PPTCORRESPONSABLES2025CONCILIA2026.pdf
Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DEL PLAN CORRESPONSABLES 2025. LOS SANTOS CONCILIA 2026. LUDOTECA, CAMPAMENTO DE VERANO 2026, SERVICIO DE ACOGIDA Y COMEDOR, CAMPAMENTO JUVENIL, VARIOS LOTES, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SUMARIO.
## ANTECEDENTES.
El Plan Corresponsables es un programa puesto en marcha en 2021 y residenciado en la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las mujeres del Ministerio de Igualdad, que tiene por objeto consolidar el camino iniciado hacia la garantía del cuidado como un derecho en España desde la óptica de la igualdad entre mujeres y hombres, al amparo del artículo 44 sobre derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres del artículo 24 sobre el derecho al cuidado del menor recogido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de las recomendaciones de la Estrategia Europea de Cuidados para cuidadores y receptores de cuidados de 7 de septiembre de 2022, y desde un enfoque de garantía de derechos universales, al margen de la condición laboral de las personas beneficiarias.
El Plan Corresponsables concebido como un programa semilla que permite articular mecanismos en colaboración con las Comunidades Autónomas y las ciudades con Estatuto de Autonomía, a día de hoy consolidad su andadura dando apoyo específico a las necesidades de conciliación de las familias mediante servicios de cuidado dirigidos, en nuestro caso, a niñas, niños y jóvenes hasta los 16 años de edad.
## OBJETO.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto definir las características necesarias para la contratación del servicio de conciliación familiar dentro del Plan Corresponsables 2025, con los siguientes objetivos.
Objetivos generales del proyecto:
- -Favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes de hasta dieciséis años, desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.
-Crear empleo de calidad en el sector de los cuidados, aspirando a la dignificación y reconocimiento de la experiencia profesional de cuidados no formal.
-Sensibilizar y formar al conjunto de la sociedad y particularmente de los hombres, en materia de corresponsabilidad en las tareas de cuidado, con el fin de impulsar modelos de masculinidades corresponsables o igualitarias.
Objetivos específicos del proyecto:
- Potenciar los valores de tolerancia, solidaridad y responsabilidad en todas las actividades de los campamentos mediante técnicas participativas, no competitivas y de aprovechamiento de la diversidad, con el fin de lograr actitudes de diálogo y cooperación que faciliten la interacción grupal, interiorizando valores positivos como el respeto, la empatía, la eliminación de prejuicios, etc.
- Divertir y entretener de forma saludable y enriquecedora, y fomentar la relación y el compañerismo.
- Constituirse como recurso de apoyo a padres y madres durante las vacaciones escolares, para favorecer la conciliación de responsabilidades familiares y laborales.
- Crear un espacio coeducativo que utiliza el juego como medio de expresión.
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- Promocionar la adquisición de valores y habilidades personales, sociales y afectivas favorables al buen trato y a la igualdad, así como la capacidad creativa y participativa de jóvenes.
- Propiciar la adquisición de hábitos saludables a través de la realización de actividades deportivas.
- Sensibilizar en torno a los objetivos de desarrollo sostenible, prestando especial atención en el cuidado del medio ambiente.
- Proporcionar un espacio seguro de prevención e integrador de ocio saludable y la oportunidad de convivir, conocer e intercambiar experiencias.
En este contexto, el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 10 de septiembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa para otorgar subvenciones a entidades locales para la ejecución de proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2025, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a 120 Ayuntamientos y 9 Mancomunidades, ha sido beneficiario de una subvención para llevar a cabo actividades para la conciliación familiar a ejecutar mediante el proyecto Plan Corresponsables 2025. Los Santos concilia 2026, objeto de este contrato para la prestación del servicio de ludoteca, campamento de verano, servicio de acogida y comedor, así como campamento juvenil, varios lotes.
Esta ayuda servirá para financiar el servicio que se describe en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
## Personas beneficiarias:
Las actuaciones deberán dirigirse, con carácter prioritario, a la atención de familias de Los Santos de la Humosa:
- -Unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados.
- -Familias monoparentales y monomarentales.
- -Mujeres víctimas de violencia de género y de otros tipos de violencia contra las mujeres.
- -Personas con discapacidad.
- -Personas con riesgo de exclusión social.
- -Criterios basados en umbrales de renta.
## ACTIVIDAD: SERVICIO DE LUDOTECA, CAMPAMENTO DE VERANO, SERVICIO DE ACOGIDA Y COMEDOR, CAMPAMENTO JUVENIL. VARIOS LOTES .
Objetivo: Favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños desde un enfoque de igualdad entre hombres y mujeres.
El servicio se prestará en tres lotes diferenciados:
## LOTE 1. LUDOTECA.
- -Acogida de los menores hasta 12 años.
Destinatarios: niñas y niños de 3 a 12 años.
Plazas ofertadas: 30 plazas mes de junio y 30 plazas mes de septiembre.
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Total 60 plazas.
Lugar de desarrollo: C.E.I.P 'Los Santos'.
Fechas de desarrollo: Del 1 al 19 de junio de 2026 y del 7 al 30 de septiembre de 2026.
Horario: De 15:00 a 16:00 horas.
## LOTE 2. CAMPAMENTO DE VERANO, SERVICIO DE ACOGIDA Y COMEDOR.
-Campamento de Verano, servicio de acogida y comedor.
Destinatarios: niñas y niños de 3 a 12 años.
## Servicio de acogida:
Plazas ofertadas: 9 plazas por semana: 11 semanas. Total 99 plazas.
Lugar de desarrollo: C.E.I.P 'Los Santos'.
Fechas de desarrollo: Del 22 de junio de 2026 al 4 de septiembre de 2026.
Horario: De 7:30 a 9:00 horas.
## Campamento de verano:
Plazas ofertadas: 52 plazas por semana, periodo del 22 de junio al 31 de julio de 2026 y 30 plazas por semana, en el periodo del 3 de agosto al 4 de septiembre de 2026.
Total plazas 462.
Lugar de desarrollo: C.E.I.P 'Los Santos'.
Fechas de desarrollo: Del 22 de junio de 2026 al 4 de septiembre de 2026.
Horario: De 9 a 14:00 horas.
## Servicio de Comedor:
Plazas ofertadas: 25 plazas por semanas en el periodo del 22 de junio al 31 de julio de 2026 y 16 plazas por semana, en el periodo del 3 de agosto al 4 de septiembre de 2026. Total plazas 230 plazas.
Lugar de desarrollo: C.E.I.P 'Los Santos'.
Fechas de desarrollo: Del 22 de junio de 2026 al 4 de septiembre de 2026.
Horario: De 14:00 a 16:00 horas.
## LOTE 3. CAMPAMENTO JUVENIL.
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Destinatarios: jóvenes de 12 a 16 años.
Plazas ofertadas: 28
Lugar de desarrollo: Entorno fuera del municipio.
Fechas de desarrollo: Cuatro noches y cinco días de la última semana del mes de junio o primera del mes de julio de 2026.
La empresa adjudicataria estará obligada a acoger más niños en los distintos servicios ofertados, cuyo coste deberá ser financiado por los padres o tutores legales de los niños en la cuantía económica decidida por la empresa en cuadro previo de tarifas que debe aportar al Ayuntamiento previo a la formalización del contrato.
Se introducirá, de manera transversal, en todas las actividades que se desarrollen, acciones de sensibilización para las personas beneficiarias del Plan Corresponsables en materia de igualdad entre mujeres y hombres y corresponsabilidad de cuidados. Dicha sensibilización no debe incluir necesariamente acciones específicas dirigidas a las personas beneficiarias o sus familias, pero sí deberá integrarse en cualquier actuación la perspectiva de género, particularmente en o que se refiere a la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres y en el reparto equitativo de las tareas domésticas y de cuidados.
## REQUISITOS LEGALES APLICABLES .
La empresa contratista habrá de cumplir cuantas disposiciones legales y reglamentarias lo resulten de aplicación como consecuencia de la ejecución del objeto del contrato, incluyendo entre otras:
- -Acuerdo de Acuerdo de 10 de septiembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa para otorgar subvenciones a entidades locales para la ejecución de proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2025, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a 120 Ayuntamientos y 9 Mancomunidades.
- -Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 23 de mayo de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo del Plan Corresponsables.
- -Orden 3941/2025, de 19 de noviembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se conceden las subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el Programa para otorgar subvenciones a Entidades Locales para la ejecución de Proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2025
- -Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- -Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- -Ley 38/2003, de 17 de noviembre y Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Protección de Datos de carácter personal.
- -Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, relativo a la confidencialidad de la información y transmisión de datos.
- -Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- -Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia.
## LUGARES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
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El servicio definido en el presente pliego se prestará en el C.E.I.P 'Los Santos' de Los Santos de la Humosa y el espacio municipal de la piscina, para las actividades en el exterior, así como un emplazamiento fuera del municipio para el campamento juvenil.
## RECURSOS HUMANOS.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición del contrato los recursos humanos que se define en este punto.
Los monitores necesarios en cada una de las actividades se determinarán en base a la demanda efectiva del servicio.
En todo caso, la empresa adjudicataria debe contar con los medios personales suficientes para asegurar en todo momento una ratio máxima de 17 alumnos por monitor.
Además de los monitores, la empresa adjudicataria deberá designar a una persona que mantenga, en todo momento, la comunicación con el Ayuntamiento.
## Perfil del personal que presta el servicio.
La empresa adjudicataria debe contar con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos labores e igualdad de género en función de su puesto a desarrollar, junto con la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, así como pertenecer a alguno de los siguientes perfiles profesionales: técnico superior en Educación Infantil o equiparable, animación sociocultural, técnico/a superior en Enseñanza sociodeportiva, Técnico Superior en integración social, Auxiliar de Educación Infantil o Jardín de Infancia, Monitores de Ocio y Tiempo Libre.
El perfil de monitoras/es de ocio y tiempo libre podrá ser acreditado con certificados de profesionalidad de 'Dinamización de Actividades de Tiempo Libre educativo infantil y juvenil', con certificado de 'Dirección y Coordinación de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil', con titulaciones de ámbito de la animación juvenil, obtenidas a través de Escuelas de Animación Juvenil o con otros títulos distintos de los anteriores que, siendo del mismo ámbito, cuente con los siguientes requisitos:
- -Un número de horas superior a 100.
- -Homologación o aval público, a través de Administraciones u Organismos públicos o por Universidades públicas o privadas.
Vinculación jurídica del personal y otras obligaciones laborales del contratista.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como de las condiciones salariales conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, todo ello con respecto al personal que emplee en los servicios objeto de este contrato.
La Administración quedará exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El adjudicatario además de cumplir, las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, deberá cumplir el convenio colectivo aplicable, respetando las condiciones que, respecto a los trabajadores se establezcan en dicho convenio y abonando, en todo caso, al menos el salario recogido en el mismo, según la categoría profesional que le corresponda al trabajador.
El incumplimiento de tales condiciones es causa de resolución del contrato.
El órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista deba hacer a los trabajadores que participan en la ejecución del contrato.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social.
Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
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efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
De igual forma, en aplicación de la normativa vigente, la retribución que deben cobrar por el desempeño de las mismas tareas será igual con independencia del género del trabajador o del tipo de contrato que tenga, puesto que están realizando las mismas labores.
La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien, en todo caso el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
## Gestión del personal.
Se mantendrá el personal contratado para la prestación del servicio durante la prestación del servicio durante la vigencia del contrato, no obstante, cualquier cambio programado por necesidades del personal destinado a esta prestación, así como alta o baja del personal adscrito a la misma, deberá ser comunicado con 24 horas de antelación al órgano de contratación o el mismo día en caso de tratarse de imprevistos. Asimismo, la persona contratista debe mantener actualizados los datos del personal adscrito a la prestación.
La empresa contratista facilitará al Ayuntamiento la relación del personal que vaya a prestas el servicio. Toda sustitución será cubierta de forma inmediata por otro personal conocedor de la prestación. Cuando a criterio del órgano de contratación se considere necesaria la sustitución del personal destinado a esta actividad, se lo comunicará a la empresa contratista, en exposición razonada, para que proceda a la sustitución requerida. Recibida por escrito dicha petición, la empresa contratista deberá realizar, en un plazo no superior a veinticuatro horas, la sustitución solicitada, sin que esta circunstancia implique gasto adicional alguno para el Ayuntamiento.
Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que pudieran seguirse de la actuación de la persona sustituida.
## Subrogación del personal.
No existe personal a subrogar.
## SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. Coordinación, control, supervisión e información del servicio público.
La empresa contratista aporta su propia dirección y gestión al contrato, siendo responsable de la organización del servicio público, en coordinación con el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, así como de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, en los términos de los artículos 287 y 288 de la LCSP.
La empresa contratista dispondrá, para la ejecución del contrato, de una estructura jerarquizada que se hará responsable de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices de cómo distribuirlo.
El Coordinador del Servicio deberá visitar periódicamente los centros donde se realiza el servicio, previa coordinación con el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa.
## CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD.
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absolutamente confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copia o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento (UE), 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
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circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
## RESPONSABILIDAD.
Los licitadores deberán cubrir los riesgos que implica el servicio objeto de este contrato, mediante la suscripción, por su cuenta, de una póliza de responsabilidad civil, debiendo acreditar, en todo momento, ante el Ayuntamiento, su vigencia.
Hasta tanto tenga lugar la finalización del contrato, la persona contratista responderá de la correcta realización de las actividades contratadas y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones y valoraciones.
La empresa contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por este Ayuntamiento, éste será responsable dentro de los límites señalados en la leyes.
## IMAGEN INSTITUCIONAL.
Todas las actuaciones derivadas del proyecto deberá identificarse con la imagen gráfica del Plan Corresponsables, así como con los logotipos institucionales del Ministerio de Igualdad, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y de la Dirección General de Igualdad.
En toda la documentación necesaria para la realización de las actuaciones financiadas en la señalización exterior de los lugares donde se ejecuten los proyectos, y en todo caso, en las actividades de difusión que se desarrollen en relación con los mismos, deberá constar expresamente, en lugar visible, que se han financiado con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, en el marco del Plan Corresponsables.
El incumplimiento de esta obligación podrá lugar a la exigencia del reintegro de los fondos percibidos.
## PROTECCIÓN DEL MENOR.
La empresa adjudicataria deberá solicitar al personal, incluido el voluntario que, en ejecución del proyecto, vaya a ejercer las actividades que impliquen contacto habitual con menores, la aportación de una certificación negativa el Registro Central de Delincuentes Sexuales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
El personal citado en el párrafo primero estará obligado a comunicar inmediatamente al Ayuntamiento que ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnización sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En estos casos el Ayuntamiento se compromete a comunicar dicha circunstancia a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que el Ayuntamiento tenga conocimiento de que cualquier miembro que, en ejecución del proyecto realice actividades que impliquen contacto habitual con menores, haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos, o surjan indicios fidedignos de que ha recaído sentencia condenatorio firme por tales delitos.
En ambos casos, el Ayuntamiento o a través del interesado, deberá recabar un nuevo certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de actualizar el hasta ahora vigente.
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El Ayuntamiento adoptará las medidas oportunas para apartar a todo aquel personal que, en desarrollo de las actividades que conforman los proyectos tengan contacto habitual con menores de edad, y sea condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delitos de trata de seres humanos, o surjan indicios fidedignos de que existe dicha sentencia firme.
## COORDINACIÓN. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.
La empresa adjudicataria se atendrá, en todo momento, a las directrices e instrucciones que les sean formuladas por el Ayuntamiento, estando obligadas a facilitar tanto a éste como a la correspondiente Consejería cuanta información o documentación sea requerida.
La empresa adjudicataria nombrará una persona que coordinará el desarrollo del proyecto y como máximo en un plazo de 10 días naturales desde su financiación un informe que contendrá:
- -Datos de impacto del proyecto.
- -Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de las actividades realizadas y de los resultado obtenidos (artículo 30.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y artículo 72.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
Además, la empresa adjudicataria está obligada a presentar la factura de acuerdo con las indicaciones establecidas en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
En Los Santos de la Humosa, a fecha de la firma electrónica.
## LA ALCALDESA
## Doña Carolina Urtasun Calleja DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.
## ANEXO I. PROYECTO (MEMORIA TÉCNICA) LOTE CAMPAMENTO DE VERANO, SERVICIO DE ACOGIDA Y COMEDOR.
El servicio de campamento deberá estructurarse y desarrollarse conforme a una metodología de trabajo por proyectos (memoria técnica) entendida como un enfoque planificado y coherente que integre las distintas actividades a realizar durante el periodo de prestación del servicio.
Todos los proyectos deberán integrar de forma obligatoria los siguientes principios:
- Derechos de la infancia.
- Perspectiva de género.
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- Igualdad entre hombres y mujeres.
- Valores cívicos de igualdad.
- Respeto a la diversidad.
- Solidaridad y convivencia.
Cada proyecto deberá articularse a través de diferentes tipos de actividades , tales como manualidades, juegos, actividades lúdicas, dinámicas grupales y otras de carácter educativo y recreativo, garantizando su adecuación a las edades de las personas participantes.
La empresa adjudicataria deberá asegurar una correcta organización del servicio , incluyendo la planificación previa de los proyectos, la secuenciación de las actividades, la coordinación del equipo de monitores/as y la adecuada gestión de los recursos materiales y humanos.
Asimismo, la metodología empleada deberá ser activa y participativa , fomentando la implicación de las personas participantes, el trabajo en grupo, la creatividad y el aprendizaje a través de la experiencia, velando en todo momento por el desarrollo adecuado y seguro de las actividades programadas.
Por ende, servicio se desarrollará mediante metodología activa, participativa e inclusiva basada en proyectos, incluyendo: Juegos cooperativos, actividades educativas y lúdicas, dinámicas grupales, talleres y actividades creativas, entre otras.
## Dicho proyecto deberá:
- Estar paginado.
- Tener una extensión máxima de 30 páginas.
- Incluir un índice inicial.
- Respetar el orden de los apartados que se indican a continuación:
## a)Metodología
La metodología propuesta deberá fundamentarse en un enfoque activo, participativo y propio de la educación no formal, promoviendo la implicación directa de las personas participantes. Se priorizarán dinámicas basadas en el juego cooperativo frente al competitivo, así como el trabajo en grupo como herramienta de aprendizaje social.
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Asimismo, se deberá detallar la metodología específica de las actividades, incluyendo la descripción de los recursos y materiales pedagógicos empleados (talleres, juegos, gymkanas, etc.). Se valorará especialmente el grado de concreción y la adecuación de los materiales y enfoques metodológicos a los objetivos planteados.
## b)Actividades
propuestas
Se describirán las actividades previstas, incluyendo sus objetivos, desarrollo y justificación. Se valorará la calidad, variedad e innovación de las propuestas, así como su coherencia con los objetivos del programa y su adecuada adaptación a las edades de las personas participantes. Asimismo, se tendrá en cuenta el nivel de detalle en la planificación y temporalización de las actividades.
## c)Cronograma y programación
La propuesta deberá incorporar un cronograma detallado de las actividades, incluyendo su distribución temporal, así como un cuadro horario completo que refleje la planificación diaria.
d)Atención a la diversidad Se incluirán las medidas previstas para la atención a personas participantes con diversidad cultural, de género, étnica, lingüística u otras. Se valorará la adecuación de dichas medidas al contexto del campamento y su capacidad de adaptación a la diversidad existente.
## e)Atención a personas con discapacidad
Se describirán las medidas destinadas a garantizar la inclusión de personas con discapacidad, valorándose su adecuación, viabilidad y capacidad de respuesta a diferentes necesidades.
## f)Actuaciones
## ante incidencias
Se detallarán los protocolos y procedimientos previstos para la gestión de incidencias y/o accidentes durante el desarrollo de la actividad.
## g)Valores transversales
La propuesta deberá integrar de manera explícita los valores transversales que guían el programa, asegurando su presencia en todas las actividades y dinámicas planteadas. En particular, se valorará la incorporación de:
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- Derechos de la infancia: Todas las actividades deberán garantizar el respeto a los derechos fundamentales de las personas participantes, promoviendo su bienestar, seguridad, autonomía y participación activa en las decisiones que les afecten.
- Perspectiva de género e igualdad entre hombres y mujeres: Se deberán contemplar estrategias y dinámicas que fomenten la igualdad de género, evitando estereotipos y promoviendo la equidad en la participación, responsabilidades y toma de decisiones. Esto incluye garantizar igualdad de oportunidades en la participación en todas las actividades, roles dentro del grupo y acceso a recursos.
- Igualdad y no discriminación: La planificación deberá asegurar un trato equitativo para todas las personas participantes, sin discriminación por razón de sexo, origen, religión, capacidades, orientación sexual u otras circunstancias personales o sociales.
- Solidaridad y cooperación: Se valorará la inclusión de actividades que promuevan la colaboración, el apoyo mutuo y el compromiso con el grupo y la comunidad, fomentando valores de responsabilidad social y ciudadanía activa.
- Respeto a la diversidad cultural y social: Se deberán incluir medidas que garanticen la integración y participación de personas de distintos orígenes culturales, étnicos y sociales, promoviendo la convivencia y el aprendizaje intercultural.
## h)Evaluación del
programa
Se deberá definir el sistema de evaluación del proyecto, incluyendo indicadores que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos. Como mínimo, se contemplarán los siguientes aspectos:
- Nivel de satisfacción de las personas participantes con las actividades.
- Valoración de las condiciones de la estancia (instalaciones, manutención, organización, etc.).
- Valoración del equipo de monitores/as y de la convivencia.
Se prevé la realización de encuestas de evaluación al finalizar el programa. Se valorará el grado de detalle del sistema de evaluación propuesto.
## PROGRAMACIÓN DEL SERVICIO
La entidad o entidades adjudicatarias diseñarán la programación de los campamentos para cada una de las tandas semanales, que tendrán actividades específicas a través de un hilo conductor educativo y divertido.
Las actividades a realizar estarán pensadas acorde a las edades de las personas participantes y tendrán un componente fundamentalmente educativo para trabajar el desarrollo emocional y relacional, a través del aprendizaje compartido y la convivencia. Se realizarán actividades diversas
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con un carácter coeducativo e inclusivo. Las empresas adjudicatarias presentarán un plan de actividades y excursiones, a modo orientativo:
- Talleres: teatro, expresión corporal, expresión plástica, expresión musical y psicomotricidad.
- Actividades lúdicas: juegos de interior y exterior, juegos tradicionales, de distensión, de comunicación y de expresión.
- Actividades deportivas: baile, fútbol, baloncesto, siendo siempre actividades coeducativas.
## SERVICIO DE COMIDA
Deberá configurarse un menú equilibrado y saludable, con verdura, pasta, carne, legumbre, pescado y fruta.
Los menús deberán diseñarse teniendo en cuenta la estacionalidad de las materias primas (frutas, verduras y hortalizas), tratando que los productos sean de temporada y que haya la mayor variedad posible de alimentos, principalmente aquellos con alto valor nutricional y limitando aquellos con escaso valor nutricional (ricos en azúcares y grasas) pero de alto valor energético.
Para el servicio del comedor se tendrá en cuenta la dieta diaria, el equilibrio dietético y las posibles eventualidades que surjan respecto al menú, por parte de quienes lo soliciten y/o precisen por prescripción médica, creencias religiosas o especiales circunstancias. La adjudicataria deberá estar dispuesta a cubrir este aspecto proporcionando un menú especial sin que ello suponga un aumento del precio contratado.
Los/as profesionales encargados/as de manipular los alimentos deberán contar con la correspondiente formación de manipuladores/as de alimentos. Además, deberán contar con todas aquellas formaciones o acreditaciones que para el desempeño de su puesto sean obligatorias durante toda la vigencia del contrato.
## MEDIOS MATERIALES Y EQUIPAMIENTO
La entidad adjudicataria aportará los materiales necesarios para las actividades, responsabilizándose de su uso y mantenimiento, así como el de las instalaciones que sean cedidas para el desarrollo del presente contrato. La entidad adjudicataria se hará responsable de aquellos desperfectos que se produzcan en las instalaciones.
## VALORACIÓN DEL PROYECTO:
Se valorará el proyecto pedagógico presentado, atendiendo a su calidad, claridad y grado de desarrollo, con hasta un máximo de 25 puntos, conforme a los siguientes aspectos:
- Metodología: se evaluará su carácter innovador y su adecuación a los principios de la educación no formal (hasta 2 puntos).
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- Actividades: se valorará la calidad, variedad, diseño, coherencia con los objetivos y adecuación a las edades, así como la integración de valores como igualdad de género, diversidad, interculturalidad, participación y sostenibilidad (hasta 8 puntos).
- Cronograma y programación: se valorará el nivel de detalle y claridad en la planificación temporal (hasta 2 puntos).
- Atención a la diversidad: adecuación y capacidad de adaptación de las medidas propuestas (hasta 2 puntos).
- Atención a discapacidad: idoneidad de las medidas de inclusión (hasta 2 puntos).
- Gestión de incidencias: grado de desarrollo de los protocolos previstos (hasta 2 puntos).
- Valores transversales: derecho de la infancia, perspectiva de género e igualdad entre hombres y mujeres, igualdad y no discriminación, solidaridad y cooperación, respeto a la diversidad cultural y social. (6 puntos)
- Evaluación: nivel de concreción del sistema de evaluación (hasta 1 puntos).
## ANEXO II. CARACTERÍSTICAS PRESTACIÓN SERVICIO LOTE 3 CAMPAMENTO JUVENIL.
## 1. Objeto del contrato
Las condiciones técnicas para la organización y desarrollo de un campamento de 4 noches y 5 días, dirigido a jóvenes de 12 a 16 años son las siguientes:
- -La empresa adjudicataria deberá cumplir con las obligaciones de comunicación, declaración o autorización que resulten exigibles conforme a la normativa vigente de la Comunidad de Madrid en materia de actividades de ocio y tiempo libre infantil y juvenil.
- -Las instalaciones deberán:
- Estar legalmente habilitadas para actividades juveniles.
- Disponer de:
- Cumplir condiciones de habitabilidad, seguridad e higiene.
- o Dormitorios adecuados
- o Baños y duchas suficientes
- o Espacios para actividades interiores y exteriores
- o Comedor
## 2. Alojamiento y manutención
- Régimen: pensión completa (mínimo 4 comidas/día)
- Menús supervisados y equilibrados
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- Adaptación obligatoria a alergias/intolerancias
- Cumplimiento de normativa sanitaria de la Comunidad de Madrid
## 3. Programa de actividades
El programa deberá estar adaptado a adolescentes (12-16 años) e incluir:
- Actividades deportivas y de naturaleza
- Dinámicas de grupo
- Talleres formativos y creativos
- Veladas nocturnas
- Excursiones.
## Requisitos:
- Programación detallada previa
- Alternativas por climatología
- Objetivos educativos definidos
- Valores basados en el respeto, ciudadanía y fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.
## 4. Personal.
Ratio obligatoria (referencia habitual):
- 1 monitor por cada 10 participantes
Equipo mínimo:
- 1 director/a de tiempo libre titulado
## Requisitos:
- Monitores/as titulados
- Titulación oficial reconocida por la Comunidad de Madrid
- Formación en primeros auxilios
- Certificado negativo de delitos sexuales
## 5. Seguridad y emergencias
Obligatorio incluir:
- Plan de emergencia y evacuación
- Protocolos de actuación
- Botiquín completo
- Seguro de responsabilidad civil
## Además:
- Seguro de accidentes
- Recogida de fichas médicas de los participantes
## 6. Convivencia y protección del menor
- Normas de convivencia claras
- Protocolos frente a:
- Supervisión continua
- o Acoso
- o Conductas de riesgo
- Promoción de igualdad y respeto
## 7. Obligaciones de la empresa adjudicataria
- Cumplir normativa de la Comunidad de Madrid
- Garantizar seguridad y bienestar
- Ejecutar el programa aprobado
- Coordinarse con la entidad contratante
- Entregar memoria final
## 8. Evaluación
- Informe final obligatorio con:
- o Actividades realizadas
- o Incidencias
- o Evaluación del programa
- o Propuestas de mejora
9. Emplazamiento de la actividad.
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La prestación del servicio de campamento juvenil se realizará en instalaciones cuya distancia desde Los Santos de la Humosa no sea superior a 100 km de distancia.
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