Hospital Mancomunado de Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social
Colaborador nº 292
Expediente: HIL/2026/03/102
Objeto del contrato: Obras de reforma, renovación e instalación de nuevos vestuarios ubicados
en la planta sótano del Hospital Intermutual de Levante.
RESOLUCIÓN DEL ORGANO DE CONTRATACIÓN DE
INICIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El Hospital Intermutual de Levante (en adelante, “HIL”) es un centro mancomunado de Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social en el que se trata a pacientes con patologías originadas
como consecuencia de un accidente laboral.
En lo que respecta a su marco normativo, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público (en adelante, “LCSP”), exige que todo contrato público se sustente en una
necesidad debidamente justificada y documentada. Asimismo, el artículo 28 LCSP establece que
las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean
necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. De este modo, el
artículo 116 del mismo cuerpo legal dispone que la celebración de los contratos requerirá la
previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación
motivando la necesidad del contrato y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.
A estos efectos, en el Informe Justificativo de necesidad suscrito por el Director de Gestión Y
Servicios Generales del HIL, que obra en el presente expediente, se justifica y detalla la necesidad
de llevar a cabo la contratación de las obras de reforma, renovación e instalación de nuevos
vestuarios ubicados en la planta sótano del Hospital Intermutual de Levante, así como la
adecuación de su objeto a las necesidades que pretenden satisfacerse.
Por todo ello, en virtud de los artículos 16, 28 y 116 de la LCSP, y en uso de las competencias
que tengo legalmente atribuidas:
RESUELVO
PRIMERO. – Acordar el inicio del expediente de contratación HIL/2026/03/102,
correspondiente a la realización de reforma, renovación e instalación de nuevos vestuarios
ubicados en la planta sótano del Hospital Intermutual de Levante.
SEGUNDO. – El expediente se tramitará a través de procedimiento abierto, sin quedar sujeto a
regulación armonizada, de conformidad con la regulación contenida en los 20 y 156.6 LCSP, siendo
la tramitación ordinaria.
TERCERO. - La presente Resolución será objeto de publicación en el Perfil del Contratante del
HIL alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
En San Antonio de Benagéber, a fecha de la firma digital.
Fdo: D. José Francisco Doménech Miguel
Director Gerente
Órgano de Contratación del Hospital Intermutual de Levante
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