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Pliego Técnico
Ver licitación
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## PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA - NEXTGENERATION EU.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA DE ACONDICIONAMIENTO DE SIETE (7) CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, PARA LA CREACIÓN DE 158 NUEVAS PLAZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE 2-3 AÑOS, , EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE IMPULSO DE ESCOLARIZACIÓN EN EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, CON FINANCIACIÓN ' NEXT GENERATION ', CON CARGO AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR).
EXPTE: PAS\_MRR\_OB\_06\_24 Fase 3E
## 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto establecer las condiciones Técnicas Generales que han de regir en el contrato para la ejecución de las obras de:
Tabla 1.1
| OBJETO DE LAS CONTRATACIONES | Nº /CENTRO EDUCATIVO | Nº PLAZAS | ISLA | MUNICIPIO |
|-----------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------|-------------|---------------|----------------------------|
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. ESTRELLA BARREIRO MORENO 35005651 | 18 | GRAN CANARIA | ARUCAS |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. MENCEY BENTOR 38008110 | 18 | TENERIFE | LOS REALEJOS |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. PLÁCIDO FLEITAS 35007817 | 36 | GRAN CANARIA | TELDE |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. VIÑUELA 35008494 | 18 | GRAN CANARIA | AGÜIMES |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P FEDERICO GARCÍALORCA 35006591 | 18 | GRAN CANARIA | LAS PALMAS DE GRAN CANARIA |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. CLAUDIO DE LATORRE 35000771 | 32 | GRAN CANARIA | INGENIO |
| Ejecución de baños, acondicionamien- to de aulas, patio y sustitución de car- pinterías | C.E.I.P. POETA DOMINGO VELÁZQUEZ 35005808 | 18 | FUERTEVENTURA | PUERTO DEL ROSARIO |
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU»
HIPOLITO ALEJANDRO SUAREZ NUEZ - CONSEJERO/A
JOSE MANUEL CABRERA DELGADO - VICECONSEJERO/A
HECTOR JOSE DAVILA MAMELY - ARQUITECTO/A TECNICO/A
En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica\_doc?codigo\_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente:
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Todas las obras se definen en los respectivos Memorias Técnicas y Proyectos que se adjuntan para licitación.
Las presentes prescripciones técnicas serán de obligada observación por el contratista a quien se adjudique la obra, el cual deberá hacer constar que las conoce y que se compromete a ejecutar la obra con estricta sujeción a las mismas en la propuesta que formule y que sirva de base para la adjudicación.
La ejecución del proyecto deberá cumplir con las condiciones que, según consta en el apartado 9 'Actuaciones del Programa' del Acuerdo de 25 de noviembre de 2021 de la Conferencia Sectorial de Educación, modificado por el Acuerdo de 13 de diciembre de 2022 de la conferencia Sectorial de Educación, han de cumplirse en la ejecución de las actuaciones comprendidas en el Componente 21 Inversión 1, por remisión a lo dispuesto en el PRTR para dicho Componente e Inversión.
## 2. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS.
Las obras a ejecutar, se definen en los Proyectos, que se adjuntan para la licitación.
El alcance de las obras a ejecutar será el definido por la totalidad de las unidades de obra previstas en el documento del proyecto aprobado, que constituyen una obra completa, para disponerla al uso general de acuerdo con las previsiones del mismo. El Pliego de prescripciones Técnicas que deben cumplir los materiales serán los incluidos e individualizado por obra en cada proyecto.
## 3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
- 3.1.- El Contratista adscribirá obligatoriamente como mínimo a la ejecución de la obra, formando parte de su propia plantilla, bien por pertenecer a la misma o bien mediante contratación particular para esta obra, como responsables de la ejecución del proyecto y de su gestión técnica y económica, con la experiencia acreditada necesaria para ejecución de obras de estas características, al siguiente personal:
- Jefe/a de Obra o Delegado/a de obra del/la contratista , con la titulación de Arquitectura, Ingeniería de caminos canales y puertos, Arquitectura Técnica, Ingeniería de la Edificación, o Ingeniería Técnica de Obras Públicas, o Ingeniería Industrial o Ingeniería Técnica Industrial que deberá ser la persona designada por éste, y aceptada por la Administración antes de la formalización del contrato y responsable de la ejecución de la obra civil, con una experiencia mínima de 5 años en obras.
- Técnico/a en Seguridad y Salud Laboral . Las funciones del Técnico en Seguridad y Salud Laboral, no podrán ser asumidas ni por el Jefe de Obra o Delegado de obra del contratista, ni por el Especialista en Instalaciones, pero si por la persona responsable de la ejecución de la obra civil, si la hubiera.
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HIPOLITO ALEJANDRO SUAREZ NUEZ - CONSEJERO/A
JOSE MANUEL CABRERA DELGADO - VICECONSEJERO/A
HECTOR JOSE DAVILA MAMELY - ARQUITECTO/A TECNICO/A
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- Encargado/a . Como responsable directo de la ejecución material del proyecto y para que sirva de puente entre los técnicos anteriormente y los operarios que han de realizar los trabajos de construcción.
Todo este personal tendrá que estar permanentemente en obra, durante toda su ejecución y estar localizable permanentemente, fuera de los horarios de realización de dichos trabajos, hasta la finalización de la misma.
La persona contratista se compromete a mantener las características del personal ofertado durante todo el período de ejecución del contrato.
La Dirección de Ejecución de las obras y la Coordinación de Seguridad y Salud en fase de ejecución, será desarrollada por Facultativos competentes, personal propio o contratados por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. La Dirección de las obras la ostentará un técnico con titulación de Arquitecto Superior, mientras que la Dirección de la Ejecución de la obra y la Coordinación en materia de Seguridad y Salud, la ostentarán un Arquitecto Técnico, Aparejador ó Ingeniero de la Edificación o Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
## 4. CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN TENER LOS MATERIALES A EMPLEAR
- 4.1.- Las instalaciones eléctricas deberán ser ejecutadas de acuerdo con el REBT-2002 y la normativa específica de carácter autonómico vigente en el momento de inicio de las obras, utilizando las técnicas y materiales autorizados por dichas normas y teniendo en consideración las posibles modificaciones normativas que puedan serle de aplicación durante la ejecución de las obras hasta que se proceda a legalizar la instalación en la Dirección General de Industria y Energía de forma que no haya impedimento técnico para la contratación del suministro de energía eléctrica y sin que esto suponga variaciones de precios respecto a los materiales o técnicas equivalentes valoradas en el proyecto licitado.
- 4.2. Todos los materiales a emplear en la presente obra serán de primera calidad y reunirán las condiciones exigidas en las condiciones generales de índole técnica prevista en el Pliego de Condiciones de la Edificación-1973 y demás disposiciones vigentes referentes a materiales y prototipos de construcción.
Los productos de construcción que se incorporen con carácter permanente a los edificios, en función de su uso previsto, llevarán el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productos de construcción, transpuesta por el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1329/1995 de 28 de julio, y disposiciones de desarrollo, u otras Directivas europeas que les sean de aplicación, tal y como se indica en el artículo 5.1 del Código Técnico de la Edificación, (C.T.E.).
Así mismo, y tal como se indica en el artículo 5.2 del C.T.E., los productos de la construcción cumplirán lo requisitos establecidos en los DB (Documentos Básicos) del C.T.E. que establezcan las características técnicas de productos, equipos y sistemas que se incorporen a los edificios, sin perjuicio del Marcado CE que les sea aplicable de acuerdo con las correspondientes Directivas Europeas.
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JOSE MANUEL CABRERA DELGADO - VICECONSEJERO/A
HECTOR JOSE DAVILA MAMELY - ARQUITECTO/A TECNICO/A
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También servirán aquellas marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de calidad voluntarios que faciliten el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE, y que hayan sido reconocidos por las Administraciones Públicas competentes.
También podrán reconocerse, tal y como se indica en el artículo 5.4 del C.T.E. y de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, las certificaciones de conformidad de las prestaciones finales de los edificios, las certificaciones de conformidad que ostenten los agentes que intervienen en la ejecución de las obras, las certificaciones medioambientales que consideren el análisis del ciclo de vida de los productos, otras evaluaciones medioambientales de edificios y otras certificaciones que faciliten el cumplimiento del CTE.
Se considerarán conformes con el CTE los productos, equipos y sistemas innovadores que demuestren el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE referentes a los elementos constructivos en los que intervienen, mediante una evaluación técnica favorable de su idoneidad para el uso previsto, concedida, a la entrada en vigor del CTE, por las entidades autorizadas para ello por las Administraciones Públicas competentes.
El reconocimiento por las Administraciones Públicas competentes, se referirá a las marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de calidad voluntarios, así como las certificaciones de conformidad de las prestaciones finales de los edificios, las certificaciones medioambientales así como a las autorizaciones de las entidades que concedan evaluaciones técnicas de la idoneidad, legalmente concedidos en los Estados miembros de la Unión y en los Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- 4.3. Todos los materiales a emplear en la presente obra, así como su transformación o conversión en obra, se someterán a los controles, previo ensayo, experimentación, sello de calidad, prescripciones técnicas, conforme a las disposiciones vigentes referentes a materiales o prototipos de construcción que le son de aplicación, así como todos aquellos que se crean necesarios para acreditar su calidad y funcionamiento, por cuenta de la contrata. Cualquier otro que no haya sido especificado y que sea necesario realizar deberá ser aprobado por la Dirección de las Obras, bien entendido que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas por la buena práctica de la construcción.
El constructor exigirá a los suministradores, para entregárselos al director de ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa, tal y como se establece en el artículo 7.2.1. del C.T.E. Dicha documentación se entregará posteriormente a la propiedad para ser incluida en el Libro del Edificio.
Se realizará también un control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluación de idoneidad técnica tal y como se recoge en el artículo 7.2.2. del C.T.E. Para ello, la Contrata exigirá al suministrador la documentación recogida en dicho artículo. Dicha documentación debe ser verificada por el director de la ejecución de la obra para determinar que dicha documentación es suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella, y para que se pueda realizar su colocación en la obra. Dicha documentación se entregará posteriormente a la propiedad para ser incluida en el Libro del Edificio.
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En los casos que sea necesario, se realizará un control de recepción mediante ensayos, tal y como se recoge en el artículo 7.2.3. del C.T.E.. Los resultados obtenidos y toda la documentación producida se integrarán en el Libro del Edificio.
Los materiales no consignados en proyecto que dieran lugar a precios contradictorios, reunirán las condiciones de bondad necesarias a juicio de la Dirección Facultativa, no teniendo el Contratista derecho a reclamación alguna por estas condiciones exigidas y se tramitaran conforme a la normativa de aplicación.
## 5. SEGURIDAD Y SALUD.
La empresa adjudicataria de este contrato elaborará, el Plan de Seguridad y Salud (Art. 7 del Real Decreto 1.627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad ysalud en las obras de construcción). Este documento se redactará en base al Estudio de Seguridad y Salud incluido como anejo del Proyecto de ejecución de la obra. En el citado Plan se analizarán, estudiarán, desarrollarán y complementarán las previsiones contenidas en el referido Estudio, en función de su propio sistema de ejecución de la obra, incluyéndose, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el Estudio de Seguridad y Salud.
El Plan lo remitirán al Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra, contratado por la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa para que proceda a informar sobre el mismo, disponiendo éste de un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la fecha en la que se le facilite Plan por parte del Adjudicatario para elaborar el mencionado informe.
La empresa adjudicataria deberá acreditar a tos efectos de justificación, ante el Órgano de Contratación, la entrega del Plan al Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra, y la fecha en que se haya producido la misma. Este trámite se realizará cuantas veces resulten necesarias hasta la obtención del informe favorable al Plan por parte del Coordinador de Seguridad y Salud.
Una vez realizado dicho trámite, la empresa contratista deberá presentar a la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa el mencionado Plan, junto con el informe favorable del Plan por parte del Coordinador de Seguridad y Salud de la obra, para que el órgano de contratación pueda proceder a su aprobación.
Por lo que la empresa adjudicataria deberá enviar el Plan de Seguridad y Salud al Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra con el plazo suficiente para que el día de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo dicha empresa pueda acreditar el alta del Centro de Trabajo.
Las unidades que no estén incluidas en el Estudio de Seguridad y Salud o en el Plan de Seguridad y Salud y que resulten de obligado cumplimiento por la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, serán de obligada ejecución sin coste adicional alguno, por parte del Contratista.
## 6. GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU»
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El Contratista estará obligado a cumplir la normativa vigente en materia de residuos de construcción y demoliciones De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero. por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, el Contratista, en su condición de poseedor de residuos, estará obligado a presentar a la Administración, un Plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, en particular las recogidas en el artículo 4 y 5 de la citada norma. Para lo cual se incluye en el documento del Proyecto un Estudio de Gestión de Residuos (RCO), cuyo presupuesto esta incorporado a dicho documento.
El citado Plan contendrá como mínimo los apartados relacionados en el citado Real Decreto.
La empresa adjudicataria deberá acreditar a los efectos de justificación, ante el Órgano de Contratación, la entrega del Plan a la Dirección Facultativa de las Obras, y la fecha en que se haya producido la misma. Este trámite se realizará cuantas veces resulten necesarias hasta la obtención del informe favorable al Plan por parte de la Dirección Facultativa.
El Plan, una vez aprobado por la Dirección Facultativa, en un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la fecha en la que se le facilite dicho Plan por parte del adjudicatario, y aceptado por la propiedad, pasará a formar parle de los documentos contractuales de la obra.
En todo caso, el Plan deberá estar aprobado y aceptado por el productor de residuos (Administración) con anterioridad a la comprobación del replanteo de la obra.
Cuando los residuos de construcción y demolición se entreguen por parte del poseedor a un gestor autorizado, se hará constar la entrega en un documento fehaciente en el que figurará la identificación del poseedor, del productor, la obra de procedencia y la cantidad en toneladas o en metros cúbicos codificados con arreglo a la europea de residuos publicada por orden MAM/304/2002. de 8 de febrero.
Los residuos estarán en todo momento en adecuadas condiciones de higiene y seguridad y se evitará en todo momento la mezcla de fracciones ya seleccionadas.
El contratista dispondrá de una zona de recogida y almacenaje de residuos, a ubicar en un lugar autorizado por la Dirección Facultativa de la obra, en el que se depositarán todos los restos de embalaje, protección y elementos sobrantes de desecho que se produzcan durante la ejecución de los trabajos, debiéndose gestionar dichos residuos ante un gestor autorizado, a cuyo fin deberá de estar en posesión de los documentos que acrediten dicha gestión.
Los contenedores de recogida de los diferentes residuos de la obra deberán mantenerse siempre protegidos, o adoptarse medidas preventivas que correspondan, de tal manera que no se facilite la transmisión de polvo ambiental a las zonas colindantes. Los residuos estarán en todo momento en adecuadas condiciones de higiene y seguridad y se evitará en todo momento la mezcla de fracciones ya seleccionadas.
Los horarios de entrada y salida de los camiones en las operaciones de recogida de los contenedores mencionados, deberán si fuera preciso ser previamente autorizados por el Ayuntamiento.
## 7. ALMACENAJE DE LOS MATERIALES DE OBRA.
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El Contratista dispondrá de una zona de almacenaje y acopio de materiales, autorizada por la Dirección Facultativa.
Asimismo, los horarios correspondientes a carga y descarga de materiales, si fuera preciso, deberán de coordinarse con el Ayuntamiento, siendo éste el que determine las horas de entrada y salida de los camiones.
## 8. CONSIDERACIONES GENERALES.
Condiciones generales de ejecución de los trabajos.
Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto o a las modificaciones del mismo que previamente hayan sido aprobadas por la Administración y a las órdenes e instrucciones que bajo su responsabilidad imparta la Dirección Facultativa, dentro de las limitaciones que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y de conformidad con sus funciones técnicas.
Es imprescindible tomar todas las medidas de seguridad necesarias durante la ejecución de la obra, los propios trabajadores de la obra y las medidas de seguridad necesarias para la compatibilidad de las obras con el correcto funcionamiento del centro docente, siendo obligatoria la coordinación de los tajos con los equipos directivos de los centros docentes.
## Instalaciones Auxiliares.
Constituye obligación del Contratista todas aquellas medidas necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios del centro y la simultaneidad de las obras con el correcto funcionamiento docente del centro, ordenadas por la dirección de obra aunque estas supongan unidades de obra no incluidas en el proyecto, siendo a cargo del contratista.
Constituye obligación del Contratista el estudio y construcción a su cargo, de todas las instalaciones auxiliares de las obras, incluidas las obras provisionales necesarias para la ejecución de las definitivas, así como los accesos y caminos de servicio de las obras.
Constituye también obligación del Contratista el estudio y construcción a su cargo, si fuera necesario, de todas las instalaciones de protección de los viandantes y los vehículos particulares.
Durante la ejecución de los trabajos serán de cargo del contratista la conservación y reparación de todas las instalaciones auxiliares. incluidos los accesos y caminos de servicio de la obra.
El Contratista estará obligado a su costa y riesgo a desmontar, demoler y transportar fuera de la zona de las obras, al término de las mismas, todos los elementos y material inútil que le pertenezca o hayan sido utilizados por él, con excepción de los que explícitamente y por escrito determine la Dirección Facultativa de la obra.
## Medios y Maquinaria Auxiliar.
El Contratista está obligado, sin coste adicional alguno, a disponer de todos los medios auxiliares, ayudas de albañilería (rozas, realización de trépanos para paso de instalaciones, etc.), transporte, grúas, personal, señalización de obra, seguros y medios de seguridad
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necesarios tanto para la ejecución de las unidades de obra objeto del contrato como para la realización de las pruebas parciales y finales necesarias.
## Limpieza de la Obra.
Es obligación del Contratista mantener la obra limpia, así como los alrededores, atendiendo cuantas indicaciones y órdenes se le den por la Dirección Facultativa en cuanto a escombros y materiales sobrantes. Adoptará las medidas convenientes para que la obra presente buen aspecto en cualquier momento.
Esta limpieza correrá a cargo del Contratista y se considera incluida en el precio de la oferta, debiéndose adoptar cuantas medidas resulten necesarias para que se proceda a dejar las zonas afectadas por las obras en adecuadas condiciones de limpieza al finalizar cada jornada de trabajo.
Deberá conservar en perfecto estado de limpieza todos los espacios interiores y exteriores a las construcciones, evacuando los desperdicios y basuras.
El Contratista queda obligado a dejar libres las vías públicas, debiendo realizar los trabajos necesarios para permitir el tránsito de peatones y vehículos durante la ejecución de las obras.
## Medidas de Protección.
El Contratista deberá proteger todos los materiales y la propia obra, contra todo deterioro y daño durante el periodo de construcción y almacenar y proteger contra incendios todos los materiales inflamables.
En especial, se subraya la importancia del cumplimiento por parte del Contratista de los Reglamentos vigentes para el almacenamiento de carburantes.
## Vigilancia de la obra.
Será obligación del Contratista la vigilancia de la obra hasta su recepción.
## Facilidades a la Inspección.
El Contratista pondrá a disposición de la Dirección Facultativa de la obra todo lo necesario para proceder a los replanteos, y a un correcto control, medición y valoración de las obras.
## Instalaciones Provisionales.
El Contratista deberá contratar y habilitar los puntos de toma de agua y energía necesarios para la ejecución de la obra. Asimismo construirá y conservará en lugar indicado en el Plan de Seguridad y Salud, las instalaciones sanitarias y administrativas para el personal de la Obra.
## Condiciones del Proceso de Ejecución.
El Contratista deberá tomar todas las medidas de prevención y minimización del impacto indeseado o molesto (polvo, ruido, vibraciones, afección a viales,etc.) que pudiera causar en el entorno la ejecución de la obra.
Se protegerán todos los elementos de servicio público que puedan resultar afectados por las obras.
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## La zona afectada por las obras quedará convenientemente señalizada.
En caso de imprevistos se procederá a la paralización provisional de los trabajos que tengan relación directa con éstos, procediéndose de inmediato a ponerlo en conocimiento de la Dirección Facultativa de obra, no pudiéndose continuar con los mismos hasta que se haya dado la orden pertinente por parte de dicha Dirección Facultativa.
La operación de carga de escombros se realizará con las precauciones necesarias, para conseguir las condiciones de seguridad suficientes. En estas operaciones se eliminarán los elementos que puedan entorpecer los trabajos de retirada y carga de los mismos.
Será obligatoria la ejecución continuada de las obras de modo que el abandono o paralización unilateral de la ejecución de las mismas, sin la conformidad del órgano de contratación e informe de la Dirección Facultativa de las obras, por parte del contratista constituye incumplimiento de las obligaciones esenciales del contrato.
## Medidas de Seguridad.
El Contratista es responsable de las condiciones de seguridad en los trabajos, estando obligado a adoptar y hacer aplicar, a su costa, las disposiciones vigentes sobre esta materia, las medidas que puedan dictar la Inspección de Trabajo y demás organismos competentes y las normas de seguridad que corresponden a las características de las obras.
El Contratista será el único responsable de las consecuencias de la transgresión de los Reglamentos de Seguridad vigentes en la construcción, Instalaciones eléctricas, etc., sin perjuicio de las atribuciones de la Inspección Técnica al respecto.
Previamente a la iniciación de cualquier tajo u obra parcial , el Contratista está obligado a adoptar todas las medidas de seguridad, dispositivos complementarios, sistemas de ejecución, etc., necesarios para garantizar perfecta seguridad en la obra de acuerdo con los Reglamentos vigentes.
## Organización y Policía de las Obras.
El Contratista es responsable del orden, limpieza y condiciones sanitarias de las obras.
Deberá adoptar a este respecto todas las medidas que le sean señaladas por la Facultativa Dirección de la obra.
## Caminos y accesos.
El Constructor dispondrá por su cuenta los accesos a la obra y el cerramiento o vallado de ésta, pudiendo el Coordinador de Seguridad y Salud, en el ejercicio de sus competencias, exigir su modificación o mejora.
## Interferencia con el Tráfico.
Las diversas operaciones de construcción, sobre todo las derivadas de la utilización de elementos auxiliares como camiones grúa, etc., se llevarán a cabo de forma que se cause la menor interferencia posible en el tráfico de la zona, y si fuera necesario a juicio de la Dirección Facultativa o del Ayuntamiento, se deberán realizar en horario nocturno, y/o en fines de semana, y/o días festivos, cuidando al máximo las medidas de seguridad,
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entendiéndose dichas operaciones,de tener que ejecutarse en los horarios indicados, incluidas en el precio del contrato.
Si resultara necesario interrumpir las operaciones de construcción debido al tráfico, dicho desplazamiento o interrupción de operaciones se efectuará siempre que así lo ordene la Dirección Facultativa de la obra, por cuenta y riesgo del Contratista.
Si durante la ejecución de los trabajos el Contratista perdiera, vertiera o inadvertidamente colocara cualquier material, instalación, maquinaria o accesorios que, en opinión de la Dirección Facultativa de la obra pudieran representar un peligro y obstrucción para el tráfico o que, en cualquier otra forma, pudieran ser objetables, los recuperará y retirará con la mayor prontitud sin coste adicional alguno.
Hasta que se efectúe dicha recuperación y retirada, el Contratista dará aviso inmediato de toda obstrucción que se produzca por alguna de las causas anteriores, suministrando la correspondiente descripción y situación de la misma.
Si el mencionado Contratista rehusara, mostrara negligencia o demora en el cumplimiento de tal requisito, dichas obstrucciones serán señalizadas o retiradas, o ambas cosas, por oficio y el coste de dicha señalización o retirada, o ambas cosas será deducido de cualquier cantidad adeudada o que pudiera adeudarse al Contratista.
## Retirada de la Instalación.
A la terminación de los trabajos, el Contratista retirará prontamente su instalación, estructuras provisionales. y señales colocadas por el mismo a menos que se disponga otra cosa por la Dirección de la obra.
Si el mencionado Contratista rehusara, mostrara negligencia o demora en el cumplimiento de estos requisitos, dichas instalaciones serán consideradas como obstáculo o impedimento y podrán ser retiradas de oficio. El coste de dichas retiradas en su caso, será deducido de cualquier cantidad adeudada o que pudiera adeudarse al Contratista.
## Trabajos Nocturnos y/o en fines de semana.
Si las condiciones de ejecución de la obra exigiera el trabajo ininterrumpido, por turnos, y el trabajo nocturno, y/o en fines de semana, y/o días festivos, se deberá cuidar máximo las medidas de seguridad, debiendo los mismos ser previamente autorizados por la Dirección facultativa de la Obra.
## Ensayos y Pruebas.
Todas las pruebas y ensayos se efectuarán y supervisarán por laboratorios u organismos de control acreditados, contratados por el Adjudicatario de la obra, cuando así sea preceptivo en aplicación de legislación vigente. En los casos en los que no sea preceptiva realización de dichas pruebas por los citados organismos o laboratorios, éstas se realizarán siempre siguiendo las instrucciones que a tal efecto dicte la Dirección Facultativa de la obra.
Los Directores de la Obra exigirán las pruebas y ensayos de la idoneidad de los distintos elementos de la obra incluidas en el Plan de Control de calidad, cuyo precio se supone incluido en los precios de las distintas unidades de obra, con el límite del 1% presupuesto.
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Durante la ejecución de la obra se realizarán por parte del Adjudicatario de la misma, cuantas pruebas, parciales y finales, estime necesario la Dirección Facultativa.
El resultado de las pruebas, parciales y finales, se reflejará en una o varias actas, que formarán parte de la documentación final de la obra que deberá de entregarse, junto con el resto de documentación correspondiente, antes de la Recepción de la misma.
Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrá realizarse de nuevo a cargo del Contratista
## Custodia y Conservación de los Materiales.
El Contratista será responsable de la custodia y conservación de los propios equipos y de obra dispuestos por él.
## Señalización de las Obras durante su Ejecución.
El Contratista de las obras, está obligado a instalar y mantener a su costa y bajo su responsabilidad, las señalizaciones necesarias, balizamientos, iluminaciones y protecciones adecuadas para las obras, tanto de carácter diurno como nocturno, ateniéndose en todo momento a las vigentes reglamentaciones y obteniendo en todo caso las autorizaciones necesarias para las ejecuciones parciales de la obra.
El tipo de vallas, iluminación , pintura y señales de circulación , direccionales, de precaución y peligro, o cualquier otra que resultase necesaria, se ajustarán a los modelos reglamentarios, debiendo en obras que por su importancia lo requieran, mantener permanentemente un vigilante con la responsabilidad de la colocación y conservación de dicha señalización.
Los carteles publicitarios del Contratista solo se colocarán de las dimensiones y en los lugares que se le autorice y siempre cumpliendo con las directrices dictadas por la Dirección General de Centros e Infraestructura y Promoción Educativa y deberá cumplir con las obligaciones de información y publicidad relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia debiendo dar visibilidad al origen de los fondos recibidos.
## Cartel de obras públicas.
Se deberá respetar la identificación del Gobierno de Canarias y el resto de marcas, cuando se utilice en un cartel de señalización de obras públicas exterior e interior durante la ejecución de la obra, para hacer difusión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de los Fondos Next Generation, relacionado con cualquier Departamento y/o Organismo Autónomo sin marca autorizada, así como con cualquier Empresa Pública y/o Submarca del Gobierno de Canarias.
La marca de Gobierno de Canarias tiene que estar situada en la parte superior, centrada, y a continuación el título de la obra en construcción.
## Parte inferior del cartel:
- Emblema de la UE + texto 'Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU'
- Logotipo Plan de Recuperación (emblema + texto)
- Logotipo del Ministerio
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- Identificación del proyecto y subproyecto (en su caso)
- Otros logotipos que se consideren y sean pertinentes
## Tamaño mínimo: 300 x 225 cm
Cartel general.
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## Placa exterior e interior.
Una vez finalizada la obra se colocará un cartel permanente (formato placa o similar) donde se tendrá que reflejar:
El tamaño de la placa predeterminado será de 45x45 cm. pudiéndose modificar siempre que la escala guarde esta proporción 1:1.
La marca de Gobierno de Canarias en la parte superior, centrada, y a continuación el título de la obra finalizada.
## Parte inferior del cartel:
- Emblema de la UE + texto 'Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU'
- Logotipo Plan de Recuperación (emblema + texto)
- Logotipo del Ministerio
- Identificación del proyecto y subproyecto (en su caso)
- Otros logotipos que se consideren y sean pertinentes
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Todos los elementos que se instalen para el cumplimiento de las especificaciones anteriores, deberán presentar en todo momento un aspecto adecuado y decoroso.
## Desperfectos.
El Contratista se responsabilizará de la reparación de los desperfectos que se pudieran producir durante la ejecución de las obras, en el urbano o en el entorno de la obra.
## Personal de Obra.
El Contratista deberá presentar ante Coordinador de Seguridad y Salud de la Obra, con la antelación suficiente, toda la documentación que le sea requerida por éste, de las empresas y del personal subcontratado, no pudiendo acceder ninguna empresa o trabajador a la obra sin su visto bueno.
## Trabajos Específicos.
En la ejecución los trabajos que tengan que realizarse en horario nocturno, e incluso en fines de semana. deberá de estar presente siempre un técnico titulado competente, como mínimo, de la empresa adjudicataria de la obra.
## Comienzo de la obra. Ritmo de ejecución de los trabajos.
El Constructor dará comienzo a las obras en el plazo marcado en el Acta de Comprobación de Replanteo de la Obra, desarrollándolas en la forma necesaria, según el Plan de Trabajo elaborado por el Contratista, para que la ejecución de la obra se lleve a efecto dentro del plazo del Contrato.
## Replanteo.
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El Constructor iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base de replanteos parciales. Dichos trabajos se considerarán a cargo del Contratista e incluido en su oferta.
El Constructor someterá el replanteo a la aprobación del Director de Ejecución de la Obra y una vez esto haya dado su conformidad preparará un acta acompañada de un plano que deberá ser aprobada por el Arquitecto, siendo responsabilidad del Constructor la omisión de este trámite .
## Orden de los trabajos.
En general, la determinación del orden de los trabajos es facultad de la contrata, en concordancia con lo especificado en el Plan de Trabajo elaborado, salvo aquellos casos en que, por circunstancias de orden técnico se estime conveniente su variación la Dirección Facultativa.
## Variaciones del proyecto por causas imprevistas o de fuerza mayor.
El Constructor está obligado a realizar con su personal y sus materiales, cuanto la Dirección Facultativa de las obras le ordene por motivo imprevisto o por cualquier accidente, los apeos, los apuntalamientos, los derribos, los recalces o cualquier otra obra de carácter urgente, anticipando de momento este servicio, cuyo importe le será abonado, si procediera, según convenga el Órgano de Contratación.
## Prórroga por causa de fuerza mayor.
Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Constructor, éste no pudiese comenzar las obras, o tuviese que suspenderlas, o no le fuera posible terminarlas en los plazos prefijados, se le otorgará una prorroga proporcionada para su cumplimiento de la contrata, previo informe favorable del Director de la Obra y del Servicio Unidad Técnica de Construcciones Para ello, el Constructor expondrá, en escrito dirigido al Director de la Obra Arquitecto, la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita.
## Responsabilidad de la Dirección Facultativa en el retraso de la obra.
El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los plazos de obras estipulados, alegando como causa carencia de planos u órdenes de la Facultativa, a excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito no se le hubiesen proporcionado.
## Obras ocultas.
De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación de la obra, el constructor levantará los planos precisos para que queden perfectamente definidos; estos documentos se entregarán a la Dirección Facultativa debidamente firmados por las dos partes.
Dichos planos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables e irrecusables para efectuar las mediciones.
## Trabajos defectuosos.
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El Constructor debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exigidas en el Proyecto, y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento.
Por ello y hasta que tenga lugar la Recepción sin reservas de la obra, es responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en éstos puedan existir por su mala ejecución o por la deficiente calidad de los materiales empleados o aparatos colocados, sin que le exonere de responsabilidad el control que compete a la Dirección Facultativa, ni tampoco el hecho de que estos trabajos hayan sido valorados en certificaciones parciales de obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando la Dirección Facultativa advierta vicios o defectos en trabajos ejecutados, o que los materiales empleados o los aparatos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de la ejecución de los trabajos, o finalizados éstos , y antes de verificarse la recepción definitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, y todo ello a expensas de la contrata. Si ésta no estimase justa la decisión y se negase a la demolición y reconstrucción ordenadas, se planteará la cuestión ante la Administración, quien resolverá.
## Vicios ocultos.
Si la Dirección Facultativa tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo, y antes de recepción de la obra, los ensayos, destructivos o no, que crea necesarios para reconocer los trabajos que suponga defectuosos.
Los gastos que se ocasionen serán de cuenta del Constructor, siempre que los vicios existan realmente,en caso contrario serán a cargo de la Dirección Facultativa.
## De los materiales y de los aparatos. Su procedencia.
Constructor tiene de proveerse de los materiales y aparatos de todas clases, especificados en el proyecto o sus equivalentes, en los puntos que le parezca conveniente.
Obligatoriamente, y antes de proceder a su empleo o acopio, el Constructor deberá presentar al Director de Ejecución de la Obra, una lista completa de los materiales y aparatos que vaya a utilizar en la que se especifiquen todas las indicaciones sobre marcas, calidades, procedencia e idoneidad de cada uno de ellos.
## Presentación de muestras.
A petición del Director de la Obra, el Constructor le presentará las muestras de los materiales, siempre con la antelación necesaria para el cumplimiento plazo contratado para la ejecución de la obra.
## Materiales no utilizables.
El Constructor, clasificará, colocará y transportará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los materiales procedentes de las excavaciones, etc., que no sean utilizables en la obra. Se retirarán de ésta y se transportarán a vertedero autorizado, tal y como está establecido en el Plan de Gestión de Residuos del Proyecto.
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## Materiales y aparatos defectuosos.
Cuando los materiales, elementos de instalaciones o aparatos no fuesen de la calidad prescrita en el Proyecto, o no tuvieran la preparación en él exigida o, en fin, cuando la falta de prescripciones formales de aquél, se reconociera o demostrara que no eran adecuados para su objeto, la Dirección Facultativa, dará orden al Constructor de sustituirlos por otros que satisfagan las condiciones o llenen el objeto a que se destinen.
Si a los quince (15) días de recibir el Constructor orden de que retire los materiales que no estén en condiciones, no ha sido cumplida, podrá hacerlo la Administración cargando los gastos al contratista.
Sí la Dirección estima que las unidades de obra defectuosas y que no cumplen estrictamente las condiciones del contrato son, sin embargo, admisibles, puede proponer a la Administración contratante la aceptación de las mismas con la consiguiente rebaja de los precios. El contratista queda obligado a aceptar los precios rebajados fijados por la Administración, a no ser que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones del contrato.
## Obras sin prescripciones.
En la ejecución de trabajos que entran en la construcción de las obras y para los cuales no existan prescripciones consignadas explícitamente en los documentos del Proyecto, el Constructor se atendrá, en primer término, a las instrucciones que dicte la Dirección Facultativa de las obras, en segundo lugar, a lo dispuesto en el CTE y en la normativa vigente de aplicación, y en tercer lugar a la dispuesto en Pliego General de la Dirección General de Arquitectura, o en su defecto, en lo dispuesto en las Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE).
## Obligaciones Generales.
Serán por cuenta del Contratista los siguientes gastos y costes que se entiende tiene el Contratista incluidos en los precios que oferte:
- Los gastos de todos los permisos, autorizaciones y tasas municipales necesarias para la ejecución de la obra.
- Los gastos de establecimiento y desmontaje de los carteles señalizadores de obra de acuerdo con las normas vigentes.
- Los gastos de protección de todos los materiales y de la propia obra contra todo deterioro y daño durante el periodo de construcción.
- Los gastos derivados de la estricta vigilancia para dar cumplimiento a todas las disposiciones relacionadas con la seguridad personal de los obreros en el trabajo.
- La limpieza para dejar en perfecto estado todos los espacios interiores y exteriores a las construcciones evacuando los desperdicios y basura.
- Los gastos y costes de suministro, funcionamiento y conservación necesarios para proporcionar seguridad dentro de las obras.
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- La retirada de todas las instalaciones, herramientas, materiales, etc. y la limpieza general final de la obra para su recepción.
- Cualesquiera gastos derivados de las distintas operaciones requeridas para la ejecución de las obras.
- Los gastos y costes de montaje, conservación y retirada de instalaciones para suministro de agua y energía eléctrica necesarios para las obras.
- Todos los trabajos preparatorios que sean necesarios, tales como caminos de accesos, nivelaciones, cerramientos etc., siempre que no estén valorados.
- Los gastos y costes correspondientes al control de calidad, la inspección y vigilancia de las obras.
- Todos los medios auxiliares (camiones grúa, andamiaje, herramientas, etc.) necesarios para la ejecución de todas las unidades de obra.
En el caso de que el Contratista no cumpliese con alguna de las expresadas obligaciones. La Dirección de obra previo aviso, podrá ordenar que se ejecuten las correspondientes labores con cargo a la contrata.
## 9. CONDICIONES PARTICULARES A CUMPLIR DENTRO DEL PRTRNEXTGENEU
En base a la financiación con fondos procedentes del instrumento financiero del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y los principios de gestión específicos previstos en el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el contratista adjudicatario deberá tener en cuenta para la ejecución de la inversión del componente 21.I1, las condiciones establecidas en el apartado 8 del componente 21 del PRTR, entre las que se señalan las siguientes:
- En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.
- Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado…
- Cuando se instalen aparatos de agua, estos tendrán una etiqueta de producto existente en la Unión.
Para evitar el impacto de la obra, se identificarán y abordarán los riesgos de degradación ambiental relacionados con la preservación de la calidad del agua y la prevención del estrés hídrico, de acuerdo con un plan de gestión de uso y protección del agua.
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- La medida apoyará el objetivo europeo de conseguir que al menos el 70% (en peso) de los residuos de construcción y demolición generados en los proyectos de infraestructura (con exclusión de los residuos con código LER 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales.
Los agentes encargadas de la construcción seguirán el principio de jerarquía de los residuos, dando prioridad a la prevención, preparación para la reutilización, reciclado, valorización energética y por último eliminación, siempre que sea posible desde el punto de vista medioambiental. Se llevarán a cabo las medidas propuestas en el Protocolo de gestión de residuos de la UE, con el objeto de limitar la generación de residuos durante la construcción. Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en concreto, demostrarán, con referencia a la norma ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
- De igual manera que ocurre con las emisiones GEI, no se espera que la medida dé lugar a un aumento significativo de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo.
El carácter general de las actuaciones orientadas a la sustitución de sistemas de calefacción y refrigeración basados en energías fósiles por otras tecnologías cero contaminantes, permitirá una significativa reducción de las emisiones al aire y por consiguiente una mejora en la salud pública.
El carácter general de las actuaciones contempladas en cuanto a promover la rehabilitación de edificios incluyendo el concepto de eficiencia energética, hacen prever claramente una reducción de las emisiones de contaminantes atmosféricos principalmente asociada a la disminución del consumo energético.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción no contendrán amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m³ de material o componente y menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A y 1B por m³ de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN / TS 16516 e ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación comparables.
Cuando la nueva construcción esté ubicada en un sitio potencialmente contaminado (sitio brownfield), el sitio será sujeto de una investigación de contaminantes potenciales, utilizando la norma ISO 18400. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
- Las actuaciones no irán en detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas y del estado de conservación de los hábitats y las especies. Cuando las
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actuaciones de rehabilitación tengan lugar en de áreas sensibles a labiodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con la Directiva EIA.
- Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo autonomía estratégica y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
## 10. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
Las obras se recibirán por parte del Órgano de Contratación cuando estén totalmente terminadas, con todas sus instalaciones legalizadas y dispuesta al uso. A tales efectos, será obligación del Contratista tramitar la legalización de las instalaciones de la obra ante la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias, en caso que proceda, con carácter previo al acto de recepción de las obras.
En un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de terminación de las obras, se aportaran por el Contratista una copia en papel y una en CD de toda la documentación de la obra, con el siguiente contenido mínimo:
- Planos y esquemas finales de todas las unidades de obras e instalaciones reales y ejecutadas definitivamente.
- Certificado firmado por el técnico correspondiente donde se certifique que el material colocado en obra se corresponde con la ficha técnica aportada, adjuntándose documentación de dichos materiales.
- Documentos y certificados de instalaciones y legalizaciones.
- Resultados de los ensayos y pruebas realizadas sobre unidades de obra por parte de empresas u organismos acreditados, así como actas de las pruebas parciales que se hayan ejecutado con el resultado de mismas por parte de los instaladores.
- Listado detallado de los materiales empleados en la obra, así como una lista de suministradores de los mismos.
- Manuales de uso, fichas técnicas, garantías de los fabricantes para las máquinas y diferentes elementos instalados. Etc.
Toda la documentación aportada (Manuales de uso y mantenimiento. planes de mantenimiento, fichas técnicas, etc.) deberá de estar en castellano. Dicha documentación se entregará en formato digital editable (dwg, Word, Excel, BC3…)
## 11. CONTRADICCIONES ENTRE DOCUMENTOS DEL PROYECTO
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Este documento ha sido firmado electrónicamente por:
HIPOLITO ALEJANDRO SUAREZ NUEZ - CONSEJERO/A
JOSE MANUEL CABRERA DELGADO - VICECONSEJERO/A
HECTOR JOSE DAVILA MAMELY - ARQUITECTO/A TECNICO/A
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En el caso de que aparezcan contradicciones entre los Documentos contractuales, prevalecerá el criterio que establezca la ley y en su defecto se estará a lo que disponga la Administración.
El Contratista estará obligado a poner cuanto antes en conocimiento de la Dirección Facultativa de las obras cualquier discrepancia que observe entre los distintos documentos del Proyecto o cualquier otra circunstancia surgida durante la ejecución de los trabajos, que diese lugar a modificaciones del Proyecto.
## 12. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES DE LOS MATERIALES A EMPLEAR EN LA OBRA.
Será de obligado cumplimiento el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares del proyecto de ejecución respecto a la descripción, criterios de medición y valoración de las unidades de obra, prescripciones en cuanto a la ejecución, control, terminación así como la conservación y mantenimiento de cada una de las unidades de la obra.
HIPOLITO ALEJANDRO SUAREZ NUEZ - CONSEJERO/A
JOSE MANUEL CABRERA DELGADO - VICECONSEJERO/A
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En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica\_doc?codigo\_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente:
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