Memoria justificativa

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<!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA CONTRATACIÓN REF.: TSA0077466 INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ', EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA - NEXTGENERATION (PRTR), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. ## Justificación de la contratación El presente Pliego tiene por objeto la contratación, por la Empresa de Trasformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (en lo sucesivo Tragsa), el INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ. Esta licitación es condición necesaria para dar cumplimiento al encargo de referencia. Código CPV 45261420 Trabajos de impermeabilización ## Justificación del procedimiento de licitación Por razón de su valor estimado y de la tipología de contrato, este contrato estará sujeto a un PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Según RD Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia. Se hace constar que no se está realizando fraccionamiento ni se está alterando el objeto del contrato, para eludir los requisitos de otra tramitación distinta. ## Justificación de la no división en lotes La presente licitación no se divide en lotes ya que dificultaría la correcta ejecución del contrato, por las siguientes razones: Todas las partidas tienen en común medios y materiales comunes al oficio de <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> instalador de láminas impermeabilizantes: la división del expediente por lotes provocaría duplicidades e ineficiencias de medios y materiales (medios auxiliares, herramientas, transportes adicionales, medios de seguridad, etc.), eliminándose las sinergias obtenidas al ejecutar las diferentes partidas un mismo contratista, y aumentándose, por tanto, el coste. ## Justificación del cálculo del presupuesto base de licitación El presupuesto base de licitación está calculado considerando los precios ya establecidos en las tarifas Tragsa, según el siguiente desglose : | Nº Uds. | Descripción | Precio Unitario (Sin IVA) | IMPORTE TOTAL (Sin IVA) | |--------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|---------------------------| | 50.021,52 | m² Instalación en obra de geotextil no tejido de filamentos continuos de polipropileno, unidos mecánicamente por agujado, estabilizados frente a los rayos UV, gramajes de 286 a 325 g/m², resistencia a la tracción de 25 KN/m., incluida la parte proporcional de solapes. Geotextil suministrado por TRAGSA en acopio de obra. | 0,52 | 26.011,19 | | 50.021,52 | m² Instalación en obra de lámina de polietileno de alta densidad espesor 2 mm, con unión por termofusion con doble cordón de soldadura, en rollos de ancho ≥ 6 m., incluida la parte proporcional de solapes y soldaduras por extrusión en obras de fábrica. Lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | 1,79 | 89.538,52 | | 1.226,00 | Ml. Fabricación y colocación de lastres de fondo y taludes, formado por mangas de lámina de PEAD de 2mmde espesor, con un perímetro de 1,45 m., mediante formación de cilindro cerrado y unión por doble soldadura en caliente, incluso p.p. de solapes por base y lateral, relleno de grava y soldado posterior para cierre hermético, medios auxiliares de arrastre y colocación en ubicación final. Grava y lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | 13,24 | 16.232,24 | | 1 | Ud. Partida alzada fija para trabajos no contemplados inicialmente en el pliego. | 10.000,00 | 10.000,00 | | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | | 141.781,95 € | | Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | | 29.774,21 € | | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido) | | 171.556,16 € | El presupuesto base de licitación se ha obtenido de acuerdo con el siguiente desglose de costes: | COSTES DIRECTOS del proveedor | | 111.398,08 € | |------------------------------------|-----|----------------| | TOTAL COSTES ACTIVIDAD | | 114.843,38 € | | TOTAL INCLUYE COSTES GENERALES | 13% | 133.275,03 € | | TOTAL INCLUYE BENEFICIO INDUSTRIAL | 6% | 141.781,95 € | <!-- image --> ## Costes de personal: En cumplimiento del artículo 100.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se indica de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia. Se han tenido en cuenta las posibles subidas salariales a que hubiera lugar. En el Presupuesto Base de Licitación, los costes de personal suponen una elevada proporción, aproximadamente el 77% del presupuesto base de licitación establecido. En el importe total finalmente estimado se considerará alrededor de un 23% de costes derivados del coste de los materiales y elementos para ejecutar los trabajos. Por la variabilidad de empresas que pueden concurrir a la licitación de los trabajos se considera que el VII Convenio colectivo general del sector de la construcción es la mejor referencia para estimar los gastos de personal derivados de la realización de los trabajos. Se estima que el desglose por género será equilibrado. En la siguiente tabla se indica el desglose salarial medio por categorías y género estimado para la realización de los trabajos, considerando que estarán por encima del salario mínimo que regula su categoría para el año 2024, teniendo en cuenta que en el precio de licitación se han incluido factores que incrementan los salarios mínimos establecidos en el convenio en función de la posición, experiencia y formación adicional que cada uno de los trabajadores que se estiman necesarios para la ejecución del contrato, además de que se ha considerado en el coste del contrato el tiempo de duración de las actividades. | | | | | Nº de trabajadores | Nº de trabajadores | Nº de trabajadores | |----------------------------------------------------------------|---------------------|---------------------------------------------|------------------------|----------------------|----------------------|----------------------| | Perfil | Horas de dedicación | Salario según convenio (incluye antigüedad) | Coste del contrato (€) | Total | Mujeres | Hombres | | Encargado | 440 h | 22,57 €/h | 9.930.80 € | 1 | | 1 | | Capataz | 1320 h | 21,39 €/h | 28.234,80 € | 2 | 1 | 1 | | Oficial 1º | 3520 h | 20,20 €/h | 71.104,00 € | 4 | 2 | 2 | | TOTAL COSTES PERSONAL | | | 109.269,60 € | | | | | Total personas | | | | 7 | 3 | 4 | | Gastos de gestión y desarrollo de las tareas, medios aux. etc. | | | 32.512,35 € | | | | | TOTAL COSTES | | | 141.781,95 € | | | | <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (141.781,95 €) I.V.A. no incluido , conforme al siguiente cuadro