Contrato [U44793578 - UTE MAJOIN-TEDAGUA] (001003CON_STD_CA.pdf)
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## CONTRATO
| DATOSGENERALESDELEXPEDIENTE | DATOSGENERALESDELEXPEDIENTE | DATOSGENERALESDELEXPEDIENTE | DATOSGENERALESDELEXPEDIENTE |
|------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Nº de Expediente | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA |
| TítuloAbreviado | CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES). | CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES). | CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES). |
| Órgano de Contratación | ConsejoAdministración ConsorcioMásMedio | ConsejoAdministración ConsorcioMásMedio | ConsejoAdministración ConsorcioMásMedio |
| Procedimiento | Abierto | Modalidad de Contrato | Servicios |
| Tipo de Tramitación | Ordinario | Forma deAdjudicación | Pluralidad de criterios |
| CPV | Principal 65130000-3EXPLOTACIÓNDELSUMINISTRODEAGUA | Principal 65130000-3EXPLOTACIÓNDELSUMINISTRODEAGUA | Principal 65130000-3EXPLOTACIÓNDELSUMINISTRODEAGUA |
| Valor Estimado del Contrato (sin IVA) | 1.274.792,03 € | Tipo Impuesto | IVA |
| Presupuesto Base de Licitación (con IVA) | 647.202,12 € | Tipo Impositivo | 10% |
| Lotes | No | Plazo de Ejecución Fecha Finalización Prevista | 3 años |
## REUNIDOS
## DE UNA PARTE: D. ALFONSO BELTRÁN MUÑOZ, Vicepresidente del Consorcio MásMedio, en
virtud de la delegación de competencias para este expediente de contratación conferidas por el Consejo de Administración del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales y Aguas Provincia de Cáceres -en adelante, Consorcio MásMedio, en su sesión de 6 de abril de 2022 (BOP de Cáceres, número 0092 de 16 de mayo de 2022).
DE OTRA PARTE: D. JORGE LARA VEGA, con N.I.F. 80065586-X, actuando en nombre y representación de la empresa 'TÉCNICAS DE DESALINIZACIÓN DE AGUAS, S.A. Y CONSTRUCCIONES MAJOIN, S.L. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, LEY 18/1982 DE 26 DE MAYO', ABREVIADAMENTE 'UTE DEPURADORA DE BAÑOS, con CIF U44793578 , como Gerente Único, tiene poder solidario acreditado ante notario con núm. de protocolo 847 de fecha 1 de marzo de 2023, y tiene facultades en los términos más amplios que sean necesarios en derecho, sin limitación alguna, actuando indistinta y solidariamente, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que del contrato se deriven en representación de la misma.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente, para formalizar el presente contrato de Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 - 10002 Cáceres 927 625 293 - info@masmedio.es -www.masmedio.es
Fecha:
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Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip- Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres), EXPTE. MM 29 2022 SV SARA.
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## ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
PRIMERO.El día 21 de diciembre de 2022 se aprobó el expediente y gasto para la contratación del Servicio para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres), EXPTE. MM 29 2022 SV SARA.
SEGUNDO.La contracción del gasto ha sido efectuada con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos de este Consorcio MásMedio:
| Aplicación presupuestaria | EJERCICIO | CONSORCIO MásMedio | N.ºRC/RCPYFECHA |
|-----------------------------|-------------|----------------------|-----------------------------|
| 1720 22710 | 2023 | 215.734,04 | RCP 220229000023 29/11/2022 |
| 1720 22710 | 2024 | 215.734,04 | RCP 220229000023 29/11/2022 |
| 1720 22710 | 2025 | 215.734,04 | RCP 220229000023 29/11/2022 |
| TOTAL | | 647.202,12 | |
TERCERO.Abierta la fase de licitación, por Resolución de fecha 30 de marzo de 2023 se adjudicó este contrato en favor de UTE TEDAGUA-MAJOIN abreviadamente UTE DEPURADORA DE BAÑOS, con CIF U44793578 , previa propuesta de la Mesa de Contratación y una vez presentada la documentación y certificados que acreditan estar al corriente en el cumplimiento de las de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y previa constitución de garantía definitiva por importe total de 28.932,88 € (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS), mediante dos cartas de pago con nº de operación 32023000039 y 32023000040 de fecha 15 de marzo de 2023, correspondientes a los dos seguros de caución presentados por las empresas que constituyen la citada UTE.
De acuerdo con lo expuesto, según intervienen los comparecientes otorgan el presente contrato con arreglo a las siguientes:
## CLÁUSULAS
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Cargo:
Fecha:
10-05-2023 13:34:36
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ALFONSO BELTRAN MUÑOZ
Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
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PRIMERA.- D. ALFONSO BELTRÁN MUÑOZ, Vicepresidente del Consorcio MásMedio , en virtud de la delegación de competencias para este expediente de contratación conferidas por el Consejo de Administración del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales y Aguas Provincia de Cáceres -en adelante, Consorcio MásMedio, en su sesión de 6 de abril de 2022 (BOP de Cáceres, número 0092 de 16 de mayo de 2022).
SEGUNDA.-D. JORGE LARA VEGA, con N.I.F. 80065586-X, actuando en nombre y representación de la empresa UTE DEPURADORA DE BAÑOS, con CIF U44793578 , se compromete a la prestación del contrato con estricta sujeción a los términos y condiciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que forman parte del expediente, además de la oferta que ha presentado a la licitación.
TERCERA.El objeto del presente contrato está constituido por el Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres), EXPTE. MM 29 2022 SV SARA.
Los servicios objeto de este contrato se ejecutarán de acuerdo con lo establecido en este pliego, en el pliego de prescripciones técnicas, en los anexos que acompañan a los mismos, y en la Oferta Económica y Técnica que presente el adjudicatario en lo que no se oponga a los anteriores.
CUARTA.La legislación aplicable a este contrato es la siguiente:
1. Documentos de carácter contractual que se relacionan a continuación, y en el orden de prelación que se indica:
2. El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
3. El Pliego de Prescripciones técnicas.
4. El presente documento en que se formaliza el contrato.
5. La oferta presentada por el adjudicatario.
2. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP)
3. El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
4. En cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP).
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Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
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5. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
QUINTA.El precio de este contrato es de QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (578.657,52€), al cual, aplicado el porcentaje correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) que supone 57.865,75 €, asciende a un total de SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (636.523,27 €), que serán abonados por la Administración, debiendo el contratista presentar la factura correspondiente de conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
La Administración, una vez conformada las facturas y previas las operaciones contables oportunas a realizar por los servicios económicos de esta Administración, transferirá el importe de las mismas a la cuenta bancaria designada por el adjudicatario.
SEXTA El objeto del presente contrato deberá ser ejecutado en el plazo indicado en los pliegos que han regido la licitación.
El presente contrato tendrá efectos de vigencia de fecha 1 de junio de 2023.
Inmediatamente tras la formalización, y habiéndose presupuestado inicialmente la anualidad correspondiente al ejercicio 2023 con fecha de inicio el 1 de enero de 2023, se procederá al reajuste de la misma, conforme determina el artículo 96 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para hacer frente a los gastos del presente contrato hasta su finalización.
Con la firma del presente contrato el contratista muestra su conformidad para efectuar dicho reajuste dando así cumplimentado al trámite exigido en el artículo 96.2 del citado cuerpo normativo.
La recepción de su ejecución tendrá lugar en la ubicación indicada en los pliegos.
SÉPTIMA.Para responder del cumplimiento de este contrato ha sido constituida a favor de esta Administración una garantía definitiva por importe de 28.932,88 € (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS), mediante dos cartas de pago con nº de operación 32023000039 y 32023000040 de fecha 15 de marzo de 2023.
OCTAVA.De acuerdo con lo señalado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, este contrato no será objeto de revisión de precios puesto que no se cumplen las determinaciones establecidas para la revisión de precios de este tipo de contrato en el artículo 103 de la LCSP.
NOVENA.Se ha previsto la posibilidad de realizar modificaciones en la presente contratación conforme a lo establecido en la cláusula 37 del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares de este contrato y en los términos establecidos en el artículo 203 y siguientes de la LCSP.
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Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
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DÉCIMA.Son causas de resolución del contrato las recogidas en los art. 211 y 212, causas generales de la LCSP. En los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto a las consecuencias económicas de la extinción, de conformidad con el art. 211.2 LCSP, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo.
También son causas de resolución del contrato las estipuladas en artículo 313, específico de los contratos de servicios.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 212.1 LCSP mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento imputable al contratista le será incautada la fianza constituida en su día con el fin de garantizar la correcta ejecución de la prestación, siendo exigible además una indemnización a la Administración por los daños y perjuicios que se le hubieran ocasionado, en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, a los mayores gastos que ocasione a la Administración.
UNDÉCIMA.El contratista se somete, en todo lo que no se encuentre establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, a los preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás legislación vigente y que sea de aplicación.
DUODÉCIMA .- El adjudicatario queda sujeto al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales. El deber de confidencialidad se mantendrá durante cinco años.
En cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos, el Consorcio MásMedio, manifiesta y garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales que le corresponden en materia de protección de datos de carácter personal e informa a los licitadores que los datos personales que faciliten en el marco del presente procedimiento serán tratados por el Consorcio MásMedio, como responsable del tratamiento con la finalidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias para la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación.
La base legal para el tratamiento de los datos es el desarrollo de la relación precontractual, así como el cumplimiento de una obligación legal. Los datos proporcionados serán conservados por el tiempo que resulte necesario a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales que corresponden al Consorcio MásMedio.
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ALFONSO BELTRAN MUÑOZ
Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip- Los datos podrán ser comunicados a organismos públicos, administraciones y otras autoridades o/y organismos gubernamentales competentes relevantes (tanto nacionales como autonómicas), para los fines antes indicados.
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Los titulares de datos personales podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición así como los contenidos en el Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección del tratamiento de datos personales por medio de carta dirigida al Consorcio MásMedio , en Ronda de San Francisco 3, 10.002 Cáceres o la dirección de correo electrónico info@masmedio.es, si bien en el encabezamiento se deberá añadir el título 'protección de datos', y la comunicación deberá acompañarse de una fotocopia del DNI, por tratarse de un derecho personalísimo.
En el supuesto en el que el adjudicatario, como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente contrato tuviese acceso a datos personales responsabilidad del Consorcio MásMedio , deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso comprometiéndose a mantener el secreto profesional y, en consecuencia, la confidencialidad sobre los hechos, informaciones, conocimientos y documentos y otros elementos que le hayan sido facilitados, así como de los resultados de los trabajos.
En este contrato el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento de datos, quedando obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el resto de la normativa que resulte de aplicación a la protección de datos de carácter personal, en los términos indicados en la Disposición Vigésimo Quinta de la LCSP.
DECIMOTERCERA .- La empresa contratista deberá cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación. Siendo responsable, entre otras, del cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo, debiendo exigir su cumplimiento a toda persona o empresa asignada al servicio.
El adjudicatario antes o simultáneamente al inicio del servicio, deberá contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, con el contenido legalmente previsto y deberá contar con una organización preventiva conforme a lo exigido legalmente.
DECIMOCUARTA .- Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos serán resueltas por el órgano competente de la Administración, pudiéndose interponer contra ellas el Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes,
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MARIA BELEN GUIRAU MORALES
Cargo:
Fecha:
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ALFONSO BELTRAN MUÑOZ
Cargo:
Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
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Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip- contado a partir del día siguiente a la recepción de la correspondiente notificación, y ante el órgano de contratación, o bien directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.
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En caso de interponer el recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será, bien de dos meses contados desde el siguiente a aquel en el que se le notifique la Resolución sobre el recurso potestativo de reposición, la cual deberá recaer y notificarse en el plazo máximo de un mes, o bien en cualquier momento (STC 10/04/2014) a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso potestativo de reposición.
Para la debida constancia de todo lo convenido se firma el presente contrato de manera electrónica por las partes intervinientes.
EL VICEPRESIDENTE
DEL CONSORCIO MásMedio
Fdo.: Alfonso Beltrán Muñoz
EL CONTRATISTA,
Fdo.: Jorge Lara Vega
LA SECRETARIA DEL CONSORCIO MásMedio,
Fdo.: María Belén Guirau Morales
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Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición
Ecológica
Fecha:
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip-