Documento de aprobación del expediente
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## CERTIFICADO
| EXPEDIENTE Nº | ÓRGANO COLEGIADO | FECHA DE LA SESIÓN |
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| 9177/2025 | La Junta de Gobierno Local | 26/05/2026 |
SE CERTIFICA: Que en la sesión celebrada en la fecha arriba indicada se adoptó el siguiente acuerdo:
ASUNTOS DE URGENCIA C). EXPEDIENTE 9177/2025. PROPUESTA DE ACUERDO RELATIVA A APROBAR EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE "MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN LA OFICINA DE TURISMO Y MUSEO MINERO, MEDIANTE LA IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE ACCESIBILIDAD FÍSICA, COGNITIVA Y SENSORIAL".
Favorable
Tipo de votación: Unanimidad/Asentimiento
## HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO
Mediante memoria justificativa de fecha 15 de mayo de 2.026 de la Agente de Desarrollo Local, Dª Ana Larios Mercader, se ha señalado la necesidad de realizar la contratación del servicio de 'mejora de accesibilidad en la Oficina de Turismo y Museo Minero mediante la implantación de soluciones de accesibilidad física, cognitiva y sensorial', indicándose en el referido documento la justificación de la necesidad de dicha contratación para el cumplimiento y realización de los fines institucionales, a los efectos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), señalándose de manera sucinta que al ser el edificio Museo Minero de La Unión, el principal atractivo turístico del municipio, se ha apostado por la implantación de medidas de accesibilidad física, cognitiva y sensorial para mejorar la experiencia de los usuarios con discapacidad y para generar un impacto positivo en el turismo, atrayendo un público más amplio, mejorando la experiencia de los visitantes, quedando reflejado el compromiso del municipio por un turismo más inclusivo, dando así cumplimiento a la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia, modificada por la Ley 11/2014 de 27 de noviembre, así como a la Ley 4/2017, de 27 de junio de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia.
Atendido que el presupuesto máximo de licitación se fija en la cantidad de 24.263,06 euros, más el 21% de IVA que asciende a 5.095,24 euros, lo que hace un total de 29.358,30 euros.
Atendido que mediante Decreto n.º 1282, de fecha 15 de mayo de 2026, de la Concejala Delegada de Hacienda, Contratación y Proyectos Europeos, se acordó iniciar el procedimiento de adjudicación del contrato del referido servicio por procedimiento abierto en su modalidad abreviada a la que se refiere el artículo 159.6 de la LCSP, por cuanto el valor estimado del mismo es inferior a 60.000 euros, evaluándose, en todo caso, con arreglo a criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas y tratarse de un procedimiento más ágil que el procedimiento ordinario.
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Atendido que el contrato se encuentra financiado mediante Orden de 2 de junio de 2025, de la consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y especial concurrencia en materia de calidad y competitividad turística (BORM 130 de 7 de junio de 2025), con el siguiente detalle:
| Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes | 27.009,64.- € |
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| Ayuntamiento de La Unión. | 2.348,66.- € |
Visto que se han redactado e incorporado al expediente los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas económico-administrativas particulares, habiendo sido este último informado favorablemente por la Sra. Secretaria accidental.
Visto que quedan justificadas en el expediente las exigencias del artículo 116.4 LCSP.
Vista la disposición adicional segunda de la referida Ley, sobre competencias en materia de contratación en las Entidades Locales.
Considerando que la Junta de Gobierno Local es el órgano competente para la aprobación del expediente, en virtud de la delegación efectuada por el Sr. Alcalde-Presidente mediante Decreto nº 785, de 30 de junio de 2023 (BORM nº 173, de 28/07/2023).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la LCSP, y haciendo uso de las competencias delegadas por el Sr. Alcalde-Presidente mediante Decreto nº 770, de 29 de junio de 2023 (BORM nº 173, de 28/07/2023), se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo.
Vista la propuesta de resolución PR/2026/1671 de 21 de mayo de 2026 fiscalizada favorablemente con fecha de 25 de mayo de 2026.
## RESOLUCIÓN
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes en número de 7 de los 8 que de derecho la componen, acuerda:
- 1º.Declarar la urgencia del asunto a los efectos previstos en el art. 41 del Reglamento Orgánico Municipal, alegando en justificación de dicha urgencia a que se deben cumplir los plazos establecidos en la subvención.
- 2º.Aprobar el expediente de contratación del servicio de 'mejora de accesibilidad en la Oficina de Turismo y Museo Minero mediante la implantación de soluciones de accesibilidad
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física, cognitiva y sensorial', por procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada, motivado en base a la memoria justificativa de la necesidad de contratar de fecha 15 de mayo de 2.026, que figura incorporada al expediente, cuyo importe de licitación se fija en la cantidad de 24.263,06 euros, más el 21% de IVA que asciende a 5.095,24 euros, lo que hace un total de 29.358,30 euros.
- 3º.Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación electrónica anteriormente referida.
- 4º.Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación en la forma prevista en la LCSP.
- 5º.Autorizar por la cuantía de 29.358,30 euros, el gasto que para este Ayuntamiento representa la contratación referencia para el año 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 080-430-22602 del Presupuesto Municipal vigente para el ejercicio 2026.
- 6º.Publicar en el Perfil de contratante del Ayuntamiento de La Unión, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, anuncio de licitación, para que, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, puedan los interesados presentar, de forma electrónica, a través de la referida plataforma las proposiciones que estimen pertinentes.
- 7º.Comunicar el presente acuerdo a la Intervención de Fondos a los efectos oportunos.
Así resulta del acta correspondiente, a reserva de su definitiva aprobación. Y para que conste y surta sus efectos donde proceda, se expide la presente en La Unión, a fecha de la firma.
## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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