de unidades y precios En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas. | Descripción | IMPORTE TOTAL (Sin IVA) | |--------------------------------------------------------|---------------------------| | TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 141.781,95 € | | IMPORTE PRÓRROGAS | 0 € | | IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | 0 € | | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (IVA no incluido) | 141.781,95 € | ## Justificación de los criterios de solvencia y/o la clasificación de contratistas elegida. ## La solvencia se verificará mediante: -  - Capacidad de obrar del licitante, habilitación profesional y prohibición para contratar: Los licitadores españoles individuales podrán optar por acreditar su capacidad de obrar mediante: - a. Certificado expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, de tal forma que acredite que el licitador está clasificado para las obras del Grupo E (Hidráulicas), Subgrupo 7 (Obras hidráulicas sin cualificación específica), Categoría 1 (hasta 150.000 €) o superior. Este certificado deberá acompañarse de declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación. - b. Declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos (Anexo II), debidamente cumplimentada, salvo los apartados referentes a solvencia económica y técnica recogidos en el presente pliego. Será prueba de la clasificación la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECSP), la clasificación será prueba suficiente de los siguientes aspectos: aptitud del empresario respecto de su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial y demás circunstancias inscritas, así como de la concurrencia o no de prohibiciones para contratar que deban constar en el mismo. Idéntica prueba será la inscripción en un Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma. <!-- image --> ##  Solvencia Económica y Financiera Para ser admitidos los licitadores deberán declarar un volumen negocio referido al mejor ejercicio de los últimos tres disponibles no inferior a CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000,00 €) IVA no incluido. Mediante declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante ( Anexo II, epígrafe 3.1). Para Justificar la Solvencia requerida, las empresas de nueva creación, podrán realizarlo aportando una Declaración responsable firmada electrónicamente, indicando que cuenta con una Póliza de Responsabilidad Civil y/o Profesional o compromiso de suscribirla en caso de resultar adjudicatario del contrato por una cuantía equivalente, o superior, al del valor estimado del contrato. Este criterio de solvencia económica y financiera, favorece a su vez la participación y concurrencia a esta licitación de las PYMES y de cualquier tipología de empresa, independientemente de su estructura financiera y se pretende obtener proposiciones de licitadores que puedan afrontar las prestaciones objeto del contrato sin que sufran problemas económico o financieros que comprometa la correcta ejecución del contrato. ##  Solvencia técnica Para ser admitidos los licitadores deberán declarar haber realizado trabajos de tipología similar (mismo CPV) al objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos cinco años naturales , no sea inferior a CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) IVA no incluido. Mediante declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitadora. Junto con esta declaración se adjuntará una relación de actuaciones realizadas, en la que aparezca la descripción de las mismas, las fechas de comienzo y de fin de las mismas, el cliente para el que se realizaron y el importe sin IVA de las mismas. (Anexo II, epígrafe 4.1). Para Justificar la Solvencia Técnica requerida en las empresas de nueva creación , entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, podrán realizarlo por uno o varios de los medios a que se refiere el artículo 88.2 LCSP 2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras. La elección de este criterio se justifica en poder asegurar que los licitadores disponen de experiencia y conocimiento suficiente para llevar a cabo el objeto del contrato. Dichos criterios son proporcionales y vinculados al objeto del contrato, no buscan la restricción de la competencia al tratarse todos ellos de requisitos legales y por tanto no son discriminatorios. Aseguran el correcto objeto de la licitación y evita el abandono del contrato por insolvencia del adjudicatario. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## Justificación de los criterios de adjudicación: El criterio de adjudicación de valoración automática será: - -Precio : Se otorgarán 100 puntos a la oferta más económica, valorándose las demás conforme al resultado de la fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Siendo Px la puntuación del ofertante, con un mínimo de cero puntos, Pmax la puntuación máxima, Ox el importe de la oferta del licitador, y Omb el importe de la oferta más económica. Debido a la definición de unidades y la verificación del cumplimiento de la calidad establecida en la petición de documentación de acreditación de la misma, no se hace necesario establecer otro criterio de adjudicación que no sea el económico. ## Justificación de las condiciones especiales de ejecución Se consideran condiciones especiales de ejecución del presente pliego las que a continuación se enumeran: -  Cumplimiento de los pagos que el adjudicatario ha de hacer a todos los subcontratistas (incluidos transportistas) o suministradores que participen en la actuación objeto del contrato. -  Con el fin de garantizar que, durante la ejecución de los trabajos en los que se integra este contrato, se promueva un uso más eficiente de los materiales y disminuir la contaminación ambiental, toda la documentación que se generará durante la prestación se realizará en formato digital y en el caso de ser necesario, el papel a utilizar será reciclado. La justificación de la elección de dicha condición se fundamenta en lo prescrito en el artículo 202 de la LCSP, Condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social, ético y medioambiental. Sistema de seguimiento: TRAGSA supervisará y verificará de forma periódica y efectiva el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el adjudicatario respecto a las condiciones especiales de ejecución del contrato indicadas en el apartado anterior. A estos efectos, el adjudicatario podrá ser requerido en cualquier momento de la vigencia del contrato para verificar su cumplimiento antes del abono de la totalidad del importe del contrato. <!-- image -->