Minuta 18-5-2026

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<!-- image --> ## MESA DE CONTRATACIÓN ## ACTA DE CALIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE ADJUDICATARIO, INFORME DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y REQUERIR SUBSANACIÓN 4.1.64/25 CA-CAR/2025/0004 Licitación 'MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA ILUMINACIÓN DEL TÚNEL DE SANTULLÁN, CARRETERA CA-251, CONEXIÓN DE LA A-8 CON LA CA-250, TRAMO: TÚNEL DE SANTULLÁN' , tramitada por procedimiento abierto simplificado, con un presupuesto base de licitación de 375.257,54€ (IVA excluido). ## C O M P O S I C I Ó N D E L A M E S A PRESIDENTA : Dña. Sonia Astrid Saiz Jüngert Dña. María Concepción Peña Incera Dña. Edurne Sánchez Arnaiz Dña. María Ángeles García Barreda D. Jesús Emilio Herrera González (Jefa del Servicio de Contratación y Compras) (Coordinadora de la Mesa de Contratación) (Letrada de la D.G. del Servicio Jurídico) (Interventora Delegada) (Representante del Órgano de Contratación) SECRETARIA : VOCALES : D. Jose Ángel Miguel Ruiz (Representante del Órgano de Contratación) Fecha : 18.05.2026 Hora de comienzo : 11:20 h Lugar : Sala de Contratación Hora de terminación : 11:30 h Se procede a la celebración de la Mesa de Contratación por Teams, interviniendo en la misma las personas arriba mencionadas. Se reúne la Mesa de Contratación para analizar el informe emitido por el Coordinador de Integración Ambiental y el Jefe de Servicio de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas, de fecha 11 de mayo de 2026, relativo al cumplimiento de los requisitos de adscripción de medios a destinar a la ejecución del contrato por parte de la empresa propuesta como adjudicataria: NITLUX, S.A.U. Se pone de manifiesto en el acto de la Mesa que la empresa propuesta como adjudicataria consta inscrita en el ROLECSP con la clasificación Grupo I, Subgrupo 1, Categoría 4; por lo que la solvencia exigida en la cláusula K) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) queda acreditada con la clasificación de contratista, siendo superior a la exigida en la cláusula J): Grupo I, Subgrupo 1, Categoría 3. A continuación, se procede al análisis del informe en el que el técnico manifiesta respecto a la adscripción de medios materiales que, con base en la documentación aportada por la empresa, no se acredita la adecuación de toda la maquinaria a adscribir según lo indicado en la cláusula K.6.1) del PCAP por lo que procede requerir al licitador documentación complementaria. Respecto a los medios materiales exigidos en la cláusula K.6.1 el técnico manifiesta que queda acreditada la propiedad y operatividad del camión pluma IVECO, si bien no se acredita la adecuación, ya que no se incluye en la documentación aportada información que acredite que la grúa montada cumple el alcance mínimo requerido y dispone de cesta mecánica homologada. En relación con el dúmper de obra queda acreditada la adecuación, disponibilidad y operatividad, finamente en el informe se indica que la plataforma elevadora queda acredita la adecuación, disponibilidad y operatividad. La interventora asistente a la Mesa pone de manifiesto que en el informe emitido por el técnico no se indica si en los vehículos con matrícula se ha aportado la tarjeta de transporte, como exige el PCAP. Respecto a la adscripción de medios personales el técnico manifiesta que con la documentación aportada por la empresa no queda acreditada la titulación y la experiencia profesional superior a 5 años, en obras de igual o similar naturaleza a la que es objeto de este contrato, es decir, del mismo grupo o subgrupo de clasificación, en este sentido se pone de manifiesto que la titulación del Responsable de Obra propuesto es Ingeniero técnico en electricidad / Graduado en Ingeniería Eléctrica, no están entre las admitidas en el PCAP. Asimismo, en los certificados de obra aportados no consta la participación del Responsable de la obra propuesto, únicamente la de la empresa, por lo que no es posible deducir de ellos la experiencia profesional del Responsable, aunque las obras que certifican sí son de igual o similar naturaleza a la que es objeto de este contrato. Por último, se pone de manifiesto que no se adjunta certificado de vida laboral del trabajador. A continuación, se comprueba que la empresa NITLUX, S.A. se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y resto de la documentación y que ha aportado la garantía definitiva exigida en la cláusula I) del PCAP. El técnico concluye su informe señalando la documentación adicional que debe aportarse a fin de subsanar todas las carencias advertidas. A la vista de lo anterior, la Mesa de Contratación, previa deliberación, acuerda: Primero . Manifestar conformidad con el informe que emite el Coordinador de Integración Ambiental y el Jefe de Servicio de Carreteras de la Dirección General de Obras Públicas, de fecha 11 de mayo de 2026. . Requerir a la empresa propuesta como adjudicataria, NITLUX, S.A.U., para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, subsane la acreditación de medios a adscribir a la ejecución del contrato mediante la Segundo presentación de la siguiente documentación: 1. Acreditación de la adscripción de medios materiales: - a. Documentación que acredite que la grúa montada en el camión pluma cumple el alcance mínimo requerido (13,5 m) y dispone de cesta mecánica homologada: hojas de características del fabricante, manuales o equivalentes. - b. Tarjeta de transporte del camión pluma. - c. Tarjeta de transporte del dumper. 2. Para subsanar la acreditación de la adscripción de medios personales: - a. Título académico del Responsable de obras propuesto que corresponda a alguno de los requeridos en la cláusula K.6.2 del PCAP. - b. Certificados de buena ejecución y/o documentos complementarios o anexos a los mismos en los que se indique claramente la naturaleza del trabajo, de manera que pueda comprobarse que se trata de obras de igual o similar naturaleza a la que es objeto del contrato (es decir, que incluyen unidades de obra correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación) el tiempo de desempeño y la participación del profesional 8. propuesto como Responsable de obra, que deberá aparecer con su nombre y la actividad o puesto que haya desempeñado. - c. Contrato laboral y certificado de vida laboral, o bien compromiso de adscripción a la ejecución del contrato firmado por el profesional y la empresa adjudicataria, que acrediten la disponibilidad del trabajador para su adscripción al contrato. La documentación que se presente por la empresa será remitida al Órgano de Contratación para la emisión del correspondiente informe complementario. Se levanta la presente acta de la que como secretaria doy fe.