [ ] NO (indicar la forma de presentación de las proposiciones)
## 17. PROPOSICIONES: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. CRITERIOS DE DESEMPATE
## SOBRES ELECTRÓNICOS A PRESENTAR:
- [x] SOBRE ÚNICO
- [ ] Dos: el N.º UNO (1) y el N.º DOS (2)
17.1. Presentación de las proposiciones en un único sobre: 'Oferta económica y Documentación relativa a los criterios de adjudicación cualitativos cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, cifras o porcentajes'
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## A) Oferta económica: fórmula y ponderación: hasta 70 puntos
## Todos los Lotes
P = 70 x ((A-B) / (A-C)) ^ (1/6)
## Donde:
- -P, Puntuación otorgada al licitador.
- -A, Precio de licitación.
- -B, Oferta a valorar.
- -C, Oferta más baja.
Justificación del criterio de adjudicación y su fórmula: Se valorará con 70 puntos la oferta más baja de las admitidas y 0 puntos al precio de licitación, valorándose las ofertas intermedias de conformidad con la fórmula consignada. La fórmula propuesta y utilizada con carácter general, es una fórmula proporcional y tiene como objetivo desincentivar bajas económicas excesivas que dificulten el correcto desarrollo de las obras y que conduzcan a posibles abandonos por parte de las empresas constructoras, o a una merma de la calidad de las mismas como resultado de la rebaja de calidad de los materiales o el empleo de mano de obra poco cualificada o deficientemente retribuida al tratarse de una obra de rehabilitación sobre un edificio existente.
## B) Criterios objetivos cualitativos y ponderación: hasta 10 puntos.
## Lote 1: Acceso de las unidades exteriores desde la vía pública: hasta 10 puntos
Se otorgarán 10 puntos al licitador que indique que se ofrecerá el acceso a las unidades exteriores desde la vía pública tal, siendo necesario que aporte lo siguiente:
| Ítem. | Descripción. | Ud | Ptos. |
|---------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------|---------|
| 1 | Camión con cesta elevadora de brazo articulado de hasta 16 m de altura máxima de trabajo y 260 kg de carga máxima (disponibilidad a demanda y hasta devolución de aval) | 1 | 10 |
## Lote 2: Instalación línea de vida y escalera vertical de acceso: hasta 10 puntos
Se otorgarán 10 puntos al licitador que indique que se ofrecerá el acceso a las unidades exteriores, siendo necesario que aporte lo siguiente:
| Ítem. | Descripción. | Ud | Ptos. |
|---------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------|---------|
| 1 | Línea de anclaje horizontal permanente, de cable de acero, sin amortiguador de caídas, de 5 mde longitud, clase C, compuesta por 2 anclajes terminales de aleación | 4 | 6 |
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| | de aluminio L-2653 con tratamiento térmico T6, acabado con pintura epoxi- poliéster; 1 anclaje intermedio de aleación de aluminio L-2653 con tratamiento térmico T6, acabado con pintura epoxi-poliéster; cable flexible de acero galvanizado, de 10 mm de diámetro, compuesto por 7 cordones de 19 hilos; tensor de caja abierta, con ojo en un extremo y horquilla en el extremo opuesto; conjunto de un sujetacables y un terminal manual; protector para cabo; placa de señalización y conjunto de dos precintos de seguridad. Incluso fijaciones para la sujeción de los componentes de la línea de anclaje al soporte. | | |
|----|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----|----|
| 2 | Escalera vertical de seguridad de acceso a cubierta, de aluminio anodizado, de 3,00 m de altura de subida hasta el desembarco, carga máxima 150 kg, compuesta de: peldaños antideslizantes de 55 cm de anchura y de 30x30 mm de sección, jaula de protección con aros de 69x77 cm de dimensiones interiores, barandilla de desembarco de 115 cm de altura, rellano superior antideslizante y cierre inferior para evitar el acceso de personal no autorizado. | 1 | 4 |
## Lote 3: Acceso a las unidades exteriores desde la vía pública, línea de vida y escalera: hasta 10 puntos
Se otorgarán 10 puntos al licitador que indique que se ofrecerá el acceso a las unidades exteriores, siendo necesario que aporte lo siguiente:
| Ítem. | Descripción. | Ud | Ptos. |
|---------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------|---------|
| 1 | Camión con cesta elevadora de brazo articulado de hasta 16 m de altura máxima de trabajo y 260 kg de carga máxima (disponibilidad a demanda y hasta devolución de aval) | 1 | 2 |
| 2 | Escalera vertical de seguridad de acceso a cubierta, de aluminio anodizado, de 3,00m de altura de subida hasta el desembarco, carga máxima 150 kg, compuesta de: peldaños antideslizantes de 55 cm de anchura y de 30x30 mm de sección, jaula de protección con aros de 69x77 cm de dimensiones interiores, barandilla de desembarco de 115 cm de altura, rellano superior antideslizante y cierre inferior para evitar el acceso de personal no autorizado. | 1 | 5 |
| 3 | Línea de anclaje horizontal permanente, de cable de acero, sin amortiguador de caídas, de 5 m de longitud, clase C, compuesta por 2 anclajes terminales de aleación de aluminio L-2653 con tratamiento térmico T6, acabado con pintura epoxi-poliéster; 1 anclaje intermedio de aleación de aluminio L-2653 con tratamiento térmico T6, acabado con pintura epoxi-poliéster; cable flexible de acero galvanizado, de 10 mm de diámetro, compuesto por 7 cordones de 19 hilos; tensor de caja abierta, con ojo en un extremo y horquilla en el extremo opuesto; conjunto de un sujetacables y un terminal manual; protector para cabo; placa de señalización y conjunto de dos precintos de seguridad. Incluso fijaciones para la sujeción de los componentes de la línea de anclaje al soporte. | 1 | 3 |
## Lote 4: Realización de puerta de acceso a las unidades exteriores (módulo A) y realización de puerta de acceso a
## las unidades exteriores y escalera vertical de acceso a cubierta (módulo B): hasta 10 puntos
| Ítem. | Descripción. | Ud | Ptos. |
|---------|------------------------------------------------------------------------------------|------|---------|
| 1 | MODULO A - Puerta estanca al aire (fuga de aire de 2 m³/h a 1000 Pa), de acero, de | 1 | 2 |
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| | 940x1940 mm, hoja de puerta de doble pared, de 44 mmdeespesor, marco de anclaje de chapa de acero galvanizado con aislamiento de lana de roca, manecillas para accionamiento por ambos lados de aluminio fundido a presión, junta estanca de caucho APT, accionamiento situado en el lado derecho de la puerta, con manecilla frontal desmontable y cerradura estándar con llave. Incluso silicona neutra para el sellado de las juntas perimetrales. | | |
|----|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----|----|
| 2 | MODULO B - Escalera vertical de seguridad de acceso a cubierta, de aluminio anodizado, de 3,00 m de altura de subida hasta el desembarco, carga máxima 150 kg, compuesta de: peldaños antideslizantes de 55 cm de anchura y de 30x30 mm de sección, jaula de protección con aros de 69x77 cm de dimensiones interiores, barandilla de desembarco de 115 cm de altura, rellano superior antideslizante y cierre inferior para evitar el acceso de personal no autorizado. | 2 | 6 |
| 3 | MODULO B - Puerta estanca al aire (fuga de aire de 2 m³/h a 1000 Pa), de acero, de 940x1940 mm, hoja de puerta de doble pared, de 44 mmdeespesor, marco de anclaje de chapa de acero galvanizado con aislamiento de lana de roca, manecillas para accionamiento por ambos lados de aluminio fundido a presión, junta estanca de caucho APT, accionamiento situado en el lado derecho de la puerta, con manecilla frontal desmontable y cerradura estándar con llave. Incluso silicona neutra para el sellado de las juntas perimetrales. | 1 | 2 |
## Lote 5: Acceso a las unidades exteriores mediante escaleras retractiles: hasta 10 puntos
| Ítem. | Descripción. | Ud | Ptos. |
|---------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------|---------|
| 1 | Escalera retráctil extensible de tijera para techo de acero galvanizado, modelo ZX TECHO "MAYDISA" o equivalente, con apertura y cierre manuales, para salvar una altura entre plantas de 276 a 300 cm y para un hueco de 120x90 cm, tapa de madera de 16 mm de espesor y cajón metálico de 14 cm de altura, recibido con mortero de cemento, industrial, M-5. Incluso cordón de silicona neutra para el sellado de juntas. | 2 | 10 |
Justificación del criterio de adjudicación y su fórmula: Se valorará con hasta 10 puntos la disposición de los medios de acceso mencionados, para cada uno de los lotes, con objeto de afianzar el compromiso municipal de mantenimiento de las nuevas instalaciones que establece la Orden 165/2024 de las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027.
C) Criterios objetivos cualitativos y ponderación: Reducción del plazo de ejecución: hasta 10 puntos
## Todos los lotes.
Por cada semana de reducción del plazo de ejecución se adjudicarán 2 puntos. Como máximo podrán reducir 5 semanas el plazo de ejecución.
Justificación del criterio de adjudicación y su fórmula: Se valorará con hasta 10 puntos la reducción del plazo debido a la necesidad de disponer del acta de recepción de la obra con fecha anterior al 30 de septiembre de 2026
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por los plazos establecidos en la Orden 3/2026 que modifica la la Orden 165/2024 que establecen las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027 para la 2ª convocatoria.
## D) Criterios objetivos cualitativos y ponderación: Ampliación del plazo de garantía: hasta 10 puntos Todos los lotes.
Teniendo en cuenta que el plazo de garantía mínimo es de tres (3) años, los licitadores podrán ampliar dicho plazo. Los puntos se otorgarán de acuerdo al siguiente cuadro:
| Puntos | Plazo de garantía |
|----------|---------------------|
| 0 | 3 años |
| 5 | 4 años |
| 10 | 5 años |
Justificación del criterio de adjudicación y su fórmula: Se valorará con hasta 10 puntos el aumento en el plazo de garantía de los equipos para afianzar el compromiso municipal de mantenimiento de las nuevas instalaciones de la Orden 165/2024 que establecen las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027.
En este sobre las empresas licitadoras incluirán los siguientes documentos :
- -Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos previos, según Anexo I del presente pliego. La apreciación de la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración, irá referida a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. En dicha declaración se hará constar una dirección de correo electrónico habilitada a la que enviarán, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley de Contratos del Sector Público, todas las comunicaciones y notificaciones que deriven del presente expediente de contratación.
- -Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI), según el Anexo V.
- -Declaración de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH), según el Anexo VI.
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- -Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones financiadas con fondos europeos, según el Anexo VII.
- -Declaración responsable de datos básicos de la persona titular real de la entidad beneficiaria de los fondos, según el Anexo VIII.
- -Autorización al sometimiento de los controles aplicables a los contratos financiados con fondos europeos, según Anexo IX.
- -Declaración de los licitadores de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones de los fondos FEDER, según Anexo X.
- -La proposición económica que se ajustará al modelo contenido en el Anexo II.
17.3. UMBRAL MÍNIMO:
- [ ] SÍ
- [x] NO
Criterios sobre los que opera (artículo 146.3 de la LCSP):
17.4. CRITERIOS DE DESEMPATE: (En caso de empate en la puntuación obtenida por los criterios de adjudicación) Indicar medios del artículo 147.1 de la LCSP, si procede:
El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
- 1º. En primer lugar por el mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas empatadas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla. Si aún persistiese el empate, se primará el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
- 2º.- Si persistiera el empate, el menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
- 3º.- Si aún así persistiese el empate, el mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
- 4º.- Si no fuera posible el desempate tras la realización de los criterios anteriores se procederá al sorteo en acto público.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada
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por los licitadores en el momento en que se produzca el empate y a solicitud de la mesa de contratación e irá referida al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas.
## 18. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMALMENTE BAJA.
Se considerará que las ofertas se encuentran incursas en presunción de anormalidad cuando se encuentren en los siguientes supuestos:
Se atenderá a lo dispuesto en los apartados 1 a 5 del artículo 85 del RD 1098/2001 de 12/10 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público, para considerar o no desproporcionadas o temerarias las ofertas presentadas a los efectos establecidos en el artículo 149 LCSP.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
## 19. GARANTÍA PROVISIONAL, DEFINITIVA Y COMPLEMENTARIA
## GARANTÍA PROVISIONAL:
No se exige :
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.4.b) de la LCSP
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## GARANTÍA DEFINITIVA
- [ ] No se exige
Justificación:
- [x] Sí se exige.
Importe:
- [x] El 5 % del precio final ofertado, IVA excluido.
- [ ] El 5 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, si el precio del contrato se formula en función de precios unitarios.
GARANTÍA COMPLEMENTARIA : SÍ:
- [x] El 5 % del precio final ofertado, IVA excluido
- [ ] NO
Debido al riesgo que asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos y condiciones del cumplimiento del contrato, se incrementa el porcentaje de la garantía definitiva ordinaria a que se refiere el apartado anterior para los casos en que la oferta del adjudicatario resultara inicialmente incursa en presunción de anormalidad, y fuere aceptada la misma.
¿Se admite la constitución mediante retención en el precio?:
- [ ] SÍ Indicar forma y condiciones
- [x] NO
## 20. GASTOS DE PUBLICIDAD.
Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato: No procede
## 21. PERSONA QUE ACTÚA COMO RESPONSABLE DEL CONTRATO Y UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN.
- Persona que actúa como responsable del contrato: David Nieto Sandoval González Nicolas
- Unidad encargada del seguimiento y ejecución del contrato: Secretaria-Intervención del Ayuntamiento
## 22. PROGRAMA DE TRABAJO:
Obligación de presentar un programa de trabajo:
SÍ
- [ ] NO
Plazo de presentación:
En el plazo máximo de 30 días, contados desde la
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## 23. CARTELERÍA DEFINITIVA
El cartel anunciador de las obras debe ajustarse al formato y características que se describe en el programa de Ayuda relativa al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa FEDER CLM 2021-2027, al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los Fondos.
La documentación de la convocatoria se encuentra disponible en los siguientes enlaces:
- -https://www.jccm.es/tramites/1014777
- -https://fondosestructurales.castillalamancha.es
- -https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/800869
Obligatorio por parte del adjudicatario la fabricación, instalación y retirada del cartel de obra temporal indicando la financiación con fondos del Programa FEDER 2021-2027 aprobado para Castilla-La Mancha.
## 24. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, y la cláusula 32 del pliego, se deberá indicar en el apartado correspondiente si a las mismas se les atribuye el carácter de obligaciones esenciales, a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP ( apartado 32 ), o se establecen penalidades ( apartado 31 ), conforme a lo señalado en el artículo 192.2 de la LCSP para el caso de que se incumplan por la adjudicataria.
Será obligatorio establecer al menos una de las siguientes:
## • Social y/o ético:
- [ ] En las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se produzcan durante la ejecución del contrato, la contratista se comprometa a incorporar al menos un \_\_\_\_% de personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo.
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fecha de la formalización del contrato, que deberá ser aprobado por la Administración, dentro de los 15 días siguientes a su presentación, e incluir los datos exigidos en el artículo 144 del RGLCAP.
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- [ ] Emplear en la ejecución del contrato un porcentaje de trabajadores fijos igual o superior al 20 %.
- [ ] Se garantizará el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos
- [ ] Los informes, memoria parcial y/o final que contengan datos estadísticos deberán estar desagregados por sexo siempre que sea factible su obtención
- [ ] Si la adjudicataria cuenta con una representación de mujeres en plantilla desequilibrada, deberá realizar durante la ejecución del contrato, al menos, una nueva contratación de mujer o transformar al menos una contratación temporal de mujer en contratación indefinida. Se entenderá por plantilla desequilibrada aquella que cuenta con una representación o presencia de mujeres inferior al 40 por ciento del total de la misma
- [ ] En los casos en que durante la ejecución del contrato se produzcan bajas y/o sustituciones de personal que ocupe plaza reservada a dar cumplimento a las condiciones especiales de ejecución de carácter social, se deberán cubrir con personas que reúnan los mismos requisitos.
- [ ] Promoción de la igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales. Indicar cuáles deban llevarse a cabo para que se haga efectiva dicha promoción:
- [ ] Otras:
- Innovación:
- Medioambientales:
- [x] La empresa contratista vendrá obligada a responsabilizarse de realizar una recogida selectiva de los residuos generados durante la ejecución del contrato. Así mismo deberá retirar los embalajes y envases vacíos, para depositarlos en los contenedores correspondientes o, en su caso, en el punto limpio u otro sistema de gestión de residuos autorizado
- [ ] Otras:
También tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución del contrato las siguientes :
- Subcontratación: las contratistas adjudicatarias remitirán al ente público contratante, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellas subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o
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suministro de cada una de ellas que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del ente público contratante justificante de cumplimiento de los pagos a aquellas una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales en lo que le sea de aplicación.
- Otras (Indicar, en su caso):
## 25. SEGUROS
| Seguro de responsabilidad civil: SÍ NO | Importes mínimos: Antes del inicio de las obras, y durante el plazo de ejecución, la contratista deberá tener suscrito el seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de 900.000,00 euros por siniestro y víctima. Este seguro cubrirá los daños a la propia obra e instalaciones, incluyendo como asegurada a la Administración contratante, que ostentará, además, la condición de beneficiaria por la misma. |
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| Seguro a todo riesgo de construcción: SÍ NO | Importes mínimos: Sin perjuicio de los seguros que deba concertar la contratista en el desarrollo de su actividad, la misma está obligada a concertar a su costa, antes del inicio de las obras y para todo el período que duren los trabajos, pruebas y periodo de garantía, un seguro a todo riesgo de construcción, por el importe de adjudicación del contrato de ejecución de la obra, IVA excluido, conforme a la normativa sobre edificación, para responder de los daños y/o pérdidas materiales de la obra como |
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## 26. PLAZO DE GARANTÍA
Duración en años: TRES (3) AÑOS, desde la firma del Acta de recepción positiva.
## 27. FORMA DE PAGO Y DATOS DE FACTURACIÓN
FORMA DE PAGO:
Certificación de obra
## DATOS DE FACTURACIÓN:
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano
## UNIDAD TRAMITADORA:
- Denominación: Tesorería
- Código DIR3: L01130718
-
Dirección postal: Plaza España, 21. 02651 Puertollano, España
## ÓRGANO GESTOR:
- Denominación: Intervención
- Código DIR3: L01130718
## ÓRGANO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE CONTABILIDAD PÚBLICA:
- Denominación: Intervención
- Código DIR3: L01130718
## 28. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
MODIFICACIONES PREVISTAS:
NO
- [ ] SÍ
## EN CASO AFIRMATIVO, ELEMENTO/S DEL CONTRATO QUE PODRÍAN MODIFICARSE:
- Alcance, límites y naturaleza de la modificación: (determinar).
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consecuencia de un accidente: incendio, explosión, rayo, robo o expolio, fuerza mayor o de la naturaleza cuya contingencia e intensidad no sea previsible en el lugar de la obra.
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- Condiciones en que podrá hacerse modificarse el contrato por referencia a circunstancias que puedan verificarse de forma objetiva: (determinar).
La modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato.
Porcentaje máximo del precio de adjudicación al que puede afectar (no > al 20%)
Procedimiento: Se detalla en la cláusula 39 del Pliego.
## 29. CESIÓN DEL CONTRATO
Conforme al artículo 214 de la LCSP, este contrato podrá ser cedido:
- [ ] NO
- [x] SÍ
## 30. SUBCONTRATACIÓN
- [ ] Tareas críticas que no son susceptibles de subcontratación, de conformidad con lo dispuesto en el art.215.1 LCSP: No procede.
(En el caso de que el correspondiente contrato conlleve el tratamiento de datos personales, habrá que indicar también si se prohíbe o no la subcontratación de aquellas prestaciones objeto del contrato que comporten el tratamiento de dichos datos)
## - Justificación:
- [ ] Limitación de la subcontratación para el caso de que el contrato, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la LCSP, se encuentre reservado a Centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción.
Porcentaje de limitación:
PAGOS DIRECTOS A SUBCONTRATISTAS:
- [x] NO
- [ ] SÍ
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La contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación con sujeción a lo que se establezca la cláusula 46 del presente pliego salvo que la prestación o parte de la misma haya de ser ejecutada directamente por ella misma, conforme a lo establecido en el artículo 215.2. d) y e) de la LCSP. Deberá cumplir las normas generales sobre subcontratación en el sector de la construcción, tal y como determina la disposición adicional segunda 'Régimen de subcontratación en las obras públicas' de la ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de subcontratación en el Sector de la Construcción, el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, de desarrollo de la misma y el Decreto 78/2008, de 10 de junio, por el que se crea y regula el Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
## 31. RÉGIMEN DE PENALIDADES.
Para la determinación de las penalidades correspondientes se atenderá a la gravedad del incumplimiento, pudiendo tener en cuenta la reiteración en la imposición de las mismas.
## 31.1 Penalidades asociadas a los incumplimientos.
Se establecen penalidades en la ejecución del contrato por cualquiera de los motivos que se indican. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y la cuantía de cada una de ellas podrá ser de hasta el 10% del precio del contrato, IVA excluido, sin que el total de las mismas pueda superar el 50% del precio del contrato, ello sin perjuicio de la facultad de su resolución.
- -Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato (artículo 192.1 de la LCSP)
- -Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales(artículo 76.2 de la LCSP)
- -Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 192.1 de la LCSP)
- -Incumplimiento parcial de la prestación, por causas imputables a la contratista.
- -Incumplimiento de características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación (artículo
- -122.3 de la LCSP)
- -Incumplimiento de la obligación de indemnización de daños y perjuicios (artículo 196 de la LCSP)
- -Incumplimiento de las condiciones de subcontratación. (artículo 215.3 de la LCSP)
- -Incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral (artículo 201 de la
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LCSP)
- -Incumplimiento de la obligación de facilitar, en su caso, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. (artículo 130.3 de la LCSP)
La demora en la ejecución del contrato se regirá por lo dispuesto en el artículo 193 de la LCSP.
Igualmente, el Ayuntamiento tendrá las mismas prerrogativas respecto al incumplimiento por parte del contratista de plazos parciales, tanto para el supuesto de que éstos se hayan previsto expresamente en el presente pliego, como cuando no estando previstos la demora haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
Las penalidades previstas se impondrán por acuerdo del Órgano de contratación, adoptado a propuesta del Responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas, cuando el precio del contrato no haya sido abonado en su totalidad, mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, sin perjuicio de reclamar aquellas cantidades que no queden satisfechas.
Sin perjuicio de la imposición de penalidades en los supuestos de incumplimiento del contrato, de cumplimiento defectuoso o demora en la ejecución, en la que la penalidad impuesta no cubriera los daños causados al Ayuntamiento, se exigirá al contratista la indemnización que proceda por los daños y perjuicios causados.
## 31.2 Cumplimiento del plazo y penalidades por demora
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
Si las obras sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el Órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 de la LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 LCSP cuando se produzca demora en la ejecución de la prestación por parte del empresario, el Órgano de contratación podrá conceder una ampliación del plazo de
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ejecución, sin perjuicio de las penalidades que en su caso procedan, resultando aplicable lo previsto en los artículo 192 y siguientes de la LCSP.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Se justifica dicha penalización, en la necesidad de cumplir estrictamente los plazos de ejecución de las obras.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el Órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el Órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato.
Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Administración, se exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.
En todo caso, si el contratista incumpliera los plazos establecidos de entregar la documentación necesaria para la justificación de la subvención, además de las correspondientes penalidades, se le impondrá un indemnización por daños y perjuicios causados a la Administración por el importe igual al de la subvención perdida.
## 32. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO.
Se consideran obligaciones esenciales del contrato, además de las previstas el pliego, las siguientes:
- [ ] Los compromisos de adscripción de medios personales o materiales (artículo 76.2 LCSP).
- [x] La puntual observancia de las características de la prestación cuando se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (artículo 122.3 LCSP).
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- [ ] Las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP) Indicar, en su caso :
- [ ] Las condiciones establecidas en el artículo 215.2 de la LCSP para proceder a la subcontratación, así como la acreditación de la aptitud de la subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación.
Otras:
Obligaciones derivadas de la cofinanciación por la Unión Europea del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027 y de la convocatoria.
Las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 cuyas obligaciones junto con las de la convocatoria son:
- -Cumplir la finalidad y realizar la actuación seleccionada en los términos y condiciones establecidos en la resolución de selección de los proyectos.
- -Justificar, en tiempo y forma, ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la selección, así como la efectiva aplicación de los fondos a la finalidad para la que fueron aprobados.
- -Acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social. La justificación de encontrarse al corriente en sus obligaciones de reintegro de subvenciones, tributarias y frente a la seguridad social.
- -Observar las normas de subvencionabilidad nacionales (Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2021-2027) y comunitarias (Reglamento (UE) 2021/1060 y Reglamento (UE) 2021/1058).
- -Garantizar la no existencia de doble financiación, evitando la concurrencia de dos fuentes de financiación europeas. Se deberá comunicar al órgano competente para resolver la obtención de cualesquiera ayudas públicas para la misma finalidad, procedentes de cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, en el plazo máximo de diez días a contar desde el siguiente al de notificación de la concesión de dichas ayudas; así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la selección de la operación.
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- -Mantener registros contables independientes o utilizar códigos de contabilidad apropiados para todas las transacciones relacionadas con el proyecto que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad (artículo 74.1.a.i del Reglamento (UE) 2021/1060).
- -Destinar los bienes al fin concreto para el cual se concede esta subvención durante un periodo mínimo de 5 años posteriores al último pago al beneficiario y proceder al reintegro de las cantidades percibidas en el caso de incumplimiento de esta obligación.
- -Compromiso de adopción de las medidas necesarias de minimización de la afección de las obras a los usuarios del edificio, en el caso en que se solapen con el periodo lectivo. Se deberán tener en cuenta medidas ambientales (frente al ruido, polvo, o equivalentes), de protección a la seguridad y salud, o equivalentes. Se deberá considerar, incluso la realización de los trabajos fuera del horario lectivo.
- -Compromiso de registro de las modificaciones de la instalación eléctrica, refrigeración, fotovoltaica, en la consejería competente en materia de industria.
- -Compromiso de solicitar el incremento de la potencia eléctrica contratada.
- -Compromiso de mantenimiento en el funcionamiento de las nuevas instalaciones durante el periodo de garantía.
- -Compromiso de subsanación de todas las deficiencias que pudieran originarse a partir de la instalación del sistema de refrigeración, así como de la instalación de autoconsumo (filtraciones, goteras, o equivalentes).
- -El contratista será responsable de cualquier incidencia que pudiera observarse en el curso de los controles que deban efectuarse y se les podrá trasladar las correcciones financieras que se deriven de la aplicación de lo dispuesto en la normativa que se desarrolle por la Comisión Europea en cuanto a los gastos cofinanciados por el FEDER.
- -Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del proyecto o actuación, y para ello cumplir las medidas de publicidad e información previstas en estas normas.
- -Cumplir con los requisitos de comunicación y visibilidad establecidos en el artículo 50 y el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060, y del Manual Práctico de Visibilidad, Transparencia y Comunicación del programa FEDER 2021-2027 de Castilla - La Mancha, debiendo figurar de manera destacada en todos los materiales de comunicación, el emblema de la Unión Europea y la
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declaración 'Cofinanciado por la Unión Europea'.
- -Suministrar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previo requerimiento y en un plazo de 15 días, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Título II de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
- -Aceptar su inclusión en una lista de operaciones publicada en el sitio Web de la autoridad de gestión según lo previsto en el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060.
