Memoria justificativa

Otros Documentos Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> Signat electrònicament per: <!-- image --> <!-- image --> ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO | SERVICIO GESTOR: | SERVICIO DE COMERCIO Y MERCADOS | |-----------------------|------------------------------------------------------------------------------| | NOMBRE DEL CONTRATO: | Obras de mejora en instalaciones y envolvente del Mercado de Rojas Clemente. | | EXP. SERVICIO GESTOR: | 02901-2026-00427 | Se emite la presente memoria en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28, 29, 62, 63 y 116.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: ## 1. ELECCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN El expediente se tramita como un contrato de Obras por procedimiento Abierto Simplificado Valor estimado del contrato: 252.370,82€ Ponderación de criterios: -  Criterios evaluables automáticamente: 100% -  Criterios sometidos a un juicio de valor: 0% Criterios relacionados con la calidad Se aplica este procedimiento en base a: ☐ ☒ Se ha elegido el procedimiento ABIERTO SIMPLIFICADO por cuanto se cumplen los requisitos señalados en el art. 159 de la LCSP, apartados 1 a 5, en cuanto al valor estimado del contrato y ponderación de criterios. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, queda constancia de que no se está realizando fraccionamiento alguno para eludir los requisitos de otra tramitación distinta. ## 2. CLASIFICACIÓN Y CRITERIOS DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, Y ECONÓMICA Y FINANCIERA 2.1. CLASIFICACIÓN. NO ## 2.2. CRITERIOS DE SOLVENCIA La solvencia exigida está vinculada al contrato y es proporcional al mismo para garantizar la posibilidad de que las ofertas sean evaluadas en condiciones de competencia efectiva. v. 1.0 (Abril 2025) | Antefirma | Nom | Data | Emissor cert | Núm. sèrie cert | |--------------------------------------------------------|----------------------------------|------------|--------------------------|----------------------------------------------------| | CAP SECCIO MITJANA - SECC. TECNICA DE COMERÇ I MERCATS | JESUS MIGUEL CARNICER LURBE | 20/02/2026 | ACCV RSA1 PROFESIONAL ES | 44686186756642198950 11958618781852057396 37707418 | | CAP DE SERVICI - SERV. DE COMERÇ I MERCATS | FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MARTI | 20/02/2026 | ACCVCA-120 | 10643572619546411617 5744152168224657982 | <!-- image --> Signat electrònicament per: á <!-- image --> En el supuesto de que la clasificación sea exigible, los criterios a que se ref iere el p sente apartado, solo serán exigibles a las personas o empresas licitadoras no españolas de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo. En el supuesto de la clasificación sea sustitutiva, el/la em presario/a podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante la clasificación señalada anteriormente o mediante los documentos que se indican en el presente apartado. Considerando el objeto del contrato y su valor estimado, así como los principios de n o discriminación y proporcionalidad que debe regir en toda actuación administrativa, las condiciones de aptitud mínima que deberá exigirse a los licitadores para participar en este procedimiento de adjudicación son los señalados en el Anexo I del PCAP, sie ndo la justificación la siguiente: ## Solvencia económica -financiera Se establece referida al volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato en el curso de los tres últimos año s, con un criterio de se lección referido al volumen mínimo equivalente al valor estima do del contrato, por consi derarse que dad o el relativamente bajo importe, este l í mite permitirá pa rticipar en la licitación a empresas de medio y bajo tamaño, favore ciendo la mayor participación y asegurando esta , persiguiendo que la empresa finalmente adjudicataria ha ya realizado actuaciones similares y esté razonablemente capacitada para ejecutar el presente contrato, evitando futuras renuncias o disfunciones que, por falta de capacidad económica, impidieran o dificultaran su objeto, sin qu , por otra parte se restrinja excesivamente la competencia estableciendo un valo r ar tificialmente elevado. ## Solvencia técnica Se establece referid a a l a realización de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo m s relevante, con importe anual igual al valor estimado, considerándose suficiente garantía, por n o incluir est as partidas inusu ales o de especial dificultad ni r es ultar su imp orte tan elevado que exija mayores prevenciones. Del mismo modo que se ha señal ado con anterioridad se pretende asegurar una sufi ciente participación de empresas, en especial de pequeño y medio tamaño. Para las empresas con antigüedad inferior a 5 años se podrá acreditar mediante declaración de plantilla, con el objeto ya mencionado. ## Compromiso de adscripción de medios La adjudicataria deberá comprometerse a adscribir a la ejecución de la obra a personas encargadas de la jefatura de obra y encargada de obras, con las condiones detalladas en el punto P. 3 del Anexo I al PCAP. Se pr etende así asegurar la presencia efectiva de personal encargado de la jefatura de obra, de la jefatura de instalaciones y de la persona encargada de obra en la misma durante su ejecución, condición determinante de su correcta ejecución con las necesarias condiciones de calidad, considerándose como el mínimo imprescindible y revistiendo por tanto carácter obligatorio para cualquier licitadora , estableciéndose las titulaciones requeridas en función de las diversas competencias académicas, así como la consider ación del carácter mas generalista de la de Arquitectura Técnica, que se adapta mejor al puesto, reservándose la jefatura de instalaciones a personas tituladas en Ingeniería. Respecto a la exigencia de intervención en determinados usos, esta se deriva de las di stint ivas características del presente v. 1.0 ( Abril 205) | Antefirma | Nom | Data | Emissor cert | Núm. sèrie cert | |--------------------------------------------------------|----------------------------------|------------|--------------------------|----------------------------------------------------| | CAP SECCIO MITJANA - SECC. TECNICA DE COMERÇ I MERCATS | JESUS MIGUEL CARNICER LURBE | 20/02/2026 | ACCV RSA1 PROFESIONAL ES | 44686186756642198950 11958618781852057396 37707418 | | CAP DE SERVICI - SERV. DE COMERÇ I MERCATS | FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MARTI | 20/02/2026 | ACCVCA-120 | 10643572619546411617 5744152168224657982 | <!-- image --> Signat electrònicament per: <!-- image --> proyecto, que como ya se ha mencionado se desarrolla en un establecimiento comercial en funcionamiento, muy distintas a las que se dan en otros tipos de obras . La solvencia solicitada, tanto económica como técnica, está vinculada al objeto del contrato y pretend e asegurar la capacidad de la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato con los medios suficientes. Los criterios, por tanto, son proporcionales y no suponen discriminación alguna para las distintas licitadoras , estableciéndose en todo momento condi ci es de competencia efectiva . ## 3. CRITERIOS QUE SE TENDRÁN EN CUENTA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO La adjudicación del presente contrato se realizará utilizando como criterios de adjudicación (automáticos ): Menor precio ofertado: Hasta un máximo de 60 puntos, con las condiciones expresadas en el Anexo 1 al Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Experiencia especifica de la persona encargada de la Jefatura de Obra: Hasta un máximo de 30 puntos, con las condiciones expresadas en el Anexo 1 al Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Menor plazo total de ejecución: Hasta un máximo de 10 puntos, con las condiciones expresadas en el Anexo 1 al Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Respecto al criterio experiencia específica de la persona encargada de la Jefatura de Obra y , teniendo en cuenta las especial es circunstancias derivadas del hecho que la ejecución de las obras deben realizarse manteniendo la actividad comercial del Mercado , con múltiples puestos de venta que ejercen en él su actividad, además de la notable afluencia de compradores, suministrador es, equipos de limpieza y mantenimiento, hacen que las características de la obra difieran considerablemente de las de una edificación de nueva planta o sin usuarios; por lo que en la experiencia de este Servicio, la mejor consecución del objetivo con las menores molestias posibles y en el plazo previsto depende en gran medida de la actuación de la Jefatura de Obra, que tiene a su cargo la máxima responsabilidad sobre la ejecución, considerándose suficiente el criterio propuesto, no valorándose la experienc ia específica a la Jefatura de instalaciones o a la persona encargada, evitando restringir artificialmente la competencia por la aplicación de criterios excesivamente exigentes. Respecto al Plazo de Ejecución, el previsto , vistas actuacione s similares, se considera que podría reducirse, por lo que se considera conveniente otorgar 10 puntos a este criterio , circunstancia conveniente a fin de minimizar las molestias a compradores y vendedores en el desarrollo normal de su actividad. | Antefirma | Nom | Data | Emissor cert | Núm. sèrie cert | |--------------------------------------------------------|----------------------------------|------------|--------------------------|----------------------------------------------------| | CAP SECCIO MITJANA - SECC. TECNICA DE COMERÇ I MERCATS | JESUS MIGUEL CARNICER LURBE | 20/02/2026 | ACCV RSA1 PROFESIONAL ES | 44686186756642198950 11958618781852057396 37707418 | | CAP DE SERVICI - SERV. DE COMERÇ I MERCATS | FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MARTI | 20/02/2026 | ACCVCA-120 | 10643572619546411617 5744152168224657982 | <!-- image --> Signat electrònicament per: <!-- image --> <!-- image --> ## 4. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN (art. 28 LCSP) El Servicio de Comercio y Mercados tiene atribuida entre sus competencias la gestión de los mercados municipales de alimentación, debiendo promover todas aquellas obras y reparaciones que, excediendo el ordinario mantenimiento de los inmuebles en los que se ubican, sea preciso ejecutar al objeto de garantizar su adecuada conservación y adecuación a los fines públicos a los que han de servir. En este sentido es indudable que la actividad comercial requiere que las características del edificio del Mercado inviten a su uso, atrayendo a compradores y garantizando que los vendedores ejerzan su actividad en las mejores condiciones, renovando y mejorando instalaciones y acabados afectados por el paso del tiempo y el uso público, labores que van más allá del mero mantenimiento regular del mismo. ## 5. DIVISIÓN EN LOTES ☒ NO Este órgano de contratación propone no dividir en lotes el objeto del contrato por el siguiente motivo <!-- image --> ☒ El hecho de que, la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultara la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico; o bien que el riesgo para la correcta ejecución del contrato proceda de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. ## 6. DURACIÓN DEL CONTRATO (art. 29 LCSP) La duración prevista del contrato es de 42 días incluyendo su proyecto aprobado justificación en su plan de obra con estimación de duración parcial de cada actividad y la total para el conjunto de la obra. ## 7. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Se considera necesario, de acuerdo con la previsión del artículo 202 LCSP, establecer las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato que se consideran vinculadas con su objeto, no son discriminatorias y son compatibles con el derecho comunitario: v. 1.0 (Abril 2025) | Antefirma | Nom | Data | Emissor cert | Núm. sèrie cert | |--------------------------------------------------------|----------------------------------|------------|--------------------------|----------------------------------------------------| | CAP SECCIO MITJANA - SECC. TECNICA DE COMERÇ I MERCATS | JESUS MIGUEL CARNICER LURBE | 20/02/2026 | ACCV RSA1 PROFESIONAL ES | 44686186756642198950 11958618781852057396 37707418 | | CAP DE SERVICI - SERV. DE COMERÇ I MERCATS | FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MARTI | 20/02/2026 | ACCVCA-120 | 10643572619546411617 5744152168224657982 | <!-- image --> Signat electrònicament per: <!-- image --> ## 7.1. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución de carácter de carácter social en la cláusula 22.2.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: -  Acreditación del cumplimiento de la reserva legal de trabajadores/as con discapacidad. -  Acreditación del cumplimiento legal de contar con planes de igualdad, y en su defecto, contar con plan de igualdad voluntario o políticas o medidas de igualdad de la empresa. -  Acreditación de contar con el distintivo de igualdad en aquellos contratos de duración superior al año, y en su defecto, comprometerse a presentarse a la siguiente convocatoria anual. Dichas condiciones se establecen en orden a hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención de las Naciones Unidad sobre los derechos de las personas con discapacidad, y en orden a eliminación de las desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercado laboral, favoreciendo la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo. Otras condiciones especiales de ejecución (Apartado T del Anexo I del PCAP): <!-- image --> ☒ SI Se impone como condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y representación de personal. Esta condición deriva de la necesidad de garantizar que la empresa contratista cumpla con sus obligaciones laborales, establecidas en la legislación europea, nacional o convenios colectivos s disposiciones y de este modo garantizar el respeto a los derechos laborales básicos a lo largo de la cadena de producción mediante la exigencia del cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo 7.2 CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN CON EL CARÁCTER DE OBLIGACIÓN ESENCIAL <!-- image --> ☒ NO | Antefirma | Nom | Data | Emissor cert | Núm. sèrie cert | |--------------------------------------------------------|----------------------------------|------------|--------------------------|----------------------------------------------------| | CAP SECCIO MITJANA - SECC. TECNICA DE COMERÇ I MERCATS | JESUS MIGUEL CARNICER LURBE | 20/02/2026 | ACCV RSA1 PROFESIONAL ES | 44686186756642198950 11958618781852057396 37707418 | | CAP DE SERVICI - SERV. DE COMERÇ I MERCATS | FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MARTI | 20/02/2026 | ACCVCA-120 | 10643572619546411617 5744152168224657982 |