Acuerdo de iniciación del expediente

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<!-- image --> VALENTÍN SALAS MURILLO, VICESECRETARIO DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE VIVIENDA, SUELO Y EQUIPAMIENTO DE SEVILLA S.A. (EMVISESA). ## CERTIFICA: Que en el acta de la sesión convocada conforme a ley el 6/04/2026 y válidamente celebrada en Sevilla el día 8/04/2026 por la Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de la 'EMPRESA MUNICIPAL DE VIVIENDA, SUELO Y EQUIPAMIENTO DE SEVILLA. S.A.' (EMVISESA), la cual consta aprobada por unanimidad al final de la sesión, consta lo que a continuación se trascribe literalmente, con relación al Punto 3 del Orden del Día 'Informe y adopción, si procede, de acuerdos para el inicio y aprobación del expediente de contratación, mediante procedimiento abierto simplificado, de las obras con suministro de materiales de dos viviendas en régimen de alquiler sitas en la C/ Pedro de Madrid 16, Sevilla (EMVI/2026/0023/01)'; y ello sin que lo omitido, ni lo acordado en otras sesiones por los órganos rectores de EMVISESA, restrinja ni condicione lo trascrito en modo alguno: ' El Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación 2018-2023 (PMVS), aprobado la Junta de Gobierno Local de Sevilla, el 28 de diciembre 2018, incluye entre sus actuaciones el Programa 3 de Obra nueva y Rehabilitación para promoción de vivienda pública. Este programa tiene como principal objetivo la ampliación del parque público con la construcción de nuevas viviendas y alojamientos, tanto en régimen de alquiler y cesión de uso, como en venta. Posteriormente, tuvo lugar la aprobación del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el cual incorpora el Programa 06 de ayudas a la construcción de viviendas en alquiler social o a precio asequible en edificios energéticamente eficientes, financiados por fondos de la Unión Europea- NextGenerationUE-, lo que dio lugar a la modificación del PMVS con el objeto de acogerse a dicha ayudas. Como consecuencia de lo anterior, se firmó el acuerdo nº 25 (programa 6) de la comisión bilateral, celebrada el 16 de octubre de 2023, relativo a la construcción de 597 viviendas de protección pública energéticamente eficientes con destino a alquiler social y a precio asequible en cuatro actuaciones a través de la empresa municipal de vivienda, suelo y equipamiento de Sevilla, en relación con la ejecución de los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de recuperación, transformación y resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationUE - en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En ejecución del PMVS procede iniciar el correspondiente expediente de contratación de obras de nueva planta con suministro de materiales de la promoción de edificio para 2 viviendas protegidas en régimen de alquiler, en la parcela, adscrita al patrimonio Municipal de Suelo, sita en la C/ Pedro Madrid nº 16, Sevilla, cuyos aspectos más relevantes son los siguientes: Expediente: EMVI/2026/0023/01 Avda.Ingenieria,9.ParqueEmpresarialArteSacro.Edificio9. 41015.SEVILLA. 955476000 www.emvisesa.org Objeto: Ejecución de las obras de nueva planta con suministro de materiales de la promoción de edificio para 2 viviendas protegidas en régimen de alquiler, propiedad de EMVISESA en la parcela sita en la C/ Pedro Madrid nº 16, Sevilla. Lotes : No. Plazos de ejecución: 12 meses. Prorrogas: No. Presupuesto de licitación máximo: 374.000,00 € (IVA incluido) Valor estimado máximo: 374.000,00 € (IVA excluido). Modificaciones: Sí, hasta un máximo del 10% del presupuesto de licitación: 34.000,00 € Procedimiento de adjudicación: Abierto Simplificado. Tramitación del expediente: Ordinaria. Garantía Provisional : Si. 1% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. Garantía definitiva : Si. 5% del presupuesto base de licitación IVA excluido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la LCSP. A este respecto, del porcentaje indicado de la garantía definitiva: - El 1,5% deberá prestarse en metálico. - El restante 3,5% podrá prestarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 108.1 de la LCSP, salvo seguro de caución. En este sentido, se ha de informar que el expediente cuenta con todos y cada uno de los documentos previstos en los artículos 116 y 117 LCSP, los cuales se detallan a continuación: - -Memoria justificativa de inicio del expediente de contratación suscrito, con fecha 1 de abril de 2026, por el Área proponente. - -PCAP y PPT rectores del procedimiento de contratación. - -Informe del Área Económica Financiera de EMVISESA, de fecha 1 de abril de 2026 justificativo de la existencia de crédito Por otro lado, tal y como se indica en el Informe del Área Económica Financiera mencionado, el proyecto será cofinanciado con las siguientes ayudas: - -Subvención del Plan de Vivienda para el Alquiler Asequible del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (Plan 20.000). - -Ayuda en el marco de la Orden de 8 de marzo de 2022, correspondiente al programa 6 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de <!-- image --> <!-- image --> ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En este sentido, se debe tener en cuenta que las subvenciones estatales y autonómicas, previstas para la actuación descrita anteriormente son compatibles entre sí, y en ningún caso superarán el coste total estimado de dichas actuaciones. Por lo que, los costes de estos contratos no serán financiados dos veces. Finalmente, tratándose de una actuación financiada con los fondos PRTR se han de cumplir con los trámites y requerimientos establecidos en la Orden HFP/1030/2021, de 21 de septiembre, de los cuales quedará oportuna constancia en el expediente tramitado al efecto. Con base en todo lo expuesto, la Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración adopta los siguientes ## ACUERDOS PRIMERO . - Disponer el inicio del procedimiento de contratacion, cuyos datos esenciales figuran en el cuerpo de la presente propuesta, de las Obras de nueva planta con suministro de materiales de la promoción de edificio para 2 viviendas protegidas en régimen de alquiler, propiedad de EMVISESA en la parcela sita en la C/ Pedro Madrid nº 16, Sevilla (EMVI/2026/0023/01). SEGUNDO. A probar el expediente de contratación nº EMV/2026/0012/01, los Pliegos rectores del procedimiento, así como toda la documentación integrante del mismo y disponer la apertura del procedimiento abierto simplificado mediante su publicación. TERCERO . - Aprobar el gasto para llevar a cabo esta contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.1 de la LCSP. CUARTO .- Facultar al Director Gerente para que con las más amplias facultades, ejecute el acuerdo anterior y realice cuantas diligencias y actos resulten necesarios, entre otros: (i) efectúe las comunicaciones procedentes, (ii) acuerde modificaciones de cualquiera de los aspectos relevantes detallados, como son el plazo de ejecución, el presupuesto de licitación máximo o el valor estimado máximo del contrato, (iii) realice interpretaciones, aclaraciones y modificaciones a los Pliegos, (iv) resuelva cuantas incidencias surjan durante la tramitación del expediente de contratación, (v) acuerde las exclusiones que procedan a resultas del mismo, (vi) adjudique y formalice el contrato, (vii) suscriba cuantos documentos públicos o privados sean necesarios, (viii) apruebe las modificaciones del contrato que resulten oportunas, (ix) designe y en su caso modifique la persona responsable del contrato, (x) acuerde o rechace motivadamente la devolución de las garantías que se constituyan en virtud del presente contrato, (xi) acuerde la suspensión del contrato, (xii) suscriba cuantos documentos públicos o privados sean necesarios y realice cuantas diligencias y actos resulten igualmente necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la normativa que resulte de aplicación como consecuencia de la financiación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y (xiii) en definitiva, lleve a cabo todos aquellos trámites derivados del expediente de contratación que se precisen hasta su conclusión, así como durante la posterior ejecución del contrato. QUINTO. Facultar al Presidente de la Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración para que, en nombre y representación de ésta, deje constancia de la verificación de la Avda.Ingenieria,9.ParqueEmpresarialArteSacro.Edificio9. 41015.SEVILLA. 955476000 www.emvisesa.org ausencia de doble financiación en lo que respecta a la subvención concedida al expediente de contratación que nos ocupa, y de la constancia de la realización de la evaluación de riesgo de fraude, corrupción o conflicto de interés aplicable a este contrato. SEXTO . -Que el Director Gerente de EMVISESA informe a esta Comisión Ejecutiva de los trámites esenciales que se realicen en ejecución de los acuerdos anteriores. Tras la pertinente votación, la Comisión Ejecutiva aprueba los acuerdos anteriores por unanimidad de los miembros asistentes a la sesión (votos a favor de Don Juan de la Rosa Bonsón, Presidente, Don Juan Fco. Bueno Navarro, Vicepresidente y Don Alejandro Llance Rodríguez, Vocal)' Expido el presente en Sevilla, a la fecha que figura en la firma.