- -Cumplir los condicionantes técnicos determinados en el documento 'Evaluación (Sustantiva) de conformidad con el principio del DNSH (No causar perjuicio significativo) del Programa de Feder CLM 2021-2027 y; documentos que avalen las medidas adoptadas para evitar dichos riesgos (según proceda).
- -Justificar documentalmente el cumplimiento del condicionante ambiental de economía circular, según proceda.
- -Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, evitar doble financiación, falsificaciones de documentos, etc., así como el deber de proporcionar información para la detección de posibles 'banderas rojas' (incluye la contratación amañada, las licitaciones colusorias, el conflicto de intereses, la manipulación de ofertas y el fraccionamiento del gasto).
- -Facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta ejecución de la operación, aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de verificación tanto administrativa como sobre el terreno.
- -Colaborar con las actuaciones de comprobación y control que se lleven a cabo de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
- -Conservar toda la documentación justificativa del proyecto, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060, que será de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.
## Obligaciones derivadas de la justificación de las actuaciones
La presentación de la documentación justificativa se realizará, de forma telemática, en el plazo de tres
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meses desde la ejecución y finalización del proyecto objeto de cofinanciación, por lo que se deberá contar con la implicación del contratista para facilitar al entrega de la siguiente documentación:
- -Anexo III. Justificación económica, de la convocatoria.
- -Anexo IV. Indicadores, de la convocatoria.
- -Presentación de documentos relativos al expediente de contratación completo.
- -Informe de la dirección facultativa justificativo de la adecuada realización de las actuaciones y de que las obras se corresponden con las contempladas en el proyecto presentado. Si se hubieran producido modificaciones en fase de obra, respecto a la documentación presentada en la fase de solicitud, el informe detallará los cambios producidos y el cumplimiento de los aspectos técnicos recogidos en el apartado 2 de la base segunda de la Orden de bases de esta convocatoria. Se adjuntará copia de la documentación técnica correspondiente y se acreditarán las características técnicas de los equipos.
- -Apoyo y coordinación con los directores facultativos y coordinador de seguridad y salud.
- -Acta de replanteo positivo.
- -Acta de recepción positiva.
- -Certificaciones ordinarias de obra.
- -Certificación final.
- -Certificado de eficiencia energética de edificio terminado.
- -Certificado de la instalación térmica y, en su caso, de la instalación eléctrica.
- -Facturas y justificantes de pago con referencia expresa a la Orden de 07/05/2008 de la Consejería de Economía y Hacienda y lema 'Cofinanciado por la Unión Europea a través del Programa FEDER 2021/2027 de Castilla-La Mancha'
- -Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, que incluya fotografías del estado del edificio antes y después, así como de los equipos e instalaciones principales objeto de la actuación. Se deberá incluir una imagen del cartel identificativo de la financiación FEDER, según modelo.
## 33. PROTECCIÓN DE DATOS.
La ejecución del contrato
SÍ requiere el tratamiento por la empresa contratista de datos
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- [x] NO
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personales por cuenta de la Administración.
En caso afirmativo, la finalidad para la cual se cederán dichos datos es la siguiente:
## 34. INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
| Responsable | Excmo. Ayuntamiento de Puertollano. |
|-----------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Finalidad | Gestión y seguimiento de los expedientes de contratación tramitados por: Ayuntamiento |
| Legitimación | Ejercicio de Poderes Públicos - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 |
| Destinatarios | Existe cesión de datos |
| Derechos | Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional. |
| Información adicional | Disponible en la dirección electrónica: https://www.puertollano.es/politica-de-privacidad-aviso- legal/ |
## 35. OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA:
Régimen de recursos:
- [ ] Recurso de alzada
- [x] Recurso potestativo de reposición
Excepción de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE):
- [x] NO
- [ ] SI Justificación :
- Plazo máximo para mantener las proposiciones y para efectuar la adjudicación (pto. 14 y 17):
- Plazo para mantener la obligación de sigilo o confidencialidad (pto. 33.10 y 33.11)
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