OBRRD26023: Obras de rehabilitación y reforma del mercado de abastos municipal en Campanario (Badajoz).
Objeto y condiciones del contrato
Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio convoca la licitación «OBRRD26023: Obras de rehabilitación y reforma del mercado de abastos municipal en Campanario (Badajoz)», un contrato de obras con un valor estimado de 395.364,63 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Badajoz. Clasificación CPV: Edificios de interés histórico o arquitectónico.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 15 de septiembre de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Evaluación. El contrato cuenta con financiación de la Unión Europea.
Requisitos de los licitadores
Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente: Grupo K, Subgrupo 7 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Acreditación de la solvencia económica y financiera: Artículo 87.1 a): Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato (395.364,63 €). El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inve ntarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior en una vez el valor estimado del contrato (395.364,63 €).
Solvencia técnica o profesional
El empresario podrá acreditar indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en grupo o subgrupo correspondiente: Grupo K, Subgrupo 7 y Categoría 3 o bien acreditando cumplimiento requisitos de solvencia exigidos. Relación obras ejecutadas curso últimos 5 años corresp mismo grupo o subgrupo de clasificación, habiendo de ser el importe anual acumulado ano de mayor ejecución igual o superior al 70% VE 276.755,24. Obras deberán ser igual o similar que los que constituyen el objeto del contrato. Para determinar la similar se atenderá a la coincidencia entre los 3 primeros dígitos del CPV. Obras ejecutadas acreditarán mediante certificados buena ejecución, indicarán importe, fechas y lugar de ejecución y se precisará si se realizaron según las reglas y se llevaron normalmente a buen término; serán comunicados al órg. contratación. Obras ejecutadas por sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el art.42 Código Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación para empresas de nueva creación en el supuesto del art. 88.2 LCSP: Podrán acreditar su solvencia técnica mediante una declaración indicando el personal u organismos técnicos, estén integrados o no en la empresa, de los que disponga para la ejecución de las obras. Perfil min personal técnico/organismo técnico adscrito: Arquitecto/Arquitecto Técnico u otras titulaciones equivalentes. Experiencia min contratos similares: 1 ano como Jefe de obras. Acreditarse mediante títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario, asi como el n. tecnicos y experiencia profesional min exigida a dichos técnicos, o características y capacidades min de unidades técnicas. Los títulos o acreditaciones académicos o profesionales exigidos se aportarán cuando sea requerido por el Org. Contratación.
Subcontratación
Según el apartado 17.2 del CRC.
Prórrogas
No procede para este procedimiento.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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Evaluación de la oferta económica
Se utilizara la fórmula A.
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Objetivo / Automático | 60% |
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Medidas en materia de Promoción de Empleo
A los efectos de la aplicación de este criterio, tendrán la
consideración de personas con dificultades de acceso al mercado laboral
las pertenecientes a colectivos formados por jóvenes con baja
cualificación y sin experiencia laboral, personas desempleadas de larga
duración (sin recualificación), mujeres, personas con discapacidad,
población inmigrante y minorías étnicas, sin perjuicio de otros
colectivos que pueda definir a estos efectos la Secretaría General de
Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Se considerarán personas en riesgo y/o situación de exclusión social
aquellas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos,
Estrategia Europa 2020:
Personas que viven con bajos ingresos.
Personas que sufren privación material severa.
Personas que viven en hogares con una intensidad de empleo muy baja.
En Extremadura, se considerará acreditada esta circunstancia por el
hecho de ser la persona beneficiaria o solicitante,
con informe social favorable, de la Renta Extremeña Básica de Inserción.
La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los
compromisos adquiridos en su proposición técnica
mediante la presentación de la documentación, incorporándose esta
obligación como condición contractual en PCAP.
Hasta 10 puntos, a la entidad licitadora que se comprometa a emplear
para la ejecución del contrato, en los supuestos de nuevas
contrataciones, bajas y sustituciones, un % superior a 5% jóvenes
inscritos en programas FP DUAL relacionados con el trabajo a
desarrollar o personas demandantes de empleo, priorizando su
contratación, en caso de demandantes de empleo, los pertenecientes a
colectivos desfavorecidos, con dificultades de acceso al mercado laboral
o en riesgo y/o situación de pobreza o exclusión social.
Se otorgará la mayor puntuación al licitador que haya ofertado el mayor
% por encima del mínimo antes establecido en el criterio de
adjudicación. El resto de las ofertas se valorará de forma proporcional
conforme a la siguiente fórmula:
Pi = Po/PoM x (puntuación máxima)
Donde:
Pi=Puntuación obtenida por la entidad licitadora.
Po=% superior al mínimo.
PoM=(% superior al mínimo establecido contenido en la mejor oferta de
las licitadoras).
P=Puntuación máxima del criterio.
El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la
presentación de proposiciones u ofertas.
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Objetivo / Automático | 10% |
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Actuaciones que superen los estándares mínimos legales en materia de Seguridad y Salud
Las empresas licitadoras podrán ofertar, en relación con los trabajadores adscritos a la ejecución del
contrato, mejoras en materia de seguridad y salud que impliquen la incorporación a los
reconocimientos médicos de carácter básico de nuevas pruebas diagnósticas encaminadas a evaluar
la salud de los trabajadores.
Las pruebas a realizar estarán dirigidas a la prevención de riesgos cardiovasculares y de cáncer, e
incluirán, entre otras, las siguientes:
Pruebas de riesgo cardiovascular: electrocardiograma (ECG), control de presión arterial,
colesterol y glucemia.
Pruebas diagnósticas de cáncer: detección precoz mediante marcadores tumorales, PSA o
mamografía, según proceda.
Las empresas deberán indicar el importe económico total que van a destinar a financiar la ejecución
de esta medida durante la vigencia del contrato que podrá alcanzar hasta un máximo de 0,60 % del
presupuesto base de licitación, IVA excluido (2.372,19 euros).
Se otorgarán 10 puntos a la oferta económica, expresada en euros, de mayor cuantía presentada por
las empresas licitadoras. Al resto de las ofertas se les asignará la puntuación con dos decimales que
les corresponda proporcionalmente.
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Objetivo / Automático | 10% |
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Tecnología en I+D+i
Se valorará las tecnologías que se van a emplear en la ejecución del contrato que supongan una mejora de la calidad y valor técnico de la obra objeto del contrato: hasta 5 puntos.
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Subjetivo / Manual | 5% |
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Medidas para Garantizar el Plazo de Ejecución, Programas de Trabajo
Se valorarán las medidas propuestas para garantizar el cumplimiento de los hitos de ejecución con análisis de la planificación de la obra a las particularidades existentes en el entorno de la misma.
Duración estimada de cada actividad, con indicación de comienzo y finalización más pronta y tardía, de cada actividad, referidos al inicio de la obra e inversiones mensuales previstas, expresadas en porcentaje del proyecto (diagrama GANT): hasta 5 puntos.
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Subjetivo / Manual | 5% |
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Ampliación del Plazo de Garantía
Se valorarán las condiciones de la garantía ofertadas que sean superiores a las establecidas en el
PCAP, otorgándose hasta un máximo de 10 puntos al de mayor plazo ofertado por encima del mínimo
exigido en el PCAP (12 meses) y proporcionalmente al resto (regla de proporcionalidad directa),
fijándose el límite máximo de ampliación en otros 12 meses. Las ofertas que se encuentren por encima
del umbral de saciedad recibirán 10 puntos.
Durante este plazo de garantía, el contratista estará obligado a la conservación de las obras, de acuerdo
con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones que reciba de la
dirección de las obras.
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Objetivo / Automático | 10% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
17 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato