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## Expediente n.º: 407/2026
Acta de la Mesa de Contratación de Apertura de los Sobres/Archivos electrónicos «B»
Procedimiento:
Contrataciones
## ACTA DE VALORACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE CRITERIOS PONDERABLES AUTOMÁTICAMENTE
Reunidos en la fecha de 26 de mayo de 2026, a las 9:00 h en las oficinas del Ayuntamiento de Horche, los integrantes de la Mesa de Contratación designada al efecto, con el objeto de proceder a la valoración de los criterios ponderables de forma automática (art. 159), presentados a la licitación realizada mediante procedimiento abierto simplificado del contrato de servicio de ACTUACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN CORRESPONSABLES DE HORCHE e integrada por los siguientes miembros:
- D. José Luis de Lucas Borda, que actúa como Presidente de la Mesa.
- Dña. María del Carmen García Clemente, actuando de Secretaria de la Mesa.
- Dña. Pilar Mateos de la Higuera Casado, Vocal.
- D. Rafael Vicente Santiago Larriba, Secretario-Interventor.
Presentes los integrantes de la Mesa de Contratación se expone el siguiente Orden del día:
Valoración criterios evaluables automáticamente correspondiente a las proposiciones presentadas por los licitadores en el procedimiento con número de expediente 407/2026 para adjudicar el contrato de Prestación del servicio de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables del municipio de Horche
A continuación, se procede a la valoración de los criterios ponderables automáticamente conforme a la cláusula undécima apartado A del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, otorgándose la siguiente puntuación:
| LICITADORES | PRECIO HORA S/IVA | PRECIO | DISTANCIA | EQUIPAMIENTO | TOTAL |
|--------------------------|---------------------|----------|-------------|----------------|---------|
| Mónica Flores Díaz | 23,00 | 33,20 | 6 | 3 | 42,20 |
| Nascor Formación, SLU | 19,09 | 40,00 | 6 | 3 | 49,00 |
| NÁCAR ASOCIACIÓN | 22,65 | 33,71 | 6 | 3 | 42,71 |
| TDS GESTIÓN DEPORTIVA SL | 20,77 | 36,76 | 6 | 3 | 45,76 |
De esta manera, a la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «A») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la puntuación obtenida es la siguiente:
LICITADORES
CRITERIOS JUICIOS DE
CRITERIOS
TOTAL
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| | VALOR | PONDERACIÓN AUTOMÁTICA | |
|-----------------------------------------|---------|--------------------------|-------|
| Mónica Flores Díaz NIF: ****70082***** | 16 | 42,20 | 58,20 |
| NÁCAR ASOCIACIÓN NIF: G05286224 | 31 | 42,71 | 73,71 |
| TDS GESTIÓN DEPORTIVA SL NIF: B19308576 | 37 | 45,76 | 82,76 |
| Nascor Formación, SLU NIF: B65187569 | 45,5 | 49,00 | 94,50 |
Por todo lo anterior se acuerda:
PRIMERO. - Requerir a NASCOR FORMACIÓN, S.L.U. para que, en el plazo de 7 días hábiles, presente la siguiente documentación conforme lo establecido en la cláusula decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
A. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA COMPROMETIDA A TRAVÉS DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO I
1. Capacidad de obrar y Personalidad jurídica. (Solamente la documentación acreditativa de los requisitos que no figuren inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas).
- a) Si el licitador o licitadora es persona física deberá presentar documento que acredite debidamente su personalidad (Documento Nacional de Identidad, pasaporte…).
- b) Si el licitador o licitadora fueran personas jurídicas españolas, deberán presentar la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil.
- c) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea.
- d) La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros
2. Acreditación, en su caso de la Representación (poderes y DNI).
3. Habilitación empresarial.
En cualquier caso, la presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o de las Comunidad correspondiente, eximirá al licitador de la presentación de la documentación exigida en los apartados 1º, 2º y 3ª de la presente cláusula y tendrá los efectos previstos en el artículo 96 LCSP y 19 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
4. Solvencia Económica-financiera.
5. Solvencia técnica o profesional .
6. Documento que acredite la constitución de la garantía definitiva en cualquiera de las formas previstas en el art. 108 de la LCSP, 5% del precio final.
## En su caso:
7. Aportación del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP. Anexo VI.
- B. ASIMISMO, SE DEBERÁ PRESENTAR EN EL MISMO PLAZO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN:
Obligaciones tributarias:
- a) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
- b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria , en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
- c) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social , en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el plazo señalado significará la retirada de la oferta del licitador o licitadora, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador o licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Presidente da por terminada la reunión a las 9:30 horas. Y para que quede constancia de lo tratado, yo, la Secretaria, redacto Acta que someto a la firma del Presidente y Vocales.
## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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