Resolución de Aprobación del Expediente y Gasto (001001RAPGE_STD_CA.pdf)

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<!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN EXPDTE. MM 29 2022 SV SARA D. Alfonso Beltrán Muñoz, Vicepresidente del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales 'Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres', en adelante Consorcio MásMedio, en virtud de las competencias delegadas en materia de contratación administrativa y su correspondiente ejecución del gasto para este contrato, por el Consejo de Administración del Consorcio MásMedio, en su sesión de 06 de abril de 2022 (BOP Nº 0092 de 16 de mayo de 2022, tiene a bien dictar la siguiente: ## RESOLUCIÓN ## Primero. - En relación con la justificación de la necesidad de la contratación Este contrato de servicios se enmarca en la necesidad de atender las encomiendas de gestión del servicio de Abastecimiento de Agua Potable suscritas por los municipios cuyas instalaciones de tratamiento de aguas constituyen el objeto de este contrato, se hace necesario suscribir un contrato de servicios de funcionamiento, mantenimiento y explotación de los Servicios de Abastecimiento en alta, toda vez que el Consorcio MásMedio carece de la infraestructura necesaria para prestar el servicio, respetando los principios de eficacia y eficiencia en relación con los de economía, suficiencia y adecuación de medios a los fines establecidos en sus Estatutos, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, de 1 de diciembre de 2022. Por este motivo, se hace necesario encargar la prestación del servicio de funcionamiento, explotación y mantenimiento de los Servicios de Abastecimiento objeto de este contrato. Toda vez que el Consorcio MásMedio carece de la infraestructura necesaria para prestar el servicio, respetando los principios de eficacia y eficiencia en relación con los de economía, suficiencia y adecuación de medios a los fines establecidos en sus Estatutos, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, de 1 de diciembre de 2022. Por este motivo, se hace necesario encargar la prestación del servicio para la gestión del funcionamiento, explotación y mantenimiento del servicio de abastecimiento de los municipios objeto de este contrato. ## Segundo. - En relación con las actuaciones preparatorias. En cuanto a las actuaciones preparatorias que justifican el expediente de contratación del servicio para la gestión del funcionamiento, explotación y mantenimiento del servicio de abastecimiento en alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños, municipios de Abadía, Aldeanueva del Camino, Baños de Montemayor, La Granja y Zarza de Granadilla (Cáceres), (con Nº de referencia: MM 29 2022 SV SARA) y vista la documentación que obra en el expediente, de la que se desprende que se ha seguido, en su tramitación, el procedimiento establecido en la normativa de general aplicación y, particular, 116 y 156 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES Cargo: Fecha: <!-- image --> Fecha: <!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN EXPDTE. MM 29 2022 SV SARA Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP: - A. El expediente se inició por Resolución del Sr. Vicepresidente del Consorcio MásMedio con fecha 12 de diciembre de 2022, especificando las necesidades que se tratan de satisfacer a través de esta contratación, así como el procedimiento elegido y los criterios que serán tenidos en cuenta para su adjudicación. - B. Se han elaborado, en función del procedimiento elegido y de los criterios de adjudicación del contrato, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que contiene los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán las partes, y deberá aprobarse antes de la licitación del contrato y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que regirán la realización de las prestaciones, definiendo sus calidades, sus condiciones sociales y ambientales. - C. El contrato se realiza en tramitación ordinaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 y 117 de la LCSP, se adjudicará por procedimiento abierto, al amparo del artículo 156 de la LCSP. - D. En virtud de lo expuesto en el artículo 77b) de la LCSP, para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. - E. Los empresarios deben acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica para poder celebrar contratos con el sector público, en virtud de lo especificado en el artículo 74 de la LCSP. - a. Solvencia económica y financiera (art. 87 de la LCSP) se acreditará mediante cuentas anuales o declaración del empresario sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. El volumen de negocios anual mínimo será una vez y media el valor anual medio del contrato. - b. Solvencia técnica o profesional (art. 90 de la LCSP) se acredita mediante una relación suscrita por el empresario de los principales servicios de características similares a los que son objeto del presente contrato, efectuados en el curso de, cómo máximo, los últimos tres años, en la que se indique el objeto, importe, fechas y el destinatario, público o privado, de cada uno de ellos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES Fecha: <!-- image --> Fecha: Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip- <!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN EXPDTE. MM 29 2022 SV SARA - F. Se determinan suficientemente las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato definido, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas. - G. El volumen de trabajo que este servicio requiere, no se puede acometer por el personal propio, puesto que las actividades a realizar y la frecuencia de las mismas no pueden ser asumidas por el personal del Consorcio MásMedio sin que las funciones propias de dicho personal se vean menoscabadas. Por otro lado, las prestaciones que han de realizarse requieren de conocimientos especializados de los que no dispone el personal actual. - H. Atendiendo a lo especificado en el artículo 99.3 de la LCSP y a las características del contrato, así como las propias asociadas a la prestación del servicio la presente licitación se estructura en un (1) único lote. Las existencias de instalaciones comunes para varios municipios aconsejan que la explotación y conservación de las mismas sea realizada por un único adjudicatario, así como la necesidad de una respuesta única frente a averías de la red de abastecimiento en baja y otras actividades propias del servicio. - I. Se prevé, con carácter excepcional, la posibilidad de modificación del contrato por razones de interés público en los términos establecidos en el art. 205 y siguientes de la LCSP y conforme al procedimiento normativamente establecido en los mismos. - J. El presupuesto base de licitación se ha calculado conforme a los precios del mercado, quedando acreditado en el pliego de cláusulas administrativas particulares el desglose de los costes. - K. Se han incorporado el resto de documentos correspondientes a las actuaciones preparatorias del contrato, el certificado de existencia de crédito, y el informe jurídico al expediente. ## Tercero. - En relación con la competencia y su posible delegación. En cuanto a la competencia del órgano de contratación, de conformidad con los estatutos del Consorcio MásMedio, corresponde al Consejo de Administración ' la aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Pleno de la entidad local '. A la vista de la duración del contrato, tres años (3 AÑOS), contados desde el día siguiente a la formalización del mismo, podrá prorrogarse por anualidades o fracciones de año natural, sin que cada prórroga pueda superar un (1) año y sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de CINCO (5) AÑOS, todos los actos administrativos que se atribuyan al órgano de contratación en dicha ley y normativa complementaria, incluida la aprobación del expediente y apertura de procedimiento de adjudicación en los términos del art. 117 y D.A. Segunda, apartados 1 y 2 de la norma expresada, corresponderán al Consejo de Administración del Consorcio MásMedio. En el Consejo de Administración, en su sesión de 06 de abril de 2022 delegó las competencias en materia de contratación administrativa y la correspondiente ejecución del gasto para este CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES Cargo: Fecha: <!-- image --> Fecha: <!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN EXPDTE. MM 29 2022 SV SARA contrato en el Vicepresidente del Consorcio MásMedio; delegación que ha sido publicada en el BOP nº 0092 de 16 de mayo del presente año, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de lo expuesto, visto el informe de la Sra. Secretaria del Consorcio MásMedio, el RCP solicitado (con núm. 220229000023), e informe fiscalización previo emitido por los Servicios de Intervención y vista y aceptada la propuesta del Sr. Jefe de Servicio de Gestión Administrativa cuyas consideraciones se han transcrito literalmente a este acuerdo, El Vicepresidente del Consorcio MásMedio, en uso de las competencias delegadas por el Consejo de Administración, en su sesión de 06 de abril de 2022, publicada en el BOP nº 0092 de 16 de mayo de 2022, ## RESUELVE: Primero: Aprobar el expediente de contratación del servicio de abastecimiento en alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños, municipios de Abadía, Aldeanueva del Camino, Baños de Montemayor, La Granja y Zarza de Granadilla (Cáceres), (con Nº de referencia: MM 29 2022 SV SARA) , al quedar justificada su necesidad en el cuerpo del presente acuerdo, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares suscrito el 14 de diciembre de 2022 y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de 14 de diciembre de 2022, que han de regir el contrato. La adjudicación del contrato se realizará por el procedimiento abierto, utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor relación calidad-precio, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. Segundo: Aprobar y autorizar el gasto correspondiente que comparta el presente contrato con cargo a las aplicaciones presupuestarias que más adelante se detallan, conforme al siguiente desglose: | CONCEPTO | IMPORTE(E) | |-----------------------------------------|---------------| | Presupuesto Base de Licitacion(ConIVA) | 647.202.12 | | Presupuesto deLicitacion(SinIVA) | 588.365,55 | | Importe del IVA del Contrato(10%) | 98.060,95 | | Importe de la Prorroga (sin IVA) | 392.243,70 | | Modificacionesdel Contrato(sin IVA) | 294.182,78 | | Total ContratosinModificaciones(sinIVA) | 980.609,25 | | ValorEstimadodel Contrato(sinIVA) | 1.274.792,03 | El importe del contrato se imputará a las aplicaciones presupuestarias y anualidades siguientes: | AÑOS2023-2025 | PARTIDA PRESUPUESTARIA: 12.1720.22710 (o la que resulte de aplicación para el citado ejercicio). | |-----------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------| CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES Fecha: <!-- image --> Fecha: <!-- image --> <!-- image --> ## RESOLUCIÓN EXPDTE. MM 29 2022 SV SARA ## GESTIONDELFUNCIONAMIENTO,EXPLOTACIONYMANTENIMIENTODELSERVICIODE ABASTECIMIENTOENALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBANOS ABADIA, ALDEANUEVA DEL CAMINO, BANOS DE MONTEMAYOR, LA GRANIA Y ZARZA DE GRANADILLA (+ VALDELAMATANZA) 29\_2022\_MM\_SV PA SARA | ANO | IMPORTE | PRORROGAS | TOTAL | IVA | (IVA Induido) TOTAL | |---------|------------|-------------|------------|-------------|-----------------------| | 2023 | 196.121,85 | | 196.121,85 | 19.612,19 | 215.734,04 | | 2024 | 196.121,85 | | 196.121,85 | 19.612,19 6 | 215.734,04 | | 2025 | 196.121,85 | | 196.121,85 | 19.612,19 | 215.734,04 | | 2026 | | 196.121,85 | 196.121,85 | 19.612,19 | 215.734,04 | | 2027 | | 196.121,85 | 196.121,85 | 19.612,19 | 215.734,04 | | TOTALES | 588.365,55 | 392.243,70 | 980.609,25 | 98.060,95 | 1.078.670,20 | Tercero: Se procederá a la apertura de la licitación por procedimiento abierto, mediante la publicación de anuncios en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante el presente acuerdo, junto con el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas y el de la convocatoria de la licitación, con la advertencia de que las proposiciones deberán presentarse necesaria y únicamente mediante el portal de contratación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres. Habiéndose realizado la remisión de anuncio de información previa de fecha de fecha de envío 10/03/2022. Cuarto: Dar traslado del presente acuerdo a Intervención de Fondos y a la Secretaría General del Consorcio MásMedio y a la unidad de Compras y Suministros de la Diputación Provincial de Cáceres que impulsará la fase de licitación. No obstante, el órgano competente resolverá lo que estime más conveniente para los intereses del Consorcio MásMedio. Documento firmado electrónicamente en lugar y fecha indicados al margen. CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES Fecha: <!-- image --> Diputado del Área de Medio Ambiente y Transición Ecológica Fecha: Este documento es Copia Auténtica según el artículo 30.5 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio. Su autenticidad puede ser comprobada en la dirección https://licitaciones.dip-