Informe técnico valoración criterios automáticos.

Otros Documentos Ver licitación
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA ASUNTO: JUSTIFICACIÓN PRESENTADA POR LA ENTIDAD DEEP DATA CONSULTING S.L. SOBRE LA PRESUNCIÓN DE QUE SU OFERTA ERA ANORMALMENTE BAJA CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE CLÁSULAS PARTICULARES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTE A LA CONTRATACIÓN PARA CONTRATO DEL SERVICIO DE “GESTIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE LA FACTURACIÓN ENERGÉTICA DE ELECTRICIDAD DE LOS SUMINISTROS MUNICIPALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA”. INFORME: Vista la justificación detallada presentada con fecha 30/09/2026 por parte de la entidad DEEP DATA CONSULTING S.L., para demostrar que la oferta presentada por su parte para el contrato de referencia, no implica una reducción anormal de los costes salariales, ni un incumplimiento de ninguna de las funcionalidades que se exigen en los pliegos que rigen la contratación, ni el incumplimiento de ninguna obligación medioambiental, social o laboral, justificando que los costes ofertados no estarían por debajo de los costes medios del mercado, se informa lo siguiente: DEEP DATA CONSULTING S.L. presenta una pormenorizada y detallada justificación de cada uno de los parámetros con los que han elaborado su oferta final, declarando que no subcontratarán ningún trabajo con terceros, y centrando su oferta en la rebaja de horas efectivas a utilizar para llevar a cabo las labores necesarias para cumplir con todas las disposiciones marcadas en los pliegos que rigen la contratación de referencia, ya que justifican que gracias a la plataforma de desarrollo propio y la automatización de numerosas operaciones de las incluidas en el contrato, pueden rebajar de las 234 horas anuales previstas en los pliegos, a 104 horas anuales realmente ejecutadas por ellos, pero sin disminuir ninguna obligación, ni ninguna funcionalidad, ni incumpliendo ninguna obligación medioambiental, social y/o laboral. Igualmente justifican el precio de hora del personal asignado al contrato, mediante el coste marcado por el convenio colectivo correspondiente y haciendo un cálculo de una subida del precio hora del 3% anual (por lo que para los cuatro años de vigencia del contrato, contemplan un coste de hora por operario en el que se tiene en cuenta esa subida salarial, siendo el resultado un precio de hora superior al indicado en los pliegos correspondientes al contrato de referencia). Por otra parte hacen comparativa con otros contratos que tienen en vigor con otras administraciones públicas, justificando que el tener :ODACIFITREC LED HSAH :AMRIF ED AHCEF :OJABART ED OTSEUP :ERBMON 20C370526A85621FA5E7BE0CC12E79C4653A4AC4 6202/01/50 OCINCET LEARSI SALLICETNOH ODREIUQZI 0914F97A6A80A78D7E2CODI10061 :nóicacifireV ed orugeS ogidóC - se.acneuc.edes//:sptth - acneuC ed otneimatnuyA le ne etnemlatigiD odamriF

Sigue leyendo el documento completo

Crea una cuenta gratuita para leer el resto del texto y consultar el PDF original.