Documento de aprobación del expediente

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Asentado en Libro De Decretos, por SECRETARIO ACCIDENTAL, con nro. 7553/2026, el 30-10-2026. Área de Gobierno: Economía, Hacienda, Limpieza de Playas, Viaria y de Edificios Públicos y Recogida de Residuos Departamento: Contratación Sign.: PTP/MMA/aoh Refª: Servicios Expte. Nº: 58/2026 (Expte. Gabitec 2026-021943) Asunto: Resolución aprobación expediente RESOLUCIÓN I.- Visto el informe-propuesta emitido por la Jefa de Servicio de Contratación y el Jefe del Área de Contratación y Compras que suscriben, en fecha 28 de enero de 2026, informado de conformidad por el Sr. Secretario General Acctal. el día 27 de enero de 2026, cuyo tenor literal es el siguiente: “(…) INFORME-PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTIÓN MATERIAL DE HAMACAS Y SOMBRILLAS EN LAS PLAYAS DEL MUNICIPIO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA La Jefa del Servicio de Contratación y la Jefa Suplente del Área de Contratación y Compras que suscriben, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, emite el presente INFORME-PROPUESTA con base en los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO I.- Mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión ordinaria de 20 de diciembre de 2021, se aprobó definitivamente el expediente de municipalización del servicio de hamacas y sombrillas. No obstante, por limitaciones de medios materiales y humanos de la entidad municipal EMURSA, dicho modelo no llegó a implantarse de forma efectiva. Posteriormente, el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2025, acordó incoar expediente administrativo (n.º 2025-024807) para el cese de la municipalización y determinación de la forma de gestión. Por razones de interés público e imperativa continuidad de la actividad en las playas del municipio, el servicio ha venido prestando de facto las actuaciones materiales necesarias sin disponer de una cobertura contractual ordinaria, habiendo sido necesario acudir a sucesivos expedientes de omisión de la función interventora para atender los reconocimientos de las prestaciones ejecutadas. II.- A fin de regularizar la prestación y dotar al servicio de una cobertura previa y suficiente ajustada a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Área de Turismo ha promovido el expediente de contratación para los “SERVICIOS DE GESTIÓN MATERIAL DE HAMACAS Y SOMBRILLAS EN LAS PLAYAS DEL MUNICIPIO”, configurado como un contrato de servicios de carácter auxiliar y transitorio, cuya ejecución se desarrolla bajo el título habilitante otorgado por la Dirección General de Costas y Gestión del Espacio Marítimo Canario (Expte. 1/2024-0109111323) para el período 2024-2028. III.- Con fecha 30 de septiembre de 2026, la Jefatura de Área y la Concejala Delegada emitieron informe justificativo de la insuficiencia de medios de la Corporación, constatando que el Ayuntamiento carece de medios personales propios para asumir de forma continuada los turnos, sustituciones, descansos y vacaciones exigidos en los sectores de playa. En cuanto a los medios materiales, se establece un sistema articulado donde el Ayuntamiento aporta bienes municipales preexistentes (hamacas, sombrillas, vehículos y TPV), asumiendo el contratista los medios ordinarios y vestuario.

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