Anexo I_firmado.pdf

Documento Adicional Ver licitación
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<!-- image --> ## ANEXO I CARACTERÍSTICAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONDUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y ASISTENCIA TÉCNICA DE TODAS LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO SITO EN GREGORIO GEA Nº14 DE VALENCIA. El presente anexo forma parte del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación de contratos administrativos de servicios por el procedimiento abierto, el cual ha sido aprobado por el Subsecretario de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades el 5 de febrero de 2026. ## APARTADO A Nº DE EXPEDIENTE: CMAYOR/2026/19Y13/0004 ## NECESIDADES QUE SATISFACER CON LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la prestación del presente servicio se considera necesaria e ineludible a fin de garantizar el correcto estado y funcionamiento de todas las instalaciones del edificio sito en Gregorio Gea nº14 de Valencia. El edificio está adscrito conjuntamente a la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades y a la Agencia Tributaria Valenciana, y por tanto les corresponde, conforme el artículo 30 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, el ejercicio de las facultades de administración, gestión, defensa, conservación y mejora del inmueble. Por acuerdo de 18 de junio de 2024 de distribución de los gastos y la gestión de los contratos relativos al funcionamiento y mantenimiento del edificio de uso compartido, la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades asume la gestión y la totalidad de los gastos del mantenimiento integral del edificio y de la asistencia de consultoría técnica. Dada la falta de personal propio para la realización de las tareas de conducción, conservación y mantenimiento integral y asistencia técnica de las instalaciones resulta necesario acudir a medios externos mediante este contrato. ## DEFINICIÓN CONCRETA DEL OBJETO DEL CONTRATO DE SERVICIOS: Prestación del servicio de conducción (entendido como la gestión, control y supervisión necesarias para asegurar un funcionamiento seguro y eficiente), conservación y mantenimiento integral y asistencia técnica de todas las instalaciones del edificio sito en Gregorio Gea nº14 de Valencia. Se incluye en las prestaciones del contrato la realización de los mantenimientos Técnico-Legal, Preventivo, Correctivo, Conductivo y Ambiental de las siguientes instalaciones e infraestructuras: - Instalaciones de climatización y ventilación. - Sistema de control instalaciones BMS ( Building Management System ), incluyendo su software, así como los equipos de campo y sensores. - Instalaciones eléctricas de baja tensión. - Instalaciones de alumbrado interior y exterior. - Instalaciones de media tensión y centros de transformación. - Instalaciones del grupo electrógeno, sistema de alimentación ininterrumpida. - Instalaciones de incendios. - Ascensores del edificio en formato 'todo riesgo'. - Puertas automáticas del edificio. <!-- image --> - Parking completo incluyendo sus puertas automáticas de acceso. - Instalaciones de fontanería y saneamiento. - Instalaciones de agua sujetas a control de legionelosis. - Servicios control de plagas: desinsectación (DS), desratización (DZ) y desinfección (DF). - Trabajos de albañilería (detallados en el apartado 2.2.11 del PPT). - Líneas de vida. - Varios: Instalación de apliques, falsos techos, incluyendo trabajos como colocación de perchas, pizarras, cuadros, pequeños traslados de mesas y armarios, arreglo de sillas, mesas, enchufes, conexiones telefónicas o de datos (autorizados por DGTIC), etc. ## LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Edificio sito en la calle Gregorio Gea, nº 14 de Valencia. ## CÓDIGO/S C.P.V.: 50700000-2 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos edificios 45300000-0 Trabajos de instalación en edificios 71356200: Servicios de asistencia técnica ## LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO REQUIERE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: ☑ NO - [ ] □ SI. Finalidad para la cual se realiza el tratamiento. ## APARTADO B. ## DIVISIÓN EN LOTES: - [ ] □ NO Motivos de justificación: (los contenidos en el expediente): ☑ SI Definición de los lotes conforme a la naturaleza o el objeto del contrato: Dado el objeto del contrato y que entre las funciones de la asistencia técnica se incluyen, entre otras, la emisión de informes de idoneidad técnica respecto a actuaciones de mantenimientos correctivos del edificio, así como la planificación y comprobación de los trabajos de mantenimiento y conservación, se considera conveniente su realización independiente del resto de servicios del contrato. Se divide el contrato, por tanto, en dos lotes independientes que garanticen la calidad y organización del servicio: | LOTE Nº | DENOMINACIÓN/DEFINICIÓN | |-----------|------------------------------------------------------------------------| | 1 | Conducción, conservación y mantenimiento integral de las instalaciones | | 2 | Asistencia técnica | <!-- image --> ## LIMITACIONES RESPECTO DE LOS LOTES PREVISTOS: - [ ] □ No se prevén limitaciones ## ☑ Se prevé limitación: ☑ Número de lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta: 1, ya sea individualmente o en UTE. Dicha limitación se hace extensiva a los grupos de empresas, no pudiendo presentarse a más de un lote las empresas del mismo grupo. ☑ Número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador: 1 - [ ] □ Criterios o normas (objetivas y no discriminatorias) que se aplican cuando, como consecuencia de la aplicación de los criterios de adjudicación, un licitador pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el máximo indicado en el anuncio y en el pliego: ……… ☑ Adjudicación de un único lote a cada licitador - [ ] □ -Adjudicación de …… lotes a cada licitador: - En su caso, adjudicación a una oferta integradora en cumplimiento de todos los requisitos del artículo 99.5 LCSP: - Combinación/es de lotes: - Solvencia y capacidad exigida para cada combinación: - Criterios o formula de valoración o ponderación asignada a cada lote ## SE CONSIDERA CANDIDATO O LICITADOR A EFECTOS DE LAS LIMITACIONES: - [ ] □ A las uniones de empresarios - [ ] □ A los componentes de las uniones de empresarios. EN RELACIÓN CON CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL O EMPRESAS DE INSERCIÓN: - [ ] □ Se reservan los lotes siguientes: - [ ] □ Se reserva el siguiente porcentaje de ejecución, en el marco de programas de empleo protegido, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta LCSP: - [x] ☑ No se reservan lotes: - [ ] □ No se reserva un porcentaje mínimo de ejecución. RESERVAS DE LOTES EN RELACIÓN CON ENTIDADES QUE CUMPLEN TODOS LOS REQUISITOS DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA OCTAVA, Y EN LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA CITADA DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA OCTAVA: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI. Se reservan los siguientes lotes: <!-- image --> ## APARTADO C ## ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OTROS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS | ÓRGANO GESTOR: ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | ÓRGANO GESTOR: ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | |-------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------| | DENOMINACIÓN | La Consellera de Educación, Cultura y Universidades (P.D.R.C. 30/01/2025, DOGV 10037), El Subsecretario. | | CÓDIGO DIR3 | A10017555 | | DIRECCIÓN POSTAL | Av. Campanar 32, 40615 Valencia | | UNIDAD TRAMITADORA: CENTRO DIRECTIVO PROMOTOR DEL CONTRATO | UNIDAD TRAMITADORA: CENTRO DIRECTIVO PROMOTOR DEL CONTRATO | | DENOMINACIÓN | Dirección Territorial de Educación, Cultura y Universidades de Valencia | | CÓDIGO DIR3 | A10017755 | | DIRECCIÓN POSTAL | C. Gregorio Gea, 14 46009 Valencia | | OFICINA CONTABLE: ÓRGANO QUE TIENE ATRIBUIDA LA FUNCIÓN DE CONTABILIDAD | OFICINA CONTABLE: ÓRGANO QUE TIENE ATRIBUIDA LA FUNCIÓN DE CONTABILIDAD | | DENOMINACIÓN | Intervención General | | CÓDIGO DIR3 | GE0006297 | | DIRECCIÓN POSTAL | C. Democracia 77, 4018 Valencia | | ÓRGANO DESTINATARIO DEL OBJETO DEL CONTRATO | ÓRGANO DESTINATARIO DEL OBJETO DEL CONTRATO | | DENOMINACIÓN | Dirección Territorial de Educación, Cultura y Universidades de Valencia | | DIRECCIÓN POSTAL | C. Gregorio Gea 14, 46009 Valencia | ## TRAMITACIÓN: - [x] ☑ Ordinaria - [ ] □ Urgente □ Anticipada. La adjudicación queda condicionada a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez aprobado el presupuesto de la Generalitat del ejercicio, así como al cumplimiento de los requisitos concretos de tramitación dictados por la Conselleria competente en materia de hacienda. PERFIL DE CONTRATANTE: https://contrataciondelestado.es/ ## APARTADO D ## Nº DE SOBRES ELECTRÓNICOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES: - ☑ Sobre nº1: documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos (Documentación administrativa). - -DEUC al que se puede acceder en castellano desde el siguiente enlace de la Comisión Europea: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es - -Anexo II - Modelo de declaración responsable - -Anexo III (modelo de compromiso de unión temporal de empresas), en su caso. - □ Sobre nº2: documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables mediante un juicio de valor. (No procede) ☑ Sobre nº3: proposición económica y documentación relativa a los criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas matemáticas o aritméticas. - -Anexo VIII - Modelo de proposición económica <!-- image --> ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO - [ ] □ Único criterio: precio o coste, o cálculo del ciclo de la vida - [x] ☑ Varios criterios SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA - [ ] □ NO - [x] ☑ SI SUBASTA ELECTRÓNICA - [x] ☑ NO - [ ] □ SI. Con las siguientes condiciones de conformidad con el artículo 143.4 de la LCSP: MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL O DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA (ART. 138.3 LCSP) - [x] ☑ NO - [ ] □ SI CARÁCTER VINCULANTE DE LAS RESPUESTAS A LAS SOLICITUDES DE ACLARACIONES DEL PLIEGO: - [ ] □ NO - [x] ☑ SI. LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES PARA LAS QUE NO SE UTILICEN MEDIOS ELECTRÓNICOS SE REALIZARÁ: No procede LOS INTERCAMBIOS DE INFORMACIÓN PARA LOS QUE NO SE UTILICEN MEDIOS ELECTRÓNICOS SE REALIZARÁ: No procede - [ ] □ por correo - [ ] □ por cualquier otro medio apropiado: - [ ] □ por combinación de los dos sistemas anteriores: AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: Ampliación en cinco días del plazo de presentación de proposiciones, por acceso a los pliegos y demás documentación complementaria de la licitación a través de medios no electrónicos: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI Ampliación del plazo de presentación de proposiciones, por necesidad de visitas al terreno o consulta «in situ» de la documentación - [x] ☑ NO - [ ] □ SI (en su caso, indicar días en los que se amplía el plazo): <!-- image --> ## MEDIO DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: - ☑ Dirección electrónica habilitada - ☑ Comparecencia en la sede electrónica ## PARTADO E ## PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO: Tipo de presupuesto: Limitativo El Presupuesto Base de Licitación del Contrato asciende a 453.553,50 €, más 95.246,24 €, en concepto de IVA (21%) Presupuesto total (IVA incluido): 548.799,74 € Esta cantidad obedece al siguiente desglose: - □ Costes directos: 135.000 € - □ Costes de personal: 235.752,99 € - □ Costes Indirectos: 55.612,95 € - □ Otros Gastos (beneficio industrial): 27.187,56 € El convenio de aplicación no establece desagregación por género, por lo que los salarios serán idénticos con independencia de que el trabajo sea ejecutado por un hombre o una mujer, existiendo únicamente diferencias como consecuencia de las distintas antigüedades de las personas trabajadoras. ## LOTE 1: Según las exigencias de personal del Pliego de prescripciones técnicas (PPT) y de acuerdo con el artículo 101.2 de la LCSP, se han calculado los costes salariales a partir de los convenios colectivos sectoriales de aplicación. El cálculo del coste salarial del coordinador/a del equipo profesional se ha efectuado partiendo de las tablas salariales y plus convenio para el último año publicado 2024, recogidos en la Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2024 del XX Convenio colectivo nacional de empresas de ingenierías, oficinas de estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad (BOE Nº73, 23/03/2024). El cálculo del coste salarial del encargado/a de mantenimiento y del ayudante de mantenimiento y albañilería se ha efectuado partiendo de las tablas salariales y plus convenio recogidos en el Anuncio de la Dirección Territorial de Trabajo y Labora sobre la resolución por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo para la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal de la provincia de Valencia (2023-2026), (BOPVAL nº28, 11/02/2026). A estos efectos se han incorporado los costes de la seguridad social estimados en un 30% del salario bruto y se ha tenido en cuenta la sustitución por vacaciones del encargado/a de mantenimiento. | Personal | Nº horas semanales | Coste anual (€/año) | |--------------------------------------|----------------------|-----------------------| | Coordinador/a del equipo profesional | 5 | 4.207,32 € | | Encargado/a mantenimiento | 40 | 45.222,60 € | | Ayudante mantenimiento y albañilería | 20 | 17.386,81 € | | | Total | 66.816,73 € | <!-- image --> Para los demás costes directos se han tenido en cuenta los gastos en materiales hasta el máximo de la franquicia establecida en el PPT, vestuario, herramientas básicas, etc. así como los servicios externos para el mantenimiento de ascensores, climatización, grupo electrógeno, PCI, sistema de gestión y transformadores, y demás previstos en el PPT. Al importe total de costes directos, incluidos los costes de personal, se le ha aplicado un 15% de gastos generales y un 6% de beneficio industrial. ## LOTE 2: Según las exigencias del Pliego de prescripciones técnicas (PPT) y a partir del último contrato de asistencia técnica de coordinación y supervisión del mantenimiento de las instalaciones del edificio, se ha estimado la necesidad de 14 horas semanales. El cálculo del coste salarial se ha efectuado partiendo de las tablas salariales y plus convenio para el último año publicado 2024, recogidos en la Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2024 del XX Convenio colectivo nacional de empresas de ingenierías, oficinas de estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad (BOE Nº73, 23/03/2024), y se ha incorporado el coste de la seguridad social estimado en un 30% del salario bruto. | Personal | Nº horas semanales | Coste anual (€/año) | |--------------------------------------|----------------------|-----------------------| | Coordinador/a del equipo profesional | 14 | 11.767,60 € | Puesto que los costes laborales son el principal coste económico del Lote 2 y dada la complejidad del contrato y los riesgos asumidos por el contratista, se considera que un bajo porcentaje del beneficio industrial podría resultar en incumplimientos contractuales o en una prestación del servicio de menor calidad. Por tanto, para asegurar la sostenibilidad económica del contrato se ha aplicado un porcentaje del 15% para gastos generales y del 20% para el beneficio industrial. PRESUPUESTO MÁXIMO A COMPROMETER EN LOS SUPUESTOS DE SERVICIOS QUE SE EJECUTEN DE FORMA SUCESIVA SEGÚN NECESIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN (EN ESTOS CASOS NO SERÁ NECESARIO AGOTAR DICHA CANTIDAD): No procede ## DISTRIBUCIÓN ANUALIDADES | Anualidad | Importe total (IVA Incluido) | |------------------------------------|--------------------------------| | 2026 (del 1/10/2026 al 30/11/2026) | 30.488,88 € | | 2027 (del 1/12/2026 al 30/11/2027) | 182.933,25 € | | 2028 (del 1/12/2027 al 30/11/2028) | 182.933,25 € | | 2029 (del 1/12/2028 al 30/09/2029) | 152.444,36 € | | Anualidad | Importe Lote 1 (IVA Incluido) | Importe Lote 2 (IVA incluido) | |------------------------------------|---------------------------------|---------------------------------| | 2026 (del 1/10/2026 al 30/11/2026) | 27.285,15 € | 3.203,73 € | | 2027 (del 1/12/2026 al 30/11/2027) | 163.710,87 € | 19.222,38 € | | 2028 (del 1/12/2027 al 30/11/2028) | 163.710,87 € | 19.222,38 € | | 2029 (del 1/12/2028 al 30/09/2029) | 136.425,72 € | 16.018,64 € | <!-- image --> En los casos de gastos plurianuales, si según este Apartado fueran varias las anualidades previstas, la ejecución del contrato en los años posteriores se subordinará a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos de la Generalitat. ## DETERMINACIÓN DEL PRECIO - [x] ☑ A tanto alzado - □ A la totalidad de las prestaciones del contrato - [ ] □ A parte de las prestaciones del contrato: Indicar las partes - [ ] □ Precios unitarios - [ ] □ Referidos a los distintos componentes de la prestación - [ ] □ A las unidades de la prestación que se entreguen o ejecuten - [ ] □ Tarifa honorarios - [ ] □ Pago del precio parte en metálico y parte en otros bienes (Solo en los casos previstos en el Art. 302.4 LCSP) ## VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 755.922,50 € (IVA excluido) El método de cálculo de dicho VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO ha sido el siguiente: Se ha considerado tres años de plazo de ejecución y una posible prórroga de dos años. Se han tenido en cuenta los gastos directos, incluidos los costes del personal, incrementado en un porcentaje para atender a los gastos generales y al beneficio industrial del contratista de acuerdo con el artículo 197.c) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCSP). | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | |--------------------------------------------------|-------------------------------| | Presupuesto base de licitación (IVA excluido) | 453.553,50 € | | Posible prórroga de 2 años (IVA excluido) | 302.369,00 € | | Total valor estimado del contrato (IVA excluido) | 755.922,50 € | ## APARTADO F ## PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN POR LOTES: | LOTE NÚMERO | BASE IMPONIBLE | IVA | IMPORTE TOTAL | |---------------|------------------|-------------|-----------------| | 1 | 405.894,72 € | 85.237,89 € | 491.132,61 € | | 2 | 47.658,78 € | 10.008,35 € | 57.667,13 € | <!-- image --> ## VALOR ESTIMADO DE CADA LOTE: | LOTE Nº 1 | VALOR ESTIMADO: 676.491,20 € | |-------------|--------------------------------| | LOTE Nº 2 | VALOR ESTIMADO: 79.431,30 € | ## APARTADO G ## CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: G01090100GE00000.421D00.21202 ## ANUALIDAD: | Centro y Sección | Programa | Económica | Importe (IVA Incl.) | |--------------------|------------|-------------|-----------------------| | 010901 | 421D00 | 21202 | 182.933,25 € | | Anualidad | Importe contrato | Importe contrato | Importe Lote 1 | Importe Lote 1 | Importe Lote 2 | Importe Lote 2 | |-------------|--------------------|--------------------|------------------|------------------|------------------|------------------| | Anualidad | Base imponible | IVA incluido | Base imponible | IVA incluido | Base imponible | IVA incluido | | 2026 | 25.197,42 € | 30.488,88 € | 22.549,71 € | 27.285,15 € | 2.647,71 € | 3.203,73 € | | 2027 | 151.184,50 € | 182.933,25 € | 135.298,24 € | 163.710,87 € | 15.886,26 € | 19.222,38 € | | 2028 | 151.184,50 € | 182.933,25 € | 135.298,24 € | 163.710,87 € | 15.886,26 € | 19.222,38 € | | 2029 | 125.987,08 € | 152.444,36 € | 112.748,53 € | 136.425,72 € | 13.238,55 € | 16.018,64 € | ## FINANCIADO POR FONDOS COMUNITARIOS - [x] ☑ NO - [ ] □ SI. Indicar Porcentaje: Categoría: Programa operativo: ## FINANCIADO POR VARIOS DEPARTAMENTOS: - [x] ☑ NO SI, Indicar datos al respecto ## APARTADO H ## REVISIÓN DE PRECIOS - [x] ☑ NO. Motivación: No procede por no encontrarse entre los supuestos previstos en el art. 103 LCSP. □ SI. Fórmula: ## APARTADO I ## ALTERNATIVAS O VARIANTES - [x] ☑ NO □ SI. Indicar: Requisitos mínimos, modalidades, características, condiciones y requisitos de presentación, su valoración y su vinculación al objeto del contrato y nº máximo de ofertas variantes a presentar por el licitador… <!-- image --> ## APARTADO J GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige conforme al artículo 106 de la LCSP. ## APARTADO K INFORMACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA FISCALIDAD, A LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, Y A LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DEL EMPLEO, IGUALDAD DE GÉNERO, CONDICIONES DE TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES E INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y A LA OBLIGACIÓN DE CONTRATAR A UN NÚMERO O PORCENTAJE ESPECÍFICO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE SEAN APLICABLES A LOS SERVICIOS PRESTADOS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI Organismo/s que facilitan información sobre tales obligaciones: ## PARTADO L ## CRITERIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, SEGÚN ARTÍCULO 87 LCSP: Se exige que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario sea igual o superior al valor estimado del contrato: LOTE 1: 676.491,20 € LOTE 2: 79.431,30 € En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, la solvencia se acreditará mediante la acumulación de la solvencia económica y financiera de cada una de las empresas. ## MEDIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, SEGÚN ARTÍCULO 87 LCSP: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. También se podrá acreditar mediante certificado de la cifra anual de negocio expedido por la Agencia Tributaria. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado, y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. ## CRITERIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, SEGÚN ARTÍCULO 90 LCSP: Se exige la solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. LOTE 1: 94.708,77 € (IVA excluido) LOTE 2 : 11.120,38 € (IVA excluido) <!-- image --> Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, la solvencia se acreditará mediante la acumulación de la solvencia técnica o profesional de cada una de las empresas. ## MEDIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, SEGÚN ARTÍCULO 90 LCSP: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. CRITERIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL LAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN, SEGÚN ARTÍCULO 90 LCSP: No procede. MEDIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL LAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN, SEGÚN ARTÍCULO 90.4 LCSP: No procede. EL EMPRESARIO PODRÁ ACREDITAR SU SOLVENCIA APORTANDO EL CERTIFICADO QUE ACREDITE LA SIGUIENTE CLASIFICACIÓN: ## LOTE 1: - GRUPOS: O - Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles P - Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones - SUBGRUPOS: O.1, P.1, P .2, P .3, P .5 y P .7 - CATEGORÍA: 1 (anualidad media del contrato inferior a 150.000 euros) ## LOTE 2: - GRUPO: O - Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles - SUBGRUPO: 1 - Conservación y mantenimiento de edificios - CATEGORÍA: 1 (anualidad media del contrato inferior a 150.000 euros) ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA POR LOS EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: MEDIOS DE ACREDITACIÓN: Se estará a lo dispuesto para LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA y la TÉCNICA O PROFESIONAL para los empresarios españoles. CRITERIOS DE ACREDITACIÓN: Se estará a lo dispuesto para LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA y la TÉCNICA O PROFESIONAL para los empresarios españoles. EN CONTRATOS SUJETOS A UNA REGULACIÓN ARMONIZADA, CERTIFICADOS DE ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE CALIDAD: - [ ] □ NO ☑ SI : Norma UNE/EN/ISO 9001 acreditada mediante certificado expedido por organismo independiente debidamente acreditado. <!-- image --> EN CONTRATOS SUJETOS A UNA REGULACIÓN ARMONIZADA, CERTIFICADOS DE ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL: - [ ] □ NO ☑ SI: Norma UNE/EN/ISO 14000 acreditada mediante certificado expedido por organismo independiente debidamente acreditado. HABILITACIÓN EMPRESARIAL EXIGIBLE PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD O PRESTACIÓN QUE CONSTITUYA EL OBJETO DEL CONTRATO EN CASO DE QUE PROCEDA: - [ ] □ NO ☑ SI, CUÁL: Además de los requisitos previstos en la legislación vigente, la empresa propuesta como adjudicataria deberá tener y acreditarla mediante el correspondiente certificado el estar inscrito en el registro de la Administración Pública correspondiente con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana. La empresa mantenedora deberá estar inscrita en los siguientes registros: - a) Registro de Empresas Mantenedoras de Alta Tensión (REMAT) del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia para dar cumplimiento al Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE Nº139, 09/06/2014). - b) Registro de Empresas Instaladoras del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia para dar cumplimiento al Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE Nº224, 18/09/2022). - c) Registro de Empresas de Mantenimiento y Reparación de Instalaciones de Calefacción-Climatización y Agua Caliente Sanitaria del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas según el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones térmicas en los Edificios (BOE Nº207, 29/08/2007). - d) Registro de Empresas Instaladoras y en el de Mantenedores de Instalaciones de Protección contra Incendios, tal como especifica el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (BOE nº139, 12/06/20217). La empresa Instaladora Mantenedora deberá aportar documento de calificación empresarial o certificado de acreditación emitido por el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia que le acredite como Empresa Instaladora y Mantenedora. - e) Registro de Empresas de Mantenimiento y Reparación de Aparatos Elevadores del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia tal y como se especifica en el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos (BOE nº296, 11/12/1985), así como el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 'Ascensores', que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes (BOE nº 91, 13/04/2024). <!-- image --> - f) Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunitat Valenciana para dar cumplimiento al Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis (BOE nº148, 22/06/2022). Para los requisitos a) a d), núcleo esencial de las prestaciones del contrato, no se podrá recurrir a la habilitación empresarial por medios externos. En el supuesto de los requisitos del e) y f) podrá recurrirse a otras entidades (siempre y cuando la empresa propuesta como adjudicataria cuente con la correspondiente habilitación empresarial), que deberán tener las correspondientes habilitaciones, aportando los certificados correspondientes. FORMAS DE RESPONSABILIDAD CONJUNTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PARA LOS CASOS EN QUE UNA EMPRESA RECURRA A LAS CAPACIDADES DE OTRAS ENTIDADES EN LO QUE RESPECTA A LOS CRITERIOS RELATIVOS A LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: - [ ] □ NO ☑ SI, CUÁL: Solidaria, conforme al artículo 75 de la LCSP. PARTES O TRABAJOS CONCRETOS QUE HAN DE SER EJECUTADAS DIRECTAMENTE POR EL PROPIO LICITADOR O, EN EL CASO DE UNA OFERTA PRESENTADA POR UNA UNIÓN DE EMPRESARIOS, POR UN PARTICIPANTE EN LA MISMA: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI, CUÁL: SE EXIGE A LAS PERSONAS JURÍDICAS QUE DETALLEN EN LA OFERTA LOS NOMBRES Y LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DEL PERSONAL RESPONSABLE DE EJECUTAR LA PRESTACIÓN: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS: - [ ] □ NO - [x] ☑ SI. DESCRIPCIÓN DE LOS MEDIOS: 1. Personales: Conforme a los apartados 2.5.6. y 3.4. del Pliego de Prescripciones Técnicas: La empresa contratista dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del Pliego de prescripciones técnicas y deberá contar con un equipo profesional mínimo integrado por los siguientes profesionales: ## LOTE 1: 1. Una persona con titulación de Ingeniería Técnica Industrial o equivalente (MECES 2) o grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales con máster habilitantes (nivel MECES 3) que ejercerá las funciones de coordinación y control del equipo profesiona l. Deberá contar con una experiencia técnica en la gestión de contratos de mantenimiento integral de edificios públicos o privados de al menos 7.000 m² de superficie, de al menos 5 años en las últimas diez anualidades. El coordinador/a del equipo profesional estará en continuo contacto con la Administración y se personará en el edificio para una reunión mensual con la empresa adjudicataria de la asistencia técnica (lote 2) y la Administración, así como cuando por necesidades del servicio se requiera su presencia. Debiendo la empresa contratista cubrir con un perfil equivalente los periodos vacacionales o bajas. <!-- image --> 2. Una persona con titulación de Formación Profesional de Segundo Grado en Electricidad y Electrónica, especialidad Instalaciones y líneas eléctricas, que desarrollará las funciones de encargado/a de mantenimiento . Deberá contar con una experiencia mínima de 10 años en mantenimiento de todo tipo de instalaciones en edificación. El encargado/a de mantenimiento permanecerá físicamente en el edificio 40 horas semanales, en el horario que determine la Administración, de forma que garantice la puesta en marcha y parada de las instalaciones y manejo del Sistema de Gestión. Debiendo la empresa contratista cubrir con un perfil equivalente los periodos vacacionales o bajas. 3. Una persona con experiencia mínima de 5 años como albañil y/o pintor que ejercerá de ayudante de mantenimiento y albañilería. El ayudante de mantenimiento y albañilería permanecerá físicamente en el edificio 20 horas semanales en el horario que determine la Administración, debiendo la empresa contratista cubrir con un perfil equivalente los períodos vacacionales o bajas. La empresa propuesta como adjudicataria deberá aportar la documentación acreditativa de disponer de los medios personales que se ha comprometido a adscribir a la ejecución del contrato mediante la presentación de: - -Certificado firmado por el representante de la empresa designando al personal que ejercerá las funciones de coordinador/a de equipo, encargado/a de mantenimiento y ayudante de mantenimiento/obra civil. - -Titulación académica requerida en cada caso. - -Certificado de la vida laboral y certificado o informe de los trabajos realizados emitido por las empresas o entidades en que haya desarrollado su labor profesional. En el certificado o informe deberán constar los datos necesarios para su valoración, siendo como mínimo: - Nombre de la empresa - Perfil profesional ocupado - Número de meses - Actividades desarrolladas ## LOTE 2: Una persona con titulación de Ingeniería Técnica Industrial o equivalente (MECES 2) o grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales con máster habilitantes (nivel MECES 3) que ejercerá las funciones de coordinación y control del equipo profesiona l. Deberá contar con una experiencia técnica en la gestión de contratos de mantenimiento integral de edificios públicos o privados de al menos 7.000 m² de superficie, durante al menos 5 años en las últimas diez anualidades. El coordinador/a del equipo profesional estará en continuo contacto con la Administración y se personará en el edificio para una reunión mensual con la empresa adjudicataria del mantenimiento (lote 1) y la Administración, así como cuando por necesidades del servicio se requiera su presencia. Debiendo la empresa contratista cubrir con un perfil equivalente los periodos vacacionales o bajas. <!-- image --> La empresa propuesta como adjudicataria deberá aportar la documentación acreditativa de disponer de los medios personales que se ha comprometido a adscribir a la ejecución del contrato mediante la presentación de: - -Certificado firmado por el representante de la empresa designando a la persona que ejercerá las funciones de coordinador/a de equipo. - -Titulación académica requerida. - -Certificado de la vida laboral y certificado o informe de los trabajos realizados emitido por las empresas o entidades en que haya desarrollado su labor profesional. En el certificado o informe deberán constar los datos necesarios para su valoración, siendo como mínimo: - Nombre de la empresa - Perfil profesional ocupado - Número de meses - Actividades desarrolladas ## 2. Materiales: ## LOTE 1: Con carácter permanente durante la ejecución del contrato: - -Equipo informático completo, incluyendo impresora multifunción, conexión a internet y cuenta de correo específica (mantenimiento@...) a disposición del encargado de mantenimiento. - -Adquisición y cesión a la Administración de un software de Gestión de Mantenimiento Asistido por Ordenador (GMAO) para la gestión técnica del mantenimiento de las instalaciones. - -Tener una delegación en la provincia de Valencia que permita prestar el servicio de mantenimiento en las condiciones establecidas en el presente pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, lo que se concretará en la disposición de un local con almacén de materiales, provisto de teléfono y fax. - Esta exigencia resulta imprescindible para asegurar la inmediatez de respuesta a la hora de prestar el servicio de asistencia o de resolver incidencias - -Teléfono móvil en el que poder contactar en caso de avería urgente o cualquier situación de emergencia durante las 24 horas de cualquier día. - -Un teléfono móvil con red de telefonía de datos para el encargado/a de mantenimiento y el ayudante de mantenimiento y albañilería donde puedan ser localizados para una mejor coordinación. - -Contratación de una red de telefonía de datos para la conexión del Sistema de Gestión Integrada (METASYS). - -Dotación a todo el personal a sus órdenes de los elementos de seguridad y prevención de accidentes que exigen las disposiciones vigentes (cinturones de seguridad, cascos protectores, guantes aislantes, etc.) así como de un uniforme con el correspondiente distintivo de la empresa. - -Útiles y herramientas necesarias para garantizar el funcionamiento de las instalaciones, así como para llevar a cabo los oficios auxiliares de cerrajería, carpintería y albañilería especificados en el PPT. - -Equipos de medida: <!-- image --> - Voltímetro/amperímetro - Termómetro, anemómetro - Termografía - Análisis de redes - Detector de fugas - -Cualquier material que sea necesario para el correcto funcionamiento de las instalaciones, siempre que no excedan de la franquicia establecida de hasta 450 euros, IVA incluido, por unidad. O franquicia superior que haya sido ofertada por la empresa adjudicataria. Con carácter temporal, en los plazos especificados en el PPT: - -Un medidor de caudal/presión de válvulas equilibrado durante dos semanas al año. - -Plataforma elevadora que permita los trabajos en altura en el vestíbulo de la planta baja, dos visitas al año de dos días cada una. Se justificará por parte de la empresa propuesta como adjudicataria mediante una declaración responsable o cualquier medio válido en derecho la adscripción de los medios materiales durante toda la ejecución del contrato. La empresa propuesta como adjudicataria acreditará que dispone de un local con almacén de materiales en la provincia de Valencia, mediante contrato de arrendamiento, escritura de propiedad o cualquier otro cualquier medio válido en derecho. ## APARTADO LL ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL LOTE 1: | CRITERIO | PONDERACIÓN | VALORACIÓN | SOBRE | |----------------------------------------------------------------|---------------|--------------|---------| | Criterios cuantificables de forma automática: precio | 70% | 0-70 puntos | 3 | | Otros criterios cuantificables de forma automática: | 30% | 0-30 puntos | 3 | | ● Bolsa de horas anuales | | 0-15 puntos | 3 | | ● Mejora del importe de la franquicia del coste de materiales. | | 0-15 puntos | 3 | ## LL.1.-CRITERIOS DE ADJUDICACION CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: 100 puntos ## LL.1.1. PRECIO: De 0 a 70 puntos sobre 100 Se valorará en este apartado el precio, entendiendo a estos efectos el importe que figura en la proposición económica, IVA excluido. Para obtener la puntuación de la oferta económica POE (máximo 70 puntos) se procederá de la siguiente forma: Se asignará la máxima puntuación a la oferta económica más baja entre las presentadas referidas al precio de licitación del servicio, no excluidas por ser anormalmente bajas. Las restantes ofertas se puntuarán en forma proporcional a la oferta económica más baja no excluida por ser anormalmente baja, de acuerdo con la siguiente fórmula: <!-- image --> POE = 70 x (oferta económica más baja/oferta económica del licitador) ## Siendo: * POE = Puntuación de la oferta económica que se valora. * Oferta económica más baja : importe en euros sin IVA. * Oferta económica del licitador : importe en euros sin IVA. La puntuación económica se redondeará al segundo decimal. Se asignarán cero puntos a aquella oferta económica cuyo importe coincida con el presupuesto base de licitación. Si la oferta económica presentada supera el precio de licitación, dicha oferta quedará automáticamente excluida ## LL1.2. OTROS CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA: De 0 a 30 puntos sobre 100 ## LL1.2.1. BOLSA DE HORAS ANUALES (De 0 a 15 puntos) Se valorará con un máximo de 15 puntos la aportación, sin coste económico, de una bolsa de horas anuales del ayudante de mantenimiento y albañilería (adicionales a las 20 horas semanales establecidas en el precedente apartado L) o de otro trabajador perteneciente a la plantilla de la empresa, con el límite de 160 horas anuales , durante la vigencia del contrato, para cubrir situaciones en las que se precise un refuerzo en los trabajos ordinarios de mantenimiento. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que presente un mayor número de horas y al resto proporcionalmente, de la siguiente manera: <!-- formula-not-decoded --> ## Siendo: * Vt= puntuación de la oferta que se valora. * Oferta que se valora: oferta de horas anuales a valorar. ## LL1.2.2. Mejora del importe de la franquicia del coste de materiales (De 0 a 15 puntos) Se valorará con un máximo de 15 puntos la mejora del importe de la franquicia establecida en el apartado 2.5.4. del PPT, siendo esta de 450 euros, IVA incluido, hasta un máximo de 100 euros adicionales. Se puntuará de la siguiente manera: 5 puntos : oferta de mejora de 50€, quedando la franquicia en 500€. - 10 puntos : oferta de mejora de 75€, quedando la franquicia en 525€. 15 puntos - : oferta de mejora de 100€, quedando la franquicia en 550€. 0 puntos : si el licitador no presenta oferta de mejora del importe de la franquicia. <!-- image --> ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL LOTE 2: | CRITERIO | PONDERACIÓN | VALORACIÓN | SOBRE | |------------------------------------------------------|---------------|--------------|---------| | Criterios cuantificables de forma automática: precio | 70% | 0-70 puntos | 3 | | Otros criterios cuantificables de forma automática: | 30% | 0-30 puntos | 3 | | ● Dedicación presencial | | 0-20 puntos | 3 | | ● Experiencia profesional adicional | | 0-10 puntos | 3 | ## LL.2.-CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: 100 puntos ## LL.2.1. PRECIO: De 0 a 70 puntos sobre 100 Se valorará en este apartado el precio, entendiendo a estos efectos el importe que figura en la proposición económica, IVA excluido, al que se asignarán como máximo 70 puntos. Para obtener la puntuación de la oferta económica POE (máximo 70 puntos) se procederá de la siguiente forma: Se asignarán cero puntos a aquella oferta económica cuyo importe coincida con el presupuesto base de licitación. Si la oferta económica presentada supera el precio de licitación, dicha oferta quedará automáticamente excluida. Se asignará la máxima puntuación a la oferta económica más baja entre las presentadas referidas al precio de licitación del servicio, no excluidas por ser anormalmente baja. Las restantes ofertas se puntuarán en forma proporcional a la oferta económica más baja no excluida por ser anormalmente baja, de acuerdo con la siguiente fórmula: POE = 70 x (oferta económica más baja/oferta económica del licitador). ## Siendo: * POE = Puntuación de la oferta económica que se valora. * Oferta económica más baja - : importe en euros sin IVA. * Oferta económica del licitador : importe en euros sin IVA. La puntuación económica se redondeará al segundo decimal. ## LL2.2. OTROS CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: De 0 a 30 puntos sobre 100 ## LL2.2.1. Dedicación presencial . (De 0 a 20 puntos) Se valorará con un máximo de 20 puntos la dedicación presencial en el edificio mediante visitas a la instalaciones del edificio sito en la calle Gregorio Gea, 14 de Valencia - independientemente de las reuniones a las que sea convocado por la Administración-, para efectuar el seguimiento de los trabajos de mantenimiento y contratos relacionados y velar por su cumplimiento. <!-- image --> La oferta de visitas presenciales al edificio se puntuará de la siguiente manera: 5 puntos : oferta de una visita mensual 10 puntos : oferta de una visita quincenal 15 puntos : oferta de una visita semanal 20 puntos : oferta de dos visitas semanales 0 puntos : si el licitador no presenta oferta de visitas presenciales adicionales LL2.2.2. Experiencia profesional adicional de la que la persona que asuma las funciones de coordinación y control del equipo profesional : (De 0 a 10 puntos) En el precedente apartado L se exige que la persona que asuma las funciones de coordinación y control del equipo profesional cuente con una experiencia mínima acreditada de 5 años en las últimas diez anualidades en la gestión de contratos de mantenimiento integral de edificios públicos o privados de al menos 7.000m2 de superficie. Se valorará con un máximo de 10 puntos que la persona que asuma estas funciones cuente con una experiencia adicional a la mínima exigida. Se puntuará a razón de 1 punto por cada año completo de experiencia a partir del mínimo de 5 años, con un máximo de 10 puntos. Para su acreditación, se deberán aportar junto con el resto de documentación requerida al licitador que haya obtenido la mejor puntuación, los dos documentos siguientes: Certificado de vida laboral y certificado o informe de los trabajos realizados emitido por las empresas o entidades en que haya desarrollado su labor profesional. En el certificado o informe deberán constar los datos necesarios para su valoración, siendo como mínimo: - -Nombre de la empresa - -Perfil profesional ocupado - -Número de meses - -Actividades desarrolladas UMBRAL NO INFERIOR AL 50 POR CIENTO DE LA PUNTUACIÓN EN EL CONJUNTO DE LOS CRITERIOS CUALITATIVOSQUE CADA LICITADOR DEBERÁ ALCANZAR PARA QUE PUEDA CONTINUAR EN EL PROCESO SELECTIVO: NO ## MEJORAS COMO CRITERIO DE ADJUDICACIÓN ## COMITÉ DE EXPERTOS ☑ NO - [ ] □ SI: REQUISITOS, LÍMITES, MODALIDADES Y CARACTERÍSTICAS - [ ] □ SI ☑ NO Plazo en el que deberán efectuar la valoración: Procedimiento para la designación: <!-- image --> ## ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO ☑ NO - [ ] □ SI AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EFECTUAR LA ADJUDICACIÓN: NO ## APARTADO M ## PARÁMETROS OBJETIVOS PARA IDENTIFICAR UNA OFERTA COMO ANORMAL: Se podrá considerar como ofertas con valores anormales o desproporcionados, la oferta cuyo porcentaje de baja exceda en 10 unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones admitidas. Cuando concurra un solo licitador se considerará incursa en anormalidad cuando su oferta sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. En esta licitación, dado que los criterios cuantificables automáticamente que se han propuesto son mejoras respecto a los mínimos exigidos en los pliegos, se considera que un licitador puede atender perfectamente las necesidades para las que se propone el contrato si cumple con estos mínimos. ## APARTADO N ## CRITERIOS DE DESEMPATE X NO. Será lo establecido en la cláusula 25 del Pliego Tipo de cláusulas administrativas particulares. - [ ] □ SI APARTADO Ñ CESIÓN - [ ] □ NO - [x] ☑ SI APARTADO O MODIFICACIONES - [x] ☑ NO - [ ] □ SI (Cuáles) MODIFICACIÓN CUANDO SE TRATE DE CONTRATOS EN FUNCIÓN DE LAS NECESIDADES Y CON PRESUPUESTO LIMITATIVO, SI LAS NECESIDADES REALES FUESEN SUPERIORES A LAS ESTIMADAS INICIALMENTE (D.A. 33): No procede. <!-- image --> ## APARTADO P GARANTÍA DEFINITIVA: Se constituirá conforme al artículo 107.3 de la LCSP por el 5% del precio final ofertado, excluido el IVA. - [ ] □ Supuestos especiales de prestación de garantía complementaria y porcentaje (máximo hasta un 5 por 100): - [ ] □ Exención de prestación de garantía definitiva: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI (justificación, en su caso) CANCELACIÓN O DEVOLUCIÓN PROPORCIONAL DE LA GARANTÍA DEFINITIVA EN CASOS DE RECEPCIÓN PARCIAL: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI APARTADO Q OBLIGACIÓN DE INDICAR EN LA OFERTA SI VA A HABER SUBCONTRATACIÓN NO - [x] ☑ SI LAS CONDICIONES DE LA OFERTA PARA LA SUBCONTRATACIÓN, LA ACREDITACIÓN DE LA APTITUD DEL SUBCONTRATISTA Y LA ACREDITACIÓN DE LAS CONDICIONES DE EMERGENCIA O URGENCIA TIENE CARÁCTER DE OBLIGACIONES ESENCIALES - [x] ☑ NO - [ ] □ SI EN CASO DE SUBCONTRATACIÓN DE SERVIDORES O SERVICIOS ASOCIADOS A LOS MISMOS PARA EL ALOJAMIENTO DE DATOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO - [ ] □ Deberá indicar en la declaración responsable del Anexo II el nombre de la empresa subcontratista indicando la siguiente información: nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnic a. TAREAS CRÍTICAS QUE NO PODRÁN SER OBJETO DE SUBCONTRATACIÓN - [x] ☑ NO - [ ] □ SI PAGOS DIRECTOS A LOS SUBCONTRATISTAS POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI <!-- image --> ## COMPROBACIÓN DE LOS PAGOS A LOS SUBCONTRATISTAS - [ ] □ NO ☑ SI: Obligaciones del contratista: ☑ REMISIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, CUANDO ÉSTE LO SOLICITE, DE LA RELACIÓN DETALLADA DE AQUELLOS SUBCONTRATISTAS O SUMINISTRADORES QUE PARTICIPEN EN EL CONTRATO CUANDO SE PERFECCIONE SU PARTICIPACIÓN, JUNTO CON AQUELLAS CONDICIONES DE SUBCONTRATACIÓN O SUMINISTRO DE CADA UNO DE ELLOS QUE GUARDEN UNA RELACIÓN DIRECTA ON EL PLAZO DE PAGO ☑ APORTAR, A SOLICITUD DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, JUSTIFICANTE DE CUMPLIMIENTO DE LOS PAGOS A AQUÉLLOS, UNA VEZ TERMINADA LA PRESTACIÓN, DENTRO DE LOS PLAZOS DE PAGO LEGALMENTE ESTABLECIDOS EN LA LCSP Y EN LA LEY 3/2004, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES, EN LO QUE LE SEA DE APLICACIÓN ## COMPROBACIÓN DE LOS PAGOS A LOS SUBCONTRATISTAS EN TODO CASO - [ ] □ CONTRATOS DE VALOR ESTIMADO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS Y EN LOS QUE EL IMPORTE DE LA SUBCONTRATACIÓN SEA IGUAL O SUPERIOR AL 30 POR CIENTO DEL PRECIO DEL CONTRATO. El contratista deberá aportar en cada factura, certificado de los pagos a los subcontratistas del contrato. ## APARTADO R PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: 3 años. INICIO DEL CÓMPUTO: Al día siguiente de la formalización del contrato. PLAZOS PARCIALES: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI Cuáles POSIBILIDAD DE PRORROGAR EL CONTRATO: - [ ] □ NO - [x] ☑ SI PLAZO MÁXIMO DE LAS PRÓRROGAS: Una prórroga de máximo dos años. ## APARTADO S INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 130 DE LA LCSP: Se adjunta relación de personal a subrogar respecto al Lote 1, a los meros efectos informativos. Lote 2: No procede. <!-- image --> PENALIDADES, DENTRO DE LOS LÍMITES DEL ARTÍCULO 192 LCSP, AL CONTRATISTA PARA EL SUPUESTO DE INCUMPLIMIENTO POR EL MISMO DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN A FACILITAR EN CASO DE SUBROGACIÓN: 1. Penalidades por la negativa a facilitar la información: 5% del precio del contrato, IVA excluido. 2. Penalidades por información incorrecta o incompleta: - 3% del precio del contrato, IVA excluido. ## APARTADO T RESPONSABLE DEL CONTRATO: La titular de la Secretaría Territorial de la Dirección Territorial de Educación, Cultura y Universidades de Valencia. UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La sección de Gestión EconómicoAdministrativa de la Secretaría Territorial de la Dirección Territorial de Educación, Cultura y Universidades de Valencia. PERSONA ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL (CUMPLIMENTAR CUANDO NO SEA EL PROPIO RESPONSABLE DEL CONTRATO) ## ATRIBUCIONES DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO: Las especificadas en el artículo 62 de la LCSP. Le corresponderá supervisar la ejecución del contrato, adoptando las decisiones y dictando las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización del servicio. Asimismo, le corresponde comprobar el cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución por parte del contratista. ## RÉGIMEN DE PENALIDADES EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1. Penalidades de la cláusula 34 .1: En caso de incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiale s señalados en el Apartado L del Anexo I del pliego, o por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter medioambiental, social o laboral: penalización del cinco por ciento (5 %) del precio del contrato , IVA excluido, sin que el total de las mismas pueda superar el cincuenta por ciento del precio del contrato. Específicamente: ## LOTE 1: Los incumplimientos se gradúan en faltas leves, graves y muy graves: ## 1. Serán faltas leves : - -Ausencia de trabajadores de hasta dos días. - -No dotar al personal del uniforme o de alguno de los elementos de seguridad y prevención de accidentes que exigen las disposiciones vigentes. - -No dejar constancia en el software de Gestión de Mantenimiento Asistido por Ordenador (GMAO) de las operaciones de mantenimiento realizadas. <!-- image --> - -No informar con una antelación mínima de dos meses de las fechas en las que las instalaciones del edificio deban someterse obligatoriamente a inspecciones reglamentarias y una antelación de tres meses en las inspecciones de los ascensores. - -Falta de gestión y retirada a un punto limpio de los residuos generados. - -Retraso en la entrega de la documentación especificada en el PPT (inventario, informes, certificados…). ## 2. Serán faltas graves : - -Reiteración de dos faltas leves en el curso de seis meses. - -Ausencia de trabajadores por un periodo superior a dos días. - -No dotar al personal de los elementos de seguridad y prevención de accidentes que exigen las disposiciones vigentes. - -Falta de acompañamiento a las visitas e inspecciones de los Organismos de Control Autorizado a todas las instalaciones y equipos del edificio. - -Incumplimiento de la sustitución anual de los consumibles recomendados por el fabricante en todas las máquinas o equipos del edificio. - -Incumplimiento de los plazos máximos de reparación de averías, anomalías o fallos de los equipos e instalaciones. Según el PPT, estos plazos son: Plazo de resolución de averías: 48 horas. Plazo de resolución de urgencias: 4 horas. - -Incumplimiento de los plazos máximos de reparación de averías, anomalías o fallos de los ascensores. Según el PPT, estos plazos son: - Plazo de resolución de averías: 48 horas. - Plazo de resolución de urgencias: 2 horas si afecta de forma importante la evacuación del edificio en horario laboral. - -Incumplimiento de la frecuencia de las revisiones previstas en el PPT y de la programación de los trabajos a realizar presentada por la empresa al inicio del contrato. - -No personarse en el edificio, cuando sea requerido por necesidades del servicio, el coordinador del equipo profesional. ## 3. Serán faltas muy graves las siguientes: - La reincidencia en la comisión de faltas graves, que concurrirá cuando la empresa contratista haya sido penalizada, mediante resolución firme en vía administrativa, por más de un incumplimiento contractual grave de la misma naturaleza en el período de un año, o cuando incurra por segunda vez en la misma falta grave en el periodo de un año, siempre que la primera infracción ya hubiera sido penalizada con resolución firme en vía administrativa. <!-- image --> ## LOTE 2: 1. Será falta leve del contratista en el desarrollo del servicio, el retraso en la entrega de la documentación especificada en el PPT (informes, memorias, certificados…). 2. Será falta grave imputable al contratista que el coordinador del equipo profesional no se persone en el edificio cuando sea requerido por el responsable del contrato, o incumpla la frecuencia de visitas ofertadas. 3. Será falta muy grave la reincidencia, en los términos expuestos precedentemente para el Lote 1. La comisión de alguna de estas faltas dará lugar a las siguientes PENALIDADES en ambos lotes: Las leves, con penalidades de 150 euros, Las graves , con penalidades de 2.500 euros , Las muy graves , con penalidades de 5.000 euros . La cuantía de cada una de las penalidades no podrá ser superior al 10% del importe del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 % del precio del contrato. La imposición de estas penalidades exigirá la previa incoación de expediente contradictorio, en el que se seguirán los siguientes trámites: - -Propuesta de imposición de penalidades por parte del responsable del contrato. - -Audiencia al contratista por un plazo de 5 días naturales. - -Acuerdo del órgano de contratación. El importe de las penalidades se hará efectivo, en primer lugar, deduciéndose de los pagos mensuales del precio y, cuando esto no fuera posible, las penalidades se aplicarán sobre la garantía definitiva y el adjudicatario penalizado tendrá que reponer la cantidad reducida dentro de los 15 días desde la ejecución, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. El pago de las penalidades no excluye la indemnización a la cual la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios. 2. Penalidades por incumplimiento parcial de la ejecución de la cláusula 34.2: Hasta el 5% del precio del contrato, IVA excluido, en cada uno de los incumplimientos. 3. Penalidades por incumplimiento del plazo total por el contratista en caso de diferir de las previstas en la cláusula 35.3: No procede. 4. Penalidades por incumplimiento de plazos parciales por el contratista en caso de diferir de las previstas en la cláusula 35.3 en relación con la cláusula 35.5: No procede. 5. Penalidades en caso de incumplimiento de las condiciones de la oferta, de la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las condiciones de emergencia o urgencia : - [ ] □ NO - ☑ SÍ, en su caso: ☑ Imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50% del importe del subcontrato - [ ] □ Resolución del contrato, si se ha declarado obligación esencial <!-- image --> 6. Penalidades de la cláusula 34.1 en los supuestos de comprobación obligatoria de los pagos a los subcontratistas: No procede. 7. Penalidades de la cláusula 45.14 al contratista cuando, mediante resolución judicial o arbitral firme aportada por el subcontratista o por el suministrador al órgano de contratación quedara acreditado el impago por el contratista a un subcontratista o suministrador vinculado a la ejecución del contrato en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y que dicha demora en el pago no viene motivada por el incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales asumidas por el subcontratista o por el suministrador en la ejecución de la prestación: Hasta el 5% del precio del contrato, IVA excluido . 8. Penalidades de la cláusula 37.10 por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social y laboral y, en especial, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa. Indicar: Hasta el 5% del precio del contrato, IVA excluido. 9. Penalidades por incumplimiento parcial de la ejecución de la cláusula 37.6 , sobre obligaciones del contratista respecto al ENS. Las pro puestas de imposición de penalidades económicas las efectuará el responsable del contrato, oído el responsable de Seguridad de la Información, conforme el artículo 12 del Decreto 49/2025, de 1 de abril, del Consell, por el que se establece la política de la seguridad de la información de la Administración de la Generalitat - a. El órgano de contratación quedará facultado para imponer una penalidad económica sobre el total de la facturación del periodo en que se produzca un ciberincidente, atendiendo al Nivel de Impacto Potencial de los Ciberincidentes en la organización determinado según la Guía CCN-STIC 817 Gestión de Ciberincidentes en el ENS , publicada por el CCN; siendo la penalidad de un 5 % para ciberincidentes de nivel MEDIO, de un 10% para ciberincidentes de nivel ALTO, y de un 15% para ciberincidentes de nivel MUY ALTO; siempre que el ciberincidente sea atribuible por acción u omisión del contratista, o de alguno de sus empleados en la prestación de servicios para la Administración de la Generalitat. - b. De igual forma, por cada día de retraso en aportar los datos de identificación y contacto del POC, tendrá una penalidad de un 0,10 % del precio del contrato que se aplicará en la primera factura del contrato. 10. Penalidades de la cláusula 34.1 tercer párrafo , por cumplimiento defectuoso en caso de no presentar el Informe que hace referencia la cláusula 37.11 del presente pliego, o falta de veracidad de este, obstrucción, resistencia, negativa o excusa al seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por la empresa o entidad adjudicataria: Hasta el 5% del precio del contrato, IVA excluido . ## APARTADO U PLAZO DE RECEPCIÓN (si es distinto del plazo legal de un mes): No procede. ## APARTADO V PLAZO DE GARANTÍA: No procede. ## APARTADO W FORMA DE PAGO: El pago del precio se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 198 de la LCSP. Se abonará por mensualidades vencidas previa certificación de conformidad emitida por la Dirección Territorial de Educación, Cultura y Universidades de Valencia. <!-- image --> Conforme la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el contratista deberá presentar la factura correspondiente en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado (https://face.gob.es/es). Las facturas comprenderán el servicio prestado el mes precedente detallando los trabajos realizados, y acorde con el PPT, llevarán adjuntos los siguientes documentos: - -Declaración del pago de los salarios según el convenio colectivo aplicable al personal adscrito al contrato. - -Fichas de mantenimiento de las máquinas o equipos. - -Listado de materiales sustituidos. ## Los códigos de facturación son los siguientes: - Oficina contable: GE0006297 - - - Órgano gestor: A10017555 - Unidad tramitadora: A10018016 ## ABONOS A CUENTA: - [x] ☑ NO - [ ] □ SI PREVISIÓN DE PAGO EN METÁLICO Y EN OTROS BIENES EN CONTRATOS DE SERVICIOS ACCESORIOS DE SUMINISTROS DE EQUIPOS INFORMÁTICOS (Sólo en los supuestos del Art. 302.4 de la LCSP) - [x] ☑ NO - [ ] □ SI ## APARTADO X ## MEDIDAS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES, SOCIALES O LABORALES: La empresa contratista deberá presentar junto con la factura declaración sobre el pago de los salarios según el convenio colectivo aplicable al personal adscrito al contrato. ## CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN A CUMPLIR: Formación en el lugar de trabajo: durante la ejecución del contrato se deberá llevar a cabo como mínimo una acción al año de sensibilización y formación en materia medioambiental , con una duración mínima de 20 horas, para la plantilla adscrita a la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá presentar, al inicio de la ejecución del contrato, un Plan de formación concreto. Al término de cada acción formativa, presentará, por cada miembro de la plantilla, un certificado acreditativo de su participación en la acción formativa. A la finalización del contrato deberá acreditar la realización de una acción formativa por cada año de contrato. ## EL PLAN DE FORMACION CONTENDRÁ: - Entidad que la imparte - Modalidad: online/presencial <!-- image --> - -Contenido - -Duración ATRIBUCIÓN DE CARÁCTER DE OBLIGACIÓN ESENCIAL A LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN ESTABLECIDAS: ☑ NO - [ ] □ SI CONSIDERACIÓN COMO INFRACCIÓN GRAVE DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN ESTABLECIDAS: NO ☑ SI CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN EN LOS CONTRATOS CUYA EJECUCIÓN IMPLIQUE CESIÓN DE DATOS POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO: - [ ] □ El contratista queda obligado a someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 que regula las causas de resolución de los contratos ## APARTADO Y IMPORTE DE LOS GASTOS POR DESISTIMIENTO O RENUNCIA: Se compensará a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido previa acreditación documental por su parte, de acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimonial de la Administración, a través de los trámites del procedimiento administrativo común. LA ENTIDAD O PERSONA ADJUDICATARIA EL SUBSECRETARIO (P.D. de la Consellera de Educacion, Cultura y Universidades, Resolución de 30/01/2025, DOGV num. 10037)