Otorgamiento, en régimen de concurrencia, de concesión demanial para la ocupación de cubiertas municipales destinadas a la instalación, gestión, explotación, mantenimiento y reversión de plantas solares fotovoltaicas, con contraprestaciones energéticas a favor del Ayuntamiento de Posadas.
Objeto y condiciones del contrato
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Posadas convoca la licitación «Otorgamiento, en régimen de concurrencia, de concesión demanial para la ocupación de cubiertas municipales destinadas a la instalación, gestión, explotación, mantenimiento y reversión de plantas solares fotovoltaicas, con contraprestaciones energéticas a favor del Ayuntamiento de Posadas», un contrato de patrimonial con lugar de ejecución en Córdoba. Clasificación CPV: Electricidad.; Placas solares.; Módulos solares fotovoltaicos.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 30 de septiembre de 2026 a las 18:00. Estado actual del expediente: En Plazo.
Plazo de presentación
Sólo se admiten proposiciones presentadas a través de la herramienta de preparación y presentación que facilita la PLACSP. Para cualquier duda o incidencia con la descarga, uso y manejo de dicha herramienta, póngase en contacto con los responsables de la Plataforma de Contratación a través del correo-e licitacionE@hacienda.gob.es, en horario de lunes a jueves de 08:30 a 18:00 y viernes de 8:30 a 15:00, indicando el número de expediente, órgano de contratación y detalle del error, adjuntando captura de pantalla si es posible.
Requisitos de los licitadores
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
- El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, cuando el licitador esté obligado a ello. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, libros de inventarios y cuentas anuales legalizados, declaraciones tributarias o documentación equivalente. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
- El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante declaración sobre el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá resultar suficiente y proporcionado a la entidad económica de la concesión (408.449,96 euros). No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
- El licitador requerido podrá optar por acreditar la solvencia económica y financiera exigida en el PCAP mediante justificación de disponer o comprometerse a disponer de seguro de responsabilidad civil adecuado al objeto de la concesión, sin perjuicio de los seguros específicos exigidos antes del inicio de las obras. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
Solvencia técnica o profesional
El licitador requerido deberá acreditar solvencia técnica y profesional suficiente para ejecutar, legalizar, explotar y mantener instalaciones solares fotovoltaicas de características similares a las previstas en la concesión. A tal efecto, deberá aportar, como mínimo: - Relación de las principales instalaciones fotovoltaicas ejecutadas, legalizadas, explotadas o mantenidas durante los últimos cinco años, indicando potencia, emplazamiento, titular o destinatario, fecha de ejecución o explotación y alcance de los trabajos realizados. - Certificados de buena ejecución o documentación equivalente acreditativa de la realización satisfactoria de dichas instalaciones, cuando resulte posible. - Acreditación de disponer de empresa instaladora habilitada en baja tensión, o compromiso de contratarla, cuando dicha habilitación no la ostente directamente el licitador. - Identificación del equipo técnico mínimo adscrito a la concesión, incluyendo, al menos, responsable técnico del proyecto, técnico competente para la redacción y firma de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa cuando proceda, responsable de mantenimiento y responsable de coordinación con el Ayuntamiento. - Declaración de medios materiales, técnicos e informáticos disponibles para la ejecución, explotación, mantenimiento y monitorización de las instalaciones. - Compromiso de disponer de plataforma de monitorización accesible para el Ayuntamiento durante toda la vigencia de la concesión, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No obstante, la acreditación inicial podrá realizarse mediante declaración responsable (Anexo V), sin perjuicio de que el licitador propuesto como adjudicatario deba aportar la documentación justificativa cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
Condiciones de ejecución
- Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer: Adoptar medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, así como garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres.
- Consideraciones de tipo medioambiental: - Garantizar la correcta gestión de residuos generados durante la instalación, mantenimiento, sustitución y retirada de equipos. - Promover la eficiencia energética, la reducción de emisiones y el uso de equipos y soluciones técnicas de menor impacto ambiental.
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos: - Someterse a la normativa estatal y europea en materia de protección de datos cuando la ejecución de la concesión implique acceso a datos personales o de consumo energético individualizado. - Mantener un comportamiento transparente en la gestión de ingresos, excedentes y consumidores asociados, facilitando al Ayuntamiento la documentación necesaria para su comprobación.
- Consideraciones de tipo social: Cumplir estrictamente la normativa laboral, salarial, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales aplicable al personal adscrito a la concesión.
Subcontratación
Se estará a lo dispuesto en las cláusulas 17 y 26 del PCAP.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
|
PRECIO DE LA ENERGÍA ADICIONAL
Se valorará, conforme a la fórmula indicada en el Anexo VIII, el menor precio medio ponderado ofertado para el suministro de energía adicional al Ayuntamiento, calculado a partir de los precios unitarios ofertados por el licitador para cada tarifa y periodo horario, ponderados conforme a los consumos anuales estimados recogidos en el Anexo II.
No se admitirán ofertas con precios negativos o condiciones económicas incompatibles con la normativa aplicable.
A efectos de valoración, cuando no se disponga de desglose real de consumos por periodos horarios, el precio medio ponderado se calculará tomando la media aritmética simple de los periodos ofertados para cada tarifa y ponderándola por el consumo anual estimado de los puntos de suministro incluidos en el Anexo II.
La utilización de esta fórmula tendrá efectos exclusivamente valorativos. La contratación o aprovechamiento de energía adicional tendrá carácter potestativo para el Ayuntamiento, sin obligación de consumo mínimo, exclusividad ni alteración de la naturaleza demanial de la concesión.
|
Objetivo / Automático | 15% |
|
CALIDAD TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN
Se valorará mediante juicio técnico motivado:
- calidad de módulos e inversores;
- eficiencia energética;
- durabilidad de los equipos;
- garantías ofrecidas;
- integración arquitectónica en la cubierta;
- facilidad de mantenimiento;
- soluciones constructivas propuestas.
|
Subjetivo / Manual | 15% |
|
MEJORAS EN GARANTÍAS, VIDA ÚTIL Y REVERSIÓN
Se valorarán las mejoras directamente relacionadas con el objeto de la concesión, tales como:
- ampliación de garantías de equipos;
- mejora de las condiciones de reversión;
- compromiso de sustitución anticipada de equipos;
- incremento de la vida útil garantizada;
- documentación técnica complementaria;
- otras mejoras técnicas debidamente justificadas.
Únicamente serán objeto de valoración aquellas mejoras que estén suficientemente definidas, sean objetivamente verificables y se encuentren directamente relacionadas con el objeto de la concesión.
No se admitirán mejoras genéricas, indeterminadas o ajenas al objeto de la concesión.
|
Subjetivo / Manual | 10% |
|
PLAZO DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
Se valorará la reducción del plazo máximo de ejecución fijado en 12 meses, conforme a la cláusula indicada en el Anexo VIII.
No se valorarán plazos inferiores a 6 meses, aunque podrán mantenerse como compromiso contractual del adjudicatario.
Asimismo, no se valorarán reducciones de plazo que, a juicio de los servicios técnicos municipales, resulten manifiestamente inviables atendiendo a la naturaleza y complejidad de las actuaciones.
|
Objetivo / Automático | 5% |
|
CANON ECONÓMICO
Se valorará el mayor canon económico anual ofertado por el licitador, conforme a la fórmula indicada en el Anexo VIII.
No se admitirán ofertas que no igualen o superen el canon mínimo anual de 3.900,00 euros. La puntuación se otorgará únicamente por la mejora ofertada sobre dicho canon mínimo.
|
Objetivo / Automático | 10% |
|
PLAN DE MANTENIMIENTO Y MONITORIZACIÓN
Se valorará mediante juicio técnico motivado:
- mantenimiento preventivo;
- mantenimiento correctivo;
- mantenimiento predictivo;
- tiempos de respuesta;
- plataforma de monitorización;
- acceso a datos;
- informes periódicos;
- organización del servicio de mantenimiento.
|
Subjetivo / Manual | 10% |
|
ENERGÍA ANUAL GRATUITA OFERTADA
Se valorará el incremento de la energía anual gratuita ofertada sobre el mínimo obligatorio de 25.000 kWh/año, conforme a la fórmula indicada en el anexo VIII.
Las ofertas que no superen el mínimo obligatorio de 25.000 kWh/año obtendrán 0 puntos en este criterio.
A efectos de valoración, no se puntuará la energía gratuita ofertada que exceda de 50.000 kWh/año, sin perjuicio de que el licitador quede obligado al cumplimiento íntegro de la oferta presentada.
|
Objetivo / Automático | 30% |
|
PARTICIPACIÓN MUNICIPAL EN INGRESOS
Se valorará el mayor porcentaje de participación municipal en los ingresos derivados de consumidores asociados o de la gestión de excedentes ofertado por el licitador, conforme a la cláusula señalada en el Anexo VIII.
Cuando no se oferte participación municipal en ingresos, la puntuación será 0 puntos.
|
Objetivo / Automático | 5% |
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
15 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato