1964283-PliegodeClusulasAdmin-001001PCA_STD_CA.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> Firmado por: MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) DICIEMBRE DE 2022 <!-- image --> <!-- image --> Firmado por: Cargo: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ÍNDICE | 1. | DISPOSICIONES GENERALES..................................................................................................................................................5 | DISPOSICIONES GENERALES..................................................................................................................................................5 | |-------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 1.1. | Objeto del contrato........................................................................................................................................................................5 | Objeto del contrato........................................................................................................................................................................5 | | 1.2. | DIVISIÓN EN LOTES DEL CONTRATO.................................................................................................................................5 | DIVISIÓN EN LOTES DEL CONTRATO.................................................................................................................................5 | | 2. | Clasificación y régimen jurídico ...............................................................................................................................................5 | Clasificación y régimen jurídico ...............................................................................................................................................5 | | 2.1. | CPV Referencia de Nomenclatura Principal y Adicionales .............................................................................................6 | CPV Referencia de Nomenclatura Principal y Adicionales .............................................................................................6 | | 2.2. | Ámbito de ejecución del contrato.............................................................................................................................................6 | Ámbito de ejecución del contrato.............................................................................................................................................6 | | 3. | PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO........................................................................................................................... 7 | PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO........................................................................................................................... 7 | | 4. | PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO........................................................................... 7 | PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO........................................................................... 7 | | 4.1. | El Presupuesto ................................................................................................................................................................................ 7 | El Presupuesto ................................................................................................................................................................................ 7 | | 4.2. | Valor estimado................................................................................................................................................................................9 | Valor estimado................................................................................................................................................................................9 | | 4.3. | Existencia de crédito.....................................................................................................................................................................9 | Existencia de crédito.....................................................................................................................................................................9 | | 5. | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN................................................................................10 | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN................................................................................10 | | 5.1. | Órgano de contratación.............................................................................................................................................................10 | Órgano de contratación.............................................................................................................................................................10 | | 5.2. | Mesa de Contratación.................................................................................................................................................................10 | Mesa de Contratación.................................................................................................................................................................10 | | 6. | PERFIL DEL CONTRATANTE.................................................................................................................................................10 | PERFIL DEL CONTRATANTE.................................................................................................................................................10 | | 7. | INFORMACIÓN ADICIONAL....................................................................................................................................................11 | INFORMACIÓN ADICIONAL....................................................................................................................................................11 | | 8. | GARANTÍA PROVISIONAL........................................................................................................................................................11 | GARANTÍA PROVISIONAL........................................................................................................................................................11 | | 9. | CAPACIDAD Y APTITUD PARA CONTRATAR..................................................................................................................11 | CAPACIDAD Y APTITUD PARA CONTRATAR..................................................................................................................11 | | 10. | SOLVENCIA................................................................................................................................................................................... 12 | SOLVENCIA................................................................................................................................................................................... 12 | | 10.1. | Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera. ........................................................................................... 12 | Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera. ........................................................................................... 12 | | 10.2. | Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional. .................................................................................................13 | Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional. .................................................................................................13 | | 10.3. | Acreditación de la solvencia con medios externos............................................................................................................13 | Acreditación de la solvencia con medios externos............................................................................................................13 | | 10.4. | Acreditación de la solvencia mediante clasificación ........................................................................................................13 | Acreditación de la solvencia mediante clasificación ........................................................................................................13 | | 11. | FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.................................................................................... 14 | FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.................................................................................... 14 | | 11.1. | Exigencia de medios electrónicos. ......................................................................................................................................... 14 | Exigencia de medios electrónicos. ......................................................................................................................................... 14 | | 11.2. | Forma de presentación de las ofertas................................................................................................................................... 14 | Forma de presentación de las ofertas................................................................................................................................... 14 | | 12. | PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.......................................................................................... 15 | PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.......................................................................................... 15 | | 13. | DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN LOS SOBRES.......................................................................................................... 15 | DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN LOS SOBRES.......................................................................................................... 15 | | 13.1. | Documentación a presentar por los licitadores ................................................................................................................ 15 | Documentación a presentar por los licitadores ................................................................................................................ 15 | | 14. | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN........................................................................................................................................... 21 | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN........................................................................................................................................... 21 | | | Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas establecidas en los pliegos ....... 21 Criterios de valoración técnica o dependientes de un juicio de valor .......................................................................23 | Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas establecidas en los pliegos ....... 21 Criterios de valoración técnica o dependientes de un juicio de valor .......................................................................23 | | 14.1. | | | | 14.2. | | | <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> <!-- image --> Fecha: | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | |-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 15. | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) CRITERIOS DE DESEMPATE..................................................................................................................................................25 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) CRITERIOS DE DESEMPATE..................................................................................................................................................25 | | | 16. | COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS......................................................................................26 | COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS......................................................................................26 | | | 17. | ADMISIBILIDAD DE VARIANTES..........................................................................................................................................26 | ADMISIBILIDAD DE VARIANTES..........................................................................................................................................26 | | | 18. | PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO..............................................................................26 | PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO..............................................................................26 | | | 19. | OFERTASANORMALMENTE BAJAS...................................................................................................................................28 | OFERTASANORMALMENTE BAJAS...................................................................................................................................28 | | | 20. | PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN CONCARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN........................28 | PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN CONCARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN........................28 | | | 21. | GARANTÍAS Y FORMA DE CONSTITUCIÓN.....................................................................................................................31 | GARANTÍAS Y FORMA DE CONSTITUCIÓN.....................................................................................................................31 | | | 21.1. | Garantía definitiva........................................................................................................................................................................31 | Garantía definitiva........................................................................................................................................................................31 | | | 21.2. | Garantía complementaria..........................................................................................................................................................31 | Garantía complementaria..........................................................................................................................................................31 | | | 22. | ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES......................................................32 | ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES......................................................32 | | | 23. | DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO | DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO | DEL | | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN .................................................................................32 | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN .................................................................................32 | PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN .................................................................................32 | | | 24. | FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO....................................................................................................................................33 | FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO....................................................................................................................................33 | | | 25. | EJECUCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................33 | EJECUCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................33 | | | 26. | REVISIÓN DE PRECIOS.............................................................................................................................................................34 | REVISIÓN DE PRECIOS.............................................................................................................................................................34 | | | 27. | CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.......................................................................................................35 | CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.......................................................................................................35 | | | 27.1. | Cesión...............................................................................................................................................................................................35 | Cesión...............................................................................................................................................................................................35 | | | 27.2. | Subcontratación...........................................................................................................................................................................36 | Subcontratación...........................................................................................................................................................................36 | | | 28. | OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN...............................................................................................37 | OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN...............................................................................................37 | | | 29. | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.................................................................................................................37 | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.................................................................................................................37 | | | 29.1. | Medidas para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres...........................................................................................37 | Medidas para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres...........................................................................................37 | | | 29.2. | Obligaciones en materia de Medio Ambiente....................................................................................................................38 | Obligaciones en materia de Medio Ambiente....................................................................................................................38 | | | 30. | OBLIGACIONES RESPECTO DE LAS CONDICIONES LABORALES DURANTE LA EJECUCIÓN | OBLIGACIONES RESPECTO DE LAS CONDICIONES LABORALES DURANTE LA EJECUCIÓN | DEL | | CONTRATO.................................................................................................................................................................................................38 | CONTRATO.................................................................................................................................................................................................38 | CONTRATO.................................................................................................................................................................................................38 | | | 30.1. | Nombramiento de coordinador técnico o jefe de servicio............................................................................................ | Nombramiento de coordinador técnico o jefe de servicio............................................................................................ | 40 | | 31. | CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN................................................................................................................ | CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN................................................................................................................ | 40 | | 31.1. | Confidencialidad.......................................................................................................................................................................... | Confidencialidad.......................................................................................................................................................................... | 40 | | 31.2. | Protección de datos.................................................................................................................................................................... | Protección de datos.................................................................................................................................................................... | 40 | | | 31.2.1. | DATOS PERSONALES DE LOS INTERVINIENTES.............................................................................. | 41 | | | 31.2.2. | Estipulaciones como Encargado de Tratamiento................................................................................. | 41 | | | 31.2.3. | Sub-encargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones.........................................................44 | | | 31.3. | CONFIDENCIALIDAD................................................................................................................................................................45 | CONFIDENCIALIDAD................................................................................................................................................................45 | | | 32. | SEGUROS........................................................................................................................................................................................45 | SEGUROS........................................................................................................................................................................................45 | | | 33. | RESPONSABLE DEL CONTRATO (DTS)..............................................................................................................................45 | RESPONSABLE DEL CONTRATO (DTS)..............................................................................................................................45 | | <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 3 de 69 <!-- image --> O | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | CONTRATODESERVICIOS PARALAGESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO EN ALTADELAMANCOMUNIDADDEPURADORADEBAÑOS(CÁCERES) | |-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | 34. | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | PLIEGODECLÁUSULASADMINISTRATIVAS(PCAP) RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO................................................................................................................46 | | | 35. | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA..........................................................................................................................47 | | | 36. | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ..........................................................................................................48 | | | 36.1. | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | Cumplimiento del plazo de ejecución ...................................................................................................................................48 | | | 36.2. | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | Penalidades ....................................................................................................................................................................................48 | | | 36.3. | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | Incumplimientos penalizables.................................................................................................................................................49 | | | 36.4. | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | Cuantía de las penalidades .......................................................................................................................................................55 | | | 36.5. | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | Penalidades por incumplimiento en los plazos .................................................................................................................56 | | | 37. | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.......................................................................................................................................56 | | | 38. | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | PLAZO DE GARANTÍA...............................................................................................................................................................57 | | | 39. | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | EXTINCIÓN DEL CONTRATO................................................................................................................................................57 | | | 39.1. | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO......................................................................................................................................57 | | | 39.2. | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | RESOLUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................................................58 | | | 40. | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE.................................................................................58 | | | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO......................................................................................... | 60 | | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC................................................................................................ | 61 | | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3)..............................................................................62 | | | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES................................................................................................................63 | | | ANEXO VI CRITERIOS | ANEXO VI CRITERIOS | PARA | APRECIAR | LAS | OFERTAS VALORES DESPROPORCIONADOS........................................................................................................................................................................65 | CON | ANORMALES | O | | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS.........................................66 | | | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | ANEXOVIIIDECLARACIÓNRESPONSABLEDEPERTENENCIAAGRUPOEMPRESARIAL ....................................67 | | | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN..........................................................................................................................68 | | | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES.......................................................................................................................................69 | | <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 4 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 1. DISPOSICIONES GENERALES ## 1.1. OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente pliego el establecimiento de las condiciones que regulan los derechos y obligaciones que regirán en los aspectos jurídicos, administrativos y económicos, en la contratación por parte del Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres , en adelante MásMedio , del Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres). Los servicios objeto de este contrato se ejecutarán de acuerdo con lo establecido en este pliego, en el pliego de prescripciones técnicas, en los anexos que acompañan a los mismos, y en la Oferta Económica y Técnica que presente el adjudicatario en lo que no se oponga a los anteriores. ## 1.2. DIVISIÓN EN LOTES DEL CONTRATO Por las características geográficas y las propias asociadas a la prestación del servicio la presente licitación se estructura en un (1) único lote . La disposición de las infraestructuras de abastecimiento en alta no permite la diferenciación en lotes, pues la explotación y conservación de las mismas es aconsejable sea realizada por un único adjudicatario, así como la necesidad de una respuesta única frente a averías de la red de abastecimiento en alta y resto de infraestructuras asociadas al servicio. ## 2. CLASIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO Según el Art. 17 de la LCSP: 'Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario.' El presente contrato, atendiendo a su objeto, se califica como contrato administrativo típico de servicios, por lo que se rige por las siguientes normas: - La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. - En cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP). - Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. No obstante, las partes del contrato quedan expresamente sometidas a lo establecido en los documentos de carácter contractual que se relacionan a continuación, y en el orden de prelación que se indica: - El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP). - El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP). <!-- image --> <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 Página 5 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - El documento en que se formalice el respectivo contrato (Contrato). - La oferta presentada por el adjudicatario (Oferta Técnica-Económica Adjudicatario). En caso de discordancia entre este pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el de cláusulas administrativas, por entender que contiene los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 116.4 LCSP se señala que la adjudicación del contrato se realizará por el procedimiento abierto, en tramitación ordinaria, utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor calidad-precio. ## 2.1. CPV REFERENCIA DE NOMENCLATURA PRINCIPAL Y ADICIONALES De conformidad con el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, el contrato objeto del presente expediente está clasificado con el siguiente código: | CÓDIGOCPVPRINCIPAL: | 65130000-3EXPLOTACIÓNDELSUMINISTRODEAGUA | |-----------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | CÓDIGOCPVADICIONAL: | 65111000-4DISTRIBUCIÓNDEAGUAPOTABLE 65500000-8SERVICIODELECTURADECONTADORES 45232150-8TRABAJOSRELACIONADOSCONTUBERÍASDEDISTRIBUCIÓNDEAGUA | ## 2.2. ÁMBITO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO - El ámbito competencial del Consorcio MásMedio es el que consta en los Estatutos y en los acuerdos de constitución del mismo, al tener encomendada la gestión del servicio. - El ámbito territorial en el que se prestará el servicio se incluirá dentro del ámbito territorial de las instalaciones de abastecimiento en alta delimitadas en el servicio objeto de prestación, relacionadas en el Cuadro Resumen de características incluido en el ANEXO I de este PCAP y en el PPTP, y aquéllos otros que, por motivos de acuerdos y encomiendas de gestión entre el Consorcio MásMedio y los distintos ayuntamientos de la provincia de Cáceres puedan adicionarse o minorarse. El contratista vendrá obligado a continuar prestando el servicio si se cumplen los requisitos para ello, salvo que el cambio sea sustancial. <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 6 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de vigencia del contrato será de TRES AÑOS (3 AÑOS), contados desde el día siguiente a la formalización del acta de inicio efectivo del servicio. Cabe la prórroga del contrato, permaneciendo inalterables las características del contrato durante el período de duración del número de prórrogas que se indican, señalándose, asimismo, el plazo máximo de duración del contrato: - Podrá prorrogarse por anualidades o fracciones de año natural, sin que cada prórroga pueda superar un (1) año y sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de CINCO (5) AÑOS. Las prórrogas serán obligatorias para el contratista, siempre que se produzca el preaviso de las mismas, por parte del Consorcio con una antelación mínima de dos (2) meses previos a la finalización del plazo de duración del contrato. No obstante, cuando al vencimiento del contrato por transcurso del plazo de vigencia del mismo, o anormal, por su resolución o declaración de caducidad, para garantizar la continuidad del servicio, el órgano de contratación podrá acordar que el adjudicatario continúe con la ejecución del mismo en los términos del art. 29.4 de la LCSP. ## 4. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO ## 4.1. EL PRESUPUESTO El presupuesto base de licitación (IVA incluido) del presente contrato es de SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOS EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (647.202,12 €). Este presupuesto es adecuado a los precios de mercado y se ha elaborado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 100 y 309 de la LCSP, teniendo en cuenta el siguiente desglose de costes directos e indirectos y otros eventuales gastos que dan lugar al presupuesto y que se incluyen en el ANEXO II de este PCAP. El desglose de costes que ha continuación se detalle es anual. En el mismo se incluyen todos los conceptos que son responsabilidad del Adjudicatario, gastos generales, beneficio industrial y fondos de reposición y renovación de equipos instalaciones, con el concepto de IVA de manera independiente. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 7 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ESTUDIO ECONÓMICO DE LOS COSTES ANUALES PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS <!-- image --> | MM292022 SV SARA | | | |--------------------------------------------------------------------------|--------|--------------| | Personal y Medios Adscritos | 38,25% | 68.205,18 € | | Mantenimiento y Conservación | 14,13% | 25.189,64 € | | Control Analítico, Control Sanitario y Laboratorio del Servicio | 5,45% | 9.723,28 € | | Reactivos | 17,66% | 31.491,59 € | | Energía Eléctrica | 17,50% | 31.196,29 € | | Equipos de Medida, Parque de Contadores y Telecontrol | 4,20% | 7.486,61 € | | Oficina de Atención al Cliente | 0,00% | 0,00 € | | Gestión de Residuos | 0,00% | 0,00 € | | Otros Costes del Servicio | 2,80% | 5.000,00 € | | Costes antes de Gastos Generales, Beneficio Industrial y Otros Conceptos | | 178.292,59 € | | Gastos Generales | 4,00% | 7.131,70 € | | Beneficio Industrial | 6,00% | 10.697,56 € | | Coste antes de Impuestos | | 196.121,85 € | | IVA | 10,00% | 19.612,19 € | | COTES ANUALES TOTALES | | 215.734,04 € | Las ofertas económicas no podrán superar el tipo máximo fijado como presupuesto base de licitación y los precios podrán ser mejorados a la baja por las empresas o personas licitadoras. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y en él se considerarán incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba asumir para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, así como todos los impuestos, derechos o tasas derivados de la ejecución del contrato, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, IVA) que figurará como partida independiente. A todos los efectos, se entenderá que en las ofertas presentadas están incluidos todos los factores de valoración y gastos que la empresa adjudicataria deba asumir para la correcta ejecución del contrato, como son los gastos generales, material fungible, herramientas y utensilios, gastos financieros, seguros, transportes o desplazamientos, así como toda clase de tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, atendiendo en todo caso a las especificaciones contempladas en el PPTP. La cantidad correspondiente al IVA se detallará como partida independiente. <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 8 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) En relación con los costes salariales de las personas empleadas para la ejecución del contrato y que forman parte del precio total del mismo, se indica de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional, los costes salariales anuales estimados para el personal necesario para la prestación del servicio, a partir del convenio laboral de referencia: | PUESTO | NUEVAADSCRIPCIÓN SUBROGABLE | DNI | GÉNERO | CATEGORÍA CONVENIO | TIPO CONTRATO | ANTIGÜEDAD | ASIGNACIÓN ALSERVICIO (%) | SALARIOBRUTOANUAL (CON %ASIGNACIÓN CONSIDERADO) | COSTE DE EMPRESA | |--------------------------------------|-------------------------------|-------|-----------|----------------------|-----------------|--------------|-----------------------------|---------------------------------------------------|--------------------| | Jefe deServicio | NuevaAdscripción | - | - | GP5 | - | - | 15,00% | 3.281,36 € | 4.544,68€ | | OficialETAP | Subrogable | - | Masculino | GP1 | Fijo | dic-04 | 100,00% | 23.865,24€ | 33.053,36 € | | Operario Averías Sustitución Estival | NuevaAdscripción | - | - | GP1 | - | - | 17,00% | 3.434,95 € | 4.757,41€ | ## 4.2. VALOR ESTIMADO El valor estimado del contrato, para cuyo cálculo (IVA excluido), se ha tenido en cuenta el importe total a pagar conforme a los estudios técnicos realizados en la documentación preparatoria del expediente, las eventuales prórrogas del contrato por periodos de un año, con un máximo de dos prorrogas (UNO + UNO años de duración), así como las posibles modificaciones calculadas sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) se fija en NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS (984.159,09 €). | CONCEPTO | IMPORTE(€) | |---------------------------------------------|---------------| | Presupuesto Base de Licitación (Con IVA) | 647.202,12€ | | Presupuesto de Licitación (Sin IVA) | 588.365,55€ | | Importe del IVA del Contrato (10%) | 98.060,95€ | | Importe de la Prorroga (sin IVA) | 392.243,70€ | | Modificaciones del Contrato (sin IVA) | 294.182,78€ | | Total Contrato sin Modificaciones (sin IVA) | 980.609,25€ | | Valor Estimado del Contrato (sin IVA) | 1.274.792,03€ | ## 4.3. EXISTENCIA DE CRÉDITO. Se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito para atender las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato. La financiación de las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato se hará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria de gastos del vigente presupuesto: | AÑO2023 | PARTIDA PRESUPUESTARIA: 22710 | |----------------|------------------------------------------------------------------------------------------| | AÑOPOSTERIORES | PARTIDA PRESUPUESTARIA: 22710 (o la que resulte de aplicación para el citado ejercicio). | En el año 2023 existe crédito suficiente y adecuado al importe del presupuesto aprobado por el órgano de contratación, y la financiación de las obligaciones económicas de los siguientes años se hará con las consignaciones presupuestarias en el ejercicio que resulte afectado. En consecuencia, y conforme a lo establecido en el artículo 116 LCSP, quedan comprometidos los importes de las anualidades de 2023, 2024 y 2025. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 9 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN ## 5.1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación es el Vicepresidente del Consorcio MásMedio que actúa por delegación otorgada por el Consejo de Administración, en su sesión de 6 de abril de 2022 , (delegación publicada en el BOP Nº 0092, de 16 de mayo de 2022). Los datos de contacto del órgano de contratación son los siguientes: Nombre oficial: Medioambiente y Aguas de Provincia de Cáceres - MásMedio Dirección postal: Ronda San Francisco, 3 Localidad: Cáceres Código postal: 10.002 País: España Teléfono: (+34) 927 255 500 Dirección de internet: https://licitaciones.dip-caceres.es y https://contrataciondelestado.es ## 5.2. MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el art. 326 de la LCSP y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de Septiembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La composición de la Mesa de Contratación será establecida conforme a lo dispuesto en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, cuya composición será publicada en el perfil del contratante, al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio especifico en el citado perfil con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación referida en el artículo 140.1 de la LCSP. La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato. La Mesa de Contratación podrá ser asistida por personal técnico de la Diputación Provincial de Cáceres y/o del Consorcio MásMedio, en razón de sus especiales conocimientos técnicos, y que, inclusive, podrán asistir a sus reuniones, con voz y sin voto, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra función que la de informar y asesorar. La Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación del Consorcio MásMedio, que decidirá sobre la misma. ## 6. PERFIL DEL CONTRATANTE. La información sobre la contratación en el perfil del contratante se podrá obtener a través de la siguiente dirección de internet: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&amp;idBp=BRxZ4t7ISUESugstABGr5A%3D%3D Las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse entre el licitador y el órgano de contratación relativas a consultas, aclaraciones, subsanaciones, requerimientos y notificaciones se realizarán a través de la plataforma electrónica de contratación pública. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 10 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 7. INFORMACIÓN ADICIONAL Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a la que se refiere el art. 138 de la LCSP, el órgano de contratación proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo para la presentación de ofertas, la información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que éstos soliciten, a condición de que la solicitud de información adicional se hubiere realizado al menos 12 días antes de finalizar el plazo de presentación de las proposiciones. La solicitud se realizará por los medios electrónicos habilitados para la licitación. Las respuestas a las consultas realizadas tendrán carácter vinculante y serán publicadas en el perfil del contratante. ## 8. GARANTÍA PROVISIONAL Para concurrir a la licitación regulada en este pliego no es necesaria la constitución de garantía provisional. ## 9. CAPACIDAD Y APTITUD PARA CONTRATAR. - I. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las prohibiciones de contratar señaladas en el art. 71 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional según lo indicado en la presente cláusula. - II. La actividad de los licitadores ha de tener relación directa con el objeto del contrato y han de disponer de una organización dotada de elementos personales y medios materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. - III. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: - a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. - c) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. - d) También podrán presentar proposiciones las Uniones de Empresarios (UTE) que se constituyan temporalmente al efecto. Respecto de las UTE, se estará a lo establecido en el art. 56 de la LCSP. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, debiendo cumplir los requisitos, términos y condiciones establecidos en el art. 69 LCSP, aportando declaración responsable/DEUC para cada empresa participante, así como compromiso de constituir la unión temporal, en los términos del artículo 141.1 e) LCSP. - e) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 11 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - IV. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del art. 85 de la LCSP podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable, conforme al modelo establecido en el ## Anexo III. - V. La acreditación del cumplimiento de la capacidad de obrar, junto a la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, se realizará mediante el formulario de Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), de conformidad con lo previsto en los arts. 140 y 141 LCSP. Las instrucciones para cumplimentar el DEUC se incluyen en el Anexo III. - VI. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. El Órgano o la Mesa de contratación podrán pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando considerasen que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. No obstante, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura o figure en una base de datos nacional de un estado miembro de la unión europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. ## 10. SOLVENCIA. En virtud de lo especificado en el artículo 74 de la LCSP, los empresarios deberá acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica para poder celebrar contratos con el sector público. ## 10.1. REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. El criterio para acreditar la solvencia económica y financiera del empresario de acuerdo con lo establecido en el Art. 87 de la LCSP será: - Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos equivalente a una vez y media veces la anualidad del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por los medios que se indican en el apartado IX.i del artículo 20 de este PCA. Solvencia Económica = Anualidad Media (sin IVA) x 1,50 = 196.121,85 x 1,50 = 294.182,78 € <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 12 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 10.2. REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL. El licitador acreditará haber realizado en el curso de los tres últimos años trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, requiriéndose que el licitador: - Haya realizado servicios de las mismas características que el objeto del contrato en los 3 últimos años cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 100% de la anualidad media del contrato. Así mismo, se requerirá que el licitador acredite el personal técnico, integrado en la empresa que tenga las siguientes características: - Experiencia profesional acreditada de al menos 3 años en gestión de contratos de mantenimiento y explotación de servicios de abastecimiento, estaciones de tratamiento de agua potable y gestión de redes de abastecimiento. La solvencia técnica o profesional se acreditará por los medios que se describen en el apartado IX.i del artículo 20 de este PCAP. ## 10.3. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. No obstante, en cumplimiento de lo indicado en el Art. 75.1 de la LCSP, para acreditar los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales o a la experiencia profesional pertinente, las empresas sólo podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a prestar los servicios contratados. La empresa que desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. Compromiso que se exigirá al licitador que hubiera presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 150 LCSP. ## 10.4. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA MEDIANTE CLASIFICACIÓN En virtud de lo expuesto en el artículo 77. B) de la LCSP, para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. No obstante, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente por los medios que se indican en este PCAP o mediante la presentación de la siguiente clasificación: ## GRUPO O, SUBGRUPO 3, CATEGORÍA 2 CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE REDES DE AGUA Y ALCANTARILLADO <!-- image --> <!-- image --> Página 13 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 11. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. El tipo de procedimiento para la celebración de este contrato es el procedimiento abierto, por lo que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. ## 11.1. EXIGENCIA DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. La presentación de las ofertas se hará de forma electrónica. En consecuencia, la presentación de proposiciones y documentos, así como las notificaciones y comunicaciones entre el órgano de contratación y los interesados para este expediente de contratación se realizará exclusivamente a través de la plataforma electrónica de contratación pública que el Consorcio MásMedio pone a disposición, garantizándose en todo momento la libre concurrencia, la no discriminación y restricción de acceso al referido procedimiento. A tales efectos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las notificaciones en la misma aplicación. La plataforma de contratación pública del Estado es accesible desde la siguiente dirección electrónica: https://licitaciones.dip-caceres.es/ El perfil del Consorcio MásMedio en la plataforma de contratación pública es accesible desde la siguiente dirección: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&amp;idBp=BRxZ4t7ISUESugstABGr5A%3D%3D En el ANEXO IX de este PCAP se encuentran los enlaces a la información necesaria para el uso de la misma. ## 11.2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. - I. Cada licitador podrá presentar una solo proposición. - II. Las ofertas se ajustarán a los siguientes requisitos generales: - a) El licitador presentará su oferta por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en tres sobres-archivo 1, 2 y 3 en los que se identificaran de la forma establecida en la cláusula siguiente, y con el contenido que en la 4. misma se indica. - b) La referida oferta deberá ser redactada en lengua castellana o traducida oficialmente a esta lengua. - c) La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas o condiciones de este pliego y el de PPTP sin salvedad o reserva alguna. - d) La presentación de proposiciones supone así mismo, la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del sector público, en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la UE y la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 14 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - e) De conformidad con lo previsto en el art. 133 LCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria motivada qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando se trate de secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores. El deber de confidencialidad del órgano de contratación, así como de sus servicios dependientes, no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. De no aportarse esta declaración motivada se considerará que ningún documento posee dicho carácter. El órgano de contratación garantiza la confidencialidad de las propuestas presentadas por las empresas o personas licitadoras, de conformidad con el art. 133 LCSP. ## 12. PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Conforme el art. 156 de la LCSP y considerando la obligatoriedad de dar publicidad a la convocatoria en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) en atención a la cuantía del contrato, el plazo para la presentación de proposiciones se establecerá en 25 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión europea, toda vez que el órgano de contratación ha remitido anuncio de información previa a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. El anuncio publicado en el Perfil de Contratante deberá indicar la fecha de envío del anuncio al DOUE a fin de evitar dudas en la fecha de presentación. ## 13. DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN LOS SOBRES ## 13.1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES Las empresas o entidades licitadoras deberán presentar TRES SOBRES-ARCHIVOS, que deberán estar identificados con los siguientes datos: ## CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) - Y según proceda: Sobre 1, 2 o 3. - Denominación social de la empresa o, en su caso, nombre y apellidos de la persona licitador/a. - Domicilio social. - Representante o nombre de la persona apoderada. - Dirección de email. - Teléfono de contacto. <!-- image --> <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 Página 15 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## SOBRE-ARCHIVO Nº 1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA El sobre-archivo Nº1 contendrá los siguientes documentos: 1. El documento europeo único de contratación (DEUC), que deberá estar firmado y con la correspondiente identificación, en la que la empresa licitadora ponga de manifiesto lo siguiente (según las instrucciones recogidas en el ANEXO III ): - a) Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella. - b) Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establezca el pliego de conformidad con el formulario normalizado del Documento europeo único de contratación (DEUC). - c) Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP. 2. La designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta , en los casos en que el órgano de contratación haya optado por realizar las notificaciones a través de la misma. 3. En los casos en que la empresa o persona licitadora recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el art. 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos con arreglo al formulario normalizado del documento europeo único de contratación. 4. En caso de que la adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una declaración responsable por la empresa/persona licitadora y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. 5. En todos los supuestos en que varias empresas o personas concurran agrupados en una Unión Temporal de Empresas, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del DEUC. Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de las empresas o empresarios/as que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del art. 69 de la LCSP. (ANEXO VII). En el escrito de compromiso se indicará: - Los nombres y circunstancias de los que la constituyan. - La participación de cada uno de ellos, así como la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Jefe de Servicio de Gestión Administrativa 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 16 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) 6. Por lo que se refiere a las empresas pertenecientes a un mismo grupo o cualquiera de los supuestos alternativos que se regulan en el Art. 42 del Código de comercio, podrán presentar distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, debiendo no obstante presentar declaración en la que hagan constar esta condición, según el modelo indicado en en el ANEXO VIII. Además de la declaración responsable, las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden (según las instrucciones indicadas en el ANEXO III ). ## SOBRE-ARCHIVO Nº 2.- SOBRE EN EL QUE DEBE INCORPORARSE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR (CEMJV) El sobre-archivo Nº2 contendrá el desarrollo de los distintos documentos necesarios para evaluar la propuesta técnica del licitador, que darán lugar a la evaluación mediante juicios de valor de la oferta presentada. En este SOBRE-ARCHIVO Nº2 se deberán respetar los siguientes límites: | CONDICIONESDEPRESENTACIÓNDELADOCUMENTACIÓNSOMETIDAAEVALUACIÓNMEDIANTE JUICIODEVALOR | CONDICIONESDEPRESENTACIÓNDELADOCUMENTACIÓNSOMETIDAAEVALUACIÓNMEDIANTE JUICIODEVALOR | CONDICIONESDEPRESENTACIÓNDELADOCUMENTACIÓNSOMETIDAAEVALUACIÓNMEDIANTE JUICIODEVALOR | |---------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Límite de extensión | DOCNº1: Criterios de organización y gestión del servicio | 40 páginas, incluidos portada, índice y separadores | | Límite de extensión | DOCNº2:Criterios sociales y medioambientales | 10 páginas, incluidos portada, índice y separadores | | Límite de extensión | DOCNº3:Estudios específicos del servicio | 20 páginas, incluidos portada, índice y separadores | | Formato | A4 // Márgenes Mínimos  (Sup., Inf., Izq., Dcha.) = 1,5cm | A4 // Márgenes Mínimos  (Sup., Inf., Izq., Dcha.) = 1,5cm | | Formato | La inclusión de páginas en formato A3 solo estará permitida de manera puntual para documentación de tipo gráfica o tabulada que lo requiera. Cada página DIN A3 contará como 2 unidad de página A4. | La inclusión de páginas en formato A3 solo estará permitida de manera puntual para documentación de tipo gráfica o tabulada que lo requiera. Cada página DIN A3 contará como 2 unidad de página A4. | | Fuentes Permitidas / Tamaño Fuente | Fuentes Permitidas / Tamaño Fuente | Arial o Calibri / Tamaño mín. 10 | En la evaluación de la PROPUESTA TÉCNICA se valorará la idoneidad, aplicabilidad y realismo de los datos, medios, procedimientos y condiciones descritos por el licitador. La PROPUESTA TÉCNICA contendrá la metodología, medios, sistemas y protocolos de gestión del servicio objeto de contrato y constituirá la base para el desarrollo de los trabajos en caso de resultar adjudicatario. Se advierte expresamente a los licitadores que en el archivo electrónico Nº2, no debe incluirse ni anticiparse cualquier dato relacionado con los criterios evaluables mediante formulas (Sobre Nº3). El incumplimiento de esta premisa conllevará la expulsión del licitador del proceso. <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 17 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) La PROPUESTA TÉCNICA tendrá la siguiente estructura y contenido: ## 1.-DOC Nº1: CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL SERVICIO (25 PUNTOS) En este documento se incluirá una descripción detallada de todos los aspectos referentes a la organización y metodología de la gestión propuesta y en concreto deberá incluir los siguientes aspectos: - Memoria de las condiciones de la gestión, explotación y prestación del servicio para las instalaciones objeto del contrato, donde se exponga y determine en qué condiciones y bajo qué parámetros se propone realizar la operación de las instalaciones objeto del servicio, con especial atención a los criterios cualitativos a garantizar y asegurar la garantía de prestación del servicio. Se deben detallar las condiciones para cada una de las partes en las que se diferencia la gestión del servicio: captaciones, tratamiento, depósitos, redes de distribución en alta, etc., con especial relevancia en aquellas sensibles o críticas para garantizar la prestación del servicio. - Metodología y planificación del mantenimiento y la conservación de instalaciones. Para exponer este aspecto, se presentará una pormenorizada descripción de las actuaciones de mantenimiento y conservación propuestas por el licitador, así como la planificación propuesta para llevar a cabo dichas actuaciones durante la duración del contrato. Se incluirá la propuesta de implementación de un sistema de gestión del mantenimiento adecuado a las necesidades de las instalaciones objeto de este contrato, sus características y el entorno en que se enmarcan, accesible para MásMedio. - Metodología de operación y medios materiales dispuestos ante averías e incidencias en el suministro. Se incluirá en este apartado especialmente un plan de atención de las instalaciones fuera del horario laboral, así como un compromiso del licitador para responder en un tiempo mínimo a las emergencias y averías. Se detallará la planificación de la atención urgente de averías en las redes en alta y actuaciones auxiliares a esas incidencias. Dicho compromiso incluirá el tiempo máximo de respuesta con el que harán frente a emergencias en las instalaciones y medios dispuestos, propios o por empresas de la zona. - Criterios cualitativos, programa de autocontrol y proceso de potabilización. Se detallarán los criterios cualitativos a alcanzar, el programa analítico resumido detallando la propuesta de análisis y el incremento de los mismos si lo hubiera, medios, laboratorios acreditados, compromisos de colaboración y demás aspectos relacionados con el control cualitativo. - Medios humanos propuestos para la gestión del servicio y organización de los mismos. Se incluirá una descripción detallada del personal a adscribir al contrato, indicando la titulación/cualificación que lo haga idóneo para este contrato, experiencia en servicios de similares características y la dedicación propuesta para este servicio. Se incluirá así mismo, un organigrama y una somera descripción de los protocolos de organización y comunicación del personal del servicio a licitar (no se valorarán organizaciones generales que no tengan relación con el contrato objeto de licitación) En este apartado se podrán incluir modelos de partes de trabajo, procedimientos internos de funcionamiento, medios auxiliares para hacer frente a situaciones de averías o emergencias, procedimientos de control cualitativo internos y contrastes externos de incidencias de calidad, procedimientos de toma de lecturas de contadores municipales y/o en alta. <!-- image --> <!-- image --> Página 18 de 69 <!-- image --> ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 2.-DOC Nº2: CRITERIOS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES (5 PUNTOS) El documento que incluye los criterios sociales y medioambientales de la propuesta técnica del licitador, contendrá al menos los siguientes apartados: - Plan medioambiental y de Reducción de huella ecológica del servicio. Se incluirá un apartado específico que desarrolle el Plan de Gestión Ambiental propuesto para implementar durante el desarrollo de los trabajos. Así mismo, se incluirán las medidas que el licitador proponga para reducir impactos ambientales asociados a la prestación del servicio, tales como la huella de carbono, huella hídrica, producción de residuos, etc. Serán de especial atención las medidas, planes y planificaciones tendentes a la reducción de consumos de agua municipales, mejora de los rendimientos en los procesos de consumo de agua asociados a las instalaciones y planes para la reducción de consumos energéticos en las instalaciones. - Plan de acciones de sensibilización y concienciación ambiental. Se incluirá una propuesta de acciones de mejora de la percepción social de los servicios de abastecimiento, así como de la necesidad de los mismos, la necesidad de mejorar y reducir los usos del agua, concienciación sobre el consumo responsable, la reducción de pérdidas, el aviso al Consorcio sobre averías y/o situaciones anómalas o irregulares, etc.. La propuesta de acciones debe acompañarse con una planificación de las mismas en el entorno geográfico correspondiente y la disposición de medios y equipos para cumplir dicha planificación. - Plan de mejora de las condiciones laborales, plan de igualdad y plan de formación. Se hará referencia en este apartado, a las acciones propuestas por el licitador para mejorar condiciones laborales de los trabajadores adscritos al servicio, tales como el desarrollo de un Plan de Igualdad, la implementación de un plan de formación, planes de conciliación, etc. Las acciones serán concretas para el personal adscrito y auxiliar de este servicio y contendrán acciones concretas y determinadas. El licitador podrá presentar en este apartado datos o certificado de inscripción en el RERA o compromiso con empresa homologada. ## 3.-DOCNº3: ESTUDIOS ESPECÍFICOS DEL SERVICIO (10 PUNTOS) En este documento el licitador incluirá los estudios específicos que considere aplicables al servicio. El objeto es presentar planes y medidades concretas y definidas, con desglose de los medios, alcance y ejecución, diferenciando las aportaciones económicas que asume el licitador respecto a la ejecución de estos estudios especificos. Será necesario establecer un planning de ejecución temporal de las mismas. Se valorarán estudios realistas, con una disposición de medios acordes al volumen del contrato, adaptados a la situación, características y necesidades propias del servicio. <!-- image --> <!-- image --> Página 19 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## SOBRE Nº 3.- SOBRE EN EL QUE DEBE INCORPORARSE LA DOCUMENTACION RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (CEMF) Contendrá una sola proposición firmada por la empresa o persona licitadora o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ANEXO IV del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto base de licitación del contrato. Todos los costes asociados al contrato y los conceptos incluidos en el desglose de costes del ANEXO II de este PCAP se entenderán incluidos en el precio ofertado, que contemplará así mismo los gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, laboral o social y el beneficio industrial del contratista, excepto el IVA, que será repercutido como partida independiente. En la oferta se indicará, tal y como se incluye en el modelo del ANEXO IV la dotación económica destinada a crear el fondo de reposición de equipos y/o la dotación económica destinada a la mejora del servicio, asumiendo el licitador que en la dotación económica se incluyen los gastos de adquisición, instalación, puesta en marcha e implementación de los equipos o sistemas objetos de los fondos de reposición y mejora, incluyendo gastos financieros, tasas, legalizaciones, etc., asociados a los mismos. No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Mesa de Contratación estime fundamental para considerar la oferta, carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto de licitación, varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ANEXO IV a este Pliego, tengan cifras comparativas como, por ejemplo, las expresión 'tanto menos' o bien 'tanto por ciento menos' que la proposición más ventajosa o conceptos similares, así como aquellas en las que existiese reconocimiento por parte de la empresa o persona licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá, con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación, la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura. Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las empresas o personas licitadoras/as cuando éstos no hayan procedido a su retirada, excepto las proposiciones económicas, que se conservarán en todo caso. <!-- image --> Firmado por: MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 20 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los criterios de adjudicación responderán a la siguiente ponderación: | DESCRIPCIÓNDELOSCRITERIOS | DESCRIPCIÓNDELOSCRITERIOS | PONDERACIÓN | |------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------|-----------------| | CRITERIOSDEVALORACIÓNEVALUABLESMEDIANTEFÓRMULASMATEMÁTICAS(CEMF) | CRITERIOSDEVALORACIÓNEVALUABLESMEDIANTEFÓRMULASMATEMÁTICAS(CEMF) | 60PUNTOS | | A) | Proposición Económica | Hasta 45 puntos | | B) | Dotación económica para el fondo de reposición de equipos | Hasta 15 puntos | | CRITERIOSDEVALORACIÓNQUEDEPENDENDEUNJUICIODEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSDEVALORACIÓNQUEDEPENDENDEUNJUICIODEVALOR(CEMJV) | 40PUNTOS | | C) | Criterios de organización y gestión del mantenimiento | Hasta 25 puntos | | D) | Criterios sociales y medioambientales | Hasta 5 puntos | | E) | Estudios específicos del servicio | Hasta 10 puntos | | TOTAL | TOTAL | 100PUNTOS | ## 14.1. CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS ESTABLECIDAS EN LOS PLIEGOS Los CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (CEMF) TENDRÁN UNA VALORACIÓN MÁXIMA DE 60 PUNTOS , que se dividen en: ## A. PROPOSICIÓN ECONÓMICA (MAX 45 PUNTOS) Mediante este criterio se valora la oferta presentada por el licitador para la ejecución del contrato, que comprenderá para cada instalación los precios de los distintos conceptos que componen el coste del contrato y que responderán a la estructura de los costes que se relacionan en el ANEXO II de este PCAP y que han servido como base de cálculo para el presupuesto base de licitación. La proposición económica se realizará conforme al modelo establecido en el ANEXO IV y deberá contener, los conceptos que conforman el coste del servicio. El importe ofertado para el conjunto de las instalaciones configurará el precio del contrato. Establecimiento de la puntuación en fase de adjudicación. Se otorgarán 45 PUNTOS A LA OFERTA MÁS ECONÓMICA y se valorarán el resto de propuestas aplicando la siguiente fórmula: Donde: =Puntuación de la oferta presentada. // Po PMAX = Puntuación máxima del criterio. OE = Importe (€) de la oferta más económica. // Oi = Importe (€) de la oferta del licitador. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 21 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## B. DOTACIÓN ECONÓMICA PARA EL FONDO DE REPOSICIÓN Y MEJORA (MAX 15 PUNTOS) Se valorará con este criterio, la disposición de una dotación económica destinada a crear un fondo para la reposición de equipos electromecánicos de las instalaciones objeto del contrato. El fondo de reposición estará destinado a la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de equipos obsoletos o que presenten fallos o averías irreparables y en todo caso, no imputables al contratista (no derivados de falta de mantenimiento o de diligencia en la prestación del servicio). Se presentará la oferta conforme al modelo del ANEXO IV del presente PCAP. El fondo de reposición y mejora se ofertará para la duración inicial del contrato y se extenderá un fondo equivalente a la anualidad media establecida para la duración inicial, por cada año de prórroga que se establezca. ## SE ESTABLECE UN LÍMITE PARA ESTE FONDO DE REPOSICIÓN Y MEJORA (LPRE) EQUIVALENTE AL 10 % DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (SIN IVA) [MAX LPRE = 58.836,55 €] ## Establecimiento de la puntuación en fase de adjudicación Valoración del fondo de reposición ofrecido por el licitador: <!-- image --> Donde: PiRE =Puntuación de la oferta presentada. // PREMAX = Puntuación máxima del criterio de importe ofrecido. AiRE = Importe (€) ofertado por el licitador. // LPRE = Importe Máximo / Límite definido Fondo de Reposición y Mejora (€). ## Acreditación en fase de ejecución Cuando el Adjudicatario o MásMedio consideren que debe reponerse, sustituirse o mejorarse un equipo, instalación o proceso asumible por este fondo, se realizará un estudio técnico por parte del Adjudicatario que contenga toda la información técnica y económica necesaria para su ejecución. Cuando esta documentación y actuación sea aprobada por MásMedio se procederá a su ejecución y certificación, descontando el importe de la misma del fondo de reposición y mejora. MásMedio podrá solicitar los presupuestos e informes que estime necesarios con objeto de contrastar los datos presentados por el Adjudicataro. La ejecución de la reposición atenderá a lo indicado en este pliego, en el PPTP y a las instrucciones del Responsable del Contrato. El fondo de reposición y mejora se mantendrá durante toda la vigencia del contrato y se extinguirá cuando se haya agotado. En caso de prórroga del contrato, se generará un nuevo fondo de reposición equivalente a las anualidades medias del inicial. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 22 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 14.2. CRITERIOS DE VALORACIÓN TÉCNICA O DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR ## Los CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR (CEMJV), TENDRÁN UNA PONDERACIÓN MÁXIMA DE 40 PUNTOS , desglosados conforme a los siguientes criterios: | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | |-------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------| | CRITERIO | SUBCRITERIO | ASPECTOSAVALORAR | PTOS | | D)CRITERIOSDE ORGANIZACIÓNY GESTIÓNDEL SERVICIO (PUNTUACIÓN | Memoria de las condiciones de la gestión, explotación y prestación del servicio | Se valora con este aspecto, la propuesta de condiciones y parámetros de operación y explotación para cada una de las instalaciones incluidas en el objeto de este contrato. Se valorará especialmente aquellas condiciones de operación que garanticen alcanzar niveles de garantías cualitativas y cuantitativas elevadas, mejorando la robuztez del sistema y el control del Consorcio y el Adjudicatario sobre el servicio, la operación de las instalaciones, y el control del personal. En este apartado se incluirán los procesos que se emplearán para la adquisición y disposición de reactivos químicos en las plantas. | Hasta 10 puntos | | D)CRITERIOSDE ORGANIZACIÓNY GESTIÓNDEL SERVICIO (PUNTUACIÓN | Metodología y planificación del mantenimiento y la conservación de instalaciones. | Se valorará la propuesta del licitador en cuanto a metodología y operativa de la gestión y el mantenimiento de las instalaciones del contrato, el desarrollo de planes de mantenimiento concretos por subsectores de actividad, planes de pintura, engrase, diagnosis especializadas, estructuras, control termográfico, telecontrol, limpieza de depósitos de todo tipo, etc. Se valorará la presencia de cronogramas de tareas, planificaciones de mantenimiento preventivo y predictivo, partes de trabajo, revisiones legales y periódicas,etc. Las necesidades de mantenimiento y protección de los trabajadores frente respecto al almacenamiento de reactivos químicos y las propias actividades relacionadas con el APQ serán valoradas. | Hasta 5 puntos | | MÁXIMA 25 | Metodología de operación y medios materiales dispuestos ante averías e incidencias en el servicio. | Se valorará especialmente la exposición de una metodología y actuaciones claras para solventar, con garantías, averías en las instalaciones y especialmente en las redes de abastecimiento y bombeos. Se deberán detallar medios propios o comprometidos para dichas actuaciones y metodología a emplear para la prestación del servicio de averías 24 horas (retén). La realidad de la respuesta frente a la emergencia y la aplicabilidad de los medios y heramientas será especialmente valorado, así como el procedimiento de comunicación con el Consorcio y Ayuntamientos de estas incidencias y averías. En este apartado se podrá detallar el stock de piezas de reposición y averías que el licitador propone, así como la ubicación y número de almacenes del servicio, stock de obligada existencia. | Hasta 3 puntos | | D)CRITERIOSDE ORGANIZACIÓNY GESTIÓNDEL SERVICIO (PUNTUACIÓN | Criterios cualitativos, programa de autocontrol y proceso | Se valorará la concreción de un número de analíticas mínimo anual, que nunca podrá ser inferior a lo establecido en el PPTP y la legislación de aplicación. También se valorará la aplicabilidad y realidad de otras medidas del control de calidad, Plan de Autocontrol, compromisos de seguimiento y relleno de datos en SINAC, actividades DDD y plan de actuación para prevención de legionella, etc. | Hasta 3 puntos | | D)CRITERIOSDE ORGANIZACIÓNY GESTIÓNDEL SERVICIO (PUNTUACIÓN | Medios humanos propuestos para la gestión del servicio y organización del mismo. | Se valorará la propuesta de la plantilla operativa del servicio que mejore los mínimos indicados en el PPTP de la licitación y que favorezca la optimización del servicio, la resolución de incidencias y la mejora de rendimientos en los procesos de potabilización. Se tendrá en cuenta especialmente la propuesta de técnicos especialistas con acreditada experiencia en potabilización y gestión de servicios de abastecimiento, así como la organización propuesta para el personal, la adecuación de horarios propuestos, etc. | Hasta 4 puntos | <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 23 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) Los medios materiales que el licitador considera como necesarios para la prestación del servicio se incluiran en los respectivos apartados de las memorias y metodologías expuestas. Se valorarán todos aquellos equipos, materiales, herramientas de mano, medios auxiliares, medios comprometidos con terceros para el servicio, equipos y herramientas para hacer frente a averías, equipos auxiliares para trabajos nocturos, equipos auxiliares para labores de limpieza y desatascos, equipos de control de redes, equipos de control de fugas, herramientas TIC, etc. El stock de piezas, tipología, materiales, timbraje, etc., para hacer frente a averías, podrán ser detallados por el licitador. Sera un aspecto especialmente valorable dadas las garantías que supone para el servicio y es un requisito indispensable del mismo. Las actividades complementarias a las averías, como son, aviso a la población, comunicación con el Consorcio, señalización, medios para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y de los ciudadanos, stock y metodología de la reposición de averías, así como cualquier otra actividad realacionada, será detallado por el licitador en el apartado correspondiente. | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | CRITERIOSEVALUABLESMEDIANTEJUICIOSDEVALOR(CEMJV) | |----------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------| | CRITERIO | SUBCRITERIO | ASPECTOSAVALORAR | PTOS | | E) CRITERIOS SOCIALESY MEDIOAMBIENTALES (PUNTUACIÓN MÁXIMA 5 PUNTOS) | Plan medioambiental y establecimiento de acciones tendentes a la reducción de la huella ambiental del servicio. | Se valora el establecimiento de un Plan de gestión medioambiental concreto para el servicio objeto del contrato y las instalaciones afectas al mismo, que incluya la determinación de objetivos de reducción de aspectos como la huella de carbono, huella hídrica o emisiones contaminantes. Se determinarán y valorarán así mismo, los medios dispuestos para la consecución de objetivos y los procedimientos de análisis y seguimiento de los mismos. Se valorará el establecimiento de indicadores ambientales del servicio, la disposición de medios para la gestión del sistema y el seguimiento de indicadores. | Hasta 2 puntos | | E) CRITERIOS SOCIALESY MEDIOAMBIENTALES (PUNTUACIÓN MÁXIMA 5 PUNTOS) | Acciones tendentes a la concienciación y sensibilización de la población Establecimiento de Plan de mejora de condiciones laborales, plan de igualdad y plan | social de los servicios de abastecimiento, así como de la necesidad de los mismos, la necesidad de mejorar y reducir los usos del agua, concienciación sobre el consumo responsable, la reducción de pérdidas, el aviso al Consorcio sobre averías y/o situaciones anómalas o irregulares, etc.. La propuesta de acciones debe acompañarse con una planificación de las mismas en el entorno geográfico correspondiente y la disposición de medios y equipos para cumplir dicha planificación. Se valora mediante este aspecto la propuesta del licitador de medidas concretas que redunden en la mejora de las condiciones laborales del personal adscrito al servicio, que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en la prestación del servicio o | Hasta 2 puntos Hasta 1 punto | | CRITERIO | de formación. | la incorporación de nuevo personal al servicio o que desarrollen propuestas concretas de formación en materia de potabilización de aguas. Los datos realtivos a la inscripción en RERA o compromiso de colaboración con empresa inscrita podrán incorporarse en este apartado. | | | | SUBCRITERIO | ASPECTOSAVALORAR | PTOS | | F)ESTUDIOS ESPECÍFICOSDEL SERVICIO (PUNTUACIÓN MÁXIMA 10 PUNTOS) | Estudios específicos del Servicio | Se valorarán estudios realistas, con una disposición de medios acordes al volumen del contrato, adaptados a la situación, características y necesidades del servicio (ANR, fugas, redes, mejora de rendimientos hídricos, cualitativos, prestación del servicio, telecontrol, instalaciones, etc.). Los medios, cuantías, alcance de la oferta de los estudios específicos, número de estudios a aplicar por el licitador, etc., serán detallador en la oferta. Los estudios deben estar enfocados en la mejora integral del servicio, tanto técnica, como de garantías de prestación como de aspectos medioambientales. Se valorará muy positivamente la concreción, aplicabilidad y detalle de los estudios necesarios y aplicables al servicio, así como la definición económica asumida por el licitador. | Hasta 10 puntos | <!-- image --> <!-- image --> Página 24 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS (CEMJV): Se valorará la concreción en la presentación de la ofertas, la adecuación del contenido a los criterios evaluables y a las instalaciones objeto de prestación del servicio, no considerándose adecuadas aquellas propuestas que no hagan referencia al servicio objeto de este contrato. La distribución de la puntuación de las ofertas técnicas que recogen los Criterios de valoración no matemáticos se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración enunciados, atribuyéndole la calificación de: - Muy buena o muy adecuada para las necesidades del servicio a contratar: cuando se realice un estudio detallado del aspecto en cuestión y se propongan medidas de actuación adecuadas, precisas, bien definidas y/o innovadoras. (91-100 % puntuación máxima). - Buena o bastante adecuada a las necesidades del servicio a contratar: cuando el estudio y propuesta en relación con el elemento a valorar sea detallado y se propongan algunas medidas de actuación precisas y/o innovadoras. (71-90 % puntuación máxima). - Regular o adecuada a las necesidades del servicio a contratar: cuando se limite a un somero estudio del servicio y/o se realicen aportaciones de actuación escasas y/o poco precisas. (50-70 % puntuación máxima). - Mala o poco adecuada a las necesidades del servicio a contratar: cuando se mejoren muy escasamente los aspectos a valorar por encima de los mínimos exigidos en la documentación técnica que defina el objeto del contrato. (31-50 % puntuación máxima). - Inadecuada o no valorable para el servicio a contratar: cuando lo aportado no se corresponda con las necesidades del servicio objeto del contrato, no se hayan tenido en cuenta los requisitos mínimos que se recogen en la documentación y los pliegos del contrato o no se responda a lo requerido en la descripción del criterio a evaluar. (0-30 % puntuación máxima). ## 15. CRITERIOS DE DESEMPATE De conformidad con lo establecido en el artículo 147.2 de la LCSP, en el caso de que se produzca el empate entre dos o más ofertas, se aplicará el siguiente régimen de desempate: - Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el Mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. - Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. - Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. - El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 25 de 69 <!-- image --> PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 16. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Las comunicaciones y notificaciones se realizarán por medios electrónicos a través de los medios habilitados para tal fin desde la plataforma de contratación de MásMedio. Los plazos que se derivasen de una notificación, se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, siempre y cuando el acto objeto de notificación se haya publicado en el perfil del contratante tal y como se indica en la DA 15ª de la LCSP. El plazo para considerar rechazada la notificación electrónica, con los efectos previstos en el Art.41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, será de 10 días naturales computados desde que se tenga constancia de la puesta a disposición del interesado sin que se acceda a su contenido, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso. ## 17. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES No se admiten variantes. ## 18. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO - I. El contrato se adjudicará por el procedimiento ABIERTO , de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la LCSP. La elección de este procedimiento de adjudicación se justifica por ser el procedimiento que, en mayor grado, garantiza los principios de transparencia, igualdad y libre concurrencia, consagrados en la legislación contractual, todo ello teniendo en cuenta la naturaleza y objeto del presente contrato, que permite efectuar la adjudicación del mismo sin necesidad de llevar a cabo negociaciones, como ocurre en el procedimiento negociado, ni una previa selección de licitadores según su solvencia, como ocurre en el procedimiento restringido. - II. Todas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la plataforma electrónica de contratación, que se pone a disposición de los licitadores, serán custodiadas y encriptadas, sin posibilidad de acceder a su contenido, en ningún caso, hasta que se constituya la Mesa de Contratación. - III. Una vez constituida la Mesa de Contratación, se procederá a la apertura de las proposiciones presentadas en tiempo y en forma. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados mediante la herramienta de notificaciones electrónicas de la plataforma electrónica de contratación, concediéndoles un plazo no superior a tres días naturales para que los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión, si en el plazo concedido, no proceden a la subsanación. También podrá requerir, en su caso, a los oferentes para que formulen por escrito las aclaraciones necesarias para la comprensión de algún aspecto de las ofertas. En ningún caso se admitirá que, en proceso de aclaraciones, el licitador varíe el contenido de su oferta. Sólo podrá ser considerada la información que facilite el análisis de la solución propuesta inicialmente. <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 26 de 69 <!-- image --> Cargo: ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - IV. Realizadas en su caso las actuaciones previstas en el apartado anterior, la Mesa procederá a: - a. Excluir las ofertas que no cumplan los requerimientos de los pliegos. - b. Evaluar y clasificar las ofertas atendiendo a las siguientes consideraciones: se adjudicará al licitador que presente la oferta más ventajosa en aplicación de los criterios de adjudicación. - V. Realizar propuesta de adjudicación. - VI. Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o en el registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que las empresas propuestas están debidamente constituidas; que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta; que ostenta la solvencia económica, financiera y técnica y profesional o, en su caso la clasificación correspondiente y que no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Para que el certificado ROLECE sea válido y exima de la presentación de la documentación acreditativa de la capacidad y solvencia de licitador, en el deberá figurar toda la información completa y actualizada. En todo caso, deberá presentar la documentación justificativa de contratación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. - VII. Requerir a las empresas que hayan obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica, en caso de que recurran a las capacidades de otras entidades, para que aporten el compromiso al que se refiere el art. 75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP; así como cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, y todo ello en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel que hubiera recibido el requerimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 150.2 de la LCSP. - VIII. En el supuesto de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el art. 149 de la LCSP, la Mesa de Contratación seguirá el procedimiento previsto en el citado artículo y en el artículo 19 de este PCAP, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar los 5 días hábiles desde el envío del correspondiente requerimiento de justificación Se considerará que una oferta es anormalmente baja cuando se cumplan los parámetros definidos en el ANEXO VI . - IX. En caso de igualdad de dos o más proposiciones se estará a los dispuesto en el art. 147 apartado 2 de la LCSP y a los criterios de desempate especificados en este PCAP. La documentación acreditativa de los criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 27 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 19. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, la Mesa de contratación aprecie que alguna de las ofertas está incursa en presunción de anormalidad, se concederá a los licitadores que hayan presentado estas ofertas un plazo de 5 días para que presenten documentación que justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes tenidos en cuenta en su oferta y que refiera los valores señalados al respecto en el artículo 149.4 de la LCSP. Se entenderá que la oferta es anormal o desproporcionada cuando el importe ofertado se encuentre por debajo del importe correspondiente a la baja máxima posible aplicando los criterios establecidos en el ANEXO VI . Recibidas las justificaciones, la Mesa solicitará un informe técnico, que analice detalladamente las motivaciones que haya argumentado el licitador para poder mantener su oferta. En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes. A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico que las analice, el órgano de contratación, propondrá motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión. En la valoración de las ofertas no se incluirán las proposiciones declaradas desproporcionadas o anormales hasta tanto no se hubiera seguido el procedimiento establecido en el art. 149 de la LCSP y en su caso, resultara justificada la viabilidad de la oferta. ## 20. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER PREVIO A LA ADJUDICACIÓN Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, se requerirá al licitador que hubiera presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles , en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 150.2 de la LCSP, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la siguiente documentación: - a. Documentos acreditativos de haber constituido las garantías definitivas y en su caso, complementarias para la adjudicación del contrato. - b. Documentos acreditativos de que la empresa está debidamente constituida. - c. Si la oferta se presenta por persona jurídica, deberá presentar copia auténtica o testimonio notarial de la escritura o documento de constitución o modificación, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - d. Si se trata de empresario individual o persona física presentará fotocopia compulsada o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad, o el que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente. - e. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o presentar las certificaciones que se indican en el apartado 3, del Real Decreto 1098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCSP. <!-- image --> <!-- image --> Página 28 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - f. Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe expedido de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables, en forma sustancialmente análoga. Se prescindirá de este informe en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Los documentos que se citan en los dos párrafos anteriores deberán aportarse en originales o mediante copias que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. - g. Cada uno de los empresarios que concurran en unión temporal acreditará su personalidad y capacidad, debiendo aportarse una declaración conjunta en la que se designe un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. - h. Documentos acreditativos de que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta. Los que firmen, en nombre de otro, las declaraciones responsables previstas en el apartado anterior presentarán, en su caso, copia notarial original o copias que tengan carácter de auténticas o autenticadas de la escritura pública de otorgamiento del poder de representación. No será necesario el bastanteo del poder de representación. Si el licitador es una persona jurídica, el poder general y las delegaciones de facultades deberán figurar inscritos, en su caso, en el Registro Mercantil. Además, se aportará fotocopia compulsada o autenticada del DNI o el documento que lo sustituya reglamentariamente del propio representante. Así mismo se podrá acreditar la representación mediante la aportación del certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura. - i. Documentación justificativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.La acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional se realizará por los medios que, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 87 y 89 de la LCSP, a continuación, se indican: 5.  La SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (art. 87 de la LCSP) se acreditará mediante cuentas anuales o declaración del empresario sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato , referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. El volumen de negocios anual mínimo será una vez y media el valor anual medio del contrato. 6.  La SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (art. 90 de la LCSP) se acreditará mediante una relación suscrita por el empresario de los principales servicios de características similares a los que son objeto del presente contrato, efectuados en el curso de, cómo máximo, los últimos tres años, en la que se indique el objeto, importe, fechas y el destinatario, público o privado, de cada uno de ellos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos que acrediten la realización de la prestación. Se acreditará análogamente, la disposición de personal cualificado en la organización adjudicataria mediante la presentación de los títulos académicos del personal indicado, así como los contratos laborales del personal acreditado. <!-- image --> Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 29 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) Si el licitador estuviera inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o en el registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura de forma que la Mesa de Contratación pudiera acreditar fehacientemente que el adjudicatario cuenta con la solvencia y/o clasificación exigida y su vigencia, podrá eludir la presentación de los documentos relativos a la solvencia. - j. Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - k. Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Administración del Estado donde se especifique que el licitador está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y 15 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP. La certificación podrá aportarse en la forma establecida en el Real Decreto 1.671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. - l. Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Junta de Extremadura de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con esta Administración Autonómica, en los términos del artículo 13 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP. Esta certificación podrá ser aportada por medios electrónicos en los términos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet). - m. Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Diputación Provincial de Cáceres de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con esta Administración provincial, en los términos del artículo 13 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP. Esta certificación podrá ser aportada por medios electrónicos en los términos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos. - n. Certificación positiva expedida por el órgano competente del Consorcio 'MásMedio' acreditativa de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 y 15 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCAP. - o. Igualmente, se acreditará, en su caso, estar dado de Alta y al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, acreditación que se efectuará con la aportación del alta, referida al ejercicio corriente, así como con el último recibo, acompañándose además de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. No obstante, lo anterior, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGLCAP, se acreditarán las circunstancias a que los mismos se refieren mediante declaración responsable (artículo 15.1 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el RGLCSP) <!-- image --> <!-- image --> Página 30 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - p. Cuando el licitador sea un empresario extranjero de un Estado miembro de la UE o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar, bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados en un Estado Miembro, bien mediante la documentación acreditativa de los citados extremos conforme al siguiente apartado 11.8, dentro del mismo plazo de siete días hábiles desde la comunicación. - q. En el caso de que el candidato propuesto como adjudicatario no presente la documentación requerida, se efectuará la propuesta de adjudicación a favor del siguiente mejor candidato en puntuación, procediéndose en su caso conforme a lo señalado en los apartados anteriores. En tal caso, se entenderá que el candidato retira su propuesta y se le exigirá el 3% del presupuesto base de licitación en concepto de penalidad. - r. Una vez comprobada la documentación requerida a la persona licitadora que presentó la mejor oferta es correcta, el órgano de contratación adjudicará el contrato. La adjudicación se notificará a los licitadores en la forma prevista en el artículo 151 de la LCSP. ## 21. GARANTÍAS Y FORMA DE CONSTITUCIÓN ## 21.1. GARANTÍA DEFINITIVA Para concurrir a la licitación regulada en este pliego no es necesaria la constitución de garantía provisional. Se establece una garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación , IVA no incluido. El adjudicatario deberá constituir esta garantía en cualquiera de las formas admitidas en el art. 108 de la LCSP dentro del plazo de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que hubiera recibido el requerimiento que se regula a estos efectos en el art. 150 de la LCSP. Al régimen de garantías prestadas por terceros le será de aplicación lo dispuesto en el art. 112 de la LCSP. Será de aplicación lo dispuesto en el art. 109 de la LCSP para la reposición y reajuste de las garantías. La garantía responde de los conceptos enumerados en el art. 110 de la LCSP, como son las penalidades impuestas al contratista, los gastos originados a la Administración por demora e incumplimientos del contratista, los daños y perjuicios ocasionados a consecuencia de la ejecución del contrato, etc. La devolución y cancelación de las garantías se regirá por lo dispuesto en el art. 111 de la LCSP. Aprobada la liquidación del contrato, y si no se derivasen responsabilidades, que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. ## 21.2. GARANTÍA COMPLEMENTARIA Se exigirá una garantía complementaria equivalente al 5% del importe de adjudicación en el supuesto de que el adjudicatario hubiera presentado oferta con valores anormales o desproporcionados, según lo previsto en el presente pliego. <!-- image --> <!-- image --> Página 31 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 22. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores, debiendo ser publicada en el perfil del contratante en el plazo de 15 días desde la resolución. Presentada la garantía definitiva y, en los casos en que resulte preceptiva la garantía complementaria, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización. Sin perjuicio de lo establecido en el art. 155.1 de la LCSP, la notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior, deberá contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, debiendo exponer en todo caso: - a. Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se ha admitido su oferta, incluidos los motivos de la decisión de que los servicios no se ajustan a los requisitos exigidos en los pliegos; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario. - b. El nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de este con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas se hayan admitido. No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, conforme al artículo 44.1 a) de la LCSP, y así se indica en el Anexo I. Cuadro Resumen de características del contrato, su formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se remita la notificación de adjudicación a los licitadores. El órgano de contratación requerirá en este caso al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a 5 días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , que se efectuará una vez transcurrido el plazo de 15 días mencionado en la primera parte de este párrafo sin que se hubiera interpuesto el recurso que lleva aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. ## 23. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a MásMedio. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización o, en su caso, de la aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. <!-- image --> <!-- image --> Página 32 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 24. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO - I. El contrato se perfeccionará con la formalización del mismo, que se realizará en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, en los términos del art. 153 de la LCSP. - II. Una vez formalizado el contrato se procederá a publicar el mismo en el Perfil del Contratante con los mismos datos del anuncio de adjudicación. Así mismo, se procederá a su publicación en el DOUE. - III. Cuando por causas imputables al adjudicatario, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo, se podrá resolver el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes, por el orden de sus ofertas, contado con la conformidad de la empresa propuesta como adjudicataria. - IV. Si el órgano de contratación observa que en la documentación presentada hay defectos o errores de carácter subsanable, lo comunicara a la empresa licitadora para que los corrija en el plazo máximo de 3 días hábiles. - V. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del tres por ciento (3%) del presupuesto base de licitación , IVA excluido, en concepto de penalidad. - VI. En este supuesto, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas. Todo ello de acuerdo con lo señalado en el art. 150.2 de la LCSP. - VII. Asimismo, la eventual falsedad en las declaraciones responsables de las empresas licitadoras o en cualquier dato relativo a su capacidad y solvencia puede dar lugar a causa de prohibición de contratar con el sector público, conforme al art 71.1.e) de la LCSP. - VIII. El órgano de contratación habrá de adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en al apartado 3 y 4 del art. 150 de la LCSP. La formalización del contrato se publicará en la forma prevista en el art. 154 LCSP. ## 25. EJECUCIÓN DEL CONTRATO - I. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. - II. El contratista está obligado a ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo establecido en sus estipulaciones, en el presente PCAP y en el PPT, y de acuerdo con las instrucciones que reciba del responsable del contrato. - III. El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Consorcio MásMedio, los Ayuntamientos afectados por el servicio, así como para terceros en relación con las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. - IV. El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con la actividad desarrollada. Para utilizar tecnología, procedimientos, materiales, suministros y equipos en la ejecución del contrato deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios, de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y debiendo indemnizar a los perjudicados por todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de reclamaciones. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 33 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - V. El contratista garantiza que la prestación del servicio se llevará a cabo cumpliendo como mínimo, los requisitos establecidos en el PPTP aplicable al contrato. - VI. En todo caso, el contratista deberá velar por el cumplimiento de las siguientes estipulaciones: - a. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. - b. El contrato se ejecutará de conformidad con lo estipulado en él y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista el Consorcio MásMedio. - c. El contratista está obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los arts. 192 y 197 LCSP. - d. Si durante el desarrollo del trabajo procediera la modificación del contrato con arreglo a lo dispuesto en el presente pliego, se actuará en la forma prevista en la LCSP. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de trabajo. - e. En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en el art. 208 LCSP y normas de desarrollo. Si el Consorcio MásMedio acordará una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión. - f. De conformidad con el art. 311 LCSP, el contratista será responsable de los servicios prestados y de las consecuencias que se deduzcan para el Consorcio MásMedio o para los terceros de las omisiones, infracciones de preceptos o reglamentos, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. - g. El Órgano de Contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, tal y como se establece en el art. 311 LCSP. - h. El adjudicatario debe garantizar el servicio en las condiciones pactadas, durante toda la vigencia del contrato, sin que el mismo pueda verse alterado en periodo de vacaciones y en otras circunstancias. - i. La recepción se realizará conforme a lo dispuesto en los arts. 210 LCSP. - j. Tanto el contratista, como sus subcontratistas deberán cumplir las condiciones especiales de ejecución señaladas en este contrato. - k. Cuando el adjudicatario o el personal a su servicio incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha de la prestación del servicio, el Consorcio MásMedio podrá exigir la adopción de medidas concretas y específicas para conseguir el buen orden en el cumplimiento del contrato. - l. El adjudicatario será responsable de cualquier tipo de daños que se causaran a terceros, como consecuencia de la ejecución del presente contrato. - m. El incumplimiento de lo establecido en este PCAP y/o en el contrato dará lugar a la incoación de un expediente de imposición de penalidades que irá, atendiendo a su proporcionalidad, del 1% al 10% del precio de adjudicación del contrato e incluso, podrán llevar aparejada la resolución del contrato. ## 26. REVISIÓN DE PRECIOS El precio correspondiente al presente contrato no será objeto de revisión, puesto que no se cumplen las determinaciones establecidas para la revisión de precios de este tipo de contratos en el artículo 103 de la LCSP. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 34 de 69 <!-- image --> PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 27. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. ## 27.1. Cesión Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 214.2 LCSP, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2, letra b) del artículo 214 LCSP, no podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato. Realizada la tramitación preceptiva y correspondiente autorización, el cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. En relación con la posibilidad de cesión del contrato habrá que estar a lo establecido en el cuadro de características del contrato y se cumplirán los requisitos siguientes: 1. Que no afecte a algún trabajo que expresamente se haya exigido ejecutar al adjudicatario, reflejado en el Cuadro Resumen de Características del contrato. 2. Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Con carácter previo a esta autorización se emitirá un informe que acredite que el adjudicatario cedente ha cumplido todas las obligaciones que en ejecución del contrato ha de haber cumplido hasta la fecha de la cesión, y que no existen reclamaciones ni responsabilidades pendientes que puedan ser imputables al mismo. 3. Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del importe del contrato. 4. Que el cesionario tenga la capacidad y solvencia exigida para realizar el contrato de cuya cesión se trate y no esté incurso en prohibición para contratar. 5. Que la cesión se formalice entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública. Se exigirá en esta escritura una estipulación en virtud del actual el nuevo contratista asume frente al Consorcio todas las responsabilidades que, derivadas de la ejecución del contrato, puedan resultar imputables al contratista cedente, sin perjuicio de las reclamaciones que en este caso puedan reclamarse entre las partes. 6. Que se constituya garantía definitiva por el cesionario en la misma cuantía que la constituida por el cedente, en su caso. En los casos de FUSIÓN DE EMPRESAS en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad absorbente o con la que resulte de la fusión, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación o que se responsabilicen solidariamente las sociedades afectadas en los términos establecidos en el artículo 98 de la LCSP. <!-- image --> <!-- image --> Página 35 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 27.2. Subcontratación - I. El contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación si así se establece en el Cuadro de características del contrato y con los requisitos y alcance que se establezcan en el mismo. - II. En el caso de que sea posible la subcontratación, el adjudicatario podrá subcontratar parcialmente la ejecución del contrato, cumpliendo los requisitos establecidos en art. 215.2 y ss de la LCSP salvo que la prestación, o en parte de la misma deba ser ejecutada directamente por el contratista y en concreto la celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos: - a. Las empresas o personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones de que éstos no están incursos en prohibición de contratar, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional. - b. En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar. - c. El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información necesaria sobre los nuevos subcontratistas. - d. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia será suficiente para acreditar la aptitud del mismo. - e. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si esta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente. - f. Los subcontratistas quedaran obligados solo ante el contratista principal. No cabrá ejercer la acción directa del art. 1597 del Código Civil. - g. El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral. Asimismo, deberá informar a las empresas subcontratistas de las condiciones de ejecución previstas en este pliego estando los mismo obligadas, también, a su cumplimiento. - h. El contratista debe obligarse a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones en el plazo de treinta días naturales desde la presentación de la factura. El plazo para la aprobación o conformidad no será superior a treinta días naturales desde su presentación. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 36 de 69 <!-- image --> PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 28. OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN El adjudicatario vendrá obligado a elevar al Consocio MásMedio toda la información detallada como INFORMES PERIÓDICOS en el PPTP, en tiempo, contenido y forma. Así mismo, el adjudicatario queda obligado a proporcionar cualquier información que se le requiera en relación con cualquier aspecto del servicio. En el PPTP se establecen toda la información y datos relativos al servicio que la empresa adjudicataria tiene la obligación de trasladar al Consorcio MásMedio. ## 29. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Para la ejecución de este contrato se establecen condiciones especiales de ejecución de tipo laboral, social y medioambiental. El incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades correspondientes. El control del cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución corresponde al responsable del contrato. ## 29.1. MEDIDAS PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. La empresa adjudicataria se compromete a garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. La adjudicataria cumplirá con la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tal y como lo asume con la presentación de la declaración responsable a la que se refiere este Pliego, cuando la empresa se halle en alguna de las circunstancias siguientes: -  Disponer de más de 50 trabajadores/as. -  Cuando así lo establezca en convenio colectivo que le sea aplicable. -  Cuando la autoridad laboral lo hubiese acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador. En el supuesto de que la empresa posea el distintivo empresarial en materia de igualdad, quedará exenta de la obligación señalada en el punto anterior. Se establece además, como condición especial de ejecución la necesidad de Garantizar la igualdad en la contratación de personal y la paridad salarial entre las mujeres, hombres y otros trabajadores con identidad o condición sexual o expresión de género diferente. A efectos de su acreditación, el órgano de contratación, en cualquier momento, y para velar por el cumplimiento de las obligaciones citadas, podrá exigir a la persona o entidad contratada que exhiba los documentos justificativos del cumplimiento de dichas condiciones, así como solicitar la celebración de reuniones de seguimiento o informes periódicos de evaluación. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 37 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 29.2. OBLIGACIONES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación. Además, todos los trabajos de ejecución de los servicios deberán respetar las siguientes condiciones: - a) Se establecerán medidas de minimización y reutilización del consumo de agua necesaria para la ejecución de los servicios. - b) Se adoptarán las medidas precisas para minimizar los ruidos y vibraciones que puedan ocasionar molestias, realizando los trabajos que impliquen estos inconvenientes en horarios compatibles con los horarios de descanso de los ciudadanos y respetando en todo caso la normativa específica sobre ruido. - c) Los residuos que se puedan generar se deberán tratar de acuerdo a lo previsto por la normativa vigente. - d) Se evitará la contaminación que se entenderá comprensiva del medio ambiente atmosférico, de los recursos naturales (curso de agua, masas forestales…) y de cualesquiera otros bienes que puedan resultar dañados por motivo de la ejecución del contrato. - e) Las obligaciones descritas constituyen condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento en materia medioambiental dará lugar a la imposición de penalidades tipificadas como MUY GRAVES. ## 30. OBLIGACIONES RESPECTO DE LAS CONDICIONES LABORALES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO - I. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. - II. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, salarial, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización de los servicios objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. - III. El personal adscrito a las prestaciones objeto del contrato dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto al mismo. - IV. El adjudicatario se subrogará en los derechos y obligaciones laborales relativos al personal adscrito al servicio, en los términos previstos en la normativa de aplicación y a lo indicado en los convenios laborales de aplicación y el artículo 122.2 de la LCSP. Se incluye en este PCAP y en el PPTP el personal objeto de subrogación, indicándose la información necesaria sobre las condiciones de los trabajadores a los que les afecta la subrogación. <!-- image --> <!-- image --> Página 38 de 69 <!-- image --> Cargo: ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - V. No obstante, el adjudicatario responderá de cualquier indemnización a que hubiere lugar, derivada de la continuidad/no continuidad del personal que actualmente trabaja en los servicios que se desarrollarán inicialmente o en los que se vayan desarrollando en el futuro. En cualquier caso, de producirse la subrogación de alguna de las personas que actualmente se encuentran adscritas al servicio, el adjudicatario deberá comunicarlo al Consorcio MásMedio, indicando la causa del tal proceder. - VI. El personal subrogado, así como el que aporte o utilice el contratista, no tendrá ninguna vinculación jurídica laboral con el Consorcio MásMedio, ni durante la vigencia del contrato ni a la finalización del mismo, y dependerá única y exclusivamente del contratista, que asumirá la condición de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a tal condición conforme a la normativa de aplicación. El Consorcio MásMedio en ningún caso será responsable de las obligaciones del empresario y sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que pudiera adoptar fueren consecuencia, directa o indirecta, del cumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato. - VII. Si fuera necesario contratar nuevo personal, corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del mismo que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia), formará parte del equipo de trabajo asignado a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Consorcio MásMedio del cumplimiento de aquellos requisitos. - VIII. El adjudicatario estará obligado al pago de las obligaciones derivadas de la contratación de los trabajadores y al cumplimiento escrupuloso de todas las prescripciones legales y reglamentarias en materia de personal, derechos pasivos, seguridad social y cualquier otra vigente en materia laboral. A este respecto, se considerará infracción esencial del contrato, el incumplimiento del adjudicatario de pago de las nóminas a los trabajadores, el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las retenciones. - IX. Asimismo, el contratista está obligado el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con todo el personal adscrito al servicio. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicara responsabilidad alguna al Consorcio MásMedio. - X. El adjudicatario, queda obligado a requerimiento del órgano de contratación, a aportar los datos laborales que se le soliciten en relación con el artículo 130 de la LCSP previo a la finalización del contrato y como mínimo a aportar los siguientes datos: - Relación nominal de trabajadores, con indicación de la categoría profesional, antigüedad y jornada laboral. - Los costes salariales brutos de las personas que deban ser subrogadas con indicación del convenio laboral aplicable, incluidos Seguros Sociales, con desagregación de retribuciones básicas, complementarias, pagas extraordinarias, retribuciones diferidas y cualquier otro incremento retributivo que vengan percibiendo. - El Centro de trabajo donde preste servicio el personal a subrogar. - XI. En caso de huelga, esta circunstancia habrá de ser asumida por la empresa contratista adjudicataria del contrato y, por tanto, sus efectos económicos no podrán ser repercutidos al Consorcio MásMedio. En este caso, el contratista está obligado a ofrecer soluciones que garanticen los servicios mínimos imprescindibles que determine la administración competente. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 39 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 30.1. NOMBRAMIENTO DE COORDINADOR TÉCNICO O JEFE DE SERVICIO La empresa contratista deberá designar al menos un COORDINADOR TÉCNICO O JEFE DE SERVICIO integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: - Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a el Consorcio MásMedio, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo asignado al contrato, de un lado, y el Consorcio MásMedio, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. - Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. - Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - Organizar el régimen de vacaciones del personal asignado a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el Consorcio MásMedio, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. - Informar a el Consorcio MásMedio acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo asignado a la ejecución del contrato. - En referencia a la relación entre el adjudicatario y el Consorcio MásMedio, toda comunicación entre ambas entidades deberá hacerse por escrito, siendo la persona de contacto en el Consorcio MásMedio el responsable designado por la gerencia del centro. ## 31. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN ## 31.1. CONFIDENCIALIDAD En el supuesto en el que el adjudicatario, como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, tuviese acceso a datos personales responsabilidad del Consorcio MásMedio, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso comprometiéndose a mantener el secreto profesional y, en consecuencia, la confidencialidad sobre los hechos, informaciones, conocimientos y documentos y otros elementos que le hayan sido facilitados, así como de los resultados de los trabajos. ## 31.2. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), y en aplicación de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPD), de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 40 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea Responsable la Administración contratante, aquel tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento. En este supuesto, el acceso a esos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 28 del RGPD. En todo caso, las previsiones de este deberán de constar por escrito. ## 31.2.1. DATOS PERSONALES DE LOS INTERVINIENTES Para el cumplimiento del objeto de este pliego, el Adjudicatario deberá tratar los datos personales, de los cuales el Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio es Responsable de tratamiento, de la manera que se especifica en el ANEXO V de este pliego, denominado 'Tratamiento de Datos Personales'. Ello conlleva que actúe en calidad de Encargado del Tratamiento (más adelante Encargado o Adjudicatario). El Adjudicatario tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los Datos Personales. Por tanto, sobre el Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio, con domicilio social y a efectos de notificaciones en Ronda de San Francisco, 3 (Edificio Julián Murillo) 10003, Cáceres. y con número de identificación fiscal P1000044F, recaen las responsabilidades del Responsable del Tratamiento y sobre el Adjudicatario las de Encargado de Tratamiento. Si el Adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunicara o los utilizara incumpliendo las estipulaciones del contrato y/o la normativa vigente, será considerada también como Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. El ANEXO X Tratamiento de Datos Personales describe en detalle los Datos Personales a proteger, así como el tratamiento a realizar y las medidas a implementar por el Adjudicatario. En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en el ANEXO V, el Adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio estuviese de acuerdo con lo solicitado emitiría un Anexo 'Tratamiento de Datos Personales' actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. ## 31.2.2. ESTIPULACIONES COMO ENCARGADO DE TRATAMIENTO De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del RGPD, el Adjudicatario garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, complementadas con lo detallado en el ANEXO V: - Tratar los Datos Personales conforme a las instrucciones documentadas en el presente Pliego o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que, en su caso, reciba del Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio por escrito en cada momento. El Adjudicatario informará inmediatamente al Responsable cuando, en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de Datos Personales aplicable en cada momento. - No utilizar ni aplicar los Datos Personales con una finalidad distinta a la ejecución del objeto del Contrato. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 41 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - Tratar los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesaria o conveniente para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso. En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo y seguridad detallado en las siguientes cláusulas. - Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los Datos Personales a los que tenga acceso para la ejecución del contrato, así como sobre los que resulten de su tratamiento, cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del Adjudicatario, siendo deber del Adjudicatario instruir a las personas que de él dependan, de este deber de secreto, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación del Servicio o de su desvinculación. - Llevar un listado de personas autorizadas para tratar los Datos Personales objeto de este pliego y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad, y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les debe informar convenientemente y mantener a disposición del Responsable dicha documentación acreditativa. - Garantizar la formación necesaria en materia de protección de Datos Personales de las personas autorizadas a su tratamiento. - Salvo que cuente en cada caso con la autorización expresa del Responsable del tratamiento, no comunicar (ceder) ni difundir los Datos Personales a terceros, ni siquiera para su conservación. - Nombrar Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario según el RGPD, y comunicarlo a organismo público, también cuando la designación sea voluntaria, así como la identidad y datos de contacto de la(s) persona(s) física(s) designada(s) por el Adjudicatario como sus representante(s) a efectos de protección de los Datos Personales (representantes del Encargado), Responsable(s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de Datos Personales, en las vertientes legales/formales y en las de seguridad. - Una vez finalizada la prestación contractual objeto del presente Pliego, se compromete, según corresponda y se instruya en el ANEXO V, a devolver o destruir: - o los Datos Personales a los que haya tenido acceso; - o los Datos Personales generados por el Adjudicatario por causa del tratamiento; - o los soportes y documentos en que cualesquiera de estos datos consten sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción. El Encargado del Tratamiento podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el Responsable del Tratamiento. En este último caso, los Datos Personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo. - Según corresponda y se indique en el ANEXO V, a llevar a cabo el tratamiento de los Datos Personales en los sistemas/dispositivos de tratamiento, manuales y automatizados, y en las ubicaciones que en el citado Anexo se especifican, el equipamiento que podrá estar bajo el control de organismo público o bajo el control directo o indirecto del Adjudicatario, u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por organismo público, según se establezca en dicho Anexo en su caso, y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la ejecución del objeto de este Pliego. <!-- image --> Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 42 de 69 <!-- image --> Cargo: ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - Salvo que se indique otra cosa en el Anexo 'Tratamiento de Datos Personales' o se instruya así expresamente por organismo público, a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro espacio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este Pliego o demás documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación. En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el Adjudicatario se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de datos, el Adjudicatario informará por escrito a organismo público de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables a organismo público, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público. - De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicar a organismo público, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los Datos Personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad. - Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los 'Derechos'), ante el Encargado del Tratamiento, éste debe comunicarlo a organismo público con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho. Asistirá a organismo público, siempre que sea posible, para que ésta pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos. - Colaborar con organismo público en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de: - a) medidas de seguridad, - b) comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y - c) colaborar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga. Asimismo, pondrá a disposición de organismo público, a requerimiento de esta, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pliego y demás documentos contractuales y colaborará en la realización de auditoras e inspecciones llevadas a cabo, en su caso, por organismo público. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 43 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - Llevar, por escrito, incluso en formato electrónico, y de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de organismo público, que contenga, al menos, las circunstancias a que se refiere dicho artículo. - Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de protección de Datos Personales y del deber de responsabilidad activa, como, a título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o resultados de auditorías, que habrá de poner a disposición de organismo público a requerimiento de esta. Asimismo, durante la vigencia del contrato, pondrá a disposición de organismo público toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento. - Para el cumplimiento del objeto de este pliego no se requiere que el Adjudicatario acceda a ningún otro Dato Personal responsabilidad de organismo público, y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los especificados en el Anexo 'Tratamiento de Datos Personales. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevara un acceso accidental o incidental a Datos Personales responsabilidad de organismo público no contemplados en el Anexo 'Tratamiento de Datos Personales' el Adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento de organismo público, en concreto de su Delegado de Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas. - Derecho de información: El Encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el Responsable antes del inicio de la recogida de los datos. ## 31.2.3. SUB-ENCARGOS DE TRATAMIENTO ASOCIADOS A SUBCONTRATACIONES Cuando el pliego permita la subcontratación de actividades objeto del pliego, y en caso de que el Adjudicatario pretenda subcontratar con terceros la ejecución del contrato y el subcontratista, si fuera contratado, deba acceder a Datos Personales, el Adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo de organismo público, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que organismo público decida, en su caso, si otorgar o no su autorización a dicha subcontratación. En todo caso, para autorizar la contratación, es requisito imprescindible que se cumplan las siguientes condiciones (si bien, aun cumpliéndose las mismas, corresponde a organismo público la decisión de si otorgar, o no, dicho consentimiento): - Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, lo contemplado en este pliego y a las instrucciones del Responsable. - Que el Adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato de encargo de tratamiento de datos en términos no menos restrictivos a los previstos en el presente pliego, el cual será puesto a disposición del Responsable a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido. El Adjudicatario informará al Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros subcontratistas, dando así al Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio la oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. La no respuesta del Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio la dicha solicitud por el contratista equivale a oponerse a dichos cambios. <!-- image --> Firmado por: MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 44 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 31.3. CONFIDENCIALIDAD. El Adjudicatario se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por el Responsable de Tratamiento que sean concernientes a la prestación del Servicio aquí regulado. En particular, será considerado como Información Confidencial todo el know how o saber hacer resultante de la ejecución de los servicios contratados (los Servicios), debiendo el Adjudicatario mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato. A la finalización del contrato, esta obligación continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del pliego. ## 32. SEGUROS La empresa adjudicataria deberá tener en vigor un seguro de responsabilidad civil y daños para responder ante cualquier siniestro o accidente que pueda ocasionarse por negligencia o incumplimiento de sus obligaciones, por los siguientes importes mínimos: La empresa adjudicataria deberá tener en vigor durante la vigencia del contrato un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL por importe mínimo de TRES MILLONES DE EUROS (3.000.000 €), para cubrir los daños causados a terceros y sobre el medio durante la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá acreditar cada año de duración del contrato el pago de la prima del referido seguro, así como la vigencia del mismo. Si la indemnización supera el límite establecido en la póliza, será el adjudicatario quien se hará cargo de la totalidad del importe reclamado. El tomador del seguro habrá de acreditar estar al corriente de pago de la póliza suscrita, presentado por duplicado íntegro (condiciones particulares y generales) y un certificado de la aseguradora, el cual indique expresamente la actividad, las garantías, límites, sublímites, franquicias, efecto y vencimiento de dicho contrato y que el mismo se encuentra al corriente de pago hasta su fecha de vencimiento. En los ejercicios sucesivos y al vencimiento de la póliza deberá presentar los mismos documentos acreditativos de su renovación y pago. LA FALTA DE PAGO SE TIPIFICA COMO INFRACCIÓN MUY GRAVE. En la citada póliza deberá incluirse una cláusula en la que el asegurador renuncia a su derecho de repetición contra el Consorcio MásMediopor su intervención en el hecho causante de la responsabilidad. El adjudicatario igualmente deberá presentar al inicio del servicio y cada vez que adquiera algún vehículo destinado a prestar Servicio al presente contrato, póliza de seguro de circulación como mínimo con las coberturas de Responsabilidad Civil Obligatorio y Responsabilidad Civil Voluntaria. ## 33. RESPONSABLE DEL CONTRATO (DTS) El órgano de contratación designará un RESPONSABLE DE CONTRATO con facultades de supervisión, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución del contrato y capacidad para dictar instrucciones sobre la misma. El responsable se designa como Dirección Técnica del Servicio (DTS). <!-- image --> <!-- image --> Página 45 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) Se designará como Responsable del contrato a personal cualificado del Consorcio MásMedio o de la Diputación Provincial de Cáceres con las facultades de comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución del contrato y cuantas más le asigne el órgano de contratación, dentro de sus competencias. Además de las necesarias tareas que se requieran para la efectiva supervisión y vigilancia del cumplimiento del contrato, le corresponde al responsable del contrato realizar las funciones siguientes: - Firmar el Acta de Inicio del servicio - Aprobar el inventario e informe inicial de estado de las instalaciones. - Velar por el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral. - Dictar las instrucciones oportunas al Adjudicatario a fin de lograr los fines que persigue este contrato. - Requerir, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y ofertadas por el Adjudicatario y la subsanación de los defectos u omisiones observadas en la ejecución del contrato. - Dar la conformidad a las correspondientes facturas del contrato. - Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos contractuales. - Proponer la modificación del contrato. - Proponer y comunicar al Órgano de contratación la oportunidad de la prórroga del contrato, su tramitación y acuerdo por el órgano de contratación. - Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la ejecución del contrato. - Determinar, mediante acta de recepción del servicio, si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento. - Aprobar el Acta de entrega de las instalaciones. - Reclamar al contratista la subsanación de los vicios o defectos en los trabajos efectuados durante el plazo de garantía. - Informar los expedientes de devolución o cancelación de garantías. - Cualquier otra que le atribuya el Órgano de contratación en relación con las facultades de supervisión y aseguramiento del correcto cumplimiento de las condiciones contractuales. ## 34. RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO En todo caso, será responsabilidad de la empresa contratista: - I. La asunción de todas las responsabilidades derivadas de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación, que tengan su origen en el incumplimiento de sus obligaciones. - II. Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social, fiscal y medioambiental, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato que supongan la aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo. - III. El adjudicatario asumirá la total responsabilidad de los daños y perjuicios que, en la ejecución del contrato, pueda ocasionar a los municipios a los cuales se le presta este servicio o a terceros y deberá acreditar la existencia de una cobertura suficiente para amparar estos riesgos. En todo caso, la empresa adjudicataria, será la responsable de cualquier accidente o siniestro que se produzca siempre y cuando sean motivadas por negligencia o dejación de funciones. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 46 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - IV. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. - V. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito de los municipios donde se le presta el citado servicio. ## 35. RÉGIMEN DE PAGOS AL CONTRATISTA - I. El contratista tiene derecho al abono de las prestaciones realizadas conforme a los precios convenidos, siempre que las mismas se ejecuten a satisfacción del Consorcio MásMedio. - II. El precio del contrato se dividirá en doce mensualidades (12) por cada año de ejecución del contrato. Se abonará en pagos mensuales vencidos. - III. Será necesario para tramitar dichos pagos, la aportación de la factura electrónica y la correspondiente certificación emitida por el responsable del contrato. - IV. En lo relativo al plazo para el abono del precio se tendrá en cuenta lo señalado en el art. 198 del LCSP. - V. El contratista tiene derecho al abono del precio convenido en la adjudicación, por los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos de conformidad por el Consorcio MásMedio, pero no tendrá derecho a indemnización por las averías y perjuicios ocasionados en la ejecución del contrato, salvo que el Consorcio MásMedio hubiere incurrido en culpa. - VI. El contratista no podrá reclamar ningún precio ni indemnización por aquellos trabajos realizados fuera de las estipulaciones del contrato ni aún en el caso de alegar y demostrar que los servicios así ejecutados eran absolutamente necesarios para asegurar una perfecta realización del servicio como consecuencia de lo señalado en los párrafos anteriores. - VII. El Consorcio MásMedio tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la aprobación de la factura acompañada de los documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, debiendo aportarse a tal fin la factura. - VIII. Si el Consorcio MásMedio se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. <!-- image --> <!-- image --> Página 47 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 36. RÉGIMEN DE PENALIDADES E INFRACCIONES. ## 36.1. CUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN El contratista está obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo de ejecución establecido y, en su caso, en los plazos parciales fijados en las condiciones especificadas en el PPTP, en el PCAP. Se considerará en tal caso, que el contrato ha sido cumplimentado si la ejecución se ha ajustado a lo dispuesto en el art. 311.3 de la LCSP. El órgano de contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 193 y ss de la LCSP. Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. ## 36.2. PENALIDADES Las penalidades se impondrán en todo caso por acuerdo del órgano de contratación, a propuesta del Responsable del Contrato y previa audiencia al contratista, siendo efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre las garantías que, en su caso, se hubiesen constituido. De acuerdo con las determinaciones contenidas en el presente Pliego, las acciones y omisiones del contratista que supongan un incumplimiento de las previsiones y obligaciones contempladas en los Pliegos de prescripciones técnicas y de las cláusulas administrativas particulares, así como los anexos de ambos pliegos, y demás documentación que integra este contrato, de los compromisos contenidos en su oferta así como de la previsiones contenidas en la LCSP, sobre el régimen local y la normativa especial de aplicación en razón del objeto de este contrato, tendrán la consideración de INCUMPLIMIENTOS DE LA PRESTACIÓN Y SE CALIFICARÁN COMO FALTAS LEVES, GRAVES O MUY GRAVES, y además de poder ser exigido su cumplimento por parte del consorcio MásMedio en cualquier momento, podrán dar lugar a la imposición de penalidades sin perjuicio de las facultades del órgano de contratación para resolver este contrato, y, todo ello, sin perjuicio del deber de indemnizar que corresponda al contratista por los daños que se ocasionen a la Administración, al servicio o a los usuarios/destinatarios del mismo o de las deducciones a practicar en las facturas correspondientes. El contratista se hace responsable ante el consorcio MásMedio de todos los incumplimientos que puedan ser cometidos por sus empleados, así como las repercusiones a que dieran lugar. El incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso, así como el incumplimiento de las condiciones especiales ejecución, supondrá la aplicación de penalidades al contratista, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la LCSP. <!-- image --> <!-- image --> Página 48 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) Igualmente, podrán imponerse penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento respecto a los tiempos de respuesta y resolución de las incidencias establecidos en la prescripción del Pliego de Prescripciones Técnicas. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que deban abonarse al contratista. La garantía definitiva responderá también de la efectividad de aquellas. Independientemente de la tipificación o no de la conducta como infracción contractual, el Consorcio MásMedio descontará del abono a la empresa, el importe correspondiente a las prestaciones no satisfechas exigiendo, si se producen daños o perjuicios, la correspondiente indemnización. ## 36.3. INCUMPLIMIENTOS PENALIZABLES A efectos contractuales SE CONSIDERARÁ FALTA PENALIZABLE toda acción u omisión del contratista que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en los Pliegos o en la LCSP. Con el fin de determinar la existencia o no de infracción, habrá de valorarse la importancia de la prestación no satisfecha, la concurrencia o no de negligencia, la reincidencia o reiteración de la omisión de prestaciones, la importancia de la incidencia en relación al conjunto del contrato, etc. Por lo que, a la hora de aplicar dichas penalizaciones, se tendrá en cuenta la calidad de las prestaciones ejecutadas, debiendo ser proporcionales al tipo de incumplimiento causante de la penalización en el conjunto del contrato. Sólo cuando de tal valoración resulte equitativa y proporcionalmente la existencia de una infracción, se iniciará el procedimiento de imposición de penalidades. La citada valoración deberá efectuarse atendiendo a los criterios expuestos, equidad y proporcionalidad. Toda falta cometida por el contratista, se clasificará atendiendo a su trascendencia, proporcionalidad e intencionalidad en LEVE, GRAVE O MUY GRAVE , de acuerdo con los siguientes criterios: FALTAS LEVES: Se considerarán faltas leves, aquellas que, afectando desfavorablemente al funcionamiento y eficiencia del contrato, no sean debidas a actuación realizada maliciosamente, ni lleven unidos peligros a personas, animales o cosas, ni reduzca la vida económica de los trabajos realizados, ni causen molestias a los usuarios , etc. Entre otras serán las siguientes: - I. La inobservancia de la mecánica operativa del servicio o de las instrucciones del Responsable del Contrato en relación con la prestación del mismo. - II. El retraso o suspensión en la prestación del servicio, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones. - III. En general, la falta de atención en operaciones de conservación/mantenimiento que generen desperfectos en las instalaciones o equipos, que se consideren fácilmente subsanables. - IV. El incumplimiento de cualquier obligación de las establecidas en este pliego o en su correspondiente de prescripciones técnicas que no esté calificado con mayor gravedad en este pliego. <!-- image --> MANUEL GARCIA-MONGE DE CASTRO Cargo: Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 49 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - V. El incumplimiento de los límites paramétricos exigidos por la legislación de aplicación para el agua de consumo humano, cuando éste incumplimiento sea puntual y no supere en el tiempo al día de detección del incumplimiento. - VI. El incumplimiento de cualquier normativa ambiental que dé lugar a infracciones calificadas como leves. - VII. Tendrán consideración de faltas leves, además de las descritas en los apartados anteriores, las siguientes: - a. El retraso de más de 15 días en la entrega de la información/documentación requerida por el servicio, descrita en el PPTP o en cualquier documento de la licitación. - b. El retraso en más de 15 días en la entrega de la información/documentación solicitada por el Responsable del Contrato. - c. El retraso en más de 15 días en la realización de análisis periódicos obligatorios por normativa. FALTAS GRAVES: Son clasificadas como faltas graves aquellas que como consecuencia de la responsabilidad imputable al contratista generen graves deficiencias en la prestación contratada o peligro a sus usuarios, así como las siguientes: - I. El descuido en la conservación y mantenimiento de las edificaciones, instalaciones y demás infraestructura, básicas afectadas al Servicio que pudiesen derivar en desperfectos o incidencias fácilmente subsanables. - II. El descuido en la uniformidad del personal del servicio, excepto el directivo y administrativo. La falta de aseo, decoro, en la uniformidad y calzado. - III. Incumplir las obligaciones y compromisos adquiridos en cuanto a respuesta en caso de emergencias o contacto con el Jefe de Servicio en cualquier momento, especialmente aquellos derivados de la gestión de averías de la red de abastecimiento, comunicados por terceros a la empresa adjudicataria. - IV. Incumplimiento de la obligación de tapar pozos y zanjas de reparación de averías y restituir pavimentos, acerados, firmes, etc., que deberán quedar completa y satisfactoriamente restituidos inmediatamente a la reparación de averías, para lo cual se contempla un plazo máximo de 48 horas desde la finalización de la reparación de la misma. - V. Superar el plazo de 30 días en la restitución definitiva de pavimentos personalizados, artísticos, originales en su diseño o de difícil adquisición o restitución, respecto de los cuales se habrá realizado previamente un tapado temporal con todas las garantías. - VI. No acometer o colaborar en la realización del levantamiento de la cartografía digital en los municipios del contrato que no dispongan de la misma o deba ser actualizada, dentro del plazo estipulado en los documentos del contrato o por el Consorcio MásMedio. - VII. No realizar el correcto mantenimiento de las redes de abastecimiento, por la omisión de actividades de maniobra de válvulas, comprobaciones de elementos, purgas, etc. - VIII. El incumplimiento de la obligación de reparar equipos esenciales en el plazo máximo de 48 horas desde la detección de la incidencia. - IX. No comunicar con la periodicidad indicada en el PPTP, todas las averías e incidencias que se generen en el servicio, mediante el mantenimiento diario de la aplicación elegida para la gestión, siempre que esta herramienta esté operativa por ambas partes. <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 50 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) - X. La ocupación de las instalaciones, de los medios materiales y de los medios humanos (fijados con carácter exclusivo) adscritos a la contrata en tareas distintas de las propias del servicio. - XI. El incumplimiento de los parámetros de calidad del agua, según la legislación de aplicación, por motivos achacables al Adjudicatario, y que conlleven el incumplimiento, durante más de un día, de los valores paramétricos límite. - XII. No mantener correctamente todos los elementos, equipos mecánicos, y obra civil que integran las instalaciones, procediendo a su mantenimiento, limpieza o reparación cuando proceda. Dentro del mantenimiento de la obra civil, se limpiarán, conservarán y protegerán los hormigones en contacto con el agua contra la pérdida de masa, así como las armaduras contra la corrosión con un tratamiento superficial. La periodicidad de estas labores deberá ser mínimo una vez al semestre. - XIII. No realizar las revisiones y reparaciones conforme a la periodicidad estipulada en el PPT y a la legislación vigente, de todos los elementos eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones que integran las instalaciones del servicio, comprobando su funcionamiento, revisando las conexiones y procediendo a su ajuste en caso necesario, con el fin de mantener el perfecto estado todas las instalaciones de control e información de la explotación. Se realizarán los partes de mantenimiento oportunos que deberán ser comunicados al Consorcio MásMedio. - XIV. No realizar dentro de sus plazos reglamentarios, todas las revisiones legales obligatorias de elementos sensibles del sistema de abastecimiento, tales como líneas eléctricas de AT, MT y BT, transformadores, calderines, compresores, pararrayos y otros equipos e instalaciones susceptibles de ello, que serán de obligado cumplimiento conforme a la normativa legal aplicable vigente en cada momento. - XV. No realizar las labores de limpieza de depósitos municipales adscritos al servicio, que deberán tener una frecuencia mínima anual, salvo que motivos de fuerza mayor no lo permitan. - XVI. No realizar las labores de limpieza y mantenimiento de las fuentes públicas adscritas al servicio. - XVII. El incumplimiento por el adjudicatario de las Ordenanzas, Reglamentos y demás disposiciones reguladoras de los servicios, sin perjuicio que se hubiese calificado como muy grave en el presente Pliego o en cualquier otra normativa de general de aplicación. - XVIII. La no acomodación de la emisión de facturas a la entidad contratante del servicio respecto a los plazos previsto en este Pliego. - XIX. La inobservancia de lo establecido en este Pliego en cuanto al Libro de Reclamaciones a disposición del público y al Libro de Órdenes, en lugares accesibles y fácilmente visibles. - XX. No cumplir con las indicaciones del apartado correspondiente a los requisitos de imagen corporativa. - XXI. El incumplimiento en el envío en los plazos previstos, a los Organismos competentes, de informaciones exigibles con carácter preceptivo. - XXII. No facilitar al Consorcio MásMedio copia de los documentos que se requieran en los tiempos que el Consorcio considere adecuados. Los documentos citados, entre otros, podrán ser facturas eléctricas, nóminas del personal adscrito al contrato, o cualquier otra documentación que el Consorcio MásMedio estime oportuno y tengan relación directa con el servicio. - XXIII. Los incidentes del personal del servicio relacionados con el público, tanto por trato incorrecto, falta de respeto o consideración, como por habituales anomalías en la prestación de los servicios, siempre que el adjudicatario no tome medidas al respecto. <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 51 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) | XXIV. | La no comunicación de las incidencias del Servicio, entendiendo como tales las que aparezcan en las instalaciones del servicio, líneas eléctricas o transformadores, no conformidad de analíticas, | |---------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | XXV. | No realizar y entregar a MásMedio, dentro del primer mes de gestión, el informe de revisión todos los bienes y equipos existentes en las instalaciones, comprobando su adecuado estado de uso, ya que todos ellos y los que aporte el adjudicatario, serán de titularidad de MásMedio, y deberán estar en perfecto | | XXVI. | No tener perfectamente controlado el estado de revisión reglamentaria de cada equipo o instalación susceptible de ello, disponiendo en el servicio de toda la documentación a este respecto. | | XXVII. | La no comunicación de la información relativa a contratos y pago de facturas a proveedores y subcontratistas, en los plazos previstos, o la ocultación o manipulación interesada de los datos informados. | | XXVIII. | No realizar las revisiones a las instalaciones de video vigilancia y comunicaciones con la frecuencia marcada, y su posterior comunicación a MásMedio, así como la no reparación de los equipos averiados en los plazos marcados para ello. | | XXIX. | Utilizar software sin licencia oficial en los equipos informáticos instalados en las instalaciones. | | XXX. | Utilizar software para control remoto de los equipos, sin la autorización expresa de la Unidad de Telecontrol del Consorcio MásMedio. | | XXXI. | El incumplimiento continuado (en al menos 4 trimestres consecutivos o 5 alternos) de los rendimientos técnicos reflejados en el PPT. Este incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por parte del Consorcio | | XXXII. | Si transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, no se hubieran llevado a efecto los cambios de contratos necesarios de suministros y servicios reflejados en el PPT. | | XXXIII. | Si transcurridos 6 meses no se ha efectuado el nuevo contrato en aquellos suministros eléctricos que precisen pasar la revisión por OCA, requieran una revisión legal periódica, no disponga de contador independiente o por otras razones convenientemente justificadas. | | XXXIV. | La no actualización continua del inventario de equipos y otros elementos conforme a las exigencias del PPT. El adjudicatario del contrato en vigor, estará obligado a suministrar a la empresa adjudicataria | | XXXV. | entrante, toda la documentación necesaria legalmente para la tramitación del cambio de titularidad en el registro de instalaciones eléctricas, incluyendo un certificado emitido por la empresa comercializadora acreditando ausencia de deuda, y entregando una copia de todo ello al Consorcio | | XXXVI. | MásMedio. Esta entrega de documentación deberá realizarse obligatoriamente en los 15 días previos a la fecha de finalización del contrato. (sin que el cambio efectivo de titularidad pueda llevarse a cabo antes de la finalización de dicho contrato). El no seguimiento o falta de aplicación del manual corporativo del Consorcio MásMedio, así como, la | <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 52 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) FALTAS MUY GRAVES: Son clasificadas como faltas muy graves aquellas actuaciones que revistan una infracción de condiciones de especial relevancia u obedezcan a una actuación maliciosa del contratista. Entre otras las siguientes: - I. No cumplir con los plazos previstos para la puesta en marcha inicial del servicio contratado, incumpliendo con ello alguna de las funciones o tareas inherentes al mismo. - I. No dar comienzo a la prestación de servicios contratados dentro de los plazos estipulados para ello, al inicio del contrato o tras la paralización del servicio para la reparación o conservación de las instalaciones. - II. El incumplimiento de las órdenes del Consorcio MásMedio que revistan carácter esencial para la adecuada prestación de los servicios y no figuren específicamente tipificadas en el presente pliego. Caso particular, será el incumplimiento de las órdenes e indicaciones ejecutivas que prescriba el Servicio Técnico del Consorcio MásMedio en los Libros de órdenes del Servicio. - III. La desobediencia inexcusable a las órdenes de la DTS o Gerencia del Consorcio MásMedio. - IV. No informar a la DTS de cualquier modificación, de gran relevancia y de forma reiterada, relativa a los planes establecidos para la prestación de los servicios. - V. El descuido en la conservación y mantenimiento de las edificaciones, instalaciones y demás infraestructura, básicas afectadas al Servicio que pudiesen derivar en desperfectos o incidencias que no resulten fácilmente subsanables. - VI. Retrasos en el pago de las nóminas del personal adscrito al servicio durante 2 meses consecutivos o 4 alternos. Se entenderá por retraso cuando el pago de la misma exceda del día 10 del mes siguiente al que corresponda la nómina. - VII. Incumplimiento de las condiciones laborales marcadas en el Convenio Colectivo de aplicación o en la Legislación General vigente, así como, el incumplimiento de la legislación en materia de seguridad y salud, seguridad social y materia laboral. - VIII. No mantener adscrito al personal mínimo estipulado y/o necesario para la correcta prestación del servicio. - IX. Modificar los medios humanos y medios adscritos al servicio sin la autorización del Consorcio MásMedio. - X. Utilizar al personal y medios adscritos al servicio para fines distintos a la prestación del servicio objeto de este contrato. - XI. Ceder, arrendar o traspasar la totalidad o parte de los servicios objeto del contrato, bajo cualquier modalidad, sin la previa autorización de MásMedio. - XII. Paralización o falta de prestación de la totalidad o parte de los servicios contratados, excepto cuando ello obedezca a causas de fuerza mayor o a los casos que se especifican en este Pliego. - XIII. Incumplimiento de los criterios sanitarios para el agua de consumo humano establecidos por la legislación de aplicación, cuando esto se deba a motivos o circunstancias achacables al Adjudicatario, y se mantenga en el tiempo más de 48 horas. El adjudicatario deberá garantizar en todo momento la calidad físico-químico-bacteriológica del agua para consumo humano. - XIV. No realizar el Plan de Autocontrol y Gestión del Abastecimiento, el incumplimiento del mismo, la falsedad documental relativa a los análisis de agua ptoable y agua bruta, la no realización de estos <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 53 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) | | análisis, la falta de comunicación al Consorcio y a la autoridad sanitaria de incidencia e incumplimientos, la incorrecta gestión o falta de medidas para solucionar incidencias o incumplimientos sanitarios, y cualquier otra derivada de la omisión de responsabilidades relativas al | |---------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | XV. | La interrupción del servicio de abastecimiento, total o parcialmente, a un conjunto de la población o a una vivienda aislada, achacable a la mala operación del Adjudicatario, la falta de medios para actuar sobre averías en cualquier horario y fecha, la falta de tratamiento de las comunicaciones recibidas por el servicio de retén 24 horas, y a la omisión de las responsabilidades del Adjudicatario y trabajadores. | | XVI. | Desatender la obligación de atender las llamadas y comunicaciones de incidencias o averías de retén, en cualquier franja horaria y fecha. | | XVII. | No realizar el correcto tratamiento de averías, por falta de comunicación al Consorcio MásMedio, a los ayuntamientos y a los ciudadnos afectados. La falta de señalización de la avería y la omisión de instalación de los medios auxiliares tendentes a la protección de viandantes y de los propios trabajdores del servicio. | | XVIII. | No atender y gestionar las alarmas e incidencia trasladadas por los equipos y estaciones de supervisión remota de las instalaciones. | | XIX. | La incorrecta gestión del parque de contadores y la toma de lecturas. La no sustitución de los equipos de medida, públicos o privados, que se encuentren dañados o parados. La falsedad documental en el toma de lecturas. La omisión de la realización de la toma de lecturas. La omisión de la instalación de los contadores municipales en el inicio del contrato. | | XX. | La falta de comunicación y colaboración para la detección de fraudes en el Servicio (tomas ilegales, enganches, etc.), o la falsedad documental sobre estos aspectos. | | XXI. | El incorecto o irrespetuoso tratamiento a los abonados del servicio, y en general, la incorrecta prestación del servicio de atención al abonado. | | XXII. | La no realización de la apertura de la oficina de atención al cliente, en el horario estipulado, y la no realización de las oficinas móviles o itinerantes estipuladas. | | XXIII. | Retrasarse en el pago de las facturas a proveedores y subcontratistas (energía eléctrica y compra de agua, entre otros), conforme marca la legislación vigente. | | XXIV. | No cumplir las condiciones fijadas en la normativa vigente en materia medioambiental. | | XXV. | El vertido de manera ostensible y reiteradamente en lugar no autorizado los residuos de la limpieza. | | XXVI. | Incumplimiento en las disposiciones legales relativas a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, o legislación vigente. | | XXVII. | El incumplimiento de la correcta ejecución y seguimiento de los Planes de Mantenimiento de las instalaciones y de todos los equipos del servicio, especificados en el PPT. | | XXVIII. | La situación de descuido en la conservación y mantenimiento de las edificaciones, equipos instalaciones y demás infraestructuras básicas afectadas a los servicios, bien sea aportada por el Consorcio MásMedio o aportada por el adjudicatario, siempre que hubiese mediado requerimiento del Consorcio MásMedio para la subsanación de dichas deficiencias. | | XXIX. | Tener los vehículos o el material en defectuoso estado de conservación o funcionamiento, que pueda producir daños a las personas o bienes. | <!-- image --> <!-- image --> Página 54 de 69 <!-- image --> ## CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) | XXX. | La falta de los elementos de seguridad necesarios para la realización de algún servicio. | |----------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | XXXI. | Que los vehículos trabajen sin emplear los dispositivos de seguridad previstos en la homologación. | | XXXII. | La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las órdenes sobre prevención de situaciones insalubres, de peligrosidad o incomodidad durante el desarrollo de los trabajos. | | XXXIII. | El falseamiento de la información que deba proporcionar el adjudicatario a el Consorcio MásMedio, de conformidad con lo establecido en este Pliego. | | XXXIV. | Inobservancia de normas, disposiciones o resoluciones administrativas emanadas de las autoridades u Organismos competentes en la materia que afecten al control y vigilancia. | | XXXV. | La no contratación de pólizas de seguro que garanticen en cuantía suficiente las responsabilidades a que se refiere este Pliego. | | XXXVI. | La no renovación de alguna de las pólizas de seguro o la falta de pago de las mismas, durante la vigencia del contrato, en las condiciones exigidas. | | XXXVII. | La obstrucción por el adjudicatario de la labor inspectora de la administración. | | XXXVIII. | Cualquier sabotaje intencionado por parte del Adjudicatario a los equipos de Comunicaciones, Telecontrol y Video vigilancia del Consorcio MásMedio. | Tendrán así mismo consideración de FALTAS MUY GRAVES , además de las consideradas en los apartados anteriores, las siguientes: - a. La reiteración en la comisión de incumplimientos GRAVES incluidos en el apartado de carácter general, salvo que su reiteración esté tipificada expresamente. - b. La modificación del servicio sin causa justificada y sin notificación previa. - c. No prestar colaboración inmediata en caso de producirse catástrofes. - d. La resistencia o negativa al ejercicio de la función fiscalizadora, controladora e inspectora de los titulares de los servicios objeto del servicio. - e. Alterar, sin autorización, cualesquiera de las condiciones mínimas o esenciales de este contrato, de las instalaciones objeto del servicio o de las condiciones laborales de los trabajadores adscritos al mismo. ## 36.4. CUANTÍA DE LAS PENALIDADES La cuantía de las penalidades, se calculará en base a la gravedad de la falta y se establecerá en: -  Faltas leves: Cada falta leve, podrá ser sancionada con un importe de entre el 1% y el 3% del precio de adjudicación del contrato. -  Faltas graves: Por cada comisión de una falta grave, podrá ser sancionado el contratista con un importe de entre el 3,01% y el 5% del precio de adjudicación del contrato. -  Faltas muy graves: La falta muy grave será sancionada con un importe de entre el 5,01% y el 10% del precio de adjudicación del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los mismos en los pagos o, en su caso, de la fianza. La imposición de las penalidades no excluye la eventual indemnización al Consorcio MásMedio como consecuencia de la infracción. <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 55 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 36.5. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO EN LOS PLAZOS Cuando se considere que el adjudicatario incurre en un incumplimiento de los plazos fijados en este PCAP o en el PPTP, en virtud de lo expuesto en el art. 193 de la LCSP, se le podrá imponer una penalidad diaria en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato IVA excluido. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. No podrán alegarse como causas de fuerza Mayor o causa justificada para el incumplimiento de sus obligaciones: - a) Condiciones climatológicas adversas que no sean excepcionales o catastróficas. - b) Paros laborales internos de la empresa adjudicataria. - c) Vacaciones o bajas laborales de su personal o de terceros. La adjudicataria en caso de incumplimiento deberá reparar el daño causado, todo ello sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad a que el hecho diera lugar. ## 37. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO - I. El presente contrato podrá ser modificado por razones de interés público en los términos establecidos en el art. 203 y siguientes de la LCSP y conforme al procedimiento normativamente establecido en los mismos. - II. Con carácter excepcional podrán realizarse modificaciones que no estén previstas en el pliego de condiciones previo a la contratación, siempre que no se altere la naturaleza global del contrato, siempre que la modificación acordada no exceda conjunta o separadamente con otras modificaciones acordadas del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido, y ello conforme a lo dispuesto en el art. 205 LCSP. - III. Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido ( art. 206 LCSP). - IV. A los efectos de modificaciones se considerarán circunstancias no previsibles la inclusión de nuevos municipios a los efectos de prestación del servicio o, bien la reducción de los inicialmente previstos, además de circunstancias propias asociadas a la prestación del servicio y de obligado cumplimiento, como cambios normativos o legislativos superiores que impliquen modificaciones sustanciales en la prestación del servicio. Conforme a lo dispuesto en el presente PCAP que rige la presente licitación, 'Durante la vigencia del contrato, se puede producir la inclusión de nuevos municipios, o bien, reducción de los mismos', por ello, y, en su caso, la modificación por circunstancias sobrevenidas e imprevisibles no altera la naturaleza del contrato, siendo un aspecto sustantivo a que está sujeta la modificación, ex. Art. 205 LCSP, en cumplimiento de las siguientes condiciones: <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 56 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## a. Límites sustantivos: - La necesidad de la modificación se derive de circunstancias que una Administración diligente no hubiera podido prever. En el presente supuesto es un dato objetivo que el Consorcio MásMedio no pueda conocer los Municipios que le pueden encomendar durante la vigencia del contrato de servicios la gestión del servicio de abastecimiento. - La modificación no altera la naturaleza del contrato, ya que la prestación del servicio va a ser la misma, lo que sucede es que el objeto puede ser incrementado o minorado en atención al número de Municipios que encomienden la gestión del Servicio de funcionamiento, explotación y mantenimiento de las instalaciones de abastecimiento al Consorcio MásMedio. ## b. Límite cuantitativo: - La modificación del contrato no implique una alteración en su cuantía que exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas del 50% del precio inicial del contrato, IVA excluido (art. 206 LCSP). - La modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato. ## 38. PLAZO DE GARANTÍA Se establece el plazo de garantía de UN (1) AÑO desde la finalización del contrato ## 39. EXTINCIÓN DEL CONTRATO Con carácter general y de conformidad con los art. 209 y 313 LCSP, este contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución. ## 39.1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de la prestación, de conformidad con lo establecido en el presente pliego y el PPT, y a satisfacción del Consorcio MásMedio. Dentro del MES SIGUIENTE al fin de la prestación se realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad que constate que los servicios han sido recibidos de conformidad por parte del Consorcio MásMedio, sin que éste haya formulado queja ninguna. A partir de dicho acto empezará a contar el plazo de garantía fijado en este PCAP. En el caso de que los servicios no se hallen en condiciones de ser recibidos o el Consorcio MásMedio haya realizado alguna queja en caso de cualquier incumplimiento por parte del contratista, deberá dejarse constancia expresa y el Consorcio MásMedio dará instrucciones al contratista para que subsane dicho incumplimiento o defectos observados. Si aun así los servicios no se adecuan a lo contratado por causas imputables al contratista, el Consorcio MásMedio podrá rechazar dichos servicios y quedar exento de la obligación de pago de los mismos, se entiende a contar desde la fecha de incumplimiento de prestación del servicio o prestación inadecuada. Cuando al cumplimiento del contrato no se hubiera formalizado un nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución de un nuevo contrato y en todo caso por un PERIODO MÁXIMO DE 9 MESES , sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación de haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario y se cumpla lo dispuesto en el art. 29.4 de la LCSP. <!-- image --> <!-- image --> Página 57 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## 39.2. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 211 y 313 de la LCSP, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia de parte. Serán igualmente causas de resolución del contrato: - a) El abandono del contrato por parte del contratista. - b) El incumplimiento del deber de confidencialidad y protección de datos. - c) La incursión reiterada del contratista en faltas consideradas como MUY GRAVES. Cuando la resolución fuese por incumplimiento culpable del contratista deberá indemnizar a la administración los daños y perjuicios causados conforme a la normativa aplicable. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía. ## 40. PERROGATIVAS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE La Administración ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificarlo y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y su Reglamento de aplicación. Los actos que acuerde el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Al estar ante un contrato cuyo valor estimado indicado en el Cuadro Resumen de características es superior a 100.000,00€, podrá interponerse con carácter potestativo recurso especial en materia de contratación previsto en el art. 44 LCSP o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. En concreto, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación ante la Comisión Jurídica de Extremadura que, para su resolución, se constituirá en TARCEX: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En todo caso se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas, incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 LCSP. Los acuerdos de adjudicación y las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. En Cáceres a la fecha y hora de la firma electrónica <!-- image --> <!-- image --> Página 58 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO I CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO | DATOS GENERALES DEL CONTRATO | DATOS GENERALES DEL CONTRATO | |------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Órgano Competente | Consejo de Administración del Consorcio Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio | | Objeto del Contrato | Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres) | | Nº de Expediente | MM292022 SV SARA | | Presupuesto Base Licitación (IVA incluido) | 647.202,12 € (IVA incluido) | | Importe Máximo por Modificaciones (IVA no incluido) | 294.182,78 € (sin IVA) | | Importe Máximo por Prórrogas (IVA no incluido) | 392.243,70 € (sin IVA) | | Valor Estimado del Contrato (IVA no incluido) | 1.274.792,03 € (sin IVA) | | Contrato sujeto a Regulación Armonizada | SI | | Tramitación objeto de recurso especial | SI | | División en Lotes | NO | | Nº máximo de lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta | - | | Nº máximo de lotes de los que puede resultar adjudicatario un licitador | - | | Admisión de Variantes o Alternativas | NO | | Revisión de Precios | NO | | Porcentaje Máximo de Modificaciones | 50% | | Duración | 3 AÑOS | | Prórrogas | DOS, POR PERIODOS DE 1AÑO CADA UNA. 1+1AÑO | | Garantía Provisional | EXENTO | | Plazo de garantía | 1AÑO | | Garantia Definitiva | 5% del importe de adjudicación (sin IVA) | | Garantía complementaria | 5% adicional del importe de adjudicación si oferta anormalmente baja (Sin IVA) | | Plazo de Presentación de Ofertas | 25 naturales a partir del envío del anuncio de licitación al DOUE | | Acceso a Licitación Electrónica | https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Aperfil Contratante&idBp=BRxZ4t7ISUESugstABGr5A%3D%3D | | CódigoCPV Principal | 65130000-3 explotación del suministro de agua | | CódigoCPV | 65111000-4 distribución de agua potable 65500000-8 servicio de lectura de contadores 45232150-8 trabajos relacionados con tuberías de distribución de agua | | Solvencia Económica | Lo establecido en el PCAP | | Solvencia Técnica | Lo establecido en el PCAP | | Subcontratación admitida | SI | | Tareas críticas que no admiten subcontratación | SI Tareas de explotación y mantenimiento ordinario | | Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que se tenga previsto contratar | SI | | Cesión del contrato admitida | Según lo indicado en el PCAP | <!-- image --> Cargo: Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 59 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO II DESGLOSE DE COSTES GLOBALES DEL CONTRATO <!-- image --> ## ESTUDIO ECONÓMICO DE LOS COSTES ANUALES PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA | |--------------------------------------------------------------------------|--------------------|--------------------| | Personal y Medios Adscritos | 38,25% | 68.205,18 € | | Mantenimiento y Conservación | 14,13% | 25.189,64 € | | Control Analítico, Control Sanitario y Laboratorio del Servicio | 5,45% | 9.723,28 € | | Reactivos | 17,66% | 31.491,59 € | | Energía Eléctrica | 17,50% | 31.196,29 € | | Equipos de Medida, Parque de Contadores y Telecontrol | 4,20% | 7.486,61 € | | Oficina de Atención al Cliente | 0,00% | 0,00 € | | Gestión de Residuos | 0,00% | 0,00 € | | Otros Costes del Servicio | 2,80% | 5.000,00 € | | Costes antes de Gastos Generales, Beneficio Industrial y Otros Conceptos | | 178.292,59 € | | Gastos Generales | 4,00% | 7.131,70 € | | Beneficio Industrial | 6,00% | 10.697,56 € | | Coste antes de Impuestos | | 196.121,85 € | | IVA | 10,00% | 19.612,19 € | | COTES ANUALES TOTALES | | 215.734,04 € | <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 60 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO III INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR DEUC ## 1. La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación. El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación. El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015. En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que sustituye. ## 2. Formulario normalizado DEUC. El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en la siguiente dirección electrónica: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es ## 3. Instrucciones. Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC. <!-- image --> Jefe de Servicio de Gestión Administrativa Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 61 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO IV MODELO DE PRESENTACIÓN DE LOS CEMF (SOBRE Nº3) | CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº3) | CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº3) | CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº3) | CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº3) | |------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | DESCRIPCIÓNDEL CONTRATO | Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres). | Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres). | Servicios para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad Depuradora de Baños (Cáceres). | | NºDEEXPEDIENTE | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA | MM292022 SV SARA | | NOMBREYAPELLIDOS | | | | | D.N.I. | | | | | DIRECCIÓN | | | | | ACTUANDOEN | | Empresa:...................................................................................................................................... | | | TELÉFONODE CONTACTO | | EMAILDECONTACTO | | ## DECLARA QUE: - 1.- Conoce y acepta plenamente los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas y se compromete a tomar a su cargo la prestación del servicio para la Gestión del Funcionamiento, Explotación y Mantenimiento del Servicio de Abastecimiento en Alta de la Mancomunidad de Baños (Cáceres) al coste que se indica, a partir de la orden de iniciación dada, comprometiéndose a mantener las siguientes condiciones de su ## OFERTA: | APARTADOA | RESUMENDELAPROPOSICIÓNECONÓMICA (SIN IVA) | ......................................€ | |-------------|---------------------------------------------|-------------------------------------------| | APARTADOA | TOTAL | ......................................€ | | | VALORACIÓNDELFONDODEREPOSICIÓNYMEJORA (SIN IVA) | ......................................€ | |-----------|---------------------------------------------------|-------------------------------------------| | APARTADOB | IVA(10%) | ......................................€ | | APARTADOB | TOTALFONDODEREPOSICIÓNOFERTADO | ......................................€ | - 2.- Que el adjudicatario tiene previsto subcontratar parte de la prestación, en concreto: | PARTE/SDELAPRESTACIÓNQUESETIENEPREVISTOSUBCONTRATAR: | ...................................... | |--------------------------------------------------------|------------------------------------------| | PORCENTAJESOBREELPRESUPUESTOTOTAL: | | | PERFILEMPRESARIALDELASEMPRESASASUBCONTRATAR | ...................................... | (Lugar, fecha y firma) <!-- image --> <!-- image --> Página 62 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO V TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES ## DESCRIPCIÓN GENERAL DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES A EFECTUAR ## A) DESCRIPCIÓN DEL TRATAMIENTO - · - Descripción detallada del servicio y del tratamiento: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. - Especificar de acuerdo con el artículo 28.3 RGPD naturaleza, finalidad, objeto del tratamiento: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ## B) AUTORIZACIONES El personal adscrito por la organización adjudicataria, para proporcionar los Servicios establecidos en el Pliego puede tratar Datos Personales. Los Datos Personales se tratarán únicamente por el personal adscrito y al único fin de efectuar el alcance contratado. Para realizar estos tratamientos el Responsable pondrá a disposición del Encargado: | Personal | |-------------------------------------------------------------------------| | Locales / accesos a locales | | Accesos a Sistemas/dispositivos de tratamiento manuales y automatizados | | Accesos a herramientas | En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en este Anexo, el Adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que organismo público estuviese de acuerdo con lo solicitado, emitiría un Anexo actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. ## C) COLECTIVOS Y DATOS TRATADOS Los colectivos de interesados y Datos Personales tratados a las que puede tener acceso el Adjudicatario son: Principales colectivos de interesados ## D) ELEMENTOS DEL TRATAMIENTO El Tratamiento de los Datos Personales comprenderá (marcar X en los que procedan) 1 : Recogida Conservación Difusión Supresión Registro Extracción Interconexión Destrucción Estructuración Consulta Cotejo Comunicación Modificación Acceso Limitación Otros (precisar) 1 Recogida (captura de datos de carácter personal); Registro (inscribir o grabar la información en algún sistema o dispositivo, para su posterior tratamiento); Estructuración (ordenar y estructurar la información para facilitar su tratamiento); Modificación (alterar o cambiar la información): Conservación (mantener la información durante un determinado periodo de tiempo);Extracción (obtener la información del sistema original para su envío o traspaso a otro sistema); Consulta (buscar los datos sobre el sistema o dispositivo en el que se encuentra registrada); Acceso (posibilidad de conocer los datos mediante su visualización): Difusión (comunicación pública de los datos); Interconexión (conectar datos de dos o más sistemas diferentes) Cotejo (comparación de datos para hallar diferencias o discrepancias); Limitación (restricción del uso de los datos que pueden hacer terceros) Comunicación (enviar los datos a otro destinatario); Supresión (eliminar, hacer desaparecer la información en el sistema o dispositivo); Destrucción (inutilizar un soporte físico para evitar el acceso a la información). <!-- image --> <!-- image --> Página 63 de 69 Datos Personales del tratamiento a los que se puede acceder CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) <!-- image --> ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## E) DISPOSICIÓN DE LOS DATOS AL TERMINAR EL SERVICIO Una vez finalice el encargo, el Adjudicatario debe: - Devolver al Responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el Encargado. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. Así mismo, el Responsable del Tratamiento podrá requerir al Encargado para que en vez de la opción a), cumpla con la b) o con la c) siguientes: - Devolver al Encargado que designe por escrito el Responsable del Tratamiento, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el Encargado. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. - Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al Responsable del tratamiento. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. ## F) MEDIDAS DE SEGURIDAD Los datos deben protegerse empleando las medidas que el adjudicatario debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. De acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes: - El Encargado se compromete a implementar en sus sistemas técnicos y organizativos las medidas pertinentes para garantizar la seguridad de los ficheros y tratamientos de datos de carácter personal del Responsable, de conformidad con la evaluación de riesgos que al efecto realice. - El Encargado garantizará que las personas bajo su autoridad que deban tratar datos personales se comprometan expresamente y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las correspondientes medidas de seguridad. - Dichas medidas de seguridad incluirán mecanismos para: - a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento: - b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico; c) verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento; y - c) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso. El Adjudicatario no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la AEPD. A estos efectos, el personal del Adjudicatario debe seguir las medidas de seguridad establecidas por la AEPD, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por la AEPD. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 64 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO VI CRITERIOS PARA APRECIAR LAS OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS Se considerarán valores anormales o desproporcionados las ofertas económicas de cada una de las prestaciones del contrato que se encuentren en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un solo licitador, la que sea inferior al presupuesto de licitación fijado en la cláusula 3.1 del presente Pliego en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 15 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Cuando hubiesen presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuese más baja, y esto, con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal. <!-- image --> <!-- image --> Página 65 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS Don/Doña: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con NIF\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y residencia en\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, calle\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre propio o representando a la entidad (indicar denominación, domicilio social y CIF),\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en calidad de (1), \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación. Don/Doña: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con NIF\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y residencia en\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, calle\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre propio o representando a la entidad (indicar denominación, domicilio social y CIF),\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en calidad de (1), \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación. Se comprometen a constituir una unión temporal de empresas (UTE), de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la licitación para la adjudicación del contrato \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ En el caso de resultar adjudicatarias/os se comprometen a formalizar en escritura pública la citada unión. La participación en la UTE, de cada uno de los miembros es la que sigue: - Empresa \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, porcentaje \_\_\_\_\_\_\_\_\_%. - Empresa \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, porcentaje \_\_\_\_\_\_\_\_\_%. Como persona representante de la citada unión se nombra a \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con domicilio en\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ de 20 \_\_\_\_ (Lugar, fecha, firma y sello, en su caso, de cada miembro de la UTE) <!-- image --> 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 66 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO VIII DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL Don/Doña: \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con NIF\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, y residencia en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, calle\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en nombre propio o representando a la entidad (indicar denominación, domicilio social y CIF), \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ en calidad de (1), \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la licitación para la adjudicación del contrato \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ## DECLARA Que la empresa que representa en el supuesto de ser persona adjudicataria del contrato: Que la empresa que representa: - 6.- No pertenece a ningún grupo de empresas. - 7.- Pertenece al grupo de empresas denominado \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ En cuyo caso declara que (señalar lo que proceda): - [ ] □ No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. - [ ] □ Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. En \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, a \_\_\_\_\_\_ de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ 2021 <!-- image --> Fecha: <!-- image --> Página 67 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO IX PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN La plataforma de contratación pública del Estado es accesible desde la siguiente dirección electrónica: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma El perfil del Consorcio MásMedio en la plataforma de contratación pública es accesible desde la siguiente dirección: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&amp;idBp=BRxZ4t7ISUESugstABGr5A%3D%3D <!-- image --> Cargo: Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 68 de 69 <!-- image --> CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO EN ALTA DE LA MANCOMUNIDAD DEPURADORA DE BAÑOS (CÁCERES) PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PCAP) ## ANEXO X INTEGRACIÓN CON PLATAFORMA INTEGRAL DE PROVINCIA INTELIGENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES. REQUISITOS GENERALES La Diputación de Cáceres está implantando actualmente una Plataforma Integral de Provincia Inteligente enmarcada dentro del Plan Director de Provincia Digital. Con el objetivo de uniformizar y aglutinar la información del territorio, toda la información que sea susceptible de ser medida proveniente de sensórica u otros sistemas de información cómo software, APPs, webs, servidores externos o bases de datos, deberá permitir la integración con la Plataforma Integral de Provincia Inteligente. La Plataforma Integral de Provincia Inteligente estará basada en el modelo de capas de la norma UNE 178104 'Sistemas integrales de gestión de la ciudad inteligente' y, por tanto, contará con una capa de Interoperabilidad en formato API REST abierta, estandarizada y pública. La API permitirá la recepción de diferentes dispositivos, tecnologías de comunicación (HTTP, HTTPS, MQTT, etc.), y mecanismos de captura de información (JSON, XML, UL, etc.). La Plataforma Integral de Provincia Inteligente estará alineada con el modelo de información NGSI9/10 desarrollado por OMA y según el estándar FIWARE (https://www.fiware.org/) para de esta forma alinearse con las recomendaciones de la Comisión Europea en el marco del CEF Telecom Program. Contará con métodos de autenticación (mediante usuario / contraseña, token o similar) para que el acceso a la información sea seguro. La Plataforma deberá ser siempre fuente de recepción de los datos, siguiendo un modelo de datos previamente acordado entre la Diputación de Cáceres y el adjudicatario. ## Nota: - Será obligatorio que, durante la duración del presente Contrato, se justifique que se pueda realizar el envío de la información a la Plataforma de Provincia Inteligente, y se prepare para tal fin. - En caso de que la Plataforma ya esté operativa, será obligatorio que se realice el envío de datos para comprobar la interoperabilidad de los datos. - Las comunicaciones u otros gastos asociados al envío de esta información deben ser por cuenta de la empresa adjudicataria, asumiendo la gestión y sus costes durante toda la duración del contrato, así como todas las necesidades para la instalación del equipamiento que pueda ser necesario. - Si como consecuencia de este contrato, se desarrollara un software para la integración con la Plataforma, este debe mantenerse durante toda la duración del contrato y suministrarse a la Diputación de Cáceres para que la información siga siendo recibida e integrada en la plataforma una vez finalizado el contrato. - En caso de que el software de la integración no pueda ser suministrado a la Diputación, deberá darse la información suficiente para que la Diputación pueda implementar la forma de seguir recibiendo la información de los sensores y/o software implantado en la plataforma una vez finalizado el contrato. Será el Consorcio MásMedio quien decida la implementación de todo el clausulado del presente anexo. <!-- image --> Fecha: 14-12-2022 14:35:39 <!-- image --> Página 69 de 69