3 PCAP TSA0077466 OBRA SIMP INST LAMINAS.pdf
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ', EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA - NEXTGENERATION (PRTR), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO.
REF.: TSA0077466
## 1. OBJETO DEL PLIEGO
El presente Pliego tiene por objeto la contratación, por la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (en lo sucesivo Tragsa), de la INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ'.
Este pliego, junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas, rigen la adjudicación del contrato, su contenido y efectos, de acuerdo con lo establecido, asimismo, en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
Dichas condiciones serán de aplicación a la totalidad de la prestación y serán supervisadas y evaluadas por personal técnico de Tragsa. La presentación de la proposición por el licitador supondrá la aceptación incondicionada de todas las cláusulas del presente pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Código CPV 45261420 Trabajos de impermeabilización
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## 2. CONDICIONES ESENCIALES DE EJECUCIÒN
Se consideran condiciones esenciales de ejecución del presente pliego las que a continuación se enumeran:
- Todas las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
- Forma de facturación y de pago.
- Plazos totales o parciales de ejecución establecidos en los pliegos.
- Las condiciones especiales de ejecución.
- Garantizar la seguridad y protección de la salud en el trabajo
- Cumplimiento de la legislación medioambiental.
## Condiciones especiales de ejecución
- Cumplimiento de los pagos que el adjudicatario ha de hacer a todos los subcontratistas (incluidos transportistas) o suministradores que participen en la actuación objeto del contrato.
- Con el fin de garantizar que, durante la ejecución de los trabajos en los que se integra este contrato, se promueva un uso más eficiente de los materiales y disminuir la contaminación ambiental, toda la documentación que se generará durante la prestación se realizará en formato digital y en el caso de ser necesario, el papel a utilizar será reciclado.
Sistema de seguimiento: TRAGSA supervisará y verificará de forma periódica y efectiva el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el adjudicatario respecto a las condiciones especiales de ejecución del contrato indicadas en el apartado anterior. A estos efectos, el adjudicatario podrá ser requerido en cualquier momento de la vigencia del contrato para verificar su cumplimiento antes del abono de la totalidad del importe del contrato.
## 3. PRESUPUESTO Y VALOR ESTIMADO
El presupuesto base de la presente licitación asciende a la cantidad de CIENTO SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS CON DIECISEIS CENTIMOS (171.556,16 €), I.V.A. incluido , de los que CIENTO CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (141.781,95 €) corresponden al presupuesto base de licitación IVA no incluido, y VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON VEINTIUN CENTIMOS (29.774,21 €) corresponde al IVA; conforme al siguiente Cuadro de Unidades y Precios:
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| Nº Uds. | Descripción | Precio Unitario (Sin IVA) | IMPORTE TOTAL (Sin IVA) |
|--------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|---------------------------|
| 50.021,52 | m² Instalación en obra de geotextil no tejido de filamentos continuos de polipropileno, unidos mecánicamente por agujado, estabilizados frente a los rayos UV, gramajes de 286 a 325 g/m², resistencia a la tracción de 25 KN/m., incluida la parte proporcional de solapes. Geotextil suministrado por TRAGSA en acopio de obra. | 0,52 | 26.011,19 |
| 50.021,52 | m² Instalación en obra de lámina de polietileno de alta densidad espesor 2 mm, con unión por termofusion con doble cordón de soldadura, en rollos de ancho ≥ 6 m., incluida la parte proporcional de solapes y soldaduras por extrusión en obras de fábrica. Lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | 1,79 | 89.538,52 |
| 1.226,00 | Ml. Fabricación y colocación de lastres de fondo y taludes, formado por mangas de lámina de PEAD de 2mmde espesor, con un perímetro de 1,45 m., mediante formación de cilindro cerrado y unión por doble soldadura en caliente, incluso p.p. de solapes por base y lateral, relleno de grava y soldado posterior para cierre hermético, medios auxiliares de arrastre y colocación en ubicación final. Grava y lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | 13,24 | 16.232,24 |
| 1 | Ud. Partida alzada fija para trabajos no contemplados inicialmente en el pliego. | 10.000,00 | 10.000,00 |
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | | 141.781,95 € |
| Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | | 29.774,21 € |
| PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido) | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA incluido) | | 171.556,16 € |
No se admitirán las ofertas que superen alguno de los precios unitarios incluidos en el presupuesto.
En caso de error aritmético de la oferta, se atenderá a los precios unitarios ofertados.
Igualmente, aquellos licitadores que modifiquen la descripción de alguna de las partidas indicadas en el listado del Presupuesto Estimado de Licitación o el número de unidades estimadas, serán descartados del proceso de licitación.
Se entenderán incluidos en dicho/s importe/s los gastos accesorios o complementarios necesarios relativos a la empresa adjudicataria para la correcta realización del objeto del presente pliego tales como transporte, gastos de desplazamiento, dietas, seguros, tributos, gastos de aduana y cualquier otro coste que se estime necesario para la correcta ejecución del objeto del presente pliego.
El presupuesto base de licitación se ha obtenido de acuerdo con el siguiente desglose de costes:
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| COSTES DIRECTOS del proveedor | | 111.398,08 € |
|------------------------------------|-----|----------------|
| TOTAL COSTES ACTIVIDAD | | 114.843,38 € |
| TOTAL INCLUYE COSTES GENERALES | 13% | 133.275,03 € |
| TOTAL INCLUYE BENEFICIO INDUSTRIAL | 6% | 141.781,95 € |
## Costes de personal:
En cumplimiento del artículo 100.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se indica de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia. Se han tenido en cuenta las posibles subidas salariales a que hubiera lugar.
En el Presupuesto Base de Licitación, los costes de personal suponen una elevada proporción, aproximadamente el 77% del presupuesto base de licitación establecido. En el importe total finalmente estimado se considerará alrededor de un 23% de costes derivados del coste de los materiales y elementos para ejecutar los trabajos. Por la variabilidad de empresas que pueden concurrir a la licitación de los trabajos se considera que el VII Convenio colectivo general del sector de la construcción es la mejor referencia para estimar los gastos de personal derivados de la realización de los trabajos. Se estima que el desglose por género será equilibrado.
En la siguiente tabla se indica el desglose salarial medio por categorías y género estimado para la realización de los trabajos, considerando que estarán por encima del salario mínimo que regula su categoría para el año 2024, teniendo en cuenta que en el precio de licitación se han incluido factores que incrementan los salarios mínimos establecidos en el convenio en función de la posición, experiencia y formación adicional que cada uno de los trabajadores que se estiman necesarios para la ejecución del contrato, además de que se ha considerado en el coste del contrato el tiempo de duración de las actividades.
| | | | | Nº de trabajadores | Nº de trabajadores | Nº de trabajadores |
|-----------------------|---------------------|---------------------------------------------|------------------------|----------------------|----------------------|----------------------|
| Perfil | Horas de dedicación | Salario según convenio (incluye antigüedad) | Coste del contrato (€) | Total | Mujeres | Hombres |
| Encargado | 440 h | 22,57 €/h | 9.930.80 € | 1 | | 1 |
| Capataz | 1320 h | 21,39 €/h | 28.234,80 € | 2 | 1 | 1 |
| Oficial 1º | 3520 h | 20,20 €/h | 71.104,00 € | 4 | 2 | 2 |
| TOTAL COSTES PERSONAL | | | 109.269,60 € | | | |
| Total personas | | | | 7 | 3 | 4 |
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| Gastos de gestión y desarrollo de las tareas, medios aux. etc. | 32.512,35 € |
|------------------------------------------------------------------|---------------|
| TOTAL COSTES | 141.781,95 € |
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (141.781,95 €) I.V.A. no incluido , conforme al siguiente cuadro de unidades y precios En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la LCSP y, en concreto, las posibles prórrogas y la totalidad de las modificaciones previstas.
| Descripción | IMPORTE TOTAL (Sin IVA) |
|--------------------------------------------------------|---------------------------|
| TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA no incluido) | 141.781,95 € |
| IMPORTE PRÓRROGAS | 0 € |
| IMPORTE MODIFICACIONES RECOGIDAS EN EL PLIEGO | 0 € |
| VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (IVA no incluido) | 141.781,95 € |
El valor estimado del contrato coincide con el presupuesto base de licitación porque no se prevén modificaciones, ni prórrogas que supongan aumento de importe, de acuerdo con el artículo 204 de la Ley de Contratos del Sector Público.
## 4. FORMA, PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y COMUNICACIONES
## Esta licitación tiene carácter electrónico.
Los pliegos y demás documentación complementaria se pondrán a disposición de los licitadores a través de la plataforma de contratación del sector público, garantizando así el acceso a los mismos por medios electrónicos.
No se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos en el presente pliego.
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Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es ), debiendo preparar y presentar los sobres electrónicos que requiera el presente pliego dentro del plazo indicado.
## Fecha máxima de presentación de ofertas : 25 de marzo 2024 hasta las 14:00 h.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 157.4 de la LCSP la apertura no será pública al realizarse por medios electrónico. El resultado de la misma será comunicado a los proveedores y publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público una vez realizada la subsanación, caso de ser necesaria, y, la admisión y exclusión definitiva.
Dirección de correo habilitado: licitacionE@hacienda.gob.es Perfil del contratante:
https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=4EFIKYrK%2FKY%3D&pest anyaLicitaciones=fO%2Fnl6E8oEQ%3D
No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en la LCSP para la Huella digital.
## Comunicaciones y notificaciones
Las comunicaciones y notificaciones que realice el Grupo Tragsa derivadas del procedimiento de adjudicación se realizarán por medios exclusivamente electrónicos. Así mismo las contestaciones que realicen los proveedores a dichos requerimientos deberán realizarse por el mismo cauce.
Los plazos a contar se computarán desde el aviso de notificación, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante de Tragsa.
## 5. REQUISITOS MÍNIMOS Y SOLVENCIA (DOCUMENTACIÓN A INCLUIR SOBRE ELECTRÓNICO 'UNICO')
Todos los requisitos que se solicitan a continuación serán incluidos en la declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos (Anexo II,) bastando ésta para la admisión de la oferta del licitador, siempre y cuando se cumplimente toda la información solicitada y con los niveles requeridos en el presente pliego, salvo en los requisitos referidos a las agrupaciones de empresarios y a los licitadores extranjeros que no estén recogidos en dicha declaración. No obstante, la Mesa de Contratación podrá solicitar la presentación de la documentación que acredita la veracidad de dicha declaración si presume la inviabilidad de la oferta en lo referente a estos extremos.
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Los requisitos de solvencia declarados se acreditarán documentalmente exclusivamente por el licitador que haya presentado la mejor oferta
La presentación del ANEXO II y de cualquier otro documento solicitado por el Grupo Tragsa se realizará por el licitador a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de contratación del Sector público, de acuerdo con los formatos y lo establecido en el presente pliego.
## 5.1. Capacidad de obrar del licitante, habilitación profesional y prohibición para contratar
Podrán tomar parte en el procedimiento de licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
El licitador deberá presentar la siguiente documentación que acredite su capacidad de obrar y resto de requisitos, a solicitud de Tragsa:
1. Los licitadores españoles individuales podrán optar por una de las dos opciones siguientes:
- a. Estar certificados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, de tal forma que acredite que el licitador está clasificado para las obras del Grupo E (Hidráulicas), Subgrupo 7 (Obras hidráulicas sin cualificación específica), Categoría 1 (hasta 150.000 €) o superior. Este certificado deberá acompañarse de declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
- b. Declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos (Anexo II), debidamente cumplimentada, salvo los apartados referentes a solvencia económica y técnica recogidos en
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el presente pliego.
Será prueba de la clasificación la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECSP), la clasificación será prueba suficiente de los siguientes aspectos: aptitud del empresario respecto de su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial y demás circunstancias inscritas, así como de la concurrencia o no de prohibiciones para contratar que deban constar en el mismo. Idéntica prueba será la inscripción en un Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma.
2. Los empresarios que concurran integrados en UTE deberán declarar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
3. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder ejecutar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
4. Los licitadores no españoles de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo no estarán obligados a estar clasificados de acuerdo a lo establecido en el presente pliego sin perjuicio de que deban aportar la declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos del Anexo II del presente pliego y, a requerimiento de Tragsa de la documentación que acredite su capacidad y solvencia equivalente a la requerida con dicha clasificación antes de la adjudicación del contrato.
5. Para ser admitidos a licitación los licitadores deberán declarar estar inscritos a la fecha final de presentación de la oferta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) de acuerdo con lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP, bastando la autorización para consultar dicha inscripción a través de la PLACSP a la hora de presentar la oferta para entenderse cumplido el requisito.
A estos efectos, también se admitirán a licitación las ofertas de los licitadores que acrediten haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia, tendrá lugar por la oferta mejor valorada mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación debiendo incluir esta documentación en el Sobre electrónico único
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6. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea empresarios extranjeros deberán presentar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Así mismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española en el que conste que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables, en forma sustancialmente análoga. Tratándose de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio se prescindirá del informe de reciprocidad.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
En lo referente a la solvencia del licitador, caso de que inscriba en la Declaración Responsable de Cumplimiento de los Requisitos Mínimos estar clasificado en la clasificación solicitada en los pliegos, bastará con que cumplimente los apartados de dicha declaración referente a su capacidad, a no estar incurso en prohibición de contratar a la adscripción de medios, la subcontratación, y los requisitos referentes a los certificados de aseguramiento de la calidad y de gestión medioambiental, caso de ser solicitados, para ser admitida su oferta, sin perjuicio de la posible comprobación de la veracidad de dicha declaración por parte de la Mesa de Contratación. En caso contrario deberá cumplimentar los apartados correspondientes debiendo cumplir los siguientes requisitos por las siguientes cuantías mínimas para ser admitido a licitación.
## 5.2. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Para ser admitidos los licitadores deberán declarar un volumen negocio referido al mejor ejercicio de los últimos tres disponibles no inferior a CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000,00 €) IVA no incluido. Mediante declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante ( Anexo II, epígrafe 3.1).
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Nota: Para Justificar la Solvencia requerida, las empresas de nueva creación, podrán realizarlo aportando una Declaración responsable firmada electrónicamente, indicando que cuenta con una Póliza de Responsabilidad Civil General o compromiso de suscribirla en caso de resultar adjudicatario del contrato por una cuantía equivalente, o superior, al del valor estimado del contrato
## 5.3. SOLVENCIA TÉCNICA
Para ser admitidos los licitadores deberán declarar haber realizado trabajos de tipología similar (mismo CPV) al objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos cinco años naturales , no sea inferior a CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) IVA no incluido. Mediante declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la empresa licitadora. Junto con esta declaración se adjuntará una relación de actuaciones realizadas, en la que aparezca la descripción de las mismas, las fechas de comienzo y de fin de las mismas, el cliente para el que se
realizaron y el importe sin IVA de las mismas. (Anexo II, epígrafe 4.1).
Para Justificar la Solvencia Técnica requerida en las empresas de nueva creación , entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, podrán realizarlo por uno o varios de los medios a que se refiere el artículo 88.2 LCSP 2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
No se tendrá en cuenta otra documentación que el ANEXO II para la valoración de la admisión de la oferta, no revisándose la documentación adicional que presenten los licitadores, salvo que se solicite expresamente en el presente pliego. Cualquier documentación adicional que se presente no decidirá la admisión o exclusión de la oferta
Con carácter previo a la adjudicación Tragsa en cualquier momento del procedimiento antes de la adjudicación podrá requerir la documentación que acredite la veracidad de la declaración del Anexo II si estima que la información consignada no es veraz, salvo que se haya justificado en la propia oferta.
Sin perjuicio de lo anterior Tragsa requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que en el plazo de siete días hábiles desde la recepción por éste de dicho requerimiento justifique las circunstancias sobre la declaración de requisitos mínimos si no la hubiera aportado previamente, caso de no presentarla en dicho plazo se entenderá que el licitador ha retirado su oferta requiriéndole el
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3% del importe consignado como Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) como penalidad, haciéndole igual requerimiento al licitador clasificado en segundo lugar.
## 5.4. Integración de la solvencia con medios externos
Los licitadores podrán basarse en la solvencia y medios de otra entidad para acreditar su solvencia si presentan, antes de la formalización del contrato correspondiente, compromiso escrito firmado por ésta última indicando que durante la duración de la ejecución del contrato dispondrá de dicha solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en prohibición de contratar, en el plazo indicado para la presentación de la documentación que acredita su capacidad. En el caso de que se haya requerido en el presente pliego una cualificación y experiencia profesional respecto del personal que realizará los trabajos, sólo podrá recurrirse a estos medios externos si van a realizar las obras o servicios que requieren dichas capacidades.
En este caso, el contratista deberá dejar constancia de ello en la declaración de cumplimiento de requisitos mínimos, comprometiéndose a presentar a tal efecto, en el plazo establecido en el punto referente a ADJUDICACIÓN del presente pliego, el compromiso por escrito de dichas entidades acreditativas de su aptitud y capacidad sin perjuicio de que se les pueda solicitar previamente si existieran dudas al respecto de las mismas. Así mismo se presentará una declaración responsable individual de cada uno de ellos de cumplimiento de los requisitos mínimos.
## 6. CRITERIOS DE VALORACIÓN (SOBRES ELECTRÓNICOS 'UNICO')
Con posterioridad al acto de apertura de ofertas, Tragsa procederá a su estudio clasificando las ofertas presentadas, teniendo en cuenta los criterios siguientes:
## 6.1. Sobre electrónico 'UNICO': Criterios evaluables de forma automática mediante fórmulas
## 6.1.1. Criterios coste-eficacia
- Precio : Se otorgarán 100 puntos a la oferta más económica, valorándose las demás conforme al resultado de la fórmula:
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Siendo Px la puntuación del ofertante, con un mínimo de cero puntos, Pmax la puntuación máxima, Ox el importe de la oferta del licitador, y Omb el importe de la oferta más económica.
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Las ofertas que se presenten deberán acompañar una valoración económica desglosada según el modelo del Anexo I: SOBRE ELECTRÓNICO UNICO: OFERTA CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS . No se admitirán como válidas aquellas ofertas que se limiten a indicar una valoración global o total de los trabajos.
En caso de que se produzca un empate en la puntuación entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
- a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
- b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
- c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
- d) El sorteo mediante insaculación, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
Para ello deberán rellenar el apartado correspondiente en el Anexo II, en caso de que no lo cumplimenten se entenderá que es el mínimo legal y si no estuviera obligado a un mínimo se considerará que es cero el valor. No obstante, en caso de empate, tendrán que acreditar el criterio que se utilice para desempatar antes de la formalización del contrato.
Tragsa tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición con una mejor relación calidad-precio, conforme a los criterios establecidos, o declarar desierto el procedimiento. En todo caso, y con independencia de la notificación de la adjudicación al adjudicatario, no se generará derecho económico alguno a favor de éste hasta que se formalice el correspondiente contrato.
## 7. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Se considerarán anormalmente bajas las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
- En el caso de presentarse una única oferta no se considerará la posibilidad de que ésta oferta se considere anormalmente baja.
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- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 30 unidades porcentuales a la otra oferta.
- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal.
Si se identificara una proposición como desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación. En el procedimiento se solicitará el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En el caso de no presentar la documentación requerida, ser ésta incompleta o insatisfactoria, o se fundamenta en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico, el licitador quedará excluido del proceso de valoración.
## 8. ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación calificará por orden decreciente las proposiciones elevando la correspondiente propuesta. El licitador mejor clasificado deberá aportar a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público la documentación que se relaciona a continuación, si esta no ha sido aportada previamente, en el plazo de siete días hábiles , desde la fecha de recepción de la comunicación de este requerimiento.
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- N.I.F. de la empresa
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva solicitada en el presente pliego
- D.N.I del empresario o del representante de la empresa firmante del contrato.
- Escritura de poder del representante de la empresa firmante del contrato.
- Escritura que recoja la última redacción del objeto social de la empresa firmante del contrato.
- Documento de constitución de la UTE, en su caso.
- Certificado de que el licitador se encuentra en posesión de la clasificación solicitada y declaración de que esa situación continua vigente
- DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA SOLVENCIA ECONÓMICA.
- A efectos de acreditar el cumplimiento de la solvencia económica requerida en el Pliego, el licitador aportará:
- Opción 1: Certificado de que el licitador se encuentra en posesión de la clasificación solicitada (apartado 5.1) y declaración de que esa situación continua vigente.
- Opción 2: Fotocopia de las cuentas anuales del mejor de los últimos tres años, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil que corresponda, En el caso de empresarios individuales mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil
- DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA SOLVENCIA TÉCNICA.
- A efectos de acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica requerida en el Pliego, el licitador aportará:
- o Opción 1: Certificado de que el licitador se encuentra en posesión de la clasificación solicitada (apartado 5.1) y declaración de que esa situación continua vigente.
- o Opción 2: Certificados de obra similares realizadas, en el que se incluya la fecha de ejecución, el importe y el destinatario que avalen la solvencia técnica requerida en el apartado 5.3.
- Certificación de compañía o de correduría de seguros acreditativa de que la empresa cuenta con una póliza de seguros vigente que cubre la responsabilidad de la empresa por Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil General que cubra las actividades que se desarrollen en la obra (R.C. Explotación) y los accidentes de trabajo que en ella se produzcan (R.C. Patronal) y cuyas coberturas, para cada tipo de responsabilidad como mínimo serán exigibles:
- En la responsabilidad civil de explotación: quinientos mil euros por daños materiales por siniestro con un sublímite por víctima de trescientos mil euros.
- En la responsabilidad civil patronal: quinientos mil euros por daños materiales y personales (trescientos mil euros por víctima).
La Empresa deberá acreditar mediante el recibo que se encuentra al corriente de pago de las correspondientes primas.
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- Testimonio judicial o certificación administrativa, según el caso, acreditativa de no estar incurso en supuesto de prohibición de contratar. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. (Acta de Manifestaciones Notarial de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición de contratar previstas en el Art. 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Certificado Bancario que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de abono de las facturas correspondientes
- Documento acreditativo de estar inscrito en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público) caso de no haber autorizado la consulta del mismo a la mesa; o en su caso, acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación.
- Anexos IX, X y XI correspondientes a la Orden HFP/1030/2021 y HFP/55/2023.
- Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud en el procedimiento de licitación.
- La documentación adicional que se estime conveniente en atención a las características de la oferta
Si algunos de los documentos solicitados los ha aportado en alguna otra licitación del Grupo Tragsa en los últimos 6 meses, únicamente deberá indicar mediante declaración responsable el nº de expediente en el que ha subido este documento, sin tener la necesidad de aportarlo nuevamente.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 95 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Tragsa podrá recabar del licitador aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados, así como requerirles de otros complementarios.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en un plazo no superior a los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación válida anterior.
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Esta documentación se presentará a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de contratación del Sector Público, con excepción si se solicita, de la garantía definitiva que deberá presentarse físicamente si se presenta mediante aval o seguro de caución firmado físicamente por el representante legal de la entidad financiera que lo emite, antes del término del plazo de presentación de esta documentación, en la siguiente dirección:
TRAGSA - Contratación UT2
c/ Cronista Carreres, 2 - 46003 Valencia
## 9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Seleccionada por Tragsa la oferta más adecuada, en consideración a los criterios señalados en el presente Pliego, tras la publicación en el perfil del contratante de la Plataforma de Contratación del Sector Público de la adjudicación y la comunicación de esta circunstancia a los licitadores, se solicitará al adjudicatario que formalice el contrato correspondiente.
En caso de no formalizarse el contrato por causa imputable al adjudicatario en los plazos anteriores se le exigirá una penalidad del 3% del importe de licitación (IVA excluido) como penalidad, haciéndose efectiva contra la garantía provisional, caso de haberse constituido, o requiriendo al proveedor para que la deposite.
En éste último caso se formalizará el contrato con el siguiente licitador clasificado previa presentación de la documentación anterior, en los plazos antes indicados.
No se procederá a ejecutar el contrato con carácter previo a la formalización del mismo.
La formalización del contrato se hará en documento privado o en escritura pública, en el supuesto de que así lo solicitase el adjudicatario. En este último caso, los gastos derivados de la formalización del contrato y del otorgamiento de la escritura pública serán de cuenta del adjudicatario. La formalización del contrato se realizará en cualquier caso de forma digital.
Formará parte del documento en que se formalice el contrato, un ejemplar de los Pliegos, que serán firmados por el adjudicatario.
## 10. REVISIÓN DE PRECIOS
El adjudicatario renuncia a la revisión de los precios ofertados
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## 11. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
## La ejecución del contrato se verificará en el T.M de La Tallada d´Empordà (Girona).
El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Tragsa y que se especifiquen en el contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Tragsa podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin.
Antes del comienzo de los trabajos deberá acreditar que se encuentra estar inscrito en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). Según se establece en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, y en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, que la desarrolla.
El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsa o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas.
Concluida la ejecución de la totalidad de las prestaciones que integran el contrato correspondiente, las partes suscribirán el acta de recepción, que se realizará como máximo en los 30 días siguientes a la certificación / liquidación de la obra en el que constará la conformidad o disconformidad de Tragsa, si las obras realizadas son las previstas en el contrato, se darán por recibidas, comenzando el periodo de garantía. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las condiciones estipuladas, se hará constar en el acta de recepción las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el contratista o se proceda de nuevo a completa ejecución, en el plazo de un mes. Tragsa podrá optar por establecer nuevo plazo improrrogable o por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego. Una vez aceptadas la prestación por Tragsa comenzará el plazo de garantía. ('Sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente para los vicios o defectos ocultos')
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para el caso de fuerza mayor.
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El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsa en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsa.
El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del personal que, dependiente de él, realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsa.
La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsa del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo.
El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del adjudicatario. Tragsa en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para Tragsa.
El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de sus propios recursos y de dirección y coordinación de las actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan.
La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
- Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a Tragsa, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y Tragsa, de otro lado, en todo lo relativo a cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
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- Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
- Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
- Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con Tragsa, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
- Informar a Tragsa acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
Corresponde a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en este pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de Tragsa del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir a Tragsa una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios.
El contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a Tragsa.
## Confidencialidad
El adjudicatario reconoce el carácter confidencial de toda la documentación y/o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación de los trabajos objeto del contrato, comprometiéndose a mantener el carácter confidencial de todos los detalles relativos a la misma, y, por tanto, a no revelar a terceras partes, directa o indirectamente, total o parcialmente, cualquier dato y/o información del que haya tenido conocimiento por la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
Asimismo, el adjudicatario se compromete a adoptar las medidas necesarias para evitar la divulgación de cualquier información y/o documento existente en las sedes de Tragsa o suministrada por ésta, garantizando su seguridad, y obligándose, en particular, a advertir a sus empleados del carácter confidencial de las informaciones que puedan conocer como consecuencia del ejercicio de sus funciones, y de la imposibilidad de extraer de las sedes de Tragsa, y/o de poner en conocimiento de terceros, datos del mismo de cualquier naturaleza, incluidos en cualquier tipo de soporte.
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De igual manera, el adjudicatario se compromete a devolver a Tragsa o a destruir la información confidencial en el momento en que termine la vigencia del contrato, sin que sea necesario requerimiento previo para ello. Asimismo, se compromete a destruir cuanta información haya podido generar con base de la que es objeto del contrato, buscando y haciendo desaparecer en los ordenadores cualquier referencia.
El adjudicatario responderá directamente frente a Tragsa de la divulgación o uso ilegal que de la información confidencial puedan hacer las personas que hayan tenido acceso a ella.
## Plazo de Garantía
Los trabajos entregados a lo largo de la vigencia del contrato contarán con una garantía mínima de DOS (2) años , a contar desde la fecha del acta de recepción definitiva de conformidad. Hasta que no tenga lugar la finalización del periodo de garantía, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni le otorgue derecho alguno la circunstancia de que los representantes de Tragsa los hayan examinado o reconocido durante su ejecución o aceptado en comprobaciones, valoraciones, certificaciones o recepciones parciales e incluso en la recepción total del trabajo, en previsión de la posible existencia de vicios o defectos ocultos.
Si Tragsa estimase, durante el plazo de garantía, que las prestaciones ejecutadas por el adjudicatario no satisfacen en su integridad el objeto del contrato, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellas e imputables al adjudicatario, y existiera fundado temor a que la reposición o reparación no sea bastante para lograr aquel fin, podrá, antes de la expiración de dicho plazo, rechazar las prestaciones, dejándolas de cuenta del adjudicatario y quedando exenta de la obligación de pago, o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho, o la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en este Pliego.
## Seguros
La empresa contratista contará con: Certificación de compañía o de correduría de seguros acreditativa de que la empresa cuenta con una póliza de seguros vigente que cubre la responsabilidad de la empresa por Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil General que cubra las actividades que se desarrollen en la obra (R.C. Explotación) y los accidentes de trabajo que en ella se produzcan (R.C. Patronal) y cuyas coberturas, para cada tipo de responsabilidad como mínimo serán exigibles:
* En la responsabilidad civil de explotación: quinientos mil euros por daños materiales por siniestro con un sublímite por víctima de trescientos mil euros.
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* En la responsabilidad civil patronal: quinientos mil euros por daños materiales y personales (trescientos mil euros por víctima).
Estas entidades deberán estar autorizadas para operar en España.
El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, y de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aunque se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso esta obligación corresponda a éste último. En este caso, tras acreditarse la falta de pago de los salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los mismos y a la no devolución de la garantía definitiva, caso de haberse solicitado, mientras no se acredite el abono de éstos.
## Cumplimiento Orden HFP/1030/2021
Al financiarse este contrato con cargo a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea - NextGenerationEU establecido en el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que establece un instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En cumplimiento de las obligaciones relacionadas con esta fuente de financiación se establecen condiciones que se indican en el Anexo VIII de este Pliego.
Será obligatorio por el adjudicatario la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACCI) antes de la formalización del contrato tal como establece la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre (Anexo X) con el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, así como el Anexo IX 'Declaración de Cesión y Tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
## Cumplimiento Orden HFP/55/2023
Tal como se establece en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el caso de que para el licitador no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT y así se lo haya indicado al responsable de operación mediante la correspondiente bandera negra, se habilita a los órganos de contratación a solicitar a los participantes en los procedimientos, la información de su titularidad real.
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La falta de entrega de dicha información en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información, será motivo de exclusión del procedimiento en el que esté participando.
A tal fin se le solicitará a la empresa que resulte como mejor oferta y no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT, la titularidad real mediante el Anexo XI.
## 12. GARANTÍAS
Con el fin de asegurar la puntual y correcta ejecución del objeto del contrato, con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá constituir a favor de TRAGSA garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación sin IVA, pudiendo aumentarse al 10% si la oferta adjudicataria se hubiera presumido anormalmente baja.
La garantía podrá prestarse:
- a) En metálico, mediante transferencia bancaria, en la cuenta IBAN ES03 0049 2872 3127 1622 4193, abierta a nombre de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA).
- b) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, conforme al modelo de aval que se incluye en el Anexo VI.
- c) Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, conforme al modelo que se adjunta en el Anexo VI.
La garantía definitiva responderá:
- De la obligación de formalizar el contrato en plazo.
- De las penalidades impuestas al contratista, de conformidad con lo establecido en el presente pliego.
- De la correcta ejecución de las prestaciones, incluidas las mejoras ofertadas por el contratista aceptadas por el órgano de contratación, de los gastos por la demora en la realización de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados al poder adjudicador con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, si no procede la resolución.
- De la incautación que pueda decretarse en caso de resolución del contrato.
- De la existencia de vicios o defectos de los bienes construidos o suministrados o de los servicios prestados durante el plazo de garantía establecido en el contrato.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al Contratista, éste deberá reponerla o ampliarla en la cuantía que corresponda para mantener el porcentaje establecido en el presente pliego, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución del contrato.
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Si se produce modificación del contrato que implique aumento de importe, se reajustará la garantía definitiva, para que se guarde la debida proporción con el precio modificado, en el plazo de 15 días desde la fecha en que se notifique al interesado el acuerdo de modificación. No se consideran modificaciones las revisiones del precio.
La garantía definitiva se devolverá al término del plazo de garantía, previa reclamación del contratista.
## 13. PLAZOS DE EJECUCIÓN
El plazo de vigencia del contrato será de DOCE (12) MESES contados a partir de la fecha de firma del mismo, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran pactarse, previo acuerdo escrito de las partes.
El plazo de ejecución será de CINCO (5) MESES contados desde la firma del acta de inicio. Se prevé el inicio de los trabajos en septiembre de 2024. Existe la posibilidad de discontinuidad de los trabajos entre la ejecución de la obra entre una balsa y otra. El plazo de ejecución de la 'balsa baja' será de DOS (2) meses y el plazo de ejecución de la 'balsa alta'
será de TRES (3) meses.
Además de los plazos anteriores Tragsa se reserva un plazo de un mes para la revisión de la obra realizada y la comprobación de los requisitos de calidad exigidos en estos pliegos.
El incumplimiento de estos plazos llevará aparejada la imposición de las penalidades descritas en éste pliego, independientemente de que se establezca un plazo para la subsanación de los defectos recogidos en el acta de recepción, hasta la total aprobación de la prestación por parte de Tragsa de acuerdo con lo establecido en este pliego.
## 14. PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
Si el adjudicatario, se encontrara, a lo largo de la vigencia del contrato, en uno de los supuestos que a continuación se indican, por causas imputables al mismo, Tragsa podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes penalidades:
- Incumplimiento parcial del contrato del contrato: 3 % del Importe de adjudicación.
- Cumplimiento defectuoso: 3 % del Importe de adjudicación.
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- Incumplimiento de las condiciones especiales/esenciales de ejecución llevan aparejada una penalidad de 3 % del importe de adjudicación:
Si el contratista incurriera en demora respecto del plazo total o los plazos parciales establecidos en el contrato, por causa que le sea imputable, Tragsa podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias del 0,5 % del importe total del contrato, sin necesidad de previo requerimiento al adjudicatario de su incursión en mora.
Cada vez que la penalidad por demora alcance un 5% del importe del contrato (IVA excluido) Tragsa estará facultada para resolver el contrato o acordar la continuación de la ejecución del mismo con nuevas penalidades.
Si las penalidades así definidas, o las demoras en la ejecución, aun no estando previstas penalidades para este hecho, no fueran suficientes para cubrir los daños ocasionados a Tragsa por la actuación del adjudicatario, ésta exigirá al adjudicatario la indemnización por los daños y perjuicios no cubiertos.
Las presentes penalidades serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas contra los pagos de las cantidades pendientes de abonar al adjudicatario o contra la garantía que, en su caso, se haya constituido, si no es posible deducirla de dichos pagos.
## 15. SUBCONTRATACIÓN
## 15.1. Régimen de subcontratación
Se permite la subcontratación parcial de la prestación objeto del presente pliego salvo las siguientes tareas consideradas críticas:
- -Tareas relacionadas con la coordinación de los trabajos.
Para la realización de los subcontratos, el licitador deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Deberán indicarlo en su oferta y en la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos mínimos en el sobre electrónico UNICO, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
- El adjudicatario deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación, y, a más tardar cuando se inicie la ejecución del contrato, a Tragsa la intención de subcontratar, señalando la parte de la
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prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante/s legal/es del subcontratista, debiendo justificar de acuerdo a lo establecido en este pliego la aptitud de este para ejecutar la parte del contrato a subcontratar acreditándolo por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone, su experiencia y que no se encuentra incurso en prohibición para contratar.
- Cualquier modificación que sufra la información suministrada a Tragsa durante la ejecución del contrato principal, deberá ser comunicada por escrito a ésta y toda la información adicional sobre los nuevos subcontratistas.
- Si el subcontratista tuviera clasificación adecuada para realizar la parte del contrato a subcontratar, la comunicación fehaciente de esta circunstancia será suficiente para acreditar la aptitud del mismo.
- La acreditación para subcontratar podrá realizarse inmediatamente tras la celebración del subcontrato si es necesaria para atender una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así lo justifica suficientemente el contratista principal.
- Los subcontratistas que no se ajusten a lo indicado en la oferta del contratista principal, por ser empresario distinto de los indicados nominativamente en la misma o por subcontratar partes de la prestación principal diferentes de las señaladas en la oferta, no podrán celebrarse hasta transcurridos 20 días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones anteriores, salvo que con anterioridad se hubiera autorizado expresamente por Tragsa. No obstante, no se podrán celebrar las subcontrataciones si Tragsa comunica al contratista su oposición justificadamente.
- Bajo la responsabilidad del contratista principal, podrán concluirse subcontrataciones sin respetar el plazo anterior si su celebración es necesaria para atender una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así lo justifica suficientemente el contratista principal. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
- Si se trata de un contrato cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento (TRAGSA), el contratista deberá indicar en su oferta si tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
- El subcontratista, deberá indicar las medidas de seguridad que aplicará y las evidencias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, así como en el Esquema Nacional de Seguridad, de conformidad con la D.A.1ª de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (para tratamiento de datos personales y/o diseños, desarrollos o mantenimientos de software).
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- La infracción de las condiciones anteriores, la falta de acreditación de la aptitud del contratista o de las circunstancias determinantes de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación tendrá las siguientes consecuencias:
- o Resolución del contrato si se ha incumplido la obligación principal del contrato.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato con arreglo a los pliegos y los términos del contrato. La comunicación o la autorización de la celebración de los subcontratos de acuerdo a lo anterior no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
En ningún caso podrá concertarse por el contratista principal la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el art 71 de la LCSP.
## 15.2. Pagos a subcontratistas y suministradores
El contratista principal estará obligado a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones que se indican a continuación.
Los plazos pactados no podrán ser más desfavorables que los previstos en la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y se computarán desde la fecha en la que tiene lugar la aceptación o verificación de los bienes o servicios por el contratista principal, siempre que el subcontratista o suministrador haya entregado la factura en los plazos legalmente establecidos.
La aceptación por el contratista principal de las prestaciones o suministros realizados por los subcontratistas deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días desde la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o deberán formularse los motivos de disconformidad de la misma. Si no se realiza en este plazo se entenderá que se ha producido su aceptación.
En caso de demora en el pago, el subcontratista o suministrador tendrá derecho al cobro de intereses de demora y a la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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## 16. FACTURACIÓN Y PAGO
Mensualmente, de conformidad con lo establecido en el presente pliego, el adjudicatario expedirá la correspondiente factura en la que se detallará el período de facturación, los correspondientes conceptos entregados y aceptados por TRAGSA, el número de cuenta bancaria en la que se efectuará el pago de la factura, el cual deberá corresponder con el número de cuenta que figure en el certificado de titularidad bancaria proporcionado por el adjudicatario y la cantidad y el importe de cada uno de ellos, todo ello en base a los albaranes firmados por el responsable de TRAGSA. Dicha/s factura/s deberá/n cumplir las exigencias legales vigentes, desglosando, en todo caso, el importe correspondiente al objeto del contrato, del impuesto repercutible al mismo, debiendo remitirse por el adjudicatario a la dirección correspondiente que se indicará a la firma del contrato.
A la firma del contrato, Tragsa indicará a la adjudicataria las diferentes personas de contacto, así como la dirección de correo electrónico y dirección de facturación, donde se deben remitir las facturas electrónicas.
El importe de las facturas será abonado mediante transferencia bancaria, a la cuenta que se acredite para la adjudicación de la licitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, según redacción introducida por el Real Decreto-Ley 4 /2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo y a los plazos establecidos en la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del sector público.
Queda expresamente prohibida la cesión de créditos derivados de la facturación originada en el trabajo realizado, por cualquiera de las modalidades válidas en derecho, incluida el factoring, sin que previamente a la cesión, Tragsa expresamente lo autorice. En el caso de existir autorización, ésta se realizará, crédito a crédito, y nunca de la totalidad de ellos.
El contratista deberá solicitar por escrito a TRAGSA autorización para realizar la cesión, identificando los créditos afectados por la misma. El Órgano de Contratación de TRAGSA responderá a la solicitud de autorización en el plazo de dos meses, transcurrido el cual, si no ha habido contestación expresa, se entenderá NO autorizada. En caso de que TRAGSA autorice la cesión, ésta podrá formalizarse en escritura pública o en documento privado, debiéndose especificar, en todo caso, los datos y facultades de los firmantes del documento de cesión y a qué créditos alcanza la misma.
La cesión no será vinculante para TRAGSA hasta que se le notifique fehacientemente con la inclusión de todos los datos de la misma, debiéndose adjuntar a dicha notificación copia del documento de cesión y de las escrituras públicas acreditativas de las facultades de los firmantes del contrato de cesión. TRAGSA se reserva el derecho a solicitar la documentación que considere necesaria para verificar la realidad de la cesión y las facultades de los firmantes para la realización de la misma.
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## 17. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato:
- a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto para la sucesión del contratista en el art 98 de la LCSP.
- b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
- c) El mutuo acuerdo entre Tragsa y el contratista.
- d) La demora en el cumplimiento de los plazos previstos por el contratista de acuerdo a lo establecido en el presente pliego.
- e) El incumplimiento de la obligación principal establecida en el contrato o de las condiciones esenciales de ejecución calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
- f) El impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios por parte del contratista a los trabajadores que estuvieran participando en la misma, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios Colectivos de aplicación en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato
- g) Asimismo, serán causa inmediata de resolución del contrato, el incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral para con el personal de él dependiente, así como la falta de adecuación a la normativa vigente de seguridad de la maquinaria y equipos que intervengan en la actuación objeto del contrato.
- h) Tragsa se reserva el derecho a resolver unilateralmente el contrato total o parcialmente, en caso de que se anulase, suspendiese o modificase total o parcialmente el encargo por parte de la entidad de a que haya recibido el encargo, sin perjuicio de la liquidación de los trabajos efectivamente realizados por el contratista de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego y en el contrato.
- i) La no aportación de la documentación recogida en el anejo III sobre prevención de riesgos laborales en los 10 días naturales siguientes a la ejecución del contrato, sin perjuicio de que pueda resolverse el contrato igualmente en caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, y de protección de datos.
- j) Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a Tragsa los daños y perjuicios causados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
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## 18. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades personales o técnicas no hayan sido razón determinante para la adjudicación del mismo y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia del mercado. No se autorizará la cesión cuando está suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un elemento esencial del contrato.
Los requisitos que deberán cumplirse para poder realizar la cesión son:
- a) Que el órgano de contratación autorice previa y expresamente, la cesión, en el plazo de dos meses, transcurrido el cual si no ha habido autorización se entenderá concedido.
- b) Que el cedente haya realizado al menos el 20% del importe de adjudicación del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
- c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar y reúna la solvencia exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar clasificado adecuadamente si este requisito se le exigió al cedente, y no estar incurso en prohibición para contratar.
- d) Que la cesión se formalice en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que correspondan al cedente.
## 19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
La modificación del contrato deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 205 de la subsección 4ª de la sección 3ª del capítulo I del Título I de la LCSP.
## No tendrán la consideración de modificaciones contractuales los siguientes incrementos:
- Se podrá producir un exceso de mediciones entendiendo por tal la variación que durante la correcta ejecución de la obra se produzca exclusivamente en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto, siempre que en global no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio del contrato inicial.
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- Se podrán incluir precios nuevos, fijados contradictoriamente por los procedimientos establecidos en la LCSP y en sus normas de desarrollo, siempre que no supongan incremento del precio global del contrato ni afecten a unidades de obra que, en su conjunto, excedan del 3 por ciento del presupuesto primitivo del mismo.
Todo ello sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación
## 20. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDYGDD), así como de lo previsto en el art. 122, apart. 2 de la LCSP, se incorpora al presente Pliego el Anexo VI (CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD) que formará parte integrante del clausulado del contrato.
En los supuestos en que la ejecución del contrato requiera la cesión de datos por parte de las entidades del sector público, TRAGSA al contratista, se determina expresamente la obligación del sometimiento por parte del futuro contratista de la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Así mismo, y sin perjuicio de lo establecido en el art. 28.2 del Reglamento UE 2016/679, si el contrato requiere para su ejecución el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento (TRAGSA), en el Anexo VI se harán constar las siguientes obligaciones que se califican como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del art. 211apart. 1 de la LCSP:
- a) respetar la finalidad para la cual se cederán dichos datos.
- b) la obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo previsto en el art. 202. Apart.1 de la LCAP, que constituye una obligación esencial del contratista, y que en el contrato se trata de condición especial de ejecución
- c) la obligación de la empresa adjudicataria de presentar antes de la formalización del contrato de una declaración responsable en la que se pongan de manifiesto donde van a estar ubicados los servidores y desde donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, que habrán de ser en el ámbito de la Unión Europea o del territorio nacional en los casos del art 46 bis de la Ley 40/2015, de RJSP
- d) la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.
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- e) la obligación del licitador de indicar en la oferta, si tiene previsto subcontratar servidores o los servicios asociados a los mismos, en nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
Lo indicado anteriormente, tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a formalizar
Igualmente en los supuestos de tratamiento de datos personales por futuro contratista por cuenta del responsable del tratamiento, TRAGSA, y con objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la D.A. Primera de la Ley 3/2018, el adjudicatario aplicará las medidas de seguridad equivalentes y/o compensatorias que correspondan a las del Esquema Nacional de Seguridad, con objeto de evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado en el caso de tratamiento de datos de carácter personal, adaptando los criterios de determinación del riesgo a lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679. El cumplimiento de los requisitos exigidos deberá demostrarse por el adjudicatario, entre otros medios, a través de adhesión a mecanismos de certificación aprobados, adopción de certificaciones aprobadas, a, Auditoría por terceros de reconocido prestigio de los 2 últimos ejercicios en el ámbito de protección de datos, cumplimiento de estándares internacionales (ISO 27001, 27701, ENS, etc), que deberán ser aportadas a requerimiento de TRAGSA, una vez adjudicado el contrato.
El adjudicatario responderá directamente frente a TRAGSA de cualquier daño o perjuicio ocasionado a cualquier interesado afectado, así como de las posibles sanciones que pudiera ocasionar su incumplimiento o el de los subcontratistas por él contratados, en los casos de incumplimiento de sus obligaciones de protección de datos y relativas a las medidas de seguridad y cumplimiento de los tratamientos con datos personales. En el Anejo VII se establece la regulación de forma detallada.
## 21. PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES Y PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE
Grupo Tragsa cuenta con un Plan de prevención de riesgos penales y antifraude de conformidad con los exigido en el art. 31 bis del Código Penal y con las Órdenes Ministeriales HFP 130/2021 y 1031/2021 y el Real Decreto-ley 36/2020 para el control de los fondos Next Generation. A tal efecto Grupo Tragsa declara y garantiza que, en su ámbito de actuación, los fondos recibidos se han utilizado de conformidad con la normativa aplicable y, en particular, con la que se refiere a prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Por su parte, las personas de Grupo Tragsa implicadas en el presente contrato han firmado la correspondiente Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) que también deberá ser firmada por el contratado en el momento de formalización del contrato.
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Asimismo, el contratado se comprometerá a conocer el Modelo de Complimiento Normativo de Grupo Tragsa y aceptar su Código Ético, el cual se puede consultar en la página web: https://www.tragsa.es/es/grupotragsa/nuestro-compromiso/Paginas/default.aspx y compartirá los principios básicos recogidos en el mismo, así como el compromiso de buen gobierno corporativo y políticas de trasparencia del Grupo Tragsa, cumpliendo con los estándares internacionalmente aceptados respecto a estas materias.
## 22. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Y ANTIFRAUDE
Se garantiza que los fondos europeos se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, el contratado se compromete a comunicar cualquier riesgo de fraude o corrupción, así como de posibles conflictos de interés o incumplimiento del que tenga conocimiento durante la vigencia del contrato. El contratado se comprometerá y asumirá en el contrato que, en la fecha de su entrada en vigor, ni la empresa adjudicataria, ni sus directivos, administradores, empleados o colaboradores, por sí o por persona interpuesta habrá ofrecido, prometido, entregado, autorizado, solicitado o aceptado ningún beneficio, ventaja indebida, económica o de otro tipo, o insinuado que lo haría o podría hacerlo en algún momento futuro, o a llevarlo a cabo en el futuro, a una autoridad o funcionario público relacionado de algún modo con el contrato, o realizado o a realizar cualquier otro acto que pudiera suponer cualquier conducta contraria al Convenio OCDE, o al Código Penal Español. A tal efecto, los representantes legales firmantes deberán aportar firmada la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de interés.
## 23. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato derivado de la presente licitación se sujetará, en lo que sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Así mismo se sujetará a lo dispuesto en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, para lo no previsto en ellos se regirá, en cuanto a sus efectos y extinción, por el derecho privado, salvo por lo dispuesto en cuanto a sus efectos y extinción en el Artículo 319 de la LCSP.
## 24. JURSIDICCIÓN COMPETENTE
Son competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la LCSP, ante al el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
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Son competencia del orden jurisdiccional civil las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato derivado del presente procedimiento de licitación, con excepción de las modificaciones contractuales a que se refiere el párrafo anterior, con sometimiento expreso a los jueces y tribunales de Madrid.
Girona, a 5 de marzo de 2024
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## ANEXO I: SOBRE ELECTRÓNICO UNICO: CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS (Sobre electrónico UNICO)
(A generar con la plantilla suministrada por Tragsa en .pdf firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa)
El que suscribe D. .............................., domiciliado en …………………, calle ……………………….., nº ……. y D.N.I. nº ……………………, en su propio nombre, o en representación de ............................., con N.I.F. …………….., con domicilio en ....................., calle …………………., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ', EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA - NEXTGENERATION (PRTR), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO, REF.: TSA0077466, se compromete en nombre propio o de la empresa a que representa, a prestar el objeto del presente pliego por un importe total de ………………………………………………………………. EUROS (………………. €), IVA incluido de acuerdo con el siguiente cuadro de unidades y precios:
| Nº Uds. | Descripción | Precio Unitario (Sin IVA) | IMPORTE TOTAL (Sin IVA) |
|-------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|---------------------------|
| 50.021,52 | m² Instalación en obra de geotextil no tejido de filamentos continuos de polipropileno, unidos mecánicamente por agujado, estabilizados frente a los rayos UV, gramajes de 286 a 325 g/m², resistencia a la tracción de 25 KN/m., incluida la parte proporcional de solapes. Geotextil suministrado por TRAGSA en acopio de obra. | | |
| 50.021,52 | m² Instalación en obra de lámina de polietileno de alta densidad espesor 2 mm, con unión por termofusion con doble cordón de soldadura, en rollos de ancho ≥ 6 m., incluida la parte proporcional de solapes y soldaduras por extrusión en obras de fábrica. Lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | | |
| 1.226,00 | Ml. Fabricación y colocación de lastres de fondo y taludes, formado por mangas de lámina de PEAD de 2 mm de espesor, con un perímetro de 1,45 m., mediante formación de cilindro cerrado y unión por doble soldadura en caliente, incluso p.p. de solapes por base y lateral, relleno de grava y soldado posterior para cierre hermético, medios auxiliares de arrastre y colocación en ubicación final. Grava y lámina suministrada por TRAGSA en acopio de obra. | | |
| 1 | Ud. Partida alzada fija para trabajos no contemplados inicialmente en el pliego. | 10.000,00 | 10.000,00 |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA no incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA no incluido) | | |
| Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | Impuesto sobre el Valor Añadido IVA (21%) | | |
| IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA incluido) | IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA incluido) | | |
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En caso de error aritmético en la valoración total de la oferta se atenderá a los precios unitarios ofertados.
Las obras se efectuarán ajustándose al presente pliego y al pliego de prescripciones técnicas que rigen la presente licitación, teniéndose por no puesta cualquier aclaración o comentario introducido por los licitadores, que se oponga, contradiga, o pueda ser susceptible de una interpretación contraria a lo establecido en el citado Pliego.
Firma electrónica del representante legal de la empresa licitante
## Condiciones de presentación del sobre electrónico UNICO para que la oferta sea válida:
- El licitador deberá declarar el valor total del importe ofertado.
- El licitador deberá incluir un documento equivalente al anexo I del presente pliego en formato .pdf debidamente firmado electrónicamente por representante legal de la empresa. Para generar dicho documento se utilizará la plantilla, que se le proporcionará por Tragsa a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- En caso de no presentarse este documento por el licitador se entenderá que ha renunciado a la presentación de oferta. El proveedor no podrá alterar el resto de datos que recibirá ya cumplimentados por Tragsa en dicha plantilla, en caso contrario quedará excluida la oferta.
- Además, el Sobre electrónico UNICO deberá presentarse cifrado y firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa.
- El licitador deberá incluir el documento Excel con los precios unitarios indicados en la oferta, que se adjuntará por Tragsa a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, debidamente cumplimentado. En caso de discrepancia entre los valores de este Excel y el fichero de oferta pdf firmado, prevalecerá este último (este requisito sólo para contratación con más de 10 precios unitarios en el presupuesto).
La presentación de estos documentos se realizará a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de contratación del Sector público. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en el LCSP para la Huella digital.
Así mismo en caso de discrepancia entre el valor declarado en el sobre electrónico UNICO y el declarado en el documento .pdf firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa prevalecerá este último a efectos de valoración.
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## ANEXO II: SOBRE ELECTRÓNICO UNICO
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDO EN LA LICITACIÓN DE INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ', EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA - NEXTGENERATION (PRTR), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO.
## REF.: TSA0077466
Don ............................................................................................................................................., como .............................................................................................................................................................., de la Empresa ...................................................................................................................................................
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que la información consignada en la presente declaración es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave. Se declara formalmente que podrá aportar los certificados y las pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se soliciten, salvo de que la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. tenga la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma libre y gratuita, de los facilitados en la presente declaración, que permita a la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., a hacerlo; si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos.
A estos efectos sirva la presente para dar consentimiento expreso a la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., para que tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en la presente declaración a efectos de la contratación de la licitación INSTALACIÓN EN OBRA DE GEOTEXTIL Y LAMINA DE POLIETILENO PARA LA IMPERMEABILIZACION DE BALSAS EN LA ACTUACIÓN '0203074 PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PRESA DE COLOMERS. TORROELLA DE MONTGRÍ', EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA NEXTGENERATION (PRTR), A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO, REF.: TSA0077466, por parte de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P.,
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## 1.1. DATOS GENERALES DEL LICITADOR
Razón Social: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
N.I.F., Número de IVA (si procede)
: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dirección: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dirección de internet (página web en su caso): \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Correo electrónico de contacto: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Teléfono: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Persona/s de contacto: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Microempresa o una PYME: Si / No (Señalar la opción correcta)
## Trabajadores discapacitados
El licitador declara que el número de trabajadores es mayor a 50: Sí/No (Señalar la opción correcta)
## (En caso de que la respuesta sea afirmativa)
El licitador declara que cumple con el requisito de que al menos el 2% de sus empleados son trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
## Sí/No (Señalar la opción correcta)
En caso que la empresa tenga más de 50 trabajadores y haya indicado un porcentaje de discapacitados inferior al 2%, se compromete a presentar a TRAGSA con carácter previo a la formalización del contrato documento de exención a requerimiento de ésta
Sí/No (Señalar la opción correcta)
## Igualdad
El licitador declara que tiene más de 49 trabajadores en su plantilla:
Sí/No (Señalar la opción correcta)
## (En caso de que la respuesta sea afirmativa)
Y, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, cuenta con un plan de igualdad:
Sí/No (Señalar la opción correcta)
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## 1.2. INSCRIPCIÓN ROLECE
Se encuentra inscrito en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público): Si / No (Señalar la opción correcta)
En caso de contestar afirmativamente rellenar lo siguiente:
Autorizo a la Mesa de Contratación para que consulte los datos inscritos en el ROLECE Si / No (Señalar la opción correcta)
A cumplimentar si el apartado anterior es No:
He solicitado la inscripción en el ROLECE, junto con la documentación preceptiva para ello y me comprometo a aportar la solicitud y la documentación correspondiente caso de resultar como la oferta mejor valorada: Si / No (Señalar la opción correcta)
Fecha de la solicitud: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 1.3. CLASIFICACIÓN/INSCRIPCIÓN
Se encuentra clasificado: Si / No (Señalar la opción correcta)
Nª Inscripción o certificación: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (Si procede)
El certificado de inscripción o certificación están disponibles en formato electrónico : Si / No (Señalar la opción correcta)
Grupo: \_\_\_\_\_ Subgrupo \_\_\_\_\_\_\_\_ Categoría \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ o Referencias en las que se basa la inscripción o certificación \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
La inscripción o certificación abarca todos los criterios de selección exigidos: Si / No (Señalar si la inscripción no abarca todos los criterios de selección elegidos)
A cumplimentar si el apartado anterior es No:
- Me encuentro inscrito en el Registro profesional de mi Estado miembro de mi establecimiento de acuerdo con el Anexo IX de la Directiva 2014/24/UE y cumplo cualquier requisito adicional solicitado legalmente por dicho estado incluidos en dicho Anexo: Si / No (Señalar la opción correcta)
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: SI / NO (Señalar la opción correcta, si se ha marcado SI se rellenarán los apartados siguientes) Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Me encuentro inscrito en el Registro Mercantil del Estado miembro de mi establecimiento de acuerdo con el Anexo IX de la Directiva 2014/24/UE y cumplo cualquier requisito adicional solicitado legalmente por dicho estado incluidos en dicho Anexo: Si / No (Señalar la opción correcta)
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de
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la UE: SI / NO (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 1.4. OFERTAS DE AGRUPACIONES DE ENTIDADES / UTEs
Participo en la licitación conjuntamente con otro/s operadores económicos: Si / No (Señalar la opción correcta)
- Nombre del grupo/UTE:
- Los operadores que presentamos proposición conjunta somos (Identificar todos):
- El Responsable principal es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ su participación en el grupo es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- El Responsable de realizar \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ su participación en el grupo es \_\_\_\_\_\_\_\_ (Se incluirán todos los integrantes con sus funciones y participaciones)
- Representante del grupo/UTE:
- Nombre: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Apellidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Dirección: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Correo Electrónico: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Teléfono: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Cargo en el grupo/Calidad en la que actúa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- -
- Alcance de su representación: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
En el Sobre electrónico UNICO de la presente licitación adjunto:
- Declaración responsable firmada por todos los miembros de su compromiso de formalizar la UTE/agrupación en caso de resultar adjudicataria
- Una Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos mínimos por cada uno de los participantes en la UTE / Agrupación.
## 1.5. REPRESENTANTE DEL LICITADOR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
Nombre y Apellidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
N.I.F., (si procede)
: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Cargo/calidad en la que actúa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Dirección: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Correo electrónico de contacto: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Teléfono: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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Alcance de su representación: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 1.6. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS
Recurro para acreditar la solvencia económica y financiera; y técnica y profesional a la capacidad de otras entidades: SI / NO (Señalar la opción correcta) .
En caso de haber señalado afirmativamente la cuestión anterior, me comprometo, a solicitud de Tragsa a:
- Facilitar una declaración de cumplimiento de requisitos mínimos de los apartados anteriores y de los referentes a Motivos de Exclusión debidamente cumplimentado por las entidades a las que se recurra para ésta acreditación. Incluyendo el personal técnico u organismos técnicos no integrados directamente en la organización del licitador y especialmente los responsables del control de calidad y en contratos de obras el personal técnico o los organismos técnicos de que disponga el licitador para la ejecución de las mismas.
- Si resulta pertinente, incluir la información exigida para la solvencia económica y financiera; y técnica y profesional de las actividades que realizarán en la ejecución del contrato.
- Presentar el compromiso de utilización de dichos medios para la realización de dicho contrato a lo largo de la vigencia del contrato correspondiente caso de resultar adjudicatario.
## 1.7. SUBCONTRATISTAS
(Se rellenará sólo en el caso de que se pretenda subcontratar parte de la ejecución del contrato, caso contrario se presumirá que el licitador declara que no celebrará subcontrataciones en la ejecución del contrato)
El licitador subcontratará parte de la ejecución del contrato derivado de la presente licitación, en un porcentaje del \_\_\_\_\_\_\_\_\_ de acuerdo con el siguiente detalle:
(Se procederá a enumerar los subcontratistas previstos, los trabajos que realizarán y el porcentaje que éstos suponen sobre el total del valor estimado ofertado)
En caso de que Tragsa solicite información de los mismos por resultar adjudicador el licitador adjuntaré la información y documentación correspondiente a los puntos 1.1, 1.2, y 1.5. y la solvencia exigible a los mismos de acuerdo con los pliegos, mediante la presentación de esta declaración por cada uno de los contratistas o categorías de subcontratistas.
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## 2.1. CONDENAS PENALES
El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él, no han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable:
- Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42).
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador.
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48).
La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados
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siguientes)
Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Marco.
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15).
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1)
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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## 2.2. PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
## 2.2.1. Pago de impuestos
- [ ] El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido o en España: Si / No
## ( En caso de incumplimiento se rellenará lo siguiente)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- [ ] El incumplimiento ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa: Si / No
Descripción de los medios utilizados \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (En caso de que se haya establecido por medios distintos a la resolución judicial o administrativa).
La resolución anterior es firme y vinculante: Si / No (En caso de que el incumplimiento sea por resolución)
Fecha de la condena o resolución: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ( En caso de que sea firme y vinculante)
En la condena se establece una duración del periodo de exclusión de: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- [ ] El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido y en España: Si / No ( En caso de incumplimiento se rellenan los 2 apartados sig.)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.2.2. Pago de cotizaciones a la seguridad social
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El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones a la seguridad social, en el país en el que está establecido o en el España: Si / No
## ( En caso de incumplimiento se rellenará lo siguiente)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
- [ ] El incumplimiento ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa: Si / No
Descripción de los medios utilizados \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. (En caso de que se haya establecido por medios distintos a la resolución judicial o administrativa) La resolución anterior es firme y vinculante: Si / No (En caso de haberse establecido por resolución judicial o administrativa)
Fecha de la condena o resolución: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ (En caso de que sea firme y vinculante)
En la condena se establece una duración del periodo de exclusión de: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
El licitador al que represento ha cumplido con sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones a la seguridad social, en el país en el que está establecido y en España, si no coincide con su país de establecimiento: Si / No ( En caso de incumplimiento se rellenan los 2 apartados sig.)
Importe: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
País o Estado de que se trata: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## 2.3. INSOLVENCIA, CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL
El licitador a la que represento; respecto de sus obligaciones en el ámbito del Derecho ambiental, Derecho social y el Derecho Laboral tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio de licitación o los pliegos de la contratación o en el art. 18, ap. 2 de la Directiva 2014/24/UE, ha cumplido con todas ellas: Si / No (En caso de incumplimiento, se indicará lo siguiente)
Ámbito incumplido: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Preceptos incumplidos: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Medidas adoptadas para demostrar su credibilidad: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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## 2.4. SOMETIMIENTO A FUERO NACIONAL
El licitador por la presente renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderme en las controversias que se produzcan con motivo de la contratación referida, sometiéndome para estos asuntos y cualesquiera otros relacionados con el correspondiente contrato a los Juzgados y Tribunales Españoles.
## 2.5. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN NACIONALES
El licitador declara que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos incluidos en el art. 71 referente a las Prohibiciones de Contratar recogido en la Subsección 2ª del Capítulo II del Título II de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
## 2.6. PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL
El licitador declara su pertenencia al siguiente Grupo empresarial \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, de conformidad con lo dispuesto en el art 42.1 del Código de Comercio. Así mismo declaro que respecto de la presente licitación, presentan proposiciones a dicha licitación otras empresas del mismo grupo: SI / NO (En caso afirmativo incluir el nombre de dichas empresas)
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Declaro responsablemente que cumplo con todos los requisitos de solvencia establecidos en el presente pliego, y que me comprometo a acreditar los importes y los requerimientos de dicha solvencia de acuerdo con lo establecido en el presente pliego
- [ ] Sí
- [ ] / No
(ponga una cruz en la opción correcta)
NOTA: En caso de rellenar este apartado indicando 'Si' no será necesario rellenar los apartados referentes a solvencia económica y técnica recogidos en el presente pliego. (Si se deberán rellenar en este anexo los apartados I, II, los referentes a subcontratación, los referentes a habilitación empresarial y los referentes a adscripción de medios y declaraciones responsables si se incluyen en el presente Anexo y lo requiere el pliego)
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## 3.1. VOLUMEN DE NEGOCIO
El volumen de negocios del licitador al que represento en el año de mayor ejecución de los últimos tres años disponibles ha sido de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ EUROS (\_\_\_\_\_\_\_\_\_,\_\_ €) de acuerdo con el siguiente cuadro:
## Anualidad
Volumen de negocio (En miles de Euros)
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
El licitador al que represento no dispone de la información requerida sobre el volumen de negocios (general o específico) los pliegos y anuncio de licitación, por ser posterior la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del licitador. Dichas fechas son:
Fecha de creación \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Fecha de inicio de las actividades \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN
El licitador al que represento no dispone de la información requerida sobre el volumen de negocios (general o específico) solicitado en los pliegos y anuncio de licitación, por ser posterior la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del licitador. Dichas fechas son:
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Fecha de creación
Fecha de inicio de las actividades
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Url:
## SEGURO DE INDEMNIZACIÓN
En relación con los datos del seguro de Responsabilidad General solicitado para empresas de nueva creación , declaro que el licitador tiene contratado el seguro correspondiente o se compromete a tenerlo contratado en caso de resultar adjudicatario, que se encontrará en vigor antes de la formalización del contrato, que los riesgos asegurados son los solicitados en los pliegos y por las cuantías establecidas en los mismos. SI / NO
## 4.1. EJECUCIÓN DE OBRAS DEL TIPO ESPECIFICADO
Durante el período de referencia y tipo de obras establecido en los pliegos, el licitador ha ejecutado obras similares (con igual subgrupo CPV definido en el apartado 1 del presente documento) a las que son objeto del contrato por un importe de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ EUROS (\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ €), de acuerdo con el siguiente cuadro:
| Descripción obra | Fecha inicio | Fecha Fin | Destinatario | Importe (Sin IVA) |
|--------------------|----------------|-------------|----------------|---------------------|
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Url: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Expedidor: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
Código:
Expedidor:
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## OTROS: CRITERIOS DE DESEMPATE
A efectos de lo dispuesto en el artículo 147.2 de la LCSP, se solicitan los siguientes datos a fin de poder resolver los empates en caso de que se produzcan:
Porcentaje de trabajadores discapacitados en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Porcentaje de contratos temporales en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de la empresa: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_%
Firma electrónica del representante legal de la empresa licitante
Sr. Presidente de la Mesa Central de Contratación de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., Nota: se firmarán todas y cada una de las hojas en que el licitador cumplimente datos referentes a la licitación, los medios electrónicos de comprobación consignados deberán ser de libre acceso y gratuitos
Condiciones de presentación del sobre electrónico UNICO para que la oferta sea válida:
- El licitador deberá incluir el Anexo II del presente pliego en formato .pdf debidamente firmado electrónicamente por representante legal de la empresa. Para generar dicho documento se utilizará la plantilla en formato word, que se le proporcionará por Tragsa a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Además, el Sobre electrónico UNICO deberá ser firmado electrónicamente por el representante legal de la empresa licitante a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La presentación de estos documentos al igual que todos los solicitados en la presente licitación se realizará a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de contratación del Sector público. No se admitirá la presentación de forma manual o en soporte físico electrónico salvo en el caso establecido en el LCSP para la Huella digital.
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## ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Con el fin de dar cumplimiento al R.D. 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, les rogamos que cumplimenten debidamente el siguiente documento y marque las casillas de la columna 'DECLARADO' si cumple y le son de aplicación.
El firmante, declara bajo su responsabilidad, que los datos indicados en este documento son ciertos, y se compromete a justificarlo documentalmente cuando le sea requerido por esta empresa para la firma del contrato (según notas al pie de página del presente documento).
## 1. DATOS GENERALES
Nombre o Razón Social:
Domicilio Social:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
Actividad:
Nº Trabajadores:
Mutua de Accidentes de Trabajo y Enf. Prof.:
## 2. RESPONSABLE / INTERLOCUTOR DE PREVENCIÓN
Nombre:
Teléfono:
Cargo en la empresa:
Correo electrónico:
3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA
VERIFICADO (a cumplimentar por el Grupo Tragsa)
3.1. Marcar lo que proceda
Se deberá acreditar la modalidad preventiva asumida (p.ej: con el contrato de la
actividad preventiva con el SPA, en su caso) b.
a
DECLARADO
a) Trabajador autónomo
b) Asunción personal por el empresario
c) Designación de uno o varios trabajadores
d) Servicio de Prevención Propio (SPP) y/o Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
Especialidad
S.P.P.
S.P.A.
Entidad
Seguridad en el Trabajo
Higiene Industrial
Ergonomía y
Psicosociología
Medicina del Trabajo
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- a Obligatorio con la firma del contrato
- b No es de aplicación a Trabajadores Autónomos (excepto si tiene personal a su cargo)
4. GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN
DECLARAD
O
(a
cumpliment
ar por el
Colaborado
r)
VERIFICAD
O
(a
cumpliment
ar por el
Grupo
Tragsa)
¿
Personal
de su empresa
va a trabajar en centros de trabajo del Grupo
Tragsa o realizar trabajos de campo
? Sólo en caso afirmativo deberá aportar
documentación acreditativa de las siguientes preguntas:
Se aportará listado de personal que va a trabajar con el Grupo Tragsa (nombre
y apellidos, DNI y categoría profesional)
- [ ] SÍ
- [ ] NO
c
4.1. ¿Dispone de Evaluación de Riesgos y Planificación Preventiva para todas
las actividades objeto de la presente oferta?
Se entregará Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva
para los trabajos subcontratados e información sobre los riesgos inducidos a
terceros por la empresa en el desarrollo de los trabajos encomendados por el
Grupo TRAGSA.
b
a
4.2. ¿Se garantiza la
Formación e información
en materia preventiva de su
puesto de trabajo a los trabajadores objeto de esta oferta? (art.18-19-20 de la
Ley PRL)
Se aportará Certificado acreditativo, con firma de cada trabajador y entidad
formadora de Prevención
b
c
4.3. ¿Se facilitan
Equipos de Protección Individual
, en función del riesgo de
los trabajos, a cada trabajador?
Se aportará Certificación de entrega de los EPIs (documento con firma de cada
trabajador)
b
c
4.4. ¿Se garantiza la protección especial a
Trabajadores Sensibles, Menores
y Embarazadas
?
b
a
4.5. ¿Se realiza la
Vigilancia de la Salud
en función de los riesgos inherentes a
los puestos de trabajo?
Certificado de la Aptitud médica de todos los trabajadores para el puesto de
trabajo encomendado (
si se encuadran en el Anejo 1 del R.D. 39/1997)
, firmado
por médico del trabajo
o
Renuncia
.
b
c
4.6. DOCUMENTACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPOS DE TRABAJO
Todos los
equipos de trabajo
a utilizar para la realización de los trabajos poseen
Marcado CE
¿
Va a utilizar maquinaria
en obras del Grupo Tragsa? Sólo en caso afirmativo,
deberá contestar las siguientes 3 cuestiones:
Se aportará listado de maquinaria autopropulsada que va a trabajar en actuación
del Grupo Tragsa (tipo de máquina, ,marca y modelo DNI y matrícula, en su caso)
Se aportará
Acreditación Propiedad
, si no queda suficientemente justificado
con la documentación siguiente
- [ ] SÍ
- [ ] NO
c
4.6.1. La maquinaria a utilizar para la realización de los trabajos, ¿posee
Declaración de Conformidad
y
Marcado CE
? En caso contrario, ¿dispone de
Certificado de Adaptación al R.D. 1215/1997
?
Se aportará Declaración de Conformidad o Marcado CE (o, en su lugar,
Justificación documental que acredite la adecuación al R.D. 1215/1997) de toda
la maquinaria a emplear en la actuación objeto del contrato
c
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4.6.2. El personal que maneja estos equipos ¿dispone de
Autorización de Uso
de Maquinaria
por parte de la empresa?
Se aportará Certificado de Autorización que relacione a cada trabajador con las
máquinas para las que está autorizado su manejo en función de la formación en
manejo seguro recibida
c
4.6.3. ¿Todas las máquinas tienen a disposición el
Manual del Operador
y el
Libro de Mantenimiento?
Se aportarán ambos documentos y un Autocertificado de Mantenimiento
c
4.7. OTROS:
¿Se entregan a los trabajadores las
Fichas de Seguridad
de los productos
químicos a utilizar?
Aportará relación de Fichas de Datos de Seguridad de los productos químicos
que, en su caso, se vayan a emplear
c
Si va a subcontratar parte del objeto de su contrato, maque esta casilla
Debe aportar este mismo anexo cumplimentado por cada empresa y aportar toda
la documentación descrita en el mismo.
c
5. RESPONSABLE DE LA EMPRESA
Nombre:
Fecha, Sello y Firma:
Cargo en la empresa:
Teléfono:
Correo electrónico:
a Obligatorio con la firma del contrato
b No es de aplicación a Trabajadores Autónomos (excepto si tiene personal a su cargo)
c Obligatorio antes del inicio de las actividades contratadas
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## ANEXO IV MODELO DE ACTA DE RECEPCIÓN
En ..., a ... de ... del año dos mil ..., siendo las ... horas y estando presente, D. ....., en representación de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., (en acrónimo, Tragsa) y D. ....., en representación de (datos del adjudicatario), se procede por el citado Sr..., a la recepción, en nombre y representación de Tragsa, de los trabajos en virtud del Contrato suscrito entre ambas partes con fecha de....de.. de dos mil..., reconociéndose por Tragsa haber realizado la totalidad/unidades (especificar) de los trabajos adjudicatarios en la fecha de otorgamiento del presente documento, dando comienzo a partir de la misma el plazo de garantía establecido en los Pliegos para la Contratación de ' \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Ref: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_-
(Párrafo de aplicación, si se apreciaran defectos a la vista en el momento de entrega de los trabajos)
'Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego para la Contratación del servicio consistente en los \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_'. Ref: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ y en la legislación vigente, respecto a la existencia de defectos y/o vicios ocultos, Tragsa manifiesta expresamente en el presente acto que los trabajos realizados adolecen de los siguientes defectos (especificar)'
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente documento en la fecha y lugar ut supra.
POR LA ADJUDICATARIA POR TRAGSA
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## ANEXO V (1) AVAL BANCARIO
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), N.I.F. con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos), en la calle ..., y en su nombre (nombre y domicilio de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, se constituye en fiador solidario, con renuncia a los beneficios de excusión, orden y división, del ADJUDICATARIO y C.I.F.nº ... y domicilio en ........, por la cantidad de ........ (........ €), a favor de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), importe que se corresponde con la garantía definitiva establecida en el Pliego para la Contratación de la ejecución de la obra '……………………………...………………………………………………'. REF: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
La fianza así constituida se entiende hecha con los siguientes requisitos:
- 1º.Que se constituye a favor y a disposición de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), con C.I.F. nº A/28-476208, y domicilio en 28006 Madrid, calle Maldonado, 58
- 2º.Que la obligación contraída por el fiador lo es con carácter solidario, por la cantidad de .......... (...... €).
- 3º.La fianza que se constituye en el presente documento surtirá efectos a partir de la fecha del mismo y hasta que haya transcurrido el plazo de garantía previsto en el contrato.
- 4º.La Entidad fiadora estará obligada a entregar el importe afianzado al primer requerimiento fehaciente que realice la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), sin poder oponer ningún motivo de oposición como el beneficio de excusión o la prelación de créditos.
- 5º.Que la fianza que en el presente documento se hace constar, firmada por quien representa a la Entidad fiadora, es una de las operaciones que, a tenor de los Estatutos, porque se rige el Banco Fiador, puede verificar por constituir uno de sus fines.
- 6º.Que de modificarse los Estatutos de la Entidad fiadora y dejare de formar parte de las operaciones peculiares de ella la de constituir fianzas, queda aquélla obligada a poner en conocimiento de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), tal modificación, sin que se entienda la misma liberada de sus obligaciones en este caso, continuando los efectos de la fianza solidaria con todas sus consecuencias.
- 7º.Que dicha fianza tiene carácter mercantil, rigiéndose en lo previsto en el presente documento, por lo
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dispuesto en el Código de Comercio.
El presente documento de garantía ha sido inscrita en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales de la Entidad Bancaria fiadora en ..., de ..., con el número ...
Y sujetándose a tales requisitos, se firma el presente documento con el sello del Banco, en ......
(Lugar y fecha) (Razón social)
(Firma de los apoderados)
(No se rellenará con el nombre de la licitación tiene que ser un documento intercambiable)
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## ANEXO V (2) SEGURO DE CAUCIÓN
(Garantía definitiva)
Certificado número ..........
............................. (en adelante, asegurador), con domicilio en .......... calle ......... y NIF ....... debidamente representado por Don ........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según manifiesta.
## ASEGURA
A ..............., NIF/CIF ................, en concepto de tomador del seguro, ante la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA), (en adelante, asegurado), hasta el importe de (en letra) ........................................ (en cifra) .............. EUROS en los términos y condiciones establecidos en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y su normativa de desarrollo y Pliego que rige el contrato de la realización de la prestación '…………………………………………………………'. REF: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_-, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 57.1. del RGLCAP.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) en los términos establecidos en Ley 9/2017 de 8 de noviembre. por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
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Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, normativa de desarrollo y los Pliegos.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y legislación complementaria.
En ....., a .. de ..... de .........
Firma (Asegurador):
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## ANEXO VI
CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD CUANDO NO SE CONTEMPLE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO POR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN (A INCORPORAR AL CONTRATO)
En virtud del contrato, ambas entidades se ceden mutuamente datos personales de contacto, para los fines perseguidos por TRAGSA/TRAGSATEC, de conformidad con lo previsto en el art.19 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDYGDD):
- Datos incorporados en correos electrónicos para el contacto diario, incluidos los contactos de presidencia, y otros datos de contacto de representantes.
- Contactos de redes sociales.
- Datos necesarios para otras funciones relacionadas entre ambas entidades para la gestión del contrato.
- Otros datos tratados en actas y reuniones.
Con el objeto de regular la comunicación de datos entre las partes, estas suscriben el presente acuerdo de comunicación de datos personales para las finalidades fijadas en el propio contrato. En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y LOPDYGDD, ambas partes quedan informadas que los datos personales facilitados o proporcionados entre éstas como consecuencia de la firma del presente contrato, serán destinados a la gestión y ejecución acordada para el cumplimiento de los fines del mismo.
Las partes en cuanto responsables o destinatarios, respectivamente de dichos datos declaran haber informado a los interesados de la finalidad del uso de la información recogida y de los demás aspectos relativos a los tratamientos de datos personales, en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del RGPD, así como facilitar a los interesados el ejercicio de los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del RGPD en la dirección de correo electrónico que más adelante se indica.
Cada parte, en cuanto responsable o destinatario de los datos, además de asegurar que los datos personales comunicados se ajustan a los principios del art. 5 del RGPD y se tratan de acuerdo al art. 6 del mismo texto legal, deberán cumplir entre otros extremos, con lo dispuesto en el RGPD y LOPDYGDD, y en particular, cuando se trataran datos personales estarán sujetos a lo previsto en los artículos26, 28, 29 y 30 del RGPD, en lo relativo a:
- 1.La realización del correspondiente registro de actividades de tratamientos de carácter personal, con los requisitos establecidos al efecto, y que mantendrán a disposición de la AEPD, siendo la finalidad del tratamiento la adecuada gestión de la relación contractual, consintiendo expresamente el tratamiento de los mismos para las finalidades informadas. En caso de facilitarse datos personales de trabajadores o de
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terceras personas, ambas partes asumen el compromiso de informar a éstos de los extremos referidos, solicitando el consentimiento expreso de los mismos, salvo que existiese otra base legal para ello y facilitando en su caso a los mismo el derecho de información previsto en los artículos 13 y 14 del RGPD, al igual que el ejercicio de los derechos del artículo 15 a 22 del RGPD a la dirección de correo electrónico más adelante indicada.
- 2.El acceso por ambas partes a los soportes de datos de carácter personal no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos, sino en su caso, de simple acceso a los mismos como elemento necesario para la realización del objeto contractualmente establecido.
- 3.Con respecto a las obligaciones de las partes en los supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento de los datos personales a que se refiere el art. 29 de la LOPDYGDD en relación con el art. 26.1 del RGPD, si se comunicaran entre las partes datos personales de los que fueran responsables del tratamiento cada una de las mismas, se realizarán atendiendo a las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento, que fijarán los medios y los fines de los respectivos tratamientos de datos, sirviendo la presente cláusula de documento a que se refiere el citado precepto, y debiendo dar cumplimiento a lo previsto en el citado RGPD y LOPDYGDD, sin perjuicio de la posibilidad de ser cumplimentado, en su caso, con el anexo correspondiente.
1. En el supuesto de que cualquiera de las partes, trasmitiera a la otra datos de carácter personal para su tratamiento en nombre y por cuenta de la otra, se aplicará lo previsto en el art. 28.3 del RGPD, con el cumplimiento de las obligaciones previstas tanto para responsable como encargado del tratamiento en la citada norma, así como de lo dispuesto en el art. 33 de la LOPDYGDD y lo previsto en el art.32 del RGPD para las garantías y medidas de seguridad necesarias para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, a los efectos de asegurar la confidencialidad, disponibilidad, integridad, autenticidad y trazabilidad de los datos. El presente documento tendrá la consideración de clausulado de encargado de tratamiento, sin perjuicio de que se pudiera anexar por las partes las condiciones que expresamente pactaran para el tratamiento.
Así mismo, en el supuesto de tratamiento de datos personales en virtud de lo previsto en el art.28.3 del RGPD, las partes en cuanto responsables o encargados de los datos, respectivamente quedan obligadas a facilitar a los interesados tanto el derecho de información, como el ejercicio de los correspondientes derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación, portabilidad, oposición y olvido de los datos facilitados, pudiéndose dirigir los interesados a los correspondientes domicilios establecidos en el contrato, así como a las direcciones de correo electrónico que se indican. En caso de facilitar datos de terceras personas, que no estuvieran amparadas por alguna de las bases legitimadoras, ambas partes asumen el compromiso de informar a éstos de los extremos referidos, con carácter previo al tratamiento o la cesión de los datos. Así mismo en todo lo no pactado para el supuesto de clausulado de encargado, se seguirán las instrucciones del responsable de acuerdo con lo previsto en el art. 29 del RGPD, y las obligaciones previstas legalmente para el encargado. Respecto del régimen para las transferencias internacionales de datos, en su caso, se estará a lo dispuesto en el RGPD, artículos 40 a 43 LOPDYGDD, normas de desarrollo, y circulares o/ de las autoridades de control que correspondieran, así como las normas que aplicaran en el ámbito del Derecho nacional e internacional.
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- 5.En el momento de la finalización del contrato ambas partes destruirán o devolverán los datos de carácter personal, y destruirán y borrarán o inutilizarán sin posible impresión futura todos los soportes en los que hubiesen sido insertados estos datos sin conservar copia alguna de los mismos, salvo la necesidad de conservación de los mismos de forma bloqueada, por existir obligaciones legales y por el plazo previstos para ello o con arreglo a los criterios que se hubieren establecido.
2. Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones pertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del objeto del contrato , así como al cumplimiento de lo previsto en el art. 5 de la LOPDYGDD para responsables, encargados y personal de las respectivas entidades que trataran datos de carácter personal.
La Parte que reciba información confidencial de la otra Parte no podrá revelarla, salvo cuando tal revelación obedezca a un requerimiento o petición formal por parte de una autoridad judicial o cualquier otra autoridad gubernamental, siempre que previamente se le haya notificado tal petición a la Parte que la haya revelado y se le haya dado a la misma, de ser posible, la oportunidad de oponerse a la necesidad de dicha revelación y/o se le haya permitido solicitar una orden protectora o medida cautelar al objeto de que la Información Confidencial revelada en virtud de esa petición se utilice única y exclusivamente para el objeto que se dictó en dicho requerimiento legal.
- 7.Toda notificación entre las partes se realizará a los respectivos domicilios indicados en los encabezamientos del contrato . Cualquier notificación que se efectúe entre las partes se hará por escrito y será entregada de cualquier forma que certifique la recepción por la parte notificada.
- 8.La no exigencia por cualquiera de las partes del contrato de sus derechos, de conformidad con lo establecido en el mismo, no se considerará que constituye una renuncia de dichos derechos para el futuro.
- 9.Si alguno o algunos de los apartados o estipulaciones del contrato fuesen declarados nulos o inaplicables, dichos apartados o estipulaciones se considerarán excluidos del mismo, sin que impliquen la nulidad de todo el resto del presente clausulado.
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- 10.- El contrato en lo relativo a la protección de datos personales, se regirá por la normativa de protección de datos aplicable en España.
- 11.- El presente clausulado por el que se regula lo relativo a la protección de datos de carácter personal, entrará en vigor en los términos fijados en el contrato de que se trata que vincula a las partes intervinientes.
12. -A los efectos previstos en este documento, la dirección de correo es: dpd@tragsa.es
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## ANEXO VIII HITOS Y OBJETIVO
El PRTR incluye dentro de la política nº 1 ', Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura' la componente 3 'Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero'. Esta componente se centra, en aspectos como la mejora del uso sostenible de los suelos agrícolas, el fomento de la digitalización y de la economía circular y la modernización de los regadíos, para reducir el uso de los recursos naturales y de insumos agrícolas y mejorar la competitividad y sostenibilidad del sector agrario.
Para ello, la componente contempla un total de cuatro pilares fundamentales para alcanzar los objetivos propuestos con una inversión total de 1502,8 millones, entre las que se encuentra la inversión C3.I1, destinada a la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad de regadíos. La descripción de la inversión contempla la modernización de regadíos sostenibles con el objetivo de promover el ahorro de agua y la eficiencia y el ahorro energético en los regadíos españoles.
Por todo ello, el proyecto se considera inscrito en dicha componente e inversión y ha de contribuir, por tanto, a la consecución de los hitos y objetivos contenidos en la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID). En los anejos de dicha Decisión se detalla, para la inversión I1 de la componente 3, los siguientes hito y objetivos, a alcanzar como muy tarde en 2026, tal como se reproduce a continuación.
| Nº | Nombre | Indicadores cualitativos | Descripción |
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| 48 | Modernización de los sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética. | 100.000 ha modernizadas antes de 2026 | Al menos 100 000 hectáreas de sistemas de regadío modernizadas en términos de ahorro de agua y eficiencia energética. |
## ETIQUETADO VERDE Y ETIQUETADO DIGITAL
El campo de intervención (etiqueta climática / medioambiental) del Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 asignado a cada medida y submedida, a aplicar en el presente Expediente Gestor, indicado anteriormente, queda identificada, tal y como se describe a continuación.
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Tabla AI.1. Medidas y Submedidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que tienen asignado un campo de intervención (etiqueta) que reconoce contribución climática
| Identificador UE de la medida o | Nombre de la medida | Importe (mil. €) | Contribución a objetivos climáticos y medioambientales | Contribución a objetivos climáticos y medioambientales | Contribución a objetivos climáticos y medioambientales |
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| submedida | o submedida | | Campo de intervención (etiqueta) | Coef. clima | Coef. medioambiente |
| C3.I1 | Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos | 563.000€ | 040_ Gestión del agua y conservación de los recursos hídricos (incluida la gestión de las cuencas fluviales, medidas específicas de adaptación al cambio climático, reutilización, reducción de fugas) | 40% | 100% |
Tabla AI.2. Descripción de los campos de intervención (etiquetas) citados en la Tabla AI.1
| Campo intervención /Etiqueta | Descripción de la etiqueta a cumplir por las medidas y submedidas según al Anexo VI del Reglamento MRR |
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| 040 | Gestión del agua y conservación de los recursos hídricos (incluida la gestión de las cuencas fluviales, medidas específicas de adaptación al cambio climático, reutilización, reducción de fugas) |
## PRINCIPIO DNSH
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión (2021/C 58/01) Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (CID), todas las actuaciones financiadas que se llevarán a cabo en el marco de este contrato, deben respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, 'Do No Significant Harm').
C3.I1. Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos
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| Indique cuáles de los siguientes objetivos medioambientales requieren evaluación sustantiva según el principio DNSH | SI | NO | Justificación, en caso de seleccionar NO |
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| Mitigación del cambio climático | | X | El proyecto se enmarca en el apartado 5.2 del Anexo 2 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. El proyecto también incluye acciones enmarcadas en el apartado 4.1 del Anexo 2 del mencionado reglamento, que contempla la actividad de Generación de electricidad mediante tecnología solar fotovoltaica. Para estos tipos de actuación, el mencionado reglamento delegado establece que no procede el establecimiento de criterios de selección para determinar que no cause un perjuicio significativo al objetivo de mitigación del cambio climático. No obstante, el perjuicio nulo o insignificante sobre dicho objetivo se fundamenta en lo siguiente: La actuación pretende dotar a la Comunidad de Regantes Presa de Colomers de una mejora de la eficiencia del transporte del agua de la red de |
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| riego, mediante el entubado de la red de distribución y la presurización de esta, gracias a la construcción de dos balsas de abastecimiento, una de ellas elevada, la cual se llena gracias a la construcción de una sala de bombeo. Esta sala de bombeo se alimenta de una estación fotovoltaica de nueva creación, capaz de proveer 1,7 MWh, y de una conexión a la red eléctrica para poder realizar el llenado de la balsa por las noches o cuando la generación energética de la estación fotovoltaica no sea suficiente. La presurización de la red de riego permitirá la instalación de riego por aspersión o por goteo en las parcelas, reemplazando a los riegos por gravedad, y eliminando las bombas de gasóleo individuales empleadas por algunas parcelas para presurizar su riego. Esto permitirá disminuir la producción de gases de efecto invernadero asociados a estas bombas. El consumo de energía estimada actualmente antes de la modernización es de 1.353,67 MWh/año, de acuerdo con la información proporcionada por la Comunidad de Regantes. Conociendo el consumo de energía se puede realizar una estimación de los kg de CO2 asociados o equivalentes a esa energía en base a las fuentes de producción de la energía. Para realizar una estimación de este valor nos basamos en el documento 'Factores de Emisión. Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono' publicada en mayo de 2023 por el Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico. Para conocer la equivalencia |
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| tomaremos de referencia los consumos calculados y el factor de emisión para motores de gasóleo de la citada publicación. El factor de emisión para motores de gasóleo es de 2.721 kgCO2e/l, con una producción eléctrica de 10,3 kWh/l de gasóleo y el consumo anual estimado antes de la modernización es de 1.353,67 MWh/año, se considera una emisión equivalente de 473.464,935 kg de CO2/año. Tras la modernización se producirá un consumo de energía en la estación de bombeo con el objetivo de impulsar agua desde la Balsa Baja hasta las Balsas Elevada. El suministro de energía a la estación de bombeo se realizará a partir de una instalación solar fotovoltaica combinado con la conexión a la red eléctrica convencional. Se estima un consumo de energía consumida procedente de la instalación solar fotovoltaica será de 1.690,73 MWh/año, mientras que la energía procedente de la red eléctrica convencional de 948,21 MWh/año. Conociendo el consumo de energía se puede realizar una estimación de los kg de CO2 asociados o equivalentes a esa energía en base a las fuentes de producción de la energía. Para realizar una estimación de este valor nos basamos en el documento 'Factores de emisión. Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono' publicada en julio de 2022 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico. Para conocer la equivalencia tomaremos de referencia los consumos estimados y la empresa distribuidora |
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| a la cual se han solicitado condiciones de suministro. El factor de emisión del año 2021 para la distribuidora a la cual se han pedido condiciones de suministro es de 0,258 y el consumo anual previsto en la estación de bombeo de 948,21 MWh/año, se considera una emisión equivalente de 244.638,18 kg de CO2 tras la modernización. Se justifica el cumplimiento del principio DNSH en el presente objetivo de mitigación del cambio climático ya que, en el proyecto, en su fase de funcionamiento, se reducen las emisiones de GEI en 228,83 toneladas al reemplazarse la fuente de energía fósil por una conexión a la red eléctrica con origen parcial en las energías renovables, y con conexión a una estación fotovoltaica, que proporciona el 64% de las necesidades energéticas anuales de la estación de bombeo. Aunque aumente el consumo energético, se reducen las emisiones en un 51,67%. Por ello, no se causa ningún perjuicio a los objetivos de mitigación de cambio climático. De forma adicional, el proyecto incorpora, dentro del documento ambiental, acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas, dirigidas a los miembros de la Comunidad de Regantes a fin de garantizar que no exista ningún deterioro adicional en cuanto a la función de sumideros de carbono de los suelos agrícolas. Se trata de una de las medidas incluidas en el Convenio MAPA SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicará siguiendo lo establecido en la directriz científico técnica elaborada por el |
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| | | | Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). Por todo lo expuesto y como conclusión, el proyecto en su conjunto causa un perjuicio nulo o insignificante al objetivo de mitigación del cambio climático. |
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| Adaptación al cambio climático | X | | |
| Uso sostenible y protección del agua y los recursos marinos | X | | |
| Transición a una economía circular | | X | El proyecto incluye actuaciones tipificadas en el apartado 5.2 del Anexo 2 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. Para este tipo de actuación, el mencionado reglamento delegado establece que no procede el establecimiento de criterios de selección para determinar que no cause un perjuicio significativo al objetivo de Economía Circular. No obstante, el perjuicio nulo o insignificante sobre dicho objetivo se fundamenta en lo siguiente: Se considera que la actuación previene y reduce la generación de residuos a través del Plan de Gestión de Residuos incluido en el |
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| | | proyecto, con el cumplimiento de las medidas y buenas prácticas de obra que en él se recogen para la correcta gestión de los residuos en su gestión y en su caso, también en el transporte. La actuación ha sido diseñada para reducir al máximo los sobrantes de tierras. Así, se establece la reutilización máxima posible de las tierras en la propia obra (excavación de zanjas y adaptación del terreno para la instalación de salas de bombeo). Las tierras restantes serás entregadas a gestores autorizados para su valorización o eliminación. Según la declaración de impacto ambiental resultante de la tramitación a la que se ha sometido el proyecto siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cumple con los requerimientos de la mencionada ley en todo lo relativo a la gestión de los residuos que se generan en la obra. En el documento ambiental se recogen las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para cumplir con los requerimientos establecidos en la mencionada ley y en el correspondiente condicionado de la resolución ambiental emitida. Por todo lo expuesto y como conclusión, el proyecto en su conjunto causa un perjuicio nulo o insignificante sobre el objetivo de economía |
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| Prevención y control de la contaminación de aire, agua o suelo | X | El proyecto se enmarca en el apartado 5.2 del Anexo 2 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica |
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| contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. Para este tipo de actuación, el mencionado reglamento delegado establece que no procede el establecimiento de criterios de selección para determinar que no cause un perjuicio significativo al objetivo de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. No obstante, el perjuicio nulo o insignificante sobre dicho objetivo se fundamenta en lo siguiente: En primer lugar, según la resolución ambiental resultante de la tramitación a la que se ha sometido el proyecto siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, cumple con los requerimientos de la mencionada ley en todo lo relativo a la prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. En el documento ambiental se recogen las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para cumplir con los requerimientos establecidos en la mencionada ley y en el correspondiente condicionado de la resolución ambiental emitida. Entre las medidas incluidas en el Convenio MAPA-SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplica atendiendo lo establecido |
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| en las directrices científico técnicas elaboradas por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC), se encuentra la instalación de un sistema colectivo para el control y seguimiento del contenido de nutrientes y otros iones potencialmente contaminantes de las masas de agua con respecto a la actividad agrícola para la zona y usos, siempre que el objeto de la inversión incluya actuaciones de carácter hidráulico compatibles con esta posibilidad (Directriz 2). En la Comunidad de Regantes Presa de Colomers, como medida se ha adoptado la inclusión del monitoreo de la calidad de las aguas subterráneas. Se determinarán 5 puntos de muestreo (ubicados en el ámbito de la Comunidad de Regantes) en base al estudio hidrogeológico que se realizará, recogiendo los datos de todas las entradas de agua en la Comunidad de regantes y de sus salidas, de forma que, al comparar los datos de entradas y salidas, se pueda calcular la cantidad de nitratos que la CR suministra al medio y se transportan por las aguas subterráneas. 5 Por «contaminante» se entiende la sustancia, vibración, calor, ruido, luz u otros contaminantes presentes en la atmósfera, el agua o el suelo, que pueda tener efectos perjudiciales para la salud humana o el medio ambiente En función de los datos obtenidos, se podrá determinar si se produce un exceso de emisión de nitratos en la CR y adoptar las medidas necesarias hasta que se obtengan unos valores inferiores a los indicadores de contaminación. |
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| | | De forma adicional el proyecto incorpora, dentro del anexo medioambiental, acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas, dirigidas a los miembros de la Comunidad de Regantes. Esta formación en buenas prácticas se enfocará entre otros aspectos a la reducción de pesticidas, lo que reducirá la contaminación del agua y la tierra. Se trata de una de las medidas incluidas en el Convenio MAPA SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicará siguiendo lo establecido en la directriz científico técnica elaborada por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). Por todo lo expuesto y como conclusión, el proyecto en su conjunto causa un perjuicio nulo o insignificante sobre el objetivo de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el |
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| Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas | X | agua o el suelo. El proyecto se incluye en el apartado 5.2 del Anexo 1 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. Tal y como se recoge en dicho apartado, no causará un perjuicio significativo al objetivo de |
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| protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas, ya que se ajusta a lo establecido en el Apéndice D del Anexo 1 del citado Reglamento. En primer lugar, según la resolución ambiental resultante de la tramitación a la que se ha sometido el proyecto siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, cumple con los requerimientos de la mencionada ley en todo lo relativo a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas. En el documento ambiental se recogen las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para cumplir con los requerimientos establecidos en la mencionada ley y en el correspondiente condicionado de la resolución ambiental emitida. Parte de la zona de actuación se encuentra dentro de la ZEPA ES0000019 'Aiguamolls de L'Alt Empordá'. Sin embargo, las actuaciones tendrán lugar sobre la superficie de los campos de regadío, no afectándose en las obras a las acequias. No se prevé ningún efecto sobre las zonas húmedas que forman parte de esta ZEPA, ni sobre las especies de flora o fauna protegidas de acuerdo con la legislación nacional y autonómica. Tampoco se ven afectados Hábitats de interés Comunitario catalogados como Prioritarios. En adición, el proyecto cuenta con una serie de medidas preventivas, correctoras y compensatorias dirigidas a la protección de la biodiversidad y la conservación de los ecosistemas. Entre ellas se incluye el mantenimiento de un caudal ecológico por las |
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| acequias para mantener un nivel de agua mínimo, la prospección previa al inicio de las obras para localizar especies protegidas que puedan verse afectadas por las obras y su reubicación, cuando sea posible. En este sentido, se tendrá especialmente en consideración las poblaciones de náyades que puedan habitar en las acequias donde se localicen durante las prospecciones, determinando si las acequias con presencia de náyades necesitarán la aplicación de un caudal ecológico coincidente con la duración de la época de riego con el objetivo de mantener las condiciones idóneas para la conservación de las poblaciones al igual que se daban de forma previa a la modernización, o si por otro lado es necesario reubicar la población a una zona con caudal permanente. Otra de las medidas se dirige al mantenimiento de especies beneficiosas en las zonas agrícolas a través de la instalación de cajas nido para aves, cajas refugio para quirópteros y hoteles para insectos. Asimismo, como medida compensatoria sobre la vegetación se prevé la creación de barreras vegetales lineales para integrar ambientalmente y controlar la erosión y escorrentía en torno a la sala de bombeo, las balsas y la estación fotovoltaica mediante la plantación de especies arbóreas y arbustivas autóctonas (Populus alba, Alnus glutinosa, Fraxinus angustifolia, Pinus halepensis, Rhamnus lycioides, Rhamnus alaternus, Thymus vulgaris, Salvia rosmarinus, y Rubus ulmifolius). Se prevé la plantación de un total de 1455 ejemplares de estas especies (78 Pinus |
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| halepensis, 17 ejemplares de Populus alba, 12 ejemplares de Fraxinus angustifolia, 6 ejemplares de Alnus glutinosa, 289 ejemplares de Rhamnus lycioides, 98 ejemplares de Rhamnus alaternus, 134 ejemplares de Rubus ulmifolius, 356 ejemplares de Salvia rosmarinus, 279 ejemplares de Thymus vulgaris). También se restaurará la superficie de las zonas afectadas por la instalación de tuberías fuera de camino mediante la siembra de una mezcla de especies autóctonas que promoverá la recuperación rápida del terreno y favorecerá a polinizadores y enemigos naturales de plagas. Finalmente, se realizará la hidrosiembra de los taludes de las balsas, empleando esta misma mezcla de semillas de especies autóctonas, para combatir los efectos de la erosión y favorecer su integración paisajística. Buena parte de estas actuaciones constituyen mejoras ambientales incluidas en el Convenio MAPA-SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicarán siguiendo lo establecido en las directrices científico técnicas elaboradas por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). De forma adicional el proyecto incorpora, dentro del anexo medioambiental, acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas, dirigidas a los miembros de la Comunidad de Regantes. Esta formación en buenas prácticas se enfocará entre otros aspectos a la reducción de pesticidas, lo que reducirá la contaminación del agua y la tierra. |
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| | | | Se trata de una de las medidas incluidas en el Convenio MAPA SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicará siguiendo lo establecido en la directriz científico técnica elaborada por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). |
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| Parte nº2 Evaluación Sustantiva | SI | NO | Justificación, en caso de seleccionar NO |
| Mitigación del cambio climático | | X | El proyecto se enmarca en el apartado 5.2 del Anexo 2 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. El proyecto también incluye acciones enmarcadas en el apartado 4.1 del Anexo 2 del mencionado reglamento, que contempla la actividad de Generación de electricidad mediante tecnología solar fotovoltaica. Para estos tipos de actuación, el mencionado reglamento delegado establece que no procede el establecimiento de criterios de selección para determinar que no cause un perjuicio significativo al objetivo de mitigación del cambio climático. |
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| No obstante, el perjuicio nulo o insignificante sobre dicho objetivo se fundamenta en lo siguiente: La actuación pretende dotar a la Comunidad de Regantes Presa de Colomers de una mejora de la eficiencia del transporte del agua de la red de riego, mediante el entubado de la red de distribución y la presurización de esta, gracias a la construcción de dos balsas de abastecimiento, una de ellas elevada, la cual se llena gracias a la construcción de una sala de bombeo. Esta sala de bombeo se alimenta de una estación fotovoltaica de nueva creación, capaz de proveer 1,7 MWh, y de una conexión a la red eléctrica para poder realizar el llenado de la balsa por las noches o cuando la generación energética de la estación fotovoltaica no sea suficiente. La presurización de la red de riego permitirá la instalación de riego por aspersión o por goteo en las parcelas, reemplazando a los riegos por gravedad, y eliminando las bombas de gasóleo individuales empleadas por algunas parcelas para presurizar su riego. Esto permitirá disminuir la producción de gases de efecto invernadero asociados a estas bombas. El consumo de energía estimada actualmente antes de la modernización es de 1.353,67 MWh/año, de acuerdo con la información proporcionada por la Comunidad de Regantes. Conociendo el consumo de energía se puede realizar una estimación de los kg de CO2 asociados o equivalentes a esa energía en base a las fuentes de producción de la energía. Para realizar una estimación de este valor nos |
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| basamos en el documento 'Factores de Emisión. Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono' publicada en mayo de 2023 por el Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico. Para conocer la equivalencia tomaremos de referencia los consumos calculados y el factor de emisión para motores de gasóleo de la citada publicación. El factor de emisión para motores de gasóleo es de 2.721 kgCO2e/l, con una producción eléctrica de 10,3 kWh/l de gasóleo y el consumo anual estimado antes de la modernización es de 1.353,67 MWh/año, se considera una emisión equivalente de 473.464,935 kg de CO2/año. Tras la modernización se producirá un consumo de energía en la estación de bombeo con el objetivo de impulsar agua desde la Balsa Baja hasta las Balsas Elevada. El suministro de energía a la estación de bombeo se realizará a partir de una instalación solar fotovoltaica combinado con la conexión a la red eléctrica convencional. Se estima un consumo de energía consumida procedente de la instalación solar fotovoltaica será de 1.690,73 MWh/año, mientras que la energía procedente de la red eléctrica convencional de 948,21 MWh/año. Conociendo el consumo de energía se puede realizar una estimación de los kg de CO2 asociados o equivalentes a esa energía en base a las fuentes de producción de la energía. Para realizar una estimación de este valor nos basamos en el documento 'Factores de emisión. Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de |
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| dióxido de carbono' publicada en julio de 2022 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico. Para conocer la equivalencia tomaremos de referencia los consumos estimados y la empresa distribuidora a la cual se han solicitado condiciones de suministro. El factor de emisión del año 2021 para la distribuidora a la cual se han pedido condiciones de suministro es de 0,258 y el consumo anual previsto en la estación de bombeo de 948,21 MWh/año, se considera una emisión equivalente de 244.638,18 kg de CO2 tras la modernización. Se justifica el cumplimiento del principio DNSH en el presente objetivo de mitigación del cambio climático ya que, en el proyecto, en su fase de funcionamiento, se reducen las emisiones de GEI en 228,83 toneladas al reemplazarse la fuente de energía fósil por una conexión a la red eléctrica con origen parcial en las energías renovables, y con conexión a una estación fotovoltaica, que proporciona el 64% de las necesidades energéticas anuales de la estación de bombeo. Aunque aumente el consumo energético, se reducen las emisiones en un 51,67%. Por ello, no se causa ningún perjuicio a los objetivos de mitigación de cambio climático. De forma adicional, el proyecto incorpora, dentro del documento ambiental, acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas, dirigidas a los miembros de la Comunidad de Regantes a fin de garantizar que no exista ningún deterioro adicional en cuanto a la función de sumideros |
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| | | | de carbono de los suelos agrícolas. Se trata de una de las medidas incluidas en el Convenio MAPA SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicará siguiendo lo establecido en la directriz científico técnica elaborada por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). Por todo lo expuesto y como conclusión, el proyecto en su conjunto causa un perjuicio nulo o insignificante al objetivo de mitigación del cambio climático. |
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| Adaptación al cambio climático | X | | |
| Utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos: ¿Se espera que la medida sea perjudicial: i) del buen estado o del buen potencial ecológico de las masas de agua, incluidas las superficiales y subterráneas; o ii) para el buen estado medioambiental de las | X | | |
| aguas marinas? Prevención y el control de la contaminación: ¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento significativo de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo | | X | El proyecto se enmarca en el apartado 5.2 del Anexo 2 del Reglamento Delegado Clima de 4/06/2021 (Criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales), que contempla la actividad de Renovación de sistemas de captación, depuración y distribución de agua. |
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| Para este tipo de actuación, el mencionado reglamento delegado establece que no procede el establecimiento de criterios de selección para determinar que no cause un perjuicio significativo al objetivo de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. No obstante, el perjuicio nulo o insignificante sobre dicho objetivo se fundamenta en lo siguiente: En primer lugar, según la resolución ambiental resultante de la tramitación a la que se ha sometido el proyecto siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, cumple con los requerimientos de la mencionada ley en todo lo relativo a la prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. En el documento ambiental se recogen las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para cumplir con los requerimientos establecidos en la mencionada ley y en el correspondiente condicionado de la resolución ambiental emitida. Entre las medidas incluidas en el Convenio MAPA-SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplica atendiendo lo establecido en las directrices científico técnicas elaboradas por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC), se encuentra la instalación de un sistema colectivo para el control y seguimiento del contenido de nutrientes y otros iones potencialmente contaminantes de las masas de agua con |
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| respecto a la actividad agrícola para la zona y usos, siempre que el objeto de la inversión incluya actuaciones de carácter hidráulico compatibles con esta posibilidad (Directriz 2). En la Comunidad de Regantes Presa de Colomers, como medida se ha adoptado la inclusión del monitoreo de la calidad de las aguas subterráneas. Se determinarán 5 puntos de muestreo (ubicados en el ámbito de la Comunidad de Regantes) en base al estudio hidrogeológico que se realizará, recogiendo los datos de todas las entradas de agua en la Comunidad de regantes y de sus salidas, de forma que, al comparar los datos de entradas y salidas, se pueda calcular la cantidad de nitratos que la CR suministra al medio y se transportan por las aguas subterráneas. 5 Por «contaminante» se entiende la sustancia, vibración, calor, ruido, luz u otros contaminantes presentes en la atmósfera, el agua o el suelo, que pueda tener efectos perjudiciales para la salud humana o el medio ambiente En función de los datos obtenidos, se podrá determinar si se produce un exceso de emisión de nitratos en la CR y adoptar las medidas necesarias hasta que se obtengan unos valores inferiores a los indicadores de contaminación. De forma adicional el proyecto incorpora, dentro del anexo medioambiental, acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas, dirigidas a los miembros de la Comunidad de Regantes. Esta formación en buenas prácticas se enfocará entre otros aspectos a la reducción de pesticidas, lo que reducirá la contaminación del agua y la tierra. |
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| Se trata de una de las medidas incluidas en el Convenio MAPA SEIASA para apoyar el cumplimiento del DNSH, que se aplicará siguiendo lo establecido en la directriz científico técnica elaborada por el Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CEBAS-CSIC). Por todo lo expuesto y como conclusión, el proyecto en su conjunto causa un perjuicio nulo o insignificante sobre el objetivo de prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo. |
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## OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
- -Deberá cumplir las obligaciones europeas y nacionales relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE.
- -Se someterá a las medidas de control y auditoría recogidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- -A efectos de auditoría y control y en base a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, deberá facilitar al órgano de contratación los datos de los subcontratistas y perceptores finales del precio del contrato. Dichos datos serán incorporados en una base de datos única. Así, los requerimientos en relación con la identificación de los contratistas y subcontratistas son:
- i. NIF del contratista o subcontratista.
- ii. Nombre o razón social.
- iii. En su caso, fecha de nacimiento del titular real según se define en el artículo 3, punto 6 de la Directiva (UE) 2015/849.
- iv. Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, del subcontratista.
- v. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Anexo IX del PCAP)
- vi. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito
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objeto de gestión (Anexo X del PCAP).
vii. Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
En relación con los apartados i) y vii) las empresas no españolas deberán acreditar estos extremos mediante la presentación de la documentación equivalente, en su país de residencia.
- -El contratista:
o Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones objeto del contrato, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
o Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores de seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
o Asume el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de este contrato, y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea.
o Quedará sometida a la totalidad de la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular en lo relativo a:
- Obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
- Requisitos de pista de auditoría: obligación de guardar la trazabilidad de cada una de las inversiones y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita calcular y seguir el cumplimiento de objetivos y medición de indicadores, de conformidad con el artículo 22, letra d) del Reglamento (UE) 2021/241.
- Obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Sometimiento a las actuaciones de control de las instituciones comunitarias en virtud de lo establecido en el artículo 22, letra e) del Reglamento (UE) 2021/241.
- Custodia y conservación de la documentación vinculada a la actividad financiada por el MRR.
- Obligación de que, en la ejecución de las actuaciones contratadas, no se perjudicará significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 dando cumplimiento la Guía Técnica (2021/C58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», a las condiciones específicas previstas en el componente C3.I6b, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y sus anexos.
En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, el contratista habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio «no causar un perjuicio significativo»
## MEDIDAS DE PUBLICIDAD
En el caso de personas jurídicas, la entidad adjudicataria del contrato estará obligada a cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En el caso de personas físicas, se podrá documentar mediante un modelo normalizado la toma de conocimiento de que la financiación a la que accede procede del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del contrato, se deberán incluir los siguientes logos:
- El emblema de la Unión, cuyas características se recogen en el siguiente apartado de este documento
- Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto 'Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU'
- Se usará también el logo del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia disponible en el enlace
## https:// planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público. Normas gráficas del emblema de la Unión y ejemplos de FEDER y FSE: se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el Anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.
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## ANEXO IX ORDEN HFP/1030/2021
Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
Don/Doña ……………………………………………………, DNI …………………….., como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ………………………………………………………………………….., con NIF …………………………., y domicilio fiscal en ……………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………
- ………………….beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR/ que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el componente 3 'Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero', declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
- i. El nombre del perceptor final de los fondos;
- ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública; iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
- iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la
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información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento». Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
……………………………..., XX de …………… de 202X
Fdo. ……………………………………………. Cargo: …………………………………………
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## ANEXO X ORDEN HFP/1030/2021
Modelo declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
Don/Doña ………………………………………………., con DNI …………………….., como titular del órgano/ Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad ………………………………………………………………………….., con NIF …………………………., y domicilio fiscal en ……………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………
………………….en la condición de subcontratista, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el componente 3 'Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero', manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («DNSH» por sus siglas en inglés « do no significant harm ») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
……………………………..., XX de …………… de 202X
Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………
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## ANEXO XI. SOLICITUD DE INFORMACION SOBRE TITULARIDAD REAL
A la atención ..
Muy Sres., nuestros:
Les remitimos la presente con relación al procedimiento de licitación del contrato TSA0077466 financiado con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En el marco de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, y en concreto del Artículo 22 del reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Comisión Europea requiere la identificación de los titulares reales de las entidades contratistas o beneficiarias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como se define en el artículo 3 punto 6 de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En cumplimiento de lo dispuesto en dicho reglamento, el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, faculta al Órgano de Contratación a solicitar a los participantes en los procedimientos de licitación la información sobre la titularidad real, siempre que la AEAT no disponga de la información de las titularidades reales de la empresa objeto de consulta y así lo haya indicado mediante la correspondiente bandera negra.
En consecuencia, nos ponemos en contacto con ustedes, a fin de que, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde la presente solicitud, presenten información de su titularidad real, procediéndose a su exclusión en el procedimiento de licitación de referencia , en el caso de que no se entregara la documentación solicitada en el plazo indicado.
En el caso de que la titularidad real corresponda a una persona física, se deberá aportar, como mínimo, los siguientes datos:
- a) Nombre y apellidos
- b) Fecha de nacimiento
- c) Tipo y número de documento identificativo (en caso de nacionales españoles o residentes en España se incluirá siempre el documento expedido en España)
- d) País de expedición del documento identificativo, en caso de no utilizarse el DNI o la tarjeta de residente en España
- e) País de residencia.
- f) Nacionalidad.
- g) Criterio que cualifica a esa persona como titular real
- h) En caso de titularidades reales por propiedad directa o indirecta de acciones o derechos de voto porcentaje de participación, con inclusión, en el caso de propiedad indirecta, de la información sobre las personas jurídicas interpuestas y su participación en cada una de ellas.
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Deberán presentar los datos indicados la persona o personas físicas que en último término posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica participante en el procedimiento de licitación, o que por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de dicha persona jurídica. Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica, o que por otros medios ejerza el control, directo o indirecto, de la persona jurídica, se considerará que ejerce dicho control el administrador o administradores, o el órgano de representación de la misma, por lo que deberán presentarse los datos de sus miembros. Cuando el administrador designado fuera una persona jurídica, se entenderá que el control es ejercido por la persona física nombrada por el administrador persona jurídica La documentación solicitada se remitirá a través de la Plataforma de contratación del sector público antes del fin del plazo indicado la presente solicitud.
La presente comunicación no suspende el curso del procedimiento de licitación.
Agradeciéndole de antemano su colaboración.