Prestación y gestión del servicio público de la Escuela de Música y Danza de Guadarrama.
Objeto y condiciones del contrato
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Guadarrama convoca la licitación «Prestación y gestión del servicio público de la Escuela de Música y Danza de Guadarrama», un contrato de concesión de servicios con un valor estimado de 564.929,79 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios de enseñanza y formación.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 24 de julio de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Requisitos de los licitadores
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Solvencia económica y financiera
Cláusula 11ª del PCAP. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los siguientes medios: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SESENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (357.068,71 €). b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe mínimo de 300.000 euros
Solvencia técnica o profesional
Cláusula 11ª del PCAP. La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza. El licitador deberá haber gestionado, durante al menos un curso académico completo dentro de los tres últimos años, una escuela de música y/o danza de características análogas al objeto del contrato, con un mínimo de 200 alumnos matriculados b) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato que debiendo cumplir los siguientes mínimos: Un técnico con titulación superior que haya participado directamente en la organización y dirección de actividades musicales como Director/a del centro
Condiciones de ejecución
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos: Cláusula 25ª del PCAP: Obligación de dar cumplimiento a la normativa sobre protección de datos.
- Consideraciones de tipo social: Cláusula 25ª del PCAP: Obligación de cumplir estrictamente el X Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación No Reglada, publicado en el BOE núm. 164, de 9 de julio de 2025
Subcontratación
Cláusula 27ª del PCAP
Prórrogas
No se contemplan prórrogas.
Motivación de la adjudicación
Decreto de Alcaldía 2026-0408, de fecha 25 de agosto de 2026, de adjudicación del contrato.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
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Actividad adicional destinada al fomento, conservación y difusión de la música tradicional y popular
Cláusula 17ª del PCAP:
Se otorgará hasta un máximo de 5 puntos por el compromiso de organización y desarrollo, durante cada curso académico, de una actividad adicional destinada al fomento, conservación y difusión de la música tradicional y popular, complementaria a las previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y sin coste adicional para el Ayuntamiento.
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Objetivo / Automático | 5% |
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Proyecto de Gestión del Servicio.
Cláusula 17ª del PCAP:
Se otorgará hasta un máximo de 40 puntos, atendiendo al contenido del Proyecto de Gestión del Servicio ofertado por cada licitador, que deberá:
-Ser conciso y específico respecto al objeto del contrato (recomendable no más de 75 páginas), y ajustarse a las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas de los pliegos.
-Desarrollar todos y cada uno de los aspectos que aparecen en las cláusulas sexta y octava del Pliego de Prescripciones Técnicas. La falta de desarrollo de alguno de los puntos establecidos en ellas podrá ser motivo de exclusión de la licitación, al no ser posible una valoración integral de la propuesta presentada.
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Subjetivo / Manual | 40% |
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Baja aplicada a los precios públicos a abonar por los usuarios
Cláusula 17ª del PCAP:
Se otorgará hasta un máximo de 15 puntos por la baja aplicada a los precios públicos a abonar por los usuarios que resulta del régimen tarifario que figura en el Anexo VI del pliego de prescripciones técnicas.
Por cada 1% de baja se otorgará 1 punto hasta el máximo indicado de 15 puntos. El porcentaje ofertado se aplicará a todas las tarifas en su conjunto, sin que quepa su aplicación parcial a unas y no a otras.
En cualquier caso, se excluirán las ofertas que supongan una baja superior al 15% del cuadro tarifario por incurrir en oferta anormal
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Objetivo / Automático | 15% |
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Oferta económica
Cláusula 17ª del PCAP:
Se otorgará hasta un máximo de 40 puntos, atendiendo a la mejor oferta económica.
A la empresa que presente mayor baja se le otorgará 40 puntos y 0 puntos a la empresa que oferte el PBL previsto en los Pliegos (564.929,79 euros) otorgando proporcionalmente puntos a las empresas que presenten bajas intermedias; en todo caso para poder otorgar los puntos las ofertas deberán respetar la siguiente proporción: 1 punto otorgado por cada, al menos 400 euros de baja sobre el PBL.
En cualquier caso, se excluirán las ofertas que supongan una baja superior al 30% del PBL por incurrir en oferta anormal en los términos señalados en la cláusula 19ª
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Objetivo / Automático | 40% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
23 